Ejercicios del Libro Derecho Empresarial 1 del CAP 1 al 9.doc

February 8, 2018 | Author: Jorge Carrillo | Category: Labour Law, Salary, Woman, Guatemala, Constitution
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Universidad GALILEO Derecho Empresarial 1 Nombre del Alumno (a): IDE: CEI: Nombre del tutor (a):

Programa IDEA Actividades de zona asignadas Jorge Mario Carrillo Salic 13143169 IMB-PC Petapa Licda. Irma Yolanda

Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Capitulo l El Estado y el Derecho. Actividad 1.1 Analice como se encuentra constituido el Estado de Guatemala. En su análisis debe incluir la forma de gobierno, la estructura y la organización. Lectura de Legislación obligatoria: artículos 1, 2, 140, 141, de la Constitución Política de la República de Guatemala. El estado de Guatemala, se encuentra constituido por 8 regiones, 22 departamentos y 333 municipios. La forma de Gobierno en Guatemala es Democrática, presidencialista y pluripartidista. La organización del estado de Guatemala se encuentra constituida en tres poderes, El Poder Ejecutivo, El Poder judicial y el Poder Legislativo. Así también es un estado libre soberano e independiente y Republicano. La estructura del gobierno de Guatemala se basa en varias leyes que se encuentran en la Constitución de la República, las mismas establecen la libertad de las formaciones o funcionamientos de las organizaciones políticas así como las divisiones administrativas que tendrán como los consejos y sus gobernantes. Nos habla acerca de cómo los consejos nacionales deberán de recibir apoyo del gobierno si en dado caso así lo requirieran para su buen funcionamiento. Así mismo la ley contempla el Registro de la Propiedad, que sirve para que cada departamento o región que constituyen el estado de Guatemala, tengan su propio registro de la propiedad y su catastro. También la ley tiene contemplado la institución de la contraloría general de cuentas y da las bases para escoger al contralor general así como los requisitos necesarios para que alguien se postule para dicha plaza, también nos dan el tiempo de ocupancia. Por otro lado establece las facultades del contralor como el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado. Por ultimo según lo descrito por los artículos en la ley, nos habla como la ley orgánica del presupuesto regulara la formulación, ejecución y liquidación del presupuesto

general de ingresos y egresos del estado así como las normas a las que se somete para su discusión y aprobación. Así como también menciona el principio de legalidad que da la exclusividad al congreso para decretar los impuestos.

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 1 El Estado y el Derecho. Actividad 1.2 Consulte la Ley Orgánica del Organismo Legislativo y Escriba las atribuciones principales del Congreso de la República de Guatemala 1. Función constituyente derivada, constituida o de reforma: puede reformar la Constitución a través iniciativas o proyectos. 2. Función de representación y dirección política: la primera es porque actúa en representación de la sociedad en general; y la segunda, porque consiste en orientar los objetivos principales que propone el gobierno de un país y en seleccionar los instrumentos y acciones para hacerlos realidad, en una visión de largo plazo sobre determinadas cuestiones. 3. Función legislativa o de creación de normativa: consiste en la capacidad para crear, emitir y formular normas, así como reformarlas o derogarlas, en estricto apego a las reglas constitucionales y a las que el propio organismo ha creado para su funcionamiento. Esta función implica, además, que se presenten proyectos de resolución, acuerdos legislativos y puntos resolutivos. 4. Función de control público y fiscalización: implica la vigilancia de que el ejercicio de poder del Organismo Ejecutivo se mantenga apegado a la ley, así como el seguimiento al cumplimiento de todos aquellos compromisos que este asume. Por ejemplo: Llamar a distintos funcionarios públicos para que rindan informes sobre asuntos públicos. 5. Función de control político: implica que pueden llamar a los Ministros y otras autoridades para interrogarlos por sus actuaciones dentro del cargo y así conocer sobre las acusaciones que se les formulan. 6. Función judicial: es cuando ha o no lugar a la formación de procesos judiciales, penales o de otra índole en contra de los altos funcionarios sobre los que le compete conocer en materia de antejuicio.

7. Función electiva: según la Constitución y las leyes deben elegir a los funcionarios que les compete de acuerdo a los procedimientos preceptuados en las mismas normativas. 8. Función de protocolo: está autorizado para recibir a Jefes de Estado y de Gobierno de otros países. Incluyendo también, cuando el presidente del Congreso presta y recibe el juramento de ley de los altos funcionarios del Estado, cuando inicia y cierra sus períodos de sesiones, cuando da posesión de la Presidencia de la República al Vicepresidente por la falta absoluta del Presidente y cuando conmemora efemérides nacionales y en cualquiera otra ocasión. 9. Función administrativa: establece su propia organización y funcionamiento a través de sus normativas legales y reglamentarias.

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La Muerte La Promulgación de una ley Actos jurídicos

Son hechos voluntarios que tienen la intención de producir efectos jurídicos. puede considerarse al acto jurídico como una manifestación de voluntad que lleva la intención de crear, modificar o extinguir derechos y que produce los efectos que desea el actor o las partes involucradas porque el derecho reconoce esa manifestación de voluntad como válida para producir efectos jurídicos. En los actos jurídicos intervienen partes, éstas pueden ser dos o una. Cuando en el acto jurídico hay una sola parte, esta parte se llama autor, estas partes pueden estar formadas por más de una persona.  

La Comisión de un Delito La firma de un Contrato

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Nivel Fundamental

Nivel Legal

Nivel Sub Legal

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2. Ley de Emisión del Pensamiento La Libertad de emisión del pensamiento se encuentra detallada en el Artículo 35 del Capítulo uno de la Constitución Política de Guatemala. Indica, a la vez, que este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley. Quienes se creyeren ofendidos tienen derecho a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).

3. Ley Electoral y de Partidos Políticos Regula lo relativo al ejercicio de los derechos políticos, los derechos y obligaciones que corresponden a las autoridades, a los órganos electorales, a las organizaciones políticas y lo referente al ejercicio del sufragio y al proceso electoral (Marco Legal del Congreso de la República de Guatemala, s.f.).

4. Ley de Amparo, Exhibición y Constitucionalidad

Tiene por objeto desarrollar derechos inherentes a la República de Guatemala, por Guatemala (Marco Legal

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las garantías y defensas del orden constitucional y de los persona, protegidos por la Constitución Política de la las leyes y los convenios internacionales ratificados del Congreso de la República de Guatemala, s.f.).

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alcohólicas o de estupefacientes, si la persona se expone ella misma o expone a su familia, a graves perjuicios económicos. La sordomudez congénita y grave, da lugar a la declaración de incapacidad civil, siempre que a juicio de expertos sea incorregible o mientras el inválido no se haya rehabilitado para encontrarse en aptitud de entender y darse a entender de manera suficiente y satisfactoria. ARTÍCULO 407. La solicitud respectiva pueden hacerla las personas que tengan interés o el Ministerio Público. A la solicitud se acompañaran los documentos que contribuyan a justificarla y se ofrecerán las declaraciones pertinentes. El juez hará comparecer, si fuere posible, a la persona cuya Incapacitación se solicite o se trasladará a donde ella se encuentre, para examinarla por sí Mismo. También ordenará que se practique un examen médico por expertos nombrados uno por el juez y otro por el solicitante y, si hubiere desacuerdo, se recurrirá a un órgano consultivo o se nombrará un tercero. Si el Tribunal encontrare motivos bastantes, nombrará al presunto incapaz un tutor específico que le defienda. Si lo creyere oportuno, dictará medidas de seguridad de los bienes y nombrará un interventor provisional que los reciba por inventario. ARTÍCULO 408. El examen médico se efectuará dentro del término que sea necesario, no pasando de treinta días. Vencido este terminó, se pondrá en autos el resultado de las diligencias y se levantará acta que firmaran el juez, los expertos y el secretario. Durante el término indicado, el juez podrá interrogar o examinar al paciente, cuantas veces lo crea necesario. ARTÍCULO 409. El juez, previa audiencia al Ministerio Público, que en todo caso será parte, resolverá si ha o no lugar a la declaración solicitada. Si la resolviere con lugar, designará a quien deba encargarse de la persona del incapaz y de sus bienes, conforme al Código Civil, cesando toda administración provisional, desde que sé de cumplimiento a lo resuelto. La declaratoria se publicará en el Diario Oficial y se anotará de oficio en los Registros Civil y de la Propiedad. ARTÍCULO 410. Cualquier oposición que se intente contra la declaratoria solicitada, se tramitará en juicio ordinario, sin perjuicio de las medidas cautelares que procedan. Para rehabilitar a una persona declarada incapaz, se practicarán las mismas diligencias prescritas en los artículos anteriores, pero el dictamen médico deberá recaer sobre los siguientes extremos:   

Efectividad de la curación. Pronóstico en lo relativo a la posibilidad de recaídas. Si la recuperación ha sido completa o si quedará alguna incapacidad de manera permanente y en qué grado.

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 4 Derecho Civil. Actividad 4.2 Investigue la definición de las siguientes figuras jurídicas del derecho civil, para ello deberá consultar el Código Civil. Personalidad Civil (Articulo 1)

La personalidad civil comienza con el nacimiento y termina con la muerte; sin embargo, al que está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece, siempre que nazca en condiciones de viabilidad.

Matrimonio: (Articulo 78)

El matrimonio es una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliares entre sí.

Bienes (Articulo 445)

Son bienes inmuebles: 1o.- El suelo, el subsuelo, el espacio aéreo, las minas mientras no sean extraídas, y las aguas que se encuentren en la superficie o dentro de la tierras; 2o.- Los árboles y plantas mientras estén unidos a la tierra, y los frutos no cosechados; 3o.- Las construcciones adheridas al suelo de manera fija y permanente; 4o.- Las cañerías conductoras de agua, gas o electricidad, incorporadas al inmueble; 5o.- Los ferrocarriles y sus vías; las líneas telegráficas y telefónicas, y las estaciones radiotelegráficas fijas; 6o.- Los muelles, y los diques y construcciones que, aun cuando sean flotantes, estén destinados por su objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, lago o costa; y 7o.- Los viveros de animales, palomares, colmenares, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los haya colocado o los conserve con el propósito de mantenerlos unidos de modo permanente a la finca.

Sucesión Hereditaria (Articulo 917)

La sucesión por causa de muerte se realiza por la voluntad de la persona, manifestada en testamento y, a falta de éste, por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria y la segunda intestada, comprendiendo en uno y otro caso, todos los bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

Contrato (Articulo 1517)

Hay contrato cuando dos o más personas convienen en crear, modificar o extinguir una obligación.

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Investigue: Qué procede en este tipo de situaciones. Al analizar el caso anteriormente descrito y en los hallazgos sucedidos en la visita al centro de trabajo mencionado, se hace constar que para el grupo de mujeres en general, se comete una violación de sus derechos como trabajadoras. Se están violentando los Derechos Sociales mínimos de la legislación del trabajo, descritos en el Artículo 102 de la Constitución de la república de Guatemala, puesto que en su inciso “b”, se establece que “Todo trabajo será equitativamente remunerado, salvo lo que al respecto la ley determine”. Con esto vemos que tanto los hombres como mujeres realizan las mismas tareas, por lo que les corresponde salarios por igual. En su inciso “C”, este mismo artículo establece que; hay Igualdad de salario para igual trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad. Por lo que en ese centro de trabajo no se cumple con este inciso, ya que las mujeres trabajan las mismas jornadas, cumplen con las mismas tareas y no se describe la diferencia de salario por alguna causa como deficiencia operacional o mala eficiencia. No se hace mención de falta alguna para que la diferencie en los salarios este justificada, dándose así la violación de los derechos de las mujeres tanto solteras como casadas. Se viola también el Inciso “K” de este mismo artículo; “Protección a la mujer trabajadora y regulación de las condiciones en que debe prestar sus servicios”. Este inciso aclara que no deben establecerse diferencias entre mujeres casadas y solteras en materia de trabajo, por lo que vemos que aun a las mujeres casadas y madres de familia, se les afecta de formas más grave que a las mujeres solteras, según este inciso las madres de familia no tienen que ser discriminadas de las mujeres solteras. Podemos constatar que ambos grupos de mujeres, cumplen con sus obligaciones y entregan un trabajo igual que los varones, por lo que ellas están cumpliendo con su parte, conforme el Artículo 63 del Código de Trabajo; en su Inciso “a”, el cual establece que los trabajadores deben desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su representante, a cuya autoridad quedan sujetos en todo lo concerniente al trabajo.

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Regula lo referente a la protección del salario, celebrado en Ginebra el 8 de junio de 1949, ratificado por Guatemala el 28 de enero de 1952, los aspectos importantes que regula este convenio son las medidas que protegen el salario, entre ellas: a) Considera que el salario representa toda retribución que el trabajador perciba del patrono sea cual fuere su denominación. b) La facultad que tiene la autoridad competente, previa consulta a las organizaciones de empleadores y trabajadores de excluir de la aplicación de las disposiciones de este convenio a categorías especiales. c) Las formas de pago del salario d) La posibilidad de pagarse el salario con cheque. Análisis sobre la normativa referente al salario regulado en el Código de trabajo Definición: Salario o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos. Salvo las excepciones. El cálculo de esta remuneración, puede pactarse: a) Por unidad de tiempo (por mes, quincena, semana, a) día u hora). b) Por unidad de obra (por pieza, tarea, precio alzado b) o a destajo); y c) Por participación en las utilidades, ventas o cobros c) que haga el patrono, pero en ningún caso el trabajador deberá asumir los riesgos de pérdidas que tenga el patrono. Para fijar el importe del salario en cada clase de trabajo, se deben tomar en cuenta la intensidad y calidad del mismo, clima y condiciones de vida. A trabajo igual, desempeñado en puesto y condiciones de eficiencia y antigüedad dentro de la misma empresa, también iguales, corresponderá salario igual, el que debe comprender los pagos que se hagan al trabajador a cambio de su labor ordinaria. El salario debe pagarse exclusivamente en moneda de curso legal. Se prohíbe pagar el salario, total o parcialmente, en mercadería, vales, fichas, cupones o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.

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Se presenta una trabajadora a su empresa para iniciar una relación nueva de trabajo, la trabajadora realizará la función de secretaria de la Gerencia de Recursos Humanos. Usted como Gerente de Recursos Humanos debe redactar el contrato individual de trabajo y tomar en cuenta los requisitos que exige la ley, deberá incluir de manera ficticia los requisitos establecidos en el artículo 29 del Código de Trabajo.

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Investigue que régimen laboral regula la Ley de Servicio Civil Decreto 17-48 Garantizar a la Nación la eficiente operación de los servicios públicos, afirmar y proteger la dignidad de los trabajadores del Estado; remunerar el correcto desempeño de cada cargo público en forma justa y decorosa; establecer que a igual trabajo desempeñado en igual salario; estabilizar el desempeño de los distintos puestos de la administración pública mediante la eliminación de factores de preferencia puramente personal de los respectivos nombramiento, ascensos y despidos; proporcionar que la Administración Pública invierta sus recursos económicos en forma ordenada y cuidadosa en el pago de servicios personales, mantenimiento estos gastos dentro del mínimo compatible con las necesidades del país, y en especial, reconocer que la relación de trabajo de los empleados del Estado constituye una función pública, cuyo acertado desempeño es fuente de deberes y de derechos especiales Que es necesario completar la legislación social de Guatemala establecido, además del Código de Trabajo y de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, una ley de Servicio Civil que permite la realización y desarrollo de los principios contenidos en los artículos 118, 119, 120, 121 y 122 de la Constitución de la República, y que regule las relaciones de la Administración Pública con sus trabajadores.

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ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 6 Relaciones Laborales. Actividad 6.3 Investigue las funciones generales de la Oficina Nacional de Servicio Civil ONSEC en Guatemala.  

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Administrar y ejecutar las políticas de administración de personal que emanan de la presidencia de la república, estableciendo la normatividad y supervisión respectiva. Mantener y administrar el sistema de servicio civil, enmarcándose en la centralización normativa y desconcentración operativa hacia las unidades de recursos humanos de la administración pública. Instrumentar el inventario, registro y control del recurso humano que labora en la administración pública. Administrar el plan de clasificación de puestos del organismo ejecutivo, que responda a la organización, naturaleza u objetivos y funciones de los candidatos que optan a puestos en la administración pública. Asesorar a las diferentes dependencias del estado, con el objeto de dar solución a los problemas o conflictos laborales que surjan en las mismas, o requerimiento de sus autoridades por instrucciones del ejecutivo. Administrar el régimen de clases pasivas civiles del estado, para lograr la protección del servicio público al momento de su retiro, o de sus beneficiarios, conforme la ley.

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera

manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 6 Relaciones Laborales. Actividad 6.4 Establezca las diferencias entre el contrato individual de trabajo y el contrato de servicios profesionales. Material de Consulta: Código de Trabajo artículos 18 al 29 y Código Civil artículos 2027 al 2036. Contrato de Servicios profesionales  No tiene una dirección inmediata, ni recibe instrucciones.  No está sujeto a horario de trabajo, es decir que la persona profesional esta librado de desarrollar su actividad profesional fuera de los horarios normales de la empresa.  Por la actividad profesional, recibe como pago honorarios profesionales, los cuales son pactados libremente y pueden ser pagados de manera sucesiva o bien en un solo pago de conformidad con lo pactado entre el contratista o cliente y el profesional.  Está regulado por una norma de carácter privado en donde prevalece la autonomía de la voluntad de las partes contratantes.  Se desarrollan conocimientos científicos con ocasión de un asunto o trabajo cualquiera, por lo que no está obligado a obedecer y aquí quien presta sus servicios debe ser un profesional, es decir que debe tener un título facultativo o autorización legal para prestar sus servicios cuando la ley exija ese requisito, es decir el mismo debe estar colegiado.  Al terminar la relación profesional, no tiene derecho a recibir una indemnización y no está sujeto a pagos mensuales de salarios. Contrato Individual de Trabajo  Por la prestación de su servicios laborales, la persona recibe un salario protegido por el derecho positivo laboral, teniendo derecho a sus prestaciones laborales irrenunciables tales como: salario mensual, bonificación e incentivo, bonificación para los trabajadores del sector público y privado (bono 14), aguinaldo, vacaciones y en su caso termine la relación laboral sin responsabilidad de parte del trabajador la indemnización.  Está sujeto a horario, es decir que su actividad laboral la desempeñe dentro de los horarios ordinarios y extra-ordinarios en su caso, de la empresa, estos horarios pueden se jornada ordinaria diurna, mixta o bien nocturna.  Está regulado por el Código de Trabajo, es decir, por una norma jurídica, es excesivamente proteccionista para una de las partes, anti formalista, democrático, en el cual se manifiesta una directa intervención estatal en beneficio del trabajador.  Existe una relación de subordinación, decir que tiene un jefe inmediato de quien recibe órdenes e instrucciones en la realización de su trabajo, tiene pues una dirección inmediata. Diferencias: En el contrato de trabajo la relación de subordinación se da como: empleadoempleador. En la prestación de servicios alguien necesita y toma los servicios de otro que por lo general tiene una empresa montada y le pagara por el trabajo total y una vez cumplidas las obligaciones la relación terminara .

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 7 Organización Administrativa y Judicial del Trabajo. Actividad 7.1 Investigue cuales son las atribuciones de la inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Prevención Social. Realizar verificaciones laborales, Realizar verificaciones administrativas, Realizar revisiones de higiene y seguridad ambiental en centros de trabajo. Prevenir a patronos y empleados cumplan con dignidad y respeto las leyes laborales, convenios, pactos colectivos y otras disposiciones que favorezcan la relación laboral. Velar por la equidad en las relaciones sociales de producción. Proteger la maternidad y lactancia de la mujer trabajadora. Participar como representante mediador del Ministerio en los conflictos laborales, individual o colectivo de carácter jurídico cuando figuren mujeres y menores o se trate de acciones de hecho. Asesorar técnicamente al Ministerio y evacuar consultas sobre la forma que deben ser aplicada las disposiciones legales de su competencia Sancionar a los infractores de las leyes laborales nacionales, convenios y tratados internacionales. Informar al Despacho Ministerial de las situaciones laborales especiales que se manifiesten en al ámbito laboral.

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Programa IDEA Actividades de zona asignadas Jorge Mario Carrillo Salic 13143169 IMB-PC Petapa Licda. Irma Yolanda

Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 7 Organización Administrativa y Judicial del Trabajo. Actividad 7.2 Investigue las principales funciones de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Velar por el cumplimiento de las funciones que específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la República Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y reglamentos dictados por el Presidente de la República Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está encomendado, bajo la inmediata dependencia del Presidente de la República Ser órgano de comunicación del Presidente de la República con los demás funcionarios y empleados del Ramo Supervisar y procurar el buen funcionamiento de las actividades del Ramo Resolver los asuntos de su Ramo y revisar Jerárquicamente los actos y resoluciones de los demás funcionarios y empleados dentro de su esfera Firmar la correspondencia que se dirija a los Presidentes de los organismos de Estado, a los Ministros de Estado, así como la que por su importancia lo amerite Refrendar los nombramientos de los empleados del Ramo y nombrarlos directamente cuando la ley le faculte para ello. (Véase estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Previsión Social). Corresponde al Ministro, asimismo, la supervisión de las labores de la Oficina de Registro y Trámite Presupuestal y del Departamento de Relaciones Públicas.

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 7 Organización Administrativa y Judicial del Trabajo. Actividad 7.3 Investigue como se conforma un Tribunal de Arbitraje Laboral y cuáles son sus principales funciones. Consulte el Código de Trabajo Artículo 397 al 408. El arbitraje procede: 1) Potestativamente:  Cuando las partes así lo acuerden, antes o inmediatamente después del trámite de conciliación;  Cuando las partes así lo convengan, una vez se hayan ido a la huelga o al paro, calificados de legales. 2) Obligatoriamente:  En los casos en que, una vez calificados como legal la huelga o el paro, transcurra el término correspondiente sin que se hayan realizado;  En los casos previstos en los incisos a) y d) del artículo 243 de este Código;  En el caso de que solicitada la calificación de legalidad o ilegalidad de huelga, una vez agotado el trámite de conciliación, no se llenare el requisito a que alude el inciso c) del artículo 241 de este Código, y siempre que el número de trabajadores que apoyen el conflicto constituya por lo menos mayoría absoluta del total de laborantes que trabajen en la empresa o centros de labores de que se trate. En el caso del inciso b) del arbitraje potestativo, las partes, al acordarlo, deben reanudar los trabajos que se hubieren suspendido y someter a la consideración del respectivo Tribunal de Arbitraje la resolución del conflicto. La reanudación de labores se hará en las mismas o mejores condiciones vigentes en el momento en que ocurºrió la suspensión. Este extremo debe comprobarse ante el tribunal que corresponda mediante declaración suscrita por ambas partes, pudiendo el juez, si lo considera conveniente, ordenar por los medios pertinentes su comprobación. En los casos de arbitraje potestativo, las partes debe someter ante el respectivo juez de Trabajo y Previsión Social y por escrito, los motivos de su divergencia y los puntos

sobre los cuales están de acuerdo; designando además, tres delegados por cada parte con poderes suficientes Para representarlos de conformidad con lo preceptuado en el artículo 409, señalando lugar para recibir notificaciones; en caso no llenaren este Requisito, el juez ordenará subsanar la omisión. En los casos de arbitraje obligatorio, el juez convocará a las partes y levantará un acta que contenga los requisitos enumerados en el párrafo anterior. Lo dispuesto en el artículo 383 de este Código es aplicable Para los tribunales de arbitraje. Será motivo de excusa para los vocales del tribunal el haber conocido del mismo asunto en conciliación, pero puede ser ésta allanada por los Delegados de ambas partes. De todo fallo arbitral se enviará copia autorizada a la Inspección General de Trabajo.

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 8 Introducción al Estudio del Derecho Mercantil. Actividad 8.1 Usted desea realizar actividades dentro del ámbito comercial y necesita registrarse como comerciante individual, investigue que requisitos necesita y cuál es el procedimiento de inscripción. Se le sugiere visitar el portal electrónico del registro mercantil de la República. 1. En agencia de BANRURAL del registro mercantil comprar formulario de empresas mercantiles y comerciantes individual valor Q.2.00. 2. Llenar el formulario con firma legalizada. 3. Pagar en las Agencias de BANRURAL a. Q.100.00 Empresa Individual b. Q.75.00 Comerciante Individual o de sociedad 4. Presentar en Ventanillas del Registro Mercantil en un folder tamaño oficio: a. Formulario b. Comprobantes de pago c. Fotocopia del Documento Personal de Identificación –DPI5. Recoger en ventanillas la patente y adherirle Q.50.00 en Timbres Fiscales Si es sucursal de Sociedad, llenar el formulario, paga Q100.00, si la inscripción que se solicita es de sucursal de la empresa adjuntar el formulario y boleta de pago de Q.100.00 efectuado en cualquier agencia de BANRURAL o en línea.

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Embotelladora La Mariposa, S.A. (PEPSI)

La Prestación de Servicios 

SECCA Servicios Administrativos CBC PEPSI

La Banca, Seguros y Fianzas 

Banrural

La Intermediación en la Circulación de Bienes 

Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA)

La Intermediación en la Prestación de Servicios 

ManPower Professional

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Instrucciones: Esta actividad deberá entregarla a su tutor en esta misma hoja, de manera manuscrita, con lapicero y se calificara la redacción y ortografía de la misma. No la coloque en folder ni agregue nada que no sea requerido en las instrucciones. Trabaje de manera concreta, ordenada, clara y legible. Utilice el anverso y reverso de su hoja. Si al desprender la hoja se rompe o rasga, únicamente regare con cinta adhesiva y entréguela a su tutor. Actividades Capitulo 9 Las Cosas Mercantiles. Actividad 9.1 Desarrolle como Proyecto de estudio la constitución ficticia de una empresa mercantil. Usted puede escoger el giro de la actividad mercantil, deberá tomar en cuenta todos los elementos de la misma estudiados en este capítulo y ejemplificar cada uno de ellos, así como indicar los requisitos para el proceso de inscripción en el registro de la misma. Dos o más personas pueden unir sus capitales y esfuerzos para formar una empresa, constituyendo así una sociedad. Por lo tanto las Sociedad o Compañía es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común, con la mira de repartir entre SÍ los beneficios que de ello provengan". Las Sociedades son un ser ficticio creado por la ley, son agrupaciones de personas naturales o jurídicas. Persona natural es todo individuo, capaz de contraer obligaciones. Para que una sociedad pueda constituirse como tal debe contar con la autorización del gobierno para poder actuar, esta autorización recibe el nombre de persona jurídica. Este nuevo ente social con patrimonio totalmente independiente del patrimonio de cada uno de los componentes, tiene además domicilio propio, no le está permitido valerse del de uno de sus socios y tiene un nombre o "razon social", que permite identificarla. La sociedad designa representantes legales para trámites judiciales o extrajudiciales, las facultades que tienen los representantes legales están específicamente señaladas en la Escritura de Constitución y en los Estatutos Sociales. Las sociedades tienen una vida limitada, nacen y mueren en una fecha determinada.

SOCIEDADES CIVILES: Sociedades Colectivas: Se forma por la reunión de personas naturales que aportan bienes, derechos u obligaciones con el objeto de formar un capital social. Los socios administran por si mismos o a través de un administrador elegido de común acuerdo, son responsables ilimitada y solidariamente, no pueden ceder libremente sus derechos, a menos que cuenten con el consentimiento unánime de los demás socios. CONSTITUCION: Por escritura pública, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro Mercantil. NOMBRE O RAZON SOCIAL: Se forma con el nombre de todos los socios o alguno de ellos y se agrega la palabra "y compañía". ADMINISTRACION: Les corresponde a los socios o a un mandatario elegido en común acuerdo. RESPONSABILIDAD: Si la sociedad es civil la responsabilidad es en proporción a los aportes a cada socio, mientras que si es mercantil responden de manera ilimitada y solidaria. La disolución de la sociedad que se efectuare antes de vencer él termino estipulado, la prorroga de este, el cambio, retiro o muerte de un socio, la alteración de la razón social y en general toda reforma, ampliación o modificación del contrato será reducida a escritura pública con las solemnidades indicadas. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Tiene características similares a la colectiva, su única diferencia radica en la responsabilidad de los socios, en donde responden solo hasta el monto de sus aportes lo que han entregado a la sociedad o lo que expresamente pacten en la escritura de constitución. La ley otorga a estas sociedades libertad de estipulación en cuanto a la forma de administrarla sociedad. La facultad para ceder sus derechos es limitada al acuerdo de los socios. Por escritura pública, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sociedad y publicado en el Diario Oficial. NOMBRE O RAZON SOCIAL: Nombre de uno o más de los socios, o una referencia al objeto de la sociedad, terminado con la palabra limitada. ADMINISTRACION: Corresponde a todos los socios, por si mismos o mediante un mandatario que ellos eligen. RESPONSABILIDAD: Responden solo hasta el monto de sus aportes o el monte que se indique en su escritura social. MODIFICACION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: La modificación de este tipo de sociedad pasa por el acuerdo unánime de todos los socios, el cual se materializa en una escritura pública que deja constancia de los elementos que modifican el pacto social. Los socios pueden modificar cualquiera de los elementos: individualización de los socios, capital, objeto, razón social, administración, duración, repartición de utilidades, obligaciones de los socios, etc. Un extracto autorizado por el notario ante quien se otorgó la escritura de modificación, con las menciones exigidas por la ley, debe inscribirse en el Registro Mercantil y anotarse al margen de la inscripción de la constitución. Un extracto autorizado por el notario ante quien se otorgó la escritura de modificación, con las menciones exigidas por la ley, debe publicarse en el Diario Oficial.

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Cruzado. El cruzamiento puede ser: General: es aquel que se realiza por simple cruzamiento de las líneas paralelas trazadas en el anverso del cheque. Especial: cuando entre estas líneas se consigna el nombre de una institución de crédito determinada.

Objeto: Tiene por finalidad evitar el cobro del cheque, directamente por un tenedor legítimo. Cheque para abono en cuenta: Se caracteriza porque sólo puede ser cobrado mediante abono de su importe en una cuenta bancaria del titular del cheque, y esto se logra a través de la inserción de la cláusula “para abono en cuenta”, con cuya cláusula se limita la negociabilidad. Estos cheques solo podrán ser a la orden. Objeto: Es la prohibición que el cheque sea pagado en efectivo, prohibición establecida por el librador o tenedor del documento. Cheque Certificado: La finalidad de este cheque es la confianza de que el mismo va a ser pagado, en virtud de que se asegura la provisión, en el sentido de que el librado está informado que se ha dispuesto de ella y que por tanto no se puede retirar el depósito durante el tiempo de presentación. La certificación no puede ser parcial, ni extenderse en cheques al portador, así como tampoco es negociable. Existe responsabilidad de parte del librado frente al tenedor del documento, durante el período de presentación, es decir que queda obligado cambiariamente con el librador y demás signatarios del título. Cheque de Caja: Doctrinariamente, no se les considera propiamente como cheques sino como pagarés a la vista por ser librados por una institución a cargo de sí misma o una de sus dependencias. En este cheque los elementos personales sufren cierta fusión apareciendo así lo que se puede llamar librador-librado, es decir que una persona libra un cheque a cargo de sí misma. El Código de Comercio lo denomina Cheque de Gerencia, según el art. 534 y no son negociables ni podrán extenderse al portador. Cheques de Viajero: Al igual que los cheques de caja, los cheques de viajero serán expedidos por el librador a su propio cargo, y serán pagaderos por su establecimiento principal o por las sucursales o los corresponsales que tengan en el país del librador o en el extranjero.

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Investigue en qué consiste la prohibición de concurrencia de la empresa mercantil. Recuerde consultar el código de comercio. ARTÍCULO 663. PROHIBICIÓN DE CONCURRENCIA. Quien enajena una empresa debe abstenerse, durante los cinco años siguientes a la transmisión, de iniciar una nueva que por su objeto, ubicación y demás circunstancias, pueda desviar la clientela de la empresa mercantil transmitida, constituyendo una competencia desleal, salvo pacto en contrario. En caso de usufructo o de arrendamiento de una empresa, la prohibición de concurrencia es válida frente al propietario o el arrendante, por el tiempo que dure el usufructo o el arrendamiento.

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