El Derecho Internacional Público

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Descripción: monografia...

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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR MAYOR DE SAN MARCOS (Universidad del Perú, Decana de América

!ACUL"AD DE DEREC#O Y CIENCIA POL$"ICA

1

CURSO%

DEREC#O IN"ERNACIONAL P&'LICO

PRO!ESOR% Dr )OS* AN"ONIO +IUE DE LA PUEN"E "RA'A)O% EL DEREC#O IN"ERNACIONAL P&'LICO "URNO%

MA+ANA

ES"UDIAN"E% EDUARDO ES"RADA PALACIOS PALACIOS C-DI.O%

/0121123

21/4 $NDICE 1. Concepto…………………………………………………….………….3 2. Fuentes de Derecho Internacional Público………………………………9

2

3. Relación entre el Derecho Internacional Público y el Derecho Interno……………..………………………………………………….…..1 3.1 !a "eor#a Dualista…………………………………………………….11 3.2 !a "eor#a de $ans %elsen…………………………………………….11 3.3 !a "eor#a Dial&ctica 'aterialista…..…………………………………12 (. !a )iste*+tica del Derecho Internacional Público…..…………….…..12 (.1 ,stados -nitarios……………………………………………….…….1( (.2 ,stados Co*pleos…………………….……………………….…….1/ (.3 ,stados Per*anente*ente 0eutrales…………………………….……1/ (.( -niones Reales………………………………………………………..1/ (./ -nión Personal………………………………………………………..1 /. !a )oberan#a ,statal……………………………………………………1 /.1 )iste*a de *andato Internacional…………………………………….1 . Reconoci*iento de nueos ,stados y 4obiernos………………………15 6I6!I74R8F8…………………………………………………………21

EL DEREC#O IN"ERNACIONAL P&'LICO 3

/  C5nce6758 Con:or*e pasa el tie*po cada una de las naciones tiene su propia idiosincrasia; y ura un siste*a autosu:iciente; en tanto pretende resoler con:lictos de leyes *ediante tratados so*etidos al Derecho Internacional  público o leyes internas so*etidas el r&>i*en de cada ,stado. $ay ica internacional; en lo rupo hu*ano; constituido  por un :ondo de tipo co*unitario y espont+neo y una reali=ación or>+nica de car+cter  societario y arti:icial; del cual nace y para el cual se :or*a esta espec#:ica nor*atia  ur#dica. !o ar a una espec#:ica :iloso:#a del Derecho Internacional; atoria espec#:ica; es inco*patible con la realidad social internacional; ni los ar>u*entos de los ne>adores de esta naturale=a; tienen consistencia; por lo ar al Derecho Internacional Público una e@istencia; co*probada por otra parte por la realidad. ,n punto a lo se>undo; los iusnaturalistas y los positiistas han :racasado en su intento de dotar a esta nor*atia de una base sólida; no aciones internacionales del Perú en *ateria

de Derechos $u*anos; !i*a? P-CP H ID,I; Fondo ,ditorial; 2. p. 12. 9

2 !9en7es del Derec:5 In7ernaci5nal Pú;lic58

!as

Fuentes

principales

del

Derecho

Internacional

son

los

"R8"8D7)

I0",R08CI708!,) y la Costu*bre Internacional; siendo la pri*era de las no*bradas :uente Directa. !os tratados internacionales son acuerdos escritos entre dos o *+s ,stados; uen derechos y obli>aciones; dentro de las nor*as del Derecho Internacional. !a Conención de iena sobre el Derecho de los "ratados :ue suscrita en iena 8ustriaJ el 23 de *ayo de 199 y entró en i>encia 2 de enero de 195. !8 C7)"-'6R, I0",R08CI708! son nor*as anis*os Internacionales son consideradas co*oFuentes del Derecho Internacional Público en aspectos uridad de las 0aciones -nidas; sobre asuntos de la pa=. Reali=an pruebas estandari=adas para er có*o est+n los nieles de la ,ducación .en un Pa#s; tal es el caso Cuba. ,n la República del ,cuador; el presidente constitucional de la República da i*pulso a la ,ducación a tra&s de su 'inistro de ,ducación ha co*en=ado con una eolución sobre el siste*a de educación e e@celencia en la ,ducación; por lo iles con la nuea tecnolo>#a. ,! D,R,C$7 I0",R07 puede conertirse en :uente del Derecho Internacional sie*pre y cuando se conierta a :uturo parte del conenio o tratado internacional; co*o procedi*iento del consenso de las naciones. !8 D7C"RI08 no es :uente del Derecho Internacional; pero se la puede considerar  co*o un ele*ento au@iliar en el estudio del Derecho Internacional y del Derecho Interno.

0 Relaciua isión del Rey.

02 La 7e5r>a de #ANS ?ELSEN8

,@presa os del principio de la )oberan#a ,statal y el Principio de no Interención; y ana un >ran desarrollo despu&s de la se>unda >uerra *undial; e*patando actual*ente con la lla*ada 4lobali=ación  neoliberal; la cual plantea sustitución de los >obiernos nacionales por las transnacionales; se e*pata con las trasnacionales; entender este :enó*eno con la >lobali=ación local er sus proble*as en su esencia abstracta.; lo ani=aciones internacionales;



!as soluciones de los con:lictos internacionales;



!as leyes y costu*bres de la >uerra;



!os suetos del derecho internacional;

Co*o pode*os obserar la siste*+tica planteada no sobrealora; ni subesti*a nin>una institución del Derecho internacional Público; co*o aanis*os internacionales; una siste*+tica uniersal*ente aprobada. Por lo tanto los ,stados "ienen derecho a Discrepar; por *edio de sus interlocutores autori=ados. !a corriente cl+sica del Derecho Internacional Público establece ani=aciones internacionales; y a las personas naturales la cual eidente*ente es obetado por el Derecho Internacional cl+sico para lo cual e:ectúa la si>uiente ar>u*entación? !os ,stados poseen derechos soberanos co*o producto de los tratados Internacionales y la Costu*bre internacional; las 7r>ani=aciones Internacionales aparecen en su *o*ento histórico; concreto co*o producto de las relaciones interestatales por lo tanto son cualitatia*ente son di:erentes por su ori>en y naturale=a; dicho de *eor :or*a; los ,stados son pri*eros y lue>o las or>ani=aciones Internacionales; ani=ación Internacional tiene un car+cter :uncional en las relaciones internacionales para lo uiente; ,l estado es una 15

 persona ur#dica pol#tica por lo tanto; debe al>uien representarlo; ya ido; encar>a el *aneo de los asuntos e@teriores a la Potencia ProtectoraA la unda >uerra *undial; se ha procurado hacer obli>atorio para todos los >obiernos nacionales la obseración de *#ni*os est+ndares internacionales de usticia; no solo para e@traneros; sino
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