El contrato Pro-Manager (con comentarios pro-artista).

April 6, 2017 | Author: Tracey Gill Miller | Category: N/A
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CONTRATO EXCLUSIVO DE MANAGEMENT

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ESTE CONTRATO (“Contrato”) se otorga en _______, 2015 por y entre _____ Management Inc. (“Manager”) con dirección en _______, y _________ (el “Artista”) con residencia en_ .

1. COMPROMISO Y PLAZO: (a) El Artista abajo firmante contrata al Manager como único y exclusivo representante y manager del Artista por un período de dos (2) años, empezando por la fecha del presente (a partir de ahora “plazo inicial”). El Artista otorga al Manager tres (3) opciones de ampliar el plazo de este Contrato por un período adicional de un (1) año cada una bajo los términos y condiciones del presente, y cada opción se renovará automáticamente a menos que el Manager notifique lo contrario no más tarde de 30 días antes de la expiración del plazo inicial. El plazo inicial y los períodos opcionales de este Contrato de ahora en adelante se denominarán “plazo”.

Quizá lo más importante en un acuerdo de management es el “plazo”, por ejemplo, la duración del Contrato. En este Contrato pro-manager, el manager tiene el derecho a representar al Artista por un plazo inicial de dos años seguido de tres prórrogas, ejercidas a discreción solo del manager. Básicamente, el manager tiene hasta cinco años para cobrar comisiones (ver párrafo 11) de los ingresos del Artista, tanto si le ayuda a tener más éxito como si no. En un Contrato pro-Artista, el plazo inicial podría ser de un año, 18 meses o incluso tan largo como dos años. Pero después de eso el manager solo tendría derecho a ampliar el plazo si determinados objetivos se consiguen. Por ejemplo, el manager solo tendrá derecho a extender el plazo si el Artista ha ganado una cantidad mínima de dinero ($100,000, por ejemplo), o ha firmado un Contrato con una discográfica importante. La idea es que, si esto no ocurre, el manager no ha estado haciendo un buen trabajo para llevar al Artista un paso adelante. Cada nuevo derecho a ampliar la duración del Contrato debería ir ligado a objetivos aun mayores.

2. SERVICIOS DE MANAGEMENT: El Manager acuerda poner sus recursos al servicio de la carrera del Artista y hacer todo lo necesario y deseable para promocionar la carrera del Artista y las ganancias consecuentes. Estas funciones consistirán en actividades como conseguir Contratos con discográficas, agentes de contratación, editoriales musicales, y fabricantes instrumentos musicales, y aconsejar al Artista en el proceso de grabación, elección de canciones, productores, diseño para discos, etc. El Artista autoriza y da poder al Manager, y el Manager accede a sujetarse a las limitaciones fijadas en los párrafos 4 a 6 de este Contrato: (a) representar aconsejar y asistir al Artista en la fijación de los términos que gobiernan todas las formas de disposición, uso, empleo o o explotación del talento del Artista y los productos resultantes; (b) a supervisar la contratación profesional dle Artista y en nombre del Artista, a consultar con empleadores y posibles contratadores para asegurarse del uso correcto y continua demanda de los servicios del Artista; (c) a estar disponible en horarios y lugares razonables, sujeto al párrafo 5, para reunirse con el Artista, en referencia a todos los asuntos concernientes a la carrera profesional del Artista, intereses empresariales, contratación y publicidad; ( d) a aconsejar al Artista respecto a la explotación de la personalidad del Artista en los medios y, relacionado con esto, a aprobar, dar permisos para los supuestos de comercio, publicidad, y por otra parte, el uso, difusión, reproducción o publicación del nombre del Artista, fotografía, voz, y materiales artístico y musicales;


El apartado de “Servicios del Manager” en la mayoría de contratos, tanto si son pro-manager como pro-Artista, generalmente es una lista standard de deberes del manager. Como decía en la introducción se trata de texto tipo legal que no necesariamente favorece a una de las partes, por lo que usualmente no se negocia sobre el mismo. De todas formas, el Artista debe leer cuidadosamente este apartado para ver si hay algo potencialmente perjudicial como un poder del abogado en favor del manager, lo que permitiría al manager ejecutar contratos y otros documentos legales en nombre del Artista sin su conocimiento o aprobación.


(e) entablar negociaciones, cumplir con, y dirigirse a agentes de espectáculos, agencias de contratación y de empleo, así como otras firmas, personas o corporaciones que puedan ser contratados para garantizar contratos, compromisos o trabajos para el Artista.

La subsección 2(e) debería ser modificada para que la contratación o el compromiso con agentes y demás esté sujeto a la aprobación tanto del manager como del Artista.

(f) aconsejar al Artista en todos los tratos con asociaciones profesionales y sindicatos, y (g) en general a promover el mejor interés, valor profesional y artístico, beneficios y ventajas para el Artista. 3. OBLIGACIONES DEL ARTISTA: El Artista entiende y acuerda que: (a) Será el único responsable del pago de todos los honorarios y gastos en que incurra el Artista, incluyendo, pero no limitándose, a honorarios de agencias de contratación, gastos de viaje del Artista o de cualquier empleado o ayudante del Artista, gastos de vestuario, y todos los otros costes y gastos en que incurra el Artista, pero en ningún caso será el Artista responsable de ninguno de los gastos relacionados directamente con los gastos generales de estructura del Manager. El Artista será responsable de reembolsar al Manager todos los gastos directos en que incurra el Manager, para lo que este aportará recibos, facturas y/o otros documentos.


En relación con la última frase de 3(a), unas pocas palabras en un párrafo de aspecto inocuo como este puede ser un campo de minas para el Artista. El problema es que esos “gastos directos” no están definidos. El manager puede deducir de los ingresos del Artista, en consecuencia, cualquier gasto siempre que aporte facturas. Esta cláusula debería ser modificada para clarificar que el gasto debe ser directamente en beneficio de la carrera del Artista, y que todo gasto superior a una cantidad mínima como $100 debe ser aprobado previamente por el Artista y que cualquier cantidad superior a $250 al mes debe tener aprobación previa.


(b) Nada de lo aquí acordado será interpretado para crear una obligación por parte del Manager de avanzar dinero al Artista. (c) En el caso de que el Manager adelante dinero al Artista, o únicamente a petición del Artista, a algún empleado del Artista o a otra persona en nombre del Artista, el Manager tendrá derecho a recuperar la suma o sumas avanzadas de los ingresos brutos del Artista, tal como se definen en el párrafo 12. (d) Ningún adelanto hecho por el Manager al Artista o a algún empleado del Artista debe interpretarse para crear una obligación para el Manager de hacer otros adelantos al Artista o a algún empleado del Artista. (e) En el caso de que el Manager incurra en gastos o costes, incluyendo, pero no limitados a, gastos de viaje y gastos relacionados con la promoción de la carrera del Artista o para cualquiera de las categorías descritas en el párrafo 3(a) (“Gastos del Manager”), el Artista acuerda que el Manager tendrá derecho a reembolsarse dichos gastos, después de deducir su comisión, de los ingresos brutos del Artista definidos en el párrafo 12.

(f) El Artista no creará ni entrará a formar parte de ningún grupo, asociación u otra entidad con el objeto de grabar discos, cintas o soportes audiovisuales, o con el objeto de actuar en directo, o actuar en televisión, teatro o películas, sin obtener antes la aprobación del Manager.


La subsección (e) no es tan perjudicial para el Artista como la última frase de la subsección (a) porque liga los gastos del manager a la promoción de la carrera del Artista, pero aun deja demasiado a la discreción del manager. Por ejemplo esta redacción daría al manager el derecho a deducir el coste de un viaje de ocio si el manager tuviera una única reunión sobre la carrera del Artista. Una vez más, el contrato debería incluir una cláusula en la que todo gasto superior a una cantidad mínima como $100 debe ser aprobado previamente por el Artista y toda cantidad superior a $250 al mes debe ser previamente autorizada.


(g) El Artista garantiza que se dedicará activamente a su carrera artística en la industria del espectáculo, y que seguirá todas las recomendaciones y consejos ofrecidos por el Manager abajo firmante.

La subsección (g) debería modificarse incluyendo la palabra “razonable” junto a las palabras “consejos y recomendaciones”. De otro modo el Artista infringe el pacto si no sigue cada uno de los consejos que le dé el manager, no importa si son brillantes o completamente espantosos. Todo humano es falible, incluso el manager de más éxito.

(h) El Artista y el Manager firmantes acuerdan que la selección del road manager del Artista será decidida por el Manager.

La subsección (h) debería dar al Artista el derecho de elección del road manager, porque el Artista prácticamente ha de vivir con él cuando está de gira.

4. OTRO ARTISTA: El Artista entiende que el Manager puede representar y continuar representando a otras personas, Artistas e intérpretes, y el Artista está de acuerdo en que no se requerirá al Manager que se dedique todo su tiempo y atención a cumplir las obligaciones del Manager establecidas en el presente Contrato.


El párrafo 4 es razonable, pero si la persona que el Artista quiere que le represente como manager es parte de una firma que incluye a otros managers, un contrato pro-Artista suplementaría este párrafo con una cláusula de “hombre clave”. Lo siguiente es un ejemplo de una cláusula de este tipo: Durante el plazo de vigencia, _______ será el responsable principal de las actividades del manager descritas en este Contrato. No obstante lo anterior, se entiende y acuerda que _______ puede delegar responsabilidades del día a día a otros empleados del manager entendiendo que _____ sigue siendo responsable de los servicios prestados por el manager. En el caso de que _____ cese en su empleo o deje de ser responsable principal de las actividad del manager descritas en este Contrato (eventualidad del “hombre clave”), el Artista tendrá derecho a finalizar el plazo de este Contrato desde la fecha en que el Artista notifique al manager esta Incidencia del Hombre Clave.


5. REUNIONES: Al Manager no se le exigirá viajar para reunirse con el Artista en ningún momento y lugar particular, excepto que se haga a discreción del Manager y que se acuerde que los costes y gastos de dicho viajes sean pagados por el Artista, pero si dichos costes son pagados por el Manager, la cantidad total de dichos gastos será reembolsable como se prevé en el párrafo 3.

6. AGENTE DE CONTRATACIÓN: Se entiende y acuerda entre las partes que la obtención de empleo para el Artista no es una obligación del Manager, que el Manager no es un agente de contratación ni un agente artístico, que el Manager no ha ofrecido ni prometido obtener, buscar o producir trabajo o contrataciones para el Artista, y que el Manager no está obligado, autorizado, licenciado o se espera de él hacer esto. El Manager proporciona ayuda en negociaciones con agentes de contratación, firmas o corporaciones con el objeto de conseguir contratos para el Artista, en cuyo caso la compensación a pagar a dichos agentes o otras terceras partes por obtener dichos contratos debe ser pagada por el Artista en adición a la compensación que se le pague al Manager abajo firmante. El Artista y el Manager acuerdan que la selección de agente de contratación debe ser aprobada por el Manager.

7. EXCLUSIVIDAD: (a) El Artista no debe, durante la vigencia de este Contrato, comprometerse con otra persona, firma, corporación o similar, para actuar en su nombre como Manager personal o para llevar a cabo ninguno de los servicios o tareas del Manager mencionados aquí.


Aunque es razonable no exigir al manager que viaje largas distancias para reunirse con el Artista si, por ejemplo, el Artista está de gira, el manager debería estar razonablemente disponible para reunirse con el Artista en otros momentos. Además, el Artista debería tener el derecho a aprobar cualquier gasto de viaje si el manager y el Artista deciden que el manager debe viajar para reunirse con el Artista.

El manager necesita esta cláusula porque una licencia de agente de empleo es exigida legalmente en la mayoría de los estados, incluyendo California y New York, para poder solicitar empleo. La mayoría de managers no tienen estas licencias porque conseguir una licencia de agencia de empleo obligaría, en la mayoría de estados, al manager a depositar una fianza y otras formalidades. Pero solicitar empleo sin licencia expondría al manager, en la mayoría de estados, a responsabilidades civiles e incluso penales. El texto modelo incluido en este párrafo se ha hecho pensando en evitar que el manager se exponga a estos riesgos.

Al manager no le interesa competir con terceras partes por la atención del Artista, ni quiere compartir su comisión. Sin embargo, hay algunas ocasiones en que es razonable para el Artista tener más de un manager. Supongamos, por ejemplo, que el Artista tiene una carrera separada como novelista además de su carrera musical. El Artista puede desear tener un representante diferente para su carrera como escritor. Este problema también aparece en la definición de “Negocio del Espectáculo”. Ver párrafo 11(c) más abajo.


(b) No obstante lo anterior, nada contenido en este acuerdo debe ser interpretado como una limitación para el Artista en su capacidad de obtener consejo legal o financiero.

8. USO DE NOMBRE E IMAGEN: El Artista consiente que el Manager lo represente públicamente como el Manager exclusivo del Artista, y para los objetos de este Contrato, el Artista concede al Manager el derecho de uso de la imagen del Artista, fotografías y material biográfico autorizado.

9. OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO: (a) El Artista pondrá su mejor empeño en llevar a cabo los servicios en los lugares y momentos que el Manager indique.

(b) Para el objeto de este Contrato, el Artista concede al Manager el derecho de uso de la imagen del Artista, fotografía y material biográfico autorizado, y todo aquello similar que la razonable discreción del Manager aconseje. El Artista cumplirá las reglas y obligaciones para cumplir estos servicios en todos sus aspectos.


Un contrato pro-Artista limitaría el derecho del manager a usar la “imagen” y “fotografía” del Artista a esas imágenes que el Artista ha aprobado.

Esta cláusula debería ser modificada porque da demasiado poder al manager. El manager se verá protegido si el Artista fracasa en su carrera (ver párrafo 17). pero el Artista no tiene que hacer todo lo que el manager “indique”.

Ver comentario al Párrafo 8.


10. EL ARTISTA NO ES UN MENOR: El Artista declara y garantiza que es un adulto y no un menor bajo las leyes que gobiernan este Contrato y el desempeño objeto del mismo.

11. COMPENSACIÓN: (a) Como compensación por los servicios prestados, el Artista acuerda pagar al Manager una suma igual al veinte por ciento (20%) del cien por cien (100%) de los “Ingresos Brutos” del Artista según se definen en el párrafo 11(b) siguiente. (b) El término “Ingresos Brutos” aquí usado, se refiere al total de las ganancias, honorarios, regalías, adelantos de derechos, ingresos de sponsors, ingresos por endorsement, compensaciones diferidas, pagos de sindicatos relacionados con los servicios del Artista, intereses, participaciones en beneficios o cualquier otro tipo de ingresos razonablemente relacionado con la carrera del Artista en el “Negocio del Espectáculo” como se define a continuación.


Si el Artista es un menor, en la mayoría de estados, el Artista podría rescindir o anular el Contrato. en muchos estados, incluyendo New York, cualquier persona menor de 18 puede rescindir un contrato que requiere varios años para completarse. Un manager que firme un acuerdo con un niño debería considerar un proceso legal con un juez “afirmando” que el contrato es correcto. Este proceso judicial generalmente cuesta entre $5000 y $10000 en costes legales y ese coste no se podría imputar al Artista.

Lo normal es entre un 15% y un 20%. Dado que este es un contrato pro-management, la comisión es un 20%.

Esta cláusula es la definición standard promanagement de ingresos brutos. Sería mejor para el Artista hacer un acuerdo sobre el “neto” pero es difícil de conseguir. Un acuerdo “neto” excluiría ingresos que el Artista necesita gastar para ganar dinero. En otras palabras, los gastos del Artista relacionados con su carrera se detraen, y la parte del manager es un porcentaje del resto. Como dijimos en la introducción, es esencial que el contrato especifique las exclusiones a los “Ingresos Brutos”. Ver comentarios relacionados con el párrafo 11(d) a continuación.


(c) El “Negocio del Espectáculo” incluirá actuaciones en vivo, compromisos personales, entretenimiento, grabaciones de música, edición de música (y todos los ingresos derivados de la edición musical), producción musical (incluyendo, pero no limitado a, ingresos ganados en relación con servicios de producción o remix del Artista), la compañía de producción del Artista, la discográfica del Artista, películas, endorsements y branding, los campos teatral y publicitario y todas las áreas similares conocidas ahora o concebidas de ahora en adelante en cualquier medio y en todo el mundo, en los que el talento del Artista sea desarrollado o explotado, recibidos por el Artista o por cualquier persona, firma o corporación (incluyendo a Manager) en nombre del Artista, incluyendo, pero no limitados a, los herederos del Artista, albaceas, administradores o beneficiarios.

Está definición de “Negocio del Espectáculo” está hecha de la forma más amplia posible, ya que interesa al manager aplicar su comisión en TODOS los ingresos que el Artista haga en la industria del espectáculo, desde vender discos a escribir un libro de cocina. El manager sostendrá que crear el éxito en cualquier área del espectáculo como la música creará oportunidades en otras áreas. El Artista debería intentar al menos reservarse formas de ingreso en los que el Artista no necesita ayuda del manager para crear o mantener. Ver comentario al párrafo 12 más abajo.

(d) No obstante cualquier cosa en contra mencionada anteriormente, los Ingresos Brutos, tal como se definen en este Contrato, excluirán específicamente (i)cualquier coste de grabación o producción de vídeo pagado a terceras partes independientes en relación con grabaciones o producción de vídeos del Artista, (ii) ingresos derivados por el Artista de inversiones y negocios sin relación con la industria del espectáculo, o (iii) dinero gastado en sonido e iluminación y/o gastos de apoyo para la gira.


Un contrato totalmente pro-management ni siquiera tendría estas deducciones, pero son esenciales para proteger al Artista. Por ejemplo, la subsección (i) excluye los costes de grabación . Supongamos que el contrato de grabación del Artista dice que la compañía discográfica adelantará $50,000 incluyendo gastos de grabación. y el Artista gasta $35,000 en hacer un álbum incluyendo horas de estudio, productores, músicos de sesión y mezclas. Sin (i) la comisión del manager sería de $10,000 (20% de $50,000), y el Artista acabaría con $5,000. Además el Artista aun sería responsable de pagar todos los otros gastos como comida, alquiler e impuestos. La subsección (iii) también es una exclusión esencial. Aquí tienes por qué: si el Artista no ha firmado y paga los gastos de la gira, a menos que el contrato de management esté cuidadosamente negociado, el Artista podría terminar fácilmente con muy poco o nada. Por ejemplo, el Artista gana un total de $15,000 tocando conciertos en una gira, los gastos (bus, gasolina, hotel, etc.) ascienden a $12,000. La comisión del manager sería 20% de los $15,000, es decir $3,000, lo que dejaría al Artista exactamente con nada.


La conclusión es que todos los gastos razonables como costes de producción en vídeos y discos, costes de gira incluyendo gastos de luz y sonido además de viajes y alojamiento, tienen que especificarse en el acuerdo y deducirse de los “Ingresos Brutos”

Las detalles aparecen cuando los abogados intentan definir “gastos razonables”. Por ejemplo, si el Artista tiene que volar para ir a un concierto, el abogado del manager insistirá en que vuele en turista, gaste menos de $50 al día en comida, alquile un coche pequeño y se aloje en un hotel de 3 estrellas como máximo. El abogado del Artista querrá deducir el alquiler del coche y cualquier otro gasto que la sala de conciertos no cubra.

12. EXCEPCIONES: No obstante lo anterior, el Manager no tendrá derecho a su comisión en ingresos pagados al Artista como maquillador free-lance.


Las cláusulas de excepciones están pensadas para excluir ingresos sobre los que no sería correcto que el manager aplicase su comisión. En este caso el Artista puede ser una cantautora principiante que se ha estado ganando la vida como Artista maquilladora. Así que es razonable apartar esos ingresos de los “Ingresos Brutos”. 


13. COMPENSACIÓN POST-CONTRATO: La compensación que se acuerda pagar al Manager, según consta en el párrafo 11 o en cualquier otra cláusula del presente Contrato se basará en los Ingresos Brutos del Artista (tal como se definen en este documento) ganados o recibidos por el Artista, Manager o empresa del Manager durante el plazo de vigencia de este Contrato. No obstante lo anterior, el Artista acuerda pagar al Manager a perpetuidad una compensación pasada la expiración o terminación de este Contrato en relación con los compromisos, contratos y acuerdo, o extensiones o mejoras de los mismos, conseguidos durante el plazo, o de ofertas iniciadas o negociadas durante el plazo y consumadas o ejecutadas dentro de los tres (3) meses siguientes a la expiración del plazo de vigencia de este Contrato.


Un contrato pro-manager sin rectificaciones no pondrá límites temporales al derecho del manager a recibir comisiones por contratos conseguidos durante el Plazo de vigencia. Declarará, como hace este contrato, que cualquier contrato conseguido durante el plazo o “extensiones o mejoras” de ese contrato serán objeto de la comisión del manager. Esto significa que mientras el Artista esté en la misma compañía discográfica o editorial musical con los que el manager ayudó a firmar un contrato, el Artista será obligado a continuar pagando al manager por cualquier ingreso derivado de ese contrato PARA SIEMPRE. Muchos Artistas de éxito como Bruce Springsteen, Billy Joel o Bob Dylan han estado décadas en la misma discográfica. Por ejemplo Bob Dylan firmó con Columbia Records en 1961 y todavía sigue con ellos. Si hubieran firmado este contrato, todavía estaría pagando al manager por cualquier dinero que Columbia le pagase. Para prevenir que el Artista deba dinero al manager mucho después de que el contrato haya expirado, el Artista debería negociar una “cláusula crepuscular”. Las cláusulas crepusculares especifican que incluso si el Artista gana dinero con un contrato originalmente conseguido durante el plazo de vigencia del contrato, el manager no recibirá una comisión después de la finalización del contrato. O, como mínimo, el manager no debería recibir su comisión completa. Aquí tienes una típica cláusula crepuscular:


“Finalizado el Plazo, el Artista pagará la comisión del manager (“comisión post-contrato”) con respecto a los ingresos brutos del Artista, cuando sean derivados de contratos conseguidos durante el Plazo, de la siguiente manera: Años post-contrato/ Comisión 1 / 12.5% 2 / 7.5% 3-4 / 2.5% 5+ / 0%” Lac cláusulas crepusculares premian a los managers por su trabajo durante el plazo de vigencia del contrato y al mismo tiempo dan al Artista la capacidad de firmar con otro manager y evitar pagar dos comisiones completas. Un acuerdo totalmente pro-manager también incluiría una cláusula permitiendo al manager cobrar comisión a perpetuidad por “el producto del talento del Artista incluyendo composiciones musicales”. Esto a veces es mencionado como la cláusula de “pensión” del manager, ya que una gran canción puede generar ingresos toda una vida o aun más.

14. CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS POR PARTE DEL ARTISTA: En el caso de que el Artista forme una corporación durante el plazo de vigencia de este Contrato con el objeto de explotar y suministrar los talentos artísticos del Artista, el Artista accede a que los Ingresos Brutos de dicha corporación anteriores a la deducción de impuestos, gastos u otras deducciones, sean incluidos como parte de los Ingresos Brutos del Artista definidos en este Contrato.


15. PAGO DE INGRESOS BRUTOS; REEMBOLSO DE LOS GASTOS DEL MANAGER: (a) El Artista tendrá derecho a contratar a un contable o a otro profesional de las finanzas para actuar como Manager financiero (“Business Manager”), siempre que el Manager tenga el derecho absoluto a aprobar a este Business Manager. El Business Manager tendrá la obligación de recibir los Ingresos Brutos con respecto a los que debe pagarse la comisión del Manager. El Business Manager también gestionará las actividades contables del Artista, incluyendo, sin limitación, el pago de su comisión al Manger, y el reembolso al Manager de sus gastos. El Artista dará instrucciones a dicho Business Manager para pagar su comisión calculada sobre el cien por cien (100%) de los Ingresos Brutos, y los gastos del Manager dentro de los cinco (5) días siguientes a la percepción de cualquier Ingreso Bruto durante el Plazo, siempre que el Manager tenga derecho a su comisión. El Manager recibirá un informe contable cada mes durante el Plazo en el cual el Artista perciba ingresos. Dicho informe contable deberá contener todos los Ingresos Brutos recibidos por el Business Manager durante el mes anterior, especificando la fuente y la cantidad recibida o ganada de cada fuente. Se entiende que el Business Manager normalmente percibe una comisión del cinco por ciento (5%), pero dicha compensación del Business Manager debe ser aprobada por el Manager y el Artista.

(b) Hasta el momento en que el Artista contrate a un Business Manager (el que, como se ha dicho, estará sujeto a la aprobación del Manager), 


¿Quién recauda el dinero? Muchos buenos managers no quieren recaudar el dinero y preparar informes contables para un Artista porque eso es en sí mismo un trabajo que lleva tiempo. Estos managers preferirán usar su tiempo para generar oportunidades. El Artista, por su parte, no se sentirá completamente cómodo dejando que sea el Manager quien le pague. Una buena alternativa, al menos cuando el Artista está generando ingresos significativos, es que ambas partes den su aprobación a una tercera parte, el “business manager” (normalmente un contable titulado) que recaude y contabilice cuidadosamente tanto para el Artista como para el Manager. El business manager también puede ser responsable de pagar los impuestos del Artista, gestionar el dinero del Artista (para que no lo gaste demasiado rápido), y aconsejar al Artista en oportunidades de inversión. Los business managers normalmente reciben un 5% de honorarios por sus servicios. Una vez más, como pasa con el acuerdo entre el Artista y el Manager, esos honorarios deberían ser un porcentaje de los ingresos del Artista excluyendo los ingresos que el Artista debe gastar en costes de producción, giras y otros gastos razonables.


el Manager tendrá el derecho exclusivo de recaudar todos los Ingresos Brutos definidos en el párrafo 11 de este Contrato. El Manager deberá deducir la comisión del 20 por ciento (20%) del cien por cien (100%) de los Ingresos Brutos, y a continuación pagar al Artista el balance de los Ingresos Brutos. El Manager acuerda desembolsar al Artista todas las sumas percibidas por el Manager y debidas al Artista inmediatamente después de su percepción por el Manager después de deducir su comisión y gastos. En caso de que alguna parte pague efectivamente cualquier Ingreso Bruto al Artista en vez de al Manager, el Artista accede a pagar inmediatamente al Manager la porción de esos Ingresos Brutos que correspondan a la Comisión del Manager. El Artista deberá presentar cualquier documento que deba ser legalmente requerido para que el Manager recaude o reciba cualquier Ingreso Bruto. 16. PODER DEL ABOGADO:El Artista abajo firmante concede, asigna y expresa al Manager el derecho a firmar los siguientes tipos de contrato, instrumento o documento legal en su nombre: (a) un compromiso de comparecencia personal de hasta tres días y/o noches; y (b) cualquier otro contrato, instrumento o documento legal si el Artista no está disponible y el Manager tiene la aprobación verbal, por email o fax, del Artista.

17. SUSPENSIONES Y EXTENSIONES: EL Manager tendrá derecho a suspender la vigencia del Contrato y sus obligaciones mediante aviso por escrito al Artista, si por alguna razón el Artista deja de cooperar con el Manager o deja de desarrollar activamente su carrera en el negocio del espectáculo, o si la capacidad del Artista para actuar se ve afectada por incapacidad física o mental,

Algunos manager reclamarán el derecho a negociar contratos en nombre del Artista. El Artista quizá quiera dar al Manager el derecho a firmar contratos en su nombre, pero solo después de que el Manager le consulte y le dé parte de los términos de cada contrato, y el Artista acepte el contrato. Si yo representase al Artista, sometería (a) a la aprobación del Artista, así como (b) “cualquier otro contrato”

La vigencia del contrato de management debería poderse suspender si el Artista “deja de desarrollar activamente su carrera en el negocio del espectáculo, o si la capacidad del Artista para actuar se ve afectada por incapacidad física o mental”, pero “dejar de cooperar” es demasiado amplio. Un contrato pro-Artista eliminaría esta frase.


como resultado de dicha incapacidad, el Artista no puede cumplir con alguna de sus obligaciones materiales aquí descritas. Dicha suspensión debería ser por la duración de la incapacidad del Artista para actuar, y la vigencia de este Contrato (incluyendo todas las opciones o plazos de renovación) deberían ampliarse automáticamente por el número de días total de la suspensión conforme a este párrafo. 18. REPRESENTACIONES Y GARANTÍAS: El Artista firmante comunica y garantiza que no tiene contrato o acuerdo que pueda interferir o entrar en conflicto de manera alguna con las obligaciones del Artista del presente Contrato. El Artista acuerda además que eximirá de responsabilidad e indemnizará al Manager de las reclamaciones surgidas de dicha falta de comunicación y de cualquier pérdida, daño, responsabilidad o gasto, incluyendo coste de pleitos y minutas razonables de abogados, resultantes o surgidas de la violación de cualquier acuerdo, representación o garantía hecha por ambas partes en este Contrato.

19. AUDITORÍA: Las Partes firmantes acuerdan que un contable titulado o un abogado puede inspeccionar y auditar los libros y registros de cada parte o del Business Manager para confirmar la exactitud de cualquier estado de cuentas de conformidad con lo acordado en este Contrato. Las mencionadas auditorías y/o inspecciones, si las hubiera, se harán solo previa notificación por escrito dentro de treinta (30) días y en el lugar principal del negocio en el que dichos libros y registros se mantengan, en relación a que el Artista no puede ceder este Contrato o ninguno de los derechos aquí concedidos.


Tanto si el Artista como el Manager recaudan el dinero, debería haber una cláusula de contabilidad y auditoría respecto a esa parte.


24. INCUMPLIMIENTO: Se acuerda que ninguna de las partes firmantes se considerará que incurre en infracción o incumplimiento, dicha infracción o incumplimiento no se considerará una infracción o incumplimiento material hasta que la parte agraviada notifique a la parte presuntamente culpable de infracción o incumplimiento por correo certificado o registrado, con acuse de recibo, describiendo el servicio exacto que la parte agraviada requiere de la parte presuntamente en infracción o incumplimiento. La parte presuntamente en infracción o incumplimiento tendrá un plazo de treinta (30) días hábiles para remediar dicha infracción o incumplimiento. 23. TRASPASO: El Manager puede adjudicar este acuerdo o cualquiera de los derechos aquí descritos a cualquier persona, firma o corporación que haga negocios de forma regular en el sector del espectáculo, incluyendo una corporación en la que el Manager sea el director. No obstante lo anterior, el Artista no puede traspasar este Contrato o ninguno de los derechos concedidos en el mismo.

Al Artista le conviene modificar esta cláusula para permitir al Manager traspasar el contrato SOLO a una empresa en la que el Manager sea director, y no a “cualquier persona, firma o corporación”. De otra manera el Artista puede acabar teniendo de manager a una persona que ni siquiera conoce.

22. MEDIDAS CAUTELARES: Los servicios a prestar por el Artista descritos en este Contrato son personales, únicos y reemplazables, y cualquier infracción o amenaza de infracción de este Contrato por el Artista causará perjuicio irreparable y dará derecho al Manager a tomar medidas cautelares además de y sin limitarse a cualquier otra reparación a la que pueda acceder el Manager o terceras partes.

El Manager puede usar esta cláusula para reforzar las cláusulas del Contrato, incluyendo el pago de la comisión del Manager, y para anular cualquier otro contrato de management que el Artista pueda querer negociar.

21. JURISDICCIÓN: Este Contrato deberá ser interpretado de acuerdo con las leyes de New York. Las partes acuerdan que cualquier controversia surgida bajo este Contrato se resolverá bajo la jurisdicción de una corte competente en el Estado de New York.


Sería bueno para el Artista que la jurisdicción de la corte que resolviera una disputa de este Contrato fuese el estado en el que reside el Artista.


25. NOTIFICACIONES Y APROBACIONES: Todas las notificaciones y aprobaciones requeridas por este Contrato (incluyendo las requeridas en el párrafo 16) deben ser por escrito y entregadas a la otra Parte por correo certificado o correo electrónico (email) a la siguientes direcciones de email:

Las versiones antiguas de contrato no incluirían la notificación por email.

AL MANAGER: ______@___.com (u otra dirección especificada por el Manager en su momento) AL Artista: ______@___.com (u otra dirección especificada por el Artista en su momento) 26. EXENCIÓN: Una dispensa o exención de cualquier cláusula o infracción de este Contrato no constituirá una exención de la misma cláusula o cualquier otra infracción en tiempo posterior. Cualquier cláusula o cláusula de este Contrato que se juzque inválida o no ejecutable, por ley o por otro motivo, no afectará a la validez y obligatoriedad del resto del Contrato.

Este es un ejemplo de texto tipo que no es necesariamente ventajoso para Parte alguna.

27. SIGNIFICADO DE LOS TÉRMINOS: Todas las palabras y frases contenidas aquí, a menos que se especifique lo contrario, tienen el mismo significado a lo largo de todo el documento, Como se usa aquí, donde quiera que se aplique, y lo requiera el contexto, el singular incluirá el plural y el plural incluirá el singular. La finalización o liberación de este Contrato, o de cualquier cláusula del mismo, deberá ser obligatoria a menos que se confirme por un documento escrito firmado por la parte a la que se solicita el cambio. Los títulos de los párrafos son a efectos de conveniencia y no tendrán efecto en la interpretación de los contenidos de este Contrato.

Otro ejemplo de texto standard que no da ventaja a ninguna de las Partes.

28. CONSEJO LEGAL: El Artista firmante reconoce que ha sido aconsejado para buscar y recibir consejo legal de un abogado independiente respecto a los términos y cláusulas de este Contrato. El Artista ha consultado a ese 


Nótese que esta cláusula dice que el Artista PUEDE renunciar a su derecho a consultar a un abogado. De esta forma, si el Artista reclama que no sabía lo que estaba firmando, el 


abogado o ha declinado ese derecho y hace decidido firmar este Contrato libremente habiendo leído y aceptado todas y cada una de las cláusulas.

Manager puede decir que fue advertido de consultar a un abogado y que no es su culpa si no entendió el Contrato.

29. ACUERDO TOTAL: Este Contrato describe el total acuerdo entre las partes firmantes, y ninguna modificación, enmienda, exención o cambio será válido excepto por escrito y firmado por ambas partes.

Este es otro ejemplo de texto standard que no necesariamente favorece a nadie.


EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las partes presente firman este Contrato en el lugar y la fecha que se consignan: Artista:

_________________________

MANAGER:

________________________ Firmante Autorizado


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