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July 16, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Lorema González Delgado Paula Samchis Peiró

Temario de oposiciones

AUDICIÓN Y LENGUAJE Lorena Álvarez Delgado Paula Sanchis Peiró

Temario de oposiciones de AUDICIÓN Y LENGUAJE

Edificio CREA · Avda. de les Jacarandes nº 2 - loft 327 46100 Burjassot - Valencia Tels. 960 624 309 - 963 76 85 42 - 610 900 111

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23/07/2021 17:54:44

Temario de oposiciones

AUDICIÓN Y LENGUAJE Lorena Álvarez Delgado Paula Sanchis

Edición 2021 Autor: Lorena Álvarez Delgado y Paula Sanchis Maquetación: Educàlia Editorial Edita: Educàlia Editorial Imprime: Grupo Digital 82, S. L. ISBN: 978-84-18777-31-8 Depósito legal: En trámite Printed in Spain/Impreso en España. Todos los derechos reservados. No está permitida la reimpresión de ninguna parte de este libro, ni de imágenes ni de texto, ni tampoco su reproducción, ni utilización, en cualquier forma o por cualquier medio, bien sea electrónico, mecánico o de otro modo, tanto conocida como los que puedan inventarse, incluyendo el fotocopiado o grabación, ni está permitido almacenarlo en un sistema de información y recuperación, sin el permiso anticipado y por escrito del editor. Alguna de las imágenes que incluye este libro son reproducciones que se han realizado acogiéndose al derecho de cita que aparece en el artículo 32 de la Ley 22/18987, del 11 de noviembre, de la Propiedad intelectual. Educàlia Editorial agradece a todas las instituciones, tanto públicas como privadas, citadas en estas páginas, su colaboración y pide disculpas por la posible omisión involuntaria de algunas de ellas. Educàlia Editorial Avda. de les Jacarandes 2 loft 327 46100 Burjassot-València Tel. 960 624 309 - 963 76 85 42 - 610 900 111 Email: [email protected] www.e-ducalia.com

Temario oposiciones Audición y Lenguaje

TEMA 3: EL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE LOS ALUMNOS Y SU RELACIÓN CON EL CURRÍCULO. DECISIONES DE ESCOLARIZACIÓN. LA EVALUACIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO Y CRITERIOS DE PROMOCIÓN PARA ESTOS ALUMNOS.

1.- Introducción. 2.- El proceso de identificación y valoración de las necesidades educativas especiales de los alumnos y su relación con el currículo. 2.1 La evaluación como método de identificación de las necesidades 2.2 Colaboración de la maestra de audición y lenguaje en el proceso de identificación.

3.- Decisiones de escolarización. 3.1.- Proceso y criterios de escolarización de los alumnos con nee 3.2.- Modalidades de escolarización

4.- Conclusión. 5.- Bibliografía y webgrafía. 6.- Legislación.

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1.- INTRODUCCIÓN.

Los centros educativos tienen el gran reto de desarrollar estrategias de enseñanza y aprendizaje que faciliten la inclusión de todo el alumnado al sistema educativo actual, incluido el alumnado con necesidades educativas especiales.

La identificación de estas necesidades es un paso clave para determinar los recursos necesarios y así proporcionar una respuesta educativa ajusta a las características individuales de cada niño y niña. Así pues, se entiende la atención a la diversidad como uno de los pilares fundamentales sobre los que se sustenta la educación de calidad.

A lo largo de este tema trataremos el proceso de detección o identificación de las necesidades educativas especiales, su valoración y las decisiones curriculares o de escolarización más adecuadas a estas necesidades.

2.- EL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL CURRÍCULO

El concepto de necesidades educativas especiales (a partir de ahora NEE) aparece por primera vez en 1978 en el informe Warnock, más tarde con la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y autores como Marchesi y Martín (1990), el CNREE (1991) y Calvo y Martínez (2002) se define al alumnado con NEE como aquel que por cualquier causa, tiene dificultades para acceder a los aprendizajes establecidos en el currículo para su edad, precisando para compensar estas una ayuda más específica que el resto de sus compañeros.La ley orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) el término NEE queda englobado dentro de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (a partir de ahora NEAE), junto con: - del alumnado con altas capacidades intelectuales, - el alumnado de incorporación tardía al sistema educativo - el alumnado con Necesidades de Compensación Educativa. Actualmente la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOMLOE )establece en el artículo 73 que se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que afronta barreras

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que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.

Cabe señalar que hay niños y niñas que antes de ser escolarizados presentan dificultades, y en este caso, son los servicios sanitarios o las familias las que detectan necesidades. Esta información se transmite a los equipos de atención temprana para que Realice una evaluación psicopedagógica al niño / a. En base a los resultados se decide la respuesta educativa más adecuada al niño / a.

Por otra parte, encontramos alumnos escolarizados que presentan dificultades.En este caso, normalmente es el tutor quien detecta las necesidades. Este solicita orientación a otros profesionales como el orientador, maestro de audición y lenguaje, o pedagogía terapéutica. Quienes proporcionan un conjunto de actuaciones de adecuación de la práctica educativa, si estas adecuaciones no resuelven las necesidades del alumno, hay que hacer una valoración más exhaustiva,a partir del currículo y el contexto particular de aprendizaje, tal y como tratamos más adelante. No debemos olvidar que el currículo es el referente básico para la identificación y valoración de las necesidades, ya que de él parten los conocimientos que se consideran básicos para cada curso educativo.

El centro debe tener muy en cuenta el alumnado con NEAE en el desarrollo del currículo y la concreción curricular. Según Miguel López Meler, para que el currículum tenga en cuenta a los alumnos con NEE debe contemplar tres Principios: 1. Flexibilidad, cada alumno aprende a su ritmo. 2. Trabajo cooperativo, los alumnos con NEE participarán en las mismas actividades que su grupo-clase. 3. Principio de acomodación, el cual consiste en tener en cuenta las necesidades de los Alumnos con NEE para elaborar la planificación escolar.

2.1 LA EVALUACIÓN COMO MÉTODO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS NECESIDADES

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Entendemos la evaluación psicopedagógica como el proceso de recogida, análisis y valoración de toda la información relativa y relevante de los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza- aprendizaje del alumno. Esta evaluación psicopedagógica ha de contener una serie de aspectos básicos: -

En primer lugar está que esta se realiza para comprobar si las dificultadesd

e aprendizaje son puntuales y se pueden resolver con recursos ordinarios o si implica una necesidad educativa especial. En este caso será necesario para: tomar las decisiones relativas a su escolarización,propuestas extraordinarias de flexibilización del periodo escolar, elaboración de Adaptaciones Curriculares Significativas, propuestas de diversificació y/o determinación de recursos. -

Temporalización: Una evaluación psocopedagógica se realizará en los

siguientes momentos: 

Cuando hay que tomar las decisiones para la escolarización de un alumno que presenta dificultades de distinto tipo.



Al finalizar cada etapa, con el objetivo de revisar el proceso y registrar los posibles cambios.

 -

Se revisará en función del avance o no del alumno.

Carácter interactivo: la evaluación psicopedagógica tiene caracter

interactivo por que mediante ella se pretende obtener información de como aprende el alumno, por lo tanto debemos tener en cuenta la interacción del alumno con los contenidos y con las personas con las que aprende. -

Carácter contextual:puesto que a través de ella se realiza un analisis de la

situación del alumno en el contexto del aula , del centro y en su contexto familiar. 

Del alumno debemos conocer: •

Condiciones

personales

de

discapacidad

o

sobredotación. •

Desarrollo general del alumno.



Nivel de Competencia Curricular: Nivel en el que se encuentra respecto al curriculo que le corresponde por su edad.



Estilo de Aprendizaje; es decir, las estrategias cognitivas que utiliza el alumno para adquirir los aprendizajes.

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Del

contexto

familiar:

características

de

la

familia,

posibilidades de colaboración y coordinación, actitudes de aceptación o rechazo... 

Del contexto escolar: nivel de adaptación e inserción, características del grupo- aula, posibilidades de organización...



Del contexto social: posibilidades y limitaciones del medio, grupos de referencia, colaboración con otras instituciones...

-

Carácter

interdisciplinar:

En

la

realización

de

la

evaluación

psicopedagógica los encargados son los Equipode de Orientación Educativa en Infantil y Primaria y los Depoartamentos de Orientación en Secundaria, aunque esta debe de constituirse como una labor interdisciplinar que incorpore la participación de todos los implicados en el proceso de enseñanza aprendizaje del alumno. Las conclusiones, orientaciones y propuestas de actuación que se derivan de la evaluación sociopsicopedagógica deben quedar documentadas en el informe sociopsicopedagógica. Así

pues,

la

evaluación

sociopsicopedagógica

y

la

emisión

del

informe

sociopsicopedagógica es competencia de los servicios especializados de orientación, que comprenden los servicios psicopedagógicos escolares, departamentos de orientación, gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados y, en casos particulares ya petición Administración, los equipos de orientación especializados. Cabe destacar que la detección temprana y evaluación de las necesidades de los alumnos constituye una etapa primordial, para comenzar la estimulación global del alumno y proporcionarle un sistema de comunicación eficaz que le permita relacionarse y sentar las bases de su desarrollo cognitivo y lingüístico. Asimismo, la atención integral a este alumnado se iniciará desde el mismo momento en que la necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.

2.2 COLABORACIÓN DE LA MAESTRA DE AUDICIÓN Y LENGUAJE EN EL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN.

La evaluación del maestro o maestra de Audición y Lenguaje debe abarcar los prerrequisitos del lenguaje, aspectos previos del lenguaje, y sus componentes. Para tal fin se pueden emplear pruebas estandarizadas como el RFI de Marc Monfort para evaluar la articulación, el Peabody para valorar el vocabulario, el CELF-4 y el TSA de Aguado para

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la morfosintaxis, la prueba ECO de Dewart y Summers para la pragmática, y el test Comfor para valorar el uso de un SAAC. Y pruebas que valoran diferentes componentes del lenguaje como por ejemplo: ITPA, PLON-R, BLOC, etc. Además, disponemos de otros instrumentos de evaluación como es: la observación directa del alumno en diferentes contextos: aula, patio, etc., registros propios, entrevistas a familia, tutor / a, etc.

Para escoger los instrumentos de evaluación, hay que tener en cuenta su objetividad, la adecuación a la edad del alumno, así como a su nivel de desarrollo ya sus posibilidades de ejecución. Además, resulta fundamental dedicar un par de sesiones a conocer al niño y crear un clima de confianza, donde se sienta cómodo. Estas sesiones sirven para valorar a través de la observación su intención comunicativa, la conducta verbal y no verbal, y sus intereses y motivaciones, los que podemos emplear posteriormente a la intervención como reforzadores.

Una vez realizada la identificación y valoración de las necesidades del alumno en una primera fase llamada abordaje informativo, se dispone de numerosa información relevante del alumno, y se pasa a la siguiente fase,llamada "cribado". Esta fase consiste en sintetizar la información disponible para poder determinar las nese del alumno,y establecer los recursos necesarios para dar una respuesta educativa adecuada. Tal y como recoge la normativa actual toda la información analizada quedará recogida en el informe sociopsicopedagógica, junto con las necesidades educativas especiales del niño o niña y las medidas educativas acordadas, como por ejemplo: •

Determinación y modificación de la modalidad de escolaridad



adaptaciones curriculares



Flexibilización de curso por sobredotación intelectual



Atención por parte del especialista de Pedagogía Terapéutica o de Audición y Lenguaje, entre otras medidas.

3.- DECISIONES DE ESCOLARIZACIÓN.

3.1 PROCESO Y CRITERIOS DE ESCOLARIZACIÓN DE LOS ALUMNOS CON NEE

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Hay que destacar que ningún alumno con NEE puede quedar excluido de escolarización. Además, la LOE establece que los alumnos con NEE deberán escolarizarse de forma ordinaria, siempre y cuando, esta escolarización les permita desarrollar al máximo sus capacidades. La LOMCE, al artículo 87 recoge que para facilitar la escolarización y garantizar el derecho a la educación de este alumnado las Administraciones educativas podrán reservar para estos alumnos una parte de las plazas de los centros públicos y concertados. Y la LOMLOE aborda en el Artículo 84. Admisión de alumnos. que 1. Las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores legales. En dicha regulación se dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La escolariación de los alumnos con necesidades educativas especiales se revisará al final de cada etapa educativa y esta debe de cumplir una serie de criterios: - Ningún alumnos será excluido de la posibilidad de escolarización. - Se realizará bajo la situación de mayor normalidad posible. - Debe iniciarse cuanto antes. - Se fundamentará en la evaluación psicopedagógica. - Los padres participaran en el proceso de escolarización de sus hijos. - Tendrá carácter reversible. 3.2.- MODALIDADES DE ESCOLARIZACIÓN.

El dictamen de escolarización determina qué modelo de escolarización es el más adecuado para cada alumno, para ofrecer una respuesta educativa adecuada a sus necesidades. -Modalidad ordinaria, que puede ser en: - Aula ordinaria a tiempo completo. - Unidad específica en centro ordinario a tiempo parcial. -Modalidad específica, que puede ser en: - Centro de Educación Especial. - Unidad específica sustitutoria de un centro de Educación Especial.

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-Modalidad combinada específica y ordinaria en aula ordinaria.

Escolarización centro ordinario. El apoyo se realiza dentro del aula ordinaria o fuera del aula por especialistas de audición y lenguaje o pedagogía terapéutica. Preferiblemente la intervención se realizará dentro del aula para favorecer el aprendizaje funcional y favorecer la inclusión del alumnat.Va dirigido a alumnos con alteraciones leves o transitorias, por modificaciones de acceso al currículo. Centros educativos ordinarios especializados. La consejería de educación podrá autorizar, centros ordinarios de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria especializados en la respuesta educativa a determinadas necesidades educativas especiales, Estos centros educativos deben funcionar también como centros de experimentación, innovación y recursos que contribuyan a la difusión y la promoción de buenas prácticas inclusivas. Las unidades específicas ubicadas en centros ordinarios de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria constituyen un recurso de apoyo especializado e intensivo para facilitar la presencia, la participación y el aprendizaje, en contextos normalizados y en grupos ordinarios de referencia, del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad. El alumnado escolarizado en esta modalidad debe disponer de un grupo ordinario de referencia cercano a su edad cronológica y participar en el máximo número de actividades escolares, complementarias y extraescolares planificadas para este grupo y para todo el alumnado del centro con el objetivo de favorecer su inclusión. En la respuesta educativa a este alumnado debe participar todo el personal del centro, especialmente el equipo docente del grupo ordinario de referencia y el personal especializado de la unidad específica. Conviene señalar que la edad máxima de permanencia en estas unidades específicas, en la Educación Infantil y Educación Primaria, es hasta los catorce años y, en la Educación Secundaria Obligatoria, hasta los diecinueve años. Sin embargo, de manera excepcional y cuando las circunstancias así lo aconsejan, la permanencia puede ser hasta los veintiún años.

4.- CONCLUSIÓN Como conclusión, es importante destacar que tal como se ha expuesto a lo largo de este tema resulta imprescindible para todo maestro / a de Audición y Lenguaje realizar

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correctamente el proceso de identificación y valoración de las necesidades educativas especiales del alumnado que lo requiera. Sólo así se podrá ajustar la respuesta educativa a características individuales que presenta el alumno para que desarrolle al máximo sus capacidades.

Además, resulta vital llevar a cabo una coordinación fluida y efectiva entre todos los profesionales implicados y la familia, siempre partiendo de la premisa de una educación inclusiva, abierta a la diversidad ya la igualdad de oportunidades.

5.- BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA

BIBLIOGRAFÍA

- Bautista Jimenes (1993) "Necesidades educativas especiales" Malaga. Editorial Aljibe.

-Garrido y Santana (1999). "Adaptaciones curriculares: guía para los profesores, tutores de educación primaria y de educación especial". Madrid. CEPE.

-Molins (2005) "NEE y Habilidades lingüísticas". Granada. Editorial Geu.

-Casanova (2009) La escuela inclusiva. Un horizonte de posibilidades "Madrid. Editorial Muralla.

-Puyuelo (2009) "Evaluación del lenguaje." Barcelona. Editorial Masson.

-Galve, Jose Luis y Ayala, Carlos. (2010)Evaluación e informe Psicopedagógico. De la teoría a la practica” Editoral CEPE.

-García, Martin y Lizcano (2015) "Desarrollo y evaluación del lenguaje en la escuela" Tirante el Blanco.

-Cubel, López, Navarro, Torregrosa (2017) "Dificultades específicas en el lenguaje y la comunicación. Una guía para la comunidad educativa ". Generalitat Valenciana.

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WEBGRAFÍA

www.docv.gva.es www.ceice.gva.es www.educa.cyl.es

6.- LEGISLACIÓN •

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. LOE.



Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. LOMCE.



Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. LOMLOE.



Real Decreto 696/1995, de ordenación de la educación de los alumnos con nee, concretado en el Decreto 39/1998, modificado este por el decreto 227/2003.



Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.

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Anexo tema 3: Evaluación psicopedagogica

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