Der. Penal II-4

July 29, 2017 | Author: Joel Castillo Lino | Category: Extortion, Crimes, Crime & Justice, Criminal Justice, Social Institutions
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Universidad Abierta Para Adultos

(UAPA)

Materia: Derecho Penal II Tema I: La Extorsión y el Chantaje y sus Penalidades

Facilitador: Freddy Ant. Frías

Alfredo Castillo Cisnero Mat.11-3565

Estudiante de Derecho

Ciudad: Las Terrenas

Fecha: 30/01 /13

1-Elaboración de un mapa mental sobre la extorsión y chantaje, resaltando lo siguiente: a. Elementos del tipo penal. b. La tentativa. c. Complicidad. d. Penalidad. e. Diferencias entre Extorsión y el Chantaje. f. Incluir comentarios al final.

La Tentativa

Elementos del tipo penal Existen 4 elementos para el chantaje y la extorsión:

Es considerada como el mismo crimen, ya que la simple amenaza se puede convertir en una infracción en perjuicio de la pertenencia de la víctima.

1-La amenaza escrita o verbal de revelaciones o imputaciones difamatorias.

La extorsión y el chantaje EXTORSION: es un delito consistente en obligar a una persona, a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial o bien del sujeto pasivo, bien de un tercero. CHANTAJE: es la amenaza de difamación pública o daño semejante para obtener algún provecho pecuniario o material de alguien u obligarlo a actuar de una determinada manera. el chantaje es contemplado en el artículo 400 del C.P.D.

La Complicidad

2-La amenaza debe tener la finalidad de intimidar para someter a la víctima a comprar el silencio de la víctima, en el caso de la extorsión esta va acompañada del uso de la violencia.

El Código Penal dominicano dice en el Art. 61.- Aquellos que, conociendo la conducta criminal de los malhechores que se

3-El agente debe perseguir un beneficio ilegítimo de un bien patrimonial o un bien mueble para lucrarse del mismo.

ejercitan en salteamientos o violencia contra la seguridad del Estado, la paz pública, las

4-La entrega de fondos o valores, o la firma de un acto que contenga obligación o descargo, al igual que el elemento intencional.

personas o las propiedades, les suministren habitualmente alojamiento, escondite o lugar de reunión, serán castigados como sus cómplices. Es necesario decir que el artículo 60 es más abarcador.

Diferencias entre Extorsión y el Chantaje La Extorsión consiste en obligar por medio de la violencia o la intimidación a una persona para que haga algo en favor del delicuente u otra persona, mientras que el chantaje consiste en la amenaza de divulgar o publicar algo en perjuicio de alguien a quien se le obliga a pagar una suma de dinero o hacer algo por la persona que ejecuta el delito o por un tercero la extorsión es un delito grave, el chantaje es un delito simple.

Penalidad conlleva reclusión y multas desde 200 pesos a 500 pesos, cuando se trata de extorsión se tomará en cuenta la consideración del juez para su penalidad.

Mi Comentario sobre la extorsión y el chantaje se basa en la diferencia de ambos delitos, según la jurisdicción dominicana se entiende que: El que hubiere arrancado por fuerza, violencia o constreñimiento, la firma o la entrega de un escrito, acto, título o documento de cualquiera que contenga u opere obligación, disposición o descargo, será castigado con la pena 3 a 10 años de Reclusión Mayor. (Art. 400 CP) El nuevo texto jurídico penaliza la extorsión o chantaje en el artículo 216 con penas de uno a dos años de prisión menor y multa de siete a nueve salarios. Dice el Código Penal que "constituye chantaje el hecho de obtener la entrega de fondos o valores o la firma o entrega de los documentos o de cualquier otro soporte de la expresión del pensamiento, mediante la amenaza de revelar o imputar a otra persona, hechos de naturaleza tal que puedan lesionar su honor o consideración". Establece que cuando la extorsión o chantaje es precedida, o seguida de alguna lesión contra la víctima que le cause una incapacidad total de trabajo durante 90 días, se sancionará con las penas de dos a tres años de prisión menor y multa de cuatro a diez salarios. Si produce lesión a la víctima que le cause una incapacidad de trabajo de más de 90 días se sancionará con penas de cuatro a diez años de prisión mayor y multas de 4 a 10 salarios. EXTORSION: es un delito consistente en obligar a una persona, a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial o bien del sujeto pasivo, bien de un tercero. La extorsión es un delito grave pero el chantaje no lo es. CHANTAJE: es la amenaza de difamación pública o daño semejante para obtener algún provecho pecuniario o material de alguien u obligarlo a actuar de una determinada manera.

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