El Estadounidense Condenado A Muerte en Nuevo León

September 15, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Universidad Autónoma De Nuevo León Facultad de derecho y criminología

Unidad: 4 Tema: Actividad semanal. Libro 2

Lic. Ricardo Ángeles López Integrantes: Joey Laisha Garcia Franco Matricula: 1927174 Nuevo León, San Nicolás de los Garza Fecha: 03/mayo/2024

La historia del estadounidense condenado a muerte en Nuevo León se refiere al caso de Derian Smellie, un ciudadano texano que fue acusado por el gobierno mexicano de asesinato y entrevistado por el reportero Thomas Harris en 1963. El caso es notable porque se convirtió en un conflicto internacional y porque Smellie se declaró inocente, a diferencia de otros casos de la época. El asesinato ocurrió la noche del 12 de octubre de 1959, cuando los tres hermanos Villamontes fueron asesinados dentro de un automóvil en Monterrey. Smellie, quien estaba de paso por carreteras mexicanas, fue detenido y su juicio se llevó a cabo en los tribunales de Monterrey, pasando por las tres instancias judiciales hasta llegar a las últimas resoluciones. Este caso es parte de una serie de textos presentada por el Poder Judicial del Estado de Nuevo León para dar a conocer expedientes judiciales con valor histórico. La colección busca acercar a la realidad jurídica y a la irregularidad de la justicia de aquellos años a través de relatos accesibles al público. Algo importante que yo creo que podemos destacar es cómo es que hay varios momentos en los que se cruzan la historia del doctor Carlos Bobari y Derian Smellie, que solamente para recordar la historia del doctor Carlos Bobari fue una que analizamos en el libro pasado

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Los hechos suceden el día 12 de octubre de1959, en el kilómetro 1151 de la carretera Monterrey-Laredo con el asesinato de Marisa y José y posteriormente Nilda, qué sucedieron dentro de un Chevy modelo 1952 sport-convertible, el cual el dueño era Román Villamontes el hermano mayor de los que sufrieron estos hechos. El automóvil empezó a presentar problemas por lo que Román Villamontes fue al pueblo más cercano a buscar ayuda y ahí fue cuando encontró a Faddei, el conductor de la grúa, el cual lo llevó hasta donde había dejado su auto, al momento de presenciar los hechos se encontró con su hermano José Samuel recostado sobre el asiento del chofer con impactos de bala en cara y cuerpo, después en la parte trasera se encontraba Marisa del lado derecho con heridas en el cuerpo y por último se encontraban Nilda del lado izquierdo con la cabeza colgando exclamando “¡me muero, me muero!”, por lo cual la trasladaron de inmediato al hospital. Cuando Nilda se encuentra consciente hace una descripción de la persona que terminó con la vida de sus hermanos así como la hirió fuertemente a ella, un señor se acercó a la policía y comentó que él había tenido un encuentro con un estadounidense el cual entraba en algunos rubros de estas descripciones que ella dio, por lo cual el día 16 de octubre de 1959 llevaron a Derian al hospital para ver si Nilda lo reconocía, esto conforme al artículo 215 del código de procedimientos penales para el estado de Nuevo León, después de preguntarle si reconocía alguna de las personas presentes ella mencionó que sí, se le preguntó en tres ocasiones sí estaba segura y ella mencionó que sí, que de lo contrario Dios la perdonará Debido a esta declaración, el día 17 de octubre de 1959 se le tomó la declaración a Derian y se dio a conocer que padecía de lagunas mentales lo cual le ocasionaba olvidar eventos en los que había participado, de igual manera se dio a conocer qué había estado en prisión en múltiples ocasiones en Estados Unidos, en la incautación de bienes se encontró una pistola de postas calibre 16 18 de octubre de 1959 Derian entregó una carta en la cual él mencionó que cree no haber cometido ningún crimen en México o el haber traído un arma, también comenta sobre sus lagunas mentales y menciona que está dispuesto a una prueba con detector de mentiras.

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Se le realizaron tres pruebas, la primera prueba fue la de parafina, la cual es para detectar restos de pólvora en las manos, dónde salió positivo; la segunda prueba que se le hizo fue la de bencidina que esta es para detectar manchas de sangre, en la cual también salió positivo en la ropa que él traía; la tercera prueba y última que se le realizó fue la de el detector de mentiras, en la cual se detectó que su ritmo cardiaco aumentaba cuando le preguntaban si había tirado la pistola, como resultado de estas pruebas el Lic. Ricardo Domínguez justificó la existencia del cuerpo del delito en grado de homicidio, lesiones y asalto, lo cual dio lugar a que el día 22 de octubre de 1959 se iniciará con el proceso jurídico y el día 23 de octubre el juez dictar el auto de formal prisión, después de esto el día 29 de octubre fallece Nilda Viramontes, por lo que se le quita la responsabilidad de lesiones y quedando únicamente con los delitos de múltiple homicidio y asalto. Uno de los doctores que estaba a cargo de Nilda, el doctor Ángel Samañon explicó que al principio cuando se le preguntó si podía reconocer a la persona que los atacó ella respondió que no sabía, posterior a esto fue cuando se llevó a Derian para que lo reconociera y el doctor Ángel sospechó de la lucidez de Nilda, ya que se encontraba en un estado inconveniente, otro aspecto es que ya que se le presentaron los sujetos hoy estos sí van vestidos en tonalidades oscuras o cafés y únicamente Derian iba con pantalón celeste y camisa blanca, como ella mencionaba que recordaba al atacante, lo cual le pudo causar cierta confusión y afirmar quedarían era el culpable. El día 22 de agosto de 1960 el juez del juzgado penal de Monterrey declaró agotado la averiguación y ordenó que el asunto se turnara juzgado de Villaldama, lo cual ya se había pedido en reiteradas ocasiones por el abogado de Derian ya que era el juez competente para conocer de los hechos, después se regresa al juzgado de Monterrey ya que se da a conocer que el juez de Villaldama era familiar de los Villamontes, pero como el juez del juzgado penal de Monterrey ya había declarado su postura de que Derian era culpable ante los medios ya no podía conocer del caso y el expediente regresó al juzgado de Monterrey.

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El día 28 de febrero de 1961 se le sentenció de muerte a Derian, a pesar de las inconsistencias existentes durante todo el proceso, así como el hecho de que se había ignorado el caso de que Phillip William, un americano que había asesinado a tres mexicanos de una forma similar a la de este caso, así como también se le vio cerca del lugar de los hechos, tampoco se interrogó al otro estadounidense que habían intentado vender un arma calibre 16. Los nuevos abogados de Derian mencionan que el juez obró con falsedad y malicia a la hora de resolver, además de que era imposible quedarían fuera el asesino, esto debido a que él cruzó la frontera a las 6:45 y el suceso fue a las 7:15 y resultaba difícil, casi imposible que llegara al lugar de los hechos en media hora, esto considerando que entre la frontera y el lugar del crimen hay una inspección aduanera y tendría que haber conducido a una velocidad de 200 km/h aproximadamente, de igual manera los abogados hicieron una tabla comparativa entre las descripciones que dio Nilda con Derian y Jack. Descripción de Nilda Nacionalidad americana. Sexo masculino. 1.85/mts. de estatura. Robusto, pero no gordo. Pelo rubio al parecer corto. Posible diente de oro. Cicatriz arriba del labio. Frente amplia con entradas. Ojos claros. Boca regular y en general bien parecido. Habla español con acento inglés. Probables rasguños en el lado izquierdo de la cara. Educado y amable pero excesivamente cruel cuando se enfurece. Camisa blanca y pantalón azul tipo vaquero.

Derian Smellie Sí Sí 1.82 Robusto y gordo. Rubio, quebrado, no corto. No No Frente amplia, sin entradas. Sí Boca regular, no bien parecido. Casi no habla español.

Jack Dillinger Watson Sí Sí 1.85 a 1.87 Robusto y atlético. Rubio y corto. Sí Sí Frente amplia, con entradas. Sí Boca regular y en general bien parecido. Sí

No



Educado y solícito, y no se ha enfurecido.

Educado y amable pero excesivamente cruel cuando se enfurece. Sí y lo acostumbra.



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Traía arma de fuego calibre 22. Hizo 16 disparos. Traía lámpara de mano de pilas secas. Automóvil viejo, de dos tonalidades y con placas texanas. Tic nervioso al hablar. Cara alargada. Conoce de mecánica. Llegó al lugar de los hechos.

No se le ha encontrado ninguna arma. Sí

Traía armas de fuego calibre 22 capaces de 16 disparos sin recargar. Sí





No No Sí Pasó por el lugar de los hechos.

Sí Sí Sí Lo vieron cerca del lugar de los hechos.

A pesar de esto el 15 de febrero de 1963 la tercera sala sentenció nuevamente a Derian Smellie con la pena capital, la autoridad judicial determinó que sí existía solidez en cada una de las diligencias que habían realizado tanto el agente del ministerio público como los juzgadores penales de Monterrey, también argumentó que el historial de Derian Smellie no era bueno, exponiendo que había cometido muchos agravios que lo hacían ver como potencial criminal. Afirmaba en primer lugar, que se cambió de nombre por el de Lynn Hamilton cuando se encontraba en Allende, Coahuila; y en segundo, al sobornar a un agente aduanal para entrar al país, porque el automóvil que traía no era de su propiedad. El 15 de junio de 1968 el gobierno de Nuevo León publicó un edicto en el que se estipulaba la abolición de la pena de muerte en la entidad. Esto a raíz de un contexto en donde ya varios estados mexicanos habían dispuesto de esta medida. Así, el 29 de octubre de 1968, se le cambió a Derian Smellie la pena capital por veinticinco años en prisión, pero el día 6 de abril de 1969 Derian escapó de prisión vestido de mujer y subió a un auto que lo esperaba para llevarlo rumbo a Texas donde se reunió con sus abogados, pero el día 24 de septiembre hoy de 1969 se encontró su cuerpo en el asiento de un vehículo, sin embargo en la autopsia se encontró que las heridas presentaban que había sido atropellado dos veces, el culpable fue Phillip William, quién lo pateó y golpeó en diversas ocasiones fracturándole la garganta y ocasionándole sangre en los pulmones.

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En mi opinión desde el principio estuvo mal su detención ya que se confiaron de las declaraciones de Nilda, la cual no se encontraba en condición alguna para reconocer quién era el culpable, ya que si se están guiando por el historial de Derian y las palabras que había dicho en su carta de que no creía haber cometido ningún crimen en México, de igual manera debieron haberlo hecho con Nilda, la cual mencionó que de no ser así Dios la perdone, así como cuando el doctor dio su declaración de que momentos antes ella había dicho que no estaba segura de poder reconocerlo, todo esto se debió de haber desechado, pero siento que como esto ya era un problema internacional el ego de los jueces interfirió mucho nublando su juicio y así reconocer de que habían cometido un error al tomar declaraciones incongruentes tanto como de Nilda así como de los testigos que fueron surgiendo a lo largo del juicio, los cuales de igual manera en ocasiones cambiaban sus declaraciones iniciales, de haberlo hecho de la manera correcta se hubiera podido salvar la vida de Derian Smellie.

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