Resumen y critica de la ley 20.854 de Chile. "ley de inclusión escolar" Ppt, del informe del resumen y critic...
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Universidad de Concepción Facultad de Educación Departamento de Cs de la educación
Ley 20.845 síntesis y critica om!re" Luciano #ino $ac%uca Carrera" #eda&o&ía en ciencias naturales y !iolo&ía 'si&natura" Educación( desarrollo y sociedad #ro)esor *a+" $i&uel ,oracio ,ino-osa $ac%uca 'yudante" 'yudante" Este)any Eu&enia 'valos Leiva Fec%a" 0/05/1
I. Índice
I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. I". ". "I. "II. "III. "IV.
II.
Pagina Índice…………………………………………………… 2 Introducción…………………………………………… 3 De la historia de la ley………………………………... 4 Del articulo N°1………………………………………... 5 Del articulo N°2………………………………………… Del articulo N°3………………………………………… ! Del articulo N°4………………………………………… ! Del articulo N°5………………………………………… ! Del articulo N°………………………………………… # Del articulo N°!………………………………………… # De los art$culos transitorios…………………………… # %ritica……………………………………………………. 11 %onclusión………………………………..……………...13 &i'liogra($a y lin)ogra(ia……………………………….. 15
Introducción 2
Por *edio de un an+lisis cr$tico a la ley 2,.#45 deno*inada -ey de inclusión escolar /ue regula la ad*isión de los y las estudiantes0 eli*ina el (inancia*iento co*artido y roh$'e el lucro en esta'leci*ientos educacionales /ue reci'en aortes del estado artir de un resu*en or art$culo0 as$ co*o ta*'in los art$culos transitorios0 generare*os una cr$tica constructia y (ocali6a a los ro'le*as /ue nos segui*os encontrando actual*ente.
III.
De la historia de la ley 3
7i 'ien0 el t$tulo de esta ley da a entender de /u trata0 de8a (uera gran arte de los untos /ue son necesarios ara entenderla a ca'alidad. %o*en6are*os con un oco de historia de esta *is*a. 9l 2: de *ayo del 2,140 'a8o el *andato de la actual residenta ;ichelle &achelet o en las *is*as +reas0 uede /ue *i inters sea entrar a un liceo cient$(icoKhu*anista0 ero tengo *+s caacidades ara un industrial0 a tras de la reali6ación de rue'as el alu*no odr$a entender real*ente /ue es lo /ue *+s le sienta y as$ eitar el tedio en estos0 el cual uede causar una deserción escolar. 7e entiende /ue esto solo se alicar$a a los liceos o colegios desde 1ero a 4to *edio0 de'ido a /ue es en esta 11
edad donde es *+s (+cil /uerer desertar y donde se decide /u carrera se to*ara a niel de ida. Dentro del ri*er art$culo se *enciona /ue el estado dar+ todas las (acilidades ara /ue los estudiantes uedan aan6ar a tras del siste*a educatio y ter*inar a lo *enos la educación *edia0 ero incluso dentro de s$ *is*a0 la ley no ro*uee (acilidades ara el arendi6a8e y ense>an6a de los alu*nos0 or lo cual no es co*leta*ente e(ectia a la hora de reali6ar la tarea /ue se roone. 9n este *is*o te*a0 reali6ar$a una gu$a de aoyo a la co*unidad educatia0 desde aoderados hasta los au@iliares de los colegios0 los cuales a *i arecer de'er$an estar caacitados en el tra'a8o con ni>os y adolescentes. %on resecto al art$culo N°20 estoy en total acuerdo con la *ayor arte de los untos /ue trata0 en esecial los estudios or territorio /ue se de'er+n hacer antes de la creación de un nueo colegio. 9n el art$culo N°3 se hace *ención so're un te*a /ue de'$a ha'er estado legislado desde hacer 'astante tie*o0 la transarencia y rendición de cuentas a la suerintendencia y al 7II0 entes /ue de'er regular el correcto uso de los (ondos /ue se entregan0 tanto a los colegios 7C0 co*o a los articulares su'encionados e incluso a los articulares0 ya /ue en todos se *ane8an grandes su*as de dinero0 las cuales solo de'er$an inertirse en la *e8ora de la educación y ara esto la Anica (or*a de *antener un control es la acción de entes reguladores0 co*o es el 7II. 9n el rticulo N°5 se da una contradicción so're el rol del estado co*o resonsa'le de restar todo lo necesario ara dar una educación de calidad. 9s ilógico /ue se er*ita e incentie a colegios a articiar en (ondos concursa'les ara -*e8oras Atiles yHo necesarias0 cuando0 tal co*o la *is*a ley lo dice0 es la resonsa'ilidad del estado. 9n general0 agregar$a la i*le*entación de un regla*ento general0 en donde se deter*inen las reglas de coniencia 12
'+sicas /ue se de'er$a tener en una escuela0 8ard$n0 liceo0 colegio0 etc. 9n este regla*ento de'er$a de salir cada *otio de sanción as$ co*o ta*'in la resectia sanción. 9ste actuar$a co*o 'ase ara cual/uier regla*ento interno. si se ho*ologar$a lo ertinente a sanciones dentro del +*'ito estudiantil.
"III. %onclusión l estudiar *+s a (ondo la ley de inclusión escolar0 se uede notar /ue osee aun grandes (alencias0 sin e*'argo0 es un 13
aso inicial a un siste*a educatio del cual real*ente el estado sea el resonsa'le. 9n *i de8o un gusto a oco0 a /ue se uede hacer *+s or el siste*a educatio0 /ue es un ilar (unda*ental en nuestra sociedad. Dentro de la conclusión agrego una idea /ue sie*re ronda en *i ca'e6a0 /ue es la i*le*entación de horas electias re*uneradas0 ósea0 tener 3 o *+s horas a la se*ana0 (uera o dentro del horario de clases0 en donde el alu*no realice alguna la'or0 de 'a8o i*acto ($sico y sicológico0 y se le re*unere or esta. Por e8e*lo ense>ar algAn o(icio y /ue durante estas horas lo realicen ara osterior*ente ender lo reali6ado. 9n *i oinión ser$a una 'uena (or*a de *antener o(icios /ue cada e6 an *+s en declie y una (or*a de ense>ar el alor del tra'a8o.
"IV. &i'liogra($a y lin)ogra(ia 1. &i'lioteca del %ongreso Nacional de %hileH &%N. # de 8unio del 2,15 ey 2,.#45. %hile. 14
7itio e'? htt?HH.leychile.clHNaegarO idNor*a1,!#1!2 2. utor desconocido. Cecha de u'licación desconocida. ey de inclusión. Princiales *odi(icaciones al royecto original introducidas or el 7enado. 7itio e'? htts?HH.ca*ara.clHd(.as@O r*ID2!##Qr*IPFDF%L;9NF%F;I7IF N
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