Decreto de Graciano

February 6, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Decreto de Graciano...

Description

 

Decreto de Graciano

1

Decreto de Graciano El Decreto de Graciano (en latín  Decretum Gratiani o Concordia discordantium canonum, también conocido en español como "Concordancia de las Discordancias de los Cánones", "Armonía de los Cánones Discordantes"[1] o "Concordia de los Cánones Discordantes") es una obra perteneciente al Derecho canónico que, como indica su título, trata de conciliar la totalidad de las normas canónicas existentes desde siglos anteriores, muchas de ellas opuestas entre sí. Su autor fue el monje jurista Graciano[2] que lo redactó entre 1140 y 1142. [3] Constituye la primera parte de la colección de seis obras jurídicas canónicas conocida como Corpus Iuris Canonici. El Decreto de Graciano representa un paso importante para la consolidación del Derecho de la Iglesia Católica en la Alta y Baja Edad Media. La obra, monumental en su extensión, constituye una aportación a la unificación jurídica, y se trata, por tanto, del fruto de la actividad doctrinal de un canonista y no de una política legislativa pontificia, camino que venía siendo el más utilizado hasta entonces para tal fin.

El Decreto de Graciano, obra de derecho canónico del monje jurista y profesor de teología Graciano.

Pese a que el Decreto no fue promulgado oficialmente (aunque, según la tradición medieval, habría sido aprobado por el Papa Eugenio III), alcanzó gran difusión en la práctica, no sólo por su indudable utilidad, sino por la autoridad propia de los textos recogidos en la misma: cánones pertenecientes a concilios tanto ecuménicos como locales, europeos, africanos o asiáticos, así como textos de las Sagradas Escrituras, de la Patrística y de algunas fuentes romanas (en su segunda versión). Además, la obra fue comentada mediante glosas, destacando en este punto la labor del Papa Alejandro III.

Autor Graciano (también llamado Franciscus Gracianus, Jean Gratien, Johannes Gratianus, Gratiani, Giovanni Graziano en italiano o Gratian en inglés) fue un monje camaldulense, jurista y profesor de teología de Bolonia. Sus fechas del nacimiento y de la muerte son desconocidas aunque se sabe que su vida transcurre a lo largo de los siglos XII y XIII. Su biografía está sujeta a especulación. Según la Crónica de Martin de Troppau, Graziano nació en Chiusi della Verna, una localidad toscana de Italia. Según otras versiones pudo ser cerca de Orvieto, en la región italiana de Umbría. Graciano se hizo monje en Camaldoli y después se dedicó a la enseñanza del Derecho en el monasterio de San Félix, en Graciano, monje jurista autor de la Bolonia,[4] consagrando su vida a estudiar los cánones eclesiásticos y elaborar su obra. Decreto de Graciano. Según parece utilizó la ayuda de sus discípulos en el monasterio de San Félix  —especialmente de Paucapalea —, que continuaron su obra, añadiéndole incluso las llamadas  Paleae.[5] Sus logros en el campo del Derecho canónico lo convirtieron en una eminencia en la época y junto al prestigio de Irnerio en el campo del Derecho Civil convirtieron a Bolonia en el centro del estudio del Derecho por excelencia. Gracias a ambos, tras la proliferación de universidades por toda

 

Decreto de Graciano Europa el Derecho se convierte en una ciencia jurídica independiente de la Retórica y se difunde por todo el continente, siendo el epicentro de dicha revolución la misma Universidad de Bolonia. La fecha, causa y lugar de su muerte también se desconoce. Probablemente sobreviene antes del III Concilio de Letrán (1179), ya que según las crónicas, "se siente la ausencia del Maestro", como lo llaman entonces. También se desconoce el lugar donde está enterrado aunque Bolonia revindica dicho honor y ha edificado un monumento funerario a Graciano en la basílica de San Petronio. Su biografía está sujeta a discusión ya que la biografía tradicional que nos ha llegado se ha podido demostrar que en su mayoría es falsa, llegando incluso a dudarse de que ostentase la categoría de monje[6] (en las crónicas de Richard Howlett sobre Roberto de Torigni se revela que éste afirmaba que Graciano era el obispo de Chiusi [7]) y otros cronistas lo sitúan como consejero del papa Inocencio II (1130-1143) o de Eugenio II (1145-1163), aunque su estado de monje está apoyado por la mayoría de la doctrina.[8][9][10][11][12] Por el contrario se sabe con total certeza que fue el autor del Concordia discordantium canonum.

Estructura del texto La obra es una colección de unos 3800 textos que recogen y sistematizan el Derecho canónico anterior (ver Fuentes). Se encuentra estructurada en tres partes.[13] Distinciones

La primera, Distinciones, se divide en 101 apartados: • Definicione Definicioness sobre derecho derecho divino divino y de costumbr costumbres, es, derecho derecho positivo y natural. • Una exposici exposición ón sobre sobre las diferent diferentes es fuentes fuentes utilizad utilizadas as sobre sobre derecho derecho canónico: derecho escrito, decretos conciliares, decretales papales y derecho romano. • Una exposici exposición ón sobre sobre el clero clero (regular (regular y secular): secular): oficios, oficios, derech derechos os y deberes y condiciones de acceso. • Una exposi exposició ciónn sobre sobre los obispo obispos. s. Causae

La segunda parte, Causae, se divide en 36 apartados y aborda los grandes temas del derecho canónico de la época: la simonía, el Ejemplar del manuscrito original nombramiento y derogación de obispos, la duración de los cargos de los miembros del clero y su derogación, la herejía y la excomunión, etc. Para ello formula las Quaestiones en forma de subapartados. Las cáusae revelan supuestos de Derecho que se desarrollan mediante el método Sic et non elaborando preguntas y respuestas. Esto otorga un gran carácter didáctico a la obra asemejando cada cáusae a un ejemplo que dicta un profesor a sus alumnos: Quidam, cum non haberet uxorem, quandam meretricem sibiconiugio copulauit, que erat sterilis, neptis ingenui, filia originarii; quam cum pater uellet aliitradere, auus huic eam copulauit, causa solius incontinentiae. Deinde hic, penitencia ductus, exancilla propria filios sibi querere cepit. Postea de adulterio conuictus et punitus quendam rogauit, ut ui uxorem suam opprimeret, ut sic eam dimittere posset, quo facto quandam infidelem sibi copulauit, ea tamen condicione, ut ad Christianam religionem transiret. Hic primum queritur, anlicite meretrix ducatur in uxorem? Secundo, an ea, que causa incontinenciae ducitur, sit coniux appellanda? Tercio, cuius arbitrium aliqua sequatur, an liberi aui, an originarii patris? Quarto, siuiuente uxore liceat alicui ex ancilla filios querere? Quinto, si ea, que uim patitur, pudicitiam amittere conprobetur? Sexto, si adulter adulteram possit dimittere? Septimo, si uiuente dimissaaliam possit accipere? Octauo, si

2

 

Decreto de Graciano

3

infidelem sub premissa condicione licet alicui fidelium in coniu-gem dúcere.

• Un hombre hombre que no no tenía esposa, esposa, copuló copuló con una una meretriz, meretriz, que era era estéril, estéril, nieta nieta de un ciudadano libre, ciudadano libre, e hija hija de un siervo; a la cual su padre a otro hubiera querido darla, el abuelo la hizo co pular con este hombre con el único objetivo de que éste saciara su incontinencia. A partir de entonces, el hombre, conducido por el pesar, comenzó a intentar concebir niños con su propia criada. Después, cuando él había sido condenado de adulterio y castigado, solicitó a un hombre que tomara a su esposa por la violencia, de modo que fuera capaz de divorciarse de ella. Cuando esto se hizo, él se casó con una infiel, pero con la condición de que ella se convirtiera a la religión cristiana. Primero: ¿es lícito tomar a una prostituta como una esposa? Segundo: ¿la que es tomada como esposa por la razón o el fin de la continencia debe ser llamada «esposa»? Tercero: ¿a cuál arbitrio seguiría ella? ¿al del abuelo libre o al del padre servil? Cuarto: ¿se le permite concebir niños con una criada mientras su esposa está viva? Quinto: ¿si ella sufre la violencia, es prueba de haber perdido su virtud? Sexto: ¿un hombre adúltero se puede divorciar de su esposa adúltera? Séptimo: ¿un hombre puede casarse con otra mientras su esposa divorciada está viva? Octavo: ¿un hombre cristiano puede tomar en el matrimonio a una infiel en la condición ya mencionada?Graciano (Concordia discordantium cánonum) Destaca el apartado 2 C.33 en el que se aborda, utilizando el método de interpolación, el tema de la penitencia, que es dividido en seis distinciones, tomando una estructura parecida a la parte tercera. De consecratione

La tercera parte que se titula  De consecratione, se divide en cinco  Distinciones, y utiliza el método de interpolación. Trata sobre la consagración de las iglesias, la celebración de la misa, de los ritos del bautismo y la confirmación, y del ayuno. Es la más corta de las tres partes y su fin es estandarizar los eventos eclesiásticos más importantes.

Método Graciano recurre a la técnica dialéctica del sic et non elaborada por Pierre Abélard. Este método escolástico se basa en la formulación de preguntas concretas con su posterior resolución en la cual se concluye con sí o un no. El título, Concordantia discordantium canonum, puede haber sido elegido por el propio Graciano, refiriéndose al método adoptado: agrupar los cánones por temas y autores adjuntando un comentario (dictum) en visas de coinciliar las posibles diferencias existentes. En la sección de Causas, procede de la misma manera para cada una de las 36 «causas»: crea unas certeras preguntas sobre un mismo problema, respodiéndolas con fragmentos extraídos de los textos utilizando en algunas ocasiones (aunque será el método más común en  De consecratione) el método de interpolación. Ya sea porque se precise una interpretación o porque exista una contradicción, Graciano recurre de nuevo a los dictum.

La ornamentación se mezcla continuamente con el texto, rasgo común en la toda la literatura de la Alta Edad Media.

Finalmente el método de exposición resulta sobradamente didáctico e inmediatamente utilizable en las universidades de Derecho de nueva creación tras su afirmación como ciencia independiente de la Retórica. Graciano reconoce el valor relativo de las diferencias de la fuentes e introduce la idea de jurisprudencia en el Derecho canónico, además de dotar al Derecho canónico de un valor notablemente práctico y útil para su aplicación. Por todo ello aunque su obra no se consideró oficial, su uso se extendió por toda Europa y a través de la Historia, considerándose hoy día a Graciano como la mayor influencia del Derecho canónico moderno.

 

Decreto de Graciano

4

Versiones Según el historiador Anders Winroth, perito en el tema, se publicaron dos versiones distintas del Decretum Gratiani:[14] • La primera primera versión versión fue fue redactada redactada entre 1140 y 1142. Es Es un trabajo trabajo más coherente y analítico, con un carácter más doctrinal, y por ello más extenso. Se piensa, según las crónicas manuscritas de Roberto de Torigny, que esta versión original no contenía las consecratione.[15][16][17]

• La segunda segunda versión versión data data de 1150 y se toma como una una revisión revisión de de la primera. Pone un énfasis mucho mayor en la primacía papal en sintonía con la corriente unificadora del momento que se desarrollaba en el contexto del Derecho canónico altomedieval. Además incluía extractos de Derecho romano, mientras que el primero no guarda relación con dicha jurisprudencia.

Dentro de las numerosas copias del manuscrito original según Anders Winroth se pueden distinguir dos versiones

Anders Winroth establece también una doctrina según la cual la segunda versión del texto corresponde a otro autor, que él denomina "Gratiani II" (Graciano II ), ),[18] sin embargo su teoría no es compartida de manera extensa entre los historiadores especialistas e investigadores.

Fuentes

Las fuentes de la Concordia discordantium canonum fueron la Biblia, las bulas papales, la patrística y los cánones pertenecientes a concilios y sínodos tanto ecuménicos como nacionales y provinciales, ya fuera europeos, africanos o asiáticos. En la mayoría de los casos, Graciano no obtuvo este material de una lectura directa de las fuentes, sino a través de colecciones intermedias (según eruditos como Charles Munier,[19] Titus Lenherr[20] o Peter Landau.[21][22][23] Fuentes generales

• Gregorio de Polycarpus (de Gregorio de San Grisogono) alrededor del año 1111. • La Colección en tres libros (o Tripartita) y el Parnomia, de Yves de Chartres, compuestos entre 1111 y 1150, aunque algunos discordantium Fragmentos de la concordia discordantium especialistas lo fechan en 1123. canonum • La Glossa ordinaria de la Vulgata. • Cá Cáno none ness apóc apócri rifo fos. s. • Decretos Decretos de los concilios concilios generales generales y particul particulares ares desde desde el siglo IV hasta hasta el Concilio Concilio de Letrán Letrán II (Segundo (Segundo Concilio Lateranense). • Decret Decretale aless papale papaless desde desde Dáma Dámaso so I (366 (366 – 384) 384) hasta Inocencio II (1130-1143) (incluidas las  Falsas Decretales de Isidoro Mercator). • Peni Penite tenc ncia iale les. s. • Libros litúrgicos: litúrgicos: Las Sagradas Sagradas Escrituras Escrituras y la Patrístic Patrística. a. • Costumbres Costumbres y jerarquí jerarquías as episcop episcopales ales y clerica clericales. les. • Los escr escrito itoss de los los Padre Padress de la la Iglesi Iglesia. a.

 

Decreto de Graciano

5

•  La Colección canónica de San Anselmo II de Lucca (el Joven) compilada originalmente entre 1036 y 1083. Landau ha demostrado que Graciano empleó manuscritos en la segunda versión. • Fuentes Fuentes de juristas juristas romanos romanos (en su su segunda segunda versión). versión). Otras fuentes de algunos fragmentos específicos

• Las Etimologías de San Isidoro de Sevilla para la DD. 1-9. • El Liber de Misericordia et Iustitia Iustitia de Algers de Lüttich para la C.1. • Las Sententiae magistri para De penitentia y otras secciones.

Fragmentos de la concordia discordantium discordantium canonum

Otras supuestas fuentes

Según Anders Winroth:

• El Decretum de Burcardo de Worms Worms . • El Decretum y la Panormia de Ivo de Chartres.

Consecuencias y repercusión hasta la actualidad Graciano nombró su trabajo Concordia Discordantium Canonum. El nombre deja entrever el fin que se buscaba: armonizar los cánones que se habían redactado durante el fin de la Alta y el comienzo de la Baja Edad Media, que conservaban en muchos casos contradicciones entre ellos. Así, en su obra se discuten las diversas interpretaciones y se decide una solución única. Este acercamiento dialéctico permitió que otros profesores de la ley trabajaran con el  Decretum y desarrollaran sus propias soluciones y comentarios (lustres o summae). Las colecciones de lustres fueron llamadas sistema de archivos de lustre o  Lectura en Decretum. Mereciendo, por tanto, la atención preferente de los canonistas en sus glosas, quienes por este motivo se pasaron a denominar decretistas] (no confundir con los decretalistas, en referencia a las Decretales de Gregorio IX). Los más importantes que podemos destacar son Rufino de Bolonia y Huguccio de Pisa. De esta forma el espíritu fue "Vides non id in animo habuisse correctores romanos, ut restitueretur decretum, quale a Gratiano compositum esset, sed quale a Gratiano componi debuisset" (no hacerlo con la intención Las glosas escritas en los propios márgenes del libro.

abusiva de los correctores romanos, no restaurar el Decreto tal como Graciano lo compuso, pero sí como él lo hubiera compuesto).[24]

 

Decreto de Graciano

6

El fin último de este trabajo fue lograr la unificación jurídica que la Iglesia se propuso a partir del final de la Alta Edad Media, con el objetivo de unificar y dejar atrás el particularismo de las Iglesias nacionales creando un poder único y centralizado dentro del Derecho canónico. Este movimiento denominado reforma gregoriana se solía llevar a cabo mediante política legislativa pontificia, por lo que fue novedad el paso importante de consolidacíón motivado por la actividad doctrinal de un canonista. Aunque no fue promulgado oficialmente alcanzó una gran difusión en la práctica por su utilidad en la sistematización y aclaración de la  jurisprudencia pontificia y por la autoridad de los textos que contenía, lo que ayudó en la proliferación del Derecho canónico. Su exhaustividad en el análisis la convierte en la obra de Derecho canónico más importante del siglo XII cobrando vigencia hasta 1917, cuando es promulgado el Código de Derecho canónico durante el movimiento conocido como Codificación, que recorrió toda Europa. Además de poseer una estructura notablemente didáctica por lo que es adoptado rápidamente por las escuelas de Derecho de la época, comenzando por la de Bolonia, capital europea en aquel momento del estudio del Derecho. Rápidamente es glosada y comentada ayudando a la enseñanza del Derecho canónico de la época. Por todo ello Graciano es conocido hoy como una de las figuras más relevantes del Derecho canónico. Destaca su influencia en Pedro Lombardo (la biografía medieval lo atribuía como hermano de Graciano, incluso como gemelo) y por tanto de manera extensiva en Tomás de Aquino. A partir del Decreto Graciano, el Derecho general de la Iglesia  —de acuerdo con los postulados de Gregorio VII —  — se desarrolló por legislación pontificia. Por ello aunque el  Decretum cumplió un papel importante en la reunificación, pronto se necesitó recoger las disposiciones (sobre todo decretales) que no se recogían en aquél.

El fin último de este trabajo fue lograr la unificación jurídica que la Iglesia se propuso a partir del final de la Alta Edad Media.

En 1230, Gregorio IX encomendó a Raimundo de Peñafort, dominico catalán, reunir todas las disposiciones vigentes entre 1154 y 1234 que no estuvieran contenidas en el  Decreto. La obra, dividida en cinco libros, fue promulgada en 1234 como Liber Extr , Decretales de Gregorio IX o Liber Extravagantium. Con posterioridad Bonifacio VIII ordenó recopilar las decretales entre 1239 y 1298. Esta obra, dividida también en cinco libros, recibió el nombre de  Liber  Sextus indicando que era una continuación de la recopilación anterior. Más tarde Clemente V ordena otra recopilación de decretales posteriores a 1298 en una obra denominada Clementinas o  Liber Septimus. Tras estas recopilaciones de carácter oficial se publicaron otras de carácter privado, como las veinte decretales de Juan XXII, posteriores a 1317, obra conocida como Extravagantes de Juan XXII . El conjunto de dichas recopilaciones junto con el Decreto fue designado como Corpus Iuris Canonici (a imitación del Corpus Iuris Civilis romano). En 1996, por la mediación de Anders Winroth, se hallaron cuatro manuscritos de Graciano (junto con un quinto manuscrito de la misma época) en la biblioteca del convento de San Galo, en Suiza. [25] En pos de un mejor análisis aún se encuentran archivados en dicha biblioteca. Su incidencia en los conocimientos actuales sobre Graciano aún crean controversia.

 

Decreto de Graciano

Historiadores y estudiosos Los historiadores y estudiosos de Graciano más reconocidos son: [26] • Anders Winroth: Winroth: El estudioso estudioso más más importante importante.. Autor Autor de la obra obra The  Making of Gratian's Decretum, esencial dentro del campo de estudio. Profesor en el departamento de Historia de la Universidad de Yale. • Peter Landau: Landau: Profesor Profesor de de Derecho, Derecho, especialist especialistaa en historia historia





• •

legislativa alemana y bávara en la Universidad de Julius Maximilian de Múnich. Su trabajo sobre las fuentes del Decreto de Graciano ha sido una de las aportaciones más relevantes al tema. Manlio Bellomo: Bellomo: Profesor Profesor de Historia Historia del Derech Derechoo italiano italiano de la Universidad de Catania, en Sicilia, experto en Derecho común Actualmente se conservan en España alrededor de europeo. cincuenta manuscritos, de los cuales 10 son del siglo XII o principios del siglo XIII. Stephan Stephan Kuttner: Kuttner: Creador Creador del del Instituto Instituto de de Derecho Derecho Canónico Canónico Medieval y estudioso desde hace más de 50 años de la obra de Graciano (especialmente, de sus comentarios). Kenneth Kenneth Pennington: Pennington: Profesor Profesor de Historia eclesiá eclesiástica stica y legislativa legislativa en la Universida Universidadd Católica Católica de América, América, en Washington. Especialista en el periodo histórico durante el que Graciano desarrolló su obra. Robert Somervil Somerville: le: Profesor Profesor de Religión Religión e Historia en la Universidad Universidad de Colombia Colombia,, Nueva York. El profesor profesor

Somerville es un experto en altos consejos medievales, cartas papales y, en general, en Derecho canónico. • Bruce Brasingto Brasington: n: Especialista Especialista en Ivo de Chartres, Chartres, cuya obra, obra, Panormia, Panormia, fue una importante importante influenc influencia ia para Graciano.

Bibliografía • Gacto Fernández, Enrique, Juan Antonio Alejandre García y José María García Marín , "Manual Básico de Historia del Derecho: Temas y Antología de Textos", pp.166-167. Lasex, 2006. ISBN 84-922890-0-7 •  Landau, Peter , "Gratians Arbeitsplan" ( Plan  Plan de Trabajo de Graciano) en "Derecho canónico promovendo: publicación de aniversario para Heribert Schmitz en su 65 cumpleaños" pp. 691-707, 1994. ISBN 3791715488 •  Landau, Peter , "Neue Forschungen zu vorgratianischen Kanonessammlungen und den Quellen des gratianischen Dekrets" ( Nuevas  Nuevas Investigaciones a Colecciones Colecciones de Cánones y las Fuentes Fuentes del Decreto de Graciano), 1984. •  Landau, Peter , "Neue Forschungen zu vorgratianischen Kanonessammlungen und den Quellen des gratianischen Dekrets" ( Nuevas  Nuevas Investigaciones a Colecciones Colecciones de Cánones y las Fuentes Fuentes del Decreto de Graciano), 1984. •  Landau, Peter , "Kanones und Dekretalen" (Cánones y Decretales) pp. 177-205 y 207-224. ISBN 3-465-01574-6 •  Larrainzar González-Peón, Carlos Carlos, "La Firma Boloñesa del Decreto de Graciano , 2004. •  Lenherr, Titus, "Die Exkommunikations- und Depositionsgewalt der Häretiker bei Gratian und den Dekretisten bis zur Glossa ordinaria des Johannes Teutonicus" ( La Excomunión y Deposición de los Herejes Herejes con Graciano y el Decreto hasta Lengua Ordinaria de Johannes Teutonicus), 1987. ISBN 3-88096-342-8 •  Munier, Charles, "Les Sources Patristiques du Droit de L ’église du VIIIe au XIIIe Siècle" ( Las Fuentes  Patrísticas del Derecho eclesiástico eclesiástico del siglo VIII al siglo XIII) Mulhouse, Mulhouse, 1957.

•  Noonan, John T., "Gratian Slept Here" (Graciano Durmió Aquí ), ), un estudio sobre la crónica de Carlo Mesini que redacta una biografía del Magister Gratianus, padre del diritto diritto canonico, pp. 35, 145-172), 1979. • Viejo Ximénez, José Miguel, "La Composición del Decreto de Graciano", 2005. • Winroth, Anders, "The Making of Gratian ’s Decretum" ( La  La Elaboración del Decreto de Graciano), Graciano), New York.  Publicado por la Universidad de Cambridge, Cambridge, 2000. ISBN 0-521-63264-1.

7

 

Decreto de Graciano

8

Referencias Colección de Cánones de Graciano). [1]  Friedrich Heyer , "Der Titel der Kanonessammlung Gratians" Gratians" ( El Título de la Colección [2] Terence McLaughlin, Summa parisiensis ad C., q., d. p. c. et C., q., c. de "Summa Parisiensis on the Decretum Gratiani" (Summae Parisiensis en el Decreto de Graciano ) de Toronto. [3]  Enrique Gacto Fernández, Fernández, Juan Antonio Alejandre Alejandre García y José María María García Marín, "Manual Básico de Historia del Derecho - Temas y antología de textos". 2006 Lasex S.L. pp.166-167. ISBN 84-922890-0-7 summary of the traditional traditional view is found in Carlo Mesini  Postille sulla biografia biografia del [4] Noo Noonan nan,, Joh Johnn T.: Gratian slept here  An uncritical summary  Magister Gratianus, Gratianus, padre del dirit diritto to canonico , Apolinar de Laodicea [5] Gianfranco Ghirlanda, " El Derecho en la Iglesia Misterio de Comunión (http:/  / www.mercaba.org/ Codigo/  “ 



“ 

” 

 

 

 

 

 

 

Derecho Eclesiástico. Madrid. Ediciones Paulinas 1990. las_fuentes_del_derecho_eclesial.htm)", Las Fuentes del Derecho [6] Kenn Kenneth eth Penningto Pennington, n, “Medieval canonists: a bibliographical listing,” to appear in Kenneth Pennington and Wilfried Hartmann, eds., Historyof  Medieval Canon Law (Washington, D.C. – ) Howlett , "The Chronicles of the Reigns of Stephen, Henry II and Richard I. The Chronicle of Robert of Torigni" ( Las Crónicas de [7]  Richard Howlett  los Reinos de Esteban, Enrique II y Ricardo I. La Crónica de Roberto de Torigni). [8] Peter Peter Landau Landau,, “Gratian,” in Theologische Realenzyklopädie (Berlin ) [9]  Peter Landau, “Gratian”, en "Theologische Realenzyklo Realenzyklopädie" pädie" (la Enciclopedia Teológica) de Berlín. [10]  Peter Landau, "Quellen und Bedeutung des gratianischen Dekrets" ( Fuentes  Fuentes e importancia importancia del Decreto de Graciano Graciano) y "Studia et documenta historiae et iuris" ( Estudios  Estudios y Documentos Documentos de Historia del D Derecho erecho).  Diccionario de Historia Historia y Geografía [11] Stephan Kuttner , "Gratien", en el "Dictionnaire d’histoire et de géographie ecclésiastiques" ( Diccionario  Eclesiásticas) de París.  Investigación sobre sobre Graciano: Acta Andagenda) en "Proceedings of the Seventh [12] Stephan Kuttner, "Research "Research on Gratian: acta andagenda" ( Investigación  Los Procedimientos Procedimientos del Séptimo Congreso Congreso Internacional Internacional de Derecho can canónico ónico Medieval   Medieval) de International Congress of Medieval Canon Law" ( Los la Ciudad del Vaticano. Winroth, "The Making of Gratian’s Decretum" ( La  La Elaboración del Decreto de Graciano Graciano), New York. Publicado por la Universidad [13]  Anders Winroth de Cambridge, 2000. ISBN 0-521-63264-1. Winroth, "The Two Recensions of Gratian ’s Decretum" ( Las  Las Dos Versiones Versiones del Decreto de Graciano Graciano) publicado en "Zeitschrift der [14]  Anders Winroth Savigny-Stiftung für Rechtsgeschichte, kanonistische Abteilung 83" ( Revista de la Corporación Corporación Savigny Savigny para la Historia de Derecho Canónico, departamento 83), 1997. [15]  John T. Noonan, "Gratian Slept Here" (Graciano Durmió Aquí ), ), un estudio sobre la crónica de Carlo Mesini que redacta una biografía del  Magister Gratianus, Gratianus, padre del dirit diritto to canonico. [16]  Kehr , "Italia pontificia" [17]  Ferdinando Ughelli, "Italia Sacra Sive de Episcopis Italiae... Opus Singulare", Venecia. Winroth, "Making of Gratian's Decretum, The Cambridge Studies in Medieval Life and Thought: Fourth Series" ( Elaboración  Elaboración del [18]  Anders Winroth  Decreto de Graciano, Graciano, los Estudios de Ca Cambridge mbridge en Vida y Pensamiento Medievales: Medievales: Cuarta Edición), Edición), Universidad de Ca Cambridge, mbridge, 15 de  febrero de 2005. ISBN ISBN 978-0-521 978-0-521-63264-5 -63264-5 Patrísticas del Derecho eclesiástico eclesiástico del [19] Charles Munier , "Les sources patristiques du droit de l ’église du VIIIe au XIIIe siècle" ( Las Fuentes Patrísticas siglo VIII al siglo XIII) Mulhouse, 1957.

[20] Titus Lenherr , "Die Exkommunikations- und Depositionsgewalt Depositionsgewalt der Häretiker bei Gratian und den Dekretisten bis zur Glossa ordinaria des Johannes Teutonicus" ( La  La Excomunión y Deposición Deposición de los Herejes con Graciano y el Decreto Decreto hasta Lengua Ordinaria de Johannes Johannes Teutonicus), 1987. ISBN 3-88096-34 3-88096-342-8 2-8  Fuentes e importancia importancia del Decreto de Graciano Graciano) y "Studia et [21]  Peter Landau, "Quellen und Bedeutung des gratianischen Dekrets" ( Fuentes documenta historiae et iuris" 218-235( Estudios  Estudios y Documentos Documentos de Historia del Derecho Derecho) pp. 218-235 y Kanones und Dekretalen Dekretalen (Cánones y  Decretales) pp. 177-205 y 207-224. [22]  Peter Landau, "Neue Forschungen zu vorgratianischen Kanoness Kanonessammlungen ammlungen und den Quellen des gratianischen Dekrets" ( Nuevas  Investigaciones a Colecciones de Cán Cánones ones y las Fuentes del del Decreto de Graciano Graciano), 1984  Plan de Trabajo de Graciano) en Derecho canónico promovendo: publicación de aniversario para [23]  Peter Landau, "Gratians Arbeitsplan" ( Plan Heribert Schmitz en su 65 cumpleaños" pp. 691-707, 1994 [24] Friedberg Friedberg,, "Decrétum "Decrétum Columns Columns". ". [25] ArcheoVendomois.Info/Ressources/Bu ArcheoVendomois.Info/Ressources/Bulletins/Bulletin19 lletins/Bulletin1998.pdf 98.pdf Boletín (http:/  / www.archeovendomois.info/ ressources/ bulletins/  Bulletin1998.pdf) de la Société Archéologique Scientifique Et Littéraire Du Vendômois (http:/  / www.vendomois. fr/ societeArcheologique/  index.html) (Sociedad Arqueológica, Arqueológica, Científica y Literaria de Vendôme), Francia. [26] Reconocid Reconocidos os (http:/  (http:/  / pantheon.yale.edu/ ~haw6/ gratian.html#scholars) según la Universidad de Yale  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Decreto de Graciano

9

Enlaces externos • Ande Anders rs Winr Winrot oth. h. Making of Gratian's Decretum (http:/  / assets.cambridge.org/ 052163/ 2641/ excerpt/  0521632641_excerpt.pdf), Universidad de Cambridge 15 de febrero de 2005. ISBN 978-0-521-63264-5 • Liber Liber Sextu Sextuss (en (en latín latín ori origin ginal) al).. • Liber Liber Septi Septimus mus (en lat latín ín orig origina inal). l). • Texto Texto del del Decre Decreto to de Gracia Graciano no (http (http:/  :/  / mdz.bib-bvb.de/ digbib/ gratian/ text/ ) (en latín original) • Los últimos últimos descubr descubrimient imientos os sobre sobre Graciano Graciano y su decret decretoo (http:/  (http:/  / pantheon.yale.edu/ ~haw6/ gratian.html)  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

de Yale). • (Universidad Análisis Análisis jurídicos jurídicos de algunos algunos fragmentos fragmentos del del Decreto Decreto (http:/  (http:/   / www.scielo. cl/ scielo.php?script=sci_arttext& pid=S0716-54552003002500006&lng=en&nrm=iso/ ) Penas y Sanciones Contra Los Matrimonios Clandestinos En La Península Ibérica Durante la Baja Edad Media. Federico R. Aznar Gil. Universidad Pontificia de Salamanca.  

 



 

 

 

 

 

 

Wiki Wikime medi diaa Comm Common onss albe alberg rgaa cont conten enid idoo mult multim imed edia ia sob sobre re Decreto de Graciano. Commons

 

Fuentes y contribuyentes del artículo

Fuentes y contribuyentes del artículo Decreto de Graciano  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?oldid=74 http://es.wikipedia.org/w/index.php?oldid=74394501 394501 Contribuyentes: A ver, Alonso de Mendoza, Camima, Copydays, Cratón, Ecemaml, Edmenb, Escarlati, Filipo, Fixertool, Gaeddal, Gizmo II, Gordoniz, Hgrajalesdiaz, Hispa, I gnacio Icke, LTB, Lacl, Leonpolanco, Libertad y Saber, Manuribadeo, Millars, Morza, Pedro Nonualco, Rastrojo, Rosarino, RoyFokker, Sonsaz, Taty2007, Yakoo, Ángel Luis Alfaro, 11 ediciones anónimas

Fuentes de imagen, Licencias y contribuyentes Archivo:Treegratian.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:Treegratian.jpg :Treegratian.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Libertad y Saber, Yakoo Archivo:Graciano.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:Graciano.jpg Graciano.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Albert Krantz, Bibi

Saint-Pol, Davepape, Dodo, G.dallorto, Libertad y Saber, Yakoo Archivo:Agracija.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archiv http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:Agracija.jpg o:Agracija.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Bohème, Johnbod, Kalki, Libertad y Saber, Yakoo Archivo:1954 598.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:1954_598.jpg :1954_598.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Libertad y Saber, Yakoo Archivo:Causa 26.jpg  Fuente: http://es.wikipedia. http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archiv org/w/index.php?title=Archivo:Causa_26.jpg o:Causa_26.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Davepape, Dodo, Libertad y Saber, Yakoo Archivo:Agracija1.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archi http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:Agracija1.jpg vo:Agracija1.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Libertad y Saber, Yakoo Archivo:Dom hs 127 309r gr.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.o http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo rg/w/index.php?title=Archivo:Dom_hs_127_309r_gr.jp :Dom_hs_127_309r_gr.jpgg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Davepape, Dodo, Libertad y Saber, Yakoo Archivo:GratianCesena.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archi http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:GratianCesena.jpg vo:GratianCesena.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Libertad y Saber, Yakoo Archivo:GratianD1sm.jpg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archiv http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:GratianD1sm.jpg o:GratianD1sm.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Libertad y Saber, Yakoo Archivo:Causa 10.jpg  Fuente: http://es.wikipedia. http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archiv org/w/index.php?title=Archivo:Causa_10.jpg o:Causa_10.jpg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: Davepape, Dodo, Libertad y Saber, Yakoo http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:Commons-logo.s vo:Commons-logo.svg vg  Licencia: Public Domain Contribuyentes: SVG version was created by User:Grunt Archivo:Commons-logo.svg  Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archi and cleaned up by 3247, based on the earlier PNG version, created by Reidab.

Licencia Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0  //creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/   //creativecommons.org/licenses/bysa/3.0/ 

10

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF