Derecho Marítimo y Aéreo

July 22, 2018 | Author: Mariana Pizarro | Category: Peru, Chile, Science, Geography, Environmental Politics
Share Embed Donate


Short Description

Descripción: Trabajo academico...

Description

Dirección Universitaria de Educación a Distancia   Escuela Académico Profesional Profesional de  Derecho

0703-07E20

DERECHO MARÍTIMO Y AREO

20!"-II

MA# DEYDITH MARI$A MARI$ A C%RDO&A 'O$()*E+

Docente: Ciclo:

,

Sección:

!

 Nota:

Módu. II

Datos del alumno:

Apell Apellid idos os y nom nombr bres es::

SALCE SALCEDO DO BELL BELLOT OTA A GABR GABRIE IELA LA A ARI RI!A !A

Códi"o de matr#cula:

$%%$&'%&$$

(ded de matr#cula:

ARE)(I*A

I!TROD(CCI+! El Mar y los océanos han servido a la humanidad, desde tiempos muy remotos para para difere diferente ntes s usos: usos: la comun comunica icació ción n y el comerc comercio io entre entre los pueblo pueblos, s, el descubrimiento y conocimiento del planeta, el despliegue de la potencia militar  de los pueblos, la defensa de las costas y el territorio, las pesca, y mucho más tarde, el aprovechamiento de otros recursos económicos.

 Así, desde los inicios de la sociedad internacional moderna, los estados fueron prec precis isan ando do prog progre resi siva vame ment nte e a travé través s cons consue uetu tudi dina nari rias as cual cuales es eran eran sus sus respectivas competencias sobre sus diversos espacios marítimos.

urante el largo periodo el derecho internacional clásico el mar y los océanos se dividieron básicamente en dos espacios:

! "n espacio de soberanía del estado ribere#o r ibere#o $MA% &E%%'&(%'A)* &E%%'&(%'A)*

! "n espacio com+n, regido por el principio de libertad $A)&A MA%*

En nuestra época el incremento y diversificación de los usos del medio marino, impulsados por el crecimiento demográfico y económico y por el desarrollo de la de tecnología, y los intereses ue loes estados tienen en ellos, han hecho más comple-a la ordenación -urídica de los mares y océanos, apareciendo otros espaci espacios os maríti marítimos mos como: como: )a plataf plataform orma a conti continen nental tal,, la ona ona económ económica ica e/clusiva, la ona internacional de los fondos marítimos, etc.

*REG(!TAS: I,- Redacción. orto"ra/#a. y presentación del traba0o en este /ormato, 1$ puntos2 0e calificará la presentación del traba-o académico en el 1ormato dise#ado para tal efecto por la "E $este formato*, no se deben presentar faltas ortográficas. 0e deberá -ustificar los párrafos. 0ea conciso.

II,-Di"a los conceptos de derec3o mar#timo. derec3o del mar. y de derec3o aeron4utico de por lo menos dos autores, 15 puntos2, •

DEREC6O AR7TIO,- es un cuerpo normativo ue rige los problemas ue puedan surgir a raí de las relaciones entre entidades de erecho privado dedicadas al tráfico marítimo. El erecho marítimo ha de ser  diferenciado del erecho del mar , constituido por un cuerpo de normas de erecho

internacional ue

regula

las

relaciones

-urídicas

entre Estados, y no entre particulares.

RE!8 RODIERE al ensayar una idea general sobre el erecho Marítimo destaca ue su interés y originalidad consisten en ue forma un sistema cerrado y completo a la ve, ue no se somete a las grandes divisiones

del

derecho

ob-etivo $derecho

p+blico

y

derecho

privado, derecho interno y erecho 'nternacional* porue es el 2derecho de

la

mar3,

el derecho ue

regula

los intereses de

todo

orden

relacionados con la mar. Así, en sentido lato, el erecho es el derecho p+blico y privado, interno e internacional  de la mar. Es el con-unto de relaciones -urídicas ue nacen en o se desarrollan con el mar. A9CRRAGA y B(STAA!TE, el orden -urídico ue rige el medio marino y las diversas utiliaciones de ue es susceptible. ;ER!ER  opina ue reside la originalidad del derecho del mar   en ue regula la sociedad humana y sus relaciones en un medio determinado 4el mar! diferente de auél donde el hombre tiene su hábitat permanente. •

DEREC6O DEL AR,- El erecho del mar es una rama del erecho político, ue estudia los derechos soberanos ue tiene el Estado sobre el espacio marítimo ue corresponde a su territorio. Algunos aspectos del

derecho sobre los océanos afectan las relaciones entre las naciones y bastantes asuntos importantes, como el de la neutralidad o la beligerancia en tiempos de guerra, ue son tratados por el erecho internacional. •

DEREC6O AERO!(TICO,- estudia la clasificación y regulación -urídica de todos los factores esenciales de la actividad aviadora o sea, el ambiente en el ue ella se origina y desenvuelve en el espacio situado arriba de la superficie terrestre como medio o vehículo ue con tal actividad se pone en acto el personal especialiado ue sirve para su conducción.

*ara sus sostenedores 1De ones@ar"umentos =ue sustenten la soberan#a del *er sobre el mar adyacente a sus costas 3asta una e?tensión de $%% millas marinas, 15 puntos2, EL AR *ER(A!O  LOS (!DAE!TO DE LA TESIS DE LAS $%% ILLAS,  El profundo conocimiento de las características físicas, uímicas y biológicas de las aguas de nuestro Mar 7eruano, así como los vastos recursos minero! energéticos ue contiene la plataforma continental $nódulos de manganeso, fierro y cobre* y sobretodo la probada vocación nacionalista del r. )uís 8ustamante y %ivero y el selecto grupo de -uristas e intelectuales asesores, condu-eron a la promulgación del histórico .0. 9;?;, mediante el cual se e/tiende nuestro dominio y soberanía marítima hasta

las @ millas, contado a partir del litoral y siguiendo las líneas imaginarias de los paralelos. )os considerandos del .0. ; millas, mientras ue el método biológico de 0chGeigger, le asigna un promedio de =C a =;. Es importante porue en ella se precisan los principios o criterios ue sustentan la tesis de las @ millas. 7or esta raón fue denominado, el Frupo de los 9ueve, como el lub de las @ millas. )a eclaración de )ima, de agosto de =>;, ratificó la declaración de principios de Montevideo. 1ue

suscrita por =? delegados de países

latinoamericanos. )a eclaración de )usaIa, producto de la ''' %eunión umbre de los 7aíses 9o Alineados en setiembre de =>;, de-ó en claro el derecho de los 7aíses no Alineados al desarrollo económico y al derecho de e-ercer plenamente su soberanía y Hmá/ima utiliación sobre los recursos naturales e/istentes en su territorio y en los mares adyacentesH. )a eclaración de 7rincipios y 7rograma de Acción de )ima, del grupo de los ;; realiada en octubre de =>;=, establece lo siguiente: =.! Afirmar como propósito com+n del grupo de los ;; el reconocimiento por  la omunidad 'nternacional el derecho de los Estado de los ribere#os a proteger y e/plorar los recursos del mar, dentro de los límites de su  -urisdicción nacional, teniendo debidamente encienta las necesidades de desarrollo y el bienestar de sus pueblos. $Edit. )iborio Estrada: =D> ue reconoce

Hal Estado costero el derecho de proclamar y e-ercer 

soberanía sobre el mar adyacente a su territorio en una e/tensión de @

millas y sobre su

plataforma continental, como condición

indispensable para la protección, para la conservación y e/plotación de los recursos ue contienen, en procura de adecuados niveles de desarrollo económico y de alimentaciónH. $)iborio Estrada =>=*.

b2 eclaración con-unta olombia!7er+, del @D de -unio de =>D>, ue reconoce el derecho de

los Estados ribere#os aH

determinar a

e/tensión de su -urisdicción sobre el mar ue ba#a sus costas, en conservar los recursos renovables de dicho mar, en cumplimiento de su obligación de garantiar

a sus pueblos las condiciones

indispensables de subsistencia y las posibilidades de desarrollo económico... $). Estrada: =>@*.

c2 eclaración de 0an uan firmada por Argentina y "ruguay =< de febrero de =>;= ue e/presa: H continuar su política en defensa de los

Estados ribere#os sobre

adyacentes a sus costas,

el mar y plataforma continental

tal como resulta de las declaraciones

suscritas en Montevideo y en )ima, durante el a#o =>;H.

d2 eclaración con-unta de hile, Ecuador y 7er+, el =@ de maro de =>;=, con ocasión de las represalias impuestas por el imperialismo norteamericano $Enmienda Luchel*. En auella declaración los tres países se ratificaron en H los principios sustentados en la eclaración de 0antiago, en =>C@*.

e2 eclaración de 8rasilia, firmada por 8rasil y 7er+, el @? de maro de =>;=. En ella: Hreiteraron el derecho

y el deber

de los Estados

ribere#os a fi-ar la e/tensión de su -urisdicción sobre el mar, su suelo y su subsuelo...H$). Estrada: =>C*.

/2 eclaración con-unta 8rasil!Espa#a, del primero de abril de =>;=, en ella e/presaron: H la necesidad de preservar países

costeros, en función

los derechos de los

de las realidades económicas

geográficas y sociales de cada Estado y....H $).Estrada: =>D*.

"2 eclaración

de 8rasil y

olombia, del > de -ulio de =>;=, ue

e/presa la 5....necesidad de dar mayor importancia a la preservación y aprovechamiento racional de los recursos del mar y a la defensa de sus derechos soberanos en sus respectivas onas -urisdiccionales. $). Estrada =>>*.

32 eclaración de Argentina!"ruguay, del > de -ulio de =>;=, mediante la cual. 5reiteraron la adhesión a los principios enunciados en la declaración de Montevideo sobre el derecho del mar y confirman su decidido propósito de adoptar, dentro del límite de las @ millas de sus respectivas -urisdicciones, las medidas conducentes a la efectiva aplicación de tales principiosH.

i2 eclaración con-unta de 8rasil! El salvador, del =C de -ulio de =>;=, seg+n

la cual: %eiteraron el derecho y el deber de los Estados

%ibere#os de fi-ar la e/tensión

de su -urisdicción

sobre

el mar 

adyacentes a sus costas, de acuerdo con sus particularidades geográficas y biológicas, para la preservación y e/plotación racional de sus recursos del mar, suelo y subsuelo... $). Estrada*.

 02  omunicado con-unto del 7er+ ! Pugoslavia, del == de setiembre de =>;=, en la ue: Hlos dos ministros subrayaron ue todo Estado tiene derecho a conservar las riueas naturales de su territorio y de su mar

adyacente, por ser

económico

estas esenciales

para

su desarrollo

y social y para el logro de su plena independencia

económica y política...H$ ). Estrada @?*.

F2 omunicado con-unto de hina 7opular y el 7er+, el @ de noviembre de =>;=, con ocasión de establecimiento de relaciones diplomáticas: HEl gobierno de la %ep+blica popular de hina, reconoce la soberanía del 7er+ sobre la ona marítima adyacente a sus costas dentro del límite de las @ millas náuticasH $). Estrada @D*.

, (!DAE!TOS *OL7TICOS-ESTRAT8GICOS,- e acuerdo a la ciencia política, todo Estado reuiere garantiar su seguridad y defensa nacionales, en previsión de cualuier agresión e/terna, mediante el establecimiento de fronteras lo más le-anamente posibles

de sus principales

polos de

desarrollo o n+cleos vitales. En consecuencia si la tecnología militar ha vuelto obsoleta la tesis de las B o =@ millas, por cuanto los más modernos armamentos hacen peligrosamente vulnerables a los países cuyos n+cleos estratégicos están ubicados a menos de @ millas, Qómo aceptar una medida ue atenta contra la seguridad nacionalR )a fuera área y marítima, ue tienen un gran poder de penetración, podrían franuear más fácilmente un mar territorial de =@ millas ue uno de @millas, sobre todo cuando la guerra entre dos países es desigual, como la abusiva guerra de las Malvinas, entre un país impedido de desarrollo, como la hermana Argentina y el imperialista %eino "nido. )as grandes potencias , sobre todo E"9A y apón, tienen gran interés en la firma de la

onvención sobre erechos del mar, ue impone rígidamente a todo los piases del mundo, un mar territorial de =@ millas, y la ona económica e/clusiva de las @ millas. )a maniobra política de E"9A de no firmar la convención ni ratificarla, no significa ue no esté interesado en todo caso

Qcómo se e/plica

el enorme interés ue E"9A

ello. En y apón

demostraron en convocar ''' conferencia sobre derechos del mar en =>;=R )a respuesta es obvia.

IH,- Realice un cuadro comparatio de tres #tems entre la Conención de *ar#s y la Conención de C3ica"o acerca de la re"ulación del espacio aJreo, 1$ puntos2, CO!HE!CI+! DE *AR7S &, ispone principios como: la

CO!HE!CI+! DE C6ICAGO &, 'nstituye las normas y métodos

soberanía de los estados

internacionales recomendados,

contratantes, las

para regular los procedimientos

reglamentaciones de las

de operaciones aéreas, de

aeronaves y los pilotos, los

navegación y cualuier otra

euipos de comunicación, los

actividad aérea

libros, certificados y diplomas de los pilotos, la distinción de aeronaves p+blicas de privadas.

$, )a creación de la omisión

$, Estableció las reglas ue dieron

'nternacional de 9avegación

lugar a la (.A..'. $(rganiación

 Aérea de carácter permanente.

de Aviación ivil 'nternacional* y las disposiciones dirigidas a reglamentar la navegación y ciertos aspectos del transporte aéreo.

, 0u aportación es el con-unto de

, e esta convención nacen

principios de soberanía plena y

propuestas importantes como

e/clusiva de cada Estado sobre

son: la internacionaliación de los

su espacio aéreo, así como la

problemas aéreos por países ue

libertad de paso inofensivo de las

formaría una autoridad

aeronaves privadas de los

internacionalJ la libertad absoluta

Estados contratantes, en tiempos

de tránsito, y la creación de un

de pa.

órgano ue vigile el cumplimiento de dicha onvención.

H,- CASO *RCTICO: Inesti"ue acerca de la demanda de delimitación mar#tima interpuesta por el *er contra C3ile ante la Corte de ?;, antecedentes fundamentales para e/plicar el sentido y alcance del &ratado ue suscribieron el =< de agosto de =>C@ hile y 7er+, a los ue se sumó Ecuador, denominado 5eclaración sobre Vona Marítima6. e este &ratado emana la delimitación marítima reiterada por ambos países el B de diciembre de =>C? y confirmada por los acuerdos de @D de abril de =>D< y @@ de agosto de =>D>. Es así como chile e-erce hoy -urisdicción y soberanía sobre el territorio terrestre ubicado al sur del límite situado entre la orilla del mar y el hito C? hubiera establecido la e/tensión e/acta de la frontera marítima acordada, esto no sucedió y, en cambio, 5de-ó cierta incertidumbre en cuanto a la longitud e/acta de la frontera marítima acordada. 0in embargo, basándose en una evaluación de la totalidad de los criterios presentados, la orte concluye ue la frontera marítima acordada entre las 7artes debe e/tenderse a una distancia de
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF