Derecho y Moral
July 17, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Derecho y Moral...
Description
DERECHO Y MORAL La descripción Desde Desd e la ant antig igüe üeda dad d el Dere Derech cho o se conf confun unde de con con la Mor oral al , desd desde e los los presocráticos hasta los estoicos , ya desde los juristas romanos se vislumbraba lña existe existenci ncia a del problem problema a plante planteado ado acerca acerca de la distin distinció ción. n. ntre ntre los mas estudiados en esta problemática fue el jurista alemán !homasius "ue escribió su obra mas importante entre #$%% y #$%& donde presenta una diferencia practica enrt en rtre re el Derec Derecho ho y Moral Moral a fin fin de tute tutela larr la li libe bert rtad ad de pe pens nsam amie ient nto o y de conciencia mediante una delimitación entre lo "ue llamo 'fuero interno( y 'fuero externo( . )eg*n el Derecho +ste debe preocuparse de la acción humana una ve haya hay a si sido do exteri exteriori oria ada da y la Moral Moral tiene tiene relaci relación ón con lo "ue hay en el fuero fuero interno , en el plano de la conciencia donde nadie puede interferirse ni obligar a hacer o a dejar de hacer. -or lo tanto el derecho son las acciones exteriores del hombre y la moral son las acciones intimas de dominio especial , es as "ue "uedaban totalmente separados , sin posibilidad de invasión reciproca en sus campos . -or lo tanto el Derecho solo se cuid cuida a de la las s acci accion ones es exte exteri rior ori iad adas as "ue "ue se encu encuen entr tran an suje sujeta tas s a la intervención del poder p*blico. -ero es realmen -ero realmente te cierto cierto lo "ue dice dice !homas !homasius ius , pues /)e podra separar separar la acción de los hombres en dos campos estancos 0 , entonces como se dara los delitos dolosos y culposos , pues en este *ltimo se causa daño pero sin la intención de hacerlo , por lo tanto en la esfera penal es necesario tomar en consideración el elemento intimo o intencional necesariamente. s por ello "ue uno de los problemas mas difciles de la filosofa jurdica es la distinción entre Moral y Derecho , donde se explicaran diferentes puntos de vista.
La explicación La Teoría del Mínimo Ético sta teora es expuesta por 1eremias 2entham en el cual consiste "ue el Derecho representa el minimo de Moral necesario para "ue la sociedad pueda sobrevivir , pero esta moral se debe cumplir espontáneamente , pero como las violaciones son inevitables , es necesario "ue se castigue con mas vigor la transgresión de los dispositivos "ue la comunidad considera indispensables para la pa social. -or lo tanto no es exacto decir "ue todo lo "ue sucede en el mundo jurdico sea dictado por motivos de orden moral.
!ambi+n tenemos actos jurdicamente lcitos "ue no lo son desde el punto de vista moral mor al como por ejemplo ejemplo las socied sociedad ad mercanti mercantill de dos socios socios , donde donde uno de ellos trabaja arduamente y el otro solo trabaja algunas tardes teniendo asi una d+bil colaboración en la empresa para justificar su participación , es acaso moral "ue ellos reciban la misma cantidad de compensación. 3a as aspi pirac ració ión n const constan ante te de "ue "ue el Derec Derecho ho tute tutele le solo solo lo li lici cito to moral moral,, no es plenamente realiable en la práctica siempre permanece un residuo inmoral "ue es tutelado por el derecho.
El cumplimiento de las reglas sociales
xisten reglas sociales "ue son incumplidas de manera espontanea y otras en la "ue los hombre hombres s solame solamente nte cumple cumplen n en determ determina inadas das ocasio ocasiones nes cuando cuando son forad for ados. os. -or lo tanto tanto hay una distin distinció ción n entre entre el cumpli cumplimie miento nto espontaneo espontaneo y cumplimiento obligatorio obligatorio en relación con las reglas sociales. 3a moral es la conducta espontanea , esta moral se da cuando el individuo por un movimi mov imient ento o espiri espiritua tuall espont espontane aneo o realia realia el acto acto enunci enunciado ado por la norma. norma. 4o puede concebirse el acto moral fruto de la fuera y de la coacción. l derec derecho ho se pone pone al serv servic icio io de la Moral Moral para supl suplir ir la falt falta a de adhe adhesi sión ón espontanea a su imperativo de solidaridad humana.
Dereco ! Coacción xiste una diferencia básica entre el derecho y la moral , es la coercibilidad , pues en el derecho es coercible y la moral es incoercible , para ello sea planteo tres posturas diferentes 5 !eora imbuida de eticismo absoluto , donde sostiene "ue el Derecho nada tiene "ue ver con la fuera !eora de la 6oacción , donde nos indica "ue el Derecho existe una efectiva expresión de fuera , para 1hering el derecho se reduce en norma mas coacción !eoria de la 6oercibilidad , donde nos indica "ue el Derecho es coercible de la conducta humana
Dereco ! eteronomía 7un"ue podamos p odamos estar de acuerdo o no con las leyes le yes , debemos obrar en conformidad con ellas , es decir valen objetivamente , independientemente y a despecho de la opinión y del "uerer de los obligados. s asi "ue se sobreponen a las pretensiones de los sujetos de una relación superándola en la estructura de un "uerer irreductible al "uerer de los destinatarios,
denominada heteronomia , donde seg*n 8ant la moral es autónoma y el Derecho es heterónomo por ser puesto por terceros 9stado: a"uello "ue jurdicamente estamos obligados a cumplir.
"ilateralidad atri#uti$a l Derecho implica implica una relación relación entre dos o mas personas personas seg*n un cierto orden objetivo de exigibilidad , esta bilateralidad atributiva surge cuando dos o mas personas se relacionan seg*n una proporción objetiva "ue les autoria a pretender o a exigir algo con garantas.
El an%lisis Mientras el Derecho regula conductas conductas,, es decir, actos exterioriados, la Moral se ocupa de los pensamientos, de la 'conciencia 'conciencia(( de los seres humanos. -ero el Derecho solo actuara 9la -olica, los 1ueces: si ese pensamiento moralmente malo, se exterioria, se convierte en conducta por"ue lo golpea o lo mata. l mero pensamiento no es regulado por el Derecho. -ero ocurre "ue, en el Derecho a veces tambi+n debe analiar lo "ue ocurre en la mente de los seres humanos. -or jemplo, as si 1uan mató a -edro, luego los 1ueces examinarán si lo hio con 'intención( de matarlo 9es el caso del omicidio doloso:, o por descuido 9omicidio culposo ntre el Derecho y la Moral una diferencia es la ' coercibilidad ( "ue tiene el Derecho y no tiene la Moral. 6oercibilidad significa posibilid significa posibilidad ad de coacció coacción n, es decir, la posibilidad del Derecho de "ue sus reglas se apli"uen obligando a ser cumplidas o a aplicar sanciones a "uienes se nieguen a cumplirlas, incluso con el uso de la fuera, "ue no necesariamente implica la fuera fsica 3as 4ormas Morales, en cambio, no disponen de coercibilidad, es decir, de esa amenaa de "ue en caso de incumplimiento se puede obligar a su cumplimiento "ue s tienen las 4ormas del Derecho; y sus sanciones, en las morales son 'no coactivas.
El comentario l estudio entre las relaciones entre moral y Derecho, resulta com*n "ue a partir de una serie de postulados muchas veces asumidos de manera acrtica, se los consi co nside dere re ám ámbi bito tos s co comp mple leta tame ment nte e se separ parad ados. os. 6on to todo, do, tr trat atán ándos dose e de do dos s órdenes normativos, las relaciones resultan más "ue evidentes. De ah "ue al referirse al mismo destinatario, el hombre, pareca *til adentrarse, a continuación, en algunas de sus caractersticas propias, como manera de intentar encontrar una gua para dicha normatividad, fundamentalmente por tratarse de un ser limitado o
finito. sto es, "ue por mucha autonoma "ue exista en el sujeto, resulta evidente "ue las consecuencias de su actuar, motivado en parte por dicha normativa, tendrán alg*n efecto sobre +l mismo, y por tanto, en el grupo al cual pertenece. s este lmi l mite te a la nor norma mati tivi vida dad d el "u "ue e no nos s pu pued ede e ay ayud udar ar a enc encont ontrar rar al algu guna na pa paut uta a fundamental en cuanto a dicho contenido, un punto de apoyo no dogmático, sino práctic prác tico o o viv vivenci encial al a est este e resp respect ecto, o, fun fundame damenta ntalme lmente nte li ligado gado a la noci noción ón de dere de rech chos os hu huma mano nos. s. -o -orr *l *lti timo mo,, se in inte tent ntar ará á an anal ali iar ar un ca caso so pr prác ácti tico co
View more...
Comments