Derecho Economico (Monografia)

December 9, 2017 | Author: LuisFeRodriguez | Category: Economics, State (Polity), Politics, Capitalism, Market (Economics)
Share Embed Donate


Short Description

Descripción: UNA VISIÓN DE MANERA GENERAL AL DERECHO ECONÓMICO, ESBOZANDO LOS CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CONCLUYENDO DE M...

Description

UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO MONOGRAFIA “EL DERECHO ECONOMICO Presentado por: CCORA MAMANI Ana EFFIO LAPA Mariella Nancy RODRIGUEZ LIMAYLLA Luis Felipe Asesor docente: Dr. Jorge MUÑOZ RAMIREZ

LIMA – PERÚ 2015 1

INTRODUCCION El Derecho Económico en las condiciones actuales del mundo globalizado, está constituido por el conjunto de principios y normas de diversas jerarquías sustancialmente de Derecho Público que inscritas en los ordenamientos público y privado orientan la implementación de las distintas ramas del Derecho, para la dirección y control de la economía de las naciones, entiéndase: Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Financiero y Derecho Fiscal, Derecho Laboral, Derecho Mercantil, Derecho Penal, dispuestas en sus dos grandes esferas del Derecho Privado y Derecho Público, como normas jurídicas que ordenan la condicionalidad de las relaciones sociales y políticas, no sólo con el carácter determinante de sus contenidos y métodos, según el nivel alcanzado del desarrollo de las relaciones económicas de cada país en particular. Sino que también esas relaciones económicas están determinadas en lo social y en lo político con carácter sistémico. El Derecho Económico en su carácter instrumental y subordinado al Estado planificador, registra, sistematiza y evalúa el prolifero universo de normas, que por naturaleza propia son creadas de forma empírica, coyuntural y no codificada, que surgen para disciplinar y regular principalmente la Política Económica y seguidamente regular jurídicamente la planificación. En la evolución histórica de la sociedad actual ha habido una interacción entre los cambios económicos y las instituciones del derecho, de cuyos dinamismos, el derecho económico surge como una nueva rama del Derecho Público. a. A sistemas económicos liberales han correspondido sistemas jurídicos individualistas y privatistas. b. A sistemas económicos socializados corresponden sistemas jurídicos administrativistas y públicos c. A sistemas económicos mixtos corresponden sistemas jurídicos orgánicos e inorgánicos (coexistencia de derechos públicos y privados) El Derecho Económico precisamente nace en los sistemas socializados y mixtos como instrumento que regula, disciplina y sanciona la política económica y la planificación del desarrollo. Es en la década de los noventa que se plantea cambios significativos en la relación economía – derecho. El Estado Bienestar y la economía mixta son sometidos a una crítica estructural y todas las diferencias de los sistemas productivos “centrales o periféricos” son atribuidas a la presencia interventora y reguladora de los gobiernos. Los procesos objetivos de globalización económica (Comercial, financiera, productiva y tecnológica) son presentados, ahora como paradigmas arrolladores indiscutibles, a los cuales los países en desarrollo deben insertarse fatalmente a la manera neoliberal, es decir, con apertura comercial, liberalización de la inversión 2

extranjera y retiro del Estado de sus funciones económicas como orientador, regulador y promotor del crecimiento económico y el bienestar social con la amenaza de quedar al margen del progreso y del tránsito al primer mundo, por lo que los Estados Nacionales han aplicado una disciplina llamado “cambio o ajuste estructural en América Latina”, basada en los siguientes principios: 1. 2. 3. 4.

Liberalización de los precios. Liberalización del comercio exterior. Desincorporación y privatización de empresas paraestatales. Liberalización y desregularización para la inversión extranjera, eliminando y reduciendo restricciones y requisitos de desempeño. 5. Reducción del gasto público productivo y asistencial. 6. Deterioro de los salarios reales y de los ingresos de las mayorías nacionales 7. Restricción de la oferta monetaria y crediticia. 8. Aumento de los ingresos públicos mediante reformas fiscales y la revalorización de los bienes y servicios vendidos por el Estado. 9. Liberalización de los mercados financieros. 10. Reducción o supresión de las políticas industriales o de fomento económico.

3

EL DERECHO ECONOMICO

I.

CONCEPTOS FUNDAMENTALES

1. ANTECEDENTES El Derecho Económico nace de la crisis económica creada por la I Guerra Mundial, dando lugar a que se dictaran medidas legales de urgencia, fundamentalmente en Alemania e Italia para ejercer el control estatal sobre las actividades económicas. En esas condiciones nace el primer modelo social con participación económica por parte del Estado, para las actividades empresariales dirigidas a cubrir los servicios públicos que no resultaban atractivo a los negocios privados y otras funciones de finalidad social que debían aliviar la situación de la población y evitaran el acaparamiento y la especulación. Este modelo es conocido como Modelo Capitalista de Economía Mixta o Dual.

2. DEFINICION DE DERECHO ECONOMICO Al respecto existen pluralidad de definiciones, en el Derecho Comparado, de esta disciplina, por lo que como corolario de ello lo definimos como el conjunto de normas específicas que van a regular los comportamientos económicos, tutelando intereses generales con criterios de economicidad y simplificación en el contexto de un mercado zonal o tratado de libre comercio. Concluyendo que las acepciones referidas del Derecho Comparado señalan lo siguiente: 1. 2. 3. 4.

Organizar la economía macro jurídica a nivel zonal. Asignar al Estado un poder regulador eficiente. Fomentar los mecanismos del mercado. Buscar conciliar intereses generales con los privados nacionales o extranjeros. 5. Sancionar las prácticas desleales y restrictivas o monopólicas. 6. Las normas tienen más carácter zonal e internacional que internos o nacionales. 3. CLASIFICACION DEL DERECHO ECONOMICO 1) INTERNO.- Es el conjunto de normas que rigen la política económica en el ámbito de un país. Es decir, espacial o territorialmente se circunscribe al universo en que cada Estado ejerce su soberanía económica y política.

4

2) EXTERNO O INTERNACIONAL.- Esta referido a las normas y principios que disciplinan los comportamientos estatales en la comunidad internacional. 4. POLITICA ECONOMICA El Derecho Económico conforma una realidad científica indiscutible, siempre que se le examine con una metodología interdisciplinaria amplia no formalista. Esto es considerando a las normas jurídicas específicas como instrumentos que cumplan contenidos y finalidades económicas y sociales. Se trata de una rama del derecho integrada por categorías jurídicas (Elemento formal) y económicas (Elemento material), de manera que su objeto de estudio es bicéfalo. Ambos elementos tienen como eje central el fenómeno del intervencionismo estatal en la economía (Mixta o socializada), a fin de alcanzar metas definidas por el sistema político global, recogidas en las constituciones nacionales. Este eje central será distinto en uno u otro sistema económico sea mixto o socializado. Este intervencionismo y dirección estatal ha dado lugar en la ciencia económica a una rama autónoma como es la política económica que estudia, sistematiza y evalúa los instrumentos técnicos de intervención estatal con el fin de regular la producción, distribución, circulación y consumo en una comunidad que aún mantiene mecanismos de mercado para la asignación de recursos. Es más, cuando la política económica se racionaliza, se hace sistemática y permanente, avanza hacia la planificación democrática o concertada. Para regular ambos matices del intervencionismo estatal en la sociedad occidental, surge el Derecho Económico como un subconjunto normativo que regula, disciplina y ejecuta la política económica y la planifica en busca del desarrollo que equilibre necesidades ilimitadas frente a recursos materiales escasos.

5. LA POLITICA ECONOMICA COMO CAMPO DE ANALISIS DEL DD. EE. La política económica es una rama de la ciencia económica que diseña la aplicación de determinados instrumentos por parte del Estado para conseguir metas o fines públicos o privados. Así el análisis de los problemas básicos que plantea la elaboración de políticas económicas, objetivos, instrumentos, conflictos, opciones y resultados es lo que constituye el objeto de la ciencia de la política económica. En efecto, la toma de decisiones en materia económica, la asignación de recursos, la distribución de la renta o la estabilización macroeconómica, convergen en la oportunidad, lo viable constitucional y legal de una medida de política pública o política económica. 5

La política económica se interesa por los problemas de los distintos sujetos que intervienen o pueden intervenir, en la elaboración de las políticas o en la toma de decisiones. En conclusión, se afirma que la política económica es siempre el resultado de una decisión de la autoridad pública y para lograrlo utiliza determinados medios o instrumentos constitucionales y legales plasmados en el derecho económico interno o internacional (la Constitución, leyes y tratados internacionales).

6. DIFERENCIA CON OTROS TERMINOS

DERECHO DE LA ECONOMIA Configura el universo normativo que disciplina la actividad económica en general, admitiendo una distinción entre el Derecho Privado Económico y el derecho Público Económico, por lo que va estar relacionado con la politica economica que el Estado va sugerir durante su ejercicio. En efecto el Derecho Privado Económico registraría los controles, licencias y técnicas de policía con que el Estado regula las empresas privadas, que si bien son reglamentadas por el Derecho Mercantil tradicional, es el poder público el que las reglamenta y controla. En cambio el Derecho Público Económico está referido a aquellas normas de derecho público que reglamentan la actuación de las personas estatales en la actividad económica. Esta opción llevo a la doctrina española a negar autonomía al derecho económico para ubicar esta normatividad en el Derecho Administrativo.

ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO (AED) Es el estudio de las normas a la luz de la eficiencia mercantil, situando al hombre como sujeto que actúa bajo racionalidad individual. “Los actores privados son motivados exclusivamente por el deseo de maximizar su propio interés económico.” El mercado constituye la premisa básica del AED, en el cual el derecho cumple dos funciones: a) Proveer las condiciones necesarias para una transacción efectiva, por ejemplo, delimitando los derechos de propiedad asegurando el cumplimiento de los contratos, previendo el fraude y la justicia. b) Corregir las fallas del mercado, removiendo los obstáculos del intercambio al estilo de las leyes de competencia y las regulaciones estatales.

6

7. OBJETO DE DERECHO ECONOMICO Tiene por objeto las normas jurídicas que enmarcan los comportamientos económicos de agentes y operadores esenciales privados, tutelando intereses generales con criterio de economicidad y simplificacion.

8. SUJETOS DEL DERECHO ECONOMICO Son todos los agentes económicos en general, las personas jurídicas estatales, las personas jurídicas privadas y los particulares, en cuantos productores y distribuidores para el mercado. Es decir, toda persona natural o jurídica, capaz de realizar actos jurídicos, que intervienen en el proceso económico, independientemente de su naturaleza y condición. Por ejemplo cuando vamos de compra a un supermercado, cuando pedimos un préstamo a un banco, somos sujetos del derecho económic.  

  

El ESTADO: Como rector de la vida económica. Por ejemplo, cuando dicta normas que regulan las políticas agropecuarias, al dictar resoluciones sobre cargas impositivas sobre las importaciones de algunos productos. AGENTES DE VALORES: Que realizan su función dentro del mercado de valores, actuando como intermediario entre el vendedor y el público comprador. Por ejemplo en la compraventa de acciones o bonos, el agente de valores es el sujeto de derecho económico. LOS BANCOS: Son agentes económicos, que actúan como intermediario financiero, cuando reciben depósitos de dinero y otorgan préstamos. EMPRESAS: Son las prestadoras de bienes y servicios. Por ejemplo EDELNOR que provee de energía eléctrica. CONSUMIDORES: Son las personas que consumen bienes y servicios para satisfacer sus necesidades alimentarias, vestido, vivienda, salud, educación y esparcimiento.

9. CARACTERISTICAS 

Humanista.- Porque tiene como centro al hombre, es decir sus normas no tienen relación con los ajustes estructurales que limitan el gasto público y contienen los salarios, mientras los precios crecen en favor del capital.



Dinámico.- Este dinamismo es distinto a la globalización, por tanto, los subsidios para impulsar a las pequeñas empresas y a los productores agrícolas serán dinámicos y oportunos para los países en desarrollo, mientras serán desleales e injustos para los productores de los países desarrollados de la pista rápida de la globalización. 7

II.



Complejo.- Así normas de la Organización Mundial del Comercio que liberan los mercados para las exportaciones de los países en desarrollo, coexisten junto a normas que sancionan a las empresas estatales estratégicas que son vitales para el crecimiento económico de los países de la pista lenta.



Nacional.- El Derecho Económico peruano se conforma por normas internas contenidas en el TITULO III “DEL REGIMEN ECONOMICO”, de la Cata Magna.



Internacional.- Existe un acuerdo comercial regional o bilateral con el fin de ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes, eliminando o rebajando sustancialmente los aranceles, todo ello regido por la reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

EL DERECHO ECONOMICO EN LOS SISTEMAS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX

Entendemos por sistema económico al conjunto de estructuras complejas (órganos) que tienen como fin una relación correcta ante el principio de escases, el cual consiste en la ilimitada necesidad de la colectividad y los limitados recursos naturales que existen para satisfacerlas. Este principio se resuelve desde tres interrogantes 1) ¿Qué producir? 2) ¿Cómo producir? 3) ¿A quién producir? Bajo este principio han surgido tres tipos de sistemas económicos. 1. SISTEMA CAPITALISTA LIBERAL (Economía De Mercado).- Responde las preguntas siempre a favor de los grandes capitales o las personas que tienen el dinero para pagar el producto; ¿qué producir? Lo que demandan, ¿cómo producir? De acuerdo a los medios de los propios capitalistas ¿a quién producir? A los dueños de las riquezas. 2. SISTEMA COLECTIVISTA SOCIALISTA (Economías Centralmente Planificadas). Responde las preguntas siempre a favor de todos pero ante el mismo principio el Estado toma la tutela y da a todos lo mismo pero muy poco; ¿qué producir? Lo que puede el Estado dar a todos, ¿cómo producir?

8

De acuerdo a los medios del propio Estado ¿a quién producir? A toda la colectividad. 3. SISTEMA MIXTOS DUALES (Economías Del Sector Público Y Privado). Responde las preguntas siempre a favor de la colectividad o las personas que tienen el dinero para pagar el producto; ¿qué producir? Lo que demandan ambos grupos, ¿cómo producir? De acuerdo a los medios de los propios capitalistas y del Estado ¿a quién producir? A la colectividad y a los dueños de las riquezas.

III.

EL SISTEMA ECONOMICO PERUANO

El sistema económico del Perú se rige por los principios de un Economía Social de Mercado la cual surge como aparente solución intermedia entre los extremos del liberalismo y el socialismo al combinar el principio de libertad con el de compensación social, “el Estado no es la prioridad si no el ser humano”. Así el Estado asume la responsabilidad de dar rumbo a la economía mediante un modelo que cree las condiciones adecuadas para que las personas de la sociedad peruana puedan dedicarse a la actividad que más les convenga y en el que protege a los consumidores y regula la competencia.

1. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES ECONOMICOS 1) LIBRE INICIATIVA PRIVADA: Lo que supone por un lado, el respeto a la propiedad, a la iniciativa privada y a la promoción de la libre competencia regida por la oferta y la demanda en el mercado; y por otro, la búsqueda por la eficiencia económica, principalmente regido por el derecho de la competencia, aspecto del derecho que no está enfocado en buscar un resultado a través del mercado (Precios bajos o calidad) sino en el proceso competitivo en sí, pues en este aspecto se encuentra el aseguramiento de la eficiencia económica. 2) BIEN COMUN: Lo que debe traducirse en la equidad, empleos productivos, trabajo digno y reparto justo del ingreso. 3) SUBSIDIARIEDAD DEL ESTADO: Limite a la actividad estatal. El Estado no puede participar libremente en la actividad económica, sino que solo lo puede hacer sujeto a la subsidiariedad, que debe ser entendida una función supervisora del mercado.

9

2. CARACTERÍSTICAS DEL MODELO ECONÓMICO QUE ACTUALMENTE SE APLICA EN EL PERÚ. (El Consenso de Washington y el modelo de economía de mercado.) En el Perú se viene aplicado desde la década del 90, las recomendaciones del Consenso de Washington, que se conoce como el modelo de economía de mercado.    

Propiedad privada. Libre formación de precios. Competencia justa. Política económica y social activa. -

Derecho de competencia. Orden laboral y social. Legislación de medio ambiente.

También intervino influyendo la globalización conjuntamente con la apertura comercial, esto obligó al Perú tener que optar por única vía existente y viable, el modelo económico liberal que se aplica con relativo éxito por más de 20 años, “sin alteraciones significativas, abandonando costumbres políticas negativas como el populismo y la heterodoxia”, así lo manifiesta Efraín Gonzáles de Olarte en un análisis que hace sobre la era liberal peruana en los últimos años. Las conveniencias del modelo económico peruano son manifiestas: El inicio de la reforma estructural peruana con la vigencia del Estado de Derecho, la libertad y la democracia como germen de autodeterminación, el rol de la empresa privada como motor del desarrollo, el papel fundamental del mercado como eje rector en la asignación de recursos; la apertura comercial, entre otras reformas, fueron básicas para el éxito económico logrado en los últimos años, cuyos principios económicos han sido mantenidos por los últimos gobiernos con muy pequeñas variaciones, lo que ha permitido además, conformar una filosofía basada en la doctrina neoliberal.

3. FALLAS DEL MODELO ECONÓMICO PERUANO. De las conclusiones más importantes del último CADE (Conferencia Anual de Ejecutivos) 2013, el sociólogo Francisco Durand nos hace conocer sobre ocho fallas importantes del modelo económico: 1) Nos hace vulnerables a un shock externo negativo: caída de los términos de intercambio y salida de capitales, 2) Crea poco empleo formal por ser intensivo en capital, lo que favorece la informalidad, 3) Privilegia la propiedad privada y dentro de ella a la gran empresa, 4) Favorece la concentración económica y tiende al abuso de la posición de dominio del mercado, 10

5) Reprimariza la economía en torno a la minería, la actividad extractiva más destructiva, tiende a la depredación acelerada del medio ambiente. 6) La “competitividad” también se basa en salarios bajos, 7) Extranjeriza las principales actividades económicas, 8) Impulsa el consumismo en base a la deuda y diluyendo las diferencias entre necesidades y deseos, tendencia que afecta principalmente a los pobres.

IV.

EL PERU Y SUS BLOQUES ECONOMICOS

Desde siempre Perú ha mostrado interés en participar en acuerdos económicos con países de su misma región así como también con otras regiones de América Latina. Actualmente Perú es miembro de tres bloques económicos importantes: 1. CAN - COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES: Junto con Bolivia, Colombia y Ecuador forman este bloque económico establecido en Mayo de 1969 mediante el acuerdo de Cartagena. 2. UNASUR – UNION DE NACIONES SURAMERICANAS: Formada por 12 Estados sudamericanos, nació en Mayo del 2008 teniendo a Perú como miembro fundador. 3. APEC – FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ASIA – PACIFICO: Siendo el último país latinoamericano en unirse, el APEC es uno de los más grandes bloques comerciales a los que pertenece Perú donde comparte nexos con EEUU, China y Japón entre otros.

11

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF