Defensa Personal Policial: CONCEPTO. Generalidades. ¿Cómo se la podría definir a la Defensa Per

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Centro de Capacitación Física--Dirección General de Institutos-Policía de la Provincia de Misiones Técnicas de Defensa Personal Policial Material Teórico Aut-Recop .Of. Aux. Esteban Dario Alvez Año 2.010

DEFENSA PERSONAL POLICIAL CONCEPTO . Generalidades. ¿Cómo se la podría definir a la Defensa Per sonal Policial? Hay tan variados conceptos como instructores y artes en las que se basan y su contenido no es fijo en el tiempo, sino que fluctúa, cambia, se especializa y perfecciona, acorde a los tiempos que vivimos, al desarrollo social y a cada situación concreta en la que deba ser aplicada. Por ello es que no hay una sola definición y todas son reales y guardan la esencia de las que artes de las que toman las técnicas y las pulen al mayor grado de eficacia posible, encausándolas dentro del marco jurídico que las regulan, teniendo como uno de sus principios el de preservar la vida del funcionario policial y la de terceros, ya sean hacia quienes se aplican las técnicas o sujetos extraños, que se ven afectados por la comisión del hecho. Atento a éstos preceptos, tras un análisis de los conocimientos aprehendidos y asimilados, teniendo en cuenta el bien jurídico perseguido, es que uno de los factibles aciertos que hacen relación a la Defensa Personal Policial la definirían como: El

conjunto o bagaje de Técnicas Defensivas y de reacción, que se emplean, reguladas por las normas jurídicas legales en vigencia y capacitan al funcionario policial para el cumplimiento de su misión, cuando deba aplicar el uso de la fuerza, que le permita neutralizar, reducir y conducir detenido a un sospechoso, sin ocasionarle daño físico o en su defecto el menor posible y así ponerlo a disposición de la justicia. Este precepto puede extenderse en virtud de la situación y finalidad que el funcionario de a las técnicas aprendidas.

Defensa Personal Policial: Objetivos.

Con la Defensa Personal Policial, lo que se busca, es capacitar al Funcionario Policial, para que en el cumplimiento de su deber se desenvuelva con naturalidad y firmeza, seguros de si mismos y de que lo que saben es innato a ellos y efectivo en el campo real del procedimiento policial, acorde a las exigencias sociales y jurídicas de la actualidad.

Métodos de enseñanza y Aprendizaje.

Los métodos que se emplean en la enseñanza y aprendizaje de las Técnicas de Defensa Personal Policial, difieren de los de las Artes Marciales y Deportes de Combate, en lo atinente a los contenidos pedagógicos, nutriéndose de muchos grupos técnicos de éstas Artes Marciales, pero con otro fundamento. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Los conocimientos son extraídos de las Artes Marciales, llevándoselos al máximo grado de eficacia posible, ajustándose a la normativa legal vigente y al respeto a los Derechos Humanos, capacitando al Funcionario Policial, con técnicas específicas que le brindan seguridad y ayudaran al resguardo de su integridad, dándole una herramienta de trabajo eficaz, dentro del marco legal al que debe circunscribirse su accionar. Las técnicas que se emplean, deben ajustarse a Derecho, al principio de Gradualidad en el uso de la fuerza, resultado de una capacitación profesional y eficaz al momento de su utilización. El Sistema de Defensa Personal Policial, no debe ser concebida tan solo como la materia de un curso que debe ser aprobada por los alumnos de cada instituto, sino que debe ser un entrenamiento permanente, que servirá, no solo para el mantenimiento de su forma física, sino para la mejora constante de su potencial técnico, que le permitirá en todo momento reaccionar, repeler y controlar una agresión en cualquier circunstancia circunst ancia y lugar.

El Autocontrol

Las Técnicas de Defensa Personal Policial, son especificas a la tarea diaria del funcionario policial, que constantemente mantiene contacto con la sociedad, que en éstos días esta muy convulsionada por los desordenes sociales y la creciente delincuencia, cuyos sujetos activos son más agresivos y no solo acciona con ataques a manos libres, sino también con elementos punzantes, cortantes y contundentes, llegando a los extremos de la utilización de armas de fuego, presentando divergentes particularidades en las que el Funcionario Policial tiene latentes posibles resistencias o agresiones, por lo que deben prepararse para actuar utilizando un medio profesional, apto y eficiente, seguro y disuasivo, teniendo en cuenta los principios de Interceptar, neutralizar, neutrali zar, reducir y trasladar. No se debe canalizar o enfocar la enseñanza y el aprendizaje, con el fin de preparar al funcionario policial para una pelea callejera, sino para evitarlas, no se debe llegar a éste tipo de contienda, controlando la situación en el menor tiempo posible, de forma resolutiva, con la serenidad necesaria y la determinación suficiente, logrando la asimilación de los conocimientos mediante la práctica continua, a efectos de actuar con la confianza imperiosa, que hace a la eficiencia de su trabajo, cada vez que la sociedad y la ley lo requieran. Todo funcionario Policial debe tener el suficiente autocontrol, para llevar a buen termino la resolución de un procedimiento. Este autocontrol es de vital importancia para mantener la calma y sobreponerse a las situaciones de peligro, individuales o colectivas, de pánico, de miedo, ansiedad, garantizando una actuación clara, racional e inteligente.

Aspecto Psicológico.

Hay que tener en cuenta el aspecto psicológico en la aplicación de las T.D.P.P., ya que en la actualidad la sociedad esta convulsionada y somos permanentemente agredidos, por lo que el sistema de defensa que es más propicio, es aquel que mejor prepara al practicante, para defenderse de agresiones que hallare en el ambiente donde lleva a cabo su tarea. Hay medios más sutiles que la agresión física y son las agresiones psicológicas, que se presentan de variadas maneras y ocasionan daños graves en el que es víctima de ellas. el las. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Los conocimientos son extraídos de las Artes Marciales, llevándoselos al máximo grado de eficacia posible, ajustándose a la normativa legal vigente y al respeto a los Derechos Humanos, capacitando al Funcionario Policial, con técnicas específicas que le brindan seguridad y ayudaran al resguardo de su integridad, dándole una herramienta de trabajo eficaz, dentro del marco legal al que debe circunscribirse su accionar. Las técnicas que se emplean, deben ajustarse a Derecho, al principio de Gradualidad en el uso de la fuerza, resultado de una capacitación profesional y eficaz al momento de su utilización. El Sistema de Defensa Personal Policial, no debe ser concebida tan solo como la materia de un curso que debe ser aprobada por los alumnos de cada instituto, sino que debe ser un entrenamiento permanente, que servirá, no solo para el mantenimiento de su forma física, sino para la mejora constante de su potencial técnico, que le permitirá en todo momento reaccionar, repeler y controlar una agresión en cualquier circunstancia circunst ancia y lugar.

El Autocontrol

Las Técnicas de Defensa Personal Policial, son especificas a la tarea diaria del funcionario policial, que constantemente mantiene contacto con la sociedad, que en éstos días esta muy convulsionada por los desordenes sociales y la creciente delincuencia, cuyos sujetos activos son más agresivos y no solo acciona con ataques a manos libres, sino también con elementos punzantes, cortantes y contundentes, llegando a los extremos de la utilización de armas de fuego, presentando divergentes particularidades en las que el Funcionario Policial tiene latentes posibles resistencias o agresiones, por lo que deben prepararse para actuar utilizando un medio profesional, apto y eficiente, seguro y disuasivo, teniendo en cuenta los principios de Interceptar, neutralizar, neutrali zar, reducir y trasladar. No se debe canalizar o enfocar la enseñanza y el aprendizaje, con el fin de preparar al funcionario policial para una pelea callejera, sino para evitarlas, no se debe llegar a éste tipo de contienda, controlando la situación en el menor tiempo posible, de forma resolutiva, con la serenidad necesaria y la determinación suficiente, logrando la asimilación de los conocimientos mediante la práctica continua, a efectos de actuar con la confianza imperiosa, que hace a la eficiencia de su trabajo, cada vez que la sociedad y la ley lo requieran. Todo funcionario Policial debe tener el suficiente autocontrol, para llevar a buen termino la resolución de un procedimiento. Este autocontrol es de vital importancia para mantener la calma y sobreponerse a las situaciones de peligro, individuales o colectivas, de pánico, de miedo, ansiedad, garantizando una actuación clara, racional e inteligente.

Aspecto Psicológico.

Hay que tener en cuenta el aspecto psicológico en la aplicación de las T.D.P.P., ya que en la actualidad la sociedad esta convulsionada y somos permanentemente agredidos, por lo que el sistema de defensa que es más propicio, es aquel que mejor prepara al practicante, para defenderse de agresiones que hallare en el ambiente donde lleva a cabo su tarea. Hay medios más sutiles que la agresión física y son las agresiones psicológicas, que se presentan de variadas maneras y ocasionan daños graves en el que es víctima de ellas. el las. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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El hombre actual esta perdiendo su identidad, se deja llevar manipulado por los avances sociales y tecnológicos, vive confundido en un mundo de producción y consumo y no solo eso, sino que se nos dicta también el como pensar, llegando al punto del porque o para que vivimos, resultando la conformación de una creciente sociedad sin valores, donde lo único valido es lo que se pueda negociar. Los grandes grupos de poderes económicos, políticos o religiosos entre otros, tratan con mayor ahínco de manipular al hombre en detrimento de su propio beneficio, sin importarles lo que le suceda, que como individuo vive cada vez más estresado, angustiado, con ansiedad y grandes depresiones, perdiendo e lazo con la vida plena y armónica que los hace seres s eres humanos. Esto genera que el hombre moderno, en su desenvolvimiento dentro de una sociedad convulsionada, sea más agresivo y su aptitud o capacidad psicológica, elemento fundamental, lo hace más propenso a ocasionar o impeler agresiones psicofísicas. Ante ello es que el funcionario debe tener como se cito precedentemente, el suficiente Autocontrol, para resolver sus propias crisis emocionales, sin que éstas afecten el desarrollo de sus actividades para el cumplimiento de su deber. El funcionario, debe amen de tener autocontrol, estar templado en su carácter, ya que además de las posibles agresiones físicas, será víctima de las psicológicas, ya sea mediante insultos, degradaciones o negaciones, entre muchas otras y si no posee las cualidades señaladas, se vería desbordado y se saldría fuera de su control el procedimiento que esta llevando a cabo, pudiendo en ocasiones desembocar en resultados no deseados o perjudiciales para él o el fin perseguido. El Espíritu o carácter templado de un Funcionario Policial, es aquel que mantiene la armonía y coayuda a direccionar las acciones que se realizan para lograr el objetivo que se busca, pese a los avatares que obstaculicen el correcto desempeño de sus funciones y sumado al autocontrol, generan la disciplina necesaria para lograrlo, demostrando la profesionalidad y eficacia que posee.

Entrenamiento y Preparación Técnica de la Defensa Personal Policial.

Con la continua practica de las T.D.P.P., se prevee el más óptimo aprovechamiento técnico que cada funcionario, acorde a sus cualidades o capacidades, pueda darle a todas las partes del cuerpo como medio de defensa y ataque, buscando a la vez los puntos vulnerables del agresor, para su más rápida y mejor neutralización, sin ocasionarle daño, a través de la aplicación de las T.D.P.P., que han sido estudiadas y medidas a fin de evitar cuestionamientos de orden legal. Hay que tener en cuenta que la preparación debe ser intensiva e insistente, a los fines de que éste al novel de las exigencias de una sociedad cada vez más agresiva y violenta la formación debe ser integral, atenta a las predisposiciones psicológicas del ser humano, ara ir cubriendo las carencias con esfuerzo y trabajo, acorde a problemas tales como la falta de actitud, pasividad, impotencia y gran inseguridad ante situaciones conflictivas, que nos dan pautas sobre las que se debe trabajar a los fines de lograr la más optima capacitación del funcionario policial. Al entrenar las T.D.P.P., el funcionario, debe ser capacitado para cumplir sus funciones utilizando un medio profesional, apto y eficiente, seguro y disuasivo, asimilando ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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las técnicas que deba aplicar, con confianza, seguridad y eficiencia, cuando realmente sean necesarias, utilizando como instrumento todas las partes del cuerpo. En cuanto a las exigencias físicas, el funcionario policial tiene que prepararse a conciencia en lo relacionado a su desarrollo, no importando la masa muscular, sino la potencia velocidad y resistencia aeróbica y anaeróbica, la flexibilidad y coordinación psicomotris, englobándose todo ello en un plan de ejercicios que debe ser diseñado por profesionales de la materia (Profesores de Educación Física), cuyos beneficios deben ser dirigidos no solo al logro de la salud o estética corporal, sino en su forma específica a la adquisición de habilidades o aptitudes que contribuyan a un mejor y más rápido aprendizaje , asimilación y desenvolvimiento de las T.D.P.P. A su vez las T.D.P.P., aumentaran amen de las condiciones físicas ya adquiridas, la capacidad refleja, coordinación y combinación del movimiento, proporcionándonos un mayor campo de acción con buen balance o equilibrio, junto a la utilización de energía dinámica, suscitándose ello cuando todo nuestra fuerza o poder corporal, se concentra en un punto del espacio. Las combinaciones de las técnicas y modelos básicos, desarrollan agilidad y habilidad para cambiar de movimiento, manteniéndose el poder de concentración para lograr el fin concreto que persigue la consecución de procedimiento policial. policia l.

Características de las Técnicas de Defensa Personal Policial

a- No es un Arte Marcial, pero tiene fundamento propio b- Incorpora conceptos y tácticas de interacción ajenas a las artes marciales y disciplinas de combate. c- Técnicas legales. d- Simples. e- Eficaces. f- Demandan porco estado atlético, pero necesitan un acondicionamiento específico. g- Método propio y uniforme. h- Las técnicas se adaptan acorde a las capacidades y aptitudes del practicante. i- Desarrollo continuo de los sistemas, métodos y eficacia de sus técnicas.

La Fuerza. Fuerza Contínua y proporcional. Represión. ¿Qué es la fuerza?-

A la fuerza, dentro de las T.D.P.P., se la puede definir como la reacción generada por al funcionario policial para contrarrestar la acción del sujeto a detener y por ello para que sea realmente efectiva, efect iva, ésta debe ser continua y proporcional. La Fuerza continua y proporcional, generalmente comienza con la interacción verbal si el sujeto no responde, la continuidad puede sugerir el despliegue de otro nivel de uso de la fuerza. En casos en los que el sujeto tenga un arma de fuego, la continuidad puede aconsejar el uso de la fuerza con técnicas más resolutivas y contundentes y hasta el uso de la fuerza letal en casos extremadamente necesarios. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Hay varios niveles de uso de la Fuerza continua en un procedimiento policial y éstos pueden variar acorde a cada hecho concreto. Ejemplos de Uso de la Fuerza continua: 123456-

Verbalización de las Ordenes. Control pasivo. Control Activo por dolor (D.P.P.) Tácticas Defensivas Policiales (D.P.P.) Utilizar Armas no letales (bastones policiales) Utilización de Fuerza letal como último recurso (armas de fuego). Todos los dispositivos legales que regulan el uso de la l a fuerza pública por parte de la policía, se basan en los principios de necesidad nec esidad y proporcionalidad.

El alto Comisionado para los Derechos Humanos, de las Naciones Unidas, sostiene que los principios de proporcionalidad y necesidad, exigen respectivamente que la policía recurra a la fuerza, cuando sea estrictamente necesaria para la aplicación de la ley y el mantenimiento del orden público y que ésta aplicación sea proporcional, es decir que se aplique solo en la medida que lo requieran los fines legítimos estatuidos por la ley y para el mantenimiento del orden público. En la medida de lo posible, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, recurrirán a medios no violentos antes de utilizar la Fuerza y las armas de fuego.

Elementos que hacen al Uso de la Fuerza:

Para el uso de la Fuerza, existen requisitos estatuidos por las normas legales en vigencia, en especial el Código Penal (Argentino Art 34, inc. 6º y 7º), pero no existe una doctrina institucional sobre el uso de ésta fuerza. fuer za. El sentido común y el buen criterio leva a derivar de la norma, cuatro elementos para hacer uso de la fuerza: a) Aptitud (del agresor par lesionar o matar). b) Distancia (suficiente donde el agresor lesiona o mata). c) Peligro inminente (creado por el agresor para lesionar o matar). d) Exclusión de otra solución razonable (siendo el uso de la fuerza defensiva la última opción). El uso de la fuerza se debe aplicar, ajustada al principio e Gradualidad y cuando el razonamiento del funcionario policial indica que existe peligro inminente de perder la vida o sufrir una lesión, contra él o un tercero inocente. Aquí surge la necesidad de hablar sobre el PELIGRO INMINENTE, que puede sufrir el funcionario en cargado de hacer cumplir la ley, el que existirá cuando hay tal apariencia de amenaza o lesión inmediata que pone a una persona razonable en actitud defensiva instantánea y requiere tres elementos de parte del agresor: a- Oportunidad inmediata. b- Capacidad inmediata. c- Intención manifiesta. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Con respecto a las políticas en el uso de la fuerza, todas utilizan la gradualidad por ejemplo: 1- Modelo de Niveles de respuesta: Incluye seis niveles, donde en el 3º nivel se emplean las T.D.P.P., sin armas. 2- Modelo de Aumento de Niveles de respuesta: En el 2º nivel se aplican Técnicas Defensivas Policiales. 3- Modelo de Respuestas por control continuo: entre las opciones de respuestas, en un 3º nivel, se aplican las Técnicas Defensivas Policiales. 4- Modelo de Técnicas de Respuestas: De tres niveles de respuesta razonable por parte del funcionario policial, en el 2º Nivel se aplican las Técnicas Defensivas Policiales.

La fuerza Continua y Proporcional: Comienza con la interacción verbal, si el sujeto no responde, esta puede sugerir el despliegue de otro nivel de uso de la fuerza. En casos en que el sujeto tiene un arma de fuego, la continuidad puede aconsejar el uso de la fuerza con técnicas más resolutivas y contundentes y hasta el uso de la fuerza letal de ser necesario. Entre las opciones del uso de la fuerza: 2) Ordenes verbales. 3) Control pasivo. 4) Control activo por dolor (Defensa Personal Policial) 5) Tácticas Defensivas Policiales (Defensa Personal Policial) 6) Utilizar armas no letales (bastones policiales) 7) Utilización de a fuerza letal como último recurso Todos los dispositivos legales que regulan el uso de la fuerza publica por la policía se basan en los principio de necesidad y proporcionalidad. Sostiene el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, los principios de proporcionalidad y necesidad exigen respectivamente que la policía recurra a la fuerza cuando sea estrictamente necesario para la aplicación de la ley y el mantenimiento del orden publico y que esta aplicación sea proporcional, es decir que se aplique solo en la medida que lo requieran los fines legítimos estatuidos por la ley, y para el mantenimiento del orden publico. En la medida de lo posible, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley recurrirán a medios no violentos antes de utilizar la fuerza y las armas de Fuego (Dr. Prunotto Laborde, Juez de Instrucción 14 nominación Pcia. Santa Fe)

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CONCEPTO DE REPRESION:

Se la denomina también Acción, y es la actividad ofensiva que detiene la actividad delictiva mediante la acción violenta en el menor tiempo posible y con el menor daño en personas y cosas. La mismo debe ser flexible y donde la aplicación de las técnicas corporales de D.P.P., serán parte de la gradualidad. Esta será justa cuando actúa sobre el delincuente, medida cuando es proporcional a la amenaza o alteración al orden público y oportuna cuando se aplica en el momento adecuado.

NOCIONES BASICAS DEL PROCEDIMIENTO POLICIAL: DETENICION. COMO ACTUAR CON EL DETENIDO, CUANDO ORDENAR QUE SE ARROJE AL SUELO, ESPOSAMIENTO, LA VERBALIZACION DE LAS ORDENES

LA DETENCION: Se la puede definir como la privación a una persona o sospechoso de su libertad. El artículo 284 del CPPN se refiere a la Detención sin orden judicial y establece que Los Funcionarios y auxiliares de la policía, tienen el deber de detener aun sin orden judicial (ver jurisprudencia local: Código Procesal Penal de la Provincia de Misiones). 1- Al que intentare un delito de acción publica, será reprimido con pena privativa de libertad, en el momento de disponerse a cometerlo. 2- Al que fugare, estando legalmente detenido. 3- Excepcionalmente a la persona contra la cual hubiere indicios vehementes de culpabilidad, y exista el peligro inminente de fuga o de serio entorpecimiento de la investigación y al solo efecto de conducirlo ante el juez competente de inmediato para que resuelva su detención. 4- A quien sea sorprendido en flagrancia en la comisión de un delito de acción publica y reprimido con pena privativa de libertad. 5- El artículo 287 del CPPN se refiere a la Detención por un particular o aprehensión privada, como reza el art. 305 del CPPSF (Pcia. Sta. Fe), estableciendo que en los casos previstos en los incisos 1, 2 4 del art. 284 los particulares están facultados a practicar la detención, debiendo entregar inmediatamente el detenido a la autoridad judicial o policial.

COMO ACTUAR CON EL DETENIDO 1- Cumplir con los requisitos legales. 2- Respetar al detenido. Es importante destacar que el funcionario policial debe utilizar una fuerza razonable y necesaria para hacer una detención. En términos generales, una fuerza razonable se considera el mínimo necesario para la autodefensa efectuar la detención. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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TIPOS DE DETENCION 1- Grado de resistencia ofrecida. 2- Armas implicadas. 3- Talla del sospechoso. 4- Talla del funcionario actuante. 5- Numero de personas implicadas. 6- Viabilidad de acciones alternativas. 7- Identificación verbal como funcionario policial. 8- Repetición de las órdenes. 9- Voz activa y clara. 10- No faltar el respeto durante el procedimiento, con insultos, etc.

CUANDO LLEVAR AL SUELO AL SOSPECHOSO. 1- Cuando comienza a ofrecer resistencia física. 2- Cuando existe una alta probabilidad de resistencia según el tipo de delito. 3- Cuando se resiste previo al traslado. 4- Cuando es un sospechoso violento.

EL ESPOSAMIENTO. Es la acción de sujeción de las manos con cualquier elemento idóneo a los efectos de dificultar los movimientos del sospechoso y se debe tener en cuenta lo siguiente. 1- las esposas no inmovilizan, ofrecen al sospechoso cierto grado de dificultad. 2- Nunca debe esposarse a un objeto fijo o detenido. 3- Nunca usarlas como ramal, no debe esposarse el funcionario policial con el detenido. 4- Siempre se debe esposar con las manos atrás y las palmas hacia fuera y con el seguro de las esposas puesto. Como principio general el esposamiento se debe hacer antes del cacheo. Pero este principio tiene su excepción. (cuando el cacheo se realiza a una persona a identificar *-en posición de pie y que no ofrece resistencia-_ pero en estos casos se debe tomar los recaudos necesarios para la protección de la integridad física del funcionario actuante, aplicando en caso de reacción las técnicas de defensa policial para neutralizar y reducir al sospechoso.

ORDENES VERBALES Se le debe inculcar al funcionario policial que siempre debe VERBALIZAR las órdenes durante el procedimiento de detención y sobre todo antes de recurrir o incrementar el uso de la fuerza. Es importante saber que las ordenes verbales antes, durante y después de la confrontación física, deben practicarse para poder usarlas cuando se encuentren bajo tensión. Las órdenes dadas antes del uso gradual de la fuerza publica, son esencialmente advertencia que tratan de obtener la cooperación del sospechoso y evitar el incremento del uso de la fuerza innecesaria y que siempre deberá ser la necesaria y gradual. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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ASPECTOS QUE SE DEBE TENER EN CUENTA, ANTE UN AGRESOR Y LA APLICACION DE LA DEFENSA PERSONAL POLICIAL El Funcionario Policial debe tener presente: a) Apreciación de la Situación. b) Conocer las capacidades, medios y usos propios de que se dispone. c) Conocer técnicas que puedan adaptarse a cada situación. d) Neutralizar o evitar la agresión. e) Ejecutar una acción rápida a efectos de llevar a cabo el sistema defensivo. f) Neutralizar al Agresor tratando de ocasionarle el mínimo daño posible. g) Finalizar el procedimiento policial empleado técnicas legales, teniendo presente, que primero se debe esposar y luego efectuar al cacheo. h) Conducir y Trasladar al detenido a las dependencias policiales de forma segura.

CADA PROCEDIMIENTO ÚNICO, PERO GUARDAN UNA SERIE DE PATRONES QUE HACEN AL AFRONTAMIENTO DE UNA AMENAZA REAL Y DEL FUNCIONARIO POLICIAL EXIGEN LO SIGUIENTE:       

Ser conciente del riesgo que se afronta Buscar una alternativa apacible para la resolución de la situación. Estar alerta en todo momento, aún en situaciones de aparente tranquilidad. Tener un alto grado de percepción, para intuir el peligro. Esposar de forma rápida, adecuada y correcta. Cachear en forma exhaustiva y minuciosa. Mantener en óptimas condiciones el arma provista.

Si nos ponemos a pensar en el desarrollo de un programa de Defensa Personal Policial, nos damos cuenta, que difiere totalmente de cualquier otro programa de Defensa Personal, ya que el fin y objetivo perseguido es distinto, pudiendo haber similitudes técnicas, como ser la enseñanza de algunas proyecciones, controles, luxaciones, estrangulaciones o percusiones tácticas, pero teniendo en cuenta que en el sistema policial se deben respetar

COMPONENTES DE LA DEFENSA PERSONAL POLICIAL El Funcionario Policial en su accionar diario, al afrontar situaciones de conflicto en el que debe emplear fuerza física, tiene que desplegar un tipo de defensa que a la vez se constituya en contraataque y que no sea agresiva, tratando de evitar lesionar al sujeto a detener y en cuanto a ello es que se aprecia que la misma se compone de los siguiente elementos: a) INTERCEPCION b) NEUTRALIZACIÓN c) REDUCCIÓN d) CONDUCCIÓN ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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a) Intercepción: Es el primer contacto, partiendo del Visual, incluyendo la presentación, identificación y explicación de la razón de la presencia del funcionario. Se debe expresar y mostrar confianza, respeto, amabilidad, educación, inspirando seguridad y solución pacifica del conflicto. Todo funcionario policial, una vez establecido el contacto inicial, debe colocarse a una distancia mínima de dos pasos e iniciar la fase investigativa del diálogo. b) Neutralización: Es la ejecución o reacción técnica en la que se controla rápidamente a un sujeto agresivo pasivo o activo, inmovilizándolo con el fin de concretar la reducción. c) Reducción: Es la concreción de la ejecución del movimiento corporal de neutralización a través de una técnica, a un sujeto agresivo, esposándolo, palpándolo o inmovilizándolo con el objeto de esperar colaboración. Se conjugan los elementos de Neutralización y Reducción en un todo en el que el personal policial se puede encontrar con dos tipos de resistencia bien definidas PASIVA O ESTÁTICA: El sujeto esta inactivo, no se mueve ni acata las directivas u órdenes que imparte el funcionario policial. ACTIVA O DINÁMICA: El sujeto esta en movimiento, no acata las ordenes o directivas, tiende a realizar acciones agresivas o evasivas hacia el funcionario policial. d) Conducción: Radica en el traslado seguro, de una persona detenida de un lugar a otro mediante la utilización de una técnica específica.

DESPLIEGUE TACTIVO POLICIAL Teniendo presente estos cuatro elementos citados precedentemente y sus combinaciones podemos sumergirnos en la Defensa personal policial, que requiere un despliegue Táctico Policial, el que infiere la presencia policial según un método operativo, que permite establecer el control psicológico necesario para la efectivización del procedimiento que se lleva a cabo, el cual se debe iniciar con el dialogo en casi todos los casos. De notarse una conducta indecisa para la iniciación del diálogo por parte del ciudadano o grupo de éstos, ante el que funcionario policial actúa, debe proceder a ascender en la escala de uso de fuerza correspondiente al despliegue táctico.

Diálogo: Es la principal técnica a ser utilizada por el funcionario policial, con el fin de resolver la mayoría de las situaciones conflictivas. El diálogo como instrumento de fuerza, evita causar daños físicos innecesarios al ciudadano o grupo de éstos, mediante un trato digno y respetuoso. El funcionario policial al iniciar el diálogo se dirigirá al ciudadano o grupo de éstos, en los términos de señor o señora, debe comenzarlo tendiendo la mano y con un saludo cortés acorde a la hora del encuentro, identificándose convenientemente y manifestando la intención de ayudar o resolver la situación que demandó su presencia. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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NOCIONES SOBRE LEGITIMA DEFENSA Legítima Defensa: Según la Doctrina, “ La Legítima Defensa ” es la reacción necesaria para evitar la lesión ilegítima y no provocada, de un bien jurídico actual o inminente, amenazado por la acción de un ser humano. (Fontan Balestra). Se basa en el principio de que nadie puede ser obligado a soportar lo injusto. Se trata de una situación conflictiva en la cual el sujeto puede actuar legítimamente, porque el derecho no tiene otra forma de protección de sus bienes jurídicos (Zaffaroni, Eugenio, Manuel de Derecho Penal). La figura de Legítima Defensa o Defensa Propia o Defensa Propia y de terceros, se encuentra tipificada en los incisos 6º y 7º del artículo 34º del Código Penal respectivamente. Estableciéndose así que no es punible (inc. 6º)….” El que obrar e en legítima defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias: b) Agresión ilegítima. c) Racionalidad del medio empleado. d) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende. El que obrare en la defensa de la persona o derechos de otro siempre que concurran las circunstancias a) y b) mencionadas precedentemente y en caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, de la que no haya  participado el tercero defensor “inc 7º”

La Legislación en nuestro país entiende a la Legitima Defensa como una causa de Justificación.

a) Legítima Defensa Propia: La norma establece que no resulta punible quien obrare en legitima defensa siempre que se verificare una agresión ilegitima a su persona o sus derechos, y repeliere el ataque empleando un medio razonable para impedirlo sin que mediare provocación suficiente de su parte. b) Agresión Ilegítima: Presupuesto básico de la defensa propia, consistiendo en la lesión o amenaza ilegítima e injustificada a un bien jurídicamente protegido. Obviamente la agresión o amenaza que se repele debe ser ilegitima e injustificada. Sobre este punto, cabe recordar que no deben entenderse como equivalentes las expresiones ilegitima y delictiva, sino que se trata de una acción emprendida sin derecho, en tanto existe antes que el bien atacado sea violado y que el ataque constituya delito (Cfr. Código Penal de la republica Argentina Comentado, Osorio y Florit Editorial Universitas. 1998). Por otra parte, no se requiere la efectiva ejecución de la agresión, que, aunque potencial, debe ser cierta e inminente. Sobre el particular, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, ha considerado que el peligro de daño depende -de modo directo y exclusivo- de la agresión ilegitima. Ella puede ser actual, ya iniciada, o puede ser futura, no comenzada. Esto ultimo autoriza la conducta defensiva racionalmente necesaria a condición de que  – a pesar de ser futura la agresión- sin embargo exista en el presente, el peligro de ella y de su efecto dañoso (en LL 1993 p208) ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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c) Racionalidad del medio empleado: Es el segundo requisito, previsto en el C.P., y consiste en la proporcionalidad entre la conducta Defensiva y no en el instrumento empleado y el ataque del agresor. El medio empleado resulta razonable o guarda proporción con la agresión, si en base a las circunstancias del caso y los bienes atacados, el agredido acorde a sus posibilidades, lo hace en forma proporcional a la potencialidad ofensiva desplegada por el agresor. Esto se debe valorar teniendo en cuenta las circunstancias reales de cada suceso, porque el mismo medio puede o no ser razonablemente necesario según como, el cuando y el quien de cada hecho. (C.N. Crim. Y Corr. En LL 1192B p 396) d) Falta de Provocación suficiente por parte del que se defiende: La provocación puede ser un acto que haya sido la causa de una agresión, por lo que el que la hubiere efectuado no puede luego ampararse en la Legitima defensa como justificación de su conducta. Una provocación puede ser entendida como causa eficiente de la agresión siempre que el provocado  – agresor haya tenido conocimiento de su existencia y que la provocación sea suficiente. Esto es así cuando el efecto que la misma produjo en el destinatario era previsible. Para establecer la previsibilidad de la reacción no deben tomarse en cuenta las condiciones personales del provocado, como puede ser una exagerada sensibilidad. e) Legítima Defensa de un Tercero : Las previsiones de la legitima defensa propia resultan de aplicación a la defensa de terceros. En tal sentido debe mediar agresión ilegitima y racionalidad del medio empleado frente a las características de aquella, siendo condición que no haya mediado provocación suficiente del defensor, aun cuando la existiere del tercero defendido. En tal sentido, el inciso el inc. 7º del art. 34 CPA, prevé que nos es punible…El que obrare en defensa de la persona o

derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, de la que no haya participado el tercero defensor. La prueba de la causal de justificación. En materia probatoria rigen los principios generales. Quedando la carga de la prueba de la existencia de la causal de justificación invocada – legitima defensa- en cabeza de quien la alega.

f)El exceso en la Legítima Defensa: El art. 35 del CPA, establece que el que hubiere excedido os límites previstos por la Ley, la autoridad o la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito por culpa o imprudencia, esto presupone un exceso en la acción defensiva, que se da por la errónea apreciación de las circunstancias del caso por parte del autor. Situaciones comprendidas por exceso> Quien domina a su atacante, cesando así la agresión de que era objeto y a pesar de ello lo lesiona o ataca, se convierte de agredido en agresor y no puede ampararse en la situación de necesidad que conforma la legitima defensa (S.T. Chubut 06-VI-1980.J.A 1981 II pag 745) ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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g) Necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler una agresión: Con esta frase el CPA caracteriza la acción de defensa propiamente dicha. Resultando dos Premisas: 1- Que se haya creado una situación de necesidad para el que se defiende. 2- Que el medio empleado sea racionalmente adecuado para evitar el peligro. La necesidad deber resultar de la agresión que coloca en peligro un bien   jurídico, que implica una necesidad de defensa, justificándose en la real necesidad de ella, suponiendo oportunidad del empleo de la defensa, imposibilidad de usar otros medios menos drásticos, inevitabilidad del peligro por otros recursos, pero todo ello en directa relación y subordinación al peligro que nos amenaza, a la entidad del bien jurídico que violentamente amparamos y a la figura típica que surge de la reacción. (F. Balestra Der. Penal Int. Y Parte Gral. Abeledo Perrot p 311). La ley requiere que el medio utilizado par impedir o repeler al agresión sea racionalmente necesario y tiene un significado amplio de todo genero de acciones u omisiones defensivas y no solo el instrumento empleado (F. Balestra p312 Nunez T.I. p 371. Al calificarse la necesidad de racional, se hace un distingo entre necesidad y proporcionalidad, que tiene como consecuencia, por un lado, determinar una cierta proporción en los medios y por otro lado, que la proporción no sea absoluta entre el daño que se evita y el que se causa (rechazo la defensa legitima la C.C.C. por no existir proporción alguna entre la agresión y la supuesta defensa IL 11-10-72). Proporción en los medios no es lo mismo que igualdad de mal o igualdad de lesión  jurídica. El medio es racional cuando ha sido el necesario, dentro de las posibilidades de que el autor dispone. El sujeto, que se defiende, debe elegir, entre los posibles, el medio menor que resulte suficiente para su objeto (J. Anton Oneca. D. Pennal T.L. p 247 C.C.C. E.D. T.3 1962 p.54 LL 8-6-65)

La jurisprudencia se ha pronunciado en un doble sentido: La racionalidad del medio no debe ser considerada en abstracto, sino en concreto. No se requiere la exacta proporción o paridad de medios. Las consecuencias del empleo de medios que no sean razonables, torna la defensa imperfecta y la acción antijurídica. Cayendo en las imprevisiones del exceso establecido en el articulo 35 C.P. que fija la pena para el delito cometido por culpa.

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1- La racionalidad que exige el art. 34 inc 6to. Del CP, no excluye la homogeneidad (absoluta del medio defensivo en correspondencia con el ofensivo), pero tampoco la supone y la misma no desaparece aun cuando el agredido hubiere dispuesto de otros medios. No se requiere sino proporcionalidad, que como representación psíquica que el agredido se formula en el tiempo de ataque, tanto en relación a la entidad de este como a los elementos defensivos que eventualmente dispone, importa por parte del sujeto activo una amenaza (Cam. Penal Sala III 28-IV-1986 J. pag. 59) 2- REACCION PARA IMPEDIR LA AGRESION: Debe tenerse presente que, tratándose de rechazar las agresiones con armas de fuego, el que se defiende no siempre esta obligado a esperar que la agresión se haya producido, por cuanto es posible que en dicho caso, la defensa fuera tardía o imposible. (C.S.J.N. 31-VIII/28, fallos 152 pag. 200). 3- OPORTUNIDAD DE LA DEFENSA : Entre reacción y agresión debe haber simultaneidad ya que en caso contrario faltaría el peligro inminente justificativo (STJ Entre Ríos. LL 88 Pag. 319). La inminente defensa queda excluida si la muerte de la victima se produjo por estrangulamiento, cuando a raíz del desvanecimiento sufrido, ya sea por los golpes que le propinara el agresor…había

cesado en su agresión. (C.C.C. 5-IV-60 LL 100 pag. 225). 4- EL ATAQUE BUSCADO, DUELO : Quien voluntariamente y apercibido al efecto, concurre a pelear con otro a raíz de un incidente con el mismo, no puede pretender favorecido por la justificación de legitima defensa porque esta requiere una intención defensiva y no propósito de lucha (C.C.C. 22-XI-38 LL 14 Pag. 293 y Fallos IV Pag. 180). Desde que el procesado voluntariamente se coloco en situación de peligro al aceptar el desafío a pelear a golpes de pu;o que le formulara la victima, la ley no puede legitimar una repulsa para salir de ella (S.T.J. Misiones, Sala Penal 12-IV-61 LL 103 pag. 31). 5- MEDIO RACIONAL: La persona en situación de legitima defensa debe escoger el medio y aquella clase de defensa que en el caso concreto irroguen el menor daño pudiendo en todo caso recurrir a aquellos medios que obliguen al agresor a abandonar su agresió1n independientemente de su voluntad. (Cam. Nac. Crim. Y Corr. Sala 1 22-VIII-96 LL 1997 D, Pag. 6002). 6- PAUTAS DE RACIONALIDAD: La medida del medio a emplearse para la defensa contra una injusta agresión, depende de los recursos que tenia a mano el agredido para hacer cesar aquella y su capacidad y serenidad a tal fin (CSJN 04-V36 LL 2 pag. 1043 Cam Apel. Dolores 15-IV-45 LL Pag. 351) La apreciación de las tres condiciones clásicas que debe reunir el ejercicio legal del derecho de defensa personal o propia, es en extrema circunstancial y dependiente de la psicología de los individuos, del ambiente en que estos se han desenvuelto, de su educación, y aun del sitio en que han tenido lugar los hechos ocurridos (C.S.J.N. 31-VIII-28 Fallos 152 pag. 200). Comete el delito de homicidio simple (art. 79 CPA) quien siendo atacado por una persona a golpes de puño y empellones responde extrayendo un arma de fuego con la cual infiere una herida letal, sin que pueda alegarse legitima defensa, pues su reacción ha sido excesiva, apresurada y ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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desproporcionada a la defensa o peligro real creado por atacante considerando la similitud física y la punidad de fuerza de ambos, y la circunstancia de que la victima no portaba armas, (del voto del Dr. González/ ST Formosa 10-IX-96 LL Litoral 1997 pag. 361) 7- MEDIO RACIONAL  –  USO DE ARMAS PARA REPELER ATAQUES A GOLPES: Si el agredido cayo al suelo donde siguió el agresor golpeándolo con  puños y pies, e hizo entonces uso del arma…actúa en legitima defensa (C.C.C. 29 IV-25 J.A. 15 pag. 1058 y Fallos I pag. 219). Existe legitima defensa aunque el agente hiciere uso del arma corta de fuego, contra sus injustos atacantes desarmados, dando muerte a uno de ellos e hiriendo al otro, si como en la especie, la pluralidad de estos, el vigor físico de alguno de ellos y la seriedad de las violencias que efectuaron sobre el, logrando desarmarle u obligar a huir en procura de seguridad, demuestra que pudo temer fundamentalmente por su vida e integridad física, si no actuaba como actuó (Cam 2da. Mercedes S. Luis 27-VIII-57 LL 92 pag. 502). 8- DEFENSA EN EL TIEMPO, DFENSA PREVENTIVA REACCION PARA IMPEDIR: La defensa es tanto preventiva como represiva (STJ Entre Ríos 29-IV47 LL 50 pag 751). La legitima defensa puede ejercerse en caso de peligro inminente, pero no por apresuramiento, nerviosidad o miedo (CSJN 18-II-VIII, LL 92 pag. 724) 9- TRANSFORMACION DE LA DEFENSA EN OFENSA : Quien hiere al adversario después de haberle desarmado o puesto fuera de posibilidad de perjudicar o que lo matare cuando ya se había dado a la fuga sin que nada le hiciese pever el retorno, no realiza verdaderos y propios actos de defensa, sino que efectúa una verdadera y propia agresión, de la que debe responder ante la justicia. (C.C.C. 13-IX-27 J.A. 25 Pag. 1532). Quien domina a su atacante, cesando así la agresión de que era objeto, y a pesar de ello lo lesiona o ataca se convierte de agredido en agresor y no puede ampararse en la situación de necesidad que conforma la legítima defensa. (ST Chubut 06-VI-1980 J.A. 1891 LL pag. 745). Corresponde condenar por homicidio al policía que disparo contra quien según sus dichos se daba a la fuga, sin que se den los requisitos de legítima defensa (Cam. Nac. Crim. Y Corr. Sala I 25-II-1993 Citinho MARCELO ll 1993 d PAG. 237. 10- VENGANZA: La defensa post facto, la reacción contra un ataque o acción dañosa ya pasada se transforma en venganza (ST Tucumán 07-X-39 LL 16 pag 1000). Lo que los tribunales deben proponerse resolver cuando se invoca legitima defensa, es fijar bien el punto en que la necesidad de la defensa a cesado en el espíritu de la persona agredida, esto es, determinar cuando a continuado en la lucha, no ya para defender su vida, sino para saciar su venganza. (STJ San Luis. 1973 LL 8 pag. 341)

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FUNDAMENTOS  BASICOS

DE LA  ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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DEFENSA  PERSONAL  POLICIAL 

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Los desplazamientos aunados con una buena coordinación y encadenamientos de movimiento técnicos, redundan en la mejor aplicación práctica de las T.D.P.P., por ello es imprescindible asimilarlos, entrenándolos asidua y permanentemente.

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A lo largo de nuestra vida en forma continua estamos en movimiento, desplazándonos de un lugar a otro en las más diversas formas, pero es necesario para el desarrollo técnico, el tomar conciencia de la dinámica de los mismos, el percibir del porque y para que se los ejecuta y mediante el entrenamiento se logra que el cuerpo en forma innata e instintiva los realice correctamente, con una buena postura, coordinación y encadenamiento de técnicas. Solo así se conseguirán óptimos resultados y lograr la realización de las T.D.P.P., en los procedimientos propiamente dichos. Los desplazamientos son fluctuantes, cambian continuamente, son propios al ser humano, flexibles y se adaptan al entorno, pero necesitan reeducarse para su efectiva aplicación, existiendo los más variados sistemas de entrenamiento de desplazamientos, que se adecuan a las necesidades del hombre. A prima facie, siguiendo el sentido de las agujas del reloj, hay ocho direcciones básicas, hacia las cuales desplazarse, y conforman lo que se denomina el patrón universal de movimiento o Tai Sabaki, a saber son:

1) Al frente. 2) Diagonal frontal derecha. 3) Lateral derecha. 4) Diagonal posterior derecha. 5) Posterior (hacia atrás). 6) Diagonal posterior izquierda. 7) Lateral izquierdo. 8) Diagonal frontal izquierda.

¿QUE ES EL DESEQUILIBRIO Y PARA QUE SIRVE? El desequilibrio es sacar a una persona de su posición de sustentación, es decir por Intermedio de un movimiento romper ese estado en un determinado momento. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Sirve para neutralizar todo tipo de posibilidad de defenderse ante cualquier tipo de reducción. También si a una persona que esta ejerciendo una determinada fuerza de sujeción hacia otra, al momento de romper su equilibrio pierde un porcentaje elevado de la mencionada fuerza. Con el desequilibrio no importa el peso del oponente para con la aplicación de una técnica poder derribarlo

Tomando las ocho direcciones de desplazamiento éstas ocho direcciones, podemos llevar adelante una variedad de sistemas de entrenamientos para mejorar los desplazamientos, que son utilizados tanto ofensiva como defensivamente.

En el entrenamiento de los desplazamientos pueden aplicarse un sinnúmero de sistemas entre los que hallamos movimientos simples y complejos, para un mejor aprovechamiento de ellos a continuación se describen algunos de ellos.

a) SISTEMA DE DESPLAZAMIENTO SIMPLE. En este sistema de entrenamiento hacia las ocho direcciones básicas de desplazamiento, se debe mover adelantando primero la pierna del lado hacia el que se moviliza la masa corporal. 1- Paso delante con pie izquierdo, seguido del derecho, se regresa a la posición original, retrocediendo primero el derecho seguido del izquierdo.

2- Paso atrás con pie derecho, seguido del izquierdo, se regresa a la posición original, avanzando primero el izquierdo, seguido del derecho. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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3- Paso lateral derecho , iniciado con pie derecho seguido del izquierdo, se regresa a la posición original, primero con pie izquierdo, seguido del derecho.

4- Paso lateral izquierdo , iniciado con pie izquierdo seguido del derecho, se regresa a la posición original, primero con pie derecho, seguido del izquierdo.

5- Paso diagonal frontal derecho , iniciado con pie derecho seguido del izquierdo (la mirada al frente, con el torso orientado hacia la diagonal frontal izquierda), se regresa a la posición original primero con pie izquierdo seguido del derecho. 6- Paso diagonal frontal izquierdo , iniciado con pie izquierdo seguido del derecho, (la mirada al frente, con el torso orientado hacia la diagonal frontal derecha), se regresa a la posición original primero con pie derecho seguido del izquierdo.

7- Paso diagonal posterior derecho , iniciado con pie derecho, seguido del izquierdo, la mirada al frente, con el torso erguido y orientado hacia la diagonal frontal derecha, se regresa a la posición original, avanzando primero el pie izquierdo seguido del derecho.

8- Paso diagonal posterior izquierdo , iniciado con pie izquierdo, seguido del derecho, la mirada al frente, con el torso erguido y orientado hacia la diagonal frontal izquierda, se regresa a la posición original, avanzando primero el pie derecho seguido del izquierdo.

Sistema de desplazamiento simple.

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b) SISTEMA DE DESPLAZAMIENTO CRUZADO. En este sistema de entrenamiento hacia las ocho direcciones básicas de desplazamiento, se debe mover adelantando primero la pierna contraria al lado hacia el que se moviliza la masa corporal. 1- Paso delante con pie derecho, seguido del izquierdo, se regresa a la posición original, retrocediendo primero el izquierdo seguido del derecho. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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2- Paso atrás con pie izquierdo, seguido del derecho, se regresa a la posición original, avanzando primero el derecho, seguido del izquierdo. 3- Paso lateral derecho , se desplaza el pie izquierdo hacia el lateral derecho, cruzándolo en movimiento semicircular, por detrás de la pierna derecha, girando el torso, que queda erguido y orientado hacia la diagonal posterior izquierda o hacia atrás, con la mirada al frente o hacia la diagonal frontal izquierda, se regresa con el pie izquierdo, que recorre el mismo camino en movimiento semicircular, hasta la posición original. 4- Paso lateral izquierdo , se desplaza el pie derecho hacia el lateral izquierdo, cruzándolo en movimiento semicircular, por detrás de la pierna izquierda, girando el torso, que queda erguido y orientado hacia la diagonal posterior derecha o hacia atrás, con la mirada al frente o hacia la diagonal frontal derecha, se regresa con el pie derecho, que recorre el mismo camino en movimiento semicircular, hasta la posición original. 5- Paso diagonal frontal hacia la derecho , iniciado con pie izquierdo seguido del derecho (la mirada al frente, con el torso orientado hacia el lateral o diagonal posterior derecho), se regresa a la posición original primero con pie izquierdo seguido del derecho. 6- Paso diagonal frontal izquierdo , iniciado con pie derecho seguido del izquierdo, (la mirada al frente, con el torso orientado hacia el lateral o diagonal posterior izquierdo), se regresa a la posición original primero con pie derecho seguido del izquierdo. 7- Paso diagonal posterior derecho , iniciado con pie izquierdo, seguido del derecho, (la mirada al frente, con el torso erguido y orientado hacia la diagonal posterior izquierda), se regresa a la posición original, avanzando primero el pie izquierdo seguido del derecho. 8- Paso diagonal posterior izquierdo , iniciado con pie derecho, seguido del izquierdo, la mirada al frente, con el torso erguido y orientado hacia la diagonal posterior derecha), se regresa a la posición original, avanzando primero el pie derecho seguido del izquierdo.

Sistema de desplazamiento cruzado.

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PUNTOS VITALES ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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El conocimiento que el Funcionario Policial debe poseer con relación a los puntos o zonas vitales, es esencial, ya que de ello dependerá en muchas ocasiones que la aplicación de una técnica conlleve como resultado el provocar lesiones irreversibles e incluso la muerte de una persona. Con los conocimientos incorporados al bagaje técnico Defensivo Policial, se pueden lograr óptimos resultados al aplicar una técnica adecuada en órganos o puntos sensibles. Hay diversas formas de inducir o llegar a éstos resultados deseados y algunos de ellos pueden ser a través de percusiones (Atemis) o Presión. Cuando se efectúa el Atemi, debe materializarse con una de las armas naturales que posee nuestro cuerpo, las que se describirán a posteriori, ha de ser de una forma rápida, contundente y precisa. La presión tiene que ser firme, prolongada, profunda, precisa y potente (fuerza + velocidad). La correcta aplicación de éstos medios no sería eficaz o fácil para alguien que no posee conocimientos de Artes Marciales, saberes éstos que deben profundizarse al mayor grado posible. Al tener conocimiento sobre los puntos o zonas vitales, el Funcionario Policial, puede distinguir con precisión que sitios o partes del cuerpo humano serían nocivos de percutar o se presionados, más aún si se lo ejecuta sin dominio de si mismos.

PUNTOS VULNERABLES: ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Todas las personas los poseen y al incidir en ellos con fuerza y velocidad se provocan efectos sorprendentes. Todo Funcionario Policial tiene la obligación de conocerlos, a los efectos de tomar conciencia de las consecuencias de un golpe ejecutado con fuerza y velocidad, ya sea con el propio cuerpo o elementos auxiliares. Si el golpe es realizado contra una persona, con fuerza, velocidad y precisión, afectando un punto vulnerable, los resultados podrían ser indeseados, más aún si la persona no esta bajo efectos de alcohol o drogas. Si la persona se hallare bajo efectos de alcohol o drogas, puede que no se produzca gran dolor, parálisis o desvanecimiento por lo que si el funcionario no posee el conocimiento necesario, al intentar lograr su objetivo, continuaría con la presión o golpeo con más fuerza y en zonas diversas, pudiendo desencadenar el procedimiento, una lesión grave para el sujeto motivo de la reducción.

PUNTOS DE PRESIÓN: Pueden ser presionados con los dedos, extremidades u objetos o elementos auxiliares, a efectos de activar a un sujeto.

Existen Puntos de Presión de: DOLOR. INSENSIBLES. DESVANECIMIENTO. ROTURA O FRACTURA. MORTALES. Los puntos de presión deben ser bien conocidos, como así sus efectos al ser activados por el Funcionario Policial, ya que si bien es cierto que con la aplicación correcta y eficaz de la técnica, se puede generar dolor y por consiguiente activación de impulsos ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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que se desea realice la persona, esto generalmente sería así en casos normales, en los que no se hallare bajo los efectos de alcohol o drogas, en cuyo caso de un punto de presión por dolor, se podría, debido al desconocimiento, ocasionar el desvanecimiento de la persona. En otros casos se podría dar que en los que en la mayoría sería un punto de dolor, en realidad el sujeto sería insensible y si el funcionario continuase con la presión en extremo, llegaría a generar un punto de Rotura o fractura, con las consecuencias legales que ello implica. Cuando la persona esta bajo efectos de alcohol o drogas, todos los puntos podrían convertirse en insensibles y por consiguiente en puntos de rotura o fractura llegando inclusive a ser Mortales.

PERCUSIONES TÁCTICAS (Atemis-Golpes Tácticos)

Atemi, es un términos japonés que hace alusión a la técnica de golpear con las armas naturales de las que se halla provisto nuestro cuerpo y policialmente para redefinir el concepto de golpe táctico, lo denominaremos Percusión, porque el objetivo no es el de destruir al adversario con un golpe, sino que se lo ejecuta a los fines de ser una distracción o medio para ablandar o disminuir las capacidades defensivas y de acción-reacción de la persona a la que se va a detener, para así  poder llevar a cabo una técnica de intervención policial. Con ello lo que se busca es que el Atemi, se utilizado solo en caso de ser realmente necesario para la ejecución del bagaje de técnicas defensivas policiales. (ej. Atemi-proyección-atemi-control-esposamiento-cacheo-conducción). La finalidad de la percusión es distraer o disminuir el potencial agresivodefensivo del sujeto, en caso de ser necesario para aplicar técnicas propicias para la ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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reducción policial- control- proyección- inmovilización, etc., por ello no hace falta que sea demoledor o contundente, ya que con un leve toque (que no ocasionaría lesiones) se lograra el fin perseguido. Todo esto no quita que debamos entrenar a conciencia la ejecución de las percusiones, ya que sin la práctica suficiente y el conocimiento técnico de los atemis, no se podría conseguir la precisión y efectividad fundamental para su aplicación. El concepto nos da la pauta de entrenar las formas de golpeo, primero en sus formas básicas y puras, con la sapiencia de que todo el cuerpo es un arma y puede ser utilizado no solo en la Defensa, sino también Ofensivamente, mediante una preparación consciente y real, condicionada por los cambios sociales que acontecen y generan que cada individuo sea más apto y propenso a generar conflictos y ser más agresivos. Las armas elementales de nuestro cuerpo son variadas y algunas de las más simples y eficaces de utilizar con el debido entrenamiento podrían ser las siguientes: 1- SEIKEN: Percusión con Puño Frontal. Se utilizan los nudillos principales de los dedos índice y medio (corazón), con el puño cerrado, las yemas de los dedos apoyados en la palma media de la mano, sin dejar huecos en su cerramiento, con el dedo pulgar cruzado (apoyado), sobre los dedos índice y medio.

2- NAKADAKAN IPPON KEN: Percusión con un nudillo. Se utiliza el nudillo medio del dedo índice.

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3- HITOSASHI IPPON KEN: Percusión con un nudillo. Se utiliza el nudillo medio del dedo índice.

4- TETSUI: Percusión en forma de martillo. Con el puño cerrado, se percuta con la cara externa del canto de la mano, como si se martillara, hay varias formas dependiendo del ángulo utilizado para el golpeo.

5- URAKEN: Percusión con puño de revés. Como lo especifica, con el puño cerrado, se percuta con el revés de la mano, en un movimiento similar al Tetsui.

6- TEISHO: Percusión con talón de la mano.

7- NUKITE: Percusión con la punta de los dedos. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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8- KEITO: Percusión con un nudillo. Se utiliza el nudillo del dedo pulgar.

9- KAKUTO: Percusión con la zona superior de la muñeca.

10- HIRAKEN: Percusión con los nudillos medios de todos los dedos de la mano.

11- KUMADE: Percusión con la mano y dedos en forma de garra.

12- SHUTO: Percusión con el canto externo de la mano en forma de sable. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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13- HAITO: Percusión con canto interno de la mano en forma de sable, con el dedo pulgar recogido, apoyado en la zona interna de la palma de la mano.

14- HAISHO: Percusión con dorso de la mano.

15- UDE: Percusión con el antebrazo.

16- EMPI: Percusión con el codo.

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HIZA: Percusión con la rodilla.

17- KAKATO: Percusión con el talón del pie. 18- HAISOKU: Percusión con el empeine del pie. 19- KOSHI: Percusión con la base de los dedos del pie. (con metatarso). 20- SOKUTO: Percusión con canto del pie. 21- TSUMASAKI: Percusión con la punta de los dedos del pie. 22- TEISOKU: Percusión con la planta del pie.

Como se detallo, hay una gran variedad de formas de golpes y las vistas constituyen solo algunas de ellas, pero no basta con conocerlas, sino que hay que entrenar los movimientos básicos, hasta lograr que nuestro cuerpo asimile el contenido técnico y que la dinámica del atemi sea algo natural, no pensado, inherente al sistema de técnicas defensivas policiales y que sean utilizados solo cuando realmente sea necesario hacerlo. Motivadores de ello podrían ser diversos factores, pero el Funcionario Policial, debe tener en cuenta que su proceder debe enmarcarse dentro de la normativa legal vigente y sus técnicas deben ser LEGALES, y que no ocasionen daño grave y de ser posible ningún daño en la integridad física de la persona que se debe detener. El momento adecuado para utilizar una percusión táctica se relaciona con algunos de los factores mencionados a continuación:

1- Análisis de la situación de conflicto. a) Agresividad de la persona. b) Comportamiento-acción. c) Potencial de resistencia. d) Naturaleza del hecho motivador.

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2- Análisis de la aptitud física del agresor, con relación a las del funcionario a) b) c) d)

policial. Fuerza. Estatura. Masa corporal. Capacidad propia de reacción.

3- Análisis de la existencia real o posible de Armas u objetos contundentes, que pudiere tener en su poder el agresor y su capacidad de utilizarlas. 4- Resistencia Activa y Pasiva. Estimular acorde a la naturaleza de éstas. a) Ante una resistencia activa, en caso de ser necesario , ejecutar un sistema de defensa, que incluya percusiones más estimulantes a efectos de proseguir con las técnicas de reducción. b) Ante una resistencia pasiva, en caso de ser necesario , ejecutar un sistema de defensa, que incluya percusiones que estimulen lo suficiente para aplicar Técnicas de reducción, pero teniendo en cuenta la potencialidad reactiva de la persona y que no esta siendo agresiva, solo impidiendo con su omisión o negando el procedimiento policial. 5- El factor Ambiental y los tiempos disponibles para la resolución del conflicto sin que las percepciones o juzgamientos de índole personal, afecten el accionar del Funcionario Policial. 6- No solo basta el análisis espontáneo de uno de los factores citados para proceder a ejecutar percusiones, sino que deben aunarse una serie de éstos criterios que el Funcionario debe comprender y tener incorporado a su proceder policial. Para la utilización correcta y criteriosa de las percusiones tácticas, hay que tener un entrenamiento que posibilite la aplicación del bagaje técnico del atemi policial, propiamente dicho y teniendo en cuenta esto es que amen de conocer las partes del cuerpo utilizables con armas naturales, el funcionario policial debe incorporar a su dinámica corporal algunos aspectos de la mecánica del atemi, entre los que podemos citar:

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1- Al percutar, en el golpe debe proyectarse la energía interna aunada con la corporal o física (Kime). 2- Debe ser preciso, veloz y potente acorde a las necesidades. 3- Percutar zonas aptas a tal fin y que no generen daño físico alguno o grave en la persona. 4- No se debe, en la medida de lo posible, extralimitarse en la aplicación de más de un Atemi, utilizándoselo como un camino y no un fin. 5- La percusión Táctica, es producto de una necesidad imperiosa que ayude a la ejecución de Técnicas Defensivas Policiales, para lograr la reducción.

Como base en la ejecución de la dinámica de un atemi, partimos desde la base de que para lograr la proyección de la energía interna y física, debe haber un entrenamiento tanto físico como mental y que en todo momento de la ejecución de la percusión el cuerpo debe estar relajado, libre de tensiones, hasta el momento del impacto en el que hay una tensión final, con la correspondiente liberación y dirección de energía hacia el lugar deseado, actuando con rapidez (potencia) y flexibilidad. Para ejemplificar la dinámica de la técnica del atemi, se ejemplifican a continuación algunos factores que conforman el golpe directo con puño frontal, describiéndose una guía para su entrenamiento, en el que toda la energía proyectada se concentra en el punto de impacto, a través de los nudillos principales de los dedos índice y medio del puño SEIKEN (la fuerza del golpe se concentra en la superficie de impacto de ambos nudillos).

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FORMA BASICA DE ENTRENAMIENTO: PUÑO SEIKEN: 1- Posición natural, totalmente relajado, pies con separación de ancho de hombros, apenas semiflexionados, brazos a los lados levemente adelantados al cuerpo. 2- Se cierran los puños, se apoyan las yemas de cuatro dedos en la palma de la mano, sin dejar abertura, salvo el dedo pulgar que se apoya sobre los otros dedos (principalmente sobre los dedos, índice y medio). 3- Se flexionan ambos brazos, retrayendo los codos lo más posible y pegados al cuerpo, con el puño cerrado, palmas orientadas hacia arriba. 4- Se extiende al frente el brazo derecho sin despegar el codo del cuerpo, rozándolo hasta el último momento, direccionando el brazo a un punto de impacto imaginario, ubicado a la altura de la zona media de cuerpo (abdomen medio superior) 5- A último momento, cuando el brazo derecho esta casi completamente extendido, se gira el puño hacia el centro del cuerpo orientando la palma (sin abrirla) hacia abajo. 6- En el preciso momento en que se gira el puño hacia abajo, se extiende el brazo por completo, quedando el antebrazo, muñeca y nudillos en una misma línea, tensionando todo el cuerpo al proyectar la energía, desde la zona abdominal hacia el exterior, produciéndose en ese momento el impacto. 7- Cuando se tensiona todo el cuerpo, la zona abdominal desata la energía con un efecto contractor en las caderas, que hace a un mejor provecho de dicha energía. 8- Luego del impacto, el brazo derecho vuelve a la posición inicial de partida recorriendo el mismo camino, sin despegarse del cuerpo, es decir que gira el puño a la inversa, hacia arriba y retrae el codo como si fuera un resorte. 9- Cuando el brazo derecho esta retrayéndose, a su posición original, el brazo izquierdo inicia el mismo recorrido, repitiendo todas las acciones. Ambos puños se cruzarían a mitad de recorrido en el momento justo en que inician el giro hacia abajo y arriba respectivamente. 10- Estas acciones, se repiten varias veces con ambos brazos, las necesarias para mecanizar el movimiento y una vez que se esta dinámica esta asimilada, se incrementa la intensidad del ejercicio, hasta lograr el mejor aprovechamiento del atemi acorde a las aptitudes y condiciones psicofísicas que se posea. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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Este entrenamiento básico detallado precedentemente, es uno más de las variadas y diversas formas de asimilar la técnica del atemi y cada uno de los distintos atemis, tienen sus características propias, que pueden ser entrenadas de muchas maneras para su correcta aplicación y más aún si es a nivel policial.

Además del entrenamiento estructurado de las formas de percusiones, el funcionario Policial, debe entrenar situaciones simuladas y desestructuradas, a los fines de mejorar sus condiciones reflejas para poder utilizar en forma eficaz estos golpes tácticos. Asimismo hay que fortalecer las extremidades a utilizar como armas naturales y con los ejercicios adecuados se lograran óptimos resultados, siendo materia de esto otro apartado del presente manual.

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Las Proyecciones o derribos tácticos conforman un grupo muy importante para los encadenamientos de las Técnicas de Defensa Personal policial. Para ejecutarlos debemos tener en cuenta, el momento adecuado a utilizarlo y si realmente es necesario derribar o llevar al suelo a un sospechoso. Son técnicas de arrojes que provienen de diferentes tipos de artes marciales, principalmente del Judo o Jiu Jitsu, las cuales bien empleadas por un funcionario policial capacitado, facilitaran su labor logrando que en las más diversas y conflictivas circunstancias, pueda hacer un mejor uso de su energía y reducir a personas incluso de mayor fuerza o porte físico, por ello son basamento imprescindible en la Defensa Policial y más aún teniendo en cuenta que una reducción implica contacto físico directo, fricción y desgaste de energía, que bien empleada redundara en resultados positivos concretos. No se puede detener a una persona agresiva o con una actitud negativa sin contacto físico y no refiero a contacto físico como agresión misma, sino el simple hecho de tener que acercarnos para asegurar al sospechoso, tocándolo, sintiendo su energía negativa y en algunos casos esa fricción que produce o es generada por la resistencia, por más mínima que sea, fuere activa o pasiva, al ser arrestado. Las proyecciones son extraídas de artes marciales de artes marciales donde el contacto físico es continuo, con un constante fluir de energía y para su aplicación en la Defensa Personal Policial, son practicadas primeramente en su forma básica, sin modificaciones con respecto a su origen, pero luego de un periodo de entrenamiento comprometido y a conciencia de que de ello dependerán las acciones ante situaciones de conflicto, el funcionario policial debe analizarlas y en base a sus cualidades y aptitudes psicofísicas, hacer un mejor uso de éstas técnicas en un procedimiento policial, llevándolas al mayor grado de eficiencia posible en una aplicación real. Esto solo se logra con entrenamiento permanente, comprometido y a conciencia, surgiendo que en un procedimiento policial, éstas técnicas son adaptadas y llevadas al máximo de eficacia posible dentro de un contexto concreto de la realidad que se vive a diaria en cada estrato de nuestra sociedad. Por lo explayado y para ayudar al aprendizaje de un número de técnicas bases a partir de las que se puede desarrollar el potencial de las técnicas de Defensa Personal Policial, las cuales forman una porción del ilimitado bagaje técnico que se puede ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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asimilar, se realizo un compendio de las mismas, con explicación gradual de su aplicación y características esenciales para facilitar su aprendizaje, siendo una de las formas de enseñanza, la que varia de un instructor a otro, ya que la filosofía y pedagogía desarrollada, es inherente a cada uno, pero en todo momento hay que tener en cuenta la esencia de la técnica y el fundamento científico en el que se basan. En el aprendizaje de cualquier técnica, los practicantes deben colaborar el uno con el otro, ser flexibles y maleables, dinámicos y positivos, porque si no se cede en la ejecución de las técnicas, no podrán aprender y asimilar la esencia de la misma, su dinámica y adaptabilidad. Para ello hay que sentir el movimiento, no solo el propio, sino del oponente o compañero de entrenamiento, logrando asimilar completamente la técnica base y ejecutarla en su forma pura o adaptada a sus condiciones psicofísicas. Este principio hay que tenerlo incorporado innatamente a lo largo de todo el aprendizaje del bagaje técnico defensivo policial En la aplicación de las proyecciones existe un principio fundamental que DEBE tenerse en cuenta para lograr la correcta aplicación de las mismas y éste es el Kusure-

Tsukuri-Kake.

KUSUSHI: Preparación. TSUKURE: Desequilibrio. KAKE: Proyección.

TENER EN CUENTA EN LA PRACTICA QUE: TORI:

ES QUIEN APLICA LA TÉCNICA DURANTE LA PRÁCTICA.

UKE:

ES QUIEN RECIBE LA TÉCNICA.

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ALGUNAS TECNICAS DE PROYECCIÓN BASADAS EN JUDO-JIU JITSU O-SOTO-GARI-/-Movimiento de segado externo. Es una técnica de barrido o segado muy utilizada, de fácil aprendizaje y ejecución casi instintiva, aún en los más jóvenes, siendo por ello una de las primeras en enseñarse, luego de los principios básicos. Con ésta técnica básicamente lo que se hace es barrer al oponente con un movimiento de segado o patada externa a una de sus piernas, con la zona posterior de nuestro pie, aprovechando el desequilibrio generado hacia el lateral al que se quiebra el balance del cuerpo del adversario. 01 UKE y TORI, enfrentados, pies en ancho de hombros, brazos relajados al costado del cuerpo. 02 TORI: Toma con mano izquierda el brazo derecho de UKE, altura del antebrazo o codo, a la vez que con la mano derecha toma o envuelve el cuello por el lateral derecho

03 Una vez tomados, TORI, provoca el desequilibrio, quebrando el balance de UKE, hacia el lateral derecho o posterior derecho, recargando el mayor porcentaje de peso corporal posible sobre la pierna derecha, a la que se aplicara el barrido. Esto TORI, lo hace simplemente tirando (jalando) y empujando con ambos brazos hacia la dirección deseada 04 Al mismo tiempo que se genera el desequilibrio de UKE hacia la derecha, TORI avanza el pie izquierdo hasta la altura del pie derecho de UKE, por el sector externo, de forma tal que la punta de ambos pies queden paralelos, no debe pasarse más allá de la línea troncal de UKE, porque sino TORI perdería el equilibrio y puede ser derribado

05 A la vez que ejecuta desequilibrio y avanza el pie izquierdo por afuera, TORI eleva la rodilla derecha adelantándola al pie izquierdo, como dando un rodillazo, cruzando la línea troncal de UKE. 06 Luego de elevar la rodilla hacia delante cruzando la línea troncal de UKE, TORI, desciende el pie derecho de manera tal que lo extiende ejecutando un barrido o segado, en forma de péndulo, con la zona posterior altura de pantorrilla a la zona posterior de la pierna derecha de UKE. En este movimiento, la punta del dedo pulgar del pie derecho de TORI, se orienta al suelo, sin tocarlo en momento alguno. 07 Con la ejecución precisa y concatenada de los movimientos descritos, UKE es arrojado de espaldas al suelo; TORI no suelta el brazo derecho de UKE, asegurándolo firmemente para continuar con la reducción en caso de ser necesario

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DE ASH BARAI-/-Barrido con pie frontal Esta técnica de barrido, por lo general se utiliza cuando el oponente da un paso hacia delante o hacia atrás y esta trasladando todo su peso corporal a ese pie con el que dio el paso, al que se lo barre, con la planta lateral interna del pie más próximo que tenemos.

01 Uke y TORI enfrentados

02 Uke da un paso atrás o adelante (Tori puede o no generar el desequilibrio con la atracción de las manos y empuje del tronco a través del cuello, depende de la situación

03 04 Al momento en que UKE ésta por Uke cae hacia al lateral barrido, de espaldas al depositar la mayor parte del peso suelo corporal en el pie que dio el paso, TORI, lo barre desde afuera, lateral o lateral diagonal.

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O SOTO OTOSHI-/-Gran caída externa. Esta técnica es muy similar al O-Soto Gari y puede llegar a confundírselas a simple vista, pero la diferencia radica en que al elevar la rodilla y extender la pierna para segar, se la baja desde atrás y arriba de la pierna del oponente descendiendo y apoyando muslo contra muslo y en éste caso se alcanza a apoyar la planta del pie en el suelo. Las demás características técnicas son similares a las del O Soto Gari. 01 UKE y TORI, enfrentados, pies en ancho de hombros, brazos relajados al costado del cuerpo.

02 TORI: Toma con mano izquierda el brazo derecho de UKE, altura del antebrazo o codo, a la vez que con la mano derecha toma o envuelve el cuello por el lateral derecho

04 Al mismo tiempo que se genera el desequilibrio de UKE hacia la derecha, TORI avanza el pie izquierdo hasta la altura del pie derecho de UKE, por el sector externo, de forma tal que la punta de ambos pies queden paralelos, no debe pasarse más allá de la línea troncal de UKE, porque sino TORI perdería el equilibrio y puede ser derribado

05 Al elevar la rodilla derecha y extenderse el pie hacia abajo, TORI lo realiza de forma más pronunciada y a la altura del muslo posterior derecho de UKE, apoyándose el de TORI con el de UKE y baja el pie por dentro, formando un movimiento similar a una abrazadera, llegando a apoyar la planta del pie en el suelo

03 Una vez tomados, TORI, provoca el desequilibrio, quebrando el balance de UKE, hacia el lateral derecho o posterior derecho, recargando el mayor porcentaje de peso corporal posible sobre la pierna derecha, a la que se aplicara el barrido. Esto TORI, lo hace simplemente tirando (jalando) y empujando con ambos brazos hacia la dirección 06 Uke cae de espaldas al suelo

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ALGUNAS PROYECCIONES DE SACRIFICIO TOMOE NAGE-/-Arroje Circular Esta técnica forma parte del grupo de las denominadas de sacrificio, con ella en la mayoría de los casos el funcionario policial lo que hace es aprovechar la energía proyectada por el agresor y redireccionarla en forma circular por sobre el cuerpo, pudiendo fácilmente encadenar otras técnicas a los fines de la reducción en un procedimiento. Básicamente consiste en provocar el desequilibrio del oponente, al quebrar el balance hacia delante, elevándolo y proyectando su energía en esa dirección, al tiempo que nos dejamos caer hacia atrás, colocando uno de los pies en el bajo abdomen del adversario, con el que lo empujamos hacia arriba mientras lo jalamos hacia delante,, dando al movimiento un efecto circular, con el que desplazamos la masa corporal del oponente arrojándolo de espaldas al suelo, por sobre nuestro cuerpo, pudiendo la acción continuar , acorde a las necesidades, con un efecto rotatorio, que nos facilitaría en mucho el proyectarnos de forma tal que giremos sobre nuestra espalda, acompañando el movimiento quedando de pie o cuclillas sobre el cuerpo del derribado. 01 UKE frente a TORI

02 UKE avanza sobre TORI o tan solo de pie

03 TORI toma a UKE del cuello y brazo y lo jala hacia arroba y delante quebrando su balance.

04 Al mismo tiempo que quiebra el balance de UKE, TORI se deja caer hacia atrás, sobre sus espaldas y apoya la planta del pie derecho en el bajo abdomen de UKE

05 A la vez que apoya la planta del pie derecho en el bajo abdomen de UKE, TORI lo eleva con ese pie empujándolo hacia arriba y lo estira o jala, con sus brazos hacia delante, consiguiendo desplazar el cuerpo de UKE en forma circular sobre el cuerpo de TORI

06 TORI, al proyectar a UKE sobre su cuerpo, puede soltarlo para que sea desplazado a mayor distancia alejándose de él o lo sigue sujetando del brazo, dándole la dirección deseada a la proyección, siendo ésta la más aconsejable en un procedimiento policial, porque con ello se preserva más la integridad física del sospechoso y da mayor oportunidad al funcionario de dominar la situación y proseguir con la reducción, salvo que insalvablemente sea necesario que se aleje del agresor

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SUMI GAESHI-/-Proyección de esquina Lance de sacrificio con utilidades y características similares a los del Tomoe Nage, en el que se provoca el desequilibrio del oponente hacia delante o lateral frontal, dejándose caer hacia atrás sobre las espaldas a la vez que se coloca la planta del pie elegido, debajo y detrás de la pierna o muslo opuesta del oponente, para elevarlo y con la ayuda del tirón de manos, proyectarlo por sobre la cabeza hacia una de las diagonales, cayendo el adversario de espaldas al suelo.

01 UKE frente a TORI 4 Al mismo tiempo que se quiebra el balance de UKE hacia el frente y arriba, TORI se deja caer de espaldas, al suelo apoyado la planta del pie derecho, en el sector interno del muslo de la pierna izquierda de UKE  – por debajo y atrás- entre las piernas, enganchándolo.

02 03 UKE avanza sobre TORI o TORI toma a UKE del cuello y tan solo de pie brazo y lo jala hacia arroba y delante quebrando su balance. 5 06 Al enganchar la planta del UKE cae de espaldas al suelo pie derecho por el interior Las características de la del muslo izquierdo, se proyección del Sumi Gaeshi son levanta a UKE, elevándolo similares a las del Tomoe Nage, con la pierna al mismo pero menos pronunciadas, se tiempo que se lo jala con toman las mismas precauciones y las manos hacia el frente aplicaciones prácticas arrojándolo sobre la cabeza hacia una diagonal en un movimiento circular, similar al Tomoe Nage.

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ALGUNAS PROYECCIONES DE CADERA O GOSHI-/- Cadera Mayor El O Goshi es una proyección de cadera en la que se quiebra el balance del adversario hacia el frente o lateral derecho, introduciendo y cruzando la cadera del lado derecho a la vez que con el brazo derecho se abraza el tronco del oponente a la altura de la cintura, elevándolo por cobre la cadera (cintura), al tiempo que se prosigue con el desequilibrio, proyectándolo de espaldas al suelo. El efecto que genera el desequilibrio y la utilización de la cadera es como si fuera una rueda o vaivén, siendo un movimiento circular (centrifugo). Tener en cuenta que en T.D.P.P., se debe asegurar el brazo para continuar efectivamente con la reducción. 01 TORI toma a UKE, con mano izquierda-brazo derecho (altura codo o antebrazo) y mano derecha la solapa o cuello lateral izquierdo

03 Luego de la acción anterior, TORI, gira su cuerpo, quedando de espaldas a UKE, con los dos pies paralelos delante de los de éste (no más de ancho de hombros), continuando con el desequilibrio y al mismo tiempo cruza la cadera derecha hacia el lateral derecho de UKE, al que toma con el brazo derecho por la espalda a la altura de la cintura, en tanto mantiene la mirada al frente, con la cabeza ligeramente orientada en dirección al movimiento ejecutado, como continuándolo, dándole un afecto centrifugo.

02 TORI provoca desequilibrio, tirando del brazo o manga derecha y traccionando la solapa o cuello lateral izquierdo de UKE, hacia delante o lateral frontal izquierdo de TORI, a la vez que avanza con pie derecho en diagonal, apoyándolo a la misma altura frente al pie derecho de UKE 04 TORI al realizar los movimientos anteriores en forma concatenada y casi simultanea, continúa desequilibrando a UKE, al que eleva por sobre la cintura (cadera), utilizándola como palanca y lo proyecta hacia el frente cayendo Uke de espaldas al suelo.

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KOSHI GURUMA (Rotación de Caderas) Pasos a seguir para ejecución del Koshi Guruma: Tori con su mano izquierda desequilibra a Uke hacia su ángulo frontal derecho, baja un poco las caderas, adelanta su pie derecho en línea con la pierna derecha de Uke, mientras gira a su izquierda, pasa su brazo derecho alrededor del cuello de Uke, en un firme abrazo, atrasa su pie izquierdo, impulsa hacia abajo su pecho y la región abdominal a su lado izquierdo, tirando con su mano izquierda del brazo derecho de Uke, proyecta su cadera desde en medio sobre la cadera derecha de Uke, para que su cadera izquierda, toque la cintura delantera derecha de Uke. Luego, mientras retuerce y levanta sus caderas hacia atrás, Tori inclina la parte superior de su cuerpo a la derecha, con el brazo derecho rodeando, firmemente el cuello de Uke, que impulsa girándolo al frente y con su mano izquierda sobre la manga derecha de Uke, le arrastra hacia debajo de forma que Uke cae sobre el frente de su lado derecho, girando como una rueda sobre la cadera derecha de

Tori, como eje o centro, de donde proviene su nombre, “ Rotación de Caderas ”. Durante las últimas etapas de éste método, Tori tiene su espalda vuelta hacia Uke, a fin de ejecutar los movimientos relevantes con sus caderas y brazos.

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HARAI GOSHI (Barrido de Cadera) Pasos a seguir para ejecución del Harai Goshi: Uke se halla en desequilibrio frontal izquierdo (derecho) lateral, con el peso de su cuerpo apoyado sobre su pie izquierdo (derecho).

Tori coloca su pie derecho (izquierdo) en medio y un poco al frente de los pies de Uke, gira sobre aquel pie y proyecta su pierna izquierda (derecha) extendida, pero sin excesiva rigidez, delante de la pierna izquierda (derecha) y en dirección del desequilibrio del último, el cual acentúa con un fuerte tirón de su brazo derecho (izquierdo). Su brazo izquierdo (derecho) doblado, el codo sobre el pecho de Uke y superficie interna de la muñeca sobre su clavícula, sirven para mantener a Uke sobre las puntas de los dedos de su pie izquierdo (derecho) Tori entonces lleva atrás su pierna izquierda (derecha) que, poderosamente barre la pierna izquierda (derecha) de Uke en sentido oblicuo, casi paralelamente a la línea de los pies de Uke. Esta acción de barrido se hace desde la cadera y toda la longitud del muslo.

Observación: Tori puede también ejecutar este lanzamiento barriendo un poco menos con su pierna y girando un poco mas alrededor de su cadera. Los dos movimientos son complementarios, uno del otro, pero se hallan en proposición inversa, o sea cuanto más iolento y rápido es el barrido, menos acentuado resulta el giro. Cuanto más se acentue el giro, naturalmente más se convierte el desequilibrio de Uke en lateral frontal

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UKI GOSHI (Cadera Flotante) Pasos a seguir para ejecución del Uki Goshi: Uke con sus pies en la misma linea, sus piernas suficientemente separadas, ligeramente inclinado hacia delante.

Tori mantiene este deseqilibrio con un movimiento de flexión, realizado hacia arriba con sus muñecas. Adelanta su pie izquierdo entre los pies de Uke y sobre los dedos como para colocar su cadera derecha contra el abdomen de Uke. Simultaneamente su pie derecho queda colocado entre el pie derecho y el pie izqueirdo de Uke. Y sumano derecha se desliza por debajo de la axila izquierda de Uke apoyandola firmemente sobre la espalda de Uke, al nivel de su cadera derecha. La mano izquierda de Tori sigue tirando sobre el brazo derecho de Uke, a fin de mantenerle inclinado hacia delante.

Tori tiene sus pies, el izquierdo un poco al frente, entre los de Uke, sus piernas dobladas, las plantas bien apoyadas en el suelo, sus rodillas separadas, formando muelles. Su muslo derecho, su cadera y su ingle derecha, su costado y la superficie interna de su hombro derecho permanecen en estrecho contacto con el abdomen y el pecho de Uke, estando confirmado dicho contacto al mismo tiempo por el giro de su brazo derecho detrás de la cintura de Uke y por la tracción de su brazo izquierdo contra su pecho que inclina a Uke hacia delante. A fin de lograr la proyección Tori se dobla hacia delante buscando que el peso del bloque formado por los dos cuerpos pase de su pie derecho a las puntas de su pie izquierdo, aflojando sus piernas solo cuando la caída de Uke se haya asegurada, lo q ue conduce a proyectarle mejor.

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ALGUNAS PROYECCIONES DE BRAZO TAI OTOSHI (Volcar el Cuerpo) Pasos a seguir para ejecución del Tai Otoshi: Uke esta inclinado al frente lateral derecho con las piernas suficientemente separadas. Tori se halla a una distancia media del brazo de Uke, con sus pies apreciablemente encarando los de Uke. Su brazo derecho sujeta a Uke, sobre los dedos de su pie derecho, mientras su brazo izquierdo, un poco enfrente de su cuerpo, acentúa el desequilibrio de Uke. Tan pronto como dicho desequilibrio queda bien marcado, los brazos de Tori operan poderosamente en la llamada cópula vectorial, esto es su brazo derecho, levanta el hombro izquierdo de Uke hacia su izquierda, -la de tori- mientras su brazo izquierdo ti ra del brazo derecho de Uke hacia delante y abajo En el momento en que desarrolla esta acción que debe proceder de los músculos abdominales (1) Tori gira sobre el pie izquierdo, arrojando su pierna derecha debajo de la pierna derecha de Uke, mientras su talón o la parte inferior de su pantorilla bloquea el tobillo o la parte inferior de la pierna de Uke. Observación: Deben subrayarse dos puntos importantes: 1- La acción ascendente en diagonal hacia la izquierda del brazo derecho de Tori y la acción descendente se complementan exactamente y se simultanean con el movimiento de su brazo izquierdo hacia atrás. 2- La rotación de tori debe empezar desde las muñecas y hombros, quedando su cadera derecha detrás, a fin de girar solamente lo más tarde posible al final del movimiento, sin tocar el abdomen de Uke. Ambos contrincantes están en contacto solamente a través de sus muñecas y tobillos derechos.

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SUMI OTOSHI (Caída hacia el ángulo) Pasos a seguir para ejecución del Sumi Otoshi: UKE ha adelantado su pie derecho sobre el que descansa la mayor parte de su cuerpo.

TORI con el pie derecho delante de Uke, pero a cierta distancia, se aprovecha del tiempo muerto que sigue al paso hacia delante de Uke, a fin de dejarlo sobre su talón derecho, por lo tanto, en ligero desequilibrio lateral hacia su espalda derecha, con la ayuda de su muñeca derecha colocada con la superficie interna sobre la clavícula izquierda de Uke. En este momento, Tori proyecta su pie izquierdo a la altura del pie derecho de Uke y al exterior con su pierna izquierda flexionada, su parte superior del cuerpo inclinada hacia delante, la pierna derecha extendida y acentuando con su brazo izquierdo el desequilibrio de Uke hacia abajo y a la derecha. Uke cae claramente hacia la derecha.

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KOTE GAESHI  – CONTROL 01Este control que si bien es una proyección, se ejecuta, proyectando a Uke al suelo, por la acción de palanca generada sobre la articulación de la muñeca, mediante un movimiento circular – centrifugo- que se proyecta desde el interior hacia el exterior del cuerpo. 







Para lograrla primeramente se toma uno de los dos brazos de Uke, escogiendo en éste caso el derecho, asiéndolo fuertemente con la mano izquierda, por la parte interna de la muñeca derecha, de forma tal que nuestro dedo pulgar se asiente firmemente sobre el dorso de la mano. En forma inmediata a la acción anterior, se inicia un movimiento centrifugo, en el que se acciona sobre la muñeca asida, torcionándola y elevándola hacia fuera, es decir hacia nuestro lateral izquierdo, de tal manera que tanto la muñeca como la articulación del codo derecho de Uke, formen ángulos casi de 90º cada uno. Al mismo tiempo que se ejecuta la acción precedente, con la mano derecha se toma la muñeca externa derecha de Uke, apoyado firmemente el dedo pulgar sobre el dorso de la mano, encajonando firmemente esa muñeca, sin dejar espacios vacíos; apreciándose que nuestros dedos pulgares se asen sobre el dorso de la mano derecha de Uke. La acción siguiente es simultanea a los dos pasos anteriores, es decir, deben ejecutarse casi al mismo tiempo, ya que al tomar la muñeca derecha de Uke y torcionarla hacia arriba y afuera en forma circular, -formando ángulos de 90º-, también debemos desplazarnos, hacia el lado opuesto de la muñeca sobre la que se trabaja, trasladando el cuerpo en éste caso hacia la derecha, (izquierda de Uke), dando un paso diagonal, manteniendo el equilibrio y el centro de gravedad bajo, girando el cuerpo de tal forma que nos posicionamos en “ L” con el cuerpo de Uke; generando con éstas acciones (palanca y desplazamientos), una fuerza centrífuga que provocara un fuerte desequilibrio de Uke, hacia su diagonal frontal derecha y al proseguir con las acciones conjuntas de palanca, se lo arroja de espaldas al suelo.

Hay que tener presente que al ejecutar ésta técnica, no debo soltar la muñeca de Uke, para mantener en todo momento el control de su cuerpo hasta que finalice por completo el control. Importante en la ejecución de ésta técnica, es la precisión y velocidad continua de los movimientos que se realizan, manteniendo la calma y control, no solo de nuestro cuerpo, sino del de Uke. Esta forma dad de ejecución de Kote Gaeshi -Control 01-, trabaja con el desequilibrio generado por la fuerza centrifuga y acción de palancas, lo que lo hace propicia para la acción por parte de las fuerzas del orden, ya que no solo se trabaja por presión y dolor, facilitando su aplicación en sujetos que podrían ser insensibles o muy resistentes a éstos dos últimos estímulos de mención. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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El hecho de mantener una buena postura y lograr la técnica combinada con acciones defensivas a efectos de evitar agresiones e fundamental en su aplicación práctica, denostando la incidencia que tiene la rapidez y precisión continua en su ejecución. Acorde al estilo y enfoque del Instructor, éste control variara en su forma de aplicación pudiendo ejecutárselo de diversas formas, utilizándose otros sistemas técnicos o pedagógicos, siendo efectivos en todos los casos en que se ejecuten correctamente.

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UDE GARAMI  – CONTROL 02El Ude Garami  – Control 03- es una técnica de control sobre el codo y el hombro, que en las artes marciales se suele utilizar en el suelo en sus diferentes formas de aplicación, pero aquí expondré una de las aplicaciones que se pueden ejecutar para controlar a un sujeto de pie, siendo necesaria practica y precisión a la hora de su ejecución. 

Se inicia en forma simultanea son un desplazamiento y un movimiento articular que realizamos en forma diagonal hacia una de las extremidades superiores de Uke  – a dominar-.



En éste caso velozmente nos desplazamos en forma diagonal hacia el lateral izquierdo de Uke, a la vez que introducimos en línea recta, nuestro antebrazo derecho, a la altura del antebrazo interno izquierdo de Uke, de tal forma que la zona media superior de nuestro antebrazo se adhiera a la zona media interna del antebrazo de Uke.



Al mismo tiempo que realizamos la acción anterior, con nuestra mano izquierda, tomamos firmemente el codo izquierdo de Uke, por su lado externo y procedemos a abrirlo, hacia fuera, sin despegar nuestro antebrazo del de Uke, logrando que el brazo izquierdo de Uke forme un ángulo.



Inmediatamente realizadas las acciones anteriores giramos nuestro cuerpo de tal manera que nos paramos en el mismo sentido o forma que Uke, (a su izquierda) y con éste giro naturalmente nuestro brazo derecho cuyo antebrazo esta adherido al de Uke, se desliza hacia arriba en forma semicircular, apresando firmemente con nuestro codo derecho interno su antebrazo medio izquierdo, en tanto que nuestra mano ejerce firme presión sobre el TRICEPS izquierdo de Uke (no sobre el hombro), pudiendo ejercerse ésta presión con el canto externo de la mano o agarrando firmemente el Tríceps.



Este control se concluye al ejecutarse los movimientos anteriores en forma correcta y anclando  – fijando- firmemente el codo izquierdo de Uke, a la altura de nuestra cintura o cadera a la vez que con nuestra mano izquierda que esta libre controlamos el cuerpo de Uke ejerciendo controle o presiones en zonas propicias.

Importante es tener en cuenta que el cuerpo de Uke, con la acción de éstos movimientos se posiciona en un ángulo de 90º, mirando al suelo, teniendo como vértice su cintura. ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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En caso de que se requiera más presión, elevamos nuestro codo derecho (que apresa el antebrazo izquierdo de Uke), hacia el omoplato de Uke, cerrándolo a la vez hacia nuestra mano derecha que lleva hacia abajo y delante su tríceps y con nuestra mano izquierda elevamos su cabeza para mantener su cuerpo a 90º.

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IKKIO  – CONTROL 03El Ikkyo – Control 03-, es la aplicación del llamaos control, sobre la articulación del codo de Uke, como lo han definido grandes maestros de artes marciales, no existe una sola forma de hacer un Ikkyo, no hay uno igual a otro, solo se dan las estructuras básicas para la ejecución de éste control, que es un camino, un DO. La fluidez en los desplazamientos y movimientos articulares, son fundamentales ya que de ello dependerá la aplicación efectiva de ésta técnica. En este apartado doy una explicación sencilla de una de las formas de realizar éste control. 

El objetivo es lograr el dominio de Uke, mediante el control de la articulación del codo, para lo cual en éste caso, primeramente con nuestra mano derecha tomaremos por la cara externa, la muñeca derecha de Uke, de forma tal que nuestro dedo pulgar se asiente firmemente sobre el dorso de la mano que tomamos, iniciando un movimiento de la articulación de Uke, hacia arriba y adentro de su centro de gravedad, en forma de semicírculo.



A la vez que ejecutamos el primer paso, con la mano izquierda, de canto o tomando con el arco interno, ejercemos presión en un punto ubicado inmediatamente detrás del codo, donde se inicia el tríceps, en la misma dirección o sentido en que se eleva el brazo de Uke.



Casi al mismo tiempo de ejecución de los dos movimientos anteriores, desplazamos nuestro pie derecho un paso hacia atrás (o hacia nuestra diagonal posterior izquierda), atrayendo en acción conjunta del control que ejercemos y el desplazamiento, el cuerpo de Uke, hacia nuestro centro de gravedad, controlando el codo en forma continua, el que para ésta instancia debe quedar orientado hacia arriba al igual que su pulgar y palma de la mano.



Para culminar éste control hay que tener en cuenta que al atraer a Uke hacia nuestro centro de gravedad, lo colocamos en total desequilibrio, controlando su codo ( y brazo ), el que tiene que estar extendido hacia la diagonal frontal derecha de Uke, ejerciendo presión hacia abajo y hacia atrás con nuestra mano izquierda a la altura del codo (entre el tríceps y el codo) y con nuestra mano derecha el control a la altura de la muñeca que se presiona hacia arriba y hacia delante, proyectando a Uke en forma semicircular al suelo, donde se concluye o finaliza el control ESTEBAN DARIO ALVEZ Oficial Auxiliar Policía de M isiones Instructor en Defensa Personal Policial

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