Elementos de La Norma Jurídica

April 6, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA SEMANA 6

 

ELEMENTOS ELEMENT OS DE L LA A NORMA JURIDICA

 

ELEMENTOS ELEMENTO S DE LA NORMA JURIDICA Para Par a determinar sus elementos debemos hablar sobre: •



 SUJETO JURIDICO JURIDICO: : Es todo ser o ente a quien el orden o reconoce la calidad de titular del contenido de un jurídico derecholeoimputa de una obligación jurídica al cumplirse determinados supuestos. Consiste en la existenc encia de entes capaces de adqu dquirir derec erech hos y de contraer obligaciones.   OBJET OBJETO O JURIDI JURIDICO CO:: El obje objetto de la rela elaci ción ón jur jurídic ídica a consi onsisste en un una a determinada conducta que debe cumplir el sujeto obligado por la norma  jurídica (sujeto pasivo) en favor favor del titular de un derecho, que tiene por ello el derecho de exigir esta conducta (sujeto activo).

 

ELEMENTOS ELEMENTO S DE LA NORMA JURIDICA  Los elementos de la norma jurídica son:



 EL SUPUESTO  EL NEXO  LA CONSECUENCIA







 

ELEMENTOS ELEMENT OS DE L LA A NORMA JURIDICA

El supuesto

 

EL SUPUESTO •



 El supuesto es la hipótesis que formula el autor de la norma jurídica para que, de verificarse u ocurrir en la realidad, se desencadena lógico jurídicamente la necesidad de la consecuencia.   El supu supues esto to jurí jurídi dico co es el hech hecho o abst abstrracto acto,, imagina inario o ideal, eal, que el ordenamiento  jurídico considera capaz de producir un efecto en el ámbito del derecho al que le atribuye cier cierta tass cons consec ecuen uenci cias as.. Cuan Cuando do ese ese supue supuest sto o ocurra en la realidad será un hecho jurídico

 

EL SUPUESTO •



 En un sistema jurídico predominante escrito como es el peruano, el supuesto de la norma suele ser una descripción simplificada y abstracta, y por lo tanto con menos matices descriptivos que los que pued pu eden en enc encontr ontrar arse se al veri verifi fica carrse lueg luego o en la realidad.  Así la indagación de la relación   “S--/--> v   S” no es tan fácil como a primera vista pudiera parecer.

 

EL SUPUESTO •

  El supuesto de hecho, hecho ascendente, antecedente normativo, hipót hi pótesi esis, s, hech hecho o tipo. tipo. El supue supuest sto o es la hipót hipótesi esiss qu que e formul ormula a el legislador o autor de la norma jurídica para que, de verificarse u ocurrir en la realidad se aplique lógico- jurídicamente la consecuencia.

 

EL SUPUESTO •

 El supuesto de la norma es formulada por el legislador puede consistir en cualquier acontecimient acontecimiento o que provenga provenga de la naturaleza que: •







 incida enun la cataclismo), vida de relación de las personas ( la muerte de una persona, o  en una conducta humana o falta de ella ( celebrar un contrato, el reconocimiento de un hijo),   al algu guno noss conc concep epttos jurí jurídi diccos (el (el conce oncept pto o de naci nacion onal alid idad ad,, el concepto de soberanía, el concepto de acto jurídico), o   inst instit ituc ucio ione ness jurí jurídi dica cass (una (una junt junta a gene generral de acci accion onis isttas, as, la Presidencia del Consejo de Ministros).

 

CLASES DE SUPUESTO •

  SEGÚN LA CANTIDAD DE ELEMENTOS ELEMENTOS:

a) Sup Supues uesto to sim simple ple:: es aquel que contiene una sola hipótesis. •

  artículo artículo 234º del Códig Código o Civil: " la unión voluntari voluntaria a conc concerta ertada da por un varón y una un a muje mujerr le leg galme alment nte e apto aptoss pa parra ella ella y forma ormali lizzada ada con su suje jeci ción ón a las las disposic icio ion nes de este Código, a fin fin de hacer vida en común" es una conceptualización única; admite sólo un mandato.

b)

Su Supu pues esto to co comp mple lejo jo::  es aquella norma jurídica que contiene más de una

hipótesis  Artículo 1969º del Código Civil :"Aquel que por dolo o culpa causa daño a otro está obligado a indemnizarlo. •

 

CLASES DE SUPUESTO •

  SEGÚN LA CALIDAD DE SU CONTENIDO:

a.-  Conceptos jurídicos:  que son elementos teóricos definidos por el derecho, bien en su teoría, bien en la propia legislación. •

 Art.-25 de la constitución que dice: "la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas semanales, como máximo.

b.- Instituciones jurídicas:  entendidas como organismos creados y regiment regimentados ados dentro del sistema jurídico. •

  Artículo 20 de la constitución que dice. "Los colegios son instituciones autónomas con personalidad de derecho publico.

c.- Hechos: que son sucesos puros y simples de la propia realidad. •

 Matar intencionalmente a otro.

profesionales

 

ELEMENTOS ELEMENT OS DE L LA A NORMA JURIDICA

La consecuencia

 

LA CONSECUEN CONSECUENCIA CIA •

 La consecuencia es el efecto del autor de la norma jurídica atribuye, lógico-jurídico, a la verificación del supuesto en la realidad. •



v S ----> C

 La consecuencia jurídica no es real sino potencial, para llegar a ser real necesita de una ejecución efectiva. Entre consecuencia jurídica y su cumplimiento existe una relación de contingencia.

 

LA CONSECUEN CONSECUENCIA CIA •

consecu cuen enci cia a es atri atribu buid ida a por por la  CLAS  C LASES ES DE CO CONSE NSECUE CUENCI NCIAS: AS:   La conse norma al supuesto y puede revestir diversas modalidades.



 Establecimiento de un derecho, que consiste en atribuir una facultad o beneficio a alguien. •



 Constitución,  Constitució n, en su art artícul ículo o N° 2 que con contien tienen en una amplia amplia lista lista e derecho derechoss constitucionales (o derechos humanos en favor de una persona).

que consi consist ste e en ma mand ndar ar que   Establecimiento de una Obligación,   que alguien haga o no haga algo en favor de otra persona. •

 Quien impone una obligación de indemnizar a cualquiera que cause un daño a otro por dolo o culpa

 

LA CONSECUEN CONSECUENCIA CIA •

 Establecimiento de un deber,  El deber es, así, una responsabilidad genérica (aunque obligatoria) que no se confunde con la obligación, que es un mandato deobligatoria´ dar, hacer o no hacer algo específico. Deber es una ´´responsabilidad •



 Artículo 38.- Deberes para con la patria Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.

 Creación de una situación jurídica, entendiendo por tal "el conjunto de derechos y deberes  –determinados o eventuales-, que el derecho atribuye a una persona colocada en cierta condiciones. •

  Artículo 110.- El Presidente Presidente de la Repúb República lica El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación. Y el Art. 118 Atribuciones del

Presidente de la República  

LA CONSECUEN CONSECUENCIA CIA •

 Creación de Instituciones: •

 Artículo 86.- Directorio del Banco Central de Reserva El Banco es gobernado por un Directorio de siete miembros. El Poder Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a éste y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.



 entendiendo por la vinculación  Creación de una relación de Jurídica, por mandato normativo, dos elementos entre sí,tal bien se trate de personas a personas y de cosas o de cosas. •

 Obligaciones comunes de los cónyuges Artículo 287º del C.C.- Los cónyuges se obligan mutuamente por el hecho del matrimonio a alimentar y educar a sus hijos.

 

LA CONSECUEN CONSECUENCIA CIA •

normas as exis existe tent ntes, es,   Su Susp spen ensió sión, n, mo modi difi fica caci ción ón o de dero roga gació ción, n,   de norm medi me dian ante te los los proc proced edim imie ient ntos os ad hoc hoc par para ello ello,, es esttable ableci cido doss en div diver ersas sasque disposic dispuna osicione s aconsti con tuciona les legales legales. . Esto Est esterm eviden evi dente te desde de sde un a iones norm norma jurídi jurstituc ídica ca ionales crea creada da ymedia med iant nte e uno dete de rmin inad ado o insstr in trum umen entto leg legisla islati tiv vo, no pued puede e ser ser alt alterad erada a si sino no por por otr otro instrumento de igual o superior jerarquía je rarquía..



  Es Esta tabl blec ecim imie ien nto

de

Sanc Sancio ione nes, s,   en entendiendo

por tales las conse co nsecu cuen encia ciass del del incum incumpli plimi mien ento to de los manda mandato toss jurídi jurídico cos, s, la lass sanciones (Alzamora Valdez) Valdez)

 

ELEMENTOS ELEMENT OS DE L LA A NORMA JURIDICA

El nexo

 

EL NEXO •





 El elemento vinculante entre el supuesto y la consecuencia, con un carácter caráct er de "deber-ser".   Este Este elem elemen ento to no est está expr expres esad ado o en pala palabr bras as,, no cons consta ta en la redacción de la norma jurídica. Hay que obtenerlo mediante una abstracción abstrac ción lógico-jurídica.   El nexo nexo es necesario porque el Derecho entiende que la cconsecuencia onsecuencia debe ocurrir a partir partir de la verificación verificación del supuesto supuesto en la realidad.

 

EL NEXO •

 El “debe ser”   es jurídico, por ser vinculante particularmente en el Derecho, y lógico por constituir el vinculante implicativo dentro de la estructura de la norma jurídica.

 

APLICACIÓN DE LA NORMA

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

 La norma jurídica asume así la forma de una proposición implicativa cuya esquematización seria la siguiente:

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

 El Derecho en su conjunto y cada norma jurídica en particular tienen como finalidad finalidad principal principal  regular las conductas sociales, este es regir efectivamente en medio de la la relación optima entre la norma y la realidad, consiste ensociedad, que esta se adapte universalmente a aquella, pero es una pretensión utópica.

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

 García Maynes grafic Maynes grafica a estas estas vinculaciones entre norma y realidad y en base a su concepción, planteamos la siguiente esquematización:

“S --/--> vS “

• S es el supuesto de la l a norma • vS su verificaron u ocurrencia en la realidad

“vS -----> C”,

• vS es la verificación del supuesto supuesto en la realidad • “C” la consecuenci consecuencia a prevista prevista por la norma • C es la consecuencia normativa

C --/--> Vc

• vC es la verificación de la consecuencia

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

 En cuanto a la estructura de la norma jurídica se entiende mejor de la siguiente forma: •









Mandato Mandat o + sanción= norma jurídica

 Mandato: norma secundaria o endonorma.  Sanción: norma primaria o perinorma.

  Hay algunas algunas normas que no tienen sanción. sanción. define a la   norma como la que contien iene   la  Kelsen   de norma primar primaria ia   com sanción y la norma secundaria como la conducta opuesta al delito

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •



  LA NORMA JURIDICA Y EL LENGUAJE LENGUAJE:   El Plano Sintáctico:



  gr gram Elamát plano átic ica asintáctico en la que qusupone e se desa deel sarr rrol manejo olla la undedere detodos rech cho o los de dete term conocimientos rmina inado do,, la norm no de rma laa  jurídica es un supuesto al que debe seguir lógico-jurídicamente lógico-jurídicamente una consecuencia la expresión mas adecuada de una formula así en el lenguaje corriente de una ley. •





  articulo 41.- A la persona que no tiene residencia habitual se le considera considera domiciliada en el lugar donde se encuentre encuentre". ". Podemos desagregar esta norma de la siguiente manera:   Supuesto: "A la persona que no tiene residenci residencia a habitual". (o más formalmente: formalmente: "si una persona no tiene residencia habitual")   Consecuencia: "Se le encuentr encuentra a domiciliada en el lugar donde se encuentre". encuentre". (podemos decir más estrictamente: "Entonces se la considera domiciliada en lugar donde se encuentra")

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

  articulo 187 de la con onsstituc uciión que dice: "En la lass ele lecccion one es pluripersonales hay representación proporcional conforme al sistema que establece la ley". ley". Estapero norma puede ser su desagregad desagr egada a también tamb ién en supuesto y consecuencia, "adaptando" estructura gramatical. Así:





 Supuesto: "En caso de haber elecciones pluripersonales".  Consecuencia: "Hay representación proporcional conforme al sistema que establece la ley".

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

 artículo 39 del Código Civil.- El cambio de domicilio se realiza por el traslado de la residencia habitual a otro lugar". lugar". la redacción puede estar también invertida





 Supuesto: "Si alguien traslada su residencia habitual a otro lugar".  Consecuencia: "Entonces realiza un cambio de su domicilio".

 

APLICACIÓN DE LA NORMA  El plano Semántico



 el Derecho depende del lenguaje en el que esta desarrollado, en el semántico a veces comparte el significado común de las palabras y otras veces les asigna uno propio.





  Artículo 200 de la Constitución.- Son garantías constitucionales: inc. 5 La acción ión popu opular que procede ede por infracción de la constitución y de la ley contra los reglamentos, normas adminis adm inistr trati ativas vas y resoluc resolucione ioness y decre decretos tos de cará carácte cterr gener general, al, cualquiera sea la autoridad de la que emanen".

 

APLICACIÓN DE LA NORMA  También se puede dar que la misma palabra se utiliza unas vec eces es en sen sentido tido común omún y ot otrras en un se sen nti tido do ju jurí rídi dicco



. distinto  acción u  u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario  La acción  La •

o persona persona que vulnera vulnera o amenaza amenaza la libertad libertad individual, da lugar a la la acción  acción de  de habeas corpus •

 acción esta  esta utilizado Sentido usual,con es decir como   En el oprimer térm ino acción acto sucesotérmino efectivo atribuible a alguienen(por contraste la omisión señala a continuación); en la parte final la palabra  acción   adquiere un significado jurídico que consiste en el derecho de poner en funcionamiento la maquinaria judicial del Estado para que se resuelva una petición de defensa.

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

 El plano pragmático



  Suele ocurrir con frecuencia que en la aplicación del derecho, se lco lempet gueeten a teses esp eci ec aclo, io, nqu es e dno eter erm marec ina in aden as natu orralm laente s te audel toridte adxto es comp ente s p par pa raificel ello que apar ap ecen naptur almen text o mismo de las normas. •

  Artículo 99.- Corresponde Corresponde a la comisión Permanen Permanente te acusar ante el Congreso: Congreso: al Pres Presid iden ente te de la Repu Republ blic ica; a; a los los re repr pres esen enta tant ntes es del del Cong Congre reso so;; a lo loss Mini Mi nist stro ross de Esta Estado do;; a los los mi miem embr bros os de dell Tri ribu buna nall Cons Consti titu tuci cion onal al:: a lo loss miembros del consejo Nacional de la Magistratura; a los vocales de la Corte Supre Sup rema; ma; a los fiscal fiscales es sup supre remo mos; s; al De Deffens ensor or de dell Puebl Pueblo o y al Cont Contra ralor lor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el

ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas

 

APLICACIÓN DE LA NORMA  Otro caso de comprensión particular es el siguiente: la vida social evoluciona constantemente en tanto que las normas



 jurídicas tienden a permanecer inmodificadas.  Artículo 149°.-  El que omite  cumplir su obligación de prestar los •

alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuenta y dós jornadas, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial. •



  La La concep concepció ción n pr prev evale alecie cient nte e del signif significa icado do se este este tipo tipo delict delictivo ivo durant durante e vario varioss decenios, fue que el agresor debía ser necesariamente varón.   Actualmente, Actualmente, se analiza esta norma como el agresor puede ser de ambos sexos. sexos.

 

APLICACIÓN DE LA NORMA •

  La pluralidad cultural que por cosmovisiones, costumbres, idiomas y en defini def initiv tiva a cul cultur turas as dis distin tinta tas, s, lle lleva va a que el sig signif nifica icado do de det determ ermina inadas das situaciones y actos sea distinto para diferentes personas personas.   Artí Artícu culo lo 241º 41º del del C.C.C.- No pued puede en con ontr trae aerr ma matr trim imon onio io:: 1. Lo Loss adolescentes. El juez puede dispensar este impedimento por motivos  justificados, siempre que los contrayen contrayentes tes tengan, como mínimo, dieciséis años cumplidos y manifiesten expresamente su voluntad de casarse. •





  En términos de la sociedad occidental la pertinencia de esta norma es clara u entendible, pero no necesariamente ocurre el mismo en nuestra sociedad nativa.  Se da así de que el derecho nacional (que es vigente en todo nuestro territorio), no reconoce una costumbre que existe desde tiempos inmemorables y que, en dicho

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