D.M. 024-2014 Gestion Residuos Solidos Obras Civiles

December 7, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DECRETO MUNICIPAL N° 024 2014 COC OCHA HABA BAM MBA 06 DE OCT CTU UBR BRE E DE 20 2014 14

Edw dwin in Ar Artu turo ro Cas aste tell lla anos Mendoz oza a

ALCALDE DEL GOBI BIE ERNO AUTÓNOMO MUNIC ICIP IPA AL DE COCH CHA ABA BAM MBA VISTOS

El Memorán ánddum de Instrucción Nro. 1935, de 06 de octubre de 2014 y

la Constitución Pol olíítica del Estado seña ñalla en su artículo 33 que las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable protegido y equilibrado y que el ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futtur fu uras as ge gene nera raci cion onees  además de otros seres vivos desarrollarse de manera normal y permanente. CONSIDERANDO

Que

Por otro lado nuestro Texto Constitucional re rejiere en el artículo 302 parágrafo I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos en su jurisdicción: 27. Aseo urbano manejo y tratamiento de residuos sólidos en el marco de la política del Estado. la Ley N° 1333 del Medio Ambiente señala en su artículo 1ro. que la presente Ley tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo Que

sostenible con lajinalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Que la Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez señala en su artículo 34 qu quee el go gobbierno au auttón ónoomo municipal está constituido por Un Concejo Mun uniicipa pall con facultad deliberativa jiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias y Un Órgano Ejecutivo presidido por una Alcaldesa o un Alcalde e integrado además por auttor au oriida dade dess enc ncar arga gada dass de la ad adm min iniist strrac ació iónn cuyo cuyo nú núm mero y at atrribu buci cion onees ser erán án es esttab able leccid idas as en la carta or orggán ániica o nor orm mativa municipal la Ley N° 482 482,, de Gob obie ierrno noss Aut utón ónom omos os Mun uniici cipa palles es esta tabl blec ecee en su ar arttícu culo lo 13 que que   entre otra son facultades de las Alcaldesas o Alcaldes de los Gobiernos Autónomos Mun uniici cipa palles dict dictar ar Dec ecrret etos os Mun unic iciipa palles jir jirma mada dass co conj njun unttam ameent ntee co conn las Se Secr cret etar aria iass o lo loss Seccretarios Muni Se niccipal alees para la regl glaamentación de com omppetencias conc ncur urrrentes legisladas por la Asamblea Legislativa Plurinacional y otros. De la misma forma en su artículo 26  numeral 4 , indica que la Alcaldesa o el Alcalde Municipal tiene la atribución de Dictar Decret Dec retos os Mun Munici icipal pales es   con onjjun unttam ameent ntee co conn la lass y los Se Seccre reta tarrio ioss Mun unic icip ipal alees. Que

la Ley Municipal N° 0026/2014 de 09 de abril de 2014 emanada del Concejo Mun uniici cipa pall de Co Coch chab abam amba ba tie iene ne po porr jin no norrmar re regu gullar y sist stem emat atiz izar ar el ej ejeerc rcic iciio le legi gissla lattiv ivoo municipal y el ordenamiento jurídico y administrativo del Gobierno Autónomo Municipal de Coc ocha habbamba estableciendo el pr proocedimiento legislativo mun uniicipa pall para la formulac aciión de norm no rmas as ju jurí rídi dica cass mu muni nici cipa pale less as asim imis ismo mo en su suss ar artí tícu culo loss   3 y   5 señala que el Decreto Municipal es la norma municipal emanada por el Ejecutivo Municipal en ejercicio de sus . competencias y atribuc uciiones a efectos de regl glaamentar la apl pliicac aciión de Leyes Municipales y cuando sean de competencia concurrente reglamentar Leyes Nacionales y Leyes Departamentales.. Departamentales Que

la Ley Municipal N° 0049/2014 de de   5 de julio de 2014 emanada del Concejo Municipal de Cochabamba tiene por objeto establecer el marco normativo para regular y normar la gestión integral del servicio del aseo urbano manejo y tratamiento de residuos sóllid só idos os en tod odas as sus eta tapa pass. Que

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v ) Que por informe técnico CITE DPTM N° 1111/2014 de 30 de abril de 2014 el Departamento de Gestión de Residuos Sólidos y Líquidos dependiente de la Dirección de Protección de la Madre Tierra y la Oficialía Mayor de Desarrollo Económico remite y solicita la Máxima Autoridad Ejecutiva la aprobación del Reglamento que Regular las Actividades Relacionadas con la Generación Manejo  Recolección Transporte  Transporte  Aprovechamiento   Disposición Final y Tratamiento de Residuos Sólidos de Obras Civiles en Aprovechamiento el mu munnic icip ipio io de Co Coccha haba bamb mba. a. Que po por informe Legal D.A.L. N° 896/2014 de 20 de mayo de 2014  la Di Dire reccció iónn de Ase seso sorí ríaa Legal recomienda la emisión del Decreto Municipal para aprobar la Reglamento que Regu Re gula larr la lass Ac Acti tivi vida dade dess Re Rela laci cion onad adas as co conn la Ge Gene nera raci ción ón Man Manej ejoo Re Reco cole lecc cció iónn Tr Tran ansp spor orte te   Aprovechamiento   Disposición Final y Tratamiento de Residuos Sólid Aprovechamiento idoos de Obras Ci Civvile less. Que por informe técnico CITE DPTM N° 2669/2014 de   5 de septiembre de 2014 el el Departamento de Gestión de Residuos Sólidos y Líquidos dependiente de la Dirección de Protección de la Madre Tierra y la Oficialía Mayor de Desarrollo Económico remite el Estudio elaborado por la Dirección de Protección de la Madre Tierra para la determinación de precios unitarios para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de Obras Civiles para el muni mu nici cipi pioo de Co Coch chab abam amba ba.. Que en aplicación a la Constitución Polít ítiica del Esta taddo la la Ley N° 1333 de dell Me Medi dioo Am Ambi bien ente te   la Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez la Ley N° 4 8 2 , de Gobbie Go iern rnos os Au Autó tóno nom mos Mun unic icip ipal ales es la la Le Leyy Mun unic icip ipal al N° 00 0026 26//2014 de 09 de abril de 2014 y la Ley Municipal N° 0049/2014 2014   de   5 de julio de 2014 el el Alcalde del Gobierno Autónomo Muni Mu nici cipa pall de Co Coccha haba bam mba ba..

DECRETA: ARTÍCULO 1° OBJETO). El presente Decreto Municipal, tiene por objeto, REGULAR LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA GENERACIÓN, MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, APROVECHAMIENTO, DISPOSICIÓN FINAL Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE OBRAS CIVILES, en cumplimiento de la Ley Municipal 049, de 25 de julio de 2014. CAPITULO 1 DISP DI SPOS OSIC ICIO IONE NES S GE GENE NERA RALE LES S ARTÍCULO 2° OBJETIVO). El presente Decreto Munic iciipal, tiene como fin proteger el medio ambiente, la salud de la población y el paisaje urbano - rural del municipio. ARTÍCULO 3° ÁMBITO DE APLICACIÓN). Este Decreto Municipal es de estricto cumplimiento y de carácter obligatorio para to toddas las personas naturales o jurídicas, públic icaas o privadas,, que como producto de sus actividades generen RESIDUOS SÓLIDOS DE OBRAS privadas CIVI CI VILE LES S en to toda da lajur lajuris isdi dicc cció iónn de dell Go Gobi bier erno no Au Autó tóno nomo mo Mu Muni nici cipa pall de Co Coch chab abam amba ba.. ARTÍCULO 4° MARCO NORMATIVO). Las disposiciones contenidas en este Decreto Muni Mu nici cipa pall se fu fund ndan an en la lass si sigu guie ient ntes es le leye yes, s, no norm rmas as y re regl glam amen ento tos: s: ~ Consti tittución Políti ticca del Estado. ~ Ley N° 1333 de Medio Ambiente. ~ Ley N° 482 de Gobie ierrnos Autónomos Municip ipaales. ~ Normas Bolivianas de residuos sólidos NB 742 a la 760 aprobadas mediante Resolución dell Min de inis iste terrio de Des esaarr rrol ollo lo Hu Hum mano N° 383 de dell año 20 20009) 9);; ~ Ley Municipal N° 0049/2014, de Gest stiión Inte teggral del Servicio de Aseo Urbano, Manejo y Tra rata tam mie iennto de Resi sidu duos os Sól ólid idos os,, de 25 deju dejuli lioo de 20 2014 14.. ~ Ot Otra rass di disp spos osic icio ione ness le lega gale less co cone nexa xass vi vinc ncul ulaada dass co conn re resi sidu duos os só sóli lido dos. s. 2

 

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ARTÍCULO 5° SIGLAS Y DEFINICIONES). Decr De cret etoo Mu Muni nici cipa pal, l, se ti tien enee la lass si sigu guie ient ntes es::

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Para los efectos del cumplimiento del presente

SIGLAS: • AOP: Actividad, Ob Obra ra o Pr Proy oyec ecto to.. • RSOC: Residuos Sólidos de Obras Civiles. • GIRSOC: Gestión Integral de Residuos Sólidos de Obras Civiles. • GAMC: Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. • DPMT: Dirección de Protección de la Madre Tierra. DEFINICIONES: • Almacenamiento. Es la acción de reunir los RSOC generados en un área y acumulación temp te mpor oral al an ante tess de su re reco cole lecc cció ión. n. • Aprovechamiento. Es el proceso mediante el cual, a través de un manejo integral de los RSOC RS OC,, lo loss ma mate teri rial ales es se re reiinc ncoorp rpor oraan al ci cicl cloo eco connómi mico co pro rodu duct ctiivo en fo form rmaa ef efiici cieent ntee, porr me po medi dioo de la re reut util iliz izac ació ión, n, el re reci cicl claj ajee cu cual alqu quie ierr ot otra ra mo moda dali lida dadd qu quee co conl nlle leve ve be bene nefi fici cios os ambientales,, san ambientales sanita itario rios, s, soc social iales es y/o eco económ nómico icoss. • Autorización. Es el acto administrativo por el cual la Sub alcaldía correspondiente autoriza al generador de RSOC, la acumulación temporal en un espacio definido por el plazo de 48 horas. • Ecorecolector de RSOC: Toda persona natural o jurídica, que efectúe operaciones de apro ap rove vech cham amie ient ntoo pr prim imar ario io de lo loss RS RSOC OC a se serr re reco cole lect ctad ados os y co conf nfin inad ados os.. • Bienes Municipales de Dominio Público: Todo Residuo Sólido de Obras Civiles que se encuentren en lugares de Dominio Púbico tal cual se establece en el Art. 31 de la Ley N° 4822 de Go 48 Gobi bier erno noss Au Autó tóno nomo moss Mu Muni nici cipa pale less so sonn de pr prop opie ieda dadd Mu Muni nici cipa pall. • Contaminación: Es el daño al medio ambiente, como resultado directo o indirecto, del mall ma ma mannej ejoo o tr traata tami mien ento to y dis ispo possic iciión fi finnal de lo loss RS RSOC OC en ár área eass no ap apro ropi piad adas as.. • Disposición Final: Acción de depositar permanentemente los RSOC en sitio adecuado y su tratamiento conforme normas ambientales con la finalidad de evitar daños al Medio Ambi Am bien ente te y ef efec ectu tuar ar un unaa re reme medi diac ació iónn am ambi bien enta tall. • Residuos Sólidos de Obras Civiles RSOC): Son todos los residuos sólidos que se gene ge nera rann co como mo re resu sult ltad adoo de la lass ac acti tivi vida dade dess de co cons nstr truc ucci ción ón,, re reppar arac aciión o de demo mollic iciión de las obras civiles públicas o privadas o de otras actividades conexas, co comp mple leme ment ntar aria iass o análogas  como ser madera, escombro, mat ater eriial de ex exca cavvac ació iónn, ladrillos y restos de agregados). agregado s). • Generador: Es toda persona natural o jurídica, pú públ blic icaa o pri rivvad adaa, que genera por una AOP, re ressid iduuo só sóli liddo de ob obra ra ci civvil il.. • Generación. Es la acción de generar RSOC como resultado de las actividades de •

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construcción, construcción ,ivad repa re para ón,,ot remo re mode dela laci ción ón, , s ma mant nten enim imie ntooplemen o mentar demo de moli lici ción óno aná de logas. lass as. la obra ob rass ci civi vile less pú públ blic icas as o pr priv adas asraci oción de otra ras s ac acti tivi vida dade des cone co nexa xas s, ient comple com tarias ias análog Gestión Integral de Residuos Sólidos de Obras Civiles GI GIRSOC): Es el conjunto de actividades como ser generación, almacenamiento almacenamiento,, recolección, transporte, aprovechamiento,, tr aprovechamiento trat atam amiien entto y disp spos osic ició iónn fi finnal de ac acue uerd rdoo co conn su suss ca cara ract cter erííst stic icaas, para la pr prootec ecci cióón de la sa sallud hu huma manna, los re recu curs rsoos nat atur ural ales es y el me medi dioo am ambbie iennte. Materiales de Construcción: Son tierra, arena, piedra, grava grava,, cascajo cascajo,, ripio ripio,, yeso yeso,, cal cal,, ladrillo,, adob ladrillo adobe, e, cerámicas cerámicas,, azu azulej lejos, os, tej tejas as,, ma made dera rass y ot otro ros. s. Recolección: Acción de recoger o cargar los RSOC a un medio de transporte. Reutilización: Utilizar los RSOC sin ningún tipo de transformación. Transporte: Traslado de los RSOC desde el lugar de generación o almacenamiento temp te mpor oral al ha hast staa el lu luga garr de ap apro rove vech cham amie ient ntoo, tr trat atam amie ient ntoo y di disp spos osic ició iónn fi fina nall. Relleno Sanitario de RSOC: Sitio para el Tratamiento y Disposición Final del RSOC, en lugares habilitados y adecuados, bajo condiciones controladas para evitar daños al ambiente y la sa salu ludd. Actividad, Obra o Proyecto AOP): Actividad, es toda acción que genere RSOC. Obra Obra,, ear squi totect dactóóCni onco struci cvciliónpa realalizco adnastr puocc r ieón ntidaeduna púbolbr icaa se oapprúb ivaldic aa. oPrpori yvad ecdtoa., es todo diseño arq uite nico civ para ra con tru cci bra sea úbl ica riva 3

 

CAPITULO II PROC PR OCED EDEN ENCI CIA A Y CO COMP MPOS OSIC ICIÓ IÓN N DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DE OBRAS CIVILES ARTÍCULO 6° PROCEDENCIA DE LOS RSOC). Los RSOC proceden en su mayor parte de ARTÍCUL la co cons nstr truucc cciión y demolición de edificaciones, de la fabricación de materiales de construcción, desechos oy/o rech re chaz azo o dzacion e lo los s es, mate ma cons prov obra nuev reformas viviendas urbani urb anizac iones , teri erial xcales aes vacde ionco esnstr dtruc eucci sución eón, los, opr eoven jeenie cuient cintes ónesdedeobob raras s sdnu e revas efas, or,mreforma a en caslleen s, avenidas,, ace avenidas cera rass den enttro el ár área ea urb rban anoo o ru rura rall, or oriigi ginnad adoos en ca carr rret eter eras as e inf nfra raeest stru ruct ctuura rass púb úbllic icaas o pri privad vadaas. ARTÍCULO 7° COMPOSICIÓN

DE LOS RSOC). Los RSOC están compuestos por:

Escombros. Son residuos generados en la actividad de construcción, reparación, remodelación remodelación,, ampliación ampliaci ón y demolición de obras civiles, el escombro podría ser un material de construcción, después de haber sufri friddo transformaciones en su textura y estructura a causa de su utilización, generalmeente es una mezcla heterogénea de hormigón, ladrillo generalm ladrillo,, yes esoo, ce cerá rámi mica ca ro rojja, es esma mallta tadda, hier hi erro ro,, vidrio drio,, otro otross. Material de excavaciones. Es material natural del suelo y subsuelo que se originan en excavaciiones, cortes y movimientos de tierras, el material es homogéneo, y con la excavación no excavac cambia de com omppos osiici cióón per eroo si su es esttru ruct ctuura ra,, puede ser valorizado como materia prima para la industria indust ria de cer cerámi ámicas cas,, ma matter eriial de ni nive vela laci cióón o re rell llen enoo y ot otro ross. Restos de agregados. Son los residuos de agregados piedra, graba graba,, cascajo y arena) que no fueron utilizados hasta la conclusión de la obra, alguno de estos materiales pueden ser valorizados. valorizad os. Res esttos de ma made dera ra.. So Sonn to todo doss los de dessper erdi dici cios os de ma made dera ra ut utiili liza zada da pri rinc nciipa palm lmen ente te en el en enco cofr frad adoo para el vaciado de hormigón, también son los residuos generados en demoliciones y son fáci fá cilm lmen ente te se sepa para rado doss de dell es esco comb mbro ro.. Restos de material de construcción. Son los restos de los materiales de construcción como cerámicas,, restos de tuberías, me cerámicas meta tale les, s, ma mate teri rial al el eléc éctr tric icoo, yeso entre otros. También son los residuos generados en la fabricación y comercialización de material de construcción, que generalmente son valorizados como material de segunda o son utilizados para reparaciones pequeñas. pequeña s. CAAS PITUYLO IIIBUCI COMPET COMP ETEN ENCI CIAS ATRI AT RIBU CION ONES ES DE LAS INSTITUCIONES INVOLUCRADAS EN LA GIRSOC ARTÍCULO 8° ATRIBUCIONES DEL GAMC). El GAMC MC,, tie iene ne la lass si sigu guiien enttes at atrrib ibuc uciione ness: l a) Promover y coordinar acciones con entidades públicas o privadas; así como con organismos internacionales para el desarrollo de una GIRSOC en el Municipio de Cochabamba; b) Establecer y actualizar legislativamente las características y atribuciones de las enti en tida daddes que pa part rtic icip ipan an en la pre ressta taci ción ón de los se serrvi vici cioos en cu cuaalq lqui uier eraa de las fa fasses de Gest Ge stió iónn In Inte tegr gral al de Re Resi sidu duos os Só Sóli lido doss Ob Obra rass Ci Civi vile less en el Mu Muni nici cipi pioo de Co Coch chab abam amba ba;; e) Determinar las condiciones técnicas, legales y ambientales de los lugares para la instalació instalac iónn y la ubi bica caci ción ón de un sit itio io ad adec ecua uado do pa para ra el tra rata tam mie iennto y dis ispo posi sici ción ón fi finnal de RS RSOC OC.. d) Implementar en la política municipal incentivos a los sectores, pú públ blic icoo y pr priv ivad adoo, que part pa rtic icip ipan an en la re redu ducc cció iónn y ap apro rove vech cham amie ient ntoo de RS RSOC OC;; 4

 

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Incentivar investigaciones en torno a las diferentes formas de aprovechamiento con el fin de identificar nuevas metodología y tecnologías de aprovechamiento, tratamiento y disposición final de RSOC; Asegurar la difusión e información a la población del Municipio de Cochabamba sobre la política municipal para la gestión integral de RSOC; Asegurar en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización el establecimiento de espacios de participación y cEosntatrbolel cesrociualn ssoisbteremael dseistienmfoarmdaeciG ónIRSaOlCa; ciudadanía y autoridades departamentales nacionales sobre la generación de RSOC, su reducción y aprovechamiento.

y

La Instancia Ambiental Municipal repre ressentada por la DPMT deberá: a) Planificar políticas y lineamientos estratégicos contenidos en el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos. b) Monitorear los procesos que se desarrollan en la GIRSOC y entidades participantes en la GIRSOC. e) Coordinar acciones con entidades públicas y/o privadas; así como con organismos internacionales para la ejecución de la GIRSOC, previa autorización de la MAE. d) Evaluar, proponer y recomendar a la MAE del Órgano Ejecutivo las tarifas del servicio de manejo de vertederos de RSOC, para su aprobación, en función a un proyecto a Diseño Final a nivel TESA. e) Censar y registrar a las empresas recolectoras, transportadoras y aprovechadoras de RSOC.

D ifund,ir enel larePgáisgtirnoa dW e elabs deeml pGreAsaMs C.recolectoras, transportadoras y aprovechadoras de RSOC, RSOC g) Difundir los sitios autorizados para la acumulación temporal de RSOC ante la población en general. h) Elaborar el programa de educación y concienciación ciudadana. i) Controlar y efectuar el seguimiento del presente Decreto Municipal y el cumplimiento de la legislación Municipal, para lo cual ejecutara labores de inspección y verificación a los establecimientos privados, construcciones,, construcciones esta es tabl blec ecim imie ient ntos os pú públ blic icos os,, in indu dusstr tria iale less y ot otro ross. j Efectuar el cobro de las multas, establecidas en el presente Decreto Municipal. f

111.

Las Sub Alcaldías a través de los responsables de urbanismo y trámites admi ad mini nist stra rati tivo vos, s, ti tien enee la lass si sigu guie ient ntes es ob obli liga gaci cion ones: es: a) Serán responsables del control, seguimiento y cumplimiento de la GIRSOC de AOP públicas y privadas en sus respectivas jurisdicciones; además de la difusión del

b) e) d) e) IV.

pCroensetrnotlear DyecerfeetoctuaMr unlaicbiopraels ddee RinSsO peCc.ción y verificación en establecimientos privados o pú públ blic icos os,, las construcciones de manera coordinada con la DPMT. Sancionar a las entidades públicas o privadas, individuales o colectivas y ciudadanía en general que no cumplan el presente Decreto Municipal. Efectuar el cobro de las multas, establecidas en el presente Decreto Municipal. La Unidad de Medio Ambiente de las Sub Alcaldías deberá realizar inspecciones técnicass de seguimiento a las tareas anteriormente señaladas. técnica

La Empresa Operadora de la Disp spos osic ició ión n Fi Fina nal, l, ti tien enee la lass si sigu guie ient ntes es ob obli liga gaci cion ones: es: a) Consolidar una base de datos y estadísticas de RSOC que ingresen al relleno sanitario para el tratamiento y disposición final, de manera que garantice la generación de datoss técnicos de producción, uso, valorización, evaluación, monitoreo de toda la dato cadena de RSOC RSOC.. b) Coordinar con todas las Autoridades del GAMC y entidades privadas para que coadyyuven a la difusión y cumplimiento del presente Decreto Municipal. coad

e)

Cumplir con las disposiciones

legales ambientales vigentes. 5

 

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d) Denunciar y reportar a las Sub Alcaldías de acuerdo a su jurisdicción) las AOPs que incu in cump mpla lann co conn la lass di disp spos osic icio ione ness es esta tabl blec ecid idas as en el pr pres esen ente te De Decr cret etoo Mu Muni nici cipa pall. V.

La Dirección de Comunicación del GAMC tiene la obligación de implementar actividades de di diffus usió iónn de dell pr pres eseent ntee De Deccre reto to Mun unic icip ipal al de man aneera act ctiv iva, a, in inccor orpo pora rand ndoo pr pres esup upue uest stoo anual para programas de promoción y fomento para el manejo de RSOC.

VI .

Las empresas de recolección y transporte de RSOC sean públicas, privadas o municipales lega le galm lmen ente te es esta tabl blec ecid idas as,, se será ránn re resp spon onsa sabl bles es de de:: a) Recolecta tarr y tr traansportar. b) Proponer tarifas de recolección y transporte de RSOC ante el órgano ejecutivo municipal.. municipal e) Elaborar anualmente Pla lannes de Operación de la prest staación de servic iciios, conteniendo mínimamente: los horarios y rutas del transporte, el tipo y la capacidad de los vehículos, el número de trabajadores, el lugar de estación base, y los volúmenes proyectados de transporte. Además estos planes deberán contener estadísticas mensuales de todos los servicios prestados en las fases de la GIRSOC de acuerdo a loss in lo indi dica cado dore ress so soli lici cita tado doss po porr DP DPMT MT.. d) Presentar con 30 días calendario de anticipación al inicio de la gestión, los Planes de Oper Op erac ació iónn pa para ra su ap apro roba baci ción ón an ante te la DP DPM MT.

ARTÍCULO 9° OBLIGACIONES DE LOS ACTORES DE LA GIRSOC). I. Los gen genera erador dores: es: a) Soli liccit itaaran a través de una not otaa, la autorizació iónn de constr truucció iónn, demolición, tr traabajo joss menores y/o excavaciones de acuerdo a la categoría de generación ante la Sub Alcaldía correspondie iennte, para lo cual el generador detallará el manejo de los RSOC de su AOP. b) Con onta tarr con li lice cenc ncia ia am ambi bien enta tal, l, si co corrre resp spon onde de.. e) Presentar una copia del contrato de recolección y transporte de RSOC, con las empresas públic icaas, privadas o municipales, al momento de so sollicitar la autorización establecida en el inciso a), a la Sub Alcaldía correspondiente. En caso de realizar la recolección y tr traaslado de RSOC por cuenta propia, debe prese senntar a la Sub Alcaldía, unaa de un decl claara racció iónn ju jura rada da se segú gúnn fo form rmul ular ario io qu quee es ane nexo xo al pr preese sent ntee de decr cret etoo mun unic icip ipal al,, el mism smoo se encont ntrrará en la págin inaa web del GAMC. d) Deberá solicitar la autorización al GAMC, a través de la DPMT así como el pago del servicio de tratamiento y disposición final que efectuará el GAMC en el Relleno Sanitario. e)

Cum umpl plir ir con la lass di disp spos osic icio ione ness na naci cion onaale les, s, de depa part rtaame ment ntaale less y mu muni nici cipa pale less am ambi bieent ntal ales es vigentes. f Establecer un sitio de almacenamiento temporal para los RSOC dentro de los lími lí mite tess de dell pr pred edio io.. Ex Exce cepc pcio iona nalm lmen ente te pr prev evia ia aut utor oriz izac ació iónn de la Sub Al Alccal aldí día, a, a tr traavé véss del responsable de urbanismo y trámites administrativos se autorizará el uso del espacio público, donde la condición será evitar al máximo la obstrucción del paso peat pe aton onal al y ve vehi hicu cula larr. g) Entregar los RSOC libres de residuos plásticos, papeles, materiales, orgánicos, sust su stan anci cias as li liqu quid idas as o ex excr cret etas as.. h) No entregar RSOC madera) quemados, salvo casos fortuitos como incendios y catást cat ástrof rofes es nat natura urales les..

11. Los Distritos y Juntas Vecinales como representantes de la ciudadanía y en defensa de los derechos de lo loss usuarios conformarán Comis isiiones de vigila lanncia del manejo de RSOC en sus respectivas zonas, debiendo denunciar cualquier manejo irregular y daño ambiental a la unid un idad ad de me medi dioo am ambi bien ente te de la Su Subb Al Alca cald ldía ía co corr rres espo pond ndie ient nte. e.

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ARTÍC ÍCU ULO 10 CO COM MPO PONE NENT NTES ES DE DEL L GI GIRS RSOC OC .  

Los componentes de la GIRSOC para efectos de este Decreto Municipal se consideran a las siguien sig uientes tes ope operaci racione ones: s: a) Genera racció iónn y Alma Almacen cenamie amiento nto Tem Tempor poral al.. b) Recolección y Transporte. e) Aprovechamiento. d) Trata tamiento miento y Di Disp spos osic ició iónn fi fina nall. CAPIT CAP ITUL ULO O IV DE LA GENERACIÓ IÓN N Y ALMACENA NAM MIE IEN NTO TEMPORAL DE LOS RSOC ARTÍCULO

RES ESID IDUO UOS S NO CON ONS SID IDER ERA ADO DOS S COM OMO O RSO SOC C . No hacen parte de los

 

RSOC ningún resid iduuo sólido: tóxico co,, ce cent ntro ross de sa salu ludd, domiciliarios domiciliarios,, co come merc rcia ial, l, de se serv rvic icio ioss, de lim li mpiez ezaa de zonas ver erddes rec ecrrea eattivas o de jar arddinerí ríaa. Así mismo se excluyen an aniimal alees muertos, muebles,, enseres muebles nseres,, par parte tess ve vehí hícu culo los, s, ch chat atar arra rass, el elect ectró róni nico coss o si simi mila lares res;; sin importar el volumen de éstos.. éstos DEL DE L SE SEGR GREGA EGADO DO . Los RSOC deberán ser segregados de manera directa

ARTÍCULO 12

 

por el generador o est estee de debe berá rá co conntr trat atar ar a un ec ecoore reco cole lect ctor or pa para ra qu quee ef efec ectu tuéé dic icha ha la labo bor, r, don ondde el segregad egregadoo consis consisti tirá rá en retirar materiales de interés económico o de reutilización como ser maderas,, fi maderas fierros erros,, vidri idrioos, plásticos plásticos,, pap papeles eles,, cart cartone oness, ma mate teri rial ales es ce cerá rámi mico coss en entr tree ot otro ross, es esta ta ac accción se de debe berrá rea eali liza zarr pr preevio a su entrega, re reco colec lecció ciónn y tra trans nspo porte rte..  

ARTÍCUL ARTÍC Todo resi o sólido dULO e O obra13civ ivil ilDEquLeAseGE geNnEerReAeCnIÓoN brasDE ubR icS adOaC s eEnNárÁeaREpA úblPicÚaBsLeIrC á Am.anTo ejado do re psidu orduo el

generador,, debiendo re generador rettirar los RSOC en un plazo de 48 horas del lugar de almacenamiento temporal,l, durante su pe tempora perm rman anen enci ciaa es esto toss ma mate teri rial ales es de debe benn es esta tarr de debi bida dame ment ntee ai aisl slad ados os,, to toma mand ndoo las medidass pa medida parra impedir que se dis isem emin inee por cu cual alqqui uier er fo form rmaa o qu quee li limi mite tenn la ci circ rcul ulac ació iónn ve vehi hicu cullar o peatonall. peatona ARTÍCULO ARTÍCUL O 14 LA AUTORIZACIÓN PARA LA GENERACIÓN DE RSOC EN ÁREA PÚBLIC BLICA A O PR PRIV IVAD ADA A . Aquellas pers rsoonas nat atuurales o jurídicas sean estas de instit ituuci cioones  

públicas o pri públicas privvad adas as que requiera rann re reaaliza zarr trab abaj ajoos en áre reaas públicas o privadas donde se genere renn RSOC,, de RSOC debben obtener las au auto tori riza zaci cion ones es de la Su Subb Al Alca cald ldía ía qu quee co corr rres espo pond ndaa, de debi bien endo do se seññalizar el sitio de almac almaceenamiento temporal y aislar mediante la colocación de señales preventivas, regglame re lamentar ntariias e in info forrmativas mativas.. Prev evia iam mente a la autoriza zacción el gen eneerad adoor debe pre ressentar a la Sub Alcaldíaa copia del con Alcaldí onttra rato to de re reco cole lecc cció iónn y tr tran ansp spor orte te,, así como la autorización y pago al GAMC por el trata ratamient mientoo y dis ispposición fi finnal del RSOC OC.. Salvo las obras que ejecute el GAMC o las empres mpresas as munici unicipal palees po porr ad admi mini nist strac ració iónn di direc recta. ta. CAPITU CAPI TULO LO V DEMOLICIÓN

Lass co cons nstr truc ucci cion ones es qu quee ha haya yann ob obte teni nido do la au auto tori riza zaci ción ón para ARTÍCU ARTÍC ULO 1 5 0  DEMOLICIÓN . La

la de dem molic oliciión deberán cum umpl plir ir co conn la lass no norm rmas as té técn cnic icas as es esta tabl blec ecid idas as pa para ra la de demo moli lici ción ón y suje ujetarse tarse al ca capí píttulo presen presente. te. ARTÍCULO 16 ARTÍCU TRASLA TRASL ADO .

 

HORARIO

P ARA LAS DEMOLICIONES,

RECOLECCION

 

a) Las Las demolicio ionnes en toda la jurisdicción del GAMC, deberán realizarse en el horario de 06::00 a.m. a 22:0 06 :000 p. p.m. m. b) La recol recoleección y traslad adoo de los RSOC generad adoos en las dem emoolic iciiones para los distrito tritoss 10 10,, 11 Y 12 deberá re reaali lizzars rsee en horari rioos de 20:00 p.m. a 5:00 a.m. En los demás distritos no existen ex isten restricc restriccio ione ness de hor orar ario io.. e) Sa Sallvo las ob obra rass que ejecute el GAMC o las empresas municip ipal alees por administració raciónn directa ecta.. 7

 

ART RTÍC ÍCU ULO 17° NORM NORMAS AS TÉC ÉCN NIC ICAS AS). ). Para Pa ra re real aliz izar ar un unaa de demo moli lici ción ón se deb eber eráá cu cump mpllir con lo si sigu guie ient nte: e: a) Cumplir con la protección del área que se pretende demoler, uti utiliz lizand andoo ade adecua cuadam dament entee precintos de seguridad que delimiten la zona sin obstruir el tráfico vehicular, con el fin de resg re sgua uard rdar ar la se segu guri rida dadd de la lass pe pers rson onas as.. b) Utilizar una cantidad de agua suficiente en la parte a demoler, para no generar partículas en sus uspe pennsi sión ón o polv lvoo y ca cauusa sarr mole molessti tias as al ve veci cino no y tra rans nseú eúnnte tes. s. CAPITULO VI DE LA RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RSOC ARTÍCULO 18° RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE). l Lass per La ersson onas as nat atuura ralles o jur uríd ídic icas as que gen ener eren en RS RSO OC so sonn re resp spoons nsab ablles de la re reco collec ecci ción ón y el transporte de estos RSOC hasta los lugares autorizados para su tratamiento y dispos dis posici ición ón fin final al.. 11. En caso de suscribir un contrato para la recolección y el transporte de estos residuos sólidos, con una empresa pública, privada o municipal, ésta será la responsable de recolectar y trasladar los RSOC hasta los lugares autorizados para su tratamiento y dispos dis posici ición ón fin final al..   La empresa pública, privada o municipal prestadora del servicio de transporte de RSOC, sola lame mennte re reco cole lect ctar aráá y tr tras asla laddar aráá RS RSO OC qu quee es esttén li libr bres es de re resi sidu duos os:: plá lássti tico cos, s, pa pappel eles es,, tóxico tóx icos, s, org orgáni ánicos cos,, su sust stan anci cias as li liqu quid idas as o ex excr cret etas as,, in infe fecc ccio ioso soss, am ambu bula lato tori rio, o, de li limp mpie ieza za de zo zona verd recr crea ivas jard anim muer mue bles nser ehí culo los plánas stsicove s;rdes sesin re im peat ortiv taraselo vde oluja mrdin einer n erí díea,ésan toimal s ales y es otrmu os erto qutos es,nomu seebl ces, on, seidns ereres enes,,RvSeh OíCcu a sloys luga lu gare ress au auto tori riza zado doss pa para ra su tr trat atam amie ient ntoo y di disp spos osic ició iónn fi fina nall. ARTÍCULO 19° CONSIDERACIONES DE LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE). Los veh ehíícu cullos au auttom omot otor ores es de desstin inad adoos al tra rans nspo port rtee de lo loss ma mate teri rial ales es co cont ntem empl plad adoos en el pre rese sennte Decreto Municipal deberán ser adecuados y mantenidos de acuerdo a las siguientes especificaciones: a) El contenedor o tolva deberá estar en buen estado de mantenimiento, en forma tal que no hay ayaa lug ugar ar a der erra rame mess, pér érddid idaa de ma matter eria iall o esc scuurr rrim imiien entto de ma matter eria iall hú húme medo do du dura rannte el transporte. b) La carga debe estar acorde a la capacidad del contenedor o tolva, debiendo cubrir la carga con el fin de evitar la dispersión de la misma. El material de la cubierta debe ser resistente y estar bien sujeto a las paredes exteriores de la tolva, de manera que impida la fuga del mate ma teri rial al qu quee se tr tran ansp spor orta ta.. e) En caso de pérdida o derrame de material en áreas de espacio público, éste deberá ser recogi reco gido do in inme medi diat atam amen ente te po porr el re resp spon onsa sabl blee de dell tr tras asla lado do de lo loss RS RSOC OC.. ART RTÍÍCU CUL LO 20 20°° AP APRO ROV VEC ECH HAM AMIE IEN NTO Y RE RESP SPON ONSA SABI BIL LID IDA AD). Toda persona natural o jurídica que genere RSOC y desee efectuar un aprovechamiento de los missmo mi moss, que uedda co como mo di dire rect ctoo re resspo pons nsab ablle de su uso so.. CAPITULO VII TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RSOC ARTÍCULO 21 °  RESPONSABILIDAD). El tr trat atam amiien entto y di disp spos osic iciión fi finnal de los RS RSO OC, es re resspo pons nsab abil ilid idad ad de dell GAM AMC, C, és éste te a su ve vezz pod odrá rá del eleg egar ar a una em emppre ressa pú públ blic ica, a, pri rivvad adaa o mun unic iciipa pall, par araa qu quee la mi missma se seaa re resspo pons nsab ablle di dire rect ctaa de dell mannej ma ejoo de es esttos os.. ARTÍCU ARTÍ CULO LO 22 22°° UB UBIC ICAC ACIÓ IÓN) N).. El GAMC a tr trav avés és de la lass in inst stan anci cias as pe pert rtin inen ente tess y lo loss in inst stru rume mennto toss le lega galles ne nece cessar ariios os,, det eter ermi mina nará rá el sit itio io par araa el tra rattam amie iennto y dis ispo posi sici cióón fi fina nall de los RS RSO OC. 8

 

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(~::fi (~:: fikL~/U:c kL~/U:c//tjz~1f-  

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(~([X~ ~([X~~ ~c/¿;cv¡¡a~v¡¡a ¿;cv¡¡a~v¡¡a//

ARTÍCULO 23 OPERAD OPERADOR OR). ). La op opeera raci ción ón pa para ra el tr trat atam amie ient ntoo y dis ispposic osiciión final de lo loss RSOC, es respons nsaabili liddad del GA GAM MC, éste a su vez podrá delegar a una emp mprresa públ bliica, privada o municipal, para que la misma sea resp re spon onsa sabl blee di dire rect ctaa de la op oper erac ació ión. n.  

ARTÍCULO 24 COSTO POR LA RECOLE COLEC CCIÓ CIÓN N  

Y TR T RANSPORT PORTE E DE RSOC).

E l G A M Cl, el estsigu leient centeea co trasto voéspo drelRe Ecole stulecc dcció ioión dne yCTr osansp tospor s orte deteOde perRS aciOC. ón . adjunto al presente Decreto Muni Mu nici cipa pal, siabguie cost por Reco Tran RSOC P . U . e n B o liv ia n o s

U n id a d

a ) < 1 0 K m d el e l s itit i o d e d i s p o s ic ic ió n f i n a l

2 3  4 2

 B s . l m 3 

b) ~10 Km

2 8  1 8

  B s . l m 3 

3 3  7 8

  B s . l m 3 

SERVICIOS R e c o l e c c ió n

s p o rt e y T ra n sp

 

de RSO C

s i ci c i ón ó n f in in a l s 1 6 k m d e l s i t i o d e d i s p o si

e ) > 1 6 K m d e l s i t i o d e d i s p o sic s ic i ó n fifinn a l

 

A UL ISPOSI CIÓN SOC ).to al pr ElRT GÍACM COest2a5blecCeOaSTtrOavéPsOdRel LEAstD udIS ioPOSICI de C oÓN stos dFINAL e OperaDE ciónRSO adjCun unt preesente Decreto Municipal,, el si Municipal sigu guie ient ntee cos osto to po porr Di Disp spos osic ició iónn Fin inal al de RS RSOC OC.. SERVICIOS D isposi isposicc i ó n

F in a l d e R S O C

P . U . e n B o liv ia n o s

U n id a d

6   57

 B s . lTon )

CAPITUL CAPIT ULO O VIII DE LAS PROH ROHIIBI BIC CIO ION NES E INFRACCI CIO ONES ARTÍCULO 26 PROHIBICI PROHIBICION ONES). ES). Qued Qu edaa te term rmina inante nteme ment ntee pr proh ohibi ibido: do:  

ab) M troonoti tippaoptdoes rpeasi sid Treazncslpaorrtlaors R loSsORCSOcoCn ecnuavlqehuíiceur lostr raduto. al propósito o que no cumplan con las cond co ndic icio ione ness es esta tabl blec ecid idas as en el pr pres esen ente te De Decr cret etoo Mu Muni nici cipa pall. e) Depositar o almacenar en las vías públicas o en bienes de dominio público RSOC que no cue uent nten en co conn au auto torriz izaaci ción ón de la Su Subb Al Alca cald ldía ía co corr rreesp spon ondi dieent nte. e. Sa Sallvo las obras que ejecute el GA GAM MC o la lass emp mpre resa sass mun unic icip ipal ales es po porr ad adm min inis istr traaci ción ón di dirrec ecta ta.. d) Depo possita tarr lo loss RSOC en lu luggares no auto torrizados. e) La empresa pú púbblic icaa, privada, munic icip ipaal o pe perrson onaa na natu turral respons nsaable de la recolecció iónn o tran tr ansp spor orte te de RS RSOC OC,, es está tá pr proh ohib ibid idaa de lle leva varr lo loss RS RSOC OC a la lass to torrre rent nter eras as,, ví vías as,, ár área eass ve verd rdees área ár eass de eq equi uipa pami mien ento to,, rí ríos os y otros lugares que no sean los auto torrizado doss po porr el GAMC para el tra tratam tamien iento to y di disp spos osic ició iónn fi fina nall de és ésto tos. s. ARTÍCULO 27 INFRACCI INFRACCIO ONES). Se co cons nsid ider eran an in infr frac acci cion ones es,, a to todo doss los ac acto toss u om omis isio ione ness qu quee co cont ntra rave veng ngan an to todo do lo es esta tabl bleeci cido do en el pr pres esen ente te De Decr cret etoo Mu Muni nici cipa pall y específicame específicamennte lo loss si sigu guie ient ntes es::  

1)

INFRACCIONES LEVES 9

 

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 ~-rY/tCV¿a47? rY/tCV¿a47?/ /¿~

a) Depositar RSOC en los recipientes destinados a residuos sólidos domiciliarios porr lo po loss ci ciud udad adan anos os.. b) Depositar RSOC en los lugares autorizados por un periodo mayor a las 48 horas. e Dejar restos de RSOC en las áreas públicas después del recojo por el responsable de rec ecoj ojoo y tran ansspo porrte te.. d Recoger y transportar RSOC fuera de los horarios establecidos en el presente Decr De cret etoo Mu Muni nici cipa pall. e T aputnoiscipoalq. ue no cumplan con los requisitos deratenrsmpoinratadros RS enOC el pernesevnetheícuDloescretnoo M

Dispersar RSOC en las vías públicas durante el transporte. g Que las AOPs no cuente con la Autorización de: construcción, demolición, trabajos menores, construcción de cajeros automáticos y excavaciones o movimientos de tierra, emitida por la Sub Alcaldía correspondiente. h Que las AOPs no cuente con la Licencia Ambiental. f

11)

INFRACCIONES GRAVES a Depositar RSOC en los ríos, torrenteras, franjas de seguridad, canales de drenaje. b Depositar RSOC en las carreteras, áreas verdes, parques urbanos, sitios baldíos

públicos o privados, espacios de uso público y áreas que comprometan el drenaje natural de áreas urbanas. e Depositar RSOC fuera de lugares que no estén autorizados por el GAMC.

APSITSA UL O IONE IX DE C LAS LA SANC NCIO NES S ARTÍ AR TÍCU CULO LO 28 28°° SA SANC NCIO IONE NES) S)..

Las sanciones serán pasibles a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas por infracciones al presente Decreto Municipal, las mismas que deberán pagar a la Dirección de Recaudaciones del GAMC. Las sanciones seguirán las siguientes escalas y multas: l

Infr In frac acci cion ones es le leve vess

La infracción a los incisos a), b), e y d), del artículo 27, parágrafo 1 tendrá una sanción de Bs. 350 2. La infracción a los incisos e) y f del artículo 27, parágrafo 1 tendrá una sanción de Bs. 500 3. La infracción a los incisos g) y h), del artículo 27, parágrafo 1, te t endrá una sanción de 1.

Bs. 800

11.

Infracciones graves 1. La infracción al inciso a), de dell artí artícu cullo 27, 27, pa parrág ágra rafo fo Il, tendrá una sanción de Bs. 1.000.2. La infracción al inciso b), de dell art rtíícu cullo 27 27,, par aráágr graf afoo Il, tendrá una sanción de Bs. 1.500.3. La infracción al inciso e), del artículo 27, parágrafo Il, tendrá una sanción de Bs. 2.000.-

ARTÍCULO 29° REPOSICIÓN DEL BIEN DAÑADO).

El pago de la multa por la infracción cometida, no exime al infractor la reposición del bien dañado o des destru truido ido,, el que deberá ser restituido en las mismas condiciones originales.

 

 

;-

 

ARTÍ TÍCU CULO LO 30° UNID IDA ADES DE CONT NTRO ROL L). Están encargados del control y de la emisión de la boletas de infracción la DPMT y las Sub Alca calldía íass den entr troo de su ju juri rissdi dicc cciión, deb ebiien endo do ha haccer ope pera rattiv ivoos de man aner eraa in inddiv iviidu dual al o de man aner eraa coordinada. CAPITULO X DIFU DI FUSI SIÓN ÓN Y CO CONC NCIE IENC NCIA IACI CIÓN ÓN ARTÍCU ARTÍ CULO LO 31 31°° DI DIFU FUSI SIÓN ÓN). ). El órgano ejecutivo municipal a través de la DPMT en coordinación con la Dirección de Comu Co muni nica caci ción ón y la in inst stan anci ciaa op oper erat ativ ivaa re resp spon onsa sabl blee de la ed educ ucac ació iónn y co conc ncie ienc ncia iaci ción ón am ambi bien enta tall en EMSA, quedan encargadas de difundir la presente norma para lograr su cumplimiento, conocimiento,, ed conocimiento educ ucac ació iónn y co conc ncie ienc ncia iaci ción ón en lo loss ha habi bita tant ntes es de dell Mu Muni nici cipi pio. o. ARTÍCU ARTÍ CULO LO 32 32°° EDUC EDUCAC ACIÓ IÓN N Y CO CONC NCIE IENC NCIA IACI CIÓN ÓN). ). El programa de educación y concienciación ciudadana, estará a cargo de la DPMT en coordinación con la Dirección de Comunicación del GAMC y la instancia de comunicación y educ ed ucac ació iónn am ambi bien enta tall de EM EMSA SA.. DISP DI SPOS OSIC ICIÓ IÓN N TR TRAN ANSI SITO TORI RIA A DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- La aplicación y puesta en marcha del presente Decreto Municipal será en el lapso de seis meses calendario durante este período no se aplicarán lass sa la sanc ncio ione ness es esta tabl blec ecid idas as en el ar artí tícu culo lo 28 de dell pr pres esen ente te De Decr cret etoo Mu Muni nici cipa pall. DISP DI SPOS OSIC ICIO IONE NES S FI FINA NALE LES S DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Los costos para la Recolección y Transporte de RSOC y para la Disposición Final de RSOC consignados en los artículos 24 y 25 del presente Decreto Municipal, fueron establecidos en el ESTUDIO PARA LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS PARA LA GIRSOC EN EL MUNICIPIO DE COCHABAMBA , elaborado por el DPM PMT T y son re resspons nsab ablles con onfo form rmee el ar artí tícu culo lo 38 de la Ley N° 1178 de Admi mini nisstr trac aciión y Co Conntr trol ol Gubernamentales. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- Quedan abrogadas y derogadas las Resoluciones Ejec Ej ecut utiv ivas as y to todo doss lo loss ar artí tícu culo loss co cont ntra rari rios os al pr pres esen ente te De Decr cret etoo Mu Muni nici cipa pall. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.- Todos los servidores públicos, así como los ciudadanos son responsables de cumplir el presente Decreto Municipal en aplicación de la Ley Municipal 0026/2014, de 09 de abril de 2014. 0026/2014, DISP DI SPO OSI SIC CIÓ IÓN N FI FIN NAL CU CUA ART RTA A.- La DPMT deb ebee em emit itiir un in info form rmee soli lici cittan anddo la Abr brog ogac ació iónn de la Ordenanza Municipal N° 2861, de 02 de agosto de 2002, ante el Concejo Municipal por las instanci inst ancias as pert pertinen inentes. tes. DISPOSICIÓN FINAL QUINTA.- El presente Decreto Municipal entrará en vigencia una vez Pubbli Pu lica caddo en la Gac acet etaa Mu Munnic icip ipal al de dell Órg rgaano Eje jecu cuti tivvo y en un med edio io de pre rens nsa. a.

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