El Interes para Obrar

September 10, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download El Interes para Obrar...

Description

 

El interés para obrar  Curso: 

Derecho Procesal Civil I.

Profesor:   Profesor:

Jorge Andujar.

Integrante:  Andree David David San Román Román Salas.

Sección: s-001 Ciclo: 201-1

1

 

Dedicado a las personas que más admiro: Mis padres y hermano Sin ellos nada sería posible.

2

 

Introducción

!n el "resen#e #ra$ajo% vamos vamos a a$ordar el #ema del iin#er&s n#er&s "ara o$rar ' "ara lo cual cual he vis# vis#o o conv conven enie ien# n#e e come comen( n(ar ar es es#e #e #r #ra$ a$aj ajo% o% en "r "rim imer er lu luga garr% delimi#ando el #ra$ajo ' su$vini&ndolo en #res "ar#es% en la "rimera vamos a de)inir el in#er&s "ara o$rar% "ues es un conce"#o *ue se encuen#ra relacionado con con el #e #ema ma de dell de dere rech cho o de acci acci+n +n%% des" des"u& u&ss va vamo moss a ha ha$la $larr so so$r $re e la lass ca#egor,as de es#e% "ues#o *ue en es#e se seala cuando ' como se "uede dar  ' luego vamos a sealar su com"rensi+n en la legislaci+n nacional. !n segundo lugar% vamos a sealar la a"licaci+n "rác#ica ' las conclusiones res"ec#o a es#a dando nues#ra o"ini+n como gru"o res"ec#o al #ema del in#er&s "ara o$rar.

3

 

Índice

 

I.

Delimi#aci+n del #ema

I.1 I.1 I.2 I./ I./

os os in# in#er eres eses es di)u di)uso soss ' el de dere rech cho od de ea acc cci+ i+n n !l in#er&s "ara o$rar Co Com" m"re rens nsi+ i+n ne en n lla a lleg egis isla laci ci+n +n na naci ciona onall d del el in in#e #er& r&ss "ar "ara a o$r o$rar ar

II.

Resoluci+n del caso

2.-

Juris"rudencia

III.

Conclusiones

I.

i$liogra),a

4

 

I.

Delimitación del problema !n es#e #ra$ajo #ra$ajo me cen#ra cen#rare re en el in#er&s "ara o$r o$rar ar *ue se encuen# encuen#ra ra regulad regulado o en el ar#,culo I del #,#ulo "reliminar del c+digo civil ' so$re es#e #ema% vamos a a$ordar% en "rinci"io% algunos #emas *ue se encuen#ran relacionados con el in#er&s "ara o$rar como% "or ejem"lo% el derecho de acci+n ' "or l#imo se dará su de)inici+n. Por l#imo% se mencionarán algunas o"iniones doc#rinales con res"ec#o al in#er&s "ara o$rar.

I.1 Los inter interese esess dif difuso usos: s: !l in#er&s di)uso se encuen encuen#ra #ra sealado en el #,#ulo "relimina "reliminarr del c+digo "roce "rocesal sal civil el cual seala3 “Artículo IV.- El proceso se promueve sólo a iniciativa de parte, la que invocará interés y  legitimidad para orar. !o requieren invocarlos el "inisterio #$lico, el procurador o%icioso ni quien de%iende intereses di%usos. &as partes, sus representantes, sus Aogados y, en general gen eral,, todos todos los partícipes partícipes en el proceso, proceso, adec$an adec$an su conduct conducta a a los deeres deeres de veracidad, proidad, lealtad y uena %e. El 'ue( tiene el deer de impedir y sancionar  cualquier conducta ilícita o dilatoria.)  

Se en#iende "or in#ereses di)usos los *ue "er#enecen id&n#icamen#e a una "luralidad de suje#os% suje# os% en cuan# cuan#o o a in#egr in#egran#es an#es de gru"os gru"os%% clases o ca#eg ca#egor,as or,as de "ersonas% "ersonas% ligadas en vir# vir#ud ud de la "re# "re#en ensi si+n +n de go goce ce%% "ar "ar "ar# "ar#e e de ca cada da un una a de el ella las% s% de un una a mi mism sma a "rerroga#iva. De )orma #al *ue la sa#is)acci+n de )ragmen#o o "orci+n de in#er&s *ue a#ae a cada individuo se e4#iende% "or na#urale(a% a #odos5 del mismo modo *ue la lesi+n a cada uno a)ec#a simul#ánea ' glo$almen#e a los in#egran#es del conjun#o comuni#ario.1  !s decir el ar#,culo 2 del CPC% seala lo siguien#e3 *#or el derec+o de acción todo sueto, en eercicio de su derec+o a la tutela urisdiccional e%ectiva y en %orma directa o a través de representante legal o apoderado, puede recurrir al órgano urisdiccional pidiendo la solución a un con%licto de intereses intersuetivo o a una incertidumre urídica.) 

as condiciones "ara el ejercicio de la acci+n son3

1 CA!"A##A$ %!S#&" A.$ 'isi(n )rocesal de Cues*iones Ambien*ales$ !d. "ubin+al , Cul+oni !di*ores$ San*a e$ Ar-en*ina$ 24$ p. 14 /

 

a6olun#ad de la le' 7e4is#encia de un derecho #u#elado "or la le'65 $6

In#e In#er& r&ss "ara "ara o$ o$ra rarr 7# 7#en endi dien en#e #e a ejer ejerci ci#a #arr el de dere rech cho o de acc acci+ i+n n en de de)e )ens nsa a de dell

derecho vulnerado o amena(ado6. c6

egi egi#i#imi mida dad d" "ar ara ao o$r $rar ar 7lla 7llama mada da #a #am$ m$i& i&n n llegi egi#i#ima ma#i#io oa ad d cau causa sam6 m6..

Siendo el "roceso de los in#ereses di)usos3 1.- egi#imidad "ara o$rar ac#iva ' "asiva.-Se seala *ue la legi#imidad ac#iva "ara o$rar  en es#os "rocesos es el 8inis#erio Pu$lico% *uien de acuerdo con la cons#i#uci+n #iene a su cargo los in#ereses #u#elados "or el es#ado% o$jeciones *ue se dan es#a "rimera es la )al#a de )luide( del "roceso o la de conocimien#os #&cnicos ' res"ec#o a la legi#imidad "asiva #an solo se demanda al *ue ocasiona el dao sea medio am$ien#e% ecolog,a% consumidor% e#c.

2.- In#er&s di)uso ' li#isconsorcio.- !l jue( "uede admi#ir un li#isconsorcio en el lado ac#ivo o "asivo siendo es#e el nico *ue "uede de#erminar si el demandan#e #iene legi#imidad su)icien#e como "ara re"resen#ar a ese gru"o social. Como 8ar,a Arrar#e seala si ha' 2 ins#i#uciones sin )ines de lucro *ue "ro#egen el mismo in#er&s o *ue a)ec#an un in#er&s comn en#re varias es#as "odrán ingresar como li#isconsor#e )acul#a#ivo2. 

/.- Pre#ensiones.- Se de$e sealar *ue en el "roceso de in#er&s di)uso no se "ueden acumular acumul ar las "re#ensio "re#ensiones nes individuale individualess "ues res#a )inalidad a la $ase de es#a "re#ensi "re#ensi+n +n social% lo *ue s, se "uede hacer un "ersona "ar#icular deada es demandar daos ' "erjuicios "or daos ' "erjuicios en v,a "rocedimen#al "er#inen#e.

9.- !)ec#os de la cosa ju(gada.- a sen#encia *ue se dic#a en es#e "roceso solo es o"oni$le a las "ar#es *ue han "ar#ici"ado en es#e sino se vulneraria el de$ido "roceso

2 A""A"#!$ MA"0A. &pini(n sobre li*isconsorcio acul*a*io en base a la le-islaci(n nacional. 

 

$ajo es#a "remisa resal#an 2 "ro$lemas im"or#an#es3 si es *ue en el "roceso de in#er&s di)uso la sen#encia se declara in)undada des"u&s de ser consul#ada no ha$rá cosa  ju(gada "ues o#ra ins#i#uci+n lo "odrá volver a demandar ' cuándo es *ue se declara la sen#encia )undada ' cuando *ueda ejecu#oriada% es#a #endrá e)ec#os a *uien la in#er"uso mien#ras cuando el derecho es declarado en sen#ido )avora$le a la "ro#ecci+n del in#er&s di)uso% será o"oni$le a #erceros.

.- Cos#as ' cos#os en el "roceso de in#er&s di)uso.- !l "rinci"al "ro$lema "or el cual asociaciones e ins#i#uciones sin )ines de lucro no u#ili(an el in#er&s di)uso "ara "ro#ecci+n del medio am$ien#e o el consumidor son los al#os cos#os de es#e ' si se o$#iene sen#encia des)avora$le #ener *ue "agar las cos#os ' cos#o el "roceso% "ara lo cual ser,a un gran avance e4onerar de es#os a los *ue la in#er"onen salvo *ue el ju(gador deno#e *ue se reali(+ de mala )e. :.- ,a "rocedimen#al.- !n nues#ro ordenamien#o no se seala una v,a "ero dada la urgencia de la "re#ensi+n se de$er,a #rami#ar "or v,a sumar,sima o a$reviada de$ido a los derechos *ue "ro#ege. as (onas de a#a*ue donde o"eran los in#ereses di)usos no es#án delimi#adas5 "or el con#rario% se hacen más ilimi#adas ' am"lias. Como "or ejem"lo el "ro'ec#o S#igli#( ' 8orello% en donde se seala *ue los in#er&s di)usos en derecho com"arado con Argen#ina se "resen#an en3  

a6 a "ro#e "ro#ecci+n cci+n del medio am$ien am$ien#e5 #e5 la conse conservaci rvaci+n +n del e*uil e*uili$rio i$rio ecol+g ecol+gico5 ico5 los

valores es#&#icos% his#+ricos% ar*ueol+gicos ' "aisaj,s#icos $6 a "ro#ecci+n de los derechos al consumidor% lo *ue inclu'e las "rác#icas de com"e#encia desleal5 los casos de "ro"aganda engaosa ' los "roduc#os de)ec#uosos5 '%  

c6 !n g gene eneral ral%% la "ro "ro#ec #ecci+ ci+n n d de e o# o#ros ros $ien $ienes es *ue res"on res"ondan dan en ))orm orma a id&n id&n#ic #ica a a

necesidades comunes de gru"os humanos o inde#erminados de "ersonas% a )in de salvaguardar la calidad de la vida social



 

!n "rinci"io% la lesi+n al in#er&s di)uso consis#e una agresi+n a $ienes *ue dis)ru#amos o el im"edimen#o "ara alcan(ar $ienes *ue no dis"onemos. !n (onas de a#a*ues generales./  

1. El in interés terés par paraa obra obrar  r 

a #esis del in#er& in#er&s% s% #ra#a de e4"li e4"licar car el denomi denominado nado in#er&s "ara o$rar% as, #enemos *ue en circuns#ancias en *ue surge en una "ersona la necesidad o in#er&s en un de#erminado $ien% es "osi$le *ue e4is#a o#ra "ersona *ue #enga in#er&s o necesidad so$re es#a% si es#a con#ra"osici+n de in#er&s se "resen#a es necesario *ue es#e ;con)lic#o de in#ereses< sea resuel#o "or un #ercero im"arcial ace"#ado "or am$os% "ues el uso de la acci+n direc#a es#á "rohi$ido "or el ordenamien#o jur,dico% siendo es#a el uso de la )uer(a es decir  regular los in#er&s "ro"ios median#e la coacci+n.9  Se "odr, "odr,a a seala sealarr al in#er&s como un )en+m )en+meno eno social de conno conno#acion #aciones es jur,dicas jur,dicas%% es#os in#ereses son la causa de los con)lic#os en la sociedad% los cuales se "ueden arreglar en es#a misma% sin u#ili(ar más *ue el en#endimien#o ' ra(ona$ilidad sin llegar al "roceso% algunos alg unos no sa# sa#is) is)ech echos os con es# es#e e med medio io rec recurr urren en al "roces "roceso o com como o mec mecani anismo smo "ar "ara a arreglar es#e con)lic#o en#re suje#os de derecho. der echo. !n la con)luencia de in#ereses *ue se con#ra"onen encon#ramos el in#er&s ma#erial% es decir el in#er&s de 2 suje#os de derecho so$re un mismo $ien ' el in#er&s "ara o$rar o in#er&s "rocesal *ue im"lica la necesidad de recurrir al +rgano jurisdiccional "ara la soluci+n del con)lic#o de in#er&s. !s#e l#imo surge como una necesidad an#e la "rohi$ici+n de la acci+n direc#a% "ues en una sociedad organi(ada a*uel *ue #iene un de#erminado in#er&s ' *ue se con#ra"one a o#ro u o#ros% no "uede solucionar el con)lic#o con sus "ro"ias manos ' sus "ro"ias decisiones% #iene la o$ligaci+n de recurrir a un #ercero im"arcial reconocido "or am$os "ara *ue lo haga. 

3 56MA!#A$ )!D"&. #emas de la *eoría del proceso. )á-. 1 4 "&D"076!5$ "&8!"#&. 0n*er9s y *u*ela cons*i*ucional$ !l Salador. pá-. 12/ / "&CC&$ 67&. Derecho )rocesal Ciil$ M9ico$ 1;44$ p.1/ <

 

!s decir no consis#e solo en el in#er&s de conseguir un $ien o ser reconocido un derecho garan#i(ado "or la e'% sino en el in#er&s de conseguirlo "or o$ra del +rgano jurisdiccional% "or regla general se "uede decir *ue el in#er&s "ara o$rar consis#e en es#o. =n conce"#o mul#i)uncional del in#er&s "ara o$rar% una de las )ormas de en#enderlo "uede ser a"reciado en el "roceso civil como una causal "ara recha(ar in limine la demanda% llamada )al#a de in#er&s "ara o$rar7el cual se encuen#ra regulado en el ar#,culo 92> el cual será e4"licado en la "ar#e 1./6. So$re es#a si#uaci+n en nues#ro medio se "ro"ici+ una discusi+n res"ec#o de la na#urale(a  jur,dica del #rámi#e *ue se de$,a reali(ar an#e el cen#ro de conciliaci+n an#es de recurrir al Poder Judicial% "ara unos era un su"ues#o en el cual se "od,a "os#ular una de)ensa "revia ' "ara o#ros cons#i#u,a un su"ues#o de )al#a de in#er&s "ara o$rar. Corres"onde ra#i)icar la "osici+n ?ur#ado sealando *ue le no reali(ar el #rámi#e de conciliaci+n "revio a la "resen#aci+n de la demanda cons#i#u'e un su"ues#o de )al#a de in#er&s "ara o$rar% cali)ica$le de o)icio "or el jue( "ues% el jue( no "uede a$rir un "roceso en el *ue *ue se "ued "ueda a o# o#org orgar ar #u #u#e #ela la juri jurisd sdic icci ciona onall a la lass "ar# "ar#es es sino sino han han cu cum" m"lilido do "reviamen#e con un #rámi#e *ue e4ige la le'% "or ello la )al#a de ago#amien#o de la v,a adminis#ra#iva cons#i#u'e #am$i&n un su"ues#o de )al#a de in#er&s "ara o$rar. Calamandrei% al re)erirse al in#er&s "ara o$rar nos dice *ue% cuando en la "rác#ica se "resen#e la circuns#ancia *ue haga indis"ensa$le la in#ervenci+n judicial% se "odrá ha$lar  de in#er&s "ara o$rar. !llo "uede acon#ecer% más $ien "or*ue los suje#os no alcancen "or si la soluci+n o "or  *ue no "uedan legalmen#e conseguirla. Se "uede concluir *ue in#er&s "rocesal% en sus diversas con)iguraciones% surge cuando la )inalidad *ue el solici#an#e se "ro"one alcan(ar  median#e la "rovidencia del Jue(5 cuando la si#uaci+n jur,dica "resen#e an#es del "roceso es #al *ue recurrir a la au#oridad judicial se "resen#a como necesario. :  8ar#in ?ur#ado Re'es ra#i)ica su "osici+n sealando *ue el no reali(ar el #rámi#e de conciliaci+n 7solo "romovido "or las "ar#es6 cons#i#u'e un su"ues#o de )al#a de in#er&s "ara o$ra% cali)ica$le de o)icio "or el jue(% "ues no se "uede a$rir un "roceso en el *ue se

 CA=AMA%D"!0$ )0!"&. ;

 

de$a o#orgar #u#ela jurisdiccional a las "ar#es si no han cum"lido con el #rámi#e *ue e4ige la le' "reviamen#e>.  Al mencionar el in#er&s "ara o$rar es necesario mencionar la de)ensa "revia el cual en nues#r nue s#ro o sis sis#em #ema a "ro "roces cesal al #iene #iene una de) de)ini inici+ ci+n n leg legal% al% "er "ero o "uede "uede con)un con)undir dirse se con el cum"limien#o de un #rámi#e "revio mencionando la sus"ensi+n del "roceso has#a *ue se cum"la el #iem"o "revis#o o el ac#o como an#eceden#e "ara el "os#erior ejercicio de acci+n. as di)erencias esenciales *ue se "ueden deno#ar en#re la de)ensa "revia ' el in#er&s "ara o$rar3 !s !s#a #a "ri "rime mera ra nece necesi si#a #a un cum" cum"lilimi mien en#o #o de dell ac ac#o #o an an#e #ece cede den# n#e e "o "orr un una a e4 e4ig igen enci cia a es#a$lecida "or la norma sus#an#iva *ue regula la relaci+n jur,dica deducida en juicio en cam$io el in#er&s "ara o$rar necesi#amos en cum"limien#o de un ;#rámi#e "revio< an#es de recurr rec urrir ir al +rg +rgano ano jur jurisd isdicc icciona ionall #iene #iene na# na#ura urale( le(a a "ro "roces cesal% al% "ue "uess no es#á es#á rel relaci acionad onado o direc#amen#e a la relaci+n jur,dica sino #an solo a la o"or#unidad de la e4igencia #u#ela  jurisdiccional. Des"u&s de #odo lo sealado sim"lemen#e se "odr,a sealar *ue el in#er&s "ara o$rar ' segn la doc#rina% lo considera como un es#ado de necesidad de #u#ela jurisdiccional el cual sin #ener o#ra al#erna#iva e)ica(% "ide la in#ervenci+n del +rgano jurisdiccional "ara la resoluci+n resolu ci+n del res"ec res"ec#ivo #ivo con)lic con)lic#o #o de in#er& in#er&s. s. !n $ase a es#o se "uede decir )irmemen#e )irmemen#e *ue el in#er&s "ara o$rar no es el derecho *ue #ienes "ara "edir #u#ela jurisdiccional sino *ue es#e derecho se d& "or o$ra del +rgano jurisdiccional. Siendo sus re*uisi#os3 a6 Concr Concre#o.e#o.- @ui @uiere ere decir *ue cad cada a in#er&s ma ma#erial #erial de de$e $e ser "ar#ic "ar#icular ular de *uien lo ejerc ejerci#a i#a con el o$je#o de con)ormar de#erminada relaci+n jur,dica "rocesal% no se "uede cali)icar  dicho in#er&s de manera gen&rica ni )uera del "roceso% se hace solo cuando se "ro"one la necesidad de #u#ela del es#ado ejerci#ando del derecho de acci+n ' "ro"oniendo una "re#ensi+n "rocesal concre#a. $6 egi egi#i#imo mo o ju jur, r,di dico co..- !s deci decirr "ara "ara *ue es#e es#e "ued "ueda a da dars rse e ' se serr vá válilido do de de$e $e e4is#i e4is#irr un es#ado de hecho con#rario al derecho% es decir es#e in#er&s de$e ser lici#o am"arado "or el

 >6"#AD&$ MA"#0%. !l derecho le-isla*io n?1 y sus repercusiones en el proceso ciil$ pá-. 131 1

 

ordenamien#o% *ueda des#errado del "roceso #odo in#er&s *ue se encuen#re enmarcado en la ilici#ud. c6 Ac#ua Ac#ual.l.- !s#e e elemen lemen#o #o *uiere de decir cir *ue el in in#er&s #er&s *u *ue e se "ide se sea a dado en ese mo momen#o men#o de #iem"o% no se "uede am"arar un in#er&s )u#uro% "ero es#e #am$i&n #iene e4ce"ciones "or ejem"lo en el "roce "roceso so de alimen alimen#os #os el cual se "ide la seguridad hacia un ser )u#uro o la necesidad )u#ura de es#e% la ac#ualidad del in#er&s "ara o$rar% "one en evidencia el grado de urgencia con la *ue se re*uiere #u#ela jur,dica al es#ado "ara solucionar un con)lic#o de in#er&s% as, no se "odrá o#orgar dicha #u#ela cuando se evidencia una )al#a de ago#amien#o de la v,a "revia% a*u, el "edido #e #u#ela resul#a "rema#uro% "or #an#o no se reconoce recono ce como ac#ual ac#ual%% lo mismo ocurr ocurre e si se *uiere e4igir el cum"l cum"limien# imien#o o de o$ligaci+n con "la(o no vencido. a cali)icaci+n de ac#ualidad del in#er&s "ara o$rar la reali(a el jue(% de)iniendo si *uien hace la a)irmaci+n de dicho in#er&s lo hace de manera o"or#una% de#erminara si es ac#ual ' via$le.  !l in#er&s "ara o$rar es un in#er&s secundario3 !n un "rimer momen#o nos dirigimos )ren#e a alguien 7a *uien consideramos o$ligado "or  el derecho o$je#ivo a o$servar una de#erminada conduc#a a nues#ro )avor6% a )in de *ue realic rea lice e un com com"or "or#am #amien ien#o #o *ue con consid sidera eramos mos de$ de$ido ido.. A* A*u, u, se man mani)i i)ies# es#a a un in# in#er& er&ss 7In#er&s "rimario6 nues#ro3 el in#er&s de *ue el deudor o$serve el com"or#amien#o de$ido a nues#r nue s#ro o )av )avor or%% seg segn n las nor normas mas jur,di jur,dicas cas.. An An#e #e la ino ino$se $serva rvanci ncia a ' res resis# is#enc encia ia *ue mues#ra% "odr,amos dirigirnos con#ra &l o so$re sus $ienes $uscando co$rarnos median#e el uso de la )uer(a "ro"ia5 "ero $ien sa$emos *ue ello es#á "rohi$ido 7"rohi$ici+n de la de)ensa "rivada6. Por ende% an#e la inac#ividad de nues#ro deudor% ' considerando la "rohi$ici+n de la de)ens de) ensa a "ri "rivad vada% a% no #en #endre dremos mos o#r o#ra a al# al#ern erna#i a#iva va *ue rec recurr urrir ir al +rgano +rgano jur jurisd isdicc iccion ional al com"e#en#e a )in de "edirle #u#ela jurisdiccional3 surge un in#er&s 7In#er&s secundario6 consis#en#e en el in#er&s de *ue el +rgano jurisdiccional nos escuche ' declare la cer#e(a de nues#ro derecho% derecho% lo "ro#eja an#ic an#ici"ada i"adamen#e men#e o dis"onga la reali(a reali(aci+n ci+n coac#iva coac#iva de ellos.

< >6"#AD&$ MA"#0%. !l decre*o le-isla*io %@ 1 y sus repercusiones en el proceso ciil. )a-$ 12;. 11

 

Por cuan#o si el +rgano jurisdiccional no hace #al cosa *uedaremos con un derecho insa#is)echo e in#il. Bendremos un derecho *ue s+lo es una declaraci+n l,rica es decir  #an solo es#a codi)icado "ero no ejecu#ado. Corres"onde al Jue( veri)icar *ue el In#er&s "rimario es#& #u#elado "or el derecho o$je#ivo ' *ue de lo sealado en la demanda no resul#e *ue #al in#er&s sea ine4is#en#e "ara el "ar#icular caso concre#o *ue se es#á anali(ando o no mere(ca "ro#ecci+n an#ici"ada. An#e es#o ca$e "regun#arse "ero% acaso no siem"re *ue alguien *ue acude a los +rganos  jurisdiccionales "idiendo #u#ela lo hace "recisamen#e "or*ue $usca hacer valer un derechoE Acaso no es#á im"l,ci#o siem"re en el ejercicio del derecho de acci+n el in#er&s "ara accionar o in#er&s "ara o$rarE !viden#emen#e *ue la Doc#rina ha considerado *ue no siem"re el demandan#e ejercerá su derecho de acci+n con in#er&s en *ue se haga valer  un derecho. Bal es el caso *ue se dar,a% "or ejem"lo% cuando el e4 c+n'uge Fa "esar de con#ar con recursos su)icien#es- demanda una "ensi+n de alimen#os. !s "er#inen#e en es#e "un#o ci#ar *ue en nues#ro "a,s el C+digo Procesal Civil% en su ar#,culo 92>G% en su "enl#imo "árr "árra) a)o o sea seala la *u *ue e se re rech cha( a(ar ará á de "lano "lano la dema demand nda a si el ella la es ma mani ni)i)ies es#a #ame men# n#e e im"roceden#e3 vale decir% si el jue( veri)ica en la demanda *ue ella carece de manera mani)ies#a de *ue se carece de in#er&s "ara o$rar% "ues en#onces la recha(ará de "lano. Por ejem"lo ello ocurrir,a en el caso de *ue alguien demanda o$ligaci+n de dar suma de dinero indicando *ue se le "ag+ "ero *ue como no emi#i+ reci$o de "ago u o#ro% "ide *ue la o#ra o#ra "a "ar# r#e e Fa Fan# n#e e su im im"o "osi si$i $ililida dad d de demo demos# s#ra rarr *u *ue e ha "a "agad gadoo- cu cum" m"la la co con n la o$ligaci+n de "agar .H !l "ro)esor salvadoreo Rodrigue( 8elende( en un #ra$ajo so$re el in#er&s ci#ando a Pea reire e4"resa *ue "ese a *ue el in#er& in#er&s% s% como conce"#o jur,di jur,dico% co% no #iene sen#id sen#ido o uni#ario ni "resen#a la ri*ue(a doc#rinaria o #e+rica de o#ras )iguras #am$i&n es "osi$le su análisis anális is con o$je#o general de garan#,a en la medida en *ue comien comien(an (an a ser ha$i#ual ha$i#uales es #an#o #an #o su "re "resen sencia cia en div divers ersos os con con#e4 #e4#os #os con cons#i s#i#uc #ucion ionale ales% s% como como las a"or#a a"or#acio ciones nes doc#rinales al res"ec#o. @ui(á su rela#iva inde)inici+n ' su menor #radici+n dogmá#ica ha'an sido la causa de *ue le in#er in#er&s &s se ha'a conver conver#ido #ido en un com"lejo com"lejo mul#i)o mul#i)orme rme con a"licaciones diversas '% a veces% con#radic#orias.

; 5A'A=!#A$ 8"A6=0&. 0n*e-raci(n derecho ciil y procesal ciil 12

 

Clasi)ica el #ema de in#er&s en in#er&s "rivado ' "$lico% el "rimero es el in#er&s individual el cual es a*uel *ue a)ec#a al indivi individuo duo aislado sin com"r com"render ender%% "or lo #an#o% si#uaciones si#uaciones colec#ivas o gru"ales en las *ue el suje#o "uede verse inser#o o )ren#e. !l segundo e4"resa una )orma de in#er&s uni)orme del conjun#o de los individuos *ue se iden#i)ica con el má4imo $ien general de la colec#ividad en#endida monol,#icamen#e% es decir% como un #odo homog&neo% sin con#radicciones in#ernas% escisiones o divisiones. !n#re ellos e4is#e una ca#egor,a *ue denomina in#ereses #ransindivi #ransindividuales duales den#ro de los cuales u$ica a los in#ereses di)usos ' los in#ereses colec#ivos% en#re o#ros. !n los in#ereses di)usos no es "osi$le la #i#ularidad% sino *ue el in#er&s se im"u#a a suje#os de#erminados sin *ue e4is#a un v,nculo direc#o en#re ellos% en cam$io el in#er&s colec#ivo es más concre#o e individuali(ado en #an#o *ue a"arece re)erido a una comunidad de "ersonas gen&ricamen#e organi(ada e iden#i)ica$le.

1.!."Comprension 1.!."Comprensio n en la legislación nacional

1./.1 !l in#er&s "ara o$rar ' "rinci"ios del C+digo Procesal Civil

!l in#er&s "ara o$rar es una de las condiciones del Derecho de acci+n% como menciona C?I!KDA es#a condici+n de la acci+n ...no consis#e solamen#e en el in#er&s en conseguir el $ien garan#i(ado "or la le' 7lo cual )orma "ar#e del con#enido del derecho6 sino en el in#er&s en conseguirlo "or o$ra de los +rganos jurisdiccionales. Se "uede% "or lo #an#o% #ener derecho ' no #ener #odav,a acci+n ninguna... Por regla general "uede decirse *ue *ue el in#e in#er& r&ss en o$ o$ra rarr cons consis is#e #e en es#o es#o33 *ue *ue sin sin la in in#e #erv rven enci ci+n +n de lo loss +rg +rgan anos os  jurisdiccionales% el ac#or su)rir,a un dao injus#o. Además% var,a segn el modo de ac#uaci+n de la le' *ue se invoca 7sen#encia de condena o de declaraci+n% medida "reven#iva de seguridad% e#c.6 10 Por ello el Ar# 1 ' Ar# 9 del C+digo Procesal Civil #,#ulo "reliminar #enemos3

10%S#0#6C0&%!S D! D!"!C>& )"&C!SA= C0'0=$ !di*. "eis*a de Derecho )riado$ 'ol. 0$ 2da. !dici(n$ *raducci(n 7(me+ &rbaneBa$ Madrid 1;!""!" >!""!"A A %A %A' 'A""&$ San*ia-o$ !cepciones y Deensas )reias en el )roceso Ciil$ !di*orial Marsol$ =ima G )erJ$ 1;;;$ )á-. 1//. 1 !""!"&$ Au-us*o$ Derecho )rocesal Ciil , !cepciones$ #ercera !dici(n$ 1;!""!"A %A' %A'A""&$ A""&$ San*ia-o$ !cepcione !cepcioness y Deensas )reias en el )roceso Ciil$ !di*orial Marsol$ =ima G )erJ$ 1;;;$ ) )á-. á-. 22. 2 M&%"&H 7I='!5$ Fuan$ #emas de )roceso Ciil$ 1;0 ' sus re"ercusio re"ercusiones nes en el "roce "roceso so civil% "ág. 1/1 - 8=Q% P!DR. Bemas de la #eor,a del "roceso% Juris#a edi#ores 2da edici+n. "ág. >2>> - IKSBIB=CIK!S D! D!R!C? PRC!SA CII% !di#. Revis#a de Derecho Privado% ol. I% 2da. !dici+n% #raducci+n +me( r$aneja% 8adrid 1H9% "ág. 1-1H - BICKA PSBI% ,c#or- ;Análisis ' Comen#ario al C+digo Procesal Civil
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF