Derecho Marítimo y Aéreo
Short Description
Descripción: Trabajo academico...
Description
Dirección Universitaria de Educación a Distancia Escuela Académico Profesional Profesional de Derecho
0703-07E20
DERECHO MARÍTIMO Y AREO
20!"-II
MA# DEYDITH MARI$A MARI$ A C%RDO&A 'O$()*E+
Docente: Ciclo:
,
Sección:
!
Nota:
Módu. II
Datos del alumno:
Apell Apellid idos os y nom nombr bres es::
SALCE SALCEDO DO BELL BELLOT OTA A GABR GABRIE IELA LA A ARI RI!A !A
Códi"o de matr#cula:
$%%$&'%&$$
(ded de matr#cula:
ARE)(I*A
I!TROD(CCI+! El Mar y los océanos han servido a la humanidad, desde tiempos muy remotos para para difere diferente ntes s usos: usos: la comun comunica icació ción n y el comerc comercio io entre entre los pueblo pueblos, s, el descubrimiento y conocimiento del planeta, el despliegue de la potencia militar de los pueblos, la defensa de las costas y el territorio, las pesca, y mucho más tarde, el aprovechamiento de otros recursos económicos.
Así, desde los inicios de la sociedad internacional moderna, los estados fueron prec precis isan ando do prog progre resi siva vame ment nte e a travé través s cons consue uetu tudi dina nari rias as cual cuales es eran eran sus sus respectivas competencias sobre sus diversos espacios marítimos.
urante el largo periodo el derecho internacional clásico el mar y los océanos se dividieron básicamente en dos espacios:
! "n espacio de soberanía del estado ribere#o r ibere#o $MA% &E%%'&(%'A)* &E%%'&(%'A)*
! "n espacio com+n, regido por el principio de libertad $A)&A MA%*
En nuestra época el incremento y diversificación de los usos del medio marino, impulsados por el crecimiento demográfico y económico y por el desarrollo de la de tecnología, y los intereses ue loes estados tienen en ellos, han hecho más comple-a la ordenación -urídica de los mares y océanos, apareciendo otros espaci espacios os maríti marítimos mos como: como: )a plataf plataform orma a conti continen nental tal,, la ona ona económ económica ica e/clusiva, la ona internacional de los fondos marítimos, etc.
*REG(!TAS: I,- Redacción. orto"ra/#a. y presentación del traba0o en este /ormato, 1$ puntos2 0e calificará la presentación del traba-o académico en el 1ormato dise#ado para tal efecto por la "E $este formato*, no se deben presentar faltas ortográficas. 0e deberá -ustificar los párrafos. 0ea conciso.
II,-Di"a los conceptos de derec3o mar#timo. derec3o del mar. y de derec3o aeron4utico de por lo menos dos autores, 15 puntos2, •
DEREC6O AR7TIO,- es un cuerpo normativo ue rige los problemas ue puedan surgir a raí de las relaciones entre entidades de erecho privado dedicadas al tráfico marítimo. El erecho marítimo ha de ser diferenciado del erecho del mar , constituido por un cuerpo de normas de erecho
internacional ue
regula
las
relaciones
-urídicas
entre Estados, y no entre particulares.
RE!8 RODIERE al ensayar una idea general sobre el erecho Marítimo destaca ue su interés y originalidad consisten en ue forma un sistema cerrado y completo a la ve, ue no se somete a las grandes divisiones
del
derecho
ob-etivo $derecho
p+blico
y
derecho
privado, derecho interno y erecho 'nternacional* porue es el 2derecho de
la
mar3,
el derecho ue
regula
los intereses de
todo
orden
relacionados con la mar. Así, en sentido lato, el erecho es el derecho p+blico y privado, interno e internacional de la mar. Es el con-unto de relaciones -urídicas ue nacen en o se desarrollan con el mar. A9CRRAGA y B(STAA!TE, el orden -urídico ue rige el medio marino y las diversas utiliaciones de ue es susceptible. ;ER!ER opina ue reside la originalidad del derecho del mar en ue regula la sociedad humana y sus relaciones en un medio determinado 4el mar! diferente de auél donde el hombre tiene su hábitat permanente. •
DEREC6O DEL AR,- El erecho del mar es una rama del erecho político, ue estudia los derechos soberanos ue tiene el Estado sobre el espacio marítimo ue corresponde a su territorio. Algunos aspectos del
derecho sobre los océanos afectan las relaciones entre las naciones y bastantes asuntos importantes, como el de la neutralidad o la beligerancia en tiempos de guerra, ue son tratados por el erecho internacional. •
DEREC6O AERO!(TICO,- estudia la clasificación y regulación -urídica de todos los factores esenciales de la actividad aviadora o sea, el ambiente en el ue ella se origina y desenvuelve en el espacio situado arriba de la superficie terrestre como medio o vehículo ue con tal actividad se pone en acto el personal especialiado ue sirve para su conducción.
*ara sus sostenedores 1De ones@ar"umentos =ue sustenten la soberan#a del *er sobre el mar adyacente a sus costas 3asta una e?tensión de $%% millas marinas, 15 puntos2, EL AR *ER(A!O LOS (!DAE!TO DE LA TESIS DE LAS $%% ILLAS, El profundo conocimiento de las características físicas, uímicas y biológicas de las aguas de nuestro Mar 7eruano, así como los vastos recursos minero! energéticos ue contiene la plataforma continental $nódulos de manganeso, fierro y cobre* y sobretodo la probada vocación nacionalista del r. )uís 8ustamante y %ivero y el selecto grupo de -uristas e intelectuales asesores, condu-eron a la promulgación del histórico .0. 9;?;, mediante el cual se e/tiende nuestro dominio y soberanía marítima hasta
las @ millas, contado a partir del litoral y siguiendo las líneas imaginarias de los paralelos. )os considerandos del .0. ; millas, mientras ue el método biológico de 0chGeigger, le asigna un promedio de =C a =;. Es importante porue en ella se precisan los principios o criterios ue sustentan la tesis de las @ millas. 7or esta raón fue denominado, el Frupo de los 9ueve, como el lub de las @ millas. )a eclaración de )ima, de agosto de =>;, ratificó la declaración de principios de Montevideo. 1ue
suscrita por =? delegados de países
latinoamericanos. )a eclaración de )usaIa, producto de la ''' %eunión umbre de los 7aíses 9o Alineados en setiembre de =>;, de-ó en claro el derecho de los 7aíses no Alineados al desarrollo económico y al derecho de e-ercer plenamente su soberanía y Hmá/ima utiliación sobre los recursos naturales e/istentes en su territorio y en los mares adyacentesH. )a eclaración de 7rincipios y 7rograma de Acción de )ima, del grupo de los ;; realiada en octubre de =>;=, establece lo siguiente: =.! Afirmar como propósito com+n del grupo de los ;; el reconocimiento por la omunidad 'nternacional el derecho de los Estado de los ribere#os a proteger y e/plorar los recursos del mar, dentro de los límites de su -urisdicción nacional, teniendo debidamente encienta las necesidades de desarrollo y el bienestar de sus pueblos. $Edit. )iborio Estrada: =D> ue reconoce
Hal Estado costero el derecho de proclamar y e-ercer
soberanía sobre el mar adyacente a su territorio en una e/tensión de @
millas y sobre su
plataforma continental, como condición
indispensable para la protección, para la conservación y e/plotación de los recursos ue contienen, en procura de adecuados niveles de desarrollo económico y de alimentaciónH. $)iborio Estrada =>=*.
b2 eclaración con-unta olombia!7er+, del @D de -unio de =>D>, ue reconoce el derecho de
los Estados ribere#os aH
determinar a
e/tensión de su -urisdicción sobre el mar ue ba#a sus costas, en conservar los recursos renovables de dicho mar, en cumplimiento de su obligación de garantiar
a sus pueblos las condiciones
indispensables de subsistencia y las posibilidades de desarrollo económico... $). Estrada: =>@*.
c2 eclaración de 0an uan firmada por Argentina y "ruguay =< de febrero de =>;= ue e/presa: H continuar su política en defensa de los
Estados ribere#os sobre
adyacentes a sus costas,
el mar y plataforma continental
tal como resulta de las declaraciones
suscritas en Montevideo y en )ima, durante el a#o =>;H.
d2 eclaración con-unta de hile, Ecuador y 7er+, el =@ de maro de =>;=, con ocasión de las represalias impuestas por el imperialismo norteamericano $Enmienda Luchel*. En auella declaración los tres países se ratificaron en H los principios sustentados en la eclaración de 0antiago, en =>C@*.
e2 eclaración de 8rasilia, firmada por 8rasil y 7er+, el @? de maro de =>;=. En ella: Hreiteraron el derecho
y el deber
de los Estados
ribere#os a fi-ar la e/tensión de su -urisdicción sobre el mar, su suelo y su subsuelo...H$). Estrada: =>C*.
/2 eclaración con-unta 8rasil!Espa#a, del primero de abril de =>;=, en ella e/presaron: H la necesidad de preservar países
costeros, en función
los derechos de los
de las realidades económicas
geográficas y sociales de cada Estado y....H $).Estrada: =>D*.
"2 eclaración
de 8rasil y
olombia, del > de -ulio de =>;=, ue
e/presa la 5....necesidad de dar mayor importancia a la preservación y aprovechamiento racional de los recursos del mar y a la defensa de sus derechos soberanos en sus respectivas onas -urisdiccionales. $). Estrada =>>*.
32 eclaración de Argentina!"ruguay, del > de -ulio de =>;=, mediante la cual. 5reiteraron la adhesión a los principios enunciados en la declaración de Montevideo sobre el derecho del mar y confirman su decidido propósito de adoptar, dentro del límite de las @ millas de sus respectivas -urisdicciones, las medidas conducentes a la efectiva aplicación de tales principiosH.
i2 eclaración con-unta de 8rasil! El salvador, del =C de -ulio de =>;=, seg+n
la cual: %eiteraron el derecho y el deber de los Estados
%ibere#os de fi-ar la e/tensión
de su -urisdicción
sobre
el mar
adyacentes a sus costas, de acuerdo con sus particularidades geográficas y biológicas, para la preservación y e/plotación racional de sus recursos del mar, suelo y subsuelo... $). Estrada*.
02 omunicado con-unto del 7er+ ! Pugoslavia, del == de setiembre de =>;=, en la ue: Hlos dos ministros subrayaron ue todo Estado tiene derecho a conservar las riueas naturales de su territorio y de su mar
adyacente, por ser
económico
estas esenciales
para
su desarrollo
y social y para el logro de su plena independencia
económica y política...H$ ). Estrada @?*.
F2 omunicado con-unto de hina 7opular y el 7er+, el @ de noviembre de =>;=, con ocasión de establecimiento de relaciones diplomáticas: HEl gobierno de la %ep+blica popular de hina, reconoce la soberanía del 7er+ sobre la ona marítima adyacente a sus costas dentro del límite de las @ millas náuticasH $). Estrada @D*.
, (!DAE!TOS *OL7TICOS-ESTRAT8GICOS,- e acuerdo a la ciencia política, todo Estado reuiere garantiar su seguridad y defensa nacionales, en previsión de cualuier agresión e/terna, mediante el establecimiento de fronteras lo más le-anamente posibles
de sus principales
polos de
desarrollo o n+cleos vitales. En consecuencia si la tecnología militar ha vuelto obsoleta la tesis de las B o =@ millas, por cuanto los más modernos armamentos hacen peligrosamente vulnerables a los países cuyos n+cleos estratégicos están ubicados a menos de @ millas, Qómo aceptar una medida ue atenta contra la seguridad nacionalR )a fuera área y marítima, ue tienen un gran poder de penetración, podrían franuear más fácilmente un mar territorial de =@ millas ue uno de @millas, sobre todo cuando la guerra entre dos países es desigual, como la abusiva guerra de las Malvinas, entre un país impedido de desarrollo, como la hermana Argentina y el imperialista %eino "nido. )as grandes potencias , sobre todo E"9A y apón, tienen gran interés en la firma de la
onvención sobre erechos del mar, ue impone rígidamente a todo los piases del mundo, un mar territorial de =@ millas, y la ona económica e/clusiva de las @ millas. )a maniobra política de E"9A de no firmar la convención ni ratificarla, no significa ue no esté interesado en todo caso
Qcómo se e/plica
el enorme interés ue E"9A
ello. En y apón
demostraron en convocar ''' conferencia sobre derechos del mar en =>;=R )a respuesta es obvia.
IH,- Realice un cuadro comparatio de tres #tems entre la Conención de *ar#s y la Conención de C3ica"o acerca de la re"ulación del espacio aJreo, 1$ puntos2, CO!HE!CI+! DE *AR7S &, ispone principios como: la
CO!HE!CI+! DE C6ICAGO &, 'nstituye las normas y métodos
soberanía de los estados
internacionales recomendados,
contratantes, las
para regular los procedimientos
reglamentaciones de las
de operaciones aéreas, de
aeronaves y los pilotos, los
navegación y cualuier otra
euipos de comunicación, los
actividad aérea
libros, certificados y diplomas de los pilotos, la distinción de aeronaves p+blicas de privadas.
$, )a creación de la omisión
$, Estableció las reglas ue dieron
'nternacional de 9avegación
lugar a la (.A..'. $(rganiación
Aérea de carácter permanente.
de Aviación ivil 'nternacional* y las disposiciones dirigidas a reglamentar la navegación y ciertos aspectos del transporte aéreo.
, 0u aportación es el con-unto de
, e esta convención nacen
principios de soberanía plena y
propuestas importantes como
e/clusiva de cada Estado sobre
son: la internacionaliación de los
su espacio aéreo, así como la
problemas aéreos por países ue
libertad de paso inofensivo de las
formaría una autoridad
aeronaves privadas de los
internacionalJ la libertad absoluta
Estados contratantes, en tiempos
de tránsito, y la creación de un
de pa.
órgano ue vigile el cumplimiento de dicha onvención.
H,- CASO *RCTICO: Inesti"ue acerca de la demanda de delimitación mar#tima interpuesta por el *er contra C3ile ante la Corte de ?;, antecedentes fundamentales para e/plicar el sentido y alcance del &ratado ue suscribieron el =< de agosto de =>C@ hile y 7er+, a los ue se sumó Ecuador, denominado 5eclaración sobre Vona Marítima6. e este &ratado emana la delimitación marítima reiterada por ambos países el B de diciembre de =>C? y confirmada por los acuerdos de @D de abril de =>D< y @@ de agosto de =>D>. Es así como chile e-erce hoy -urisdicción y soberanía sobre el territorio terrestre ubicado al sur del límite situado entre la orilla del mar y el hito C? hubiera establecido la e/tensión e/acta de la frontera marítima acordada, esto no sucedió y, en cambio, 5de-ó cierta incertidumbre en cuanto a la longitud e/acta de la frontera marítima acordada. 0in embargo, basándose en una evaluación de la totalidad de los criterios presentados, la orte concluye ue la frontera marítima acordada entre las 7artes debe e/tenderse a una distancia de
View more...
Comments