El Proceso Abreviado en La NLPT Ley

November 27, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DERECHO PROCESAL DE TRABAJO NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO LEY 29497 El derecho procesal laboral es una rama del derecho que se ocupa de los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresarios y trabajadores sobre el contrato de trabajo y derechos provenientes de éste, o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración. Este Derecho Procesal de Trabajo constituye el conjunto de normas jurídicas, dirigidas a regular las relaciones individuales o colectivas del trabajo entre el empleador y el trabajador o la unión de trabajadores. El objeto de estudio del Derecho del Trabajo son las relaciones del trabajo, siendo el trabajo que interesa al Derecho del Trabajo el humano, productivo, por cuenta ajena, libre y subordinado. 

PROCESO ABREVIADO LABORAL La Nueva Ley Procesal de Trabajo diseña “el proceso abreviado laboral” como un procedimiento específico para atender la pretensión de reposición del trabajador. En este punto la doctrina y la jurisprudencia constitucional han ayudado para el mejor entendimiento del nuevo proceso laboral. Los prestadores de servicios pueden comparecer a los procesos laborales sin necesidad de abogado cuando el total reclamado no supere 10 Unidades de Referencia Procesal (URP). Cuando supere este límite y hasta 70 URP es facultad del Juez, atendiendo a las circunstancias del caso, exigir o no la comparecencia con abogado. En los casos en que se comparezca sin abogado debe emplearse el formato de demanda aprobado por el Poder Judicial. La madre gestante, el menor m enor de edad y la persona con discapacidad que trabajan tienen derecho a la defensa pública. Los menores de edad pueden comparecer a los procesos laborales sin necesidad de representante legal. En caso de que tengan menos de 14 años y comparezcan sin representante legal, el Juez pone la demanda en conocimiento del Ministerio Público para que actué de acuerdo a sus atribuciones. Hay exoneración del pago de tasas judiciales para el prestador personal de servicios cuando la cuantía demandada no supere las 70 URP, así como cuando las pretensiones sean inapreciables en dinero.

MATERIALES DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL El proceso abreviado laboral puede ser iniciado ante el juez especializado de trabajo o ante el juez de paz letrado laboral. En el primer caso, esto dependerá de un criterio puramente material y, en el segundo, se tendrá t endrá en cuenta un criterio cuantitativo.

CRITERIO MATERIAL

 

El Artículo 2° de la NLPT, señala que el juez especializado de trabajo conocerá, a través del proceso abreviado laboral, “la reposición reposición cuando ésta se plantea como pretensión principal única” y “las pretensiones relativas a la l a vulneración de la libertad sindical”.  sindical”. 

CRITERIO CUANTITATIVO El artículo 1° inciso i nciso 1, señala que los juzgados de paz letrados laborales conocen “el proceso abreviado laboral, las pretensiones referidas al cumplimiento de obligaciones de dar no superiores a cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal URP originadas con ocasión de la pretensión personal de servicios de naturaleza laboral, formativa o cooperativista, referidas a aspectos sustanciales o conexos, incluso previos o posteriores a la prestación efectiva de servicios”.  servicios”. 

PROCESO ABREVIADO LABORAL Las pretensiones relativas a la vulneración de la libertad sindical. Ante el Juez de paz letrado laboral pretensiones referidas al cumplimiento de obligaciones de dar no superiores a 50 URP originadas con ocasión de la prestación personal de servicios de naturaleza laboral, formativo cooperativista, referidas a aspectos sustanciales o conexos, incluso previos o posteriores a la prestación efectiva de servicios.

PRINCIPIOS QUE FUNDAMENTAN LA EXISTENCIA DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL EL PRINCIPIO DE CONCENTRACION Un proceso laboral fundado en este principio “reunirá en actividades procesales unitarias, muy numerosos y variados actos procesales, que se suceden los unos a los otros sin solución de continuidad y sin plazos ni términos de tiempo que los separen”.  separen”.   Donde esto permitirá la propia simplificación de las formas procedimentales que hace más accesible a la tutela judicial. La NLPT, pretende que la concentración procesal sea un principio de real eficacia, pues solo así se podrá lograr la celeridad procesal tan ansiada por aquellos que acuden en busca de tutela jurisdiccional en un proceso laboral. Podemos notar esto al analizar el diseño del proceso abreviado laboral conforme a la NLPT. La concentración entonces persigue que los procesos laborales se desarrollen con un mínimo de actuaciones procesales, a efectos de que el juez adquiera una visión en conjunto del conflicto que se somete a su decisión.

PRINCIPIO DE CELERIDAD Gracias a este principio el proceso laboral debe gozar de la mayor agilidad de plazos y sencillez en su tramitación. La importancia de reconocer y

 

preconizar este principio en el nuevo proceso laboral se explica dándole un vistazo a nuestra realidad. La NLPT, busca conseguir el desarrollo rápido del proceso laboral. Este proceso contiene disposiciones que permitan conseguir la celeridad procesal, básicamente se han reducido los plazos de duración de los procesos laborales entre un acto procesal y otro, los plazos son mínimos. Esto conseguirá, que el accionante, la mayoría de los casos el trabajador en un proceso laboral obtenga tutela a sus pretensiones. Un aspecto importante de la NLPT, que es la manifestación de la celeridad que ahora se le pretende brindar al proceso laboral es la estructuración de mecanismos para la conclusión del proceso. En algunos casos los procesos laborales terminarán rápidamente por voluntad de las partes.

DESARROLLO DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL TRASLADO Y CITACION A AUDIENCIA UNICA El proceso abreviado laboral comienza con la interposición de la demanda respectiva. La NLPT no señala cual es el plazo en el que el juez deberá calificar y, de ser el caso, admitir a trámite la demanda.

EL JUEZ, AL MOMENTO DE ANALIZAR LA DEMANDA, EMITIRA RESOLUCION DISPONIENDO LO SIGUIENTE: a. La admisión de la dem demanda, anda, con lo cual se d dan an por ofrecidos los medio medios s probatorios. b. El emplazamiento al demandado en el plaz plazo o de di diez ez días hábiles. c. La citación a las partes a la audienc audiencia ia única.

AUDIENCIA UNICA La audiencia única del proceso abreviado laboral busca contener todas las diligencias necesarias para la resolución de la controversia socio laboral.

AUDIENCIA DE CONCILIACION Previamente al inicio de esta audiencia, tanto el demandante como el demandado han alcanzado sus escritos de demanda y contestación, respectivamente. Sin embargo, a diferencia del demandado, quien conoce y ha contado con tiempo para leer la demanda y contestarla, el demandante recién conocerá en la audiencia de conciliación la contestación y, en esa misma oportunidad, deberá revisar íntegramente su contenido.

 

 

CONFRONTACION DE POSICIONES En la que tanto el demandante como el demandado expondrán oralmente el sustento factico y normativo de sus argumentos.

ACTUACION PROBATORIA Esta es donde el juez j uez realiza un filtro de los hechos que necesitan de actuación probatoria, así como los medios probatorios impertinentes; luego el juez mencionara los hechos que requerirán de actuación probatoria, así como los medios probatorios admitidos; después, las partes propondrán las cuestiones probatorias que consideren pertinentes; y, finalmente, se actúan todos los medios probatorios, incluidos los vinculados a las cuestiones probatorias.

ALEGATOS Y SENTENCIAS Los primeros son presentados en forma oral. Luego de ello, el juez dictara sentencia en forma inmediata o en un lapso no mayor de una hora.

EL PROCESO ABREVIADO NATURALEZA JUDICIAL

ES

UNA

VIA

PROCEDIMENTAL

DE

El proceso abreviado laboral es una vía procedimental especifica la especificidad mencionada en este punto debe ser entendida como singularidad o individualidad, y esta debe ser definida en contra posición a la generalidad.

PROCESO INPUGNATIVO DE LAUDOS ARBITRALES ECONOMICOS La decisión o resolución del tribunal de arbitramento se conoce con el nombre de laudo o fallo arbitral.

PROCESO ABREVIADO LABORAL ADMISION DE LA DEMANDA  Además de los requisitos de la demanda, la sala laboral verifica si ésta se ha interpuesto dentro de los diez 10 días hábiles siguientes de haberse notificado el laudo arbitral que haciendo las veces de convenio colectivo resuelve el conflicto económico o de creación de derechos, o su aclaración; en caso contrario, declara la improcedencia de la demanda y la conclusión del proceso.

TRASLADO Y CONTESTACION

 

Verificados los requisitos de la demanda, la sala laboral emite resolución disponiendo: a. La a admisión dmisión de la demanda. b. El emplazamiento al dem demandado andado para que conteste la demanda en el plazo de diez 10 días hábiles. c. La notificación a los árb árbitros itros para que de estimarlo conv conveniente eniente y d dentro entro del mismo plazo, expongan sobre la que consideren conveniente.

TRÁMITE Y SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA La sala laboral, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de contestada la demanda, dicta sentencia por el solo mérito de los escritos de demanda, contestación y los documentos acompañados.

IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACION Contra la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica no procede el recurso de casación.

ETAPAS DE UN PROCESO ABREVIADO LABORAL

Inadmisibilidad

DEMANDA

Improcedencia

5 días hábiles Subsanación

Calificación 5 días hábiles

Rechazo de plano por parte del Juez.

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