Mandato General Con Clausula Especial y Representacion de Recargo Guatemala, S.A.

February 12, 2025 | Author: Anonymous | Category: N/A
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NÚMERO UNO (1). En la Ciudad de Guatemala, el día quince de enero de dos mil catorce, ANTE MI: CYNTHIA PAOLA LIQUEZ ALDANA, Notaria, comparece el señor ALVARO MAURICIO ALPIZAR ANTILLON, de cuarenta y ocho años de edad, casado, costarricense, Empresario, con domicilio en la República de Costa Rica y de paso por esta Ciudad Capital, se identifica con el Pasaporte E doscientos ochenta y dos mil ochocientos ochenta y ocho, extendido por la República de Costa Rica, quien actúa en su calidad de PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION, de la entidad denominada REXCARGO GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, calidad que acredita con el acta notarial de su nombramiento autorizado en al Ciudad de Guatemala el día veinte de diciembre de dos mil trece, autorizada por la Notaria Valentina Montenegro Mancilla, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la República de Guatemala, bajo el número de registro cuatrocientos diecisiete mil setecientos treinta y seis, folio ciento cuarenta y cinco del libro trescientos cuarenta y cinco de Auxiliares de Comercio, encontrándose plenamente facultado para el otorgamiento del presente mandato de acuerdo con el acta notarial relacionada y la escritura pública número CUARENTA Y CUATRO, la cual contiene la constitución de la entidad denominada REXCARGO GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, faccionada ante los oficios del Notario Francisco Chávez Bosque en la Ciudad de Guatemala el día veintidós de septiembre de dos mil tres, la cual se encuentra debidamente inscrita bajo el número cincuenta y seis mil treinta y cuatro, folio seiscientos setenta y cuatro del libro ciento cuarenta y nueve electrónico de sociedades mercantil, del Registro Mercantil de la República de Guatemala. Por la otra parte comparece el señor JULIO RODRIGO DE JESUS GONZALEZ MANSILLA, quien declara ser de treinta y tres años de edad, casado, comerciante, guatemalteco de este domicilio, y quien se identifica con el Documento Personal de Identificación número dos mil trescientos veinticuatro espacio setenta y seis mil doscientos veinticinco espacio cero ciento uno, extendido por el Registro Nacional de las Personas. Como Notaria DOY FE: a) Que los comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal consignados; b) De hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles; c) De haber tenido a la vista los documentos descritos; d) Que las representaciónes que se ejercita es a mi juicio y de conformidad con la ley es suficiente para el presente otorgamiento; y, e) Que por el presente acto comparecen con el objeto de otorgar MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIÓN Y CLAUSULA ESPECIAL, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Me manifiesta el señor ALVARO MAURICIO ALPIZAR ANTILLON, en la calidad con que actúa, que por este acto otorga MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIÓN Y CLAUSULA ESPECIAL a favor del señor JULIO RODRIGO DE JESUS GONZALEZ MANSILLA, de conformidad con las siguientes clausulas: SEGUNDA: ANTECEDENTES. Manifiesta el señor ALVARO MAURICIO

ALPIZAR ANTILLON, que su representada la entidad con denominación social REXCARGO GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, tiene por objeto social, (a) La asesoría y prestación de servicios administrativos, de logística y de carga, relacionados con transporte aéreo, marítimo y terrestre; (b) la prestación de servicios de transporte; (c) la compraventa, arrendamiento y administración de bienes muebles e inmuebles; (d) la representación comercial de personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras; (e) la explotación, administración, promoción y participación, por cuenta propia o ajena, en todo tipo de empresas o actividades comerciales, industriales y de servicios; y, (f) la fabricación, diseño, compraventa, importación, exportación, y arrendamiento de bienes muebles y mercaderías en general. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá actuar, otorgar o participar en cualquier clase de actos, negocios jurídicos, operaciones o contratos, sean civiles, mercantiles, industriales, agrícolas, o de cualquier otro orden, ejerciendo derechos y contrayendo obligaciones, sin más limitaciones que las expresamente establecidas en las leyes del país y haciendo cuanto se estime necesario, útil o convenientes, a juicio del Consejo de Administración, para dirigir, acrecentar y administrar sus negocios, operaciones y su patrimonio en general, así como ejercer la representación comercial de entidades nacionales o extranjeras, y actuar como sus agentes o concesionarios. Además, podrá dedicarse a cualquier actividad lícita que acuerde la Asamblea General o el órgano de administración. TERCERA: OTORGAMIENTO DE MANDATO GENERAL CON REPRESENTACIÓN Y CLAUSULA ESPECIAL. Continúa expresando el señor ALVARO MAURICIO ALPIZAR ANTILLON, en la calidad con que actúa, que por este acto su representada REXCARGO GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, otorga a favor del señor Julio Rodrigo de Jesús González Mansilla, MANDATO GENERAL CON REPRESENTACION Y CLAUSULA ESPECIAL, otorgándole las facultades propias del mandato general para que represente a la mandataria en cualquier asunto en el que tenga interés, otorgándoles además, las siguientes facultades especiales; a) para vender, comprar, permutar, aceptar cesiones, ceder, enajenar en cualquier otra forma, hipotecar, afianzar, transigir, novar, constituir prenda de toda clase, depósitos, arrendamientos, uso, usufructo, y disponer de cualquier otra forma de los bienes y derechos de la mandante, respecto del negocio que se deba realizar; b) para girar o librar, endosar, depositar, girar, aceptar, pagar, avalar, comprar y protestar letras de cambio, cheques, pagarés y cualquiera otros títulos de crédito y documentos mercantiles; c) Para recibir cantidades de dinero que por cualquier concepto correspondan a la mandante y efectuar su depósito en cuenta de la mandante; para solicitar créditos o prestamos de toda índole; para otorgar cartas de pago, finiquitos; para cancelar hipotecas, prendas, anotaciones o limitaciones; para trasladar fondos de una cuenta a otra perteneciente a la mandante dentro o

fuera de Guatemala; d) para asistir a toda clase de juntas, asambleas, reuniones o diligencias, con voz y voto, en especial de sociedades mercantiles y fundaciones dentro y fuera del país; para representar a la mandante en procesos sucesorios de todo tipo, sea en Guatemala o en el extranjero y aceptar herencias, comparecer en Junta de Herederos, revisar inventarios, aceptar e impugnar avalúos y liquidar mortuales; para prestar declaraciones juradas que conforme a la ley corresponda rendir cuentas o prestar al mandato; e) para sustituir el mandato total o parcialmente, reservándose o no su ejercicio. CUARTA: Así mismo tengo a la vista el acta notarial de Asamblea General Ordinaria Totalitaria de Accionistas de la entidad REXCARGO GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de esta misma fecha, autorizada por la infrascrita Notaria, la cual en su punto único a trata, establece literalmente en su parte conducente lo siguiente: “CUARTA: (…RESOLVIERON; I) Se autoriza al señor ALVARO MAURICIO ALPIZAR ANTILLON, quien actúa en su calidad de PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION de la entidad denominada REXCARGO GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, para que otorgue MANDATO GENERAL CON REPRESENTACION Y CLAUSULA ESPECIAL a favor del señor JULIO RODRIGO DE JESUS GONZALEZ MANSILLA. QUINTA: Continúan manifestando los comparecientes que el mandato será ejercitado de forma gratuita y que es aceptado de forma expresa por ambos. SEXTA: Los otorgantes manifiestan que aceptan expresamente todas y cada una de las cláusulas del presente Mandato. Como Notaria Doy Fe: a) de todo lo expuesto; b) que tuve a la vista los documentos de identificación y demás documentos identificados; y, c) que leí íntegramente lo escrito los otorgantes, quienes bien impuestos de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, así como de la obligación de registro, lo aceptan, ratifican y firman junto con la Infrascrita Notaria.

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