Debentures: Art. 544 Código de Comercio Son Son títu título loss de crédit crédito o que que surge surgen n de la obli obliga gaci ción ón unil unilat ater eral al de voluntad de una sociedad anónima, que incorpora incorpora una parte alícuota alícuota de un crédito crédito cuyo objeto objeto pasivo-d pasivo-deud eudor or es la sociedad sociedad creadora creadora.. Las obli obliga gaci cion ones es o Debe Debent ntur ures es son bien bienes es mueb mueble less aun aun cuand cuando o esté estén n garantizados con derechos reales sobre inmuebles.Forma de creación: Art. 545 código de comercio pueden crearse en forma nominativa la orden o al portador aun cuando impliquen pagar dinero. a) la denomin denominación ación no podrá podrá ser social o debenture debenture.. b) nombre objeto objeto y domicilio domicilio de la sociedad sociedad creadora. creadora. c) monto monto del del capita capitall autori autorizado zado.. d) inte interé réss que se se paga pagara. ra. e) gara garant ntía íass espe especi cial ales es para para respa respald ldar ar los los títu título loss y dato datoss del del registro que corresponda. f) Formas Formas que que se amorti amortizar zaran an los los títu títulos los g) numero de escritura, escritura, nombre nombre del del notario notario autorizant autorizante. e. h) firma firma de las las person personas as design designadas adas,, Procedimiento para la creación de obligaciones: Es la celebración de una asamblea extraordinaria de los socios de la sociedad anónima donde se fija al representante legal para hacerlo Ejemplo: si una sociedad tiene un activo de Q. 50,000.00 y un pasivo de Q20, 000.00 Su capital contable es de Q30, 000.00 y hasta esa última cantidad podría podría llegar el valor total de la emisión emisión de Debentures Debentures pero si es para adquirir bienes por Q 80,000.00 el monto de la emisión podría llegar hasta Q 60,000.00 que representa las tres cuartas partes de los bienes.-
a) prev previe iene ne la neces necesid idad ad de cont contar ar con el capit capital al de trab trabaj ajo o o cualquier otra causa. b) realiz realizado ado en el acto anterio anteriorr el represent representant antee de la socieda sociedad d conc concur urre re ante ante un nota notari rio o con con el objet objeto o que que auto autori rice ce el documento Requisitos: Art. 548 Código de Comercio 1. insertar insertar el acta de asamble asambleaa extraordin extraordinaria. aria. 2. especi especific ficar ar las garant garantías ías especi especiale ales. s. 3. si el producto de la emisión es para adquirir bienes específicos
Trusted by over 1 million members
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
Trusted by over 1 million members
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
4. desi design gnac ació ión n del del repr repres esen enta tant ntee comú común n de los los tene tenedo dore ress d títulos de crédito. Sujetos: 1. Libra Librado dorr-libr -librad ado: o: Es la sociedad anónima que crea la obligaron es sociales o debentures 2. ten tenedor edor u obligac obligacion ionista ista:: Es la pers person onaa que que adqu adquie iere re los los títu título loss los los títu título loss pagá pagánd ndol olee a la sociedad el valor nominal de los mismos. Obligaciones: 1. debe pagar el interés que devenguen los títulos en la cantidad y en tiempo que el mismo exprese. 2. deberá responder ilimitadamente con todos sus activos por el total valo valorr del del impo import rte. e. Resp Respon onsab sabil ilid idad ad ilim ilimit itad adaa se le conoc conocee como como “garantía flotante” Art. 558 comercio 3. cuando se constituyan las garantías flotantes tales como un seguro contra incendios y otros riesgos usuales por una suma que no sea inferior a su valor destructible. Art. Art. 556 código de comercio.4. cuando no puede reducir el capital sino se proporciona el reembolso Art. 551 c. comercio 5. deberá publicar anualmente su balance revisor por el contador o auditor. auditor. Art. 552 c. comercio Amortización de los títulos: 1. que el el mismo mismo diga diga cuando cuando venc vence. e. 2. que que se haga haga por por sor sorte teo. o. a) que el sort sorteo eo se haga haga delant delantee de un notar notario io b) b) por por el valor valor nomina nominall de los títul títulos os que el inte intere rese se a superior de 6%. c) el resultado resultado debe publica publicarse rse en el diario diario oficial oficial
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.