Demanda Civil Prototipo

September 16, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO DE DAÑOS Y PERJUICIOS JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

DEL MUNICIPIO DE

ALLAN JOEL PAIZ ROMERO, de veinte años de edad, soltero, guatemalteco, estudiante, de este domicilio muy respetuosamente ante usted comparezco y;

EXPONGO: I)  Actúo bajo la dirección y auxilio del Abogado; Nery Romeo Boj López, señalo como lugar para recibir notificaciones y citaciones la oficina profesional ubicada en Sexta calle cuatro guión diecisiete de la zona uno, del municipio de Guatemala; II) Ante usted de manera atenta comparezco a promover JUICIO ORDINARIO DE DAÑOS Y PERJUICIOS en contra del señor SAMUEL ISAI CANCINOS MORALES, quien puede ser notificado en su residencia ubicada en la once avenida dieciocho calle guion cuarenta y dos de la zona once del municipio de Guatemala, en base a la siguiente: RELACIÒN DE HECHOS: I) Es el caso señor juez que con fecha catorce de agosto del año dos mil doce, realice un contrato de Compraventa en el cual adquirí la propiedad ubicada en la tercera avenida y segunda calle dos guión quince de la zona dos del municipio de Guatemala, lo cual consta en escritura pública número catorce de fecha dieciocho de enero del año dos mil doce, inscrito bajo el número de finca diez, folio tres del libro cuatro del departamento de Guatemala autorizada por el Notario Carlos Leonardo Duarte López,  propiedad que es vecina a la del señor Samuel Isai Cancinos Morales. II) Es el caso que el señor Samuel Isai Cancinos Morales como manifesté anteriormente es vecino deMorales mi propiedad, ubicada en la del dirección antes que señor Cancinos el día cinco de enero presente año relacionada, se dispuso a resulta construir uneledificio y empezaron a derribar los árboles frutales en su propiedad los cuales no limitan con mi  propiedad pero per o si están cerca de ella, aproximadamente como a un metro de distancia de el límite de las propiedades, los cuales son de gran tamaño. Al momento de derribar los árboles, el árbol más cercano a mi propiedad cayó sobre la estructura de mi propiedad dañándola en cuanto al enlaminado y la pared próxima a la propiedad del demandado, debido a que no tomo las precauciones necesarias para no dañar mi propiedad.

III)  En virtud del daño causado a mi propiedad procedí a conversar con el ahora demandado para que se hiciera cargo de los DAÑOS ocasionados, él prometió que me compensaría los daños una semana después, sin embargo no me pago y siguió con los www.iusgt.blogspot.com 

 

trabajos en su propiedad, iiniciando niciando a excavar el día ocho de enero del presente año, dichas excavaciones tienen un aproximado de doce metros y ponen en riesgo mi propiedad. Procedí a dialogar con el Señor Cancinos Morales, pero me respondió que había tomado todas las prevenciones necesarias y que lo de los arboles había sido un accidente y que no era responsabilidad de él, por lo que no llegamos a ningún acuerdo.

IV) Señor juez la propiedad acreditada en el numeral uno de este mismo escrito lo tengo arrendado a una tercera persona, pero al momento en que ocurrió el daño a mi propiedad, ellos tuvieron que desalojar la propiedad por el inminente riesgo a que pueda derrumbarse,  por tal caso deje de percibir las mensualidades de esta propiedad que ya estaba arrendada, el valor del arrendamiento es de SEIS MIL QUETZALES EXACTOS, y como manifesté los señores tuvieron que desalojar inmediatamente la propiedad, y es el caso que ya se cumplieron dos meses desde que se ocasiono el daño y yo deje de percibir esa mensualidad. V) En consecuencia me veo obligado a demandar en la VIA ORDINARIA POR DAÑOS Y PERJUICIOS, a efecto que se reconozca que el demandado deberá pagar los DAÑOS Y PERJUICIOS causados a mi propiedad, así como las costas judiciales. FUNDAMENTO DE DERECHO: Estipula el Código Civil en su artículo 1434 que “Los daños consisten en las pérdidas que el acreedor sufre en su patrimonio, y los perjuicios son las ganancias lícitas que deja de  percibir, deben ser consecuencia inmediata y directa de la contravención, contrav ención, ya sea causado o que necesariamente deban causarse. Así también el artículo 1672 del mismo cuerpo legal: “Los propietarios, arrendatarios, poseedores y en general, las personas que se aprovechan de los bienes, responderán, igualmente:…. 2º. Por la caída de árboles, cuando no sea ocasionada por fuerza mayor…. En todos estos casos, el perjudicado tiene derecho a exigir que cese la causa que motiva el daño o perjuicio y la indemnización si procediere. Estipula el artículo 96 del Código Procesal Civil y Mercantil “Las contiendas que no tengan señalada tramitación especial en este Código, se ventilarán en juicio ordinario”. Las normas  jurídicas transcritas se encuadran en el presente caso debido a que existe un daño y  perjuicio causado a mi propiedad, por lo que me veo en la necesidad de plantear plantea r la presente demanda ORDINARIA para que se reconozca que el demandado tendrá que pagar la cantidad exigida y costas judiciales.

PRUEBAS I) DOCUMENTOS: a) Primer testimonio de la escritura pública número catorce de fecha quince de agosto del dos mil doce, dicho INSTRUMENTO fue autorizado por el Notario Carlos Leonardo Duarte López.  b) Contrato de arrendamiento celebrado celebra do ante el notario Carlos Leonardo Duarte López. www.iusgt.blogspot.com 

 

II) DECLARACION DE PARTE: Por medio de posiciones que bajo juramento deberá absolver el demandado en forma personal y no por medio de apoderado, bajo apercibimiento de que si no comparece se tendrá por confeso y contestadas en sentido afirmativo las posiciones. III) DECLARACION DE TESTIGOS: Que deberá declarar en su oportunidad procesal, el señor Gustavo Adolfo Arroyabe García, quien es vecino de mi propiedad. IV) RECONOCIMIENTO JUDICIAL: Que se practicara en el inmueble ubicado en tercera avenida, segunda calle dos guión quince de la zona dos del Municipio de Guatemala. V) DICTAMEN DE EXPERTOS: Que deberá ser realizado por un ingeniero civil, designado por el juez, quien deberá verificar el estado peligroso en la que se encuentra mi  propiedad luego de las excavaciones. VI) MEDIOS CIENTIFICOS DE PRUEBA: Cuatro fotografías del inmueble dañado las cuales presentare en su momento. VII) INDICIOS Y PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que del conocimiento del juzgador y de los hechos se deriven.

PETICIONES: DE TRÁMITE: I) Que con este memorial y documentos adjuntos se forme el expediente respectivo. II) Que se tome nota de la calidad con que actúo. III) Que se tome nota de la dirección y procuración bajo la cual actuó y del lugar señalado  para recibir notificaciones IV) Que se tome nota del lugar señalado para notificarle a la demandada. V) Que se admita para su trámite la presente demanda en la VIA ORDINARIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS, en contra del demandado. VI) Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba. VII) Que se emplace al demandado por el término legal de nueve días comunes para que haga valer sus excepciones o su oposición, bajo apercibimiento de que si no comparece se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo y rebelde a solicitud de parte. VIII) Que se abra a prueba en su momento procesal oportuno. IX) Que se señale día y hora para la vista en su momento procesal oportuno.

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DE FONDO: X) Que en su oportunidad procesal se dicte sentencia declarando: a) Con lugar la presente demanda ordinaria de DAÑOS Y PERJUICIOS. b) Como consecuencia se declare los DAÑOS Y PERJUICIOS ocasionados a mi propiedad ubicada en la tercera avenida y segunda calle dos guión quince de la zona dos del municipio de Guatemala, c) Que se condene a la parte demandada al pago de las costas judiciales.

CITA DE LEYES: Me fundo en los artículos precitados y en los siguientes: 1, 2, 3, 5, 12, 28, 203, 204, de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1645, 1673, Decreto Ley 106 Código Civil, 1, 7, 25, 26, 27, 44, 50, 51, 61, 63, 64, 65, 66, 67, 69, 70, 71, 72, 75, 79, 87, 96, 106, 107, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 142, 146, 149, 172, 173, 177, 178, 186, 191, 194, 195, 196, 197, 198 del Decreto Ley 107 Código Procesal Civil y Mercantil, 141, 142, 143 de la Ley del Organismo Judicial. Acompañamos duplicado y una copia y documentos adjuntos. Municipio de Guatemala, Guatemala, 15 de febrero del año 2,013. F. _________________________________ Allan Joel Paiz Romero

EN SU AUXILIO Y PROCURACIÓN. Lic. Nery Romeo Boj López

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