RECOMENDACIONES Y CONSIDERACIONES PARA EL DISEÑO DE
ESCALERAS RESIDENCIALES Carr. León-Silao Km. 12.5 Los López C.P. 37680 León, Gto. Tel. 01 (477) 772 57 63 y 772-57-56 www.suvire.com
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1.
INTRODUCCIÓN
El contenido de este documento se basa en las normas internacionalmente conocidas para el diseño de escaleras, pero se deberán revisar las normas para cada proyecto y lugar en específico en donde podrá haber excepciones a lo aquí expuesto. Considérese únicamente como una guía.
Ancho mínimo de paso 915 mm
Mínimo de 685 mm con un pasamanos
La finalidad de este documento se describe a continuación: · Proporcionar mayores elementos en información a los arquitectos, ingenieros, diseñadores y decoradores para el diseño de las escaleras. · Documentar a los lectores sobre el reglamento que existe para dar seguridad a las escaleras (ver códigos locales). · Facilitar el trabajo e igualar el concepto de las escaleras entre consumidores y fabricantes mejorando la comunicación y satisfacción del cliente. 2.
Mínimo de 800 mm con dos pasamanos
FOTO 1
FOTO 3
ANCHO DE LA ESCALERA 115
El ancho de paso de las escaleras no debe ser menor a 915 mm, la misma longitud debe ser considerada desde el pasamanos hasta el entrepiso. Ver foto 1. Los pasamanos deben de tener una proyección máxima de 115 mm en cualquiera de los dos lados (ver foto 2), por lo tanto, el ancho de paso mínimo cuando sólo se coloque pasamanos de un lado, deberá ser de 800 mm tanto en los escalones como en las plataformas, y de 685 mm si el pasamanos se coloca en ambos lados de la escalera (ver foto 3). 3.
HUELLAS Y PERALTES
mm
Proyección máxima del pasamanos
FOTO 2
Excepciones: a. El ancho de paso mínimo en las escaleras de caracol se considera más adelante.
La altura máxima del peralte debe ser de 190 mm y la longitud mínima de la huella debe ser de 250 mm. El peralte debe ser medido verticalmente entre las líneas horizontales de los escalones (ver foto 4). La profundidad del escalón debe ser medida horizontalmente entre los planos verticales desde la punta frontal de un escalón hasta la línea vertical proyectada por la nariz del escalón subsecuente (ver foto 5).
Peralte máximo 190 mm
FOTO 4
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NO MÁS DE UNA UNIDAD VERTICAL EN 48 UNIDADES HORIZONALES (2% INCLINACIÓN)
Huella mínima 250 mm
Máxima inclinación 250 mm de huellas + 25 mm de nariz = 5.6 mm
FOTO 6 Peralte máximo 170 mm Peralte mínimo - 160 mm 10 mm
FOTO 5 La superficie de pisada de los escalones y las plataformas podrá tener una inclinación máxima de 1 unidad vertical en 48 unidades horizontales (diferencia de 2%), esto se ilustra en la foto 6.
163 mm
Ejemplo simple con límites aceptables del reglamento
168 mm
En cualquier escalera, tanto los peraltes como las huellas pueden tener una variación máxima en su longitud de 10 mm por escalón, esto se ilustra en las fotos 7 y 8. 4.
170 mm 165 mm
PERFILES
El radio de curvatura de la punta del escalón, deberá ser máximo de 15 mm (foto 9). La nariz del escalón podrá sobresalir entre 19 mm y 32 mm sobre el escalón inferior (foto 10). Se permite de igual manera, que la nariz de los escalones pueda tener una variación máxima de 10 mm (foto 11).
160 mm
FOTO 7
263 mm
Radio de curvatura no puede ser mayor a 15 mm
Huella máxima 270 mm Huella mínima - 260 mm 10 mm Ejemplo simple con límites aceptables del reglamento
265 mm
270 mm
268 mm
FOTO 9 260 mm
Nariz Mínima 19 mm Máxima 32 mm
FOTO Nota:10 Ver excepción
FOTO 8
FOTO 10 Carr. León-Silao Km. 12.5 Los López C.P. 37680 León, Gto. Tel. 01 (477) 772 57 63 y 772-57-56 www.suvire.com
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Cuando se le realice un chaflán (matado de filo) a los escalones, este deberá ser máximo a 12 mm en 45 grados, ver foto 12.
La proyección de la nariz no deberá variar en más de 10 mm
La línea vertical que dibuja el peralte debe de estar a 90º con respecto a la horizontal, podrá tener una inclinación máxima de 30º (ver foto 13). Las escaleras con peraltes abiertos son permitidas siempre y cuando no exista un espacio entre ellos mayor a 100 mm como se ilustra en la foto 14.
FOTO 11 La inclinación máxima del peralte no debe ser mayor de 30°
Chaflán máximo de la nariz 12 mm
FOTO 12
Modificado a máximo 100 mm
FOTO 13 5.
ALTURA DE PASO Apertura máxima 100 mm
La altura mínima que debe librar una persona en cualquier parte de la escalera es de 2000 mm, esta medida se toma verticalmente desde el techo o entrepiso hasta una línea imaginaria que pasa sobre la nariz de todos los escalones (ver foto 15), o desde la superficie de la plataforma o descanso al techo como se ve en la foto 16.
Altura libre de paso mínima de 2000 mm
FOTO 14 Altura libre de paso mínima de 2000 mm
Excepciones: a. La proyección del escalón hacia la parte anterior (nariz), no es necesaria si la huellas es mayor a 280 mm. b. La apertura entre escalones subsecuentes no está limitada en escaleras cuya altura total llegue hasta 762 mm o menos.
FOTO 15
FOTO 16
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6.
ESCALERAS COMBINADAS
Las escaleras con escalones rectos y en abanico también se fabrican con cierta regularidad, para éstas, se deben tomar otras consideraciones como:
Línea de paso
Ancho mínimo interior de 152 mm
· El ancho del escalón a una distancia de 300 mm de la orilla interior de la escalera debe ser mínimo de 250 mm, · La apertura mínima del escalón en la parte más interior será mínimo de 152 mm. 300 mm
Dibujo 17
El pasamanos debe colocarse en el lado donde los escalones tengan menor apertura (ver dibujo 17). 7.
ESCALERAS DE CARACOL
Baja en contra de las manecillas del reloj
300 mm
Las escaleras en espiral también son permitidas, el ancho de paso mínimo deberá ser de 660 mm en donde cada escalón deberá tener una huella de 190 mm como mínimo a una distancia de 300 mm tomada desde el centro de la escalera. Todos los escalones deberán ser idénticos, y el peralte no deberá ser mayor a 240 mm. Es necesario una altura libre de paso mínima de 1980 mm en este tipo de estructuras (ver foto 18). 8.
9.
Ancho de huella mínimo 190 mm
300 mm
Altura de paso mínima de 1980 mm
ESCALERAS CIRCULARES
Estas escaleras deberán tener como mínimo 280 mm de huella a una distancia de 300 mm de la parte más angosta de la escalera y la parte más angosta del escalón deberá ser mínimo de 152 mm. La profundidad de cada uno de los escalones sobre la línea de paso deberá ser uniforme a lo largo de toda la escalera como se ve en la dibujo 19. BARANDALES
Ancho de paso mínimo 660 mm
El ancho mínimo a 300 mm es de 280 mm*
Peralte máximo de 240 mm
* En algunas ocasiones es permisible contar con 250 mm de huella en la línea de paso (a 300 mm de la parte interior de la escalera).
Dibujo 19
FOTO 18
Los barandales debe tener una altura máxima de 960 mm y mínima de 860, respectivamente medidos verticalmente desde la parte frontal del escalón hasta la parte superior del pasamanos, por lo menos cada escalera deberá contar con pasamanos en uno de sus lados (ver foto 20). Todos los pasamanos deben tener terminaciones sin filos expuestos para proveer de seguridad al usuario de la escalera como se ve en la foto 21.
Ancho mínimo del escalón 152 mm
Altura de barandal min = 860 mm máx = 960 mm
Terminación suave para proveer de seguridad
Los pasamanos instalados en paredes, deberán tener una separación de la pared de mínimo de 38 mm (foto 22).
FOTO 21 FOTO 20
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*Superficies de agarre mínimo 32 mm máximo 67 mm*
38 mm
Claro libre entre pasamanos y pared
FOTO 22
9.
Mayor a 670 mm
Superficie de agarre equivalente
*Superficies de agarre equivalentes son permitidas
FOTO 23
FOTO 24
BARANDALES
Los barandales debe tener una altura máxima de 960 mm y mínima de 860, respectivamente medidos verticalmente desde la parte frontal del escalón hasta la parte superior del pasamanos, por lo menos cada escalera deberá contar con pasamanos en uno de sus lados (ver foto 20).
Radio mínimo de 3 mm
Todos los pasamanos deben tener terminaciones sin filos expuestos para proveer de seguridad al usuario de la escalera como se ve en la foto 21. Los pasamanos instalados en paredes, deberán tener una separación de la pared de mínimo de 38 mm (foto 22). 10.
FOTO 25
PASAMANOS
La superficie de agarre o sujeción que deberá tener el pasamanos, deberá ser una sección redondeada de superficie mínima de 32 mm y máximo de 67 mm (foto 23).
Altura mínima de 860 mm
Altura mínima para el balcón 915 mm
Otros pasamanos con diferentes formas que provean una superficie de agarre equivalente también son permitidos (foto 24). Las esquinas deberán tener un radio mínimo de 3 mm para dar seguridad al usuario (foto 25). 11.
Si la altura total es de 760 mm
BARANDALES DE SEGURIDAD
Mezanines, balcones y superficies con alturas de 760 mm o más, deberán tener barandal con una algura mínima de 915 mm. Escaleras con una altura total mayor a 760 mm deberán tener un barandal mayor a 860 mm de altura medidos verticalmente desde la parte frontal de la huella (foto 26).
FOTO 26
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12.
APERTURA MÁXIMA ENTRE BARROTES
Los barandales requeridos en escaleras, mezanines ó balcones deberán tener barandas intermedias o estructura diseñada para no permitir el paso de una esfera de 100 mm de diámetro (ver foto 27).
Diseños tipo escalera no son aceptables
Los barandales no deberán ser construidos con elementos horizontales, puesto que pueden ser utilizados para escalar, lo cual los volverá inseguros (dibujo 28).
No permitir el paso de una esfera de 100 mm
Dibujo 28
No debe permitir el paso de una esfera de 152 mm
FOTO 27 FOTO 29
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