Desventajas Del Codigo de Consumidor

November 22, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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3. DESVENTAJAS CÓDIGO DEL CONSUMIDOR • El intento del proyecto de ser completista y de regular situaciones específicas de determinados sectores de la economía. Dado que bajo el ámbito de la aplicación del proyecto se encuentran absolutamente todos los sectores de la economía que interactúan con consumidores finales, la regulación específica deja inevitables vacíos. ería una mejor opción que el código regulara sólo aspectos de carácter general que puedan ser aplicados e interpretados en todos los casos. • !lgunos aspectos importantes del proyecto están sometidos a reglamentación no e" e"is iste tent nte. e. #o ob obst stan ante te el in inte tens nso o y larg largo o de deba bate te,, ci cier erto tos s as aspe pect ctos os significativos del código, entre ellos los más pol$micos, no podrán ser aplicados en tanto no se estable%can ciertas normas reglamentarias o de adecuación.  !sí, el libro de reclamaciones, reclamaciones, el proceso sumarísimo, el sistema d de e arbitraje de consumo, entre otros, no entrarán en vigencia &asta que reglamenten o se implementen sus respectivos sistemas. • El proyecto regulará aspectos que pueden constituir una restricción a la libertad de empresa de los proveedores, como ocurre por ejemplo en el caso de la necesidad de causas 'objetivas y ra%onables( para justificar un trato dife difere renc ncia iado do a los cl clie ient ntes es )art )artíc ícul ulo o *+ *+, , la pro& pro&ib ibic ició ión n en rest restau aura rant ntes es y serv se rvic icio ios s de &o &osp sped edaj aje e de co cobr bros os disg disgre rega gado dos s dife difere rent ntes es al 're 'reca carg rgo o al consumo( -monto autori%ado por ley especial destinado a los trabajadores de atención a clientes en esos establecimientos- )artículo . • /or último, la disposición referida al libre endoso de los boletos de viaje para transf tra nsferi erirlo rlos s a ter tercer ceros os )ar )artíc tículo ulo 00. 00.1 1 Est Esta a dis dispos posici ición ón es par partic ticula ularme rmente nte cuestionable pues puede generar efectos adversos en el sector al limitarse o di dism smin inui uirr la ac actu tual al ofer oferta ta de bo bole leto tos s a prec precio ios s ba bajo jos s o la crea creaci ción ón de mecanismos informales de intermediación o 'reventa( de boletos.

3.1 VACÍOS DEL CÓDIGO DEL CONSUMIDOR FRENTE A LA REALIDAD DEL MERCADO PERUANO: El crecimiento del mercado peruano en los últimos a2os &a determinado una creciente dinámica comercial que se ve materiali%ada en una serie de formas

 

de operar y ofertar los bienes y servicios en el mercado. En este conte"to múltiples t$cnicas de mercadeo y de fideli%ación de clientes &an llevado a los proveedores a promover campa2as masivas de venta cuyas modalidades en algunos casos tienen algunas formas enga2osas que violan los derec&os del consumidor. 3 el 4ódigo, a pesar de ser una ley nueva no puede ponerse en todos los casos. De manera que, ante este crecimiento del mercado siempre van a &aber cosas que están fuera de la ley, por ello es necesario prever estas si situ tuac acio ione nes s a fi fin n de es esta tarr aler alerta tas s pa para ra sa salv lvag agua uard rdar ar los los de dere rec& c&os os de los los consumidores.

3.1.1 La natural!a " #$%&$'(#()n *l %r#a*$: El mercado peruano es un mercado de tendencia monopólica natural porque &ay grandes grupos económicos que manejan cadenas de comerciali%ación de productos y servicios, como por ejemplo el 5rupo '6ong(, el 5rupo '7omero(, el 5r 5rup upo o '8re '8resc scia ia(, (, en entre tre otro otros. s. Es Esto tos s grup grupos os ma mane neja jan n gran grande des s tie tiend ndas as comerciales en los cuales se comerciali%an productos y servicios dentro de un esquema formal y de quienes se espera el cumplimiento de la ley toda ve% que actúan dentro de un marco institucional y legal de mercado. 9rente a esta estructura de mercado e"iste otra, que si bien es cierto participa de la dinámica comercial del mercado peruano, actúa dentro de la informalidad y a&í es donde es difícil detectar el cumplimiento de la ley, toda ve% que esa informalidad le permite en algunos casos violar los derec&os del consumidor, y por ende, las reclamaciones a veces son inocuas. /or otro lado están tambi$n las peque2as y medianas empresas que requieren de una capacitación y una adecuación de las mismas e"igencias del mercado donde prima el respeto a los derec&os del consumidor: es decir, a operar  comercialmente dentro de una cultura de mercado y de consumo eficiente. 4abe se2alar tambi$n que el mercado peruano es muy desigual desde el punto de vista de los consumidores toda ve% que &ay una profunda &eterogeneidad social, cultural y económica de nuestra población que da lugar a distintos segmentos del mercado en una sola área geográfica. ;an es así que no es lo mismo un mercado en el 4ono #orte o el 4ono iraflores o ?a @ictoria.

 

An factor importante tambi$n es la capacidad adquisitiva de los consumidores y el tama tama2o 2o de dell me merc rcad ado, o, so sobr bre e todo todo en prov provin inci cia, a, qu que e mu muc& c&as as ve vece ces s so son n miradas con desd$n desde la óptica de las grandes empresas centrali%adas en ?ima y donde es difícil promover las nuevas tendencias del consumidor por la misma ra%ón que no &a e"istido antes una cultura de mercado que promueva la transparencia de los proveedores y por otro lado una cultura de consumo que promueva respeto a los derec&os de los consumidores.

3.1.+ Au'n#(a * un '('t%a * r&ara#()n * *a,$' El #uevo 4ódigo de /rotección y Defensa al 4onsumidor )?ey BC1 estipula una serie de normas que de una u otra manera establecen disposiciones de responsabilidad civil por los da2os que el empresario proveedor cause a los consumidores en la comerciali%ación de sus bienes y servicios. #o e"iste un enfoque y por ende un desarrollo sist$mico de reparación de da2os derivados de la violación de derec&os del consumidor, toda ve% que a nivel administrativo sólo se pueden dar medidas correctivas )como por ejemplo la devolución de lo pagado, la reparación r eparación de los bienes defectuosos, etc.. /ero no se pueden otorgar indemni%aciones por da2os y perjuicios ya que $stas solo se pueden otorgar a trav$s de las autoridades judiciales, previo a un proceso que suele ser largo, tedioso y difuso. /or ello el 4ódigo debió establecer un proceso especial sumarísimo para la reparación de los da2os derivadas de la violación de los derec&os del consumidor. En efecto, cabre precisar que siempre &emos sostenido que  '?a ley establece el carácter omnicomprensivo de la responsabilidad civil y en tal sentido e"presa que la indemni%ación comprende todas las consecuencias causadas por el defecto, incluyendo el lucro cesante, el da2o a la persona y el da2o moral y que la responsabilidad de los diversos proveedores de un producto es solidaria, sin perjuicio obviamente de que cada proveedor tiene el derec&o de repetir contra aquel que le suministró el producto defectuoso causante de los da2os: de manera que la omisión de información por parte del proveedor, en especial de las instrucciones o advertencias, determinan responsabilidad civil en tanto que el producto defectuoso se constituye en la causa adecuada de los da2os que eventualmente sufre el consumidor, en cuyo caso no es necesario anali%ar la

 

culp cu lpa a de dell prov provee eedo dor, r, qu quie ien n de debe be resp respon onde derr ob obje jetiv tivam amen ente te po porr el da da2o 2o causado(. ?a 4omisión del 4onsumidor tiene la facultad de ordenar, entre otras medidas la reposición y reparación de productos, la devolución de la contraprestación paga pa gada da po porr el co cons nsum umid idor or o cu cual alqu quie ierr otra otra me medi dida da qu que e teng tenga a po porr ob obje jeto to reponer el estado de las cosas &asta antes de la producción del a2o )Durand BFF1 BF F1 B0 B0B B.. in in em emba barg rgo o en el ac actu tual al co cont nte" e"to to no norm rmat ativ ivo o 'las 'las me medi dida das s correctivas no tienen ese carácter, porque las indemni%aciones responden otros criterios y sólo pueden ser fijadas por mandato judicial, en caso contrario deberá deb erá mod modifi ificar carse se tod toda a la dog dogmát mática ica civ civilil sob sobre re la res respon ponsab sabilid ilidad ad par para a trasladar este tema a los órganos administrativos( )BFF1 B0B. /ara que el sistema de protección del consumidor funcione adecuadamente y pueda ser eficiente y efica% es necesario no solo la aplicación de sanciones adm dmin inis istr trat ativ ivas as a cargo argo de =# =#DE DE4 4
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