El Recurso de Revisión Civil
July 9, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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E l R ecurs o de R evis ión C ivil La Revisión civil, es un recurso extraordinario mediante el cual se impugna una sentencia dictada en única o en última instancia, a fin de hacerla retractar, sobre el fundamento de que el tribunal ha incurrido en errores o ha cometido irregularidades que no le son imputables.
La R evis ión Civil, Ci vil, Opo Oposs ici ón y A pe pellaci ción ón.. La revisión civil, difiere o suspende fundamentalmente de la oposición; ambos recursos se proponen retractar la sentencia impugnada, pero en el caso de la oposición se solicita la retractación sobre el fundamento de que el oponente fue juzgado sin haberse defendido. Por otra parte, la revisión civil difiere del recurso de apelación, en que este se pide al tribunal de segundo grado de jurisdicción reformar o revocar la sentencia irregular o injustamente pronunciada por el Juez de la primera instancia, en tanto que la revisión civil, se le pide al mismo tribunal que enmiende los errores involuntariamente cometidos al dictar sentencia y que la sustituya por otra.
La R evis ión Civil Civi l y La Cas Cas ación . Los dos recursos son dirigidos contra las sentencias en única y última instancia. Muchos de los motivos que originan la revisión civil son al mismo tiempo motivos de casación.
Diferencias . Ambos recursos recursos difieren difieren en que generalmente el recurso de de ca casación sación implica una acusación de la parte recurrente contra la injusticia del fallo impugnado en que voluntariamente ha incurrido el tribunal; en tanto en la revisión civil se impugna el fallo solamente porque el tribunal que lo dicto incurrido en un error involuntariamente. En la revisión civil, la retractación del fallo impugnado es pedida al mismo Tribunal que la pronuncio, en tanto la casación es pedida a la Suprema Corte de Justicia. Después de la casación de una u na sentencia, el proceso es enviado ante otro Tribunal para su conocimiento y fallo, en tanto que después de pronunciada la sentencia que admite la revisión civil, el proceso vuelve a ser examinado por el mismo Tribunal.
S entenci as S uj ujeta etass a R evi eviss i ón Ci C i vi vil. l. El recurso de revisión civil, se utiliza contra las sentencias pronunciadas en último recurso por los Tribunales o Juzgados de primera instancia y de apelación; así como también es aplicable en sentencias pronunciadas por los Jueces de Paz en instancia única. Se puede recurrir en revisión civil en los siguientes casos: a) Contra las sentencias de la Corte de Apelación, que son casi siempre en última instancia, y muy raramente en única instancia. b) Contra las sentencias de los Juzgados de d e Primera Instancia, tanto en los casos en que deciden sin apelación, esto es instancia única, sea en materia civil o comercial, como en los casos en que deciden acerca de una apelación de Juez de Paz, esto en última instancia. c) Contra las sentencias de los Jueces de Paz, en los casos en que deciden sin apelación, esto es única instancia. La revisión civil, puede ser ejercida contra las decisiones arbitrales pronunciadas en última instancia a consecuencia de la renuncia consentida por las partes al derecho de apelación.
que P roce rocede de L a R evis ión Civi C ivill. C as os en que De acuerdo a los artículos 480 y 481 del Código Procesal Civil Dominicano, modificado por el artículo primero de la Ley del 13 de marzo de 1913, tenemos once casos de revisión civil que detallaremos a continuación: Si ha habido dolo personal. Si la formalidad prescrita a pena de nulidad se ha violado antes o al darse las sentencias siempre que las nulidades no se hayan cubiertos por las partes. Si se ha pronunciado sobre cosas no pedidas. Si se ha otorgado más de lo que se hubiere pedido. Si se ha omitido decidir sobre uno de los puntos principales de la demanda. Si hay contradicción fallos en última instancia en los Tribunales o Juzgadosde entre los mismos litigantes y sobre los mismos mismos medios. Si en una misma instancia hay disposiciones contrarias. Si no se ha leído al fiscal. Si se ha juzgado en virtud de documentos que se hayan reconocido o se hayan declarado falsos después de pronunciada la sentencia. Si después de la sentencia se han recuperado documentos decisivos que se hallaban retenidos por causa de la parte contraria. Al Estado, los municipios y establecimientos públicos y a los menores, se les admitirá el recurso de revisión civil cuando no hayan sido defendidos, o cuando por no haberse alegado en sus defensas los medios que favorezcan sus respectivos derechos, que declare contra ellos sentencias que los perjudique.
C las ifi ifica caci ción ón de la R evis ión Civi C ivill. Los casos de revisión civil, pueden ser distribuidos en dos grupos que son: Revisión por causa de error de hecho. Revisión por error in procediendo. La casación implica una acusación de la parte recurrente contra la injusticia del fondo del impugnado en que voluntariamente ha incurrido el tribunal, en tanto que, mediante la revisión civil se impugna el fallo solamente porque le tribunal que lo dicto incurrió en un error involuntario; 2. En la revisión civil la retractación retractación del ffallo allo es pedida pedida al mismo tribunal que la dicto, en tanto que la casación pedida al mismo que la dictó, en tanto que la casación es pedida a la SCJ; 3. Después de la casación de una sentencia el proceso es enviado ante otro tribunal para su conocimiento y fallo en tanto que después de pronunciada la sentencia que admite la revisión civil el procedimiento vuelve a ser examinado por el mismo tribunal. Procedimiento de la revisión:
Plazo: El plazo es de dos meses, pero este es el plazo normal. Para ciertos casos el principio general surte algunas excepciones: 1. Menores e interdictos. 2. Recurrentes al servicio del Estado. 3. Marinos. 4. Recurrente domiciliado en el exterior. 5. Fallecimiento de la parte. 6. Dolo, falsedad, recobro de documentos. 7. Contradicción de sentencias.
de ca cass aci ción. ón. E l recurs o de Es un recurso un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la Ley la Ley o que ha sido dictada en un un procedimiento procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales, es decir por un error in iudicando iudicando o bien procediendo procediendo respectivamente. Su fallo le corresponde a la error CorteinSuprema de Justicia y, habitualmente al de mayor jerarquía, como el el Tribunal Supremo. Supremo. Sin embargo, en ocasiones también puede encargarse del recurso un órgano un órgano jurisdiccional jerárquicamente jurisdiccional jerárquicamente superior o en su caso uno específico. específico.
Características. Dado que el Derecho el Derecho procesal es muy variable en cada cada país país y en el tiempo, podemos resumir las características de la casación cas ación en las siguientes:
Es un un recurso extraordinario extraordinario,, es decir, la ley la ley la admite excepcionalmente y contra determinadas resoluciones determinadas resoluciones judiciales. judiciales.
Sus causas causas están están previamente determinadas. Ellas se pueden agrupar, básicamente, en infracciones al procedimiento,, es decir errores de forma (error in procedimiento procedendo)) einfracción procedendo einfracción del Derecho, Derecho, o sea errores de fondo (error in judicando) judicando). Posee algunas limitaciones limitaciones a a su procedencia, entre otras: la cuantía, sobre todo en casos de de derecho derecho civil y los motivos que se pueden alegar.
Según la doctrina la doctrina y jurisprudencia podemos encontrar dos variantes en relación a la amplitud de las facultades de revisión de las cuestiones acaecidas en un caso particular:
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