Elementos y Características Del Estado

October 15, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ECUATORIANO]  Noveno “E”  [EL ESTADO ECUATORIANO]

Elementos y Características del Estado.  La vida del Estado es acción y pasión a la vez, acción enérgica de organización y promoción. Gestión activa del bien de la colectividad que le está confiada. Sumisión al Derecho. El Estado va armonizando y utilizando una serie de elementos que contribuyen a formar su esencia, aunque no todos en la misma forma ni en la misma proporción. Hombres, territorio, normas jurídicas, fines políticos, poder, actúan incesantemente para mantener la existencia estatal. Jean Daban considera como elementos del previos o anteriores al Estado, el elemento humano y el elemento territorial; y como elementos constitutivos, el fin del estado y la autoridad o poder público. Al esté se le permite atribuir tres caracteres esenciales; la personalidad moral, la soberanía y la sumisión al Derecho.

El Elemento Humano del Estado.  El Estado es una agrupación de hombres, (de seres racionales y libres), dotados de un destino individual, propio que trasciende al de cualquier colectividad. Es esencial que toda construcción de Estado tenga en su base una concepción clara e tergiversable del hombre como persona, investida de una dignidad eminente y superior, por su razón y su voluntad libre, a cualquier grupo o asociación. Si el hombre, en sí mismo es tan importante, para el Estado, no lo es. En sus determinaciones accidentales de raza, lengua, cultura, color o religión, en la agrupación estatal caben todos los hombres independientemente de sus características exteriores. No importa el número de hombres que compongan al Estado, pueden existir Estados de pocos habitantes y otros de gran densidad de población. Solo se requiere que el número de hombres sé realmente grande para que nazca la necesidad a la que debe atender la agrupación estatal. No habrá más que una formación política inferior, como puede ser el municipio o la región. Nuestro mundo es de constante comunicación e interdependencia entre Estados grandes y pequeños, el comercio comenzó siendo local, después fue regional y nacional, ahora es en el ámbito mundial. La comunicación y dependencia entre los hombres se ha vuelto universal, no por ello la dependencia política ha adquirido también este carácter. El que concepto de nacionali nacionalidad, dad, puede agruparse en dos grandes una los en la predomina los elementos físico - somáticos, y otra en la características; que parecen privar elementos psíquicos - espirituales. Se habla de la raza, de la lengua, de las costumbres de los intereses económicos, como factores determinantes de la nacionalidad; y otras, de la cultura, de la religión, de la comunidad de recuerdos y tradiciones, del amor a la libertad, de la voluntad de vivir en común. Lo importante es que las diferencias étnicas, lingüísticas y socio - culturales han ido superándose con la ayuda de aglutinantes espirituales, como son, por ejemplo, el cultivo de ideales políticos o culturales comunes, el amor a la libertad y a la independencia, y el afán de superación en la búsqueda de un nivel de vida más alto y más justo para todas las clases sociales. La nacionalidad estará basada en un querer  y en un hacer comunes incesantemente renovados. El ideal de un Estado nacional, donde todos los miembros de la población sean connacionales, y en el que el Estado represente auténticamente los intereses de la nación. Ese ideal que pocas veces se da, no siempre es factible en el caso de Estados 1 

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que por tener en su seno minorías étnicas son verdaderos Estados plural nacionales. Más que buscar la independencia política de estos grupos minoritarios, habría que establecer con procedimientos de descentralización y de federalismo, con una serie de recursos políticos y jurisdiccionales que garantizan con eficacia los derechos de las minorías. Ni aún con estos procedimientos se ha llegado a una solución que evite todos los conflictos que puedan surgir en el interior de un Estado plurinacional. Debe prevalecer el deber de lealtad que el súbito tiene para con el Estado en que vive y del que forma parte independientemente de sus sentimientos de solidaridad y afecto para con los nacionales del Estado enemigo. Desde hace más de 50 años, con el advenimiento del Estado comunista soviético, ha entrado en la teoría política una nueva concepción, antitética a la del Estado nacional. Es la del Estado de clase, basada en el internacionalismo marxista. Se extendió la idea de que sobre los intereses nacionales, con toda la gama de elementos menores que entraban en su composición, estaban los intereses de clase. El Estado carece de  justificación ante una sana teoría política. La población como elemento humano del estado, puede ser concebida técnicamente, desde diversos puntos de vista: como sociedad, como población propiamente dicha, como pueblo, como nación.

Sociedad; es una unidad de relación de muchos hombres que se constituye sobre la interacción recíproca con contenido intencional común que se proyecta hacia un bien común, ordenando moralmente a los miembros. Población; es el conjunto de seres humanos que habitan en un territorio, sin distinción de edad, seco o condición socio - política. Pueblo; es aquella parte de la población que tiene derechos civiles y políticos plenos. Se habla de pueblos como masa ciudadana que da vida y mantiene el régimen democrático y la forma republicana de gobierno. Nación; es una sociedad natural de hombres con unidad de territorio, de costumbres y de lengua y con una vida y conciencia comunes. Íntimamente unido al concepto de nación está el de nacionalidad. El Territorio, Elemento Físico del Estado.  La población como elemento humano del estado, aparece vinculada con el territorio, existen muchasactual agrupaciones sociales las queinmensos es esencial elemento humano. En el mundo hay Estados conpara territorios y el muy abundantes en recursos y otros con territorios muy pequeños. El territorio es un elemento que da fuerza y riqueza al estado y en muchas ocasiones ha sido objeto de envidia para los vecinos. El territorio del estado abarca no solamente la superficie, con sus campos, montañas, ríos y lagos, sino también el subsuelo con sus minerales, el espacio atmosférico, las costas y los litorales, con su extensión de mar territorial, las características de cada de uno de estos elementos están fijados por la Constitución política del propio Estado y los tratados t ratados internacionales internacionales..

El Elemento Teológico del Estado; El Bien Público Temporal.   Algo más que el territorio y una población unida por diversos lazos de solidarida solidaridad d se requiere para fomentar el estado, la formación propiamente política para que nazca la agrupación estatal, como algo distinto de otros grupos sociales, esa formación política 2 

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se integra con elementos de carácter espiritual, cuando al impulso natural sé sociabilidad sociabilid ad del hombre se une la idea de un bien superior que se trata de realizar y un poder que encauza los esfuerzos hacia la realización de ese bien. En le historia del pensamiento político considera como fin propio del estado el bien común. La teoría moderna del Estado ha hablado de "bien público" y de "intereses general". Por su condición de temporal bien público que persigue le Estado puede extender su competencia en loselasuntos espirituales y religiosos que seno refiere al destino trascendente del ser humano. Debe, simplemente, respetarlos y protegerlos. En la realización del bien público temporal se tiene que distinguir entre la forma y la materia, o sea, el cómo y el que de la obra que realiza el Estado. Este trata de establecer el orden y la paz en la vida social, mediante una serie de medidas de seguridad, material y de regulación jurídica. Existe un orden material que el estado salvaguarda por medio del ejército y la policía, y un orden social y económico al que atiende a través de sus funciones legislativa y administrativa administrativa.. Tres grandes aspectos de la vida pública el de la economía, el de la educación y el de los valores espirituales y religiosos. El estado no tiene por qué meterse en forma directa en el campo económico, a Estado no lo toca producir riquezas ni ponerlas en circulación, pero si es un factor inmediato en la producción y distribución de los bienes.  A esto se le llama política política económica económica general d del el país.

La Autoridad o Poder Público Como Elemento Formal del Estado.  Para llevar adelante el bien público temporal, cuenta el estado con un elemento de decisiva importancia: la autoridad o poder público, la cual representa la fuerza moral, poder, la fuerza física. La autoridad en el Estado es una exteriorización particular del múltiple y complejo problema de la autoridad en la vida social. La autoridad exige obediencia que varía según la proporción de su personalidad, pero es una autoridad siempre limitada. La autoridad del Estado no puede dejar de existir mientras el hombre viva en sociedad. Los hombres que ejercen el gobierno de la comunidad son ciudadanos como los demás pero el tiempo en que son gobernantes y en esfera de sus atribuciones adquieren calidad de órganos representativos y tienenmanda todo ely poder y los. recursos necesarioslapara mandar. La autoridad tiene 2 funciones: administrar administrar.

El Estado: Persona Moral y Jurídica.  El Estado, por su organización y fines, es una persona moral, sujeto de derechos y obligaciones. Por la superioridad de sus fines el estado es Soberano, pero su agrupación es tal servicio de un fin f in superior, el estado está sometido al derecho. Estos tres caracteres están estrechamente vinculados entre sí, y no pueden darse el uno sin el otro. De estos caracteres es la personalidad moral, que por sus funciones y sus fines, constituye, con plena razón y justicia, una verdadera persona, titular de derechos y obligaciones. CARACTERES ESENCIALES DEL ESTADO   CARACTERES DEL ESTADO  3 

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 Al estudiar los caracteres esenciale esencialess del Estado, vamos a examinar, en consecuencia, los rasgos que lo caracterizan y que se derivan de su definición: 1.- Tal como hemos afirmado, como toda agrupación organizada en vista de un fin a título eminente, el estado es una persona moral. Este carácter esencial del Estado es, pues, su personalidad moral. 2.- Sabemos que es, en el orden temporal, la sociedad suprema, a la que están subordinados todos los individuos y grupos que viven dentro de sus fronteras. Este segundo carácter esencial del Estado es la Soberanía. 3.- Por estar estructurado en vista de un fin y por realizarlo, su actividad queda encuadrada en el orden jurídico formado por el Derecho Positivo constituido y sancionado. Este carácter esencial del Estado consiste, pues, en la sumisión del Derecho. La idea del bien público, objeto de la sociedad estatal implica las consecuencias que forman los caracteres esenciales del Estado. Negar estos es negar la naturaleza del Estado. Si falta alguno se los caracteres anteriores, no se trata de un Estado, o puede ser  que no se haya hecho un examen correcto del grupo social que se trata calificar. Por tanto estos atributos del Estado no son accidentales, sino esenciales, y así lo ha comprendido el mismo Daguita cuando dice que todos los elementos de la existencia del Estado son solidarios y que rechazar la soberanía, e incluso la personalidad es rechazar al Estado mismo.

III. II. LA PERSONALIDAD MORAL DEL ESTADO  Vamos a estudiar, en primer término al Estado como persona moral la característica de la persona moral que hemos considerado forma parte de la esencia del Estado. Afirmamos que el Estado constituye realmente una persona de categoría de las llamadas personas morales. A esta conclusión llegamos con el auxilio de la ciencia Sociológica y de la filosofía. Pero no todos los sociólogos no todos los filósofos admiten la personalidad moral, para una corriente de doctrina la personalidad moral no es sino una construcción mental, una elaboración elaboració n de la técnica jurídica que se justifica por los servicios que se pude prestar pero sin que tenga una correspondencia en la realidad propiamente existencial. . Si el Estado no constituye realmente una persona, no podrá ser sujeto de derechos y obligaciones. Habría entonces que determinar quien tendría la titularidad de los derechos y obligaciones que tradicionalmente han sido considerados estatales. Si la atribución de esos derechos y obligaciones al Estado se realiza únicamente en virtud de una ficción, esa atribución será provisional, pues cambiara a medida que se modifiquen las concepciones de la técnica, y a la atribución será siempre incierta, pues quedara fundada en las frágiles bases del utilitarismo y a merced del legislador y del público.

III.III. LA SOBERA SOBERANIA NIA DEL ESTADO  En sentido etimológico, nos damos cuenta que la soberanía corresponde a un enunciado de poder. Como primera característica, como primera nota de la soberanía, debemos apuntar de que se trata de un poder. Pero el poder, aparte de darse dentro del Estado, existe también en el interior de otros grupos sociales. Dentro de las asociaciones mercantiles encontramos que la asamblea, si se trata de una sociedad anónima, tiene también un poder. Dentro de un partido político el 4 

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comité directivo tiene también un poder y lo mismo podemos decir de toda asociación humana. Entonces ¿cuál es el distintivo, cual es la nota especifica del poder que corresponde al Estado? La nota específica que lo distingue es que se trata de un poder soberano, o sea que la soberanía es el adjetivo que comprende únicamente al poder del Estado y lo distingue en su presencia de los otros poderes sociales. Debemos analizar el contenido de este vocablo, del concepto de “soberanía”. “soberanía”. 

En términos generales, de acuerdo con los conocimientos que tiene todo el mundo, sabemos que “soberano” es equivalente o es sinónimo de “supremo”.   Podemos decir que el poder del Estado es un poder supremo; poder soberano equivale e ser el poder de mayor alcance, el poder que esta encima de todos los poderes sociales. En este sentido podemos hablar de soberanía como el pode supremo del Estado. Para ciertos juristas, la soberanía tiene un tercer atributo. El poder soberano declara, debe ser ilimitado o ilimitable. En la actualidad esta tesis suele ser únicamente repudiada. Aun cuando el poder soberano sea el más alto y no dependa de ningún otro, hallase, sin embargo, sometido al derecho, y en tal sentido, pose determinadas restricciones. Si el poder político fuese omnipotente -dice Jollines- podría suprimir el orden jurídico, introducir  la anarquía y, en una palabra destruirse a sí mismo. El poder estatal encuentra una limitación en la necesidad de poder ser poder jurídico, es decir, poder cuyo ejerciciopero se haya normativamente regulado. “El Estado puede, es verdad, elegir su constitución; es imprescindible que tenga alguna, la anarquía es una posibilidad de hecho, no de derecho.”  La sujeción de la actividad estatal al orden jurídico no implica la destrucción de concepto de soberanía, porque las limitaciones impuestas por tal orden derivan del mismo Estado, y en este sentido, represent representan an una autolimitación. Ahora bien, dicha limitación es una de las manifestaciones de la capacidad que el Estado tiene de determinarse a sí mismo o autonomía. El poder estatal dejaría de ser soberano solo en la hipótesis de que las limitaciones jurídicas impuestas a su ejercicio derivasen de un poder ajeno (heteronomía). La noción de que hablamos es puramente formal, ya que nada tiene que ver con el contenido del poder político. Simplemente expresa el carácter supremo e independi independiente ente de éste. Un estudio sobre el origen y evolución del mismo concepto revela que la soberanía no es un atributo esencial del poder del Estado. Hay en efecto estado soberanos y no soberanos. El de la Edad Media por ejemplo, no tenía aquel atributo, pero era, no obstante, Estado. Y, en nuestra época, los estados miembros de una federación no son, relativamente a esta, soberanos, ya que se encuentran sujetos a la Constitución General y Leyes Federales.

III.IV. LA SUMISIÓN DEL ESTADO AL DERECHO  El estado, considerado desde un punto de vista sintético presenta otro de sus caracteres esenciales, la sumisión al Derecho. Las conclusiones derivadas de la solución de este problema serán la base del desarrollo de este tema. Enmarcado a la soberanía de una manera objetiva, existen límites que provienen de la misma naturaleza del Estado, que derivan de su fin y de su misión. Estos límites son establecidos, son precisados por el Derecho, al cual el Estado se encuentra sujeto y al cual no puede renunciar sin apartase de su misma Constitución esencial. 5 

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Este Derecho da estructura al Estado, que norma su actividad, constituye, como ya hemos visto, una rama especial, con características definidas. Es el Derecho público, que se distingue de la otra rama, constituida por el Derecho privado enfocado hacia la regulación de las relacion relaciones es interindividuales. El derecho público se caracteriza por su función estructural y reguladora del Estado, como autoridad, pero debemos tener en cuenta que el orden jurídico en su totalidad y unidad es el que estructura y rige las actividades de la sociedad humana que está en la base del Estado, y que en realidad constituye su naturalez naturaleza. a. Un Estado sin poder soberano es inconcebible, y un Estado con poder soberano que no esté sometido al Derecho, no es tal Estado, sino un simple fenómeno de fuerza. La soberanía queda limitada a su esfera de competencia, la esfera de competencia del poder estatal. Y esta esfera de competencia se determina a su vez, por el fin del Estado, y sus contornos, sus cauces son las normas jurídicas.  Afirmamos rotundam rotundamente ente que la soberanía tiene un límite racional y objetivo, constituido por la misión de que tiene que realizar el Estado, por el fin hacia el cual se orienta su actividad, y este límite, esta competencia se encuentra enmarcada por el Derecho, por las normas jurídicas. Esta es la forma la soberanía se encuentra sometida al Derecho. Existe límite negativo de la competencia, constituido por temporal y lo público. Al afirmar un lo anterior, establecemos un límite de competencia a la lo soberanía. El Estado no tiene facultades para rebasar el terreno la esfera de lo temporal y de lo público. El estado no puede inmiscuirse en la esfera individual, ni aun en el dominio de los intereses exclusivamente privados. Los pensadores afiliados al liberalismo consideran que al Estado debe limitarse a establecer el orden y la justicia, dejando libre desarrollo de la actividad individual como el mejor medio de lograr el bien público. Tesis errónea porque deja al débil a merced del fuerte, ante la indiferencia del Estado. Los socialistas por el contrario, en mayor o menor grado, según su matiz, preconizan a la intervención del Estado, limitando la actividad intelectual, imponiendo normas y controles a la actividad particular. La doctrina social que deriva del cristianismo adopta un punto de vista que rechaza, por un lado, la abstención irracional e inhumana del liberalismo, y al mismo tiempo, fija un dique, constituido por la dignidad y libertad esenciale esencialess de la persona humana, a las peligrosas teorías socialistas, de los extremos. La doctrina social cristiana rechaza la frialdad inhumana del capitalismo y la servidumbre, también inhumana, del socialismo total, y preconiza la conservación de una esfera de autonomía, de una esfera individual inviolable y la existencia de un régimen jurídico tutelar  del Estado, a favor de los trabajadores y de los necesitados. 



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