El Derecho Monetario
Short Description
TRABAJO REALIZADO PARA ESTUDIANTES DEL NOVENO SEMESTRE DE LA CARRERA DE DERECHO, INVESTIGACION SOBRE LA MONEDA Y SU USO...
Description
EL DERECHO MONETARIO En el ám ámbi bitto de dell de dere rech cho, o, es estte si sist stem ema a se in intteg egra ra po porr el co con n!n !nto to de disposiciones "!e# determinan la !nidad monetaria$ %ian las condiciones de los signos "!e la representan$ reg!lan la emisi&n, circ!laci&n ' e(tinci&n de dichos signos $ proc!ran seg!ridad en la circ!laci&n de moneda ' establecen el r)gimen apli ap lica cabl blee a la mo mone neda da e( e(tr tran ane era ra$$ a es esta tass di disp spos osic icio ione ness se en enc! c!en entr tra a estrec est recham hament entee *in *inc!l c!lada adass las nor normas mas "!e se+alan se+alan la %or %orma ma ' ter termin mino o par para a contra con traer er ' sol sol*en *entar tar obl obliga igacio ciones nes pec pec!ni !niari arias as Toda Todass ella ellass comp compren renden den el ámbito propio del Derecho Monetario El derecho monetario - de%inici&n Con!nto de normas aplicables al dinero, es decir a esta materia especi%ica, en !na !n a co com! m!ni nida dad d de dete term rmin inad ada a Es Esta ta co com! m!ni nida dad d p! p!ed edee se serr !n es esta tado do o !n con!nto de Estados .i es !na de%inici&n ra/onablemente *alida, debemos de indagar acerca del sistema monetario, del obeto, del alcance, de los s!etos, de s! nat!rale/a !r0dica, de s!s partes, de la emisi&n ' circ!laci&n de las obligaciones monetarias monet arias,, de la moneda e(tranera e(tranera Es neces necesario ario acotar "!e este con!nto con!nto de norm no rmas as ab abar arca ca a" a"!e !ella llass de desd sdee a" a"!e !ella llass re rela laci cion onad adas as co con n la sob sober eran an0a 0a de dell Estado, es decir, del poder "!e tiene este ente para eercer la capacidad de crear dinero, otorgandole c!rso legal ' %or/oso, ' aprobar las normas re%eridas a la reg!laci&n de las relaciones de nat!rale/a monetaria entre los s!etos "!e *i*en en !na sociedad determinada .i anali/amos las normas monetarias, )stas re%lean !n contenido especial# se trata 1como lo es en el caso de las normas bancarias b!rsátiles, de seg!ros1 de conceptos concep tos especiales, especiales, p!es, como dicen Mosse Mossent nt ' Loren/ Loren/etti etti,, esta estamos mos %rente a normas de alta compleidad t)cnica, "!e desploman la capacidad indagatoria del abogad abo gado, o, 2or ello se re" re"!ie !iere re del pre*io pre*io ' ade adec!a c!ado do con conoci ocimie miento nto de est estee contenido e(tra !r0dico, para !na meor preparaci&n de las normas, para s! analisis, s! integraci&n con otras reglas del derecho ' correcta aplicaci&n
UNIDAD 9.- DERECHO MONETARIO 9.1. Concepto de derecho monetario. Jacint Jaci nto o pa pallllar are e e e!a !ala la "# "#e e en el orde orden n $# $#r% r%di dico co la mo mone neda da e #n &ra' &r a'me ment nto o de me meta tall ac ac#! #!ad ado o co con n el ell ello o o& o&ic icia iall de dell E Eta tado do pa para ra
'aranti(ar # &orma )peo * le* * c#*o poder li+eratorio o empleo en pa'o de de#da e &or(oo. ,ara Ed#ardo Tri'#ero moneda e #n intr#mento de cam+io por ecelencia. Antonio Carrillo /lore de&ine el dinero como la coa o con$#nto de coa "#e por dipoici0n del etado etn o+li'ada la perona a reci+ir) a#n en contra de # 2ol#ntad) como pa'o de todo cr3dito. Derecho Monetario E #na rama del derecho &inanciero "#e e enc#entra contit#ido por el con$#nto de norma relacionada con la moneda * la pol%tica monetaria de la naci0n) # principio contit#cional e enc#entra re'#lado en lo Art%c#lo 145 * 144 de la Contit#ci0n ,ol%tica de la rep6+lica de 7#atemala. A% mimo e enc#entra normado por el Decreto N#mero 18-55 :e* Monetaria del Con'reo de la Rep6+lica de 7#atemala. Como p#ede o+er2are toda eta de&inicione contienen concepto re&erido a la nci0n "#e el Derecho con&iere) de manera primordial) a la moneda;er2ir de medio 'eneral de pa'o;a#n c#ando) coincidente en # apreciacione o+re para "#3 ir2e la moneda) preentan al'#na di2er'encia * omiione en c#anto a "#e e moneda. No o+tante) repecto a eto 6ltimo e clara la tendencia moderna a coniderar $#r%dicamente a la moneda como #na #nidad de 2alor creada por el Etado e independiente del 2alor intr%neco de # i'no repreentati2o. En el m+ito del derecho) ete itema e inte'ra por el con$#nto de dipoicione "#e< determinan la #nidad monetaria= &i$an la condicione de lo i'no "#e la repreentan= re'#lan la emii0n) circ#laci0n * etinci0n de dicho i'no= proc#ran e'#ridad en la circ#laci0n de moneda * eta+lecen el r3'imen aplica+le a la moneda etran$era= a eta dipoicione e enc#entra etrechamente 2inc#lada la norma "#e e!alan la &orma * termino para contraer * ol2entar o+li'acione pec#niaria. Toda ella comprenden el m+ito propio del Derecho Monetario.
Teor%a $#r%dica del dinero En el a!o 19>)/ederico ?napp en # Teor%a etatal del dinero ac#!o el t3rmino nominalimo@ para en#nciar * dar aplicaci0n a #n criterio con&orme al c#al la moneda olo pod%a er o+$eto de o+li'acione) coniderado a eta como de#da de #ma inm#ta+le de #nidade te0rica creada por el Etado * no con el carcter de de#da de 2alor a la nat#rale(a del dinero *) adem) e armoni(a+a me$or con la o+eran%a del Etado en materia monetaria. Eta teor%a encontr0 pronto apo*o en la doctrina de carcter $#r%dico= Art#ro N#+a#m e # principal epoitor. Rec#3rdene "#e para ete a#tor dinero on olo a"#ella coa "#e en el comercio e entre'an * reci+en como &racci0n e"#i2alente o m6ltiplo) de #na #nidad ideal. Con lo re'%mene de papel moneda "#e #cedieron al itema de patr0n metlico concl#*o) por ra(0n nat#ral) el 2alorimo metalita * con ello la ra(0n de pactar de#da en moneda cali&icada) p#e lo i'no circ#lante carec%an de 2alor intr%neco. Ante eta it#aci0n ) la teor%a 2alorita moderna reconoce como #n 2alor de la moneda el atinente a # poder patrimonial concreto) dando a% ndamento a de#da monetaria c#*o nominal e 2aria+le) con&orme al comportamiento de #n %ndice &i$ado al contraere ea de#da. Tal procedimiento e con2iene mediante cla##la llamada de eta+ili(aci0n) de ecala o de indi(aci0n. Act#almente el nominalimo * el 2alorimo monetario preentan la caracter%tica i'#iente. Am+o reconocen el concepto $#r%dico del dinero re&erido a #nidade ideale a#n"#e di&ieren o p#eden de&erir en c#anto a la &orma de aplicarlo en el campo de la o+li'acione dineraria. :a do teor%a coinciden plenamente en "#e tratndoe de de#da monetaria) la preentaci0n in ol#tione de+e er iempre la entre'a de #na #ma de dinero atendiendo al 2alor nominal de la moneda con la "#e e ha'a el pa'o. Di&ieren en lo "#e repecta a la caracter%tica "#e p#eden le'almente tener la pretaci0n in o+li'atione.
A"#% e donde el nominalimo * el 2alorimo p#eden) en la le'ilaci0n er anta'0nico o complementario.
Teor%a etatal * ocietaria del dinero :a primera otiene "#e al Etado de+en reconoc3rele lo m amplio derecho para act#ar con imperio a+ol#to en todo lo relati2o a la moneda) *a "#e eta olo repreenta #na #nidad ideal) creaci0n del propio Etado. En conec#encia eta teor%a pot#la "#e) para el derecho) el 2alor del dinero de+e er inm#ta+le por etar re&erido de manera ecl#i2a a epreione n#m3rica de #nidade te0rica) in "#e el orden $#r%dico recono(ca la &icci0n@ de #n 2alor real contante en la moneda. De con&ormidad con tal criterio) lo partic#lare etn o+li'ado a no coniderar en # con2encione dineraria nin'6n 2alor repecto a la moneda ditinto al nominal. :a teor%a ocietaria del dinero a&irmar "#e el Etado de+e proc#rar la ati&acci0n del inter3 p6+lico mediante el e$ercicio de # atri+#cione monetaria) * pro2eer a la ociedad de #na moneda ana en t3rmino reale "#e c#mpla ati&actorio # ncione como #nidad * medida de 2alor) medio 'eneral de cam+io) reer2a de 2alor e intr#mento 'eneral de pa'o) "#e p#eda en tal nci0n er &actor para el $#to e"#ili+rio en lo contrato. Dicha teor%a otiene "#e) en el orden $#r%dico) la protecci0n al mencionado inter3 p6+lico de+e proc#rare mediante norma "#e den al principio de la di2ii0n de podere #na aplicaci0n "#e permita de manera e&iciente impedir el a+#o del poder monetario del Etado. :o cimiento te0rico monetario. D#rante el i'lo I la le*e monetaria de #n amplio n6mero de pa%e e epidi0 o modi&icaron +a$o la in&l#encia de deli+eracione * anlii e&ect#ado en la Con&erencia Monetaria Internacionale "#e e cele+raron en E#ropa. :a de 1B8 +#co #ni&ormar lo di2ero itema monetario interno) con el prop0ito de &acilitar lo cam+io internacionale) mediante la adopci0n 'enerali(ada del patr0n oro clico-#nidad monetaria re&erida a cierta cantidad de ee metal) circ#laci0n de pie(a #rea * li+re importaci0n * eportaci0n del oro--= ete criterio preconi(a el monometalimo oro por coniderarlo el 6nico
deea+le a la l#( de la ciencia econ0mica entonce imperante) recomendando) conec#entemente) el retiro tanto del patr0n plata "#e manten%a al'#no pa%e ) como de importante circ#laci0n "#e alcan(a+an entonce moneda con contenido de metal +lanco de moneda de plata. En ea cent#ria) la le*e meicana de 1B54 * 1B1 * 1B8 mant#2ieron el r3'imen +imetalita pre2alente d#rante el 2irreinato) con amplia circ#laci0n de moneda de plata. El primero de eto ordenamiento modi&ico tan olo la em+lemtica de la pie(a) en tanto "#e lo do poteriore con&i'#raron n#etro itema monetario a$#tndolo al m3trico decimal. :a le* monetaria de 19>) epedida en #na 3poca en "#e e a'#di(o el deplome de lo precio en oro de la plata ) trato de reol2er el pro+lema "#e ello ori'ina+a en lo cam+io internacionale del pa% ) eta+leciendo "#e la #nida te0rica del itema monetario meicano etar%a repreentada por etenta * cinco cent%metro de oro p#ro ) con circ#laci0n de pie(a a#rea retrin'ida al can$e de anti'#a moneda amarilla por la n#e2a pie(a de ee metal pre2ita en la le* * colocaci0n de moneda de plata ) limitada a la indipena+le para c#+rir la neceidade circ#latoria. El principio e a&irma * amplia en la :e* Monetaria de 19> para con ello &ortalecer la circ#laci0n de la moneda &id#ciaria ante mencionada. Ete r3'imen) "#e con2ierte la de#da pec#niaria de de#da de 2alor@ en de#da de #ma@) e el "#e e etat#*e en la :e* Monetaria de 1941 * en el C0di'o ci2il de 195B) dep#3 de ha+ere modi&icado) en aprecia+le medida) por la de#da * pa'o en moneda epeci&ica "#e permitieron * re'lamentaron la di2era le*e de ,a'o Epedida d#rante lo a!o de 191 a 191B. En eto 6ltimo a!o ) ante la ecae( de medio de pa'o ori'inada por la #prei0n de la emiione de +illete "#e ha+%a 2enido haciendo la +anca pri2ada a% como por el ateoramiento * la alida del pa% de la moneda metlica) e da le'al a la moneda etran$era de oro a#mentndoe la ac#!aci0n de pie(a #rea nacionale. Eta re&orma) hecha con carcter tranitorio para hacer &rente a it#acione de co*#nt#ra "#e re"#er%an ol#ci0n inmediata ) e aparto de la tendencia "#e *a para entonce o+er2a+an lo itema monetario de la 'eneralidad de lo pa%e * de la tei otenida en la Con&erencia Monetaria Internacionale "#e e cele+raron en lo a!o poteriore a
la terminaci0n de la ,rimera 7#erra M#ndial) la "#e ) i +ien mani&etndoe a &a2or del patr0n oro) *a no apira+a a #na circ#laci0n de pie(a amarilla. ,ara 1941 la it#aci0n monetaria pre2aleciente en la Rep6+lica hacia inoteni+le mantener el r3'imen de patr0n oro eitente. Al contin#are depreciado la plata en # relaci0n con el oro) la pie(a amarilla alcan(aron #n 2alor intr%neco #perior al &acial) ateorndoe o aliendo del pa% a pear de la prohi+ici0n de eportarla. ,or otra parte ) la circ#laci0n interna de moneda de oro) a#n c#ando limitada) reta+a al pa% medio de pa'o para # tranaccione internacionale) lo +illete del anco de M3ico a#n no ten%a #na circ#laci0n ati&actoria * la di&erencia entre el 2alor real de la moneda de oro * la de plata contin#o tratorno en lo precio * en lo pa'o de de#da pec#naria la "#e &rec#entemente e contra%an en moneda epeci&ica o cali&icada; de oro re'la 'eneral;con el prop0ito de prote'er la retit#ci0n del capital contra perdida en el poder ad"#iiti2o de la moneda &id#ciaria. Ante eta it#aci0n "#e) como la de 19>) hi(o crii en el ector eterno de la econom%a) la :e* Monetaria del 5> de $#lio de 1941)i +ien mantiene el patr0n oro para e&ecto de proc#rar eta+ilidad cam+iaria< demoneti(a la pie(a con contenido de ee metal permitiendo # li+re eportaci0n= limita en t3rmino m drtico "#e la le* anterior) la circ#laci0n de moneda de plata prohi+iendo n#e2a ac#!acione de ella * pre23 "#e lo incremento de la neceidade circ#latoria e ati&a'an mediante la emii0n de +illete por el anco de M3ico "#e ete de+%a colocar olo a tra23 del dec#ento de papel comercial o mediante # can$e e2ent#al por oro a la paridad te0rica de etenta * cinco cent%metro de peo) #nidad monetaria reconocida en le*. El propio Ordenamiento da por 2e( primera a dicho +illete el carcter de monada) a#n c#ando en &orma #n tanto am+i'#a *a "#e no le con&iere poder li+eratorio manteniendo # aceptaci0n etrictamente 2ol#ntaria. :o cam+io "#e la :e* calle@ introd#ce en el itema monetario contit#*en #n i'ni&icati2o a2ance en el proceo "#e 2a #tit#*endo el r3'imen metalita hata entonce pre2aleciente por orto en el c#al la moneda &id#ciaria) re&erida principalmente a lo +illete del anco de M3ico) a#me la ncione de medio de cam+io. En 194> e prod#ce el cam+io ndamental del itema monetario meicano. El al(a "#e para entonce eperimentan lo precio de la plata hace "#e la pie(a ac#!ada en ella alcancen #n 2alor intr%neco) como mercanc%a) #perior a # 2alor &acial) pro2ocando erio tratorno en la circ#laci0n monetaria. ,ara hacer &rente a ete pro+lema * dado "#e lo
+illete del anco de M3ico ten%an *a para entonce amplia circ#laci0n ) e le con&iere) de manera ecl#i2a ) poder li+eratorio ilimitado) retirndoe la pie(a +lanca en circ#laci0n para #tit#irla por otra con menor contenido de metal &ino "#e) en #ni0n de di2era pie(a metlica de 2alor intr%neco in&erior) con&i'#ra+an # carcter de moneda de apo*o con limitada o+li'atoriedad de aceptaci0n "#e la re&iere a pa'o &raccionario o de ecao monto. El proceo concl#*e en 194 c#ando la correpondiente re&orma le'al a+andona el patr0n oro te0rico #primiendo la paridad o e"#i2alencia del peo con dicho metal. 9.>. :o en&o"#e +ico del derecho monetario. 9.>.1. El en&o"#e del derecho interno . El t3rmino moneda e ori'in0 en 7recia * e #a para re&erire a lo intr#mento de cam+io repreentati2o de #n dep0ito de 2alor= la moneda ir2i0 dede entonce como el elemento "#e &acilit0 lo cam+io comerciale) * como conec#encia e inteni&ic0 la acti2idad econ0mica. El 2alor de di2ia e #tent0) a6n hata el i'lo 2einte) m#cha 2ece con +ae en #n patr0n o itema de cam+io &rente a #n metal precioo) lo patrone ndamentale eron el patr0n oro) el patr0n +imetalico #tentado en plata * oro * el patr0n d0lar-oro) en cada #no de lo cao la moneda pod%a er cam+iada ante el +anco central por # 2alor en la cantidad "#e repreenta+a de metal. Ecepci0n hecha del patr0n d0lar oro prod#cto de la &irma de lo Tratado de reton ood) en el c#al lo pa%e miem+ro eta+lecieron "#e # moneda nacionale la moneda pod%a inditintamente er con2ertida a d0lare o a la moneda norteamericana. :o anco Centrale on el intr#mento de lo 'o+ierno o+erano para limitar la eitencia de #na di2eridad de emiore de moneda) como para limitar la eitencia * el 2alor de # emiione monetaria. El anco Central e ndamentalmente 6til para centrali(ar la re'#laci0n del itema &inanciero * eta+lecer #n control de la pol%tica monetaria. El anco de M3ico e #n anco Central "#e tiene por o+$eto prioritario el "#e enmarca el art%c#lo 5B contit#cional en # prra&o eto * "#e conite en proc#rar la eta+ilidad del poder ad"#iiti2o de la moneda nacional. ,or lo tanto #na de la 2aria+le "#e el anco de M3ico de+e de controlar * re'#lar) con&orme a lo "#e la Contit#ci0n precri+e) a% como la :e'ilaci0n re'lamentaria repecti2a) e a la moneda nacional * # caracter%tica. :a moneda en la act#alidad e #n &en0meno "#e dita m#cho en conitir implemente en la eitencia de dico de metal ac#!ado o de papel
moneda :a moneda en la act#alidad) * en 2irt#d de lo "#e p#ede er interpretado a partir del C0di'o Ci2il para el Ditrito /ederal) 0lo p#ede er entendida $#r%dica * econ0micamente como n#merario c#*a re&erencia e la #nidad monetaria) pero la #nidad monetaria 0lo e 6til para determinar el 2alor de +iene dep0ito de 2alor eprendoe # coti(aci0n en dicha #nidade. De ac#erdo a lo "#e dipone el art%c#lo primero de la :e* Monetaria de lo etado Unido Meicano) la #nidad monetaria de n#etro Etado e el peo. Fin em+ar'o) para e&ect#ar me$or el control * hacer #na me$or re'#laci0n del itema monetario) el anco de M3ico ha eta+lecido #na erie de parmetro para clai&icar la &orma en "#e e p#ede mani&etar el n#merario. Dicho parmetro e locali(an en la clai&icaci0n de lo a're'ado monetario) en la act#alidad el anco de M3ico adopta la clai&icaci0n del n#merario en a're'ado monetario. A%) en dicha clai&icaci0n eite el a're'ado M1) "#e en 'eneral concentra el circ#lante en e&ecti2o) * lo a're'ado amplio M5) M4 * MG) a% como lo repecti2o M1) M5) M4 * MG. ,or medio de lo a're'ado monetario el anco central p#ede eta+lecer #n anlii tanto del circ#lante como del n#merario "#e en otro tipo de c#enta * de dep0ito circ#lan en el pa% d#rante #n a!o de e$ercicio. En el in&orme an#al del anco de M3ico) correpondiente al a!o de 1999) e mani&ieta "#e repecto al circ#lante) la ma*or parte de dinero en mano del p6+lico en 'eneral e encontra+a depoitada en c#enta de che"#e en moneda nacional * en moneda etran$era) eto dem#etra "#e el n#merario en la act#alidad ma*ormente e m#e2e mediante lo medio electr0nico e intr#mento $#r%dico) "#e de &orma material o &%ica a tra23 de la emiione metlica o de papel impreo. El inter3 de lo 'o+ierno nacionale e mantener el control del 2alor del n#merario nacional) ea como ete e enc#entre repreentado o e 'enere= para preer2ar lo precio) el empleo) la prod#cti2idad) el 2alor de pai2o econ0mico tan importante como la de#da p6+lica= por ello) en lo partic#lar conideramo "#e del control e&ecti2o "#e de lo mimo ten'an la entidade etatale depende en 'ran medida la e'#ridad nacional del pa%. En M3ico * el or+e en 'eneral) e han operado 2erdadera tran&ormacione de la etr#ct#ra econ0mica * &inanciera en lo 6ltimo cinco l#tro. Ea tran&ormacione han modi&icado tanto el
comercio) lo itema &inanciero * lo medio de pa'o * han tenido como conec#encia la aparici0n de n#e2a intit#cione &inanciera) de n#e2o mercado * n#e2a &orma de operar en lo *a eta+lecido. :a apert#ra comercial * el dearrollo tecnol0'ico han ido lo principale a'ente de tran&ormaci0n de la &inan(a p6+lica * pri2ada de lo etado. :a tran&ormacione &inanciera han lle'ado a tal %ndole "#e ho* el comercio nacional e internacional tiene como o+$eto materiale de # intercam+io a elemento econ0mico de terminante para la preer2aci0n de la o+eran%a nacional) de tal manera "#e ha+it#al * pro&eionalmente e reali(an operacione con la propia moneda nacionale. :a moneda * la preer2aci0n de # 2alor ante la ne'ociacione "#e e hacen con ella en # calidad de di2ia) a% como la compreni0n de lo e&ecto "#e dicho acto prod#cen en la 2ida de lo pa%e) e #na preoc#paci0n de or'animo &inanciero internacionale) como el /ondo Monetario Internacional) * de+e erlo entre lo propio Etado nacionale. :a o+eran%a econ0mica de lo Etado nacionale re#lta ind#da+lemente a&ectada c#ando e ne'ocia contra el intr#mento en el c#al e #tenta la con&ian(a de c#al"#ier mercado< la moneda. A% p#e) re#lta ind#da+lemente neceario el anlii de lo n#e2o mercado * el e&ecto de # operacione prod#cen al o+$eto "#e repreenta la o+eran%a &inanciera del Etado Nacional. ,or eta circ#ntancia * al tenor de ete li+ro tam+i3n e hace #n anlii #tanti2o * ad$eti2o del itema le'al "#e re'#la el mercado de di2ia. El mercado de di2ia e #n medio "#e permite ne'ociar a corto pla(o con el n#merario de #n pa% en do m+ito concreto< el mercado inter+ancario * lo mercado +#ratili(ado de di2ia * en #n tercer epacio 2irt#al * por ello ma di&%cil de controlar) "#e e el "#e +rinda la red de rede) conocida me$or como INTERNET. El o+$eto de "#ien participa en contrato propio del mercado de di2ia p#ede er e"#ili+rar lo in2entario &inanciero) como oc#rre con lo +anco comerciale * lo centrale= el prote'ere en contra de la incertid#m+re de #na de2al#aci0n al eta+lecer otro contrato prod#cti2o o en 6ltima intancia epec#lar directamente en contra de la moneda nacionale para lo'rar #na #tilidad. El mercado de di2ia contemporneo) en # m+ito inter+ancario) +#rtil * 2irt#al) e #n &en0meno "#e 0lo p#do er &acilitado por lo a2ance tecnol0'ico "#e ponen al alcance del p6+lico en 'eneral la oport#nidad de in2ertir en t#ro.
:a acti2idad "#e e reali(a en el mercado de di2ia) encaminada a acti2idade prod#cti2a) e #na acti2idad "#e pro2ee #na neceidad p6+lica) p#e e #n inter3 de lo partic#lare contar con intr#mento "#e le permita pre2er e2ent#alidade "#e p#eden er ocaionada por #n deli( en la coti(aci0n de la moneda de # pa%) pro2ocando coto no pre2ito "#e incl#o p#eden poner en rie'o la eitencia de la propia emprea e incl#i2e) de ac#erdo a lo propio et#dio reali(ado por el /ondo Monetario Internacional * el anco Interamericano de Dearrollo) p#ede lle'ar a deeta+ili(ar econom%a nacionale no 0lo emer'ente) ino incl#i2e a"#ella "#e otentan #na moneda e$e. El Mercado de di2ia en M3ico e comien(a a dearrollar &ormalmente dede 199) a#n"#e dede 199> el anco Central comen(0 a emitir la re'#laci0n para la con&ormaci0n del mercado inter+ancario de di2ia. En M3ico) a partir de la re&orma le'ale "#e e e&ect#aron a partir de 1995) e comen(0 a con&i'#rar #na erie de +ae para "#e e p#dieran dearrollar la intit#cione * entidade "#e operan en el mercado de di2ia +#rtil) "#e e dearrolla act#almente de &orma paralela al mercado inter+ancario) pero mientra el primero e limita a pe"#e!a operacione) el otro e oc#pa en ne'ociar 'rande tranaccione con di2ia. De ac#erdo a la interpretaci0n literal del art%c#lo octa2o de la :e* Monetaria de lo Etado Unido Meicano) "#edan prohi+ido lo contrato "#e ten'an por o+$eto epec#lar con el precio de la moneda meicana. El Mercado de di2ia inter+ancario e enc#entra controlado * re'#lado directamente por el anco de M3ico. El mercado de di2ia +#rtil e enc#entra re'#lado por la Comii0n Nacional ancaria * de alore) * en la act#alidad 0lo eite #na +ola de deri2ado) denominada como ola Meicana de Deri2ado) F.A. de C) * #na cmara de compenaci0n denominada como AFI7NA F.A. Tanto el mercado +#rtil como el inter+ancario tienen #na eitencia ap0cri&a) p#e ni la Fecretar%a de Hacienda * Cr3dito ,6+lico) del anco de M3ico o de la Comii0n Nacional ancaria * de alore) tienen atri+#cione de ac#erdo a lo "#e diponen la Contit#ci0n /ederal) la :e* Or'nica de la Adminitraci0n ,6+lica /ederal) la :e* del anco de M3ico * la :e* de la Comii0n Nacional ancaria * de alore) para crear la re'#laci0n o el marco normati2o "#e lo #tente) a% como tampoco tienen atri+#cione para dearrollar el control de #n mercado "#e implemente no e enc#entra re'#lado por la propia le*. :a Fecretar%a de Hacienda no c#mple con la 'eti0n apropiada de lo
er2icio p6+lico iempre "#e no ha 2i'ilado ni controlado adec#adamente al anco de M3ico * a la Comii0n Nacional ancaria repecto a la a#tori(acione * contrato "#e eta entidade han &a2orecido en materia de di2ia) de con&ormidad a lo "#e dipone la &racci0n II del art%c#lo 41 de la :e* Or'nica de la Adminitraci0n ,6+lica /ederal. El anco de M3ico 2iola el art%c#lo 5B contit#cional al tran'redir # o+$eto prioritario) "#e e preer2ar el 2alor intr%neco de la moneda nacional) p#e al epedir dicha entidad la c3d#la 5199>) por la "#e emite dipoicione a la entidade de cr3dito "#e deeen operar en el mercado inter+ancario de di2ia) 2iola el art%c#lo octa2o prra&o primero de la :e* Monetaria de lo Etado Unido Meicano) p#e e permite la cele+raci0n de contrato "#e c#*o o+$eto ea epec#lar contra el 2alor de la moneta nacional. A% entonce de$a de c#mplir con # o+$eto prioritario) p#e le$o de 2i'ilar el c#mplimiento de la le'ilaci0n aplica+le en materia monetaria) propicia la ne'ociaci0n con t#ro * la ine'#ridad en la coti(aci0n en materia monetaria. :a Comii0n Nacional ancaria * de alore tran'rede # propia :e*) epecialmente al no limitare a 2i'ilar) controlar * re'#lar a la entidade a "#e hace re&erencia # art%c#lo e'#ndo en # e'#ndo prra&o) ino "#e de2%a # poder para crear n#e2a entidade &inanciera en #n m+ito "#e a la propia Comii0n le e etra!o) por carecer de &ac#ltade eprea por # :e* Or'nica como de otra :e* "#e emane del Con'reo para re'#lar el Mercado de Deri2ado . ,or lo tanto el itema re'lamentario creado por el anco de M3ico con #tento en la c3d#la 5199> e incontit#cional e implica #na de2iaci0n del ,oder del Intit#to Central. ,or lo "#e hace repecto a la Re'la a la "#e ha+rn de #$etare la ociedade * &ideicomio "#e inter2en'an en el eta+lecimiento * operaci0n de #n Mercado de t#ro * opcione coti(ado en ola= emitida por la Fecretar%a de Hacienda * Cr3dito ,6+lico) el anco de M3ico * la Comii0n Nacional ancaria * de alore) on incontit#cionale * tran'reden el itema $#r%dico * &inanciero nacional. ,or lo "#e e re&iere a la dipoicione de carcter pr#dencial a la "#e e #$etaran en # operacione lo participante en el Mercado de /#t#ro * opcione coti(ado en +ola) emitida por la Comii0n Nacional ancaria * de alore e incontit#cional * tran'rede el itema le'al 2i'ente) a% como repreenta #na de2iaci0n de poder de la atri+#cione con"#e c#enta 3te 0r'ano en materia re'lamentaria.
K#eda epreado a% como el anco de M3ico tran'rede el art%c#lo 5B contit#cional) epecialmente en # prra&o eto en el "#e e dipone el o+$eti2o prioritario de 3ta intit#ci0n del cr3dito central) * "#e de+e de conitir en proc#rar el poder ad"#iiti2o de la moneda nacional) * como re#ltado de 3te et#dio "#eda eta+lecido "#e % e tran'rede a tra23 de lo acto "#e no 0lo contit#*e el anco de M3ico) ino incl#i2e la Fecretaria de Hacienda * Cr3dito ,6+lico) como la Comii0n Nacional ancaria * de alore tanto la o+eran%a * lo er2icio p6+lico "#e el Etado de+e de o&recer en materia monetaria. Al emitire el r3'imen "#e re'#la el mercado de di2ia * a#tori(ar la operaci0n de entidade en c#al"#iera de # do apecto e propicia incidentalmente la ineta+ilidad e inte'ridad del 2alor de la moneda nacional * la :e* Monetaria 2i'ente en n#etro pa%. Fin em+ar'o) el mercado inter+ancario de di2ia como el +#rtil ati&acen #na neceidad ocial) por lo "#e e de inter3 p6+lico "#e e re'#len adec#adamente # eitencia * "#e dicha re'#laci0n o+er2e procedimiento de control * &icali(aci0n) por eo e necearia #na :e* en "#e e o+er2en * t#telen la o+eran%a del Etado * # atri+#cione en materia de control &inanciero e i'#almente e neceario "#e dicha le'ilaci0n norme lo cond#cente repecto a c#al"#ier otra entidad "#e opere en INTERNET) prohi+i3ndoele # act#aci0n en territorio nacional c#ando care(can de a#tori(aci0n * con&i'#rndoe tipo penale por contra2enir
ea
dipoicione
En #ma) ete li+ro pretende tener do &inalidade) la primera de n'ir como li+ro de teto $#r%dico en el "#e e epon'a el act#al itema adminitrati2o monetario nacional) tanto en lo re&erente a # or'ani(aci0n) como repecto a # ncionamiento= e p#e #na o+ra $#r%dica &inanciera de carcter adminitrati2o= "#e tam+i3n a+orda la or'ani(aci0n del mercado de di2ia) la entidade "#e act#almente lo componen
*
lo
contrato
"#e
en
el
e
operan.
:a otra &inalidad e la de o&recer #na o+ra en la "#e e epone #na pronda re&lei0n tanto de la atri+#cione monetaria del Etado
meicano como # &ac#ltade para re'#lar) or'ani(ar * &omentar el itema $#r%dico * adminitrati2o de la or'ani(aci0n monetaria como el #+itema &inanciero en el c#al e otiene el mercado de di2ia. :a eitencia * operaci0n del mercado de di2ia) "#e dada # nat#rale(a &inanciera e #n mercado "#e carece de #na re'#laci0n adec#ada para le'itimar # eitencia) e enc#entra en la act#alidad a&ectando la nat#rale(a $#r%dica del o+$eto del anco de M3ico contemplado en el indicado prra&o eto del art%c#lo 5B de la Contit#ci0n /ederal) a% como tran'rede lo concepto de o+eran%a nacional)
er2icio
p6+lico
e
inter3
'eneral.
,or ello) la "#e ahora e preenta e #na o+ra didctica) pero tam+i3n e #na o+ra "#e preenta #n et#dio de la nat#rale(a de lo 0r'ano * or'animo '#+ernamentale "#e c#entan con &ac#ltade para +r#!ir) poner en circ#laci0n * preer2ar el 2alor de la moneda) a% como de la entidade creada por eta para ne'ociar contra dicho 2alor) ea +ien con #na &inalidad prod#cti2a o en # cao con cierta &inalidad de carcter epec#lati2o. El li+ro tiene como &inalidad eencial entonce) eponer la pro+lemtica "#e ca#a la irre'#laridad de lo acto "#e la a#toridade &inanciera del pa% han e$ercido para crear el mercado de di2ia) al tran'redir el act#al itema le'ilati2o contit#cional * p6+lico para en'endrar * contit#ir el act#al mercado de di2ia. ,#e la nat#rale(a de ete 6ltimo e opone eencialmente al o+$eti2o prioritario "#e el *a citado art%c#lo 5B) prra&o
eto
ha
otor'ado
al
anco
de
M3ico.
Conideramo "#e eta o+ra er%a et3ril i 0lo e tratar de eprear la pro+lemtica $#r%dica planteada en lo prra&o precedente= a% p#e) al &inal del li+ro) en el cap%t#lo d3cimo e epone #n pro*ecto de :e* para re'#lar #n mercado c#*a eitencia) dada la circ#ntancia
econ0mica
e
ine2ita+le.
El pro*ecto de :e* "#e re'#le el mercado de di2ia e neceario para "#e el 0r'ano p6+lico en el "#e e depoita la o+eran%a nacional) el Con'reo de la Uni0n) en atenci0n a # de+er de eprear la 2ol#ntad de la naci0n) impon'a limite * por ello otor'#e &ac#ltade de control * medio "#e ae'#ren "#e la act#aci0n de la entidade "#e operen en el mercado de di2ia) e enc#entre e&ecti2amente +a$o el control de la a#toridade &inanciera del pa%. A% como "#e dicha entidade ten'an la certe(a $#r%dica de lo acto de a#tori(aci0n &icali(aci0n * control "#e de+en e&ect#ar) pero o+re todo) "#e lo mimo e enc#entren +ien delimitado para &a2orecer el dearrollo inte'ral de lo ectore prod#cti2o 9.>.5.
de El
la
en&o"#e
econom%a del
derecho
nacional. internacional
El FMI re'#la lo pa'o * co+ro deri2ado de la tranaccione econ0mica internacionale. F# o+$eti2o principal e 'enerar la li"#ide( monetaria Lmediante reer2a de oro) materia prima) acti2o &inanciero de al'6n pa%) acti2o &inanciero #pranacionale) etc) para "#e lo ne'ocio internacionale) * por tanto la contrapartida de pa'o * co+ro en ditinta moneda nacionale o di2ia) e dearrollen en &orma
&l#ida.
Etr#ct#ra
del
Fitema
Monetario
:a c#atro principale ncione del itema monetario internacional on< A$#te Lcorre'ir lo dee"#ili+rio reale medido por la +alan(a de pa'o
"#e
a&ectan
a
la
relacione
entre
la
di2ia
:i"#ide( Ldecidir lo prod#cto de reer2a) &orma de crearlo * poi+ilidad de c#+rir con ello lo dee"#ili+rio en #na +alan(a de pa'o 7eti0n Lrepartir * atender competencia) m o meno centrali(ada
en or'ani(acione como el act#al /ondo Monetario Internacional * lo +anco
centrale
de
cada
pa%
7enerar con la tre anteriore con&ian(a en la eta+ilidad del itema. :a ncione deri2ada o ec#ndaria de todo itema on< Ai'nar el e!oria$e de la di2ia Lla 'anancia por la emii0n de dinero o di&erencia entre el cote de emii0n * el 2alor del dinero
Acordar
lo
re'%mene
de
tipo
de
cam+io.
Eta 6ltima nci0n Llo mecanimo por medio de lo c#ale e &i$an lo tipo de cam+io e el &actor m dic#tido * 2aria+le= concretamente) en la 6ltima d3cada e ha dic#tido en torno a tre modelo< #n itema de tipo de cam+io &lei+le) en el "#e lo precio de cada di2ia on determinado por la er(a del mercado) #n itema de tipo de cam+io &i$o) * otro itema mito de tipo de cam+io diri'ido) en el "#e el 2alor de al'#na moneda &l#ct6a li+remente) el 2alor de otra e el re#ltado de la inter2enci0n del Etado * del mercado * el de otra e &i$o con repecto a #na moneda o a #n 'r#po de moneda. :o
principio
del
Fitema
Monetario
Internacional
Un Fitema Monetario Internacional empie(a a eitir c#ando e paa de relacione econ0mica +ilaterale a #na etr#ct#ra "#e) adem de re#nir el carcter de internacional) e #cepti+le de ac#erdo o impoicione m o meno m#ltilaterale. De ah% "#e todo lo imperio ha*an tenido #n FMI incipiente) e incl#o "#e al'#no emperadore anti'#o conci+ieran como re#ltado la idea de #na moneda 6nica e incl#o m#ndial. Carloma'no) c#ando introd#$o el itema monetario Lli+ra) #eldo * dinero en # Imperio Lhacia el a!o B D.C al+er'a+a la poi+ilidad de ir etendi3ndolo a otro pa%e) lo mimo le ha+%a #cedido al Emperador Diocleciano) en el i'lo III) c#*o modelo inpir0 el carolin'io. ,ero la 6nica di2ia "#e e han aproimado a ee o+$eti2o
ante del act#al d0lar norteamericano han ido el real de a ocho de plata epa!ol * la li+ra eterlina d#rante el tiempo del patr0n oro) dede mediado del i'lo I hata 1941) a!o en "#e :ondre a+andon0 de&initi2amente
el
itema
moneda
m#ndial.
,or tanto) * al mar'en de al'#no antecedente m te0rico "#e prctico como lo comentado d#rante el imperio romano) el carolin'io o el epa!ol L+ate recordar "#e en # momento de mimo apo'eo la econom%a * la eportacione epa!ola no lle'aron a repreentar d#rante # imperio ni i"#iera el 5P al "#e e aproiman act#almente) la neceidad de #n FMI 0lo e hi(o realmente e2idente c#ando e empe(aron
a
dar
do
condicione<
#n
ele2ado
'rado
de
internacionali(aci0n de la econom%a * la aparici0n del papel moneda como medio de pa'o. Am+a e mani&ietan *a con claridad hacia 1B8) momento en "#e e empie(a a deechar como medio de pa'o el #o de lo +iene * a 'enerali(ar la #tili(aci0n del papel moneda. E entonce c#ando e etiende la idea de "#e re#lta indipena+le contar con #na re'la de 2aloraci0n de la ditinta moneda) e incl#o c#ando empie(an a independi(are la deciione '#+ernamentale "#e en i'lo paado con&i'#ra+an lo itema monetario nacionale * el ncionamiento de #n itema monetario realmente internacional. Neceidad
de
#n
FMI
:a neceidad de #n FMI e deri2a de "#e la tranaccione internacionale Lcomercio) tran&erencia) in2erione) etc e reali(an con di&erente moneda nacionale) li'ada por tanto a la realidad econ0mica de cada pa% * a la con&ian(a "#e ello 'enera en lo dem) c#*a medida on lo precio relati2o o tipo de cam+io de cada moneda. :a operacione entre la moneda "#e e #tili(an como contrapartida de dicha tranaccione reale o &inanciera e reali(an en
el mercado de cam+io. :o di&erente tipo dependen de la o&erta * de la demanda de cada moneda) re'#lada a # 2e( por la inter2encione de lo di2ero +anco centrale "#e controlan la &l#ct#acione de cada di2ia. :a demanda de cada moneda depende de lo etran$ero "#e deean #arla para comprar o in2ertir en la econom%a donde e #tilice) mientra "#e la o&erta procede de lo a'ente nacionale "#e "#ieren operar en el eterior. Un deceno del precio de mercado de #na moneda e #na depreciaci0n= #n a#mento #na apreciaci0n) a#n"#e en #na econom%a o #+itema donde eiten tipo de cam+io o&iciale Le el cao en #n re'imen de cam+io &i$o) #na +a$ada e denomina de2al#aci0n) 9.>.4. El
mientra
la
#+ida
e
llama
ree2al#aci0n.
derecho monetario como #n derecho trannacional.
:a econom%a internacional e la rama de la ciencia econ0mica) ndamentalmente macroeconom%a) "#e tiene por o+$eto el et#dio de lo mo2imiento econ0mico "#e reali(a #n pa% con el reto del m#ndo) * "#e p#eden er de m#* di2era %ndole) comerciale) &inanciera) tecnol0'ica) t#r%tica) etc. :a econom%a internacional tam+i3n e oc#pa de lo apecto monetario m#ndiale) la teor%a de la pol%tica comercial) lo mercado cam+iario) re#ltado de la #tili(aci0n de moneda di&erente en lo ditinto pa%e * el a$#te de la +alan(a de pa'o. :o apecto internacionale de la econom%a han tenido dede &inale del i'lo ) #n m#* importante a#'e) *a "#e cada 2e( eite ma*or interrelaci0n entre lo "#e oc#rre en lo mercado internacionale * lo "#e oc#rre
en
la
econom%a
de
lo
ditinto
paie.
:a econom%a internacional como rama de la ciencia econ0mica) "#e &orma parte de la ciencia ociale) e di2ide en do 'rande rama< la teor%a del comercio internacional * la teor%a de la &inan(a
internacionale. :a econom%a e relacionan con el reto del m#ndo en primer l#'ar por el comercio internacional) e decir por la compra2enta de prod#cto * er2icio "#e e reali(an con ori'en o detino en el eterior. :a e'#nda 2%a de relaci0n con el eterior e reali(a a tra23 de la &inan(a) por c#anto lo reidente * la entidade de #n determinado pa% p#eden tener acti2o &inanciero emitido en otro pa%. Mientra "#e entre lo ci#dadano on poco corriente la in2erione &inanciera en otro pa%e) por el contrario lo +anco * la emprea de 'ran tama!o i mantienen relacione &inanciera a ni2el internacional) lo "#e prod#ce #na interrelaci0n entre lo mercado &inanciero de lo ditinto pa%e. En la econom%a internacional inmera dentro del proceo de 'lo+ali(aci0n) detacan act#almente tre re'ione 'eo'r&ica por # importancia * dinamimo< la Uni0n E#ropea) el NA/TA) * el lo"#e Aitico LChina) India) AFEAN m Tre= leer Tr%ada Leconom%a. Una de la principale premia de la econom%a m#ndial a&irma el proceo de diol#ci0n o cam+io de la econom%a ocialita) como lo eron la de Rep6+lica Checa) H#n'r%a) R#man%a) ,olonia) etc. Tam+i3n a+o'a por detener el contante crecimiento de la po+re(a * la dei'#aldad econ0mica entre pa%e de Q&rica * Am3rica :atina) con tratado con +lo"#e
como
la
Uni0n
A&ricana
o
el
MERCOFUR.
:a teor%a del comercio internacional et#dia la ca#a * conec#encia "#e eplican el comercio entre lo pa%e) ete comercio ha ido ad"#iriendo #na creciente importancia a lo lar'o del i'lo * lo comien(o /inan(a
del internacionale
*
I. mo2ilidad
de
capitale
:a econom%a internacional act#al e caracteri(a por la 'ran inte'raci0n de lo mercado &inanciero nacionale. :o in2erore internacionale +#can la renta+ilidad m alta entre todo lo mercado &inanciero)
teniendo en c#enta el rie'o de cada mercado) por lo "#e el capital e comporta como #n &actor per&ectamente m02il) en la medida en "#e tienen #no cote +a$o de tranacci0n. Eta inte'raci0n pro2oca "#e lo tipo de inter3 no p#eden ditanciare entre lo pa%e in pro2ocar mo2imiento de capitale entre ello.
View more...
Comments