El Principio de Simplicidad
March 30, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Como funciona el principio de sencillez administrava
El Principio de Simplicidad El sistema tributario debe contar con una estructura técnica que le sea funcional, que imponga solamente los tributos que capten el volumen de recursos rec ursos que jusque su implantación y sobre bases o sectores económicos que tengan una efecva capacidad contribuva. Una políca tributaria que cumple con este principio ene como c omo caracteríscas: Costos no elevados y juscados de cumplimiento por parte de los contribuyentes y de control por parte de la administración tributaria, transparencia en la administración tributaria y conocimiento de los contribuyentes sobre las obligaciones tributarias. (Colque, 2018)
La simplicidad administrava, espula que las estructuras administravas y sus competencias sean de fácil comprensión y entendimiento, sin procedimientos rebuscados que retarden la sasfacción de los intereses públicos impuestos. Este principio obliga a la administración pública cumplir con sus objevos y nes de sasfacción, a través de los diversos mecanismos y herramientas, de la forma más explícita, rápida y acertada posible para evitar retardos indebidos. Este conjunto de principios le impone exigencias, responsabilidades y deberes permanentes a todos los entes públicos que no pueden renunciar de forma temporal o singular. (Solano, 2004) (Arias & Ordoñez, 2020)
Mediante la constante aplicación de este principio, podemos observar que la administración tributaria, constantemente realiza, la reforma de un sin número de resoluciones, con el n de facilitar el entendimiento de la normava y sobre todo que los contribuyentes tengan todas las facilidades para poder cumplir con sus obligaciones tributarias, con el ahorro de recursos rec ursos y en especial la opmización del empo. (Arias & Ordoñez, 2020) Un claro ejemplo de la aplicación del principio de simplicidad administrava administrava es la digitalización de las declaraciones, de esta manera los contribuyentes no deben comprar formularios y únicamente realizan sus declaraciones en línea. La nalidad de la implementación total de un sistema de facturación electrónica es el mismo, cumplir con el mencionado principio, no solo se busca el control tributario, si no se ve la necesidad de los contribuyentes de opmizar mediante la emisión de comprobantes electrónicos generando un ahorro sustancial, así también como la disminución de empo empleado en la declaración de sus impuestos. La simplicidad administrava “no se limita a la tramitología de procedimientos de liquidación y pago de tributos, sino también a olvidar la serie de requerimientos e información que se solicita en reclamos administravos, y comprende una obligación para el e l legislador y para los administradores de tributos de simplicar la normava existente.” (Bustos, 2012)
SOLANO, L. (2004). SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Quito. BUSTOS, J. (2012). Tributarium. Obtenido de hp://tributarium.blogspot. com/2012/03/agua-yaceite-la-simplicidad.html
- Simplicidad administrava: los tributos deben ser de fácil regulación, pues no se jusca que el costo de administrar el tributo sea superior al ingreso obtenido. Además una excesiva complejidad administrava implica el deterioro de la estructura tributaria y el cumplimiento de los objevos propuestos por la autoridad económica. hp://publicaciones.ustatunja.edu.co/ebook/hacienda_publica/HTML/les/assets/common/ hp://publicaciones.ustatunja.edu.co/ebook/hacienda_p ublica/HTML/les/assets/common/ downloads/page0061.pdf
Principio de Simplicidad Administrava Según Torres (2008) dene al principio de simplicidad administrava como la obligación de las administraciones tributarias de propiciarle al contribuyente un sistema simple, que reduzca al máximo la presión scal indirecta, que sufre el sujeto pasivo en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cabe mencionar que la presión scal indirecta son todos aquellos gastos adicionales a los que incurre el contribuyente con el n de sasfacer sus obligaciones tributarias. Por otro lado, Bustos (2009) sosene que este principio ataca a la complejidad de los trámites para pagar un tributo, en empo y recursos, así como también comprenden una obligación para el legislador y para los administradores de tributos de simplicar la normava existente. Sin embargo, Terán (2014), menciona que este principio se reere a que debe ser fácil y relavamente económico administrar los impuestos, aun considerando que la administración tributaria ene un costo alto debido a que requiere especialización y tecnología adecuada para cumplir con sus nes. Por tanto, este principio se sinteza en que la Administración Tributaria está obligada a brindar a los contribuyentes las facilidades necesarias al momento de pagar sus obligaciones tributarias. Se puede hacer énfasis al mismo autor que realiza una comparación con el principio de eciencia, en donde aclara que estos principios están ligados tanto por su concepción como por su nalidad, siempre y cuando manteniendo la defensa del sujeto pasivo o contribuyente. Considerando lo establecido por el Centro de Estudios Fiscales del Servicio de Rentas Internas (2017) sobre el principio de simplicidad administrava, se presenta la siguiente denición: “Este principio hace referencia a que la Administración Tributaria ha de establecer mecanismos de fácil comprensión y acceso para los contribuyentes, relavos a los tributos y a las consecuencias derivadas de ellos, de forma tal que se logre reducir al máximo la presión scal indirecta, producto de egresos adicionales ocasionados por el sujeto pasivo para cumplir con el pago de sus tributos”.
La Constución de la República del Ecuador (2008), en el arculo 300, contempla que “El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eciencia, simplicidad administrava, irretroacvidad, equidad, transparencia y suciencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos. (…)”. Por lo que todas las administraciones tributarias deben dar un estricto cumplimiento a la norma citada, realizando su gesón dentro de los límites de poder y sobre todo garanzando los derechos de los contribuyentes. (Paredes & Guevara, 2017)
Simplicidad Tributaria
Este principio determina la obligatoriedad de las Administración Tributaria, de brindar al contribuyente, las facilidades necesarias al momento de pagar sus obligaciones tributarias. La simplicidad demanda que las estructuras administrativas y sus competencias sean de fácil comprensión y entendimiento, sin procedimientos alambicados que retarden la satisfacción de los intereses públicos empeñados. La Administración Tributaria para el cumplimiento de este principio ha venido innovando los sistemas de Tributación con la finalidad de propiciar al contribuyente un ahorro de recursos y sobre todo de tiempo, una muestra de ello es que se elimino la declaración física por la declaración electrónica, evitándose la compra de formularios. Ejemplo Es la implementación de un nuevo sistema de recaudación denominado RISE (Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano), régimen de incorporación voluntaria, que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país, a través de este régimen se ha incluido a gran cantidad de personas, que durante años se mantuvieron al margen de la Obligación Tributaria.
IMPORTANTE Este conjunto de principios le impone exigencias, responsabilidades y deberes permanentes a todos los entes públicos que no pueden declinar de forma transitoria t ransitoria o singular. Todos los servicios públicos prestados por las administraciones públicas ±incluidos los asistenciales o sociales- están regidos por una serie de principios que deben ser observados y respetados, en todo momento y sin excepción alguna, por los funcionarios públicos encargados de su gesón y prestación.
Carlos Velez hps://prezi.com/rgeuo_9apmk0/simplicidad-administrava/ Sin perjuicio del común manejo y comprensión de ciertos principios por parte de la doctrina internacional experta, que señalábamos más arriba, es dable destacar que en las constuciones que examinamos han irrumpido principios novedosos en nuestro contexto, como son los de “sencillez administrava” y “capacidad recaudatoria” en Bolivia y, de “simplicidad administrava” y “suciencia recaudatoria”, en el caso del Ecuador. En esencia, se trata de similares principios expresados en cada país de una manera semánca un tanto diferente. La sencillez o simplicidad administrava implica la construcción de un régimen tributario amigable con los administrados y de fácil asimilación, mientras que la capacidad o suciencia recaudatoria ene relación con la exigencia en el sendo de que el régimen tributario por medio de los tributos que se aplican, sirva para obtener recursos rec ursos económicos sucientes para cubrir las necesidades del gasto público, central o local.
Principio de sencillez administrava. La Constución Boliviana incluye también el principio de sencillez administrava, conocido como principio de simplicidad o simplicación de las actuaciones de la Administración. La simplicidad de la aplicación requiere simplicidad en la conguración del ordenamiento, lo que se traduce en el denominado principio de praccabilidad de la norma. La praccabilidad de las normas tributarias – que ha sido objeto de especial atención en la dogmáca alemana - se puede denir como “el conjunto de medios y técnicas t écnicas ulizables con el objevo de hacer simple y viable la ejecución de las leyes”163. La simplicidad de la aplicación requiere simplicidad en la conguración del ordenamiento y por eso, la praccabilidad ene una primera manifestación, ínmamente enraizada también con las exigencias de seguridad jurídica; “picación y conceptualización abstracta” de las normas tributarias, lo que puede exigir un alejamiento de la realidad, incluso respecto a las bases imponibles. Y por eso, la praccabilidad ene una primera manifestación, ínmamente enraizada también con las exigencias de seguridad jurídica; “picación y conceptualización conceptualización abstracta” de las normas tributarias, llo o que puede exigir un alejamiento de la realidad, incluso respecto a las bases imponibles. (Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT), 2015) hps://www.ait.gob.bo hps://www.ait.gob.bo/PUBLICACION_DE_INTERES/2.Memoria_ /PUBLICACION_DE_INTERES/2.Memoria_Jornadas_Derecho_Tributari Jornadas_Derecho_Tributario/ o/ AIT-Memoria_V_Jornadas.pdf
Referencias Arias, M. P., & Ordoñez, S. P. (2020). El principio de simplicidad administrava aplicado a través del sistema de facturación. Revista de Invesgación Aplicada en Ciencias Empresariales, 118131. Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT). (2015). Memoria V Jornadas Derecho Tributario. La Paz. Obtenido de hps://www.ait.gob.bo/PUBLICACION_DE_INTERES/2.Memori hps://www.ait.gob. bo/PUBLICACION_DE_INTERES/2.Memoria_Jornadas_Derecho_Trib a_Jornadas_Derecho_Tribu u tario/AIT-Memoria_V_Jornadas.pdf Colque, F. H. (2018). Progresividad del Impuesto al Valor Agregado (IVA). La Paz. Paredes, E. P., & Guevara, G. P. (2017). Principios tributarios de eciencia y simplicidad administrava: Caso retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta. Bolen de Coyuntura, 15-18.
El principio de sencillez administrava indica la obligatoriedad que debe tener la administración tributaria en ofrecer servicios de pago de impuestos sean más cómodos y fáciles para el
Ejemplo de sencillez administrava: la digitalización del sistema de facturación, ya que facilita el manejo por parte del contribuyente además del fácil control que puede ejercer la
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administración tributaria sobre los impuestos
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La simplicidad administrava nos indica que el sistema tributario debe tener una estructura e structura funcional que pueda recaudar y captar lo recursos, además se tenga una efecva capacidad contribuva por lo sectores económicos
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