Derecho Municipal

August 29, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Derecho Municipal 

 

Definición  



Adolfo Korn Vi Villafañe  llafañe : Es la rama científicamente autónoma del  derecho publico político, con acción publica que estudia los  problemas pollitos, jurídicos y sociales del urbanismo y que  guarda estrecho contacto con el derecho constitucional, con el  derecho publico provincial, con el derecho administrativo, con el  derecho impositivo, con el derecho rural, con la historia  constitucional y con la ciencia del urbanismo” . Antonio María Hernández (H):  Es la rama del derecho publico  que estudia lo relativo al Municipio. Es el derecho de la ciudad. Trata del enfoque de la ciencia jurídica destinado a investigar el  origen histórico, la naturaleza definición elementos y fines de la  institución municipal, así como su inserción en el Estado” .



Ricardo Miguel Zuccherino:  Es una rama de la ciencia jurídica  de marcado carácter publico que aborda el conocimiento de las  instituciones y relaciones municipales” . 

 

Situación del derecho municipal dentro de  la ciencia del derecho  •





Tesis negatorias : impugna la existencia de un  derecho municipal de contenido autónomo y coloca al  derecho municipal como un capitulo del derecho  administrativo, del derecho constitucional del derecho  estadual o del derecho político (Rafael Bielsa, Luis  Longhi). Tesis afirmativa:  el derecho municipal se presenta  como una rama autónoma del derecho publico  político, provisto de instituciones y disposiciones  propias (Adolfo Korn Villafañe).  Tesis integradora:  la materia municipal se integra, sin perder la condición de autónoma, con la materia  estadual, en el plano docente, dada su intima  vinculación de sus objetos, métodos y finalidades. 

 

Autonomía Científica  •

Objeto:  origen histórico, naturaleza, definición, elementos y fines de la institución municipal, inserción en el Estado, competencia, el gobierno, administración y finanzas del Municipio.



Método: se proponen: a) Exegético; b) Histórico -  político (Daña Montaño, Antonio M. Hernandez(h)  ), c) Jurídico- científico (Clodomiro Zavalia), d) Método Pluralista (Ricardo M. Zuccherino) 

 

Fuentes  

Normativas:  Constitución Nacional, Leyes  nacionales, Constitución Provinciales, Leyes  orgánicas Municipales y Cartas Orgánicas, Ordenanzas, decretos municipales, Jurisprudencia.



y

resoluciones 

Informativas: derecho comparado y doctrina 

 

Caracterización ción del Municipio   Caracteriza 





Antonio María Hernandez : es la sociedad  organizada políticamente, en una extensión territorial  determinado, con necesaria relaciones de vecindad, sobre una base de capacidad económica para  satisfacer los gastos del gobierno propio y con  personalidad jurídica publica estatal” . Horacio Daniel Rosatti:  es una comunidad local  autosuficiente. Ricardo Miguel Zuccherino:  es el tercer grado de  descentralización política que se presenta como la  unidad básica autónoma y fundamental generada  naturalmente en fusión de la suma de intereses y  necesidades determinados por la vecindad y provista  por la ley de la categoría de persona jurídica de 

 

Origen del Municipio  •

Origen romano : se guían por la expresión  municipio. Esta  denominación era dada en Roma a todos aquellos pequeños  poblados que eran conquistados por sus legiones y que  quedaban absolutamente dependientes de la capital del Imperio.



Origen griego:  la institución municipal se observa inicialmente  en el norte de la Grecia finisecular, en aquellos tiempos  denominada la Hélade donde aparecían un gran conjunto de  ciudades estados  que se encontraban encabezadas por  Atenas.



Origen egipcio:  se apoya en la expresión  nomos  que en esta  civilización representaba a los poblados que el soberano  otorgaba a las comunidades disidentes.



Origen en el Cabildo:  se sitúa en Iberia antes de la división de  España y Portugal, bajo el dominio fenificio, cuando el  gobernador General Amilcar Barca otorgo pequeñas facultades  de autogobierno a distintos pueblos de aquellos tiempos. 

 

Doctrinas que explican la esencia  





Escuela sociológica : el estado municipal se formo  de manera espontánea y antes de la existencia de  todo derecho positivo, situación que lleva al legislador  a reconocerlo (iusnaturalista, social católica, economista, institucionalista) Escuela legalista o jurídicas:  a sido la legislación la  que ha creado a la institución municipal  (individualismo liberal, administrativista, construcción  de Hans Kelsen) Experiencia legislativas negatorias del municipio:  ley municipal italiana de 1934 y la ley alemana de  1935, todos los poderes municipales concentrados en  un órgano unipersonal quien era delegado del Estado  Central. 

 

Elementos  



Base territorial ::   a) teoría del municipio-partido: una base que en su mayor parte  es rural, en la ciudad principal  –cabecera de partido-se instala  municipio y en el resto del territorio funcionan delegaciones  rurales. Critica: la designación de los delegados municipales, no  se realiza por votación; votación; b) teoría del municipio ciudad: es la de  mayor pureza técnica, de escasa posibilidades de aplicación en  nuestro país, es de origen europeo, propone limitar la base  territorial municipal al ejido urbano. Critica: los municipios  pierden facultades impositivas respecto a las zonas que no son  urbanas; c) teoría del municipio distrito: es una doctrina  intermedia entre las dos anteriores, fue desarrollada por la  Constitución de Santa Fe de 1921, se ajusta a la realidad  geográfica-espacial, para la cual deba legislar, se propugna  integrar lo urbano, suburbano y rural dentro de la base territorial  municipal, se aplica un sistema de gobierno diferenciado según  la importancia del municipio.

la importancia del municipio.  









• •



La población:  es la base humana indispensable y esencial sobre la  que se asienta la institución municipal, es elemento permite clasificar  los municipios en grandes, medianos y pequeños, o de primera, segunda y tercer categoría, lo que determina luego las distintas  facultades municipales, municipales, y la mayor mayor o menor menor extensión de de autonomía. Competencias y facultades:  ámbito sobre el cual recae los poderes  políticos propios la institución municipal. Se expuestosyenjurídicos tal sentido distintosdecriterios para su determinación determinación. . han  Organización gubernativa:  se refiere a los diferentes formas de  gobierno que se han desarrollado en el ámbito municipal. Ordenamiento jurídicos: se refiere a los diferentes instrumentos sobre  los cuales se organiza el municipio: leyes orgánicas o cartas orgánicas.

Facultades de normacion:  comprende a la actividad normativa del  municipio entre ellos ordenanz ordenanzas, as, resoluciones, resoluciones, decretos. Autosuficiencia económico-financiero:  se refiere a la facultades de  los municipios para obtener sus propios recursos. Idoneidad técnica:  comprende el análisis de las capacidades de las  personas que tienen a su cargo el municipio.  

 

Sistemas de Gobierno  •





Tres modelos de gobierno a nivel mundial. A) Ejecutivista : recae sobre el ejecutivo la responsabilidad de conducir el  destino del municipio, existe una clara diferencia entre el órgano  deliberativo y el órgano ejecutivo, los vecinos eligen a lo miembros del  consejo deliberante y al intendente, el titular del ejecutivo designa y  remueve a sus colaboradores sin intervención del órgano colegiado, el  titular del ejecutivo un colegiado, mandato prefijado, su continuidad no depende  de la confianza del tiene órgano la cesación anticipado del mandato  se debe algunas de las causales prevista para tal situación y por decisión  del órgano colegiado o por los propios vecinos. B) Parlamentario:  los vecinos eligen directamente a los miembros del  cuerpo colegiado, y estos eligen al titular del ejecutivo, el funcionario tiene  un mandato temporal, pero puede ser relevado del cargo por decisión del  cuerpo circunstancias políticas funcionales, el titular del  ejecutivocolegiado puede serpor designado en función de suorepresentatividad política, o  por su solvencia técnica. C) Colegiado:  El gobierno es ejercido por un órgano pluripersonal elegido  directamente por el pueblo, los cargos se distribuyen garantizando la  participación de la minoría, generalmente tienen número impar para facilitar  las decisiones por mayoría, concentra las funciones ejecutivas y  legislativas, del gobierno es ejercido por un del cuerpo, la y representatividad elegido por el mismo, y puede ser ejercido de miembro  manera  sucesiva por diferentes miembros, la decisiones se tomar por mayoría  absoluta de los miembros forman quórum. 

 

Evolución historia  

Municipio Romano :  :  Autónomo: derecho a elegir a sus propios magistrados. Adolfo Posadas-caracteres-a) Posadas-caracteres-a) territorio determinado, b) un pueblo qu que e se  manifiesta en Asamblea, c)una organización especializada en Cuerpo  Deliberante, d) el culto a los dioses. 







Lex Julia Municipalis del año 45 A.C. regulaba la organización organización municipal. Municipio Medieval:  Invasión de los bárbaros. 





Decrecimiento de la vida urbana. Cinco siglos-una institución de los visigodos: ”Asamblea ”Asamblea de hombres libres” .



Facultades: edilicias, deslinde y amojonamiento de ciudades, policía y   judiciales. Siglo X:  Resurgimiento de las ciudades. - Estructura política: el feudalismo  - Poliarquía, diferentes centros de poder: iglesia, reyes y nobleza.

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Tres tipos de municipio: rural, privilegiado y consular.

 

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Otorgamiento de cartas pueblas o fueros: estatutos políticos que regulaban la  relación entre el fundados y los pobladores.

El Cabildo Indiano:  Cabildos: organización de gobierno establecida en las ciudades mas  importantes, tenia diversas funciones a cargo de distintos funcionarios: alcaldes  de primer y segundo voto, los regidores, alférez real, alguaciles mayores, fiel  ejecutar,, tesorero, escribano, procuradores, síndicos, oficiales reales. ejecutar Jurisdicción: urbana y rural (dividido en partidos a cargo de alcaldes de  hermandad. Funciones: sanidad, ornato de la ciudad, servicios públicos, administración de   justicia y regimiento. Cabildo abiertos: motivos de gravedad-asume funciones políticas(reclutamiento  de tropas, dispone contribuciones, pone en posesión de sus cargos a  gobernantes, los depone-Ejemplo: invasión inglesa de 1806 y Revolución de  Mayo de 1810. Revolución de Mayo de 1810: los cabildos subsistieron , asumen un rol  protagónico netamente político. Diferentes disposiciones que se refieren al Cabildo: Estatuto Provisional de  1815, Reglamento Provisorio de 1817, Constitución de 1819,.

 

- Desaparición del Cabildo: ley del 24 de Diciembre de 1821 aprobada por la Junta de Representantes de la Pcia. De Bs.As.

- Se fraccionan las facultades del Cabildo: aparece la justicia de primera instancia, la justicia de paz, y la jefatura de policía y comisarios. - Creación de las Municipalidades: sistema francés-propio de los regímenes unitarios. - Las provincias fueron imitando este proceso: en Santa Fe desaparece el Cabildo hace 1833. - La ultima ciudad que tuvo Cabildo fue Oran en Salta hasta 1852. 

Restablecimiento del Régimen Municipal: -Art.5 de la Constitución Nacional: la formula de la norma fue propuesta por el representante constituyente de Córdoba (Juan del Campillo), no hubo discusiones y se aprobó directamente. - Decreto de Urquiza del 2 de Septiembre de 1852 de organización de la Municipalidad de la Ciudad de Bs.As. : división de la ciudad en 11 parroquias, cada parroquia elegía dos representantes, un gobierno compuesto por un cuerpo colegiado de 21 integrantes y un órgano unipersonal denominado presidente, propuesto en terna por el consejo y designado por el Presidente de la Nación. Naci ón.

 











Ley Orgánica Municipal de la Ciudad de Buenos Aires del 6 de Mayo de  1853. Sancionada por la Convención Constituyente actuando como  Congreso Nacional. Sigue literalmente el Decreto de Urquiza. Urquiza. Convención Constituyente de Santa Fe de 1921. Reconocimiento de  Poder Constituyente de los Municipios (de primera categoría). Establece categorías de municipios, conforme cantidad de habitantes, otorga conforme a ello distintos niveles de facultades. Las cartas se  someten a la aprobación de la Legislatura, de tal forma que pueden ser  aprobadas o rechazadas pero no modificadas. Creación de las nuevas provincias: Chaco, Formosa, Misiones, declaran la autonomía de los Municipios. Periodo de reforma constitucional de las Provincias iniciados en 1986. Misiones Formosa (1991), Corrientes (1993) y Chaco (1994). Modifican (1990), su régimen municipal. Reforma de la Constitución Nacional de 1994. Reconoce la plena  autonomía municipal y la extiende a los planos institucional, político, económico, administrativo y financiero.

 

Autonomía  



Caracterización de la autonomía:  -Darse su propia ley. - Subordinación. - Poder Legislativo  - Ricardo Zuccherino: facultad de darse sus propias  instituciones dentro de un marco de sujeción jurídica  con un entre de grado superior. Caracterización - Mando propio. de la autarquía:  - Facultad de administrarse. - Facultad derivada de la ley.

 

La cuestión en la esfera municipal:  1) Corriente favorable a la autarquía: los municipios  son entes administrativos, no son órganos políticos, delegaciones de poderes estaduales, doctrina de la  CSJN en autos “Castro Marta F.B. c. Pcia. De Buenos  Aires de 1902 hasta 1989 sentencia en  ·”Rivademar  ·”Rivademar  autos:  Mun. De Rosario. Angela D.B. Martinez Galvan c. 2) Postura a favor de la autonomía: antecedentes  históricos (época hispánica e independiente), la  autoridad de Juan B. Alberdi (el municipio tiene poder  político, soberanía municipal, proyecto de Const. 



Para Mendoza prohibición del PEprevé provincial elecciones para vetar de disposiciones  autoridades, de los concejales, autonomía financiera), la  enseñanza de José M. Estrada, los razonamientos de  Lisandro de la Torre (Carta Santafesina de 1921-  municipio de autonomía absoluta), el pensamiento de  Adolfo Korn Villafañe-institución de grado  

constitucional-art.5 C.N.-  3) Posiciones intermedias: Cesar E.Romero   –tiene  sustrato político no obstante es autárquico-y Jorge R.

Vanossi-es una combinación de autarquía y solf   



Ricardo Zuccherino:  

Se halla a favor de la autonomía. Entiende que es posible establecer especies de

autonomía. Distingue autonomía absoluta y relativa.  Autonomía absoluta: comprende cuatro facetas institucional, política, económica-financiera y

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administrativo funcional.  Autonomía relativa: comprende solo tres política, económica-financiera y administrativo funcional.  Art.123 C.N.: autonomía absoluta. Facultad de las





Provincias para regular el contenido y alcance de dicha autonomía.

 

Fundamentos 









El municipio es una entidad de derecho natural: no es creado por ley, solo reconocido. Origen sociológico. El municipio es un autentico poder del estado. Tiene naturaleza política. El municipio es una persona jurídica pública. Tiene existencia necesaria. El municipio municipio tienen un poder legisferante. Tiene facultades para dictar normas jurídicas de carácter general. El municipio tiene incumbencias amplias y generales.

 

Jurisprudencia 



Autárquica: esta idea la Corte Suprema de Justicia de la Nación la sostuvo en los casos: a)1902.”Castro María F.B. c. Pcia. De Bs.As.; b) 1911.”F.C.S. c. Municipalidad de La Plata”. La Corte la sostuvo en 1989 en el caso Autonomía: “Rivademar”. Fundamentos: a) El régimen de autarquía tiene origen legal, mientras que el municipio es constitucional; b) Los municipios tienen base sociológica y elección popular de sus autoridades, y los entes autárquicos no; c) Las ordenanzas son legislación local, mientras que las entes autárquicos solo emiten resoluciones administrativas; d) El carácter de personas  jurídicas de derecho publico que tienen los municipios, en los términos del art.33 C.C.; e) El carácter necesario de los municipios, frente al contingente de los entes autárquicos, f) La posibilidad de crear entes autárquicos dentro de los municipios, que no se presenta dentro de estos.

 

La Ciudad 



Concepto: asentamiento humano de densidad considerable, de integridad notoria y de complejidad creciente. Causales que generan la ciudad: Tesis de la causal generada en las necesidad de la vida 









humana (Aristóteles). Tesis de la causal originada por motivaciones del culto (Foustel de Coulanges) Tesis de la caudal basada en urgencia de la defensa común (Rudolf Von Ihering) Tesis de la causal emanada de imperativos de lucha y cooperación (Adolfo Posadas) Tesis de la causal eficiente emergente del espíritu gregaria de la criatura humana (Ricardo M. Zuccherino)

 

Caracterización de la ciudad 

Tesis económica económi ca



Tesis filosófica.



Postura historicista



Criterios Sociológicos



Posiciones urbanísticas



Clasificación de las ciudades: Según su magnitud: pueblos o villas; ciudades; grandes ciudades; ciudades colosos Según su función: importancia política; relevancia miliar; significación cultural; contenido religioso; estructura económica productiva; perfil industrial; carácter comercial; orientación financiera; puertos preponderantes; reserva de la humanidad; vacacionales; residenciales.

 

Historia de las ciudades 

Ciudad Antigua: Del salvajismo paleolítico a la barbarie neolítica, de nómades (dedicados a la caza y la pesca) a sedentarios dedicados a la agricultura. Dos hipótesis sobre el nacimiento de las ciudades: la primitivas aldeas se transformación gradualmente en centros urbanos o los pueblos que tenían armas de metal metal sometieron sometieron a los que tenían armas de piedra. Primeras ciudades: Mesopotamia, Egipto, India, China, entrede otras. Características: culto común, ceremonia creación, independiente.

 



Ciudad Medieval: Caída del imperio romano, los bárbaros destruyeron la civilización urbana, su actividad principal era la agricultura, y ello dio lugar al feudalismo, se levantaban castillos que tenían 



sometidos a los campesinos. Características: autonomía política, establecimiento autónomo del derecho por la ciudad, autocefalia, poder impositivo, derecho de mercado. La presencia de la Iglesia. Ciudad Moderna: 

Grandes cambios filosóficos, políticos, técnicos y económicos, una visión antropocéntrica, el fortalecimiento del Estado Nacional, los grandes descubrimientos, el nacimiento del capitalismo, la revolución industrial, despotismo ilustrado, reyes absolutos, estado liberal o gendarme, concepción individualista de los derechos humanos, utilitarismo,

 

Urbanismo 

Caracterización: 





Alcides Greca: la ciencia que procura la obtención de las mejores condiciones de vida para las agrupaciones humanas. Adolfo Korn Villafañe: doctrina de la racionalización de la vida de las grandes urbes. Distingue: urbanismo ciencia y urbanismo técnica, el primero clasifica sistemáticamente los problemas y el planteo de las soluciones adecuadas, el segundo es un complemento y sirva para encarar el caso concreto de cada urbanismo en particular. Ricardo Miguel Zuccherino: Ciencia creada para ocuparse integralmente del conjunto de problemas que se generan del vivir en la ciudad moderna y de encontrar a los mismos adecuada solución.

 

Problemática general de la ciudad moderna 







Las grandes concentraciones de población que caracterizan a la ciudad moderna. Las constantes migraciones internas de la compaña a la ciudad. La tendencia de la ciudad coloso a expandirse mediante el copa miento de las aéreas adyacentes de población.

Soluciones: adecuación de la base municipios, clasificación de los categorías, efectiva practica de municipal, descentralización por

territorial de los municipios en la autonomía zonas en los

municipios de mayor importancia, intermunicipalismo, amplitud de las facultades de los municipios,

municipalización de los servicios públicos.   

Planificación y Zonificación 





El primero se refiere a la instrumentación de un plan que regule el crecimiento de las ciudades de manera ordenada a fin de evitar los problemas que su crecimiento descontrolado puede provocar. El segundo es un instrumento del que se vale la planificación dividendo la ciudad en zonas, teniendo en cuenta las diferentes actividades que se desarrollan dentro de la ciudad. Este poder de policía lo ejerce el municipio, así lo establecen la mayoría de las constituciones provinciales otorgando esta facultad a los Municipios. En el caso el principal derecho restringido es el de propiedad en beneficio del interés publico y para ello se vale de instrumentos como las prohibiciones, restricciones, expropiaciones o servidumbres.

 

Competencia 







Concepto: aptitud de obrar de las personas publicas o de sus órganos (Enrique Sayagues Laso) Derecho Privado: la competencia es la regla y la incompetencia la excepción. Derecho Publico: la incompetencia es la regla, la competencia la excepción (Miguel S. Marienhoff) Origen: constitucionalismo- división de poderes- división de funciones. Principios:   

Debe surgir de una norma expresa. Es improrrogable. Pertenece al órgano.

 

  Elementos: El territorio: ámbito espacial La materia: actividades o tareas. Poderes jurídicos: corresponden a las personas jurídicas y sus órganos (potestad de legislación, de administración, jurisdiccionales, constituyentes) Sistema de determinación: Enumeración concreta: solo se ejercen las competencias indicadas en la ley (países anglosajones) Cláusula general: universalidad de la competencia c ompetencia municipal (Europa continental y algunos países americanos) Mixto: enumeración concreta, seguida de una cláusula general (países americanos) Clasificación: Propias: las que se ejerce en forma exclusiva Concurrentes: se ejercen con otras jurisdicciones Delegadas: pertenecen a otras jurisdicciones y por ley o convenios se delega su ejercicio a la Municipalidad. 

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Régimen Municipal de las Provincias de Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones. Chaco: Municipio: centro de población autónomo ( Art.182); división en categorías según la cantidad de habitantes: primera (mas de 20.000 hab.), segunda (mas de 5.000 y hasta 20.000 hab.) y tercera (hasta 5.000 hab.). Creación del municipio: por  ley,, se requiere tener mas de 800 hab. y ser peticionado por 100 electores, los centros ley de población con menos habitantes constituyen delegaciones de servicios rurales. Gobierno: intendente con funciones ejecutivas y consejo con funciones deliberativas. Mandato: 4 años, pueden ser reelegidos (no existen limitaciones).Elección del Intendente en forma directa y a simple pluralidad.Eleccion de concejales, en forma directa y proporcional. Intenden Intendente te y concejales, poseen inmunidad de arresto, y de opinion.Tribunales de falta: serán prevista por la ley orgánica o carta orgánica. Carta Orgánica: facultad de los municipios de primera categoría, sancionada sancionada por convención constituyente convocada por ordenanza aprobada por 2/3 de votos, dicha convención se constituye con el doble de integrantes del consejo, se elige por  voto directo y proporcional. Intermunicipalismo: convenios intermunicipales (art.201) Intervención municipal: por ley, por tiempo determinado, en caso de subversión del régimen municipal, o Aceralia Aceralia total y definitiva, pude ser dispuesta por  el PE ad-referéndum del PL. Participación: derechos de iniciativa popular, popular, consulta popular y revocatoria.

 



Corrientes: 

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Municipio: comunidad de derecho natural y sociopolítica, autónoma política, administrativa, económica , financiera e institucional. Centro de población de mas de 1.000 hab., se crea por ley, ley, la que establece los limites territoriales y los recursos, centros de población de menos de 1.000 hab. son organizados conforme a la carta orgánica del Municipio cabecera de la jurisdicción territorial, se puede elegir un delegado o una comisión con representación popular. popular. Municipios de mas de 50.000 hab. pueden establecer jurisdicciones territoriales internas. Carta orgánica: derecho de los municipios, por convención municipal. Gobierno: Dpto. Ejecutivo ( intendente y vice, elegidos por voto directo y a simple pluralidad, mandato de 4 años con una reelección inmediata, pude ser removido por   juicio político o revocatoria popular) y Legislativo (elegidos en forma directa directa y proporcional, mandato 4 años, pueden ser reelegidos por un solo periodo, se renueva por mitades cada dos años). Gozan de inmunidad de opinión. Juzgados de Faltas: pueden ser recreados por el Municipio. Defensor de los Vecinos: pueden ser creados por las Cartas Orgánicas. popular, consulta popular, revocación de Participación: audiencia publica, iniciativa popular, mandato (art.226). Intermunicipalismo: se pueden crear regiones. Intervención: por ley aprobada por 2/3 de votos, en caso de alteración del régimen municipal, por un plazo máximo de 6 meses, en caso de receso r eceso lo puede declarar el PE ad-referéndum del PL. El interventor no puede crear gravámenes, ni contraer  empréstitos, ni realizar operaciones de crédito.

 



Formosa: 









Municipio: centro de población con mas de 1.000 hab. Municipalidad, menos de 1.000 hab. Comisión de fomento, se pueden establecer categorías de municipios por ley de acuerdo a la cantidad de habitantes. Carta orgánica: facultad de los municipios con plan regulador  aprobado por su Consejo Deliberante, por Convención municipal (cuyo numero no puede exceder del doble del numero del consejo deliberante, convocada por el Intendente, de acuerdo a la ordenanza que lo autorice.. Gobierno: Dpto. Ejecutivo ( intendente elegidos por voto directo y a simple pluralidad, mandato de 4 años, puede ser reelegidos) y Deliberativo (elegidos en forma y proporcional, mandato años, pueden ser reelegidos, sedirecta renueva por mitades cada dos 4 años). Gozan de inmunidad de opinión. Juzgados de Faltas: pueden ser recreados por el Municipio. Defensor de los Vecinos: pueden ser  creados por las Cartas Orgánicas. Intervención : por ley aprobada por 2/3 de votos, en caso de acefalia total, y para regularizar sus finanzas.

Participación: lo reglamenta la ley orgánica (derecho de iniciativa y referéndum)

 



Misiones 







Municipio: posee autonomía política, administrativa y financiera. La ley establecerá tres categorías de municipios de acuerdo a la cantidad de habitantes, Carta orgánica: facultad de los municipios de primera categoría Gobierno: Municipio de primera y segunda categoría, una rama Ejecutivo( intendente elegidos en forma directa y a simple pluralidad) y Deliberativa (elegidos en forma directa y proporcional. Municipio de tercera categoría, comisiones de fomento. Intervención: por ley, ley, por tiempo determinado, con fines de restablecer el normal funcionamiento y convocar a elecciones. En caso de receso del PL, lo puede declarar el PE adad referéndum del PL

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