ED-A-03.00-02a
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Especificación de Diseño:
ED-A-03.00-02a Dirección de Ingeniería
Dirección Técnica
DISEÑO GENERAL
Página 1 de 17
DISPOSICIÓN GENERAL DE UNIDADES Y EQUIPOS
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02a
SEPTIEMBRE 2013 REVISADO DONDE SE INDICA
02
NOVIEMBRE 2010 REVISIÓN GENERAL
01
JUNIO 2004
REV.
FECHA
PRIMERA EMISIÓN DESCRIPCION
CRISTINA ARRIMADAS BERZOSA
JOSE JAVIER SANZ 2013.11.12 09:02:07 +01'00'
PUCHE 2013.11.13 MOLINA, JUAN 16:10:37 DE DIOS +01'00'
J.J.S P.F.S
J.J.S
F.H.L
M.B.A.
E.N.L.
J.C.P.P.
REALIZADO (nombre y firma)
COMPROBADO (nombre y firma)
APROBADO / AUTORIZADO (nombre y firma)
REVISIONES DE LA ESPECIFICACION © REPSOL S. A. Madrid, última actualización 2004 - 2013
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INDICE
1. 1.1. 1.2. 1.3.
GENERAL .................................................................................................................................................. 3 Objeto ......................................................................................................................................................... 3 Definiciones ................................................................................................................................................ 3 Unidades de medida ................................................................................................................................... 4
2. 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5. 2.6. 2.7. 2.8. 2.9.
EXTERIOR DE UNIDADES .........................................................................................................................4 Distancias requeridas ................................................................................................................................. 4 Calles, accesos y áreas de servicio ............................................................................................................ 6 Sala de control central (Off sites) ................................................................................................................ 7 Subestación eléctrica principal (Off sites) .................................................................................................... 7 Antorcha ..................................................................................................................................................... 7 Edificios de servicios................................................................................................................................... 7 Bombas del sistema contra incendios ......................................................................................................... 8 Torres de refrigeración ................................................................................................................................ 8 Tanques y esferas de almacenamiento ....................................................................................................... 8
3. 3.1. 3.2.
INTERIOR DE UNIDADES .......................................................................................................................... 9 Disposición de equipos ............................................................................................................................... 10 Requisitos para mantenimiento y uso de equipo móvil ................................................................................ 14
4.
PLANOS DE PLANIMETRÍA (PE-A-0300.01) ............................................................................................. 15
5. 5.1. 5.2.
NORMAS Y ESPECIFICACIONES DE REFERENCIA ................................................................................16 Normas y especificaciones técnicas de Repsol ........................................................................................... 16 Códigos y normas internacionales .............................................................................................................. 17
6.
INDICE DE TABLAS INCLUIDAS EN ESTA ESPECIFICACIÓN .................................................................17
INDICE
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1.
GENERAL
1.1.
Objeto
Dirección Técnica
Especificación de Diseño:
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Esta especificación establece las directrices generales a seguir en la disposición de unidades, y conjunto de unidades, a fin de lograr la máxima seguridad y facilitar en el mantenimiento, operación, control y prevención de incendios. El uso de esta especificación no exime a la ingeniería de la obligación de aplicar su propia y mejor experiencia. Además pueden darse razones originadas por exigencias del proceso que hagan necesaria alguna desviación de los requisitos aquí planteados; en todos los casos cualquier desviación será comunicada a Repsol, para su aprobación.
2a
Conjuntamente con la aplicación de esta especificación se incluye la obligatoriedad en el cumplimiento con los Reglamentos de seguridad e higiene en el trabajo, de Seguridad en refinerías y parques de almacenaje y de cualquier otro reglamento vigente en la Legislación local aplicable a los complejos de Repsol, así como los resultados de los estudios de seguridad de acuerdo con la norma de “Gestión del riesgo de seguridad y medio ambiente en activos industriales” (código 353-NO030MG). El presente documento forma parte de la última edición de especificaciones técnicas de Repsol y hace referencia asimismo, a la última edición de Códigos o Normas que son mencionados y/o aplicables, así como lo indicado en el documento “Datos Básicos de Diseño (D.B.D.)” que recoge los aspectos particulares de cada proyecto En caso de discrepancia entre los documentos indicados prevalecerá el siguiente orden de prioridad:
Legislación aplicable (siempre y cuando en las hojas de datos, en la requisición o en esta especificación no se establezcan criterios más restrictivos que los en ella fijados)
DBD- Datos Básicos de Diseño
Esta especificación
Planos estándar
Las excepciones, variaciones o adiciones que supongan cualquier cambio en dichos documentos serán comunicados por escrito a Repsol para su aprobación. 1.2.
Definiciones Unidad: Es el conjunto de los elementos de fabricación formado por uno o varios procesos físico-químicos que constituyen una operación completa determinada, a excepción de las tuberías de unión a las otras unidades y a las instalaciones exteriores. Cada unidad recibe el nombre del proceso que le es más característico o representativo de su función principal. Unidad integrada: A efectos de esta especificación se considerarán unidades integradas aquellas que aún siendo de proceso diferente se atienden desde una sala de control única. Calles de libre circulación: Son calles principales dentro del Complejo Industrial en las que no se precisa permiso especial de paso. Calles de circulación restringida: Son calles que normalmente se usan para acceso de equipos de mantenimiento entre unidades en las que se precisa medidas de seguridad especiales. Áreas de servicio: Son franjas de terreno pavimentadas o no alrededor de cada unidad. Límite de equipo: El límite de equipo está formado por la proyección vertical de todos los equipos que están situados en la periferia de la unidad formándose así un polígono que inscribe a la totalidad de equipos de la misma.
1 GENERAL
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Límite del pavimento: El límite del pavimento está formado por un polígono que circunda al límite de equipo a una distancia exterior al mismo de 1.5 metros y comprende además las zonas de mantenimiento (Ej. la zona de extracción de haces) Límite de unidad: El límite de unidad está definido por un rectángulo que toma sus dimensiones máximas de los puntos más salientes del límite de pavimento. Este rectángulo limita con el área de servicio. Área clasificada: Son los emplazamientos en los que haya o pueda existir gases o vapores inflamables en cantidad suficiente para producir mezclas explosivas o inflamables, clasificados en función del grado de peligrosidad y la extensión de las zonas de riesgo (ED-A-07.00). Punto de inflamación (flash point): Es la mínima temperatura a la que, bajo condiciones de ensayo determinadas, un líquido emite vapores inflamables suficientes para que se origine una combustión en presencia de una fuente de ignición ajena al mismo (chispa, llama, etc.). Punto de autoignición (ignición espontánea): Es la mínima temperatura en la que una sustancia (sólida, líquida o gaseosa) tiene energía suficiente para iniciar y mantener la combustión sin necesidad de una fuente de ignición ajena. Barlovento y sotavento:
1.3.
Unidades de medida Las unidades de medida que se utilizarán en los planos serán las del sistema métrico internacional, (S.I.). En particular, se indicaran las cotas en milímetros (mm) y las elevaciones y coordenadas (referidas a las del Complejo Industrial) en metros, con tres decimales.
2.
EXTERIOR DE UNIDADES
2.1.
Distancias requeridas Para definir las planimetrías, las distancias entre unidades, tanques, antorchas, instalaciones de LPG, calles, cargaderos, etc., seguirá los requerimientos de esta especificación y en especial las distancias indicadas en la Tabla I.
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EDIFICIOS (OFICINAS, TALLERES, LABORATORIO, ETC.) (NOTA 7)
30
NM
TORRE DE REFRIGERACIÓN
TORRE DE REFRIGERACIÓN
45
45
NM
CARGADERO MARITIMO (PANTALAN)
CARGADERO MARITIMO (PANTALAN)
60
60
30
NM
SUBESTACIÓN PRINCIPAL DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA
SUBESTACIÓN PRINCIPAL DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA
30
NM
45
60
NM
EDIFICIO DE SEGURIDAD (BOMBEROS) (NOTA 7)
EDIFICIO DE SEGURIDAD (BOMBEROS) (NOTA 7)
30
NM
30
60
NM
NM
BOMBAS PRINCIPALES CONTRAINCENDIOS (NOTA 6)
NM
NM
15
60
NM
NM
NM
PLATAFORMA DE CARGA PARA LPG
PLATAFORMA DE CARGA PARA LPG
60
60
45
45
60
60
60
NM
PLATAFORMA DE CARGA PARA OTROS PRODUCTOS
PLATAFORMA DE CARGA PARA OTROS PRODUCTOS
60
60
30
60
45
45
45
60
NM
BANDEJAS DE TUBERÍAS FUERA DE UNIDAD
BANDEJAS DE TUBERÍAS FUERA DE UNIDAD
4,5
15
4,5
4,5
7,5
4,5
4,5
15
15
NM
LIMITE DE UNIDAD DE PROCESOS
45
60
30
60
45
45
45
60
45
4,5
24
LIMITE DE PROPIEDAD (NOTA 8)
LIMITE DE PROPIEDAD (NOTA 8)
45
NM
30
60
NM
NM
NM
60
45
4,5
60
NM
ESTACIÓN DE BOMBEO DE HIDROCARBUROS
ESTACIÓN DE BOMBEO DE HIDROCARBUROS
45
45
15
15
45
45
30
30
15
4,5
20
45
NM
ANTORCHA (NOTA 3)
ANTORCHA (NOTA 3)
60
60
60
60
60
60
60
60
60
60
60
60
60
NM
BALSAS SEPARADORAS DE HIDROCARBUROS (API / CPI, ETC.)
BALSAS SEPARADORAS DE HIDROCARBUROS (API / CP.I, ETC.)
45
45
30
45
45
45
45
45
45
4,5
45
60
15
60
NM
RECIPIENTES A PRESIÓN Y ESFERAS
RECIPIENTES A PRESIÓN Y ESFERAS
60
60
30
60
60
60
60
60
45
4,5
60
60
NM
60
45
1D
ALMACENAMIENTO ATM. DE SUST. CON BAJO T.F.P. (T.F.P. 37.8 °C)
ALMACENAMIENTO ATM. DE SUST. CON BAJO T.F.P. (T.F.P. 37.8 °C)
45
45
30
45
45
45
45
60
45
4,5
45
60
NM
60
45
40
0,5D
ALMACENAMIENTO ATM. DE SUST. CON ALTO T.F.P. (T.F.P. 37.8 °C)
ALMACENAMIENTO ATM. DE SUST. CON ALTO T.F.P. (T.F.P. 37.8 °C)
30
30
30
30
30
30
30
30
30
4,5
30
45
NM
60
30
40
0,5D
0,5D
ALMACENAMIENTO REFRIGERADO
ALMACENAMIENTO REFRIGERADO
45
45
30
45
45
45
45
60
45
4,5
60
60
NM
60
45
30
30
30
1D
(NOTA 9)
LIMITE DE UNIDAD DE PROCESOS
BOMBAS PRINCIPALES CONTRAINCENDIOS (NOTA 6)
T
A
A
A
A
NM
CALDERAS CALDERAS
EDIFICIOS (OFICINAS, TALLERES, LABORATORIO, ETC.)(NOTA 7)
A
TABLA I Distancias mínimas orientativas de Seguridad entre Unidades y Equipos en el Exterior de Unidades (Off Site). Estas distancias están basadas en diferentes estándares internacionales
NOTAS 1. LAS DISTANCIAS RECOMENDADAS EN ESTA TABLA, ESTAN SUJETAS A LOS VALORES MINIMOS EXIGIDOS EN LAS LEGISLACIONES OFICIALES CUANDO ESTAS EXISTAN. LAS DISTANCIAS ESTÁN INDICADAS EN METROS EN PLANO HORIZONTAL 2. MÍNIMAS DISTANCIAS ENTRE EDIFICIOS, EQUIPOS DE PROCESO, VALLADOS, ETC. (MEDIDOS DE EXTREMO A EXTREMO) 3. DISTANCIA DE ANTORCHA A OTRA INSTALACIÓN DEBERÁ SER VERIFICADA CON API 521 O REGLAMENTOS LOCALES. 4. ESTA TABLA DEBE ESTAR CONFRONTADA CON NORMATIVA LOCAL ANTE SU UTILIZACIÓN 5. T.F.P. TEMPERATURA DE PUNTO DE INFLAMACIÓN (FLASH POINT) 6. SE CONSIDERAN DISTANCIAS MÍNIMAS QUE DEBEN SER CONFIRMADAS CON UN ANÁLISIS DE RIESGO. 7. SE CONSIDERAN DISTANCIAS MÍNIMAS. CUALQUIER EDIFICIO OCUPADO DEBE SOMETERSE A UN ANÁLISIS DE RIESGO PARA VERIFICAR LAS DISTANCIAS MINIMAS DE SEGURIDAD. 8. SE MANTENDRÁ UNA DISTANCIA MÍNIMA A MÁSAS FORESTALES DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN VIGENTE. 9. SI ENTRE DOS UNIDADES EXISTE UN CAMINO DE LIBRE CIRCULACIÓN, LA DISTANCIA MÍNIMA ENTRE SUS LÍMITES VARIARÁ ENTRE 24 Y 32 M (DEPENDIENDO DE LA ANCHURA DE LA VÍA DE SERVICIO QUE SE ADOPTE). ENTRE DOS UNIDADES QUE ESTÉN "INTEGRADAS", LAS DOS ÁREAS DE SERVICIO PODRÁN SOLAPARSE, SIENDO ENTONCES LA MÍNIMA DISTANCIA ENTRE SUS LÍMITES DE 10 M. LEYENDAS: NM = INDICA QUE NO REQUIERE ESPACIO MÍNIMO PREDETERMINADO, SE APLICARÁ LA BUENA PRÁCTICA DE LA INGENIERÍA D = DIAMETRO EXTERIOR
2 EXTERIOR DE UNIDADES
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2.2.
Dirección Técnica
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Calles, accesos y áreas de servicio Dentro del Complejo Industrial deberán establecerse las áreas de servicio, calles de libre circulación y de circulación restringida. (Ver plano estándar PE-A-0300.03) Las calles estarán preferentemente elevadas con relación al nivel del suelo de las Unidades y tendrán un perfil adoptado, tal que permita discurrir las aguas a los drenajes previstos al efecto. El radio de curvatura en los cruces de calles, será estudiado por la Ingeniería en base a permitir una fácil circulación de vehículos pesados y de gran gálibo, y no debe ser menor de 10 metros. La pendiente máxima de las calles será del 5%.
2.2.1. Áreas de servicio Las áreas de servicio tendrán siempre que sea posible, una anchura de 10 metros, pero que nunca será menor de 6 metros, medidos desde el límite de unidad (L.U.). Todas las unidades tendrán área de servicio. Los accesos desde la calle de libre circulación a las áreas de servicio serán como mínimo dos, estarán situados en puntos lo más opuestos posible y tendrán una anchura mínima de 5 metros. En cualquier caso se comprobará que este ancho sea suficiente para permitir el acceso de los equipos requeridos para el mantenimiento de la unidad No se podrá hacer coincidir, en ningún caso, el área de servicio y el camino de libre circulación. Entre dos unidades que estén "integradas", las dos áreas de servicio podrán solaparse, siendo entonces la mínima distancia entre sus límites de 10 m. Las áreas de servicio serán no pavimentadas salvo que se indique lo contrario en el alcance del proyecto o en el D.B.D. en fase FEL. 2.2.2. Calles de libre circulación Las calles de libre circulación tendrán un ancho mínimo de 6 metros y estarán construidas a 20 metros como mínimo de áreas clasificadas como Zona 0 o Zona 1 (contándose esta distancia desde el borde más próximo de la calzada, y a un mínimo que variará de 9 a 13 metros del L.U. (según la anchura que se adopte para el área o vía de servicio). Estas calles irán acompañadas en ambos lados de una "acera", cuya anchura mínima será de 3 metros (Ver plano estándar PE-A-0300.03). Si entre dos unidades existe un camino de libre circulación, la distancia mínima entre sus límites variará entre 24 y 32 m (dependiendo de la anchura de la vía de servicio que se adopte). 2.2.3. Calles de circulación restringida Las calles de circulación restringida tendrán una anchura mínima de 4 m y estarán a una distancia mínima que variará de 6 a 10 m del Límite de Unidad. (según la anchura que se adopte para el área o vía de servicio). Estarán debidamente señalizados y si fuera necesario se cerrarán mediante postes o barreras. Si entre dos unidades existe un camino de circulación restringida, pudiendo "pararse" independientemente a efectos de mantenimiento, la distancia mínima entre sus Límites de Unidad podrá estar entre 24 y 16 m (dependiendo de que el área de servicio tenga 10 ó 6 m). 2.2.4. Altura libre La altura libre mínima que debe respetar cualquier elemento que cruce áreas de servicios, accesos y calles será de 5.75 metros. La altura libre a respetar en cruces con vías públicas o ferrocarril será la exigida por los reglamentos locales vigente
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2.2.5. Pavimentación en área de off-sites En las zonas de off-sites, se utilizará pavimento de hormigón por debajo de todo equipo que contenga líquidos peligrosos e inflamables que puedan derramarse durante la rutina de operación y las funciones de mantenimiento; por ejemplo, líneas de carga y descarga, bombas de carga, filtros, drenaje de agua etc. El área pavimentada deberá estar nivelada y provista de pendiente hacia un sistema de drenaje apropiado. 2.3.
Sala de control central (Off sites) La distancia de seguridad a mantener entre cualquier equipo que pueda representar un riesgo de explosión o fuego y la sala de control, se indican en la Tabla II, sin menoscabo del análisis de riesgo requerido por la especificación de diseño ED-A-15.00, Gestión del riesgo de explosión en edificios nuevos, para determinar si requiere protección contra explosiones y en qué grado. La sala de control se localizará a barlovento, respecto de los hornos y las áreas de procesos.
2a
2.4.
Los criterios anteriores serán también aplicados a cualquier ubicación de los sistemas de seguridad, tales como ESD y F&G, los cuales deberán estar situados y/o protegidos de forma que se asegure su funcionamiento cuando sean requeridos durante los distintos escenarios de riesgo. Subestación eléctrica principal (Off sites) La distancia de seguridad mínima a mantener para garantizar su correcto funcionamiento, ante cualquier equipo con hidrocarburos que pueda provocar una explosión o fuego, se indica en la Tabla I. Estas distancias pueden reducirse, si la subestación se diseña para soportar la presión producida por la onda expansiva determinada en el lugar de emplazamiento de la subestación.
2a
2.5.
Los transformadores y generadores de emergencia situados en el exterior de las subestaciones deberán colocarse en la cara del edificio menos expuesta a unidades con riesgo de explosión y preferiblemente a barlovento de equipos cercanos que manejen sustancias inflamables. Los transformadores dispondrán de muros cortafuegos, mínimo RE120. Antorcha Las antorchas elevadas se instalarán a sotavento de las unidades de proceso, en la dirección del viento dominante. La distancia entre la antorcha y otros equipos (y altura en caso de ser una antorcha elevada) viene determinada por consideraciones de intensidad calorífica de radiación (API 521) o reglamentación local. Se deberán tener en cuenta otros factores como ruido, contaminación atmosférica y localización de lugares públicos, los cuales pueden tener una influencia en los valores de distancias mínimas consideradas en la Tabla I.
2.6.
Edificios de servicios Los edificios de servicio entendiendo como tales: oficinas, laboratorios generales, almacenes, talleres, cafeterías y comedores y servicios médicos estarán situados cerca de la entrada del Complejo y accesibles desde el exterior para reducir el tráfico interior. Se situarán alejados de las zonas con riesgo de incendio y/o explosión. En lo posible se situarán a barlovento de las unidades de proceso respecto al sentido de viento dominante.
2a
Los almacenes y laboratorios con carga de fuego o con peligro de explosión deberán disponer de dos salidas de emergencia cuyas puertas deberán abrir siempre en el sentido de la evacuación. No se permitirá el almacenamiento de productos inflamables en sótanos.
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2.7.
Dirección Técnica
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Bombas del sistema contra incendios Las bombas del sistema contra incendios se situarán separadas de las unidades de proceso, tanques y zonas de carga y descarga para reducir el riesgo de daño por fuego o explosión.
2.8.
Torres de refrigeración La dirección del viento predominante debe tenerse en cuenta en la localización de las torres de refrigeración. Se situarán en un lugar en el que se minimice las molestias tanto dentro como fuera de la instalación debido a la evaporación, condensación de agua y formación de hielo.
2a
2.9.
Tanques y esferas de almacenamiento Además de lo establecido en la presente especificación y legislación aplicable, se tendrán en cuenta los criterios de diseño de los cubetos de retención indicados en la ED-Q-03.00.
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3.
DISEÑO GENERAL
Dirección Técnica
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INTERIOR DE UNIDADES
SALA DE CONTROL, CENTRAL
30
NM
SALA DE CONTROL DE LA UNIDAD (NOTA 3)
SALA DE CONTROL DE LA UNIDAD (NOTA 3)
30
NM
NM
AERORREFRIGERANTES
AERORREFRIGERANTES
7,5
30
30
NM
TORRES DE REFRIGERACIÓN
TORRES DE REFRIGERACIÓN
15
30
30
15
NM
DEPÓSITOS
DEPÓSITOS
NM
30
30
3
15
NM
SUBESTACIÓN DE LA UNIDAD (NOTA 3)
SUBESTACIÓN DE LA UNIDAD (NOTA 3)
30
NM
NM
30
30
30
NM
INTERCAMBIADORES, TOP>PDAI
INTERCAMBIADORES, TOP>PDAI°C
7,5
30
30
4,5
4,5
4,5
30
NM
INTERCAMBIADORES, TOPPDAI°c
7,5
30
30
4,5
15
NM
30
4,5
NM
7,5
NM
BOMBAS CON LIQUIDOS, VAPORES INFLAMABLES
BOMBAS CON LIQUIDOS, VAPORES INFLAMABLES
7,5
30
30
3
15
NM
30
4,5
3
15
4,5
NM
EQUIPOS CON SUSTANCIAS NO INFLAMABLES
NM
NM
NM
NM
NM
NM
NM
NM
NM
4,5
4,5
NM
NM
REACTORES, TOP>PDAI,
7,5
30
30
4,5
NM
4,5
30
4,5
4,5
5
5
4,5
4,5
NM
REACTORES, TOP
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