Memorial Vía Administrativa

July 4, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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NAJERA LEMUS & VILLATE NAJERA

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BUFETE PROFESIONAL ASOCIADO 6ta. Avenida "A" 20-35 zona 1, 2

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nivel oficina No.6

[email protected] 501-5137. Telefax 220-0363

SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. PALACIO NACIONAL DE LA CULTURA. CARLOS ARTURO MENEGAZO LOPEZ, de treinta y seis años de edad, casado, colombiano, comerciante con domicilio en Itagui Antoquia República de Colombia, quién se identifica con Pasaporte Colombiano número CC punto setenta y cinco punto cuatrocientos cuatro punto doscientos uno (CC.75.404.201), extendido por la Dirección general de Migración de la República de Colombia, ante usted con todo respeto comparezco y: EXPONGO: 1. Actúo bajo el auxilio profesional del abogado ROLANDO CIFUENTES PEÑA, señalando como lugar para recibir notificaciones la oficina profesional ubicada en la séptima avenida número cuatro guión doce de la zona uno, edificio Torre Profesional Los Almendros, oficina setecientos doce, de esta ciudad capital. 2. Actúo en mi calidad de Presidente del Consejo de Administración y Representante Legal de la Sociedad Mercantil denominada A B C, Sociedad Anónima, Con número de Identificación Tributaria dos millones trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos setenta y uno; con fotocopia del Acta Notarial de Nombramiento autorizada en esta ciudad capital por el Notario Lesly Natividad Peralta de Ordoñez, la cual esta inscrita en el Registro Mercantil con el número ciento veinticinco mil doscientos ochenta y cuatro, folio doce del libro cuarenta y cuatro de Auxiliares de Comercio. 3. El día veinticuatro de febrero del año en curso me constituí en las oficinas que ocupa la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), para hacer efectiva la obligación fiscal de la presentación de Declaración del Impuesto al

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Valor Agregado, correspondiente a los meses de mayo de mil novecientos noventa y nueve a diciembre del mismo año, así como las declaraciones de impuestos de empresas mercantiles y agropecuarias de los trimestres comprendidos de abril a junio. De julio a septiembre, de octubre a diciembre del mismo año fiscal, pago trimestral del Impuesto Sobre la Renta de los trimestres comprendidos de Abril a junio, de julio a septiembre, de octubre a diciembre del mismo año fiscal, y Liquidación Anual del Impuesto Sobre La renta del período del primero de julio de mil novecientos noventa y ocho al treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve, de la sociedad que represento, la que desde la fecha de inscripción en la Administración tributaria no a efectuado ningún movimiento de tipo económico ni fiscal, por encontrarse pendientes varias negociaciones en el extranjero, el presentarme a efectuar la presentación de las declaraciones mencionadas me encontré con la sorpresa que sobre la sociedad antes mencionada pesan multas de NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN

QUETZALES CON OCHO

CENTAVOS, como lo demuestro con fotocopias de las declaraciones antes mencionadas en las que se me impuso la multa, sin haber efectuado movimiento alguno. 4.

Por lo antes expuesto solicito EXONERACION TOTAL DE MULTAS Y RECARGOS, al Señor Presidente de la República en cumplimiento de las atribuciones que para el efecto le concede la Constitución Política de la República de Guatemala. FUNDAMENTO LEGAL:

Me fundo en el artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Derecho de Petición, que dice: Que los habitantes de la República de

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Guatemala, tienen derecho de dirigir peticiones a la autoridad que está obligada a tramitarlas y deberá resolver conforme a la ley, en materia administrativa en término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta días, establece en artículo 41 del mismo cuerpo legal que: las multas en ningún caso podrán exceder el valor del impuesto omitido, en este caso no se generó impuesto alguno al no existir movimiento de ningún tipo en la empresa, al no existir impuesto tampoco habrá multa. El artículo 183 del mismo cuerpo legal, dice: Funciones del Presidente en su inciso “r” establece como una de las funciones exonerar de multas recargos a los contribuyentes que hubieren incurrido en ellas por no cubrir los impuestos dentro de los términos legales o por actos u omisiones en el orden administrativo. Por lo que ante usted respetuosamente. PETICIONES: a. Que se admita para su tramite el presente memorial. b. Que con el presente memorial y documentos adjuntos se forme el expediente respectivo. c. Que se tome notas del auxilio profesional y de la dirección para recibir notificaciones y/o citaciones. d. Se tenga por presentado el presente memorial en la vía administrativa, se resuelva en forma positiva mi petición y como consecuencia se exonere de multas y recargos a mí representada por el periodo solicitado. e. Que en su oportunidad sea notificada de la resolución positiva a la Superintendencia de Administración Tributaria, para que opere en sus libros la liberación de la que soy objeto imponible. CITA DE LEYES:

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Me fundo en los artículos relacionados y en los siguientes: 5-12-15-30-31-41-4344, de la Constitución Política de la República de Guatemala. 61-62-63-64-65-6667-68-69-70, del Código Procesal Civil y Mercantil. APARTADO DE PRUEBAS: Adjunto fotocopia simple del Acta Notarial de Nombramiento de Representante Legal, Fotocopia simple de las declaraciones. Acompaño al memorial tres copias del mismo y su documentos probatorios. Guatemala, febrero 25 del 2,000.

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EN SU AUXILIO.

x. ______________________ firma y sello

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