Derecho Republicano

September 2, 2020 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DERECHO REPUBLICANO

HISTORIA DEL DERECHO REPUBLICANO INTRODUCCIÓN El naci nacimi mien ento to del del Dere Derech cho o Peru Peruan ano o debi debió ó ser ser simu simultltán áneo eo a la Decl Declar arac ació ión n de la Indeendencia! ero no "ue as#$ Por ra%ones di&ersas! entre ellas la continuación de la luch lucha a or or la inde indee end nden enci cia! a! hast hasta a mu' mu' a&an a&an%a %ada da la Re( Re(bl blic ica! a! la le)i le)isl slac ació ión! n! la ense*an%a "orense ' la ráctica +ur#dica ' contractual del ,irreinato se)u#an ri)iendo en el a#s$ Esto se debió tambi-n! a la accidentada etaa or la .ue atra&esó el a#s durante las rimeras d-cadas de la Re(blica ' a /la cascada de constituciones/! como llamó el hist histor oria iado dorr 0or) 0or)e e Basa Basadre dre a las las suce sucesi si&a &ass cons constititu tuci cion ones es .ue .ue iban iban dict dictan ando do los los )obernantes de turno$ 1 en e"ecto! los historiadores coinciden en a"irmar .ue la sociedad eruana .ue si)uió a la rutura con Esa*a! a esar de haberse le)islado rontamente ara dotar a la nue&a re(blica de un sistema +udicial roio! no se distin)uió ma'ormente de la sociedad de la colonia! or.ue la estructura económica! las +erar.u#as estamentales! las costumbres! creencias! con&icciones ' hasta las le'es eran las mismas .ue antes de declararse la indeendencia$ 2ás a(n! dice la historia .ue muchos echaban de menos las -ocas asadas ' .ue la intelectualidad reublicana osciló durante lar)o tiemo entre la a*oran%a del asado ' el anhelo de un "uturo di"erente$ Consecuentemente! lue)o de la indeendencia del Per(! en los rimeros a*os de la Re(blica! el Poder 0udicial si)uió alicando las le'es heredadas de la -oca de la colonia$ 3ituación .ue! or otro lado! "ue coincidente con la .ue atra&esaban los otros a#ses de Am-rica .ue recientemente se hab#an emanciado$ 2uchos historiadores a"irman .ue los a#ses hisanoamericanos! lue)o de casi cuatro si)l si)los os de habe haberr sido sido colo coloni nia a de Esa Esa*a *a!! reci reci-n -n come comen% n%ar aron on a "orm "ormul ular ar le'e le'ess con con caracter#sticas roias hacia "inales del si)lo 4I4$ Contradiciendo esos ostulados! otros historiadores recuerdan .ue desde su lle)ada al Per(! en 3etiembre de 5678! hasta la instalación del rimer Con)reso Constitu'ente en 3etiembre de 5677! el Libertador 9eneral 0os- de 3an 2art#n! reali%ó una imortante obra le)islati&a$ En lo re"erente al Derecho P(blico! los documentos más imortantes con los .ue se inicia la -oca reublicana en el Per(! datan de un tiemo anterior a la roclamación de la Indeendencia$ 3in embar)o! el Re)lamento Pro&isional de Huaura! del 57 de "ebrero de 5675! meses ante antess de roc rocla lama mars rse e la inde indee end nden enci cia a del del Per( Per(!! "i+ó "i+ó las las rime rimera rass re)l re)las as ara ara la or)ani%ación +udicial del a#s ' declaró como su ob+eti&o /no de+ar en la incertidumbre ' sin sistema +udicial a las autoridades ' e:uestos los derechos articulares a los ries)os de una +urisdicción inde"inida/$

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DERECHO REPUBLICANO Ha' .ue recordar tambi-n .ue "ue Bol#&ar! con la a'uda del insi)ne atriota don 0os Dr$ 0uan Ca%orla %uramento Ante> Pre"ecto Ale+andro De(stua Primero- &ocale-> Dr$ 0uan Antonio 2acedo! Dr$ 2ariano Paredes Primera Sala> ;ribunal 3uerior de 0usticia de Puno

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DERECHO REPUBLICANO

Direcci.n> 0r$ Puno N =?! Pla%a de Armas Puno Tel47ono> AdministraciónF 8=@>6=7? Pre-idente> Dra$ Pastora Udelia Butrón e&allos De"endencia- %udiciale-> 7 3alas Ci&iles! @ 3alas Penales! 6 0u%)ados Penales! 5= 0u%)ados 2i:tos! = 0u%)ados de 6 0u%)ados de Pa%$ %uri-dicci.n> Deartamento de PunoF Pro&$ Puno! Pro&$ A%án)aro! Pro&$ Caraba'a! Pro&$ Chucuito! Pro&$ El Collao! Pro&$ Huancan-! Pro&$ Lama! Pro&$ 2el)ar! Pro&$ 2oho! Pro&$ 3an Antonio de Putina! Pro&$ 3an Román! Pro&$ 3andia! Pro&$ 1un)u'o Ca-cada de Con-titucioneLue)o de la entre&ista de 3an 2art#n ' Bol#&ar! en 9ua'a.uil! 3an 2art#n decidió renunciar a su condición de 0e"e 3uremo de la nue&a re(blica ' ale+arse del Per(! ara e&itar un con"licto$ Para cumlir con ese roósito! con&ocó e instaló el rimer Con)reso Constitu'ente ' ante -l resentó su irre&ocable dimisión$ Inicialmente! el Con)reso nombró una 0unta 9ubernati&a ' oco desu-s desi)nó al 2ariscal 0os- de la Ri&a A)ero como rimer Presidente del Per($ Poco tiemo desu-s al ser Lima ocuada or el e+-rcito realista esa*ol! los con)resistas decidieron in&itar a Bol#&ar a e+ercer la surema autoridad ol#tica ' militar del a#s$  Adulado or muchos ciudadanos notables! Bol#&ar estableció un r-)imen residencial &italicio .ue entró en &i)encia el ? de Diciembre de 567>! "echa en la .ue se conmemoraba la Batalla de A'acucho$ Pero! la Constitución ,italicia .ue Bol#&ar .uer#a imlantar no "ue sancionada or el Con)reso! or lo .ue el nue&o dictador! la sometió al consenso de los Cole)ios Electorales .ue la arobaron$ Pero ese documento! insirado en el Códi)o Naoleónico! roclamado en de "acto! desde el "in de la 9uerra entre 3ala&err' ' 3anta Cru% a 56@?  con la disolución hecha or  9amarra! debido a la )uerra declarada or el )obierno de Chile! la  Con"ederación  Ar)entina ' eruanos contrarios al ro'ecto de 3anta Cru%$ El E+-rcito Unido Restaurador ! "ormado or troas chilenas ' eruanas ba+o el mando del )eneral 2anuel Bulnes ' el mariscal  A)ust#n 9amarra derrotó a las troas de la Con"ederación en la Batalla de 1un)a'! el 78 de enero de 56@?$ Institucionalmente no eme%ó hasta 56@ con la declaración de su constitución$

Antecedente A inicios del si)lo 4I4! 3imón Bol#&ar  ostuló la idea de la creación de una )ran nación como Andr-s de 3anta Cru%! .uien ensó en unir en un solo a#s a Per( ' Boli&ia Ganteriormente conocida como  Alto Perú $ 3in embar)o! la idea de Unir el Per( ' Boli&ia era sentir )eneral en &arios l#deres ol#ticos in"lu'entes en el Per( GLuna Pi%arro! 0os2ar#a de Pando! 2anuel Loren%o de ,idaurre! A)ust#n 9amarra! etc$! tratando de reinte)rar a los dos Per( Galto ' ba+o! e:istiendo solo discreancias en la "orma de la /unión/F "usión o con"ederación$ Hacia 56@! intri)as ol#ticas ro&ocan le&antamientos ' di&isiones en el Per(! imerando el caos$ Para re"renar los intentos re&olucionarios del mariscal A)ust#n 9amarra en el sur! el "re-idente Lui- %o-4 de Or$e0o-o se diri)e al Cusco$ En su ausencia el sar)ento Pedro Becerra se amotina en el Callao! en la madru)ada del 5 de enero de 56@! aoderándose del Ca-tillo del Real 1eli"e $ La insurrección es so"ocada a los ocos d#as or el )eneral de di&isión $ 3ala&err'! derrotado! es sometido a conse+o de )uerra ' condenado a muerte or haberse ouesto a la con"ederación$ El Per(! &encido! desaarece como tal dentro de la órbita de Boli&ia$  Andr-s de 3anta Cru%! lue)o de la batalla de 3ocaba'a! imlanta la Con7ederaci.n Per#?Boli5iana de la .ue -l es rotector con amlios oderes! ' el Per( es di&idido en dos estadosF el Nor Peruano ' el 3ur Peruano$

Guerra entre Salaverry y Santa Cruz 

En 56@>! a inicios de la creación de la Con7ederaci.n Per#?Boli5iana! Bernardo OWHi))ins se encontraba en Lima$ El 78 de diciembre de 56@> en&#a una carta a 3an 2artin mani"estándole una "a&orable imresión sobre 3anta Cru%$ OWHi))ins de"iende el derecho de inte)rarse como una sola nación el  Alto Per( ' el Ba+o Per(! adhiri-ndose al inte)racionismo de 3anta Cru%$ De i)ual manera está en contra de la ol#tica belicista de Die)o Portales$

Guerra contra el E4rcito Re-taurador Guerra entre la Confederación Perú-Boliviana y el Ejército Restaurador Chile-Perú

El ? de ma'o de 56@ la Con"ederación "ue o"icialmente romul)ada or los reresentantes de las tres re)iones en el Con)reso de ;acna! antecedida or las ertinentes decisiones de di&idir el Per( en dos estados ' aunársele la Re(blica de Boli&ia$ Ese mismo d#a! 3anta Cru% tomó el oder como 3uremo Protector de la Con"ederación Per(Boli&iana! .uedando Orbe)oso como residente del Estado Nor Peruano$3anta Cru% estableció or sede de )obierno el Palacio de descanso del ,irre' Pe%uela! en el ueblo de 2a)dalena! Lima! Per($  Al i)ual .ue Orbe)oso! 3anta Cru% tambi-n ten#a bastantes oositores ' enemi)os nacidos en los "recuentes en"rentamientos caudillescos de los rimeros a*os de la historia del Per($ Entre esos enemi)os se encontraban oderosos ersona+es como  A)ust#n 9amarra ' Ramón Castilla! .uienes a la sa%ón "ueron desterrados ' coincidieron en  Chile$ Los eruanos contrarios a 3anta Cru%! con la inter&ención del ministro Portales de Chile! arrastraron a esa nación a una )uerra contra la con"ederación or de"ender sus intereses económicos en el uerto de ,alara#so$ Chile consideró .ue la creación de la Con"ederación si)ni"icaba una clara amena%a ' una muestra de las intenciones e:ansionistas de 3anta Cru%$ En ese sentido! Chile declaró la HI3;ORIA 9ENERAL DEL DERECHO

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DERECHO REPUBLICANO )uerra a la Con"ederación ' "ormó! +unto con troas eruanas contrarias a 3anta Cru%! un e+-rcito restaurador cu'o ob+eto era destruir la con"ederación ' lo)rar / liberar al Perú y  deshacer su innecesario desmembramiento /$ El  E+-rcito Unido Restaurador   in&adió territorio del Estado 3ur Peruano ' se libraron &arias batallas! las .ue causaron la derrota de 3anta Cru%! su retirada a territorio boli&iano ' el "in de la Con"ederación$ El 7 de a)osto de 56@?  A)ust#n 9amarra asumió el 9obierno del Per(! declaró el "in de la Con"ederación Per(Boli&iana ' la e:tinción de los estados Nor ' 3ur Peruanos mediante el retorno a su unidad en el Estado Peruano$

Po-trimer!a- de la di-oluci.n Cabe se*alar .ue 9amarra no "ue a+eno a la idea de 3anta Cru% de crear una )ran nación andina! ero en su lan esta idea no se od#a reali%ar mediante una Con"ederación en la .ue! se)(n su idea! era Boli&ia la .ue lle&aba el ael redominante$ Al contrario! 9amarra! cus.ue*o de nacimiento! ensaba .ue el territorio boli&iano ertenec#a al Per( ' deb#a &ol&er a -l mediante su recueración$ Es or ello .ue a artir de ese momento se inició la 9uerra entre Per( ' Boli&ia mediante la cual 9amarra ensaba ane:arse todo el territorio de esa re(blica$ 9amarra diri)ió sus troas en la misma %ona del combate ' murió en la Batalla de In)a&i$ La muerte de 9amarra "ue el desencadenante ara la derrota eruana ' la consolidación total de Boli&ia como nación soberana! autónoma e indeendiente! encabe%ada or su Presidente 0os- Balli&ián$

E-tructura El Estado con"ederal estaba con"ormado se)(n la di&isión de oderes$ La +e"atura del )obierno estaba a car)o del Protector$ El oder le)islati&o )eneral resid#a en un con)reso bicameral reresentati&o$ El oder e+ecuti&o )eneral resid#a en el Protector! +e"e de Estado! de 9obierno ' 9eneral de las "uer%as armadas! ' en el Conse+o de 2inistros$ El  +udicial )eneral! or su arte! resid#a en una corte suerior a las Cortes 3uremas de las re(blicas con"ormantes$ Las atribuciones del Estado con"ederal estaban e:resadas en la Le' 8! al tratar sobre la elección de los miembros del Poder Le)islati&o! se disuso .ue no od#an ser ele)idos le)isladores ni los ,ocales ' 8! "ue la Constitución! de más rolon)ada &i)encia en el Per(! ues duró hasta 5?78$

La Corte Central Nue&os acontecimientos ol#ticos se sucedieron en el Per(! remeciendo con intensidad la estructura del Poder 0udicial$ 3e trató en esta oortunidad! de la creación! en 56>! de la Corte Central! instancia +udicial destinada (nicamente a sancionar a los miembros del )obierno del 9eneral 0uan Antonio Pe%et! destitu#do or una rebelión encabe%ada or el Coronel 2ariano I)nacio Prado$ Pe%et hab#a sucedido en el )obierno al 2ariscal 2i)uel de 3an Román! notable militar  .ue hab#a asumido el oder al t-rmino del mando del 2ariscal Castilla ' durante su )obierno se hab#an roducido incidentes .ue determinaron la actitud del coronel Prado ' .ue osteriormente lle&aron al a#s a la )uerra con Esa*a$ Al destituir a Pe%et! el Coronel Prado! institu'ó or Decreto! la creación de la Corte Central! .ue era una institución /sui )eneris/ ! comuesta or siete &ocales! cu'os "allos deb#an ser  inaelables$ Los +uristas se ousieron a esta medida ' alertaron a la ciudadan#a .ue eso od#a lle&ar a crear /códi)os de circunstancias/ o sea le'es esec#"icas! .ue "ueran creadas una &e% ocurridos los hechos lo cual contradec#a el es#ritu del Derecho$ HI3;ORIA 9ENERAL DEL DERECHO

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DERECHO REPUBLICANO Prado hi%o di&ersas re"ormas en el Poder 0udicialF nombró directamente a sus miembros! surimió las Cortes 3ueriores de 0un#n ' Ancash ' di&ersas salas de Are.uia ' Cu%co! imuso nue&a or)ani%ación en los tribunales! desi)nó a los miembros del Poder  0udicial ' además desi)nó un ! el )obierno de Prado! .ue hab#a sido ele)ido Presidente Pro&isorio! or el Con)reso Constitu'ente! romul)ó una nue&a Carta Constitucional! modelada sobre la de 56>$ Esta Constitución introdu+o modi"icaciones en lo re"erente al Poder  0udicial! estableciendo el car)o de ? ' comlementada or el Decreto 3uremo 85?@ 0U3! esta Le' suone una nue&a conceción estructural del Poder 0udicial ' la rati"icación de rinciios democráticos como .ue el ueblo es "uente del oder de administrar +usticia$ Ha' en este documento un "irme roósito de descentrali%ar la administración de +usticia ' lle&arla a los lu)ares ale+ados de su sede central .ue es el Palacio de 0usticia! .ue se encuentra en el centro de la ciudad de Lima$ As#! el art#culo @ de la Le' Or)ánica! disone .ue las 3alas Eseciali%adas o 2i:tas ueden "uncionar en ciudad o ro&incia distinta de la sede de las 7 Cortes 3ueriores! lo .ue contribuir#a a amliar el alcance de las +urisdicciones de esas cortes$ I)ualmente! en la ciudad de Lima! el "uncionamiento de las cortes del Cono Norte! en la %ona eri"-rica de la ciudad ' las cortes de Huaura ' Ca*ete! contribu'en a ser&ir con ma'or e"icacia ' raide% a los usuarios de esas %onas$ Desu-s de la emisión de este documento! se nombró en no&iembre de 5??! la Comisión E+ecuti&a del Poder 0udicial! con el encar)o de reali%ar /la Re"orma del Poder  0udicial/! medida .ue causó malestar entre los ma)istrados de carrera! .ue consideraron la medida como una inter"erencia a la consa)rada autonom#a de ese Poder del Estado$ Como consecuencia de esta medida! "ue susendida la &i)encia de di&ersos art#culos del ;e:to Unico de la Le' Or)ánica del Poder 0udicial! lo .ue! indudablemente! atentó contra la labor de los ma)istrados de las di&ersas instancias +udiciales! esecialmente

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DERECHO REPUBLICANO or.ue los disositi&os ermit#an el nombramiento de autoridades /ro&isionales/! situación contra la .ue lucharon los ma)istrados más anti)uos ' más austeros$  Al concluir! en diciembre de 5??6! el la%o otor)ado a la Comisión E+ecuti&a ara reali%ar  el traba+o .ue le "ue encomendado! la Le' N 788?! ublicada! en el diario /El Peruano/! el  de diciembre de ese a*o! amlió su &i)encia hasta el @5 de Diciembre del a*o 7888$ 3in embar)o! los acontecimientos ol#ticos aceleraron la desacti&ación de la Comisión E+ecuti&a del Poder 0udicial! inte)rada or ersonas a+enas a los estamentos +erár.uicos establecidos or la le' ' se nombró! el > de no&iembre del 7888! un Conse+o ;ransitorio .ue se hi%o car)o de la Administración del Poder 0udicial ' "ue el encar)ado de rearar  la recueración institucional de ese or)anismo$ El  de mar%o del 7885! asumió sus "unciones el Conse+o E+ecuti&o del Poder 0udicial! instancia administrati&a contemlada en la Le' Or)ánica$ En esta bre&e historia de la e&olución del Poder 0udicial en el Per(! cu'os ma)istrados ersi)uen el ob+eti&o suremo ' a &eces inalcan%able de buscar continuamente el más er"ecto sistema ara la administración de +usticia! .ui%á sea bueno recordar la "rase del "ilóso"o E$ ant! .uien di+oF /Cuando la +usticia se derrumba! 'a no &ale .ue los hombres &i&an! ero cuando -sta "uere lo)rada o cumlida! la &ida de los hombres habr#a erdido su &alor más alto .ue reside en la constante b(s.ueda de ella/

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DERECHO REPUBLICANO

CO'ENTARIO> NOTAS PRELI'INARES SOBRE EL PROSESO DE LA TRANS1OR'ACION DEL DERECHO PERUANO EN EL INICIO DE LA ERA REPUBLICANA La tran-7ormaci.n del derecho en el inicio de la re"#$lica La situación +ur#dica del Per( a artir del 76 de +ulio de 5675 tenia los si)uientes caracteres esencialesF a El establecimiento de un nue&o r-)imen ol#tico de carácter reublicano de acuerdo al receto enunciado en las Ba-e- de la con-tituci.n Pol!tica suscritas or  diutados el 5 de diciembre de 5677 como inte)rantes del con)reso constitu'ente instalado solemnemente el 78 de setiembre de de ese a*o entre &#tores ' aclamaciones! estableci-ndose .ue la soberan#a de los eruanos resid#a en la nación libre e indeendiente$ En consecuencia! desde el 5 de diciembre de 5677 "ue establecida en el Per( la "orma de )obierno reublicano hasta el d#a de ho'$ b Una notoria con"usión en la alicación de le'es! 'a .ue en el derecho ri&ado re)#an las disosiciones castellanas insertadas insertas en La Partida! en la No&#sima Recoilación ' en al)unos casos! las ro&enientes del derecho indiano .ue eran eminentemente casuistas$ c La aarición del "enómeno de la modi"icación del sistema +ur#dico hisanoindiano atre&es de las constituciones ol#ticas! con notoria in"luencia e:tran+era$ As#! las constituciones ol#ticas sentaron la base del )obierno reublicano ' su te:to constitu'o la le' "undamental "i+ándose los rinciios de la or )ani%ación ol#tica ' ri&ada de la nación ' trans"ormando al)unas normas del derecho ri&ado como "ue la suresión del distin)o de las ersonas en nobles ' lebe'osJ la eliminación de las enas in"amantesJ la con"iscación de bienes ' los emleos ' ri&ile)ios hereditarios G5677$ d La tendencia de iniciar con lentitud e inno&ar rocesos de la codi"icación .ue "ue enmarcado con carácter n#tido en Euroa or el Code ci&il "ranc-s del 75 de mar%o de 568=$ Las nue&as re(blicas emie%an a inicios de del si)lo 4I4 su lar)o ' a%aroso camino hacia un sistema +ur#dico codi"icado! ' es el reámbulo de una nue&a era en la historia del Derecho$  Al)unas le'es ' decretos tu&ieron incidencia trascendental .ue se irradia mas alla del eriodo de la codi"icación ci&il .ue se lantea en la re(blica eruana en el a*o 567 sin considerar el "enómeno +ur#dico de la concesión de los códi)os Boli&ianos durante la e"#mera con"ederación eruano boli&iano$ Los secretos dictatoriales del 6 de abril de HI3;ORIA 9ENERAL DEL DERECHO

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DERECHO REPUBLICANO 567=' = de +ulio trataron sobre la abolición de los cacica%)os ' la le' del @5 de mar%o de 5676 disol&ió le)almente las comunidades ' las tierras comunales se con&irtieron en roiedades indi&iduales! eretuas ' hereditarias$ El hechi%o e"#mero de 3imón Bol#&ar  consolido una re"orma a)raria inciiente$ Esta ultima le' rustica ermitió a los )amonales aroiarse de las tierras de los ind#)enas$ 5 durante el se)undo )obierno de 2anuel Prado U)arteche$ El si)lo 4,III resentó un re)alismo e:tremo ba+o el in"lu+o del)alicanismo$ El clero estaba in"luenciado or los encicloedistas$2uchas rentas eclesiásticas se trans"irieron al Estado$ Cuando aarecen las luchas indeendentistas las relaciones con Romaestaban susendidas$ En el caso eruano! ta+o la administraciónde 3anta Cru%! se re)lamentó el clero re)ular surimi-ndose loscon&entos con más de ocho reli)iosos ' la administración de lasrentas de los con&entos se trans"irió a ecónomos laicos$ Losermisos de e:claustración "ueron "acilitad#os del ándse e:editoel recurso de "uer%a$ El 5 de diciembre de 565 se romul)ó lale' sobre la elección de los obisos or los miembros de ladiócesis$ 1! en el asecto de la literatura +ur#dica! Basadre 9rohmann remarcaba en sus clases la obra de .ue ro&e'ó una le' comlementaria sobre la remoción de estas autoridades +udiciales$ El te:to constitucional de 56>8 anuló esta e:ceción$ La Constitución ol#tica de 5?78 rati"icó la esencia de estos rinciios de indeendencia +udicial e:i)iendo .ue los ma)istrados inte)raran una carrera +udicial! ro&e'-ndose el sistema de rati"icaciones cada cinco a*os$ 3obre la or)ani%ación +udicial en el Per(! la le' de más anti)ua data resulta la del 58 de abril de 5677 .ue re)uló la administración de +usticia hasta .ue "uera alcan%ada la indeendencia del Per( ' una Constitución ermanente "uere adotada or la nue&a re(blica$

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DERECHO REPUBLICANO Durante los a*os de la con&ulsionada Con"ederación Peruanoboli&iana! el residente 3anta Cru% romul)ó una re)ulación del 58 de diciembre de 56@> sobre la or)ani%ación  +udicial en &arios deartamentos$ Primero se e+ecutó en los deartamentos del norte ' desu-s en el sur$ Contu&o =?@ art#culos sobre el "uncionamiento de la Corte 3urema! los tribunales de al%ada! abo)ados! notarios ' testi)os$ El 76 de diciembre de 56@?! el )eneral A)ust#n 9amarra dictó una le' .ue or)ani%ó los tribunales con"orme al mandato de la Constitución ol#tica ' el l f de enero de 56=> "ue re&isada or una le' or)ánica de Ramón Castilla más e:hausti&a! manteni-ndose la re)ulación de los "ueros eseciales$ Este te:to de or)ani%ación +udicial "ue rati"icado el 78 de ma'o de 56= or la nue&a administración conser&adora de 0os- Ru"ino Echeni.ue! el .ue no lle)ó a materiali%arse or todos los deartamentos del a#s or el retorno a la residencia de Ramón Castilla$

Hi-toria eterna e interna del Derecho comercial  "eruano Antecedente- de la codi7icaci.n comercial re"u$licana Esa*a resulta constituir el e+e de in"luencia ara el Derecho comercial codi"icado eruano del si)lo 4I4$ El Consulado del 2ar constitu'ó un e:onente del Derecho catalán del si)lo 4,II ' desu-s de -l sur)ió la "uer%a de las 2rdenan,as de Bilbao como consecuencia de la decadencia de Catalu*a ' Barcelona ' el au)e de las ciudades del norte de Esa*a or el nutrido comercio de e:ortación a ' no udo culminar un traba+o id-ntico sobre el Códi)o de comercio de 5?87 ese a .ue desu-s de su "allecimiento en el a*o 5?5> se acordó ublicar este libro en homena+e a su autor .ue 'a estaba escrito ' debió di&ul)arse$

La a"licaci.n del im"ue-to -o$re la renta en el -i0lo JIJ PERUANO El nacimiento del imuesto a la renta se rastrea en la Constitución de 56@? en cu'o te:to mencionó las contribuciones directas e indirectas$ As#! el Decreto 3uremo del 57 de ma'o de 567 romul)ado or 0os- Ru"ino Echeni.ue re)lamentó el imuesto de atente .ue no era sino la contribución de atentes .ue ro&en#a del a*o 567$ Este disositi&o )ra&ó la utilidad industrial con la tasa de =g anual$ Ramón Castilla estableció desu-s la contribución a la renta redial ' en el trá)ico a*o de 56= la contribución sobre la renta al caital mo&ible$ Desde esa "echa roli"eran normas disersas hasta .ue en el si)uiente si)lo se dictó la le' n(mero ?8=! romul)ada el 7> de +ulio de 5?@= ' en la .ue se con"irió un ordenamiento ordenado ' cient#"ico a la materia del imuesto ala renta$

Hi-toria eterna e interna del Derecho "enal 6 "roce-al "eruano en el -i0lo JIJ Derecho "enal intermedio "eruano2 El C.di0o "enal de +*: El Re)lamento ro&isional de 0os- de 3an 2art#n del 5 de mar%o de 5675 decretó .ue las le'es indianas! las ordenan%as ' las re)ulaciones de esa -oca si)uieran ri)iendo en la re(blica! sal&o .ue "ueran contradictorias con los rinciios de libertad e indeendencia .ue se hab#an lo)rado$ Las modi"icaciones de la le)islación enal en el inicio de la etaa reublicana se rodu+eron or medio de te:tos le)ales esec#"icos como lo se*alaba! a manera de e+emlo! el doctor +or)e basadre )rohmann! con el decreto de 0os- de san mart#n! de octubre de 5675 .ue rohibió la ena de a%otes ' el diciembre de ese a*o "i+ando la ena de muerte ara los emleados de hacienda .ue con malicia "altaren a sus deberes de "unción$ 3e lle)aron a abolir las enas in"amantes imuestas al reo .ue ro&en#an del asado hisanoindiano del .ue se acababan de romer las ataduras$ ;ambi-n se de+aron sin e"ecto la con"iscación de bienes! la mutilación de ór)anos ' el tormento .ue se encontraban diseminadas en as Partidas ' en la 4ov!sima Reco(ilación+ Entre los a*os HI3;ORIA 9ENERAL DEL DERECHO

Pá)$ =?

DERECHO REPUBLICANO 56@> a 56@? aareció el sin)ular roceso de la concesión de la le)islación boli&iana a la re(blica eruana en un e:erimento de consolidar un Estado unido de dos re(blicas .ue sir&iera de balance contra el emer)ente dominio chileno en Am-rica del 3ur$ En Boli&ia! estaban ri)iendo en materia enal di&ersos elementos "ormati&osF a la doctrina de los encicloedistas ' de C-sar BeccariaJ b el Códi)o enal "ranc-s de Naoleón Bonaarte '! c con carácter oco in"lu'ente! la tradición esa*ola a tra&-s del 5uero 6u,'o ' de as Partidas+ La in"luencia esa*ola en materia enal se hab#a mani"estado or una "ranca se&eridad reresi&a del delito$ El Códi)o enal boli&iano con marcada receción esa*ola ten#a un a"án intimidatorio$ Esta caracter#stica ro&ocó la rotesta de la oinión (blica en Boli&ia! aenas romul)ado el Códi)o de 56@5$ 3ur)ió entonces un roceso de re"ormas en el te:to de este Códi)o enal$ Un ministro de Estado ' tres &ocales! "ueron desi)nados ara inte)rar la comisión encar)ada de la re"orma del Códi)o enal boli&iano en los a*os 56@@ ' 56@=$ 0C Boli&ia conoció as# dos códi)os enales en los inicios del si)lo 4I4F el del a*o 56@5 ' otro te:to elaborado or la comisión re"ormadora! con &i)encia al a*o 56@=! ambos llamados Códi)os de 3anta Cru% $
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