Defensa Personal Basica Pnp
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ESCUELA TECNICA SUPERIOR DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU PUNO
TEMA: DEFESA PERSONAL BASICA DOCENTE: CURSO: SECCION: PUNO – PERU 2016
DEDICATORIA
QUIERO DEDICAR ESTE TRABAJO ENCARGADO A DIOS QUE NOS HA DADO VIDA Y FORTALEZA Y A MIS PADRES QUE ESTUVIEROON AHÍ CUANDO MAS LO HE NECESITADO Y ANUESTROS DOCENTES
INDICE. CAPITULO I TRABAJO DE DEFENSA PERSONAL BASICA I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII.
IX. X.
INTRODUCCION DEFENSA PERSONAL BASICA CONCEPTO ANTECEDENTES HISTORICOS DE DEFENSA PERSONAL BASICA FUNDAMENTOS DE DEFENSA PERSONAL ASPECTOS LEGALES DE DEFENSA PERSONAL INTERACCION CON EL AGRESOR TECNICAS DEFENSIVAS EN LA DEFENSA PERSONAL POLICIAL DEFENSA POLICIAL FUNDAMENTO JURIDICO POLICIAL LEGISLACION ESPAÑOLA EL SISTEMA KAISEN DO : DEFENSA PERSONAL INTEGRAL, POLICIAL, 0 ESPECIAL TECNICAS EQUIVAS Y BLOQUEO DERRIBOS CONCLUSIONES BIBLIOGRAFIA
I INTRODUCCION.
La defensa personal es el conjunto de técnicas y tácticas que tienen como objetivo detener o repeler una o varias acciones ofensivas llevadas a cabo en contra de la persona. Bajo la denominación de “Defensa Personal” se engloba todo un conjunto de técnicas de las diferentes artes de lucha destinadas a neutralizar una agresión o amenaza en una distancia en que es posible el contacto físico entre el agresor y el agredido. Generalmente, en los métodos
revisados el agresor puede realizar su ataque o amenaza sin armas o con armas de diversos tipos. Además se plantean situaciones de dos o más agresores armados o no, contra una sola persona, a las que se intenta dar una solución desde el método. Es posible que haya alguna faceta no contemplada, por lo que desde la propia práctica de una forma de combate debe hacerse una investigación de los posibles planteamientos que pudieran Presentarse según la situación particular. Evidentemente no son iguales la situaciones a resolver por un competidor de judo o karate que por un profesional de la Seguridad, pero es muy probable que los aspectos tácticos de las situaciones en que ambos puedan verse tengan más semejanzas que diferencias, lo que puede cambiar ligeramente es la técnica con la que se soluciona el problema ya que el deportista está sujeto a un reglamento de competición que le sitúa en un marco con unas limitaciones y unas posibilidades y el profesional está sujeto a otras normas, que además son cambiantes en función de las situaciones, que limitan y condicionan su actuación. Debe tenerse en cuenta que el desarrollo de muchas formas de combate sin armas tiene lugar en épocas pasadas en que la propia vida dependía de la habilidad en el combate, tanto con armas como cuerpo a cuerpo sin armas y que la lucha sin armas era una preparación para los métodos con armas. El refinamiento y eficacia de todas las formas de lucha conocidas fue sin duda mucho mayor en épocas antiguas que en la actualidad.
II. DEFENSA PERSONAL BASICA CONCEPTO.
La defensa personal consiste en la serie de medios de que una persona se vale para repeler un ataque contra ella, para salvaguardar su integridad física y/o sus
bienes.
La
ley
protege
la
defensa
personal
y
exime
de responsabilidad cuando la defensa ejercida ha sido realizada frente a una provocación injusta y los medios empleados hayan sido acordes a la ofensa recibida. Esta figura legal se denomina legítima defensa.
La legítima defensa es una causa de exención de la responsabilidad penal o de atenuación de la condena, si se ha excedido en su uso, cuando la comisión de un hecho ilícito, tipificado como tal, lo ha sido con fines de defenderse de un ataque a su persona y/o a sus bienes. Es un conjunto de técnicas de las diferentes artes de lucha destinadas a neutralizar una agresión o amenaza en una distancia en que es posible el contacto físico entre el agresor y el agredido La persona puede defenderse de un ataque violento usando palos, gas pimienta, armas blancas, como puede ser un cuchillo; o armas de fuego, como es el caso de un revólver; o utilizar su propio cuerpo, para lo cual existen una serie de técnicas para hacer los golpes más certeros y los movimientos de evasión
más
eficientes
III. ANTECEDENDENTES HISTORICOS DE DEFENSA PERSONAL. Las artes marciales se inscriben en estos sistemas de defensa personal, y nacieron en el siglo XIX, donde se entremezclan las técnicas de luchas con las normas éticas. Entre ellas podemos mencionar, el kung-fu, el arte marcial chino más antiguo, que usa como arma principal, el garrote; el karate, nacido en Okinawa con influencias chinas, practicado para fortalecer la personalidad y el carácter. Para ejecutar los golpes se usan varias partes del cuerpo (manos, pies, rodillas, codos, cabeza, ante brazos) con los que se dan puñetazos, patadas, codazos, acompañados de posturas diversas. También del kung fu deriva el taekwondo, donde predominan los distintos estilos de patadas y puñetazos. A su vez, el judo, recrea la lucha cuerpo a cuerpo de los antiguos samuráis, siendo actualmente un deporte olímpico, que privilegia el desarme del adversario y los saltos, arrastres, empujes, caídas y lanzamientos.
IV FUNDAMENTOS DE CAÍDA APLICADAS A LA DEFENSA PERSONAL Las técnicas de defensa personal incorporan movimientos que producen la caída del adversario, por lo tanto, antes de aprender su desarrollo, es muy importante practicar los diferentes tipos de caída. Estas técnicas tienen como objetivo minimizar el impacto de la caída y prevenir lesiones. Por lo tanto, deben ser practicadas bajo la supervisión de un instructor y son fundamentales para una correcta ejecución de las técnicas superiores de la defensa personal. Toda técnica antes de ser aplicada debe ser entrenada previamente, teniendo en cuenta que en algún momento determinado cualquiera de ellas podrían ser muy importantes para precautelar nuestra vida. Recordemos que las caídas pueden ser imprevistas, como también se las puede ejecutar como una estrategia de combate en momentos de necesidad extrema, no es recomendable permanecer por mucho tiempo en el piso yaqué esta estrategia que te resulto positiva en una pelea, podría resultar extremadamente peligrosa en otras, recuerda que ninguna circunstancia es igual a otra. Algunas técnicas básicas son: 1. La caída hacia delante:
V. ASPECTOS LEGALES DE DEFESA PERSONAL:
La defensa debe ejercerse dentro del marco legal establecido por la legítima defensa
Código penal (España) art. 20 (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal) "Están exentos de responsabilidad criminal:
. El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito o falta y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas. Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
. El que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:
Primero. Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar. Segundo.
Que
la
situación
de
necesidad
no
haya
sido
provocada
intencionadamente por el sujeto. Tercero. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.
. El que obre impulsado por miedo insuperable. . El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo INTERACCION CON EL AGRESOR
1-.Miedo: fisiología y psicología "El miedo solo tiene un objetivo: tu supervivencia" El miedo es la reacción física y psicológica a la "consciencia" de un peligro: - Puedo no tener miedo, aunque he estado ante un verdadero peligro, o - Tener miedo, aunque el peligro no sea real (esté sólo en mi pensamiento) El miedo desencadenará la reacción fisiológica (taquicardia, hiperventilación y sensación de ahogo, mareo, midriasis, relajación de esfínteres, dificultad para pensar, temblores, pérdida de la motricidad fina) El miedo psicológico nos genera “pensamientos” de desenlaces negativos (“me va a matar”). El miedo es normal, nos protege de peligros, pero también nos impide hacer cosas que "necesitamos" hacer.
2-.Reacciones frente al miedo: 1. 2. 3.
Ataque Huida Bloqueo / Paralización (o sumisión)
3-. Guerra psicológica-. El agresor utiliza la estrategia del ataque psicológico con el objetivo de que su tarea resulte lo más fácil posible (la víctima ofrezca la mínima resistencia). Los recursos que utiliza para este fin son: aspecto, gestos intimidantes, gritos, insultos, amenazas, empujones, mostrar un arma,... Bloqueo mental -. El bloqueo mental consiste en la pérdida de la capacidad de decidir y de reaccionar. Se produce porque el cerebro entra en un proceso de duda provocado por el miedo. El cerebro "duda" sobre: - lo que hay que hacer (¿qué hago?) - sus propias habilidades (¿seguro que funcionará?) En resumen, el objetivo del agresor es provocarle miedo a la víctima, haciéndole dudar, de tal forma que su mente se bloquee (“no puedo”, “me va a matar”, “mi defensa no tendrá efecto) Gestionar el miedo y vencer la guerra psicológica-.
1. Comprende que las reacciones fisiológicas del miedo (taquicardia,...) son normales y nos ayudan a sobrevivir. No se pueden evitar (podemos mínimizarlas mediante el hábito) 2. Comprende que la estrategia del agresor es "provocar miedo" para que la víctima no ofrezca resistencia (autoconvenciéndose de que no puede vencerle) 3 Mantén tu mente ocupada en buscar una solución y centrándote en sus puntos débiles y tus fortalezas (no dejes que tu mente divague, siempre vendrán pensamientos catastrofistas). 4. Activa tu "actitud de supervivencia". Para ello piensa en tu mayor motivación para seguir viviendo. Intentar una solución diplomática-. Un buen "negociador" es capaz de conseguir su objetivo incluso en las situaciones más inverosímiles. No obstante, no siempre es posible. Consejos durante la negociación con el agresor: - Mantener la distancia y no bajar la guardia (manos cerca del rostro disimuladamente, cabeza ligeramente agachada, un pie retrasado) - Descubrir sus intereses subyacentes (¿Qué quieres? ¿Lo que dice es acorde con cómo se comporta? Sigue acercándose…) - No negarle rotundamente (aunque no pienses aceptar sus exigencias) - Pre-establecer tus límites (debes saberlos de antemano, para reaccionar instantáneamente en el momento que los identifiques) - Si no funciona, no insistas - Atacar (o escapar) por sorpresa
VI.TECNICAS DEFENSIVAS EN LA DEFENSA PERSONAL POLICIAL DEFENSA POLICIAL . Conjunto de técnicas de intervención policial, encaminadas a la reducción de autores
de
acciones
violentas
e
ilícitas,
respetando
los
principios
fundamentales recogidos en nuestra Constitución, ajustándose a la legalidad, y causando el menor daño posible. Estas técnicas se toman y se adaptan partiendo de los diferentes tipos de luchas y Artes Marciales conocidas en el mundo TECNICAS DE ARRESTO Las técnicas de arresto (que forman parte de la Defensa Personal Policial), son aquellas que nos permiten reducir y controlar a una persona para esposarlo y trasladarlo a una dependencia policial y judicial. Se plantean tres situaciones que vienen determinadas por la peligrosidad que suponemos al presunto delincuente, ofreciéndose recursos que en la mayoría de los casos puede aplicar un solo agente, aun cuando sea aconsejable que intervengan dos. TONFA POLICIAL l TONFA POLICIAL es la defensa reglamentaria más polivalente que los miembros de los C. C .F .F .S. tienen a su disposición, Siendo muy recomendada como dotación para los componentes de unidades de patrulla de los distintos cuerpos policiales, debido a lo genérico del servicio que se les encomienda, ya que se enfrentan a un amplio abanico de situaciones. Esta mayor posibilidad de recursos que aporta, se lo debe a su morfología, que se distingue por el YAWARA y que gracias a esta parte permite realizar giros y apoyos que no son posibles con el resto de las defensas. Pero tendremos que tener en cuenta que la mayor capacidad defensiva que aporta el TONFA POLICIAL viene emparejada a la exigencia de un mayor nivel técnico para su uso, recomendándose siempre una progresión lógica en el aprendizaje de estas habilidades, que deben tener su inicio en las técnicas básicas de DEFENSA PERSONAL POLICIAL y que continúe con el manejo del BASTÓN POLICIAL cuyo dominio debe dar paso al trabajo con el TONFA POLICIAL. Tras un aprendizaje adecuado nos podemos adaptar fácilmente a cualquier situación, ya sea normal de alerta o peligro sin salirnos del sometimiento a los
principios básicos de actuación que establece el art. 5.2 de la l. 0. f. c. s. de congruencia, oportunidad y proporcionalidad, sin embargo, sin el aprendizaje adecuado podemos cometer una ingerencia en el principio de proporcionalidad y poner en duda la idoneidad del medio empleado. La facilidad de adaptación a cualquier situación nos la proporciona, como ya hemos mencionado, su morfología. Tomemos un ejemplo práctico sujetando el TONFA por el YAWARA en empuñamiento corto o replegado desde la posición básica de seguridad y colocando sobre el extremo que sobresale la palma de nuestra otra mano, dejando prácticamente oculta la defensa, conseguimos una situación desde la que
podemos
responder
con
gran
rapidez
ante
cualquier
estímulo,
manteniendo a su vez una posición discreta y una actitud no provocativa. Una situación parecida podemos conseguir con el BASTÓN POLICÍAL en empuñamíento corto, pero carecemos del recurso de giro de la defensa que nos proporciona la sujeción del TONFA por el YAWARA, reduciendo sensiblemente los recursos disponibles, además de la naturalidad que nos proporciona esta sujeción del tonfa a la hora de aplicar ataques directos que son indispensables en muchos casos para introducirnos en la distancia del agresor para aplicarle una técnica de control.
Así mismo, desde la posición del ejemplo anterior, podemos actuar ante una situación normal aplicando una presión con la punta del tonfa sobre el abdomen de un sujeto al que pretendemos desplazar o que nos ofrece una resistencia pasiva o en el caso de una situación de alerta nos permita realizar una técnica de detención al paso, desplegando rápidamente el TONFA mediante un giro para aplicar un control al brazo; o, por último, y ante una situación de peligro, en la que podemos ser contundentes, podemos aplicar golpes directos o circulares, ejecutando seguidamente derribos mediante técnicas
de
enganche
con
el
YAWARA o
proyecciones,
así
como
estrangulamientos circulatorios, apoyados en la facilidad que nos proporciona el uso del YAWARA.
Vemos, pues, que el TONFA POLICIAL es una defensa que nos ofrece una versatilidad superior al resto de sus homólogas, pudiendo disponer también de un modelo extensible que facilita su transporte y su uso, incluso por unidades de paisano, aunque recomendamos su uso para unidades de patrulla por su adaptabilidad a las distintas situaciones policiales todo ello sin olvidar que el uso del TONFA como dotación policial debe de ir acompañado de una formación adecuada de los agentes a los que se le facilite.
FUNDAMENTOS JURIDICOS El funcionario policial en el uso de sus atribuciones debe en algún momento hacer uso de la fuerza para resolver determinadas situaciones que se plantean en el ámbito de la operativa policial. El Empleo de la Fuerza está recogido en las legislaciones de todos los países Democráticos y especialmente en toda la legislación que sale de Naciones Unidas. El Alto Comisionado para los Derechos Humanos, por su parte, desarrolla una serie de cursos para la capacitación de policías en Derechos Humanos y para los mandos policiales, para lo cual se apoya en: CODIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY (Aprobado por la Asamblea General en su resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979). PRINCIPIOS BASICOS SOBRE EL EMPLEO DE LA FUERZA Y DE ARMAS DE FUEGO POR LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY que fueron adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y tratamiento del Delincuente, celebrado
en
1990.
REGLAS DE JUSTICIA PENAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA POLICIA DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ (Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal 2.3.- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no utilizaran la fuerza ni la violencia salvo cuando otros medios resulten ineficaces, ni utilizaran más fuerza Que la absolutamente necesaria para alcanzar el objetivo legitimo de hacer cumplir la ley. 5.13.- Los instrumentos de
coerción como las esposas, no deberán utilizarse por más tiempo del necesario y nunca como sanciones. EMPLEO DE LA FUos funcionarios encargados de hacer cumplir la ley utilizarán la fuerza siguiendo los requisitos. 1. 2. 3. 4.
en primer lugar se ha de recurrir a medios no violentos. se utilizara la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario. se utilizara la fuerza solo para fines licitos de aplicación de la ley. no se admitlran excepciones ni excusas para los usos ilegitlmos de la
fuerza. 5. el uso
de
la
fuerza
sera
siempre
proporcional
a
los
objetivos licitos. 6. la fuerza se utilizara siempre con moderaclon. 7. se reduciran al minimo los daños y las lesiones. 8. se dispondra de una gama de medios que permita un uso diferenciado de la fuerza. 9. todos los agentes de policía recibiran adiestramiento en el uso de los distintos medios para el uso diferenciado de la fuerza. 10. todos los agentes de policía recibiran adiestramiento en el uso de medios no violentos. 11. todos los países del mundo establecen criterios similares sobre el uso de la fuerza por parte de funcionarios policiales, y en donde la utilización de medios para el uso diferenciado de la fuerza es y ha de ser un denominador común en todos los cuerpos policiales en los que la preocupación por los derechos humanos sea primordial.
VI. LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Establece unos criterios sobre el USO DE LA FUERZA en: La Constitución Española artículo 10.1.- La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
10.2.- las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretaran de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. Articulo 15.- Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Articulo 96.- Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una Organización o instituto internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de esos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.
Articulo 104.1.- Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. 104.2.-Una ley orgánica determinara las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Código Penal articulo 20.4 Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo en sus artículo 5-2c. Son principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad- En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance. Ley de Enjuiciamiento Criminal artículo 520.- La detención y la prisión provisional deberán practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio. Como resumen general de la legislación española, se establecen los siguientes requisitos para el Empleo de la Fuerza:
VIII. EL SISTEMA KAISEN DO
: DEFENSA PERSONAL INTEGRAL,
POLICIAL, 0 ESPECIAL El KAISEN DO, como Sistema de combate cuerpo a cuerpo, dentro del campo de la Defensa Personal, es aplicable a distintos entornos, momentos, situaciones, escenarios y sobre todo que es adaptable a campos específicos de acuerdo a Objetivos determinados, por su carácter flexible y dialéctico. De acuerdo al campo específico de su aplicación, del sistema KAISEN DO, se derivan tres grandes ramas o especialidades:
La Defensa Personal Policía La Defensa Personal Integral La Defensa Personal especial
Para mayor comprensión y utilidad, el KASENDO, establece unos programas concretos de acuerdo al objetivo de su aplicación por parte del practicante y programas ajustados a sus capacidades en base a las características del estudiante, dentro de los diferentes campos de aplicación mencionados anteriormente. A modo de ejemplo, podemos afirmar, que un practicante normalmente, dentro de un gimnasio, puede aprender técnicas del Sistema KAISEN DO, como deporte y como medio de Defensa Personal, que es el fundamento técnico y filosófico del Sistema. Pero en ningún momento y sin causa justificada, ese alumno, puede exigir, para aprender a defenderse, de técnicas aplicadas a la Defensa Policial. Igualmente, un Agente de la Policía, de la Seguridad, o Funcionario, puede aprender el KAISEN D0, como medio de Defensa Personal Integral, en su rama de Técnica policial, pero de acuerdo a las funciones sociales que realiza, no estaría justificado, el aprendizaje de técnicas especiales del KAISEN DO, que sólo se impartiría a grupos y fuerzas especiales.
TECNICAS: Posición de guardia: Posición corporal que nos permite reaccionar en el menor tiempo posible ante un ataque inminente
Extremidades interiores Extremidades superiores Cabeza y tronco
Desplazamientos: Cambio de posición del cuerpo en el espacio de forma rápida y segura. El objetivo principal es posicionarse fuera de la distancia efectiva de ataque del agresor. También nos permite posicionarnos en distancias o ángulos que resulten más favorables para nuestra acción tecnico-táctica defensiva. Esquivas y bloqueos: Consiste en evitar que el ataque del agresor alcance su objetivo o, al menos, minimizar sus efectos. Puede llevarse acabo desviando la trayectoria del ataque del agresor, o moviendo el objetivo de su ataque fuera de su alcance o trayectoria, o bien, interponiendo algún elemento entre el ataque y el objetivo. Golpes: Consiste en percutar sobre una zona del cuerpo del agresor con el objetivo de provocar una sensación dolorosa. Cabeza
Frontal Posterior
Extremidades superiores:
Golpe de palma (circular, frontal) Golpe de reverso de palma
Golpe de canto de mano Golpe de dedos (en "látigazo") Golpe de mano en "horquilla" Golpe de articulaciones interfalángicas Golpe de puño (varias formas: directo, circular, descendente,...) Golpe de reverso de puño Golpe de codo
Extremidades inferiores: No es recomendable elevar demasiado la extremidad por el riesgo de perder el equilibrio y caer al suelo.
Pisotón Patada ascendente Patada frontal Patada frontal oblicua Patada circular Patada lateral Patada posterior Golpe de rodilla
Presiones: Consiste en hacer presión, normalmente sobre tejidos blandos, con el objetivo de provocar una sensación dolorosa.
Mordida Presión con dedos (1, 2,...5) Agarre Pellizco
"Luxaciones" (hiperextensiones) Consiste en la hiperextensión de una articulación con el objetivo de provocar una sensación dolorosa Derribos Consisten en provocar la caída del agresor al suelo, procurando mantenerse en pie la persona que se defiende. Estrangulaciones
Sirven para mermar la capacidad ofensiva del agresor ya que dificultan la respiración o el flujo sanguíneo al cerebro Técnicas en el suelo El suelo es el lugar a evitar, debido a que limita la movilidad y velocidad de desplazamiento, por lo tanto aumentará el tiempo necesario para poder escapar así como para poder enfrentarse eficazmente a más de un agresor. El objetivo defensivo en el suelo será, por tanto, levantarse lo antes posible. Zonas de ataque: Las zonas de ataque primarias (o de 1ª elección) son aquellas que sean más sensibles al dolor y que actuando sobre ellas incapaciten temporalmente a cualquier tipo de agresor, independientemente de su masa muscular. Objetos: Se pueden utilizar cualquier tipo de objetos que tengamos a nuestro alcance con el objetivo de aumentar nuestro potencial defensivo. Los objetos utilizados como instrumentos de defensa así como el uso que se haga de ellos deberán cumplir con la normativa legal.
IX . CONCLUSIONES
X.BIBLIOGRAFIA http://lema.rae.es/drae/?val=defensa+personal Enciclopedia-juridica.biz14.com. «Legitima defensa». www.enciclopediajuridica.biz14.com. Consultado el 1 de abril de 2015. Barbara Berckhan (2007). Cómo defenderse de los ataques verbales. Antonio Minguez. Publicado por M.G.M. en 21:38 Enviar por correo electrónicoEscribe un blogCompartir con TwitterCompartir con FacebookCompartir en Pinterest : EL TONFA POLICIAL COMO DEFENSA MÁS POLIVALENTE
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