Documentos de Obra
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Descripción: Documentos de Obra: Entrega del Terreno y cuaderno de Obra...
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CURSO TALLER SUPERVISION DE OBRA
INDICE A. B. C. D.
ENTREGA DEL TERRENO CUADERNO DE OBRA OBRAS PROVISIONALES TRABAJOS PRELIMINARES 2
A. ENTREGA DEL TERRENO • Viene a ser uno de los hitos de las 5 condiciones que forma para que se de inicio al plazo de ejecución de obra. - Consiste en que la entidad haga la entrega de terreno donde se ejecutara la obra (Art. 18.4°). - Que tenga libre de disponibilidad. - Que no se encuentren Interferencias. - Suscripción del Acta. 3
A. ENTREGA DEL TERRENO Acto por el cual el propietario o entidad conjuntamente con la supervisión hacen entrega del terreno al contratista para ejecutar la obra. En el evento se firma el acta de entrega del terreno; el acta deberá contener la hora y fecha de la reunión; datos y firmas de los participantes; el estado en que se encuentra el terreno.
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INICIO DE EJECUCION DE OBRA • Las condiciones dadas de inicio de obra deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. • Si la Entidad no cumple con lo dispuesto anteriormente, el contratista tendrá derecho al resarcimiento de daño y perjuicios debidamente acreditados hasta por un monto equivalente al cinco por diez mil (5/10000) y hasta un tope de setenta y cinco por diez mil (75/10000) del monto del contrato por día.
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INICIO DE EJECUCION DE OBRA • La entidad puede pronunciarse sobre dicha solicitud en 10 días hábiles de presentada. Respecto al derecho de resarcimiento, el contratista podrá iniciar una conciliación o arbitraje dentro de los 15 días hábiles vencido el plazo con que cuenta la entidad para pronunciarse sobre la solicitud, la entidad podrá coordinar con el Contratista la fecha del inicio de ejecución. Deberá sustentarse con un informe técnico que deberá formar parte del Expediente de Contratación. 6
B. CUADERNO DE OBRA • Es el documento técnico – legal, que se abre (inicia) en la fecha de entrega del terreno y en el que el inspector o supervisor y el residente anotan las hechos relevantes, consultas y las respuestas a las consultas. • Estos son los únicos profesionales responsables y autorizados para hacer anotaciones relacionados con las ocurrencias, disposiciones técnicas y consultas en orden cronológico. • Se debe firmar después de cada anotación por el autor y en todas sus paginas por los dos profesionales mencionados.
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CUADERNO DE OBRA • Toda obra deberá contar con su respectivo cuaderno de obra, el cual deberá estar debidamente legalizado y foliado. • El original debe permanecer en la obra bajo custodia del residente, que no debe impedir el acceso al mismo. Si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, será causal de aplicación de multa de cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento. • Concluida la obra, el original quedará en poder de la entidad.
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DISPOSICIONES ESPECIFICAS • Características del Cuaderno de Obra – El Cuaderno de Obra en las Obras por Contrata, debe constar de una hoja original con tres (03) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad, otra al Contratista y la tercera al Inspector o Supervisor. – El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra hasta su conclusión, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes y al término de la misma, esta hoja original del cuaderno quedará en poder de la Entidad.
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– El Cuaderno de Obra en las obras por Administración Directa o Encargo debe constar de una hoja original con dos (02) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad y la otra para el Residente o Coordinador.
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ANOTACION DE OCURRENCIAS (Art.) 195) • En el cuaderno de obra se anotaran hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada anotación el inspector o supervisor o el residente, según sea quien efectuó la anotación. • Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita. • El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida totalmente por la Entidad. 12
CONSULTAS SOBRE OCURRENCIAS EN LA OBRA – Las consultas se formulan en el cuaderno de obra y se dirigen al inspector o supervisor, según corresponda. – En una obra por contrata, estas consultas cuando por su naturaleza, en opinión del inspector o supervisor, pueden o no requerir la opinión del proyectista deberán ser absueltas, dentro del plazo de cinco (05) días naturales de anotadas las consultas. – Vencido ese plazo y de no ser absueltas el contratista dentro de los dos (02) días siguientes las hará directamente a la Entidad, la cual deberá resolver en un plazo máximo de cinco (05) días, contados desde el día siguiente de la recepción de la comunicación del contratista. 13
• Las consultas cuando por su naturaleza, en opinión del inspector o supervisor, requieran de la opinión del proyectista ser elevadas por estos a la Entidad dentro del plazo máximo de cuatro (4) días siguientes de anotadas, correspondiendo a esta en coordinación con el proyectista absolver la consulta dentro del plazo máximo de quince (15) días siguientes de la comunicación del inspector o supervisor. • Para este efecto, los proyectistas establecerán en sus respectivas propuestas para los contratos de diseño de la obra original, el compromiso de atender consultas en el plazo que establezcan las Bases.
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CONSULTAS SOBRE OCURRENCIAS EN LA OBRA (Art. 196) • En caso no hubiera respuesta del proyectista en el plazo máximo fijado en el párrafo anterior, la Entidad deberá dar las instrucciones al contratista a través del inspector o supervisor, sin perjuicio de las acciones que se adopten contra el proyectista, por falta de absolución de la misma. • Si en ambos casos, vencidos los plazos no se absuelve la consulta, el contratista tendrá derecho a solicitar una Ampliación de Plazo Contractual por el tiempo correspondiente a la demora. Esta demora se computara solo a partir de la fecha en la que la no ejecución de los trabajos materia de la consulta empiece a afectar la ruta critica del programa de ejecución de la obra. 15
C. OBRAS PROVISIONALES Utilizaremos como guía la reciente Norma Técnica sobre los metrados ya señalada, para mostrar el tema de control, la primera partida tiene la siguiente nomenclatura: 1. OBRAS PROVISIONALES
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OBRAS PROVISIONALES La nomenclatura utilizada en la Norma Tecnica es OBRAS PROVISIONALES Y TRABAJOS PRELIMINARES. Las unidades de medida en edificaciones son m2, ml, global. Para el caso de Habilitacion urbana será m2, ml, Km, global; de acuerdo al tamaño de la habilitación urbana: En ambos casos indicadas en el Exp. Técnico. 17
Muchas Gracias
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