a) Las cosas vuelven al estado anterior al acto b) Desaparecen los derechos y obligaciones creados por el acto c) Las partes no pueden exigirse el cumplimiento cumplim iento de las obligaciones nacidas del acto e) Puede oponerse excepción de nulidad
ACTO JURIDICO EJECUTADO
a) Las cosas vuelven al estado anterior al acto b) Desaparecen los derechos y obligaciones nacidos del acto c) Las partes deben restituirse lo que hubieren recibido recibido en virtud del acto
ACTO JURIDICO EJECUTADO RESTITUCIONES Teorías
el origen de esta obligación obligac ión son los derechos preexistentes al acto. Debe iniciarse un nuevo juicio el origen de esta obligación es la sentencia de nulidad. No debe acreditarse derecho preexistente. No debe iniciarse nuevo juicio
La obligación de restituir puede paralizarse por existir un derecho independiente que tenga el obligado
ACTO JURIDICO EJECUTADO Extensión de la obligación de restituir
Bienes
recibidos
Frutos
Productos
Gastos
ACTO JURIDICO EJECUTADO Extensión de la obligación de restituir a) Todos los bienes recibidos Limites: cosas fungibles consumidas buena fe (art. 1055) incapaces que contrataron con capaz respecto de bienes que no subsistan en su patrimonio (art. 1165) las cosas dadas en cumplimiento de una obligación natural (arts. 515, 791)
ACTO JURIDICO EJECUTADO Extensión de la obligación de restituir b) Frutos
Contratos
bilaterales
- a ambas mbas cosas cosas productoras productoras - u una na cosa cosa productora productora
Contratos
unilaterales
FRUTOS
Contratos bilaterales Ambas cosas productoras Art. 1053 Se compensan hasta el momento m omento de la demanda si ambas partes son de buena o mala m ala fé prescindiendo de la buena o mala fé si ambas son de buena fé
Desde la notificación demanda se restituyen
FRUTOS Contratos bilaterales una cosa productora Art 1054
Quien recibió la cosa productora debe restituir los
frutos, sea de buena o mala fé
El
de buena fé puede pedir daños al de mala fé
Si ambos son de buena fé, el empobrecido puede ampararse en enriquecimiento sin causa
FRUTOS Contratos unilaterales
Poseedor de buena fe hace suyos los frutos percibidos Poseedor de mala fe debe restituirlos, incluso los que dejó de percibir por su culpa
Extensión de la obligación de restituir Extensión de la obligación de restituir c) Productos (arts.2423 y ss)
Se aplican principios generales Deben restituirse junto junto con la cosa de la que forman parte
ACTO JURIDICO EJECUTADO Extensión de la obligación de restituir d) Gastos astos:: Deben ser abonados:
al poseedor buena fé, los necesarios y útiles (no los de mera conservación) al poseedor mala fé, todos
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