Derecho Registral
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AUTOEVALUACION DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE I
1. CON SUS PROPIAS PALABRAS FORMULE UN CONCEPTO DE DERECHO REGISTRAL Y ELABORAR UN BREVÍSIMO RESUMEN, RESPECTO DE SU ORIGEN HISTÓRICO. El derecho registral es el conjunto de normas jurídicas y principios
registrales
que
rigen
la
constitución,
organización y funcionamiento de los registros públicos, así como los derechos inscribibles y medidas precautorias en los diversos
registros,
importante
función
garantizar
y
en de
relación servicio
fortalecer
los
con
terceros;
público
diferentes
cuya actos
cumple
finalidad y
una es
contratos
según sea el organismo registral que lo ampare.
2. ELABORE UN BREVE RESUMEN DEL REGLAMENTO GENERAL DE LOS REGISTROS
PÚBLICOS
RESPECTO
A
SUS
ASPECTOS
MÁS
IMPORTANTES. El reglamento general de los registros públicos respecto a sus
puntos
más
importantes
podemos
resaltar
que
mediante
Resolución Nº 195 –2001–Sunarp-Sn del 19-07-2001 se aprobó el Reglamento
General
de
los
Registros
Públicos.
Entró
en
vigencia el 01-10-2001, derogando el anterior reglamento que fue aprobado por la Corte Suprema el 16-05-1968 cuya vigencia fue por de 30 años. Ante las posteriores modificaciones de varios artículos, por Resolución Nº 079-2005-Sunarp-Sn del 21-03-2005, se dictó el Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, el cual está vigente. En su elaboración se ha tomado como antecedente legislativo fundamental a la ley y al reglamento hipotecario español, pero
con
las
particularidades
de
nuestro
ordenamiento
legislativo la practica registral nacional, de allí que la
gran cantidad de artículos solo consagran diversos criterios que
ya
habían
sido
uniformemente
aceptados
por
la
jurisprudencia registral. Este
Reglamento
General,
consta
de
un
Titulo
Preliminar
conformada por X artículos, en la cual se desarrolla los principios
regístrales
en
la
cual
se
basa
el
que
hacer
registral, consta de 11 títulos y 169 artículos en la cual se desarrolla los procedimientos regístrales tanto en la primera como en la segunda instancia. Este Reglamento General fue la base para que se deroguen los antiguos
reglamentos
y
se
dicten
nuevos
reglamentos
específicos para cada registro, así tenemos: Reglamento de Registro de Sociedades (Resolución Nº 200-2001-Sunarp-Sn del 24-06-01);
Reglamento
de
Registro
de
Propiedad
Vehicular
(Resolución Nº 087-2004-Sunarp-Sn del 01-03-2004); Reglamento de Registro de Predios (Resolución Nº 540-2003-Sunarp-Sn del 17-11-2003).
3. EXPLIQUE CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS BÁSICOS QUE RIGEN EL DERECHO REGISTRAL. Los principios básicos que rigen el derecho registral son:
3.1. PRINCIPIO
DE
ROGACION: llamado
También
principio
de
Instancia que refiere a que las inscripciones en los registros públicos no se realizan de oficio, sino que deben ser solicitadas al registrador, debiendo mediar el pedido
de
parte
instrumento
o
interesada
título
que
dé
quien lugar
deberá a
la
aportar
el
inscripción
respectiva.
3.2. PRINCIPIO DE PRIORIDAD: están determinados por la fecha de su inscripción y a su vez, la fecha de inscripción. Este principio reconoce la prioridad de rango respecto de los actos o derechos inscritos. En la cual el título primeramente
presentado
posteriormente presentado.
es
preferente
al
título
3.3. PRINCIPIO DE PRIORIDAD EXCLUYENTE: Los actos o derechos contenidos en los títulos en conflicto son incompatibles entre sí por lo que no procede la inscripción de ambos ni la determinación de su preferencia y rango, sino la inscripción
del
primero
determinará
el
“cierre
registral” respecto al presentado en segundo lugar.
Se aplica solo a títulos incompatibles, que son aquellos que contienen actos o derechos excluyentes entre sí. Esta incompatibilidad deberá ser absoluta, es decir la imposibilidad de inscripción del segundo si se inscribe el primero. Pero no son incompatibles los títulos presentados en forma compra
incorrecta venta
de
por un
Ejemplo lote
primero
se
subdividido
presenta y
luego
la la
subdivisión, en este caso se trata de títulos conexos, en lo que es posible su calificación simultanea.
3.4. PRINCIPIO
DE
LEGALIDAD:
Este
principio
regula
la
obligatoriedad de la función de calificación registral por parte de Registrador público y vocales de segunda instancia a fin de que en los asientos correspondientes solamente tengan acceso los títulos validos o perfectos. Por lo que se hace necesario determinar si el principio de legalidad y calificación registral son expresiones equivalentes.
3.5. PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO: llamado también de tracto continuo el cual indica que ninguna inscripción salvo la primera, se hará sin que esté inscrito o se inscriba el derecho de donde emane. Tiene por objeto el ordenamiento y concatenación de los asientos regístrales.
3.6. PRINCIPIO DE PUBLICIDAD: esta es una presunción JURIS ET DE JURE esto es, sin admitir prueba en contrario quiere decir que este principio constituye la razón de ser del registro y es uno de los efectos de la inscripción, porque consiste en poner de manifiesto ERGA OMNES los
derechos inscritos a los terceros interesados y además la ley declara que nadie puede alegar desconocimiento del contenido del Registro, la presunción contenida en el art. 2012 sólo es oponible después de un año de la inscripción de la transferencia.
PUBLICIDAD
MATERIAL:
publicidad,
pues
en
Es
el
tanto
aspecto las
material
situaciones
de
la
jurídicas
publicadas son susceptibles de ser conocidas por lo que nadie puede alegar su desconocimiento.
PUBLICIDAD FORMAL: es la obligación de los funcionarios de los registros públicos de dar solicite
el
contenido
de
las
a conocer conocer a quien lo lo inscripciones
o
los
asientos registrales.
3.7. PRINCIPIO DE LEGITIMACION: Es aquel que nos informa que el
contenido
de
las
inscripciones
se
presume
cierto
mientras no se declare judicialmente su invalidez o se haya producido su rectificación. Es una presunción JURIS TANTUM es decir que admite prueba en contrario, porque es
susceptible
de
ser
desvirtuada
a
través
de:
declaración de invalidez o rectificación del asiento. Solo el poder judicial es el único órgano del estado capacitado para declarar la nulidad de una inscripción.
3.8. PRINCIPIO confiere
DE una
FE
PUBLICA
garantía
REGISTRAL:
de
seguridad
Este
principio
jurídica
plena
a
quien bajo la fe que emana de registro, adquiere e inscribe un derecho, a título oneroso y con buena fe de quien aparece en el registro como titular registral. De este modo el tercero registral no será afectado por los vicios que pudiera tener el título de su transferente pues la aplicación de este principio determinará que su adquisición
sea
privada
eficacia
de
inatacable aun
en
y
no sede
susceptible
de
jurisdiccional.
ser El
principio de fe pública registral se halla justificado por la necesidad de proteger la seguridad jurídica de la
contratación en base a los asientos de inscripción que obran en los registros.
3.9. PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD: Llamado también principio de determinación
y
tiene
por
objeto
individualizar
los
derechos inscritos en relación a los bienes y a las personas.
Este
principio
está
relacionado
con
la
necesidad de dar claridad al registro, se orienta a regular el elemento (bien o persona) en función al cual se organizan las partidas regístrales. Este principio no se
encuentra
Reglamento cuando
previsto
en
General
hace
que
el
dice
en
el
Código
referencia libro
Civil, a
este
denominado
pero
el
principio
Registro
de
Propiedad se harán los asientos de todos los títulos relativos a las fincas situadas dentro del respectivo distrito y expresándose en el primer asiento la historia de dominio de posesión y en asientos por separados, unos a
continuación
de
otros
se
inscribirán
las
transferencias, hipotecas y demás derechos inscribibles.
3.10. PRINCIPIO impedir
DE
que
IMPENETRABILIDAD: se
inscriban
tiene
derechos
como
que
se
propósito opongan
o
resulten incompatibles con otro, aunque aquellos sean de fecha
anterior,
estando
vigente
el
asiento
de
presentación. Este principio tiene un valor normativo de finalidad inmediata meramente formal porque va dirigido al registrador para que se abstenga de inscribir el titulo o acto registrable que resulte incompatible con el ya inscrito o anotado. Este principio solo prohíbe inscribir o anotar pero no presentar en el libro Diario el segundo título ingresado.
4. MENCIONE CUALES CON LAS FUENTES DEL DERECHO REGISTRAL Y PORQUE TIENEN TAL DENOMINACIÓN. Las fuentes del derecho registral son: la Ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina, se les denomina así porque fuente significa principio, fundamento u origen de algo.
5. MENCIONE CON QUE OTRAS RAMAS DEL DERECHO TIENE RELACIÓN EL DERECHO REGISTRAL. El
Derecho
Registral
guarda
relación
con
otras
ramas
del
derecho como son:
Con el Derecho Civil
Con el Derecho Administrativo
Con el Derecho Comercial
Con el Derecho Tributario
Con el Derecho Notarial
Con el Derecho procesal
6. EXPLIQUE A QUE SE DENOMINA ACTIVIDAD REGISTRAL Y QUE ACTIVIDADES COMPRENDE HAGA UN BREVE RESUMEN DE CADA UNA DE ELLAS. 7. ¿CUÁLES SON LOS SISTEMAS REGISTRALES QUE EXISTEN EN EL MUNDO? Los sistemas registrales que existen en el mundo son:
A. SISTEMA
REGISTRAL
FRANCES:
Llamado
también
de
la
transcripción o de la clandestinidad, tiene su origen en la
tradición
transmisión
romana,
este
consensual,
es
sistema decir
consiste
la
cosa
en
la
vendida
se
trasmite al comprador por el simple consentimiento de las
partes
sin
necesidad
de
los
requisitos
de
la
tradición o inscripción.
B. SISTEMA
REGISTRAL
ALEMAN:
se
perfecciona
en
forma
definitiva con el código civil de 1900 y se sustenta en dos principios fundamentales: el Catastro que representa el
aspecto
físico
descripción
material
Territorial
que
de de
revela
la la el
propiedad tierra aspecto
es y
decir
el
jurídico
la
Registro de
la
propiedad.
C. SISTEMA REGISTRAL AUSTRALIANO: llamado también Acta de Torrens según el cual el proceso enajenativo se halla sumamente
simplificado,
pues
e
suficiente
que
los
contratantes llenen un impreso de modelo oficial y lo
remitan junto con el título a la oficina del registro. La inscripción es constitutiva, con fuerza legitimadora y sustantividad absoluta.
D. SISTEMA REGISTRAL ESPAÑOL: Nace en España con la Ley hipotecaria
de
1861
que
ha
sido
modificada
para
adecuarla a los cambios socio económicos. El Registro es Declarativo, da publicidad al derecho inscrito con la única excepción del derecho real de hipoteca cuya inscripción tiene efecto constitutivo y es de
carácter
efectos
de
obligatorio. presunción
legitimación) efectos
se
La JURIS
presume
mientras
no
inscripción
se
TANTUM
cierto
y
produce
los
(principio
de
produce
rectifique
o
todos
se
sus
declare
judicialmente su invalidez. Y es JURIS ET DE JURE para el tercero que adquiere bajo la fe del registro (fe pública registral).
8. ¿CUÁL ES EL SISTEMA REGISTRAL QUE EXISTE EN NUESTRO PAÍS? En
nuestro
país
se
considera
que
no
existe
un
sistema
registral peruano porque en nuestra norma positiva se han incorporado todos los sistemas pero se admite que nuestro sistema dentro
es del
el
de
ámbito
inscripción; de
este
influencia
sistema del
se
encuentra
Derecho
registral
Español.
9. ¿CUÁL ES LA ESTRUCTURA DEL DERECHO REGISTRAL PERUANO? La estructura del derecho registral peruano como principal antecedente se debe de citar a la Constitución Política del Estado de 1993, la misma que nos habla en sus artículos 70 al 73 sobre la propiedad. Los Registros Públicos en el Perú, como toda institución registral, está destinado a la inscripción de los actos y contratos y derechos que señala la ley y a la publicidad de éstos. Nacen como registros de la propiedad inmueble por ley
del 2 de Enero de 1888 bajo la dirección e inspección del Poder Judicial, integrando en 1902 al Registro Mercantil y de Buques
creados
en
el
Código
de
Comercio,
y
en
1916
al
Registro de la Prenda Agrícola creada por Ley 2402. En 1936 a la dación del Código Civil formaba parte del Libro Cuarto de los Derechos Reales y estaba integrado por los registros de propiedad, mercantil, personas jurídicas, personal, buques, prenda agrícola, testamentos, mandatos. En 1965 se integró el Registro
de
Declaratoria
de
Herederos
(sucesiones
intestadas). A
la
dación
del
sistematización
Código
se
Civil
dispuso
un
de
Libro
1984,
en
Especial
una Libro
mejor IX
–
Registros Públicos; el Art. 2008 señala los registros que lo integran
incluyendo
el
de
bienes
muebles
y
el
Art.
2009
agrega los omitidos: Registro de Naves, Aeronaves, Prenda Agrícola, también
Mercantil se
señala
y que
demás
regulados
actos
son
por
ley.
inscribibles
Así
como
por
cada
registro. Y sobre todo los principios regístrales que lo rigen:
Legalidad
y
Rogación
(Art.
2011),
Publicidad
(Art.2012), De Legitimación (Art. 2013), Buena Fe Registral (Art. 2014), Tracto Sucesivo (Art. 2015), Prioridad (Art. 2016), Impenetrabilidad (Art. 2017).
10.
¿CÓMO
SE
ENCUENTRA
ORGANIZADO
LOS
REGISTROS
PÚBLICOS EN EL PERÚ? Los registros públicos en el Perú se encuentra organizado de la siguiente manera: Conforme lo establece por Ley 26366 del 16 de octubre de 1994 donde se da la creación del sistema nacional y la superintendencia de los registros públicos; cuya finalidad es mantener y preservar la unidad y c0herencia del ejercicio de la función registral en todo el país y están conformados por los siguientes registros:
a. REGISTRO
DE
PERSONAS
NATURALES:
que
unifica
los
siguientes registros:
El registro de mandatos y poderes.
El registro de testamentos.
El registro de declaratoria de herederos (Registro de sucesión intestada).
El registro personal.
El registro de comerciantes.
b. REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS: unifica los siguientes registros:
Registro de Personas jurídicas.
Registro Mercantil.
Registro de Sociedades mineras.
Registro de Personas jurídicas creadas por ley.
Registro
de
Empresas
Individuales
de
Responsabilidad
Limitada.
Registro de Sociedades Mercantiles.
Registro de Sociedades pesqueras.
Registro
de
Sociedades
del
registro
público
de
hidrocarburos.
Registro de Comunidades campesinas y nativas
c. REGISTRO
DE
PROPIEDAD
INMUEBLE:
siguientes registros:
Registro de predios propiedad Inmueble
Registro de buques.
Registro de embarcaciones y pesqueras.
Registro de aeronaves.
Registro de naves.
Registro de derechos mineros.
que
unifica
los
Registro
de
concesiones
para
la
explotación
de
los
servicios públicos. d. REGISTRO DE BIENES MUEBLES: que unifica los siguientes registros:
Registro de Bienes muebles.
Registro de Propiedad vehicular.
Registro Fiscal de ventas a plazos.
Registro de Prenda industrial.
Registro de Prenda agrícola.
Registro de Prenda pesquera.
Registro de Prenda minera.
Registro de Prenda de transportes.
AUTOEVALUACION DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE II
1. EXPLIQUE PORQUE ES IMPORTANTE LA FUNCIÓN DEL REGISTRADOR EN NUESTRO MEDIO Y QUE CUALIDADES DEBE TENER. La
función
funcionario
del
registrador
público
con
es
importante
autonomía
en
ya la
que
es
un
calificación
registral ya que actúa de manera independiente personal e indelegable puesto que es el encargado y responsable de la oficina
registral
jurisdiccionales inscripciones,
que
ejerce
administrativos certificados
y
con con
autonomía respecto
publicidad
que
actos a
las
la
ley
determina; y las cualidades que el registrador público debe de tener Para asumir al cargo se requiere ser peruano de nacimiento con 02 años en la función de asistente registral y 04 años de ejercicio profesional de abogado y haber aprobado el concurso público de méritos, son nombrados en cada zona registral por el Jefe zonal.
2. EXPLIQUE CON UN EJEMPLO LA APLICACIÓN PRÁCTICA DE LOS PRINCIPIOS REGISTRABLES. 3. RESUMA
EL
PROCEDIMIENTO
REGISTRAL
DE
PRESENTACIÓN
DE
TÍTULOS. Para la Presentación de Títulos lo solicitan los otorgantes del acto o derecho, el tercero interesado, el notario ya sea verbal o por escrito indicando nombre, apellidos y dirección; para
que
proceda
la
presentación
del
título
es
único
requisito el previo pago de los derechos registrales, toda presentación debe realizarse dentro del horario de atención y hacer constar inmediatamente el momento de ingreso o entrada en
el
registro
de
cada
título
considerando
la
fecha
de
inscripción para todos los efectos que esta debe producir.
4. ¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE CALIFICACIÓN Y CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO IMPUGNATORIO? La calificación se da a través del principio de Legalidad y se dan de dos formas:
A. CALIFICACION POSITIVA: significa
que
el
titulo
cuya
inscripción se solicita reúne los requisitos que señala la ley y se adecua a los antecedentes que obran en los registros y que conllevan a la inscripción del título.
B. CALIFICACION
NEGATIVA:
significa
que
el
título
es
rechazado por el registrador que conlleva dos supuestos: la observación y/o la tacha del título. El procedimiento o recurso impugnatorio se da a causa de las observaciones y tachas que realizan en primera instancia los registradores públicos y estos son:
A. RECURSO DE RECONSIDERACION: se interpone ante el mismo registrador
que
durante
vigencia
la
liquidó, del
observo asiento
o de
tacho
el
título
presentación,
no
requiere mayor formalidad ni firma de letrado.
B. RECURSO DE APELACION: este recurso de interpone respecto a las observaciones y tachas del registrador recaido en
un título cuya inscripción se solicita, este recurso se interpone dentro del plazo de vigencia del asiento de presentación ante el registrador que ha calificado el título, este recurso debe estar autorizado por letrado y cumplir con los requisitos exigidos en el Texto Único Ordenado en el plazo de 30 días hábiles previo pago en los
registros
públicos
por
concepto
de
apelación
de
acuerdo al arancel vigente.
C. RECURSO DE QUEJA: se presenta ante el tribunal registral y
se
interpondrá
dentro
del
plazo
de
vigencia
del
asiento de presentación debiendo ser resuelta dentro de los 5 días de presentado el recurso.
5. SEÑALE CUAL ES EL PROCEDIMIENTO DE TACHA El procedimiento de la tacha procede cuando el registrador encuentra algún defecto insubsanable proveniente de su forma o contenido lo que produce la nulidad del acto o contrato, es decir origina la denegatoria de la inscripción y estas se comunicaran al interesado mediante esquela, además, en el pizarrín de la oficina registral.
6. ¿PARA QUÉ SIRVE LA ANOTACIÓN PREVENTIVA? La anotación preventiva es el asiento provisional que se hace en
los
registros
públicos
y
sirve
para
asegurar
el
cumplimiento de los fallos judiciales o la eficiencia de cualquier derecho real que aun no puede ser inscrito en forma definitiva.
7. ¿EN QUÉ CONSISTE EL BLOQUEO REGISTRAL? El
bloqueo
inmovilizar
registral
consiste
bienes
no
y
en
permitir
la su
acción
o
efecto
disposición
por
de el
propietario, tal como ocurre con el embargo.
8. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE CERTIFICACIONES QUE EXPIDE LA OFICINA REGISTRAL? Las clases de certificaciones que expide la oficina registral son:
A. CERTIFICADOS LITERALES: son los que se otorgan mediante la copia o impresión de la totalidad o parte de la partida registral o de los documentos que dieron merito para extenderlos por lo que estos se expiden en dos modalidades:
Certificados o copias literales de los títulos.
Certificados o copias literales de los asientos de inscripción.
Copia literal de títulos archivados
.
B. CERTIFICADOS COMPENDIOSOS: Los que se otorgan mediante un
extracto,
resumen
circunstancias
del
o
indicación
contenido
de
de
determinadas
las
partidas
regístrales, los que podrán referirse a los gravámenes o cargas registrados a determinados datos o aspectos de las inscripciones, tales como el hecho de ser la única propiedad del solicitante, a la condición de rústico o urbano del inmueble, a la naturaleza del acto inscrito, a
las
facultades
de
los
apoderados.las
clases
de
certificados compendiosos son:
Certificado positivo de propiedad.
Certificado negativo de propiedad.
Certificado
negativo
de
testamento,
sucesión
intestada.
Certificado de no superposición de área.
Certificado de búsqueda catastral.
Certificado de gravamen.
Certificado literal de dominio.
Certificado de vigencia de poder.
Certificado
Registral
Inmobiliario
(dominio,
gravamen, descripción del inmueble).
Certificado de Acreditación de Verificadores
.
9. ¿CUÁLES CON LOS ACTOS INSCRIBIBLES EN EL REGISTRO EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS? Los actos inscribibles en el registro de Personas Jurídicas son los siguientes:
Constitución de Sociedades.
Aumento y reducción de capital.
Modificación de estatuto de la sociedad.
Nombramiento
de
directorio
y
gerentes
de
Sociedades
Anónimas.
Otorgamiento de poderes.
Transferencia
de
participaciones
de
una
Sociedad
de
Responsabilidad Limitada.
Extinción de Sociedades Mercantiles o Civiles.
Constitución de Asociación.
Renovación
de
consejos
directivos
de
asociaciones,
comités, cooperativas, organizaciones sociales de base.
Transferencia
de
una
empresa
individual
de
responsabilidad limitada.
10.
EXPLIQUE LA IMPORTANCIA DEL REGISTRO DE PROPIEDAD
INMUEBLE. El registro de propiedad inmueble es importante porque es el único medio que presta protección efectiva al derecho de propiedad inmueble y a los derechos que recaen sobre ella a base de la publicidad.
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