Cuestiones y Ejercicios de Hacienda Publica UNED
February 18, 2017 | Author: Mariusz Pelka | Category: N/A
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Este amplio repertorio de preguntas y ejercicios resueltos es de gran utilidad para los alumnos de Hacienda Pública del grado de Economía de la UNED, sobre todo para la preparación de las pruebas presenciales de las asignaturas de «Teoría del presupuesto y gasto público» y «Teoría de los ingresos públicos». Esta práctica facilitará su aprendizaje, permitiéndoles instruirse y ejercitarse en la aplicación de los conocimientos teóricos.
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Reyes Navarro Pascual, profesora titular de universidad y doctora en Hacienda Pública, cuenta con un importante número de publicaciones en el ámbito de la hacienda pública y el sector público.
cuaderno de prácticas
Cuestiones y ejercicios de Hacienda Pública
Francisco Jesús Paniagua Soto fue profesor titular de universidad y doctor en Hacienda Pública y ha dejado numerosas publicaciones en el ámbito de la Hacienda Pública y el medio ambiente.
Reyes Navarro Pascual Francisco Jesús Paniagua Soto C
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ISBN: 978-84-362-6694-8
Cuestiones y ejercicios de Hacienda Pública
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Editorial 9 788436 266948
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Cuestiones y ejercicios de Hacienda Pública
REYES NAVARRO PASCUAL FRANCISCO JESÚS PANIAGUA SOTO
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
CUESTIONES Y EJERCICIOS DE HACIENDA PÚBLICA Quedan rigurosamente prohibidas, sin la autorización escrita de los titulares del Copyright, bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidos la reprografía y el tratamiento informático, y la distribución de ejemplares de ella mediante alquiler o préstamos públicos. © Universidad Nacional de Educación a Distancia Madrid 2014 www.uned.es/publicaciones
© Reyes Navarro Pascual, Francisco Jesús Paniagua Soto
ISBN electrónico: 978-84-362-6938-3 Edición digital: noviembre de 2014
ÍNDICE
Presentación
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Lección 1. Actividad económica, economía pública y actividad financiera
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Lección 2. Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 3. El presupuesto del sector público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 4. Asignación eficiente de los recursos
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Lección 5. Hacienda Pública y redistribución de la renta . . . . . . . . . .
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Lección 6. Crecimiento estable de la economía
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Lección 7. Elección colectiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 8. Estructura y evolución del gasto público: Principales teorías explicativas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 9. Eficiencia e incidencia del gasto público . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 10. Concepto y clasificación de los ingresos públicos. Principios impositivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 11. Equidad en la imposición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 12. La incidencia impositiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Cuestiones
y
Ejercicios
de
Hacienda Pública
Lección 13. Exceso de gravamen y distorsiones impositivas . . . . . . . .
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Lección 14. El impuesto sobre la renta personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 15. La imposición sobre la riqueza y el patrimonio . . . . . . . .
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Lección 16. El impuesto sobre la renta de sociedades . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 17. La imposición sobre el volumen de ventas . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 18. Otros ingresos públicos. Deuda pública y precios públicos
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Lección 19. Efectos económicos de la imposición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Lección 20. Hacienda Pública multijurisdiccional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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PRESENTACIÓN
Con el título Cuestiones y Ejercicios de Hacienda Pública, el presente libro se propone satisfacer una añeja y reiterada demanda de los alumnos de Hacienda Pública del Grado de Economía de la UNED al equipo docente de esta disciplina: poder disponer de una amplio repertorio de preguntas y ejercicios resueltos que, a la vez que servirles de información sobre el tipo de pruebas presenciales al que han de someterse para superarla, les faciliten su aprendizaje, permitiéndoles instruirse y ejercitarse en la aplicación práctica de los conocimientos teóricos por ellos adquiridos. Guiados por este mismo propósito, los autores han agrupado el texto en torno a veinte lecciones, dotadas todas ellas de una estructura idéntica. Cada lección se ha articulado, en concreto, en tres apartados didácticos. El primero consiste en un glosario de términos y conceptos fundamentales, que pretende ser una pauta para el repaso de la terminología y elementos conceptuales que el alumno debe comprender y retener de la lección. El segundo apartado contiene los enunciados de las preguntas y los ejercicios planteados, mientras que en el tercero se ofrecen las respuestas o soluciones de los mismos. La mayor parte de las cuestiones y problemas aquí expuestos tienen en común el que en ellos se pide la justificación o explicación de las respuestas dadas, al objeto de inducir al alumno a desarrollar, a un tiempo, sus capacidades de razonamiento y síntesis. El libro que el lector tiene en sus manos no es, sin embargo, fruto del esfuerzo exclusivo de sus autores, sino la culminación de un proceso con múltiples protagonistas que se inicia y centra en un referente único: la labor docente desempeñada por el profesor Victorio Valle en los diversos centros en los que ha impartido sus enseñanzas de Hacienda Pública. En la formulación del grueso de las cuestiones y ejercicios presentes en estas páginas nos hemos inspirado de hecho en los exámenes puestos por él a sus alumnos durante los quince últimos años. De igual modo, las respuestas o solu-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
ciones ofrecidas en el texto se han basado estrictamente en su obra, recopilada por los autores a través no sólo de sus numerosas publicaciones, sino además, de forma especial, de los apuntes tomados en sus clases por algunos de sus más notables y atentos alumnos y reunidos por nosotros a lo largo del tiempo. Sirvan, pues, estas oportunas líneas para, ante todo, mostrar al profesor Valle nuestro total agradecimiento, por su constante apoyo y su magisterio. No obstante, la responsabilidad de su contenido recae exclusivamente sobre los autores.
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Lección 1 ACTIVIDAD ECONÓMICA, ECONOMÍA PÚBLICA Y ACTIVIDAD FINANCIERA
Glosario de términos y conceptos • Actividad económica • Economía privada y economía pública • Aspectos micro y macroeconómicos de la economía pública • Programas de ingresos y gastos públicos • Actividad financiera del sector público • Hacienda pública • Hacienda pública positiva • Hacienda pública normativa
CUESTIONES Y EJERCICIOS 1. Explicar por qué el término hacienda pública no es exactamente coincidente con el de economía pública. 2. ¿Qué se entiende por actividad financiera? ¿Por qué se dice que la actividad financiera forma parte de la economía pública? 3. Respecto de las siguientes actuaciones públicas, ¿cuáles pueden clasificarse como actividad financiera y cuáles como actividad económica pública? Razonar la respuesta. a) En respuesta a la elevada tasa de inflación, el Gobierno ha decidido prohibir a los comerciantes subir sus precios (controles de precios).
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
b) E n vista del elevado índice de contaminación que padece Madrid, el Ayuntamiento (ente público) sólo permite que las calefacciones se enciendan de 9 de la mañana a 1 de la tarde. c) E l Estado paga sueldos y salarios a los funcionarios y empleados públicos todos los meses. d) El Estado emite deuda pública. 4. Dígase qué efectos concretos se incluyen en los denominados efectos microeconómicos y macroeconómicos de la actividad económica del sector público. 5. Algunos países siguen una política arancelaria proteccionista. ¿Forma esto parte de la economía pública? ¿Y de la actividad financiera? 6. La actividad financiera solo se ocupa de los aspectos monetarios y crediticios de la actividad económica de los entes públicos. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 7. Definir el campo de estudio del enfoque positivo de la actividad financiera del sector público. 8. ¿Cuáles son las diferencias básicas entre las concepciones positiva y normativa de la Hacienda Pública? 9. El enfoque normativo de la actividad financiera del sector público se ocupa exclusivamente de la utilización eficiente de los recursos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 10. Una proposición normativa de la Hacienda Pública se basa exclusivamente en los juicios de valor imperantes en una sociedad. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 11. ¿Cuáles son y en qué consisten los objetivos de la Teoría de la Hacienda Pública? 12. ¿En qué función de la política presupuestaria se enmarcan las actuaciones públicas encaminadas al logro de un alto nivel de empleo? ¿A qué otros objetivos sirve dicha función? 13. El ahorro de las Administraciones Públicas equivale a la diferencia entre los ingresos por cuenta de renta y los gastos por cuenta de
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Actividad económica, economía pública y actividad financiera
renta. ¿A qué tipo de proposición responde esta expresión, positiva o normativa? 14. «Cuando el déficit público es elevado y persistente, produce efectos inflacionistas». Esta afirmación es ¿positiva o normativa? ¿Por qué? 15. El sector público debe reducir el déficit si quiere reducir la inflación y el paro. ¿Es positiva o normativa esta afirmación? Justificar la respuesta. 16. En etapas preelectorales se observa un crecimiento considerable del gasto público en infraestructuras. ¿Se trata de una afirmación positiva o normativa? Razonar la respuesta.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 1. No son exactamente coincidentes porque el campo de la economía pública es más amplio que el de la actividad financiera, en tanto en cuanto ésta se inserta en aquélla. El contenido de la Economía Pública viene definido por las decisiones económicas que impone el sector público en virtud del principio de autoridad. A su vez, como parte integrante de la economía pública, la actividad financiera puede definirse como el conjunto de decisiones o elecciones económicas que se materializan en, o se instrumentan mediante ingresos y gastos públicos. Un doble aspecto esencial de la actividad financiera es, pues, su inserción en la economía pública o actividad económica del sector público, como parte que viene acotada por su referencia al proceso de ingresos y gastos públicos. 2. Como ya se sabe, la actividad financiera puede conceptuarse como el conjunto de elecciones o decisiones económicas que se materializan en la realización de ingresos y gastos públicos. Forma parte de la economía pública porque las decisiones relativas a ingresos y gastos públicos son decisiones económicas que emanan del sector público y que éste impone en virtud del principio de autoridad.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
3. a) A ctividad económica pública. La decisión no implica ningún ingreso ni ningún gasto público. b) Actividad económica pública. Es una actuación que el estado impone en virtud del principio de autoridad, pero que no implica ni ingreso ni gasto público. c) A ctividad financiera. La actuación se materializa en un gasto público. d) Actividad financiera. La actuación se materializa en ingresos y gastos públicos. 4. En los microeconómicos se incluyen los efectos sobre la asignación de recursos y la equidad en la distribución de la renta y la riqueza; en los macroeconómicos, los efectos sobre la estabilización y el crecimiento económicos. 5. Forma parte de la actividad financiera, en tanto que tal política se instrumenta mediante el arancel (impuesto sobre la circulación exterior de ciertos bienes), y, por tal motivo, también de la Economía Pública. 6. Falso. A pesar del uso corriente que se hace del término «financiera» para calificar la actividad pública que hace referencia a ingresos y gastos públicos, los problemas básicos de la hacienda pública o actividad financiera no son cuestiones financieras y monetarias (dinero, liquidez o mercados de capital), sino sus efectos reales sobre la actividad económica. 7. El enfoque positivo de la actividad financiera del sector público trata de explicar teóricamente y de forma empírica el comportamiento real del sector público en el desempeño de sus funciones financieras. 8. El enfoque positivo de la Hacienda Pública se articula en torno a aquellas proposiciones que permiten explicar el funcionamiento real del sector público (a la vez que los efectos de las políticas de ingresos y gastos), mientras que el enfoque normativo ofrece proposiciones o recomendaciones tendentes a conseguir una gestión eficaz de la actividad financiera. Ambos enfoques se complementan.
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Actividad económica, economía pública y actividad financiera
9. Falso. No es ésta la única función. El estudio de los efectos económicos de la actividad financiera suele ordenarse en función de los múltiples objetivos que toda sociedad pretende alcanzar: la asignación eficiente de los recursos, la distribución equitativa de la renta y la riqueza, la estabilidad económica y un ritmo apropiado de crecimiento económico. Bajo estas coordenadas, la fundamentación normativa de la actividad financiera parte de la suposición de que el grupo político se plantea lograr un conjunto de objetivos, de forma tal que, sobre la base del conocimiento previo de los efectos provocados por cada uno de los programas de ingresos y gastos públicos (instrumentos financieros), el hacendista ha de asumir la tarea fundamental de ordenar o proponer los instrumentos más eficaces para el logro de esos objetivos. 10. Verdadero. Las proposiciones normativas de la Hacienda Pública se encuentran necesariamente impregnadas de juicios de valor y priorizan los distintos objetivos alcanzables. No obstante, en la Hacienda Pública normativa la utilización del método científico empírico es también factible, aunque siempre y cuando los juicios de valor se expliciten claramente o se definan exógenamente. 11. Básicamente, se reducen al logro de una asignación eficiente de los recursos, un crecimiento económico estable y la redistribución de la renta y la riqueza de un país. 12. Se enmarcan en la función de estabilización. Adicionalmente, esta función se propone conseguir un grado razonable de estabilidad de los precios y una tasa apropiada de crecimiento económico. 13. A ninguna. Es una expresión o relación contable que, como tal, carece de valor científico. 14. Es positiva. Porque trata de explicar un efecto económico de la actividad financiera, que, además, puede contrastarse con los hechos. 15. Es normativa. La afirmación propone o recomienda la adopción de una medida económica eficaz (reducir el déficit) para lograr un objetivo (reducir la inflación y el paro). 16. Es positiva, porque trata de explicar un hecho económico (el crecimiento del gasto en infraestructura) contrastable con la realidad.
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Lección 2 SECTOR PÚBLICO. DELIMITACIÓN, OPERACIONES Y CONTABILIZACIÓN
Glosario de términos y conceptos • Sistema Europeo de Cuentas • Empresas Públicas • Empresas financieras • Empresas no financieras • Empresas de seguros • Administraciones Públicas • Sector Público en sentido estricto • Sector Público en sentido amplio • Estado • Administraciones Territoriales • Administración Central • Organismos de la Administración Central • Administraciones de la Seguridad Social • Organismos autónomos comerciales e industriales • Sector público estatal • Tesoro Público • Presupuesto consolidado del Estado • Operaciones financieras • Operaciones no financieras • Operaciones por cuenta de capital • Operaciones por cuenta de renta • Operaciones reales • Cuenta de producción • Cuenta de explotación • Cuenta de renta • Cuenta de utilización de renta • Cuenta de capital
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Cuenta de asignación de la renta primaria • Cuenta de distribución secundaria de la renta • Cuenta de redistribución de la renta en especie • Cuenta de utilización de la renta disponible • Cuenta de variaciones del patrimonio neto debidas al ahorro y a las transferencias de capital • Cuenta de adquisición de activos no financieros • Cuenta financiera • Cuentas de acumulación • Cuentas de operaciones corrientes • Ahorro público • Ahorro financiero neto • Capacidad de financiación • Carga fiscal • Consumo intermedio • Déficit público • Déficit cíclico • Déficit coyuntural • Déficit efectivo • Déficit estructural • Déficit primario • Desahorro público • Desahorro financiero neto • Entes públicos • Empleos • Excedente bruto de explotación • Instituciones de crédito • Necesidad de financiación • Presión fiscal aparente • Recursos • Renta bruta disponible • Servicios comerciales del presupuesto • Sociedades estatales • Superávit público • Transferencias • Valor añadido bruto • Variación de activos financieros • Variación de pasivos financieros
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
CUESTIONES Y EJERCICIOS 17. ¿Qué instituciones integran el concepto de administraciones públicas? 18. Explicar con precisión la diferencia entre sector público en sentido estricto o restringido y el sector público en sentido amplio. 19. El único criterio para diferenciar las empresas públicas de las privadas es el de la propiedad pública o privada del capital de las mismas. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 20. Explicar con precisión la diferencia entre una empresa pública y una privada. 21. Desde el punto de vista de la actividad que realizan, ¿qué distingue a una administración pública de una empresa pública? 22. Una empresa pública produce bienes y servicios, mientras que una administración pública no. ¿Verdadero o falso? Si lo considera falso, explique en qué se diferencian esos dos componentes del sector público. 23. Una empresa cuya propiedad es totalmente del Estado, se integra dentro de las Administraciones Públicas. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 24. Los organismos centrales de la Seguridad Social forman parte de la Administración Central, mientras que los organismos periféricos forman parte de las Administraciones Territoriales. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 25. Las instituciones de la Seguridad Social forman parte de sector público en sentido amplio pero no de las administraciones públicas en sentido estricto. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 26. ¿Cómo se distingue una operación financiera de otra no financiera de una administración pública? 27. Explicar la diferencia que existe entre las siguientes operaciones del sector público: a) Entre operaciones financieras y no financieras. b) Entre operaciones bilaterales y unilaterales. c) Entre operaciones por cuenta de renta y de capital.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
28. Dígase si las siguientes operaciones de una administración pública son financieras o no financieras y, en su caso, si son por cuenta de renta o de capital. a) La amortización de deuda pública. b) El pago al contado de la compra de un edificio. c) Los intereses de la deuda pública. d) La compra al contado de acciones de una empresa pública. e) Una emisión de bonos. 29. Los intereses efectivos de la deuda pública se consideran convencionalmente como un gasto público de transferencia por cuenta de renta. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 30. Explicar cuál es la naturaleza de los intereses de la deuda pública dentro de los criterios habituales de la clasificación del gasto público. 31. La inversión en obras públicas se contabiliza en la cuenta de operaciones financieras. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 32. Respecto a las Administraciones Públicas, definir los siguientes conceptos: 1. Ahorro. 2. Déficit público. 3. Ahorro financiero. Explicar la relación básica que existe entre esas tres magnitudes. 33. Explicar las diferencias entre ahorro y capacidad de financiación de las administraciones públicas. 34. Demostrar que el ahorro bruto de una administración pública sólo coincidirá con su ahorro financiero cuando los ingresos y gastos por cuenta de capital tengan el mismo volumen. 35. Demostrar que si una administración pública no tiene ahorro ni ingresos por cuenta de capital, si sus activos financieros no varían en un
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
período, el aumento de los pasivos financieros debe coincidir con el gasto público por cuenta de capital. 36. Las compras de activos financieros reducen el ahorro de las Administraciones Públicas. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 37. ¿Cuáles de estas definiciones de déficit público son correctas? a) El saldo de la cuenta de renta. b) La diferencia entre gastos e ingresos no financieros. c) La diferencia entre gastos e ingresos por cuenta de capital. d) El saldo de la cuenta de operaciones financieras. 38. El déficit público se define como la diferencia entre gastos no financieros e ingresos no financieros de las Administraciones Públicas. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 39. El déficit presupuestario estructural no puede nunca ser mayor que el déficit efectivo. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 40. Demostrar que el déficit primario de una administración pública es igual al incremento experimentado por los pasivos financieros menos los intereses de la deuda pública menos el incremento de activos financieros. 41. Un ayuntamiento compra a crédito material de oficina para sus dependencias. Definir la naturaleza de esta operación dentro de las diferentes categorías de las operaciones públicas. 42. El ahorro de las Administraciones Públicas de un país es 1.000, los gastos por cuenta de capital 1.500 y los ingresos por cuenta de capital 200. ¿Existe capacidad o necesidad de financiación? ¿En qué cuantía? 43. La diferencia entre los ingresos por cuenta de capital y los gastos por cuenta de capital de una administración publica es 5.000, el incremento de los activos financieros 20.000 y el incremento de los pasivos financieros 8.000. ¿Cuánto vale el ahorro en esta administración pública?
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
44. Una Administración Pública tiene en circulación un volumen de deuda pública por valor de 3.000 que fue emitida el 31 de diciembre de 2001 al 10% de intereses con una duración de un año. El 31/12/2002 llega a un acuerdo con los tenedores de la deuda de forma que paga los intereses devengados, amortiza la mitad del principal y renueva por un año la otra mitad de la deuda. ¿Cómo anotaría esta operación en un sistema contable compuesto por una cuenta de renta, otra de capital y otra de operaciones financieras? 45. Las Administraciones Públicas de un país producen exclusivamente un conjunto de servicios que proveen gratuitamente a la sociedad. El valor añadido bruto que generan es de 7.000 unidades monetarias, el consumo intermedio que realizan es de 2.500 u.m., su Renta Disponible Bruta es de 10.000 u.m. y registran una depreciación de su equipo de capital por valor de 600 u.m. Se pide: 1. El volumen de las remuneraciones de los asalariados. 2. El valor del ahorro bruto. 46. Una administración pública ha realizado las siguientes operaciones durante un ejercicio: 1. Trasferencias de capital por valor de .................................... 2.000 2. Ha incrementado sus activos financieros por valor de ........ 3.000 3. Obtiene un ahorro de ............................................................. 1.000 4. Transferencias por cuenta de renta ....................................... 4.000 5. Intereses de la deuda pública ................................................ 500 6. Impuestos indirectos .............................................................. 5.000 7. Impuestos directos ................................................................. 3.000 8. Ingresos por cuenta de capital .............................................. 500 9. Ingresos de la propiedad y de las empresas ......................... 2.000 10. Incremento de los pasivos financieros .................................. 10.000
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
Se sabe también que ha realizado gastos de consumo en una cuantía C y una formación bruta de capital con un valor FBK. Se pide: 1. Determinar la renta disponible. 2. Determinar el consumo C y la formación bruta de capital. 47. Una administración pública ha realizado las siguientes operaciones durante un ejercicio: 1. Paga sueldos y salarios a sus funcionarios por valor de .... 500 2. Compra obligaciones de una empresa pública por valor de . 100 3. Obtiene una recaudación por IRPF de ................................ 1.000 4. Recauda de un impuesto sobre el capital(real) ................... 10 5. Paga intereses de la deuda pública en una cuantía de ....... 50 6. Compra un edificio por ........................................................ 200 7. Vende un edificio por ........................................................... 140 8. Paga subsidios por valor de ................................................. 300 9. Concede subvenciones a empresas por ............................... 1.000 10. Compra bienes y servicios corrientes por valor de ............... 80 11. Paga en concepto de alquileres .............................................. 20 12. Emite deuda pública en una cuantía ....................................
X
13. Compra un solar por 400 y aplaza su pago indefinidamente. Se pide: 1. Anotar las anteriores operaciones en las cuentas de renta, de capital y de operaciones financieras. 2. C alcular el ahorro de la Administración Pública, su capacidad de financiación, la deuda pública emitida y el déficit primario.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
48. Una administración pública ha realizado en un año las siguientes operaciones: 1. Emite deuda pública (neta) por valor de .............................. 50.000 2. La inversión pública realizada es ......................................... 50.000 3. El impuesto sobre la renta recauda ..................................... 100.000 4. Recibe transferencias de capital por valor de ...................... 5.000 5. Paga sueldos y salarios por ................................................... 80.000 6. Paga transferencias a las familias por ................................. 10.000 7. Los intereses de la deuda pública pagados importan ......... 10.000 8. Recaudación por el IVA ........................................................ 55.000 9. Transferencias de capital pagadas ....................................... 40.000 10. Recauda cuotas de la seguridad social por ......................... 5.000 11. Compra activos financieros (netos) por ............................... 25.000 Se pide: 1. Anotar las operaciones en las diferentes cuentas. 2. D eterminar el ahorro, capacidad de financiación (o necesidad) y el ahorro (o desahorro) financiero neto. 49. Las administraciones públicas de un país han realizado en un año las siguientes operaciones: 1. Han aumentado su deuda pública por valor de ................... 1.000 2. Han incrementado los créditos con instituciones financieras por .................................................................................... 50.000 3. Han aumentado sus activos financieros por valor de ......... 500 4. Recaudación por IVA ............................................................ 6.000 5. Pagos por intereses de la deuda pública .............................. 2.000 6. Subvenciones de explotación pagados ................................. 1.000 7. Transferencias de capital a empresas .................................. 1.000 8. Ingresos públicos por cuenta de capital .............................. 500 9. Sueldos y salarios pagados ................................................... 8.500
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
10. Impuestos sobre la renta ....................................................... 8.000 11. Cuotas de la Seguridad Social percibidas ........................... 7.000 12. Ahorro de las administraciones públicas ............................ 5.000 También se conoce que se han pagado transferencias a las familias y que se han realizado inversiones directas pero sus cuantías son desconocidas. Se pide: 1. Anotar las anteriores operaciones en las cuentas de renta, de capital y de operaciones financieras. 2. Determinar la cuantía de las transferencias y de la inversión pública. 3. Calcular la necesidad de financiación. 50. Una administración pública desahorra por importe de 25.000. Su desahorro financiero neto importa 70.000. ¿Cuál es el volumen de inversiones que ha realizado? Se supone que no hay ingresos por cuenta de capital. 51. Determinar el déficit de una Administración Pública cuyo ahorro es de 500 y cuyo desahorro financiero es de 2.000. Si no hay ingresos por cuenta de capital, ¿cuál es el gasto de capital de esa Administración? 52. Desde el punto de vista del gasto, ¿qué indicadores permiten conocer la dimensión del sector público en una economía? Explicar la respuesta.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 17. La Administración Central, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales y las Administraciones de la Seguridad Social. La Administración Central se halla integrada, a su vez, por el Estado, los organismos autónomos administrativos y los organismos independientes de carácter consultivo con personalidad jurídica propia. Paralelamente, las funciones de producción de bienes y servicios sin destino a la venta pueden ser realizadas por otros entes con ámbitos espaciales de competencias más reducidos y cuya composición constituye un trasunto o réplica de los órganos del Estado.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
18. El sector público en sentido estricto o restringido viene configurado por las Administraciones Públicas, que se hallan integradas por la Administración Central (que incluye el Estado y los organismos autónomos), las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales y las Administraciones de la Seguridad Social. Si al concepto de Administraciones Públicas se agrega el de Empresa Pública se obtiene el concepto de sector público en sentido amplio. 19. Falso. Empresas públicas son también las controladas por el Estado, por su capacidad de decisión y elevada participación en la propiedad del capital total de estas. 20. Por empresas públicas se entienden aquellas cuya actividad principal es la producción de bienes y servicios destinados al mercado y cuya propiedad y/o control son detentados por las Administraciones Públicas. La expresión «control» significa aquí control interno, es decir, el posible control sobre una empresa por la Administración Pública, en razón de su capacidad de decisión y su alta participación en la propiedad del capital total de la misma. Los sistemas de Contabilidad Nacional no suelen ofrecer ningún criterio concreto para definir a las empresas públicas, de modo que no las separan de las empresas privadas. En la práctica, cada país aplica sus propios criterios para demarcar el sector de empresas públicas dentro de la economía nacional. 21. En el mundo real la distinción entre las Administraciones Públicas y las Empresas Públicas no es siempre precisa. No obstante, mientras que la mayor parte de los bienes y servicios producidos por las empresas públicas se destinan al mercado, los producidos por las Administraciones Públicas tienen como misión fundamental proveer gratuitamente bienes y servicios a la sociedad y la de contribuir a la redistribución de la renta. 22. Falso. Ambas instituciones producen bienes y servicios. Sin embargo, en tanto que los producidos por las empresas públicas tienen como destino su venta en el mercado, los que producen las Administraciones Públicas no se mercadean, principalmente por la falta de mercado donde hacerlo. Estos últimos son bienes y servicios prestados gratuitamente a la sociedad y cuya financiación se realiza con cargo a pagos obligatorios (básicamente, impuestos y cuotas de la Seguridad Social) hechos por unidades pertenecientes a otros sectores.
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
23. Falso. No se integra en las Administraciones Públicas. Las empresas públicas y las Administraciones Públicas configuran lo que se denomina Sector Público en sentido amplio. 24. Falso. Las Administraciones de la Seguridad Social (Central y Autonómicas), la Administración Central, las Comunidaes Autónomas y las Corporaciones Locales integran las Administraciones Públicas o sector público en sentido estricto. El criterio seguido para diferenciar la Administración Pública Central de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales es territorial: en concreto, el alcance de la cobertura de sus respectivas competencias dentro del territorio nacional. En cambio, el adoptado para definir las Administraciones de la Seguridad Social tiene carácter institucional. En ellas se engloban todas las organizaciones que cumplen las funciones o prestan los servicios propios de dicha institución (seguros obligatorios y prestaciones sociales, servicios, en lo fundamental, generados de forma gratuita) y cuyos principales recursos provienen de las cotizaciones sociales obligatorias pagadas por otras unidades, con independencia del nivel territorial (central, autonómico o local) en que se agrupen. 25. Falso. Forman parte de las Administraciones Públicas o sector público en sentido estricto. No obstante, el sector público en sentido amplio lo componen el sector público en sentido estricto y las empresas públicas. 26. Por operación financiera se entiende todo ingreso o gasto que varíe la posición deudora o acreedora del sector público respecto a los demás agentes de la economía. Se consideran, pues, operaciones financieras aquellas que reflejan variaciones o bien en los activos, o bien en los pasivos financieros del sector público. En contraste, las operaciones no financieras no generan cambios en la posición acreedora o deudora del sector público. 27. a) A diferencia de las operaciones no financieras, las financieras generan cambios en la posición deudora o acreedora del sector público. b) Las unilaterales son operaciones que implican un flujo de gastos o ingresos sin contraprestación alguna, mientras que las bilaterales
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
consisten en flujos a los que corresponde algún tipo de contraprestación. En este grupo se incluyen, pues, todas las compras de bienes y servicios realizadas por las AA.PP., al darse en ellas la corriente real a la que se contrapone la corriente financiera en pago de esas compras. c) Las operaciones corrientes o por cuenta de renta se conciben como operaciones que alteran el nivel o la distribución de la renta de la sociedad, en tanto que las operaciones por cuenta de capital son aquellas que alteran el nivel o la distribución del stock de capital de la sociedad. 28. a) Operación financiera, con la que se reducen los pasivos financieros o la posición deudora del sector público. b) Operación no financiera por cuenta de capital. c) Operación no financiera por cuenta de renta. d) Operación financiera, con la que se incrementan los activos financieros del sector público. e) Operación financiera, con la que el sector público adquiere obligaciones de pago o pasivos financieros. 29. Verdadero. Contrariamente a la amortización de la deuda pública, operación de gasto del sector público que implica una reducción de su posición deudora, los intereses efectivos de la misma constituyen una operación no financiera por cuenta de renta, bilateral, en la que no se retribuye a ningún bien o factor productivo (y por tanto un gasto de transferencia), y que, como tal, altera la distribución de la renta de la sociedad. Se conciben, en fin, como una mera redistribución de rentas entre los particulares a través del sector público. 30. Se conceptúan como un gasto no financiero y de transferencia corriente por no retribuir a ningún bien o factor productivo. 31. Falso. Es una operación por cuenta de capital que se contabiliza en el lado derecho de la cuenta de adquisiciones de activos no financieros como formación bruta de capital (FBK).
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
32. El ahorro de las Administraciones Públicas equivale a la diferencia positiva entre la Renta Bruta Disponible y el consumo público, esto es, al saldo positivo de la cuenta de utilización de renta. El déficit público se identifica con la necesidad de financiación y equivale a la diferencia negativa entre los ingresos y los gastos (no financieros) por cuenta de capital. El ahorro financiero se corresponde con la diferencia positiva entre las variaciones de los activos financieros y las de los pasivos financieros, es decir, se equipara al saldo positivo de la cuenta de operaciones financieras. Asimismo, puesto que el ahorro de las Administraciones Públicas (o saldo de la cuenta de utilización de renta) es la primera partida de los recursos de la cuenta de capital, se deriva que la ecuación que representa la relación entre los saldos de las cuentas de utilización de renta, de capital y de las operaciones financieras, tal que [(Iy – Gy) + (IK – GK) = ∆AF – ∆PF], puede reducirse a la igualdad: IK – GK = ∆AF – ∆PF donde: Iy = ingresos por cuenta de renta. Gy = gastos por cuenta de renta. IK = ingresos por cuenta de capital. GK = gastos por cuenta de capital. ∆PF = incrementos de pasivos financieros. ∆AF = incrementos de activos financieros. Iy – Gy = ahorro o desahorro bruto de las Administraciones Públicas. IK – GK = capacidad o necesidad de financiación (siempre que IK incluya el ahorro público). ∆AF – ∆PF = ahorro o desahorro financiero. Igualdad que, en última instancia, expresa que, salvo discrepancias estadísticas, el déficit (superávit) público o, lo que es lo mismo, la necesidad (capacidad) de financiación (el lado izquierdo de la misma), equi-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
vale al desahorro (ahorro) financiero neto de las Administraciones Públicas (su lado derecho). 33. El ahorro es el saldo positivo de la cuenta de utilización de renta y se estima mediante la diferencia (positiva) de la Renta Disponible Bruta y el consumo público. El ahorro así estimado es, a su vez, la primera partida de los ingresos (o entradas) de la cuenta por cuenta de capital. Finalmente, las Administraciones Públicas cuentan con capacidad de financiación que se obtiene cuando los ingresos por cuenta de capital exceden a los gastos por cuenta de capital. 34. En el desarrollo de esta demostración ha de partirse de la notación apuntada en la pregunta 32. Asimismo, es sabido que la relación entre los saldos de las cuentas de utilización de renta, de capital y de las operaciones financieras pueden representarse analíticamente mediante la igualdad: (Iy – Gy) + (IK – GK) = ∆AF – ∆PF Pues bien, a la vista de esta ecuación se infiere claramente que para que el ahorro bruto de una Administración Pública (Iy – G y) coincida con el ahorro financiero de la misma (∆AF – ∆PF), ha de verificarse que: IK – GK = 0, o lo que es lo mismo, que IK = GK, esto es, que los ingresos y los gastos de capital tengan el mismo volumen. 35. Dada la expresión analítica de la conocida relación entre los saldos de las cuentas de utilización de renta, de capital y de operaciones financieras, tal que: (Iy – Gy) + (IK – GK) = ∆AF – ∆PF es claro que si en esa Administración Pública el ahorro (Iy – Gy) y los ingresos por cuenta de capital (IK) son nulos, tal expresión se convierte en: ∆AF = ∆PF – GK Igualdad que permite demostrar que para que el incremento de los activos financieros no varíe en un período (es decir, para que ∆AF = 0), el aumento de los pasivos financieros (∆PF) y los gastos por cuenta de capital han de coincidir.
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
36. Falso. Al igual que los préstamos del Estado a las empresas públicas, las compras públicas de acciones de una sociedad, constituyen un gasto que entraña un incremento de la posición acreedora de este agente público. Esta afirmación puede corroborarse, en términos analíticos, despejando el ahorro en la conocida expresión: Ahorro + (IK – GK) = ∆AF – ∆PF Esto es, a partir de la igualdad: Ahorro = (∆AF – ∆PF) – (IK – GK) A la vista de esta expresión, se tiene que si aumenta ∆AF, permaneciendo constante la diferencia (IK – GK), el ahorro, estimado por la diferencia entre los términos del lado de la igualdad anterior, aumentará. 37. Son correctas la b), la c), si la diferencia es negativa y el ahorro es un ingreso de capital, y, de no existir discrepancias estadísticas, también la d), porque la necesidad de financiación o déficit público efectivo (saldo negativo de la cuenta de capital) equivale al desahorro financiero neto (saldo o diferencia negativa de la cuenta de operaciones financieras). 38. Verdadero. El déficit público efectivo (o déficit no financiero) viene definido por el saldo de la cuenta de capital. Se conceptúan como operaciones no financieras las pertenecientes a alguna de estas dos categorías: a) O peraciones corrientes o por cuenta de renta (C/R), u operaciones que alteran el nivel o la distribución de la renta de la sociedad. Si los ingresos por cuenta de renta exceden a los gastos se obtendrá el ahorro de las Administraciones Públicas; por el contrario, una diferencia negativa implicará que esas Administraciones Públicas habrán generado desahorro. b) O peraciones por cuenta de capital (C/K), que, como su propio nombre indica, son aquellas que alteran el nivel o la distribución del stock de capital de la sociedad. Esta cuenta describe las operaciones de inversión del Sector Público en activos no financieros y su financiación, y en ella el ahorro de las Administraciones Públicas es la
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
primera partida de los ingresos (o entradas). Pues bien, igual que en la cuenta de utilización de renta, si en la cuenta de capital la suma de los ingresos excediese a la de los gastos, el sector público tendría capacidad de financiación, pero si obtuviese el resultado opuesto, experimentaría necesidad de financiación, un concepto que se identifica con el de déficit público efectivo y que informa sobre los recursos que éste demanda de otros sectores institucionales. 39. Verdadero. Por déficit efectivo o total puede entenderse la suma de un componente discrecional, no dependiente de las oscilaciones de la actividad económica, y de un componente automático asociado al ciclo económico. Dentro del déficit discrecional hay que separar, a su vez, una parte estructural en sentido estricto, derivada de esquemas o fórmulas permanentes en el comportamiento del Sector Público, de otra ocasional, proveniente de cambios de duración temporal limitada en los ingresos o los gastos, adoptados por el imperativo de una situación extrema. No obstante, por dificultades de medición, en los análisis presupuestarios habituales es infrecuente encontrar esa distinción entre las partes estructural y ocasional del déficit discrecional. Tal vez por ello algunos autores y, sobre todo, organismos internacionales siguen denominando déficit estructural al componente discrecional del déficit efectivo. 40. El déficit público efectivo se define por la diferencia entre los gastos y los ingresos por cuenta de capital (GK – IK), siempre que esos ingresos incluyan el ahorro. A su vez, es sabido que, salvo discrepancias estadísticas, esa diferencia entre los gastos y los ingresos por cuenta de capital es igual a la diferencia entre los incrementos de los pasivos financieros y los incrementos de los activos financieros (∆PF – ∆AF); esto es, que [GK – (IK + A)] = ∆PF – ∆AF donde A significa ahorro. De otra parte, puesto que el déficit primario se estima restando al déficit efectivo los intereses de la deuda pública; es decir, que: [GK – (IK + A)] – intereses efectivos = (∆PF – ∆AF) – intereses efectivos o, lo que es lo mismo, que Déficit primario = (∆PF – intereses efectivos) – ∆AF
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
Expresión que demuestra que el déficit primario equivale al incremento experimentado por los pasivos financieros menos los intereses de la deuda pública menos el incremento de activos financieros. 41. Se trata de una operación real por cuenta de renta, combinada con operación financiera, porque implica un aumento de la posición deudora del ayuntamiento. 42. Existe necesidad de financiación, en una cuantía de 300, la diferencia (negativa) entre las 1.200 (suma de los ingresos de capital y el ahorro) y 1.500 (los gastos de capital). 43. El saldo de la cuenta de operaciones financieras o ahorro financiero neto es igual a 12.000 = (20.000 – 8.000). A su vez, el ahorro financiero neto equivale a la suma del ahorro y la diferencia entre los ingresos por cuenta de capital y los gastos por cuenta de capital (5.000), de modo que (ahorro + 5.000 = 12.000), y, por consiguiente, el ahorro es igual a 7.000. 44. Esta operación supone una variación de las posiciones deudora y acreedora de la Administración Pública. La amortización de la mitad del principal se anotaría en la cuenta de operaciones financieras como una disminución de pasivos financieros, al reflejar una disminución de la posición deudora del sector público. La renovación por un año de la otra mitad de la deuda pasaría a anotarse en la cuenta de operaciones financieras, como incremento y disminución simultánea de los pasivos financieros, por suponer un aumento y una disminución de la posición deudora del sector público. El pago de los intereses de la deuda pública se anotaría en la cuenta de renta como un gasto por cuenta de renta. Finalmente, esta operación no se anotaría en la cuenta de capital, por cuanto no implicaría ningún ingreso ni ningún gasto de esta naturaleza. 45. Los datos que se facilitan en el enunciado del ejercicio son: Valor Añadido Bruto (VAB) = 7.000 Consumo intermedio = 2.500 Renta Disponible Bruta (RDB) = 10.000 Excedente Bruto de Explotación (EBE) = 600
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Se sabe también que: Ahorro Bruto = RDB – Consumo público Remuneración de los asalariados = VAB – EBE Consumo Público = Consumo intermedio + Remuneración asalariados + EBE Pues bien, con tales datos y definiciones, se obtiene que: 1. Remuneración de asalariados = 7.000 – 600 = 6.400 2. Consumo público = 2.500 + 6.400 + 600 = 9.500 En consecuencia, Ahorro Bruto = RDB – Consumo público = 10.000 – 9.500 = 500 46. La contabilización de las operaciones de esta supuesta Administración Pública se realizará tal como sigue: a) Cuenta de renta Recursos
Cuenta de asignación de la renta primaria
Impuestos indirectos
5.000
Ingresos de la propiedad
2.000
Intereses deuda pública Rentas primarias
Recursos Rentas primarias
6.500
Impuestos directos
3.000
Recursos Renta disponible
34
Cuenta de distribución secundaria de la renta
500 6.500 Empleos
Transferencias por cuenta de renta
4.000
Renta disponible
5.500
Cuenta de utilización de la renta disponible 5.500
Empleos
Empleos
Gastos en Consumo (= RD-Ahorro)
4.500
Ahorro
1.000
Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
b) Cuenta de capital Recursos
Cuenta de variaciones del patrimonio neto
Ahorro
1.000
Ingreso por cuenta de capital
Recursos
Empleos
Transferencias de capital
2.000
Variaciones del patrimonio neto
–500
500
Cuenta de adquisición de activos no financieros
Variaciones del patrimonio neto
–500
Empleos
Formación Bruta del Capital (FBK) Necesidad de financiación
–500-FBK
c) Cuenta de Operaciones Financieras Δ Pasivos financ.
Cuenta de operaciones financieras Δ Activos financ.
Incremento de pasivos financieros
10.000
Incremento de activos financieros Desahorro financiero
3.000 –7.000
Respuestas: 1. La Renta Disponible asciende a 5.500, valor del saldo de la cuenta de distribución secundaria de la renta. 2. El consumo público se cifra en 4.500, importe estimado por la diferencia entre la renta disponible y el ahorro (saldo de la cuenta de utilización de la renta disponible). Asimismo, dado que el saldo de la cuenta de operaciones financieras expresa un desahorro financiero (o necesidad de financiación) de 7.000 y este saldo coincide con el de la cuenta de adquisiciones de activos no financieros, se tiene que: 2.000 + FBK – 1.500 = 7.000 500 + FBK = 7.000 FBK = 6.500 La Formación Bruta de Capital asciende, pues, a 6.500
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
47. 1. He aquí la contabilización de las operaciones de esta supuesta Administración Pública. a) Cuenta de Renta Recursos
Cuenta de asignación de la renta primaria
Subvenciones
–1.000
Intereses deuda pública
50
Pago de alquileres
20
Rentas primarias Recursos
Cuenta de distribución secundaria de la renta
Rentas primarias
–1.070
Recaudación IRPF
Subsidios
–1.070 Empleos 300
1.000 Renta disponible
Recursos
Empleos
Cuenta de utilización de la renta disponible
Renta disponible
–370
Sueldos y salarios Compra de bienes y servicios Ahorro
–370 Empleos 500 80 –950
b) Cuenta de Capital Recursos
Cuenta de variaciones del patrimonio neto
Ahorro
–950
Impuesto sobre el capital
10
Venta de un edificio
140 Variaciones del patrimonio neto
Recursos
Cuenta de adquisición de activos no financieros
Variaciones del patrimonio neto
–800
–800 Empleos
Compra del edificio
200
Compra del solar (1)
400
Necesidad de financiación
36
Empleos
1.400
Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
c) Cuenta de Operaciones Financieras Δ Pasivos Financ.
Cuenta de Operaciones financieras Δ Activos Financ.
Compra del solar (1)
400
Emisión deuda pública
Compra obligaciones de una empresa
100
1.100
(X + 400 = 1.400 + 100) Desahorro financiero
1.400
(1) La compra del solar con aplazamiento del pago es una operación que combina características de “operaciones no financieras” y de “operaciones financieras”. Tal operación habría de calificarse, en principio, como operación por cuenta de capital, en tanto en cuanto alteraría el stock de capital del sector público, pero como la compra se realizaría a plazos, lo que supondría un aumento de la posición deudora del sector público, se trataría, por definición, de una operación financiera.
2. Desahorro = 950 Necesidad de Financiación (déficit efectivo)= 1.400 Deuda pública emitida (X) = 1.100 (sabiendo que X + 400 – 100 = 1.400) Déficit primario = 1.350 (diferencia entre el déficit efectivo o necesidad de financiación y los intereses de la deuda) 48. 1. Las operaciones de esta supuesta Administración Pública se contabiliza tal y como se expone a continuación: a) Cuenta de Renta Recursos
Cuenta de asignación de la renta primaria
Recaudación IVA
Recursos
55.000
Intereses deuda pública
10.000
Rentas primarias
45.000
Cuenta de distribución secundaria de la renta
Rentas primarias
45.000
Recaudación IRPF
100.000
Cuotas de la Seguridad Social
Empleos
Transferencias a las familias
Empleos 10.000
5.000 Renta disponible
140.000
37
Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Recursos
Cuenta de utilización de la renta disponible
Renta disponible
140.000
Empleos
Sueldos y salarios
80.000
Ahorro
60.000
b) Cuenta de Capital Recursos
Cuenta de variaciones del patrimonio neto
Ahorro
60.000
Transferencias de capital
Recursos
Empleos
Transferencias de capital pagadas
40.000
Variaciones del patrimonio neto
25.000
5.000
Cuenta de adquisición de activos no financieros
Variaciones del patrimonio neto
25.000
Empleos
Inversión pública
50.000
Necesidad de financiación
25.000
c) Cuenta de Operaciones Financieras Δ Pasivos Financ. Emisión deuda pública
Cuenta de operaciones financieras Δ Activos Financ. 50.000
Compra activos financieros Desahorro Financiero
25.000 –25.000
2. El ahorro (diferencia entre los recursos y los empleos de la cuenta de utilización de la renta disponible) es de 60.000, importe que pasa a contabilizarse como la primera partida de los recursos de la cuenta de variaciones de patrimonio neto. A su vez, la diferencia entre los recursos y los empleos de la cuenta de adquisiciones de activos no financieros arroja una necesidad de financiación de 25.000. Por último, en la cuenta de operaciones financieras se obtiene un desahorro financiero de 25.000, diferencia entre los valores de la deuda pública emitida y los activos financieros comprados.
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
49. 1. Tales operaciones se anotan en las citadas cuentas como sigue: a) Cuenta de Renta Recursos
Cuenta de asignación de la renta primaria
Recaudación IVA
6.000
Subvenciones de explotación
Recursos
Intereses deuda pública
2.000
Rentas primarias
3.000
–1.000
Cuenta de distribución secundaria de la renta
Rentas primarias
3.000
Impuestos sobre la renta
8.000
Cuotas de la Seguridad Social
7.000
Transferencias a las familias
Renta disponible Recursos
Cuenta de utilización de la renta disponible
Renta disponible
Empleos
18.000-X
Empleos X
18.000-X Empleos
Sueldos y salarios
8.500
Ahorro
5.000
b) Cuenta de Capital Recursos
Cuenta de variaciones del patrimonio neto
Ahorro
5.000
Ingresos por cuenta de capital
Recursos
Transferencias capital a empresas
1.000
Variaciones del patrimonio neto
4.500
500
Cuenta de adquisición de activos no financieros
Variaciones del patrimonio neto
Empleos
4.500
Inversiones Necesidad de financiación =
Empleos Y 4.500-Y
c) Cuenta de Operaciones Financieras Δ Pasivos Financ.
Cuenta de operaciones financieras Δ Activos Financ.
Aumento deuda pública
1.000
Incremento de créditos
50.000
Aumento activos financieros Desahorro financiero
500 50.500
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
2. Las Transferencias a las familias se cifran en 4.500. En efecto, puesto que los recursos o ingresos de la cuenta de distribución secundaria de la renta han de coincidir con la suma de los empleos o gastos de esta misma naturaleza y del ahorro y que este ahorro asciende a 5.000, se tiene, por turno, que: 21.000 = 11.500 + transferencias + 5.000 Transferencias = 4.500 Por otra parte, dado que el saldo de la cuenta de operaciones financieras expresa un desahorro financiero de 50.500 y que este saldo coincide con el de la cuenta de adquisición de activos no financieros (incluido el ahorro en los ingresos), se tiene también, sucesivamente que: 5.500 – (1.000 + inversiones) = – 50.500 3. Inversiones = 55.000 Estimadas así las inversiones, se obtiene finalmente una necesidad de financiación de 50.500, el saldo negativo de la cuenta de adquisición de activos no financieros. 50. Habida cuenta de que el saldo de la cuenta de operaciones financieras expresa un desahorro financiero neto de 70.000 y que este saldo es igual al de la cuenta de capital, se deriva, por orden, que: ∆PF – ∆AF = –70.000 IY – GY = –25.000
y, puesto que este saldo por cuenta de renta es formalmente la primera partida de los ingresos por cuenta de capital, se obtiene que: –25.000 – GK = –70.000 GK = Inversión = 45.000
51. A la vista de los datos que nos proporciona el enunciado del ejercicio, se tiene que: 500 + (0 - Gk) = –2.000. El déficit es de 2.000 y el gasto de capital (Gk) de esa Administración Pública es, por tanto, de 2.500.
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Sector público. Delimitación, operaciones y contabilización
52. Cinco son los indicadores más destacados de la dimensión del sector público por el lado de los gastos: a) La ratio del gasto público total no financiero respecto al PIB (GP total/PIB), que representa el peso del sector público en la economía nacional. b) La ratio del gasto público real respecto al PIB (GP real/PIB), que informa sobre la fracción o porción de recursos reales de la economía que absorbe el sector público por la vía del gasto público. c) La ratio de la inversión pública respecto a la inversión global de una economía. Hace referencia a la participación del sector público en una actividad económica concreta. d) La ratio del empleo público respecto al empleo total de una economía. e) La ratio del valor añadido bruto (o producción final) generado directamente por el sector público respecto a la Renta Nacional (VAB/RN).
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Lección 3 EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO
Glosario de términos y conceptos • Presupuesto público • Ciclo presupuestario • Preparación presupuestaria • Discusión presupuestaria • Gastos comprometidos • Ejecución presupuestaria • Propuesta y justificación del gasto • Ordenación del gasto • Intervención y aprobación del gasto • Ordenación del pago • Realización del pago • Contabilización del pago • Intervención y control presupuestario • Control administrativo (o interno) • Control jurisdiccional (o externo) • Tribunal de cuentas • Control político • Principios presupuestarios clásicos • Principio de Competencia • Principio de Unidad • Principio de Unidad de Caja • Principio de Universalidad
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Principio de Presupuesto Bruto • Principio de Especialidad • Especialidad cuantitativa • Especialidad cualitativa • Especialidad temporal • Principio de Especificación • Principio de Anualidad • Principio de Ejercicio Cerrado • Cuenta de Resultas • Principio de Claridad Contable • Principio de Publicidad • Principio de no afectación • Principio de no adscripción • Principio de minimización y limitación del gasto • Principio de neutralidad impositiva • Principio del presupuesto equilibrado anualmente • Equilibrio económico • Equilibrio formal o contable • Principio de la deuda pública autoliquidable • Gastos e ingresos ordinarios • Gastos e ingresos extraordinarios • Gastos fiscales • Créditos suplementarios • Créditos extraordinarios • Transferencias de crédito • Créditos plurianuales • Créditos provisionales • Prórroga presupuestaria • Presupuesto bienal • Créditos de compromiso • Leyes de programa
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El presupuesto del sector público
• Presupuesto clásico, tradicional, administrativo o de medios • Incrementalismo • Presupuesto de Caja o del Tesoro • Tesoro público • Presupuesto de las Cuentas de la Renta Nacional • Clasificación funcional del gasto o del ciudadano • Funciones públicas • Servicios generales • Servicios comunitarios • Servicios sociales • Servicios económicos • Presupuesto de ejecución, por actividades o tareas (Performance Budget) • Actividades o tarea • Estructura de programas • P resupuesto y Dirección por Objetivos (Budgeting and Management by Objectives) • Objetivos • Presupuesto con Base Cero (Zero Base Budgeting) • Unidades de decisión • Paquetes de decisión
• Presupuesto por Programas (Planning Programming Budgeting System) CUESTIONES Y EJERCICIOS 53. Exponer el concepto de presupuesto y enumerar las características esenciales que debe reunir este mandato del legislativo al ejecutivo. 54. Si el Legislativo es el poder soberano en la decisión presupuestaria ¿por qué la elaboración o preparación del presupuesto la hace el Gobierno? 55. ¿Qué se entiende por ciclo presupuestario y en qué fases se articula este concepto?
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
56. ¿En qué consiste el llamado «descargo del ejecutivo»? 57. Enunciar los principios políticos clásicos del presupuesto. 58. ¿En qué se diferencian los principios de especialidad cuantitativa y de especialidad cualitativa? 59. Explicar en qué consisten los principios políticos presupuestarios clásicos de universalidad y especialidad y cuáles son sus principios contables. 60. En el presupuesto de un país, los ingresos públicos se registran netos de los gastos que genera su recaudación. ¿Qué principio presupuestario clásico se incumple? 61. Las transferencias de «créditos» presupuestarios entre diferentes partidas, ¿qué principio presupuestario incumplen? Explicar la respuesta. 62. Una práctica presupuestaria muy habitual en España es la existencia de créditos ampliables. Esto es, el parlamento aprueba unos gastos iniciales en ciertas partidas que el ejecutivo puede ampliar sin necesidad de una nueva autorización por el legislativo. ¿Qué principio presupuestario clásico incumple esta práctica? 63. En la legislación presupuestaria de un país existe esta norma: «El gobierno, en caso de necesidad, podrá aplicar los excedentes de unas partidas presupuestarias a otros conceptos distintos de los inicialmente previstos siempre que no se rebase la cuantía total del gasto previsto en cada sección presupuestaria» ¿Qué principio clásico incumple? 64. Los remanentes del presupuesto de un ejercicio no deben incorporarse al presupuesto del ejercicio siguiente. ¿Cómo se denomina este principio contable del presupuesto? 65. En el presupuesto, según el criterio de las cuentas nacionales, los ingresos públicos se atribuyen al ejercicio en que se cobran y los gastos públicos al ejercicio en que se pagan. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 66. ¿Qué propone la regla del ejercicio cerrado? 67. ¿Qué razones cree Vd. que justifican la defensa del equilibrio presupuestario, tal como lo hicieron los economistas clásicos?
46
El presupuesto del sector público
68. Enunciar los principios presupuestario clásicos de carácter económico. 69. La teoría de J. M. Keynes supuso una ruptura con el equilibrio presupuestario. ¿Por qué? 70. El proceso presupuestario está sometido a dos tipos de control, uno interno y otro externo. ¿En qué consisten cada uno de ellos y quién lo ejercita? 71. El hermetismo informativo del presupuesto administrativo tradicional, clásico o de medios, ha impulsado la búsqueda de nuevas fórmulas presupuestarias para el logro de una asignación eficiente y eficaz de los recursos. ¿De qué insuficiencias y deficiencias informativas adolece el presupuesto administrativo tradicional? 72. El problema de lograr una asignación eficiente de los recursos públicos no se planteó en el presupuesto tradicional. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 73. ¿Qué diferencia existe entre las clasificaciones orgánica, económica y funcional del gasto público? 74. En su forma primitiva la clasificación funcional del presupuesto no es un elemento decisivo en la elección presupuestaria. Explicar esta proposición. 75. Cuando se afirma que la regla del «incrementalismo» es la forma rutinaria de gestación del proceso presupuestario bajo el presupuesto tradicional o de medios, ¿qué quiere decirse con ello? 76. El PPBS es: a) U n método de elección presupuestaria para sustituir la experiencia o el buen criterio de quien realiza la elección. b) Una elección dictada por ordenador. c) U n intento de integrar la formulación de políticas con la asignación presupuestaria de recursos. d) U n método de elección que sólo toma en cuenta las magnitudes económicas.
47
Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
77. Enumerar las principales exigencias para el éxito del PPBS, tal como se deduce de la experiencia norteamericana. 78. Principales características del Presupuesto de Ejecución o de Tareas. 79. ¿Cuál es la principal pretensión del presupuesto con base cero? 80. El presupuesto de Ejecución o de Tareas se preocupa de gestionar eficientemente unos recursos dados. ¿Con base en qué sistema presupuestario se deciden las cifras de gastos de cuya administración eficiente debe ocuparse el presupuesto de Ejecución? 81. ¿Cuál es la preocupación básica de un presupuesto por programas? ¿Las actividades, los productos o el grado de satisfacción de las necesidades sociales? Explicar la respuesta. 82. ¿Qué diferencia existe entre actividades y productos públicos? Póngase un ejemplo. 83. Explicar los puntos clave de un presupuesto por programas. 84. Explicar las principales diferencias entre un presupuesto de ejecución y un presupuesto por programas. 85. Cuando se afirma que el presupuesto de Ejecución o de Tareas puede llevar a una administración eficiente de los recursos pero en una dirección inadecuada, ¿qué se quiere decir? 86. Desde el punto de vista económico, lo fundamental del presupuesto de Ejecución o de Tareas es que incorpora el análisis coste-beneficio de los proyectos de gasto público. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 87. El denominado «presupuesto de Ejecución de Tareas» ofrece información sobre la adecuación de los servicios públicos a las necesidades sociales. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 88. Se afirma que el presupuesto en base cero rompe con la regla del «incrementalismo» ¿qué quiere decir esto?
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RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 53. El presupuesto es el resumen sistemático, confeccionado en períodos regulares, de las previsiones, en principio obligatorias, de los gastos proyectados y de las estimaciones de los ingresos previstos para cubrir dichos gastos. Entre sus notas características fundamentales, pueden destacarse las cinco siguientes: a) Consiste en un acto de previsión, no una realización. b) Equilibrio formal o contable entre ingresos y gastos públicos: los gastos públicos presupuestados han de cubrirse, en términos contables, con alguna suerte de ingresos. c) R ecurrencia. El presupuesto debe elaborarse regular o periódicamente, por lo general anualmente. d) Lenguaje contable. Por definición, en él, de acuerdo con un criterio orgánico, junto a cada órgano público registrado, se anotan los gastos que se le programen y los ingresos que se le estimen. e) Carácter normativo. El presupuesto tiene rango de ley y es de obligado cumplimiento en todos los países. 54. Por dos hechos significativos relacionados con la crisis de los principios presupuestarios clásicos en general y del principio de competencia, preconizador de la división de poderes, en particular. El primero es el reforzamiento del Ejecutivo con el transcurso del tiempo. La capacidad de este poder para influir en las decisiones presupuestarias ha crecido con el tiempo de tal manera que en la actualidad, tomando como referencia el presupuesto que él elabora y el que aprueba el Legislativo, el 80% del presupuesto que acaba aprobándose se corresponde con propuestas del Ejecutivo. El segundo es la ya histórica tendencia de los parlamentos a imponerse autolimitaciones, como fruto del profundo calado de preceptos como el del gasto público mínimo en las pautas de elaboración del presupuesto. 55. La confección del presupuesto es un proceso que abarca, aproximadamente, un período de tres años. Conocido como ciclo presupuestario, este proceso se articula en cuatro fases: preparación, discusión y aprobación, ejecución, intervención y control.
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56. Con este término se conoce la situación en la que, de acuerdo con el informe elevado por el Tribunal de Cuentas al Parlamento, se «descarga» o exonera al Ejecutivo de cualquier responsabilidad en la ejecución del presupuesto por haber cumplido satisfactoriamente este mandato del Legislativo. 57. Los principios políticos clásicos del presupuesto responden a las siguientes rúbricas: competencia, unidad, universalidad, especialidad, anualidad y publicidad. 58. En virtud del principio de especialidad cuantitativa, el límite máximo de la cuantía del gasto viene definido por los recursos (volumen de dinero) fijados en el presupuesto. Con arreglo al principio de especialidad cualitativa, los recursos han de gastarse en las partidas definidas en el presupuesto. 59. Según el Principio de Universalidad, todos los ingresos y gastos deben venir expresados o reflejados por separado, de tal modo que la Administración Pública sólo debe ejecutar el contenido del documento presupuestario. (Las contingencias imprevistas no pueden ser recogidas en el documento presupuestario, lo que, en muchos, plantea la necesidad de elaborar presupuestos especiales con tal carácter). La norma o principio de la universalidad tiene su versión contable en el Principio de Presupuesto Bruto, criterio conforme al cual los gastos e ingresos deben anotarse de forma separada por sus valores brutos (no debe sumárseles ni restárseles ninguna magnitud o coste). El Principio de Especialidad postula que el presupuesto sea ejecutado siguiendo el mandato del legislativo en cuanto a volumen y epígrafes. La traducción contable de éste principio clásico es el Principio de Especificación, que establece que las partidas presupuestarias deben desglosarse hasta los límites estrictos en los que el legislativo haya aprobado el presupuesto. 60. El principio contable de Presupuesto Bruto, versión contable del principio político de Universalidad, criterio por el cual los gastos e ingresos deben anotarse por separado según sus valores brutos. La recaudación de los impuestos, por ejemplo, aparecerá en el presupuesto de ingresos por sus valores brutos, esto es, sin descontar sus costes de gestión, ins-
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pección y vigilancia, que deben aparecer en el lugar correspondiente del presupuesto de gastos. Este principio cobra sentido en tanto en cuanto el presupuesto se rige por un sistema contable administrativo. 61. El Principio de Especialidad cualitativa, en virtud del cual el ejecutivo sólo debe gastar en el artículo o la sección determinados en el presupuesto o, lo que es igual, no puede realizar transferencias de crédito entre partidas presupuestarias. 62. El Principio de Especialidad cuantitativa, en el sentido de que las cifras presupuestarias operan a modo de límite cuantitativo en la actividad financiera pública. Es decir, el ejecutivo no debe superar el límite fijado en cada partida presupuestaria en ninguno de los conceptos contemplados en el presupuesto. 63. El Principio político de Especialidad cualitativa, por las razones expuestas en la respuesta a la pregunta 61. 64. El principio de Especificación temporal, traducción contable del principio político de especialidad temporal, que postula que los gastos presupuestarios deben realizarse —contraerse, asignarse y pagarse— dentro del plazo o período de vigencia del presupuesto, esto es, por el tiempo al que el presupuesto se refiera. 65. Falso. Básicamente, este criterio prescribe que el registro de ingresos y gastos debe realizarse, no en el momento en que se contraiga la obligación o el derecho, ni tampoco en el que unos y otros se produzcan, sino en el que surtan efectos en la economía, al constituir el análisis de estos efectos económicos el objetivo básico del sistema contable. Las operaciones del sector público a efectos de la Contabilidad Nacional deben referirse al ejercicio en el que generan sus efectos económicos, lo que en lenguaje contable significa que deben computarse según un criterio de devengo y no un criterio de caja. 66. Se trata de la versión contable del principio político de anualidad. Postula que, una vez que finaliza el período presupuestario, no podrán comprometerse nuevos gastos. Esto significa que aquellos pagos de gastos ya comprometidos, pero no realizados por falta de tiempo, se registrarán en una cuenta especial denominada cuenta de resultas.
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67. La principal es que el recurso al endeudamiento por parte del Estado para cubrir el déficit implicaría tomar de la sociedad unos recursos que, de otro modo, la iniciativa privada podría emplear de forma más rentable o productiva. Por extensión, el recurso a la Deuda Pública sólo estaría justificado como medio de financiación de inversiones autoliquidables (nunca de gastos de consumo corriente de los entes públicos) o, en su defecto, inversiones que generasen al menos rendimientos o beneficios de carácter social. 68. Cuatro son los principios presupuestario clásicos de carácter económico: el principio del gasto público mínimo (también denominado dogma del mal necesario), el de neutralidad de la imposición, el de equilibrio presupuestario anual (regla de oro) y el de la deuda pública autoliquidable. 69. Porque, a diferencia de los economistas clásicos, para quienes el equilibrio presupuestario anual (regla de oro del presupuesto clásico) debería lograrse con independencia de la situación de la coyuntura económica, Keynes sostiene que el presupuesto debe considerar la situación económica general y tratar de compensar los movimientos del consumo y de la inversión privada. De la teoría económica keynesiana derivaría, en efecto, un enfoque conocido en lo sucesivo con la expresión Enfoque funcional de la Hacienda Pública, que privaría de sentido a los principios financieros clásicos en general y al principio del equilibrio presupuestario en particular, al concebir que, lejos de existir normas rígidas para una gestión pública eficaz, habría de actuarse sobre los impuestos, los gastos, etc., dependiendo de cuál fuese la situación económica del momento. 70. El control interno (o administrativo) es llevado a cabo por la propia Administración Pública para autocontrolar su gestión, y lo realizan dos organismos básicos de la organización financiera: la Intervención General de la Administración del Estado y la Inspección de los Servicios de Hacienda. Con la actuación de estos organismos la hacienda se forja una idea acerca de cómo se cumple el mandato presupuestario y en qué sentido, si alguno, se producen desviaciones de él. El control externo (o jurisdiccional) no es sino la auditoría de la ejecución presupuestaria. Su realización compete a un órgano formalmente
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independiente del Ejecutivo y dependiente del Parlamento: el Tribunal de Cuentas. La función fundamental de este órgano en el ámbito presupuestario consiste en informar al Parlamento sobre el grado de cumplimiento del mandato del legislativo, tras el análisis de las cuentas que a tales efectos le remite el Ejecutivo. El informe ha de realizarse y elevarse en el plazo de un año, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del siguiente al de aplicación del presupuesto. 71. El Presupuesto Clásico o Administrativo es una previsión de los gastos e ingresos públicos que los órganos del Estado y los servicios de su administración precisan para funcionar o ampliar el área de su quehacer. El presupuesto clásico respondiendo a su carácter de presupuesto de medios, muestra cómo gasta el Estado (es decir, cómo gastan los servicios públicos en distintos objetos materiales para asegurar su continuidad), pero no para qué ni por qué lo hace. Esto es, expone qué gastos pueden sostener la existencia de unos servicios públicos, pero no informa sobre las funciones que estos gastos públicos permiten desempeñar, ni garantiza que los bienes y servicios producidos cubran realmente las necesidades sociales. Otras insuficiencias informativas, desde la perspectiva de su conexión con las variables convencionales del análisis económico de una sociedad, son su falta de idoneidad para detectar los efectos de los ingresos y gastos públicos sobre la liquidez del sistema económico, así como su imposible utilización para apreciar los efectos económicos de los programas de ingresos y gastos públicos sobre las partidas que integran la contabilidad nacional de un país y el nivel de su actividad económica. 72. Falso. Se planteó y se intentaba resolver mediante unas reglas empíricas de dudosa validez (control artículo por artículo, diferencias, plafond, etc.), que denotaban la preocupación por el tema, aunque en forma subordinada al problema esencial del control de ejecución. 73. En la clasificación orgánica, los gastos (y los ingresos) se distribuyen de acuerdo con un criterio administrativo u orgánico, mostrándose la distribución de competencias de gasto por centros u órganos gestores del Sector Público. Se trata de una previsión de los gastos (e ingresos) necesarios para el funcionamiento a largo plazo de los órganos y servicios de la administración.
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La clasificación económica presenta los gastos y los ingresos agrupados en capítulos (operaciones no financieras y operaciones financieras) que pueden integrarse en la contabilidad nacional y que permite por tanto analizar el impacto de la actividad pública sobre la actividad económica nacional. La clasificación funcional, también conocida como clasificación del ciudadano, informa a los contribuyentes sobre los principales propósitos perseguidos por los programas de actuación pública, facilitando la comparación sobre el comportamiento del sector público en el espacio y en el tiempo. El Sistema Europeo de Cuentas (SEC) clasifica el gasto de acuerdo con cuatro funciones generales (cada una de las cuales comprende, a su vez, cinco subfunciones): los servicios generales, los servicios comunitarios, los servicios sociales y los servicios económicos. 74. En efecto, es así porque la clasificación funcional se elabora después de haber determinado las cifras presupuestarias, mediante la agrupación en funciones de las partidas aprobadas tomando como base el presupuesto administrativo tradicional. 75. Quiere decirse que en el presupuesto clásico, tradicional o de medios la práctica empleada por el Parlamento para aprobar el presupuesto consiste en la exclusiva discusión de las variaciones o incrementos en las partidas presupuestarias de los distintos departamentos, tomando como base las del presupuesto del año anterior. Se trata, por tanto, de una técnica presupuestaria carente de toda racionalidad económica, pues centra el debate presupuestario en los incrementos de créditos en lugar de las cifras totales solicitadas por los organismos administrativos. 76. Cierta la alternativa c), que reproduce en síntesis la definición de Schultze. 77. —— Análisis sistemático de los efectos de cada programa alternativo, como base de las elecciones presupuestarias. —— Formación interdisciplinaria del personal, o equipo integrado por sociólogos, economistas, políticos, psicólogos, etc.
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—— Desarrollo de medidas de coste y resultados y técnicas de análisis y evaluación, tales como la experimentación, el análisis de sistemas, el análisis coste-efectividad y el análisis coste-beneficio. —— Información contable y estadística e información acerca de cómo se están ejecutando los programas para proceder, si acaso, al reajuste de programas y objetivos. —— Estimaciones plurianuales para los objetivos cuya consecución precise de varios años. —— Apoyo jerárquico y fuerte liderazgo a todos los niveles para que las exigencias presupuestarias se ejecuten de forma continuada. 78. a) Presupuesto basado en una clasificación funcional del gasto, que agrupa el gasto público por actividades o tareas que debe realizar cada servicio o unidad administrativa. b) Es un instrumento útil para una gestión presupuestaria eficiente. Permite analizar el coste de las actividades o tareas y decidir sobre la organización y gestión de las mismas. c) Se trata de una fórmula presupuestaria especialmente indicada para unidades públicas cuyo output sea difícil de evaluar (incluso con un indicador) y donde las tareas estén casi predeterminadas. 79. La contención y control del crecimiento del gasto público, abandonando la práctica del incrementalismo en las peticiones de crédito como técnica de discusión y aprobación del presupuesto y sustituyéndola por la discusión y aprobación de las cifras totales de los departamentos. En consecuencia, se propone romper con el incrementalismo, exigiendo la justificación desde el primer euro de gasto. 80. El objetivo que persigue el Presupuesto de Ejecución o de Tareas es el de maximizar la eficiencia en la gestión de los servicios públicos, facilitando a los directivos su evaluación en las unidades operativas, mediante una clasificación del presupuesto en términos de las funciones del sector público y la elaboración de medidas del coste de los recursos utilizados. Se considera que toda clasificación funcional al servicio de un Presupuesto de Ejecución debe identificar las funciones públicas, programas y actividades o tareas.
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81. La eficacia a largo plazo en la satisfacción de las necesidades sociales, mediante la planificación, análisis y evaluación continuada de los programas públicos. 82. Por actividades se entiende el conjunto de actuaciones públicas desarrolladas, con inputs o recursos humanos y materiales, en el proceso de producción de bienes y servicios públicos. En un sistema presupuestario de Ejecución, tareas o actividades, las tareas o actividades en la producción de servicios sanitarios serían, por ejemplo, los análisis o radiografías realizadas, las inversiones quirúrgicas, etc. A su vez, los productos públicos se equiparan a productos finales, resultados inmediatos o bienes y servicios que esperan obtenerse en el proceso productivo. En el presupuesto por Objetivos, son productos públicos —siguiendo con el ejemplo de los servicios sanitarios— la reducción de la tasa de mortalidad infantil o del período de estancia media hospitalaria por enfermo tratado o intervenido, entre otros. En el PPBS, sin embargo, el objetivo no es tanto elevar los productos (servicios) públicos (en nuestro ejemplo, reducir al máximo la tasa de mortalidad o el período de hospitalización), cuanto adecuar esos productos o servicios públicos a las necesidades sociales: en el caso comentado, elevar el estado general de la salud y ampliar la cobertura sanitaria. 83. Se trata de un sistema presupuestario que se basa en las técnicas de planificación y análisis de programas públicos alternativos, y en el que los programas de ingresos y gastos se conciben como uno de los instrumentos al servicio de los objetivos generales de la Administración. Su objetivo es la eficacia a largo plazo en la satisfacción de las necesidades sociales o problemas públicos, mediante la planificación, análisis y evaluación continuada de los programas públicos alternativos. El PPBS se articula en torno a tres conceptos clave: —— Los objetivos o metas cuantificadas de los problemas o necesidades socioeconómicas que se pretenden cubrir. —— Los programas, que se definen como el conjunto de actividades encaminadas al logro de un objetivo. —— La estructura de programas, esto es, la agrupación ordenada e integrada de toda la actividad administrativa en programas.
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84. El presupuesto de ejecución se sustenta en la clasificación funcional del gasto. Agrupa el gasto público por actividades o tareas que debe realizar cada servicio o unidad administrativa. Facilita información sobre las clases de actividades que se desarrollan con los recursos públicos, sobre sus costes y sobre la magnitud o importancia de las mismas. Su objetivo es maximizar la eficiencia interna en la gestión de los recursos y servicios públicos, minimizando sus costes, y sus ventajas pueden resumirse en dos: es un instrumento útil para una gestión presupuestaria eficiente y que, como tal, permite analizar el coste de las actividades o tareas y decidir sobre la organización y gestión de las mismas, y, en segundo lugar, es especialmente indicado para unidades públicas cuyo output sea difícil de evaluar y donde las tareas estén casi predeterminadas. En sentido contrario, su principal limitación radica en la ausencia de conexión de las actividades o tareas con las necesidades sociales. Frente al anterior, el presupuesto por programas es un sistema presupuestario basado en las técnicas de planificación y análisis de programas públicos alternativos, programas de ingresos y gastos públicos que se consideran como un instrumento más al servicio de los objetivos generales de la Administración. Facilita información sobre el grado de eficacia relativa de los programas alternativos de gasto para alcanzar un objetivo. Se propone lograr la eficacia a largo plazo en la satisfacción de las necesidades sociales o problemas públicos, analizando y evaluando de forma continuada los programas públicos alternativos. Sus principales ventajas son: objetivos más amplios y a más largo plazo, y es un instrumento para la mejora de la eficacia de las actuaciones públicas. 85. Quiere decirse que esta fórmula presupuestaria puede elevar la eficiencia en la gestión de los recursos y servicios públicos, minimizando sus costes, pero no relaciona, conecta o adecua esos recursos o servicios a las necesidades sociales. 86. Falso. Tal incorporación se atribuye al PPBS. El Presupuesto de Ejecución se sustenta en un conjunto de medidas o indicadores que permiten cuantificar sus objetivos y evaluar el cumplimiento o realización de las tareas o actividades en que éstos se miden. Estas medidas o indicadores constituyen de hecho indicadores del éxito o fracaso de la
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ejecución presupuestaria, y con ellas se pretende estimar la productividad de las unidades administrativas en la realización de las actividades o tareas que tienen encomendadas. Entre los principales indicadores elaborados a tales efectos, se encuentran: el coste unitario, el coste de los principales elementos y los costes esperados o costes estándares. La puesta en práctica del Presupuesto de Ejecución requiere, por lo demás, un personal responsable con profundos conocimientos de técnicas de contabilidad de costes y de Ciencias de la Administración, así como un sistema de auditorías de los programas por actividades o tareas para valorar los resultados. 87. Falso. El presupuesto de Ejecución informa sobre las clases de actividades que se desarrollan con los recursos públicos, sus costes y la importancia cuantitativa de las mismas. Al decir de Burkhead (1966), éste es un presupuesto que muestra los propósitos y los objetivos para los que se requieren los fondos públicos, los costes de las actividades propuestas para alcanzar objetivos y los datos precisos para apreciar cuantitativamente los logros conseguidos y las tareas realizadas dentro de cada función pública. 88. El propósito fundamental que preside la adopción de un presupuesto con base cero (ZBB) es la de romper con el «incrementalismo» en las peticiones de créditos, como forma rutinaria de gestación del proceso presupuestario bajo el presupuesto clásico o tradicional. Con él se pretende, básicamente, desechar definitivamente la práctica tradicional empleada por el Parlamento en la aprobación del presupuesto, consistente en la exclusiva discusión de las variaciones o incrementos en las partidas presupuestarias de los distintos departamentos, y reestructurar el proceso presupuestario de forma tal que el debate se centre en las cifras totales solicitadas por los órganos administrativos. Y todo ello con el objetivo último de colaborar a la contención y control de un gasto público creciente.
Lección 4 ASIGNACIÓN EFICIENTE DE LOS RECURSOS
Glosario de términos y conceptos • Eficiencia económica • A signación eficiente en el sentido de Pareto (Pareto eficiente o Pareto óptima) • Asignación Pareto Superior • Eficiencia en el consumo • Línea de frontera de posibilidades de utilidad • Caja de Edgeworth-Bowley • Eficiencia en la producción • Línea (o curva) de transformación o frontera de posibilidades de producción • Teorema central de la Economía del Bienestar • Relación Marginal de Sustitución • Relación Marginal de Transformación • Eficiencia en los mercados competitivos • Competencia imperfecta • Monopolio natural • Efectos externos (o externalidades) • Efectos externos positivos • Efectos externos negativos • Externalidades entre consumidores • Externalidades entre consumidores y empresas • Externalidades entre empresas • Externalidades entre empresas y trabajadores
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• Externalidades entre sectores públicos • Internalización de los efectos externos • Regulación pública • Teorema de Coase • Financiación pública • Producción pública • Provisión pública • Transferencias de renta • Bien público • No rivalidad en el consumo • Imposibilidad estricta de exclusión (excluibilidad) • Bienes públicos puros • Bienes públicos impuros • Bienes públicos excluibles • Bienes públicos no excluibles • Necesidades preferentes y bienes de mérito • Provisión óptima de bienes públicos • Precios personalizados (o precios de Lindahl) • Recursos de propiedad común • Información imperfecta y costosa • Mercados incompletos e información asimétrica
CUESTIONES Y EJERCICIOS 89. El mercado, dentro de los principios que definen la competencia perfecta, consigue en los bienes privados una asignación óptima de recursos. ¿Verdadero o Falso? Justificar la respuesta. 90. Desde el punto de vista de la asignación eficiente de los recursos, ¿cuáles son los principales fallos del mercado? 91. ¿Qué distingue básicamente a los bienes públicos puros de los bienes privados? Razonar la respuesta.
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92. Dígase cuál o cuáles de las siguientes características definen a los bienes públicos: a) El consumo del bien es no rival. b) Todos los individuos tienen una valoración idéntica del bien. c) La cantidad consumida del bien es idéntica para todos los individuos. d) El coste de producir una unidad adicional del bien es cero. e) El coste de la incorporación de un usuario adicional al disfrute de una cantidad dada del bien público es nulo. f) Los beneficios del consumo del bien se internalizan. g) El precio del bien es igual a su coste marginal. h) La aplicación del principio de exclusión es imposible o ineficiente. i) La provisión del bien se instrumenta mediante el proceso político de determinación presupuestaria. 93. ¿En qué se diferencia un bien público puro de un bien público impuro? 94. Los bienes públicos puros deben proveerse por el sector público, ¿quiere esto decir que deben producirse públicamente? Razonar la respuesta. 95. Todo bien público se presta por el Estado, pero no todo bien o servicio público prestado por el Estado es público en sentido estricto o puro. ¿Verdadero falso? Razonar la respuesta. 96. Un bien colectivo tiene siempre oferta conjunta pero puede ser público o privado. ¿Verdadero o Falso? Justificar la respuesta. 97. Definir con precisión las siguientes categorías de bienes: a) Bienes externos. b) Bienes colectivos. c) Bienes públicos puros.
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98. Se afirma que todo bien que sea a la vez externo y colectivo es público. ¿Por qué? 99. Explicar las siguientes afirmaciones: a) « Todo bien público puro es colectivo, pero no todo bien colectivo es público puro». b) «Todo bien público es externo, pero no todo bien externo es público». 100. En los bienes con oferta conjunta no es posible aplicar el principio de exclusión. ¿Verdadero o Falso? Justificar la respuesta. 101. Explicar el significado de la línea frontera de utilidad. 102. ¿Por qué los bienes públicos puros no pueden proveerse por el mercado? 103. En la satisfacción de las necesidades preferentes, al igual que en las sociales, se intenta respetar el principio de soberanía del consumidor. ¿Verdadero o Falso? Justificar la respuesta. 104. La educación suele considerarse un bien público. Sin embargo, existe educación privada en la medida en que hay centros de enseñanza que pueden seleccionar a sus alumnos mediante el correspondiente pago de matrícula (precio). ¿Existe alguna razón para considerar a la educación como bien público aunque sea impuro? 105. La congestión da origen a una modalidad concreta de bienes públicos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 106. El orden público es un servicio que se presta habitualmente por la administración pública. ¿Por qué? ¿No podría prestarse por el mercado? 107. La presencia de efectos externos es condición suficiente para caracterizar a un bien como público. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 108. ¿Qué sostiene, en términos de costes y beneficios marginales, la teoría de P.A. Samuelson respecto a la diferencia en las condiciones de eficiencia de los bienes sociales y los bienes privados?
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109. A diferencia de lo que sucede en los bienes privados, en los bienes públicos en equilibrio parcial, la demanda total se obtiene sumando verticalmente las demandas individuales. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 110. Utilizando un esquema gráfico de equilibrio general con dos bienes y dos sujetos, deducir la condición de asignación óptima de recursos en el caso de un bien público (modelo de Samuelson). Indicar en el gráfico el significado de cada una de las líneas que se representan. 111. La no aplicación del principio de exclusión en los bienes públicos supone la imposibilidad de revelación de preferencias individuales y, por tanto, la de disponer de las curvas de demanda de cada sujeto. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 112. En una sociedad formada por dos sujetos (1 y 2) se produce un bien X. La oferta de dicho bien viene dada por P = 11. Las funciones de demanda de los sujetos son: X1 = 30 – P1 X2 = 40 – 2P2 Determinar la producción y los precios de equilibrio en los dos casos siguientes: a) Que X sea un bien privado. b) Que X sea un bien público. 113. En una sociedad compuesta por dos sujetos (1 y 2) se produce un bien público (Y). La oferta del bien es Y = 1. Las funciones de demanda de los dos sujetos son: Y1 = 8 – 4p Y2 = 4 – 2p ¿Cuál es la producción de equilibrio del bien Y? Razonar la respuesta. 114. La misma cuestión de la pregunta anterior en el caso de que el bien Y sea privado con oferta individual.
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115. La curva de oferta de un bien privado (X) viene dada por P = 10. Las curvas de demanda individuales de A y B son, respectivamente: X A = 20 – P X B = 40 – 4P Determinar el equilibrio de mercado de este bien privado. 116. La misma cuestión de la pregunta anterior en el caso de que el bien sea un bien público. 117. La curva de oferta de un bien viene dada por: P = 3X . Las curvas de demanda para dicho bien de los individuos A y B responden a: X A = 10 – P X B = 20 – P Determinar el nivel de equilibrio eficiente del bien, bajo los supuestos alternativos de que se trata de: a) Un bien privado. b) Un bien público. 118. La función de oferta de un bien es: P = 6 + 3X Existen 2 sujetos (1 y 2) cuyas funciones de demanda son: X1 = 20 – 3P1 X2 = 12 – 2P2 Determinar la cantidad y el precio de equilibrio en el caso de que X sea a) un bien individual y b) en el caso de que sea un bien público. 119. En una calle viven 20 personas, cada una de las cuales está dispuesta a pagar 10 euros por la instalación en ella de una papelera. Suponiendo que el coste de suministrar papeleras es de C(Y) = y2, ¿cuál es el número de papeleras eficiente que debe suministrarse? 120. En una calle en la que viven 20 personas hay instaladas 2 farolas cuyo coste viene representado por C(Y) = 600Y. Cada una de esas 20
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personas está dispuesta a pagar 20 euros por la segunda farola. Desde un punto de vista social, ¿se deberían mantener las dos farolas en la calle? Si la respuesta fuese negativa, ¿cuánto debería estar dispuesta a pagar cada persona para mantener la segunda farola? 121. La condición de equilibrio de una economía en la que existen bienes públicos es, por lo que a estos últimos se refiere, que la suma de las relaciones marginales de sustitución entre bien público y privado para cada sujeto sea igual a la relación marginal de transformación. Comparar esta condición con la correspondiente a los bienes privados no colectivos. 122. A diferencia del caso en que sólo existen bienes privados, cuando intervienen los bienes públicos sólo se puede determinar el equilibrio óptimo del sistema con la ayuda de una función de bienestar social. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 123. Una sociedad está integrada por dos sujetos (1 y 2) y dos bienes (X privado e Y público). De su economía se sabe que se halla en equilibrio con asignación óptima de recursos. Si el sujeto 1 está dispuesto a pagar 5 unidades de X por una unidad adicional de Y y el sujeto 2 está dispuesto a pagar 3 unidades de X por una unidad adicional de Y, ¿cuánto deberá reducirse la producción de X para incrementar en una unidad la producción de Y? 124. Una sociedad está integrada por dos sujetos (1 y 2) y dos bienes (X privado e Y público). Las funciones de utilidad de ambos sujetos son, respectivamente: U1 = 6X + 2Y U2 = 18X + 3Y ¿Qué valor ha de tener la relación marginal de transformación para asegurar una asignación eficiente de los recursos? 125. Una comunidad rural está formada exclusivamente por una familia compuesta por tres miembros: José, el padre; María, la madre, y Julio, el hijo, cuya edad es de 16 años. El cometido de Julio es doble: prestar servicios de limpieza de los bienes de la comunidad (bien público) y recoger aceitunas (bien privado). Recolecta 10 kg de aceitunas en una
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hora y dedica 5 horas a la limpieza de la comunidad, 8 a recolectar aceitunas y 11 a descansar. José, no obstante, está dispuesto a renunciar a 6 kg de aceitunas a cambio de una hora más de limpieza. María lo mismo. ¿Asigna bien sus recursos esta comunidad? 126. Una sociedad está compuesta por dos sujetos (1 y 2) y dos bienes (X privado y C público). Las funciones de utilidad de ambos sujetos son, respectivamente: U1 = 2X1 + 4C1 U2 = 0,5X2 + 6C2 La cantidad del bien X y C que se produce en la sociedad se ajusta a una relación tal que: RMTc, x= 14 ¿Es asignativamente eficiente esta situación social? 127. De una sociedad con dos sujetos y dos bienes (X privado e Y público), se sabe que, en un momento dado, para producir una unidad adicional de Y es preciso renunciar a la producción de dos unidades de X, y que cada uno de los sujetos está dispuesto a renunciar a dos unidades del bien X para poder consumir una unidad del bien público Y. ¿Puede decirse que en esa sociedad los recursos están asignados en forma eficiente? Justificar la respuesta. 128. La producción de una unidad de bien público (Y) requiere renunciar a la producción de 3 unidades de bien privado (X). Existen dos sujetos (A y B). A está dispuesto a renunciar a una unidad de X para producir una unidad más de Y. ¿Es asignativamente eficiente producir una unidad más de Y? Explicar la respuesta. 129. De una sociedad con dos sujetos (A y B) y dos bienes (X privado e Y público), se sabe que, en un momento dado, para producir una unidad adicional de Y es preciso renunciar a la producción de dos unidades de X. El sujeto A está dispuesto a renunciar a dos unidades de X para obtener la unidad de Y. ¿A qué cantidad de X debería estar dispuesto a renunciar B para que la asignación de recursos fuera óptima? Justificar la respuesta.
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130. En una sociedad se producen dos bienes X e Y y existen tres sujetos A, B, C. Cada sujeto está dispuesto a renunciar a 5 unidades de X por disfrutar de una unidad adicional de Y. Determinar el valor de la RMT en el caso de que Y sea a) un bien público y en el caso de que Y sea b) un bien privado, para que la economía asigne eficientemente sus recursos. 131. ¿Por qué los efectos externos de la producción o el consumo generan pérdidas de eficiencia económica? 132. ¿Qué se entiende por externalidad positiva y por externalidad negativa? Poner un ejemplo de cada una de estas clases de externalidades. 133. ¿Cómo se instrumenta la corrección de los beneficios o costes externos de los denominados bienes mixtos? 134. ¿Qué se entiende por internalización de los efectos externos generados por una actividad económica? ¿De qué formas diferentes puede el sector público tratar de lograr la internalización? 135. En su opinión, ¿qué sería preferible para internalizar o corregir un efecto externo negativo tal como la contaminación, un impuesto por contaminar o una subvención por no contaminar? ¿Por qué? 136. La presencia de efectos externos en el consumo o la producción de bienes justifica que el Estado produzca dichos bienes generadores de externalidades. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 137. Si los derechos de propiedad están definidos, las partes afectadas por efectos externos pueden negociar y llegar a un acuerdo, pero ello no asegura que la asignación de recursos sea eficiente. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 138. El teorema de Coase sostiene que si los derechos de propiedad están bien definidos, los efectos externos no constituyen un impedimento para alcanzar una asignación óptima de los recursos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 139. Los recursos de propiedad común dan origen a un fallo de mercado. ¿Verdadero o falso? Justifique la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 89. Verdadero. El Teorema Central de la Economía del Bienestar establece que en un mercado de competencia perfecta el sistema de precios conduce siempre a una asignación eficiente de recursos de la sociedad, lográndose un equilibrio económico que es óptimo en el sentido de Pareto. 90. Son los siguientes: —— La competencia imperfecta. —— El monopolio natural. —— Las externalidades (o efectos externos) en la producción y el consumo. —— Los bienes públicos y bienes preferentes. —— La información imperfecta y costosa. —— Los recursos de propiedad común. —— Los mercados incompletos y la información asimétrica. 91. La principal diferencia entre bienes públicos puros y bienes privados es que en los primeros, a diferencia de lo que sucede con los segundos, el consumo es no rival y no puede aplicársele el principio de exclusión, es decir, no puede excluirse de su consumo o disfrute a quien no pague por ellos. 92. Las características a), c), e), h) e i). 93. Los bienes públicos puros se definen como aquellos cuyo consumo es, de forma simultánea, no rival y no excluyente. Los bienes públicos impuros presentan sólo parcialmente las características de consumo no rival y no excluyente. 94. No. Los bienes públicos, o pueden ser producidos por empresas privadas y vendidos por éstas al gobierno para su posterior provisión, o pueden ser producidos y provistos a la vez por el sector público. 95. Verdadero. Muchos bienes públicos incumplen, en la práctica, uno de los principios enunciados en la pregunta 91: no rivalidad en el consu-
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Asignación eficiente de los recursos
mo. En ellos, pese a tener una oferta conjunta, de manera que una vez que se ofrecen puede ser utilizados simultáneamente por más de un individuo, los beneficios obtenidos por sus usuarios originales disminuyen a medida que aumente el número de éstos. Tal es el caso, por ejemplo, de una carretera en una hora punta o de un parque público. A estos bienes públicos con cierta rivalidad en su consumo se les denomina bienes públicos impuros. 96. Verdadero. La conjunción en la oferta es la nota esencial que caracteriza a los bienes denominados colectivos. No obstante, aunque condición necesaria, ésta no es suficiente para definir a un bien como público, porque existen bienes colectivos en el sentido de Samuelson que son privados y pueden prestarse por el mercado. Piénsese, por ejemplo, en una función de circo o una representación teatral: son bienes que, pese a su carácter colectivo, son provistos eficientemente por el mercado. 97. a) Bienes externos. Son bienes a los que por una u otra razón no le es aplicable el principio de exclusión y que constituyen un efecto externo puro. b) B ienes colectivos. Se trata de bienes con oferta conjunta, de tal manera que una unidad del bien puede ser utilizada simultáneamente por varios individuos. En ellos no es posible ajustar la cantidad a cambios en el precio. Su consumo es no rival, en el sentido de que el consumo del bien por parte de un sujeto no reduce la cantidad disponible para otros sujetos. c) B ienes públicos puros. Consisten en bienes que gozan simultáneamente de las propiedades de los bienes externos y de los bienes colectivos, es decir, cuentan con oferta conjunta, consumo no rival e imposibilidad física, técnica y estricta de aplicar el principio de exclusión. 98. Los bienes públicos puros se definen como bienes con oferta conjunta, consumo no rival e imposibilidad física, técnica y estricta de aplicar el principio de exclusión, propiedades, que reúnen, a su vez los bienes externos y colectivos a un tiempo.
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99. a) T odos los bienes públicos son colectivos, pero no todos los bienes colectivos son públicos, por cuanto también existen bienes colectivos privados o de club, en los que la exclusión física se revela como posible. b) L os bienes públicos puros son bienes que gozan simultáneamente de las propiedades de los bienes externos y de los bienes colectivos. Los bienes externos o bienes de consumo de grupo constituyen una categoría de bienes individuales a los que por una u otra razón no es aplicable el principio de exclusión. De ahí que todo bien público sea externo, pero no todo bien externo sea público. 100. Falso. La conjunción en la oferta es un rasgo esencial que caracteriza a los bienes colectivos. Los bienes públicos puros son bienes colectivos en los que no es posible la exclusión, pero existen casos particulares de bienes colectivos en los que la exclusión física es posible. Se trata de los bienes colectivos privados o de club. La posibilidad de exclusión en estos bienes se debe probablemente al hecho no destacado por la literatura disponible de que tales bienes son estrictamente complementarios en su consumo de otro bien individual, divisible, que permite la exclusión. Es decir, la aplicación del principio de exclusión a esta especial categoría de bienes colectivos no es directa sino indirecta y se produce a través de un bien divisible estrictamente complementario en su consumo. En una representación teatral, por ejemplo, la exclusión se produce por el consumo de un bien colectivo (representación) y un bien divisible (espacio, localidad) estrictamente asociado en su consumo. 101. Por línea frontera de utilidad se entiende el lugar geométrico de puntos que expresan distribuciones de utilidad que son óptimas en el sentido de Pareto, esto es, para dos sujetos y dos bienes expresan el máximo bienestar que pueda alcanzar un sujeto por cada nivel de utilidad del otro. 102. Por el problema de la aparición del usuario gratuito de servicios públicos (también denominado «viajero sin billete») asociado a la imposibilidad de aplicar el principio de exclusión a estos bienes públi-
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Asignación eficiente de los recursos
cos puros. Sabedores de que nadie puede impedirles que disfruten gratuitamente de los bienes públicos, los individuos no estarán dispuestos a pagar por su utilización, por lo que ninguna empresa privada ofrecerá estos bienes, al no recibir ninguna suma en contraprestación. 103. Falso. Las necesidades preferentes se definen como aquellas que se atienden por bienes y servicios sujetos al principio de exclusión y se satisfacen por el mercado dentro de los límites de la demanda efectiva, pero se consideran tan meritorias que pasan a satisfacerse por el sector público en un nivel distinto del elegido voluntariamente por los individuos en el mercado. En ellas se produce, pues, una interferencia con las preferencias individuales, que genera un problema diferente al de las necesidades sociales, en las que estas preferencias intentan respetarse. En casos, como éste el problema estriba en rechazar las preferencias manifestadas por los individuos y sustituirlas por un patrón de comportamiento derivado de los juicios de valor de la sociedad. 104. Existe. La razón es que satisface una necesidad preferente o tan meritoria que, por tal motivo, se satisface por el sector público, como se ha comentado en la pregunta anterior, en un nivel distinto del demandado voluntariamente por los individuos por la vía del mercado. Si la producción de servicios educativos se encomendara totalmente al sector privado se produciría un déficit productivo, toda vez que las empresas privadas no prestarían más servicios de esta naturaleza que los que demandase el mercado y les resultasen rentables. 105. Verdadero. Se trata de bienes públicos impuros, así denominados porque en su consumo existe cierta rivalidad. En esta clase de bienes (por ejemplo, una carretera en una hora punta o un parque público), aun cuando su oferta es conjunta, de modo que una vez que se ofrece el bien éste puede ser utilizado o consumido simultáneamente por más de un individuo, a medida, no obstante, que aumenta el número de sujetos que disfrutan de él, disminuyen los beneficios que obtienen quienes venían ya utilizándolos. En esta clase de bienes, en suma, el coste de la incorporación de un usuario o consumidor adicional no es nulo.
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106. Porque se considera un bien público puro. No podría prestarse por el mercado por el problema ya comentado de la aparición del usuario gratuito de servicios públicos asociado a la imposibilidad de aplicar el principio de exclusión. 107. Falso. Las dos características fundamentales diferenciadoras de los bienes públicos respecto a los privados son: la conjunción en la oferta y la imposibilidad de aplicar el principio de exclusión, precisamente por la existencia de efectos externos. Individualmente ninguna de esas notas es condición suficiente para caracterizar a un bien como público. 108. De acuerdo con la teoría económica, la asignación eficiente de los bienes sociales exige que se verifique la igualdad entre la suma de las utilidades marginales obtenidas por los individuos de su consumo (UMg) y los costes marginales (CMg) de producción, mientras que en los bienes privados se requiere la igualdad de la utilidad marginal obtenida por cada individuo con el coste marginal de producción. 109. Verdadero. Al tratarse de bienes públicos, cada individuo valora de forma diferente el bien en función de sus propias preferencias, esto es, paga diferentes precios por el bien público, pero todos ellos consumen una cantidad idéntica del mismo, que es la totalidad de lo que se produce. 110. En el modelo de equilibrio general de Samuelson se supone que existen dos bienes, uno público (y) y otro privado (x), así como dos sujetos, A y B, cuyos mapas de indiferencia (supuestamente conocidos) entre ambos bienes pueden representarse tal como en el esquema gráfico adjunto, articulado en las partes a) y b). El significado de las líneas que configuran cada una de esas partes se expone, en detalle, a la derecha de las mismas. A continuación se ofrece la respuesta concreta a la pregunta formulada.
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Asignación eficiente de los recursos
X (privado)
P
Parte a): PQ = Línea de posibilidades de producción (o transformación), que refleja las posibles combinaciones productivas.
(1) (3)
U1B (2) U1A Y (público)
Q
UA1 , UA2 , ... = Mapa de indiferencia del sujeto A. La línea de indiferencia UA1 representa el nivel de utilidad prefijado para el sujeto A (en ella cualquier combinación de los bienes privado y público le reportará la misma satisfacción.)
(a)
Parte b): P' Q', P'' Q'', … = Líneas de posibilidades de consumo del sujeto B, para cada nivel constante de utilidad fijado para el sujeto A. Reflejan las diferencias verticales entre las líneas PQ y UA1 , UA2, ..., representadas en la parte superior (a) del esquema.
X (privado)
i, ii, ... = Puntos de tangencia de las curvas de posibilidades de consumo y de indiferencia del sujeto B, que expresan las combinaciones de x e y que maximizan la función de utilidad de dicho sujeto B (o le reportan mayor satisfacción) para cada nivel prefijado del A.
ii i P'
P ''
Q ''Q '
U2B U2A Y (público)
(b)
En la parte superior (a) de este esquema gráfico, el área sombreada comprendida entre los puntos (1), (2) y (3) viene configurada por las diferencias verticales entre las líneas U1A y PQ, y muestra las posibilidades para el sujeto B de consumir algo del bien privado (x) y la misma cantidad del bien público (y) que el sujeto A, manteniéndose constante el nivel de utilidad de este último sujeto. Tales diferencias verticales pueden representarse gráficamente, a su vez, tal y como muestra la parte b) de nuestro esquema, mediante las líneas P′Q′, P′′Q′′, ..., de posibilidades de consumo del sujeto B, para cada nivel de utilidad (constante) fijado para A. Pues bien, dado que esa curva de posibilidades de consumo de B equivale a la diferencia entre la curva de posibilidades de producción y la de indiferencia del sujeto A, la pendiente de la primera de esas curvas (RMSB) equivaldrá, en correspondencia, a la dife-
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rencia entre las pendientes de las otras dos (RMT – RMSA), lo que, en términos analíticos, significa que: RMSB = RMT – RMSA o lo que es lo mismo, RMT = RMSA + RMSB Quiere decirse con ello, en suma, que en los puntos i, ii, ..., de la parte b) del esquema gráfico se cumple la condición de igualdad, de modo que todos ellos se encuentran en la línea o curva de posibilidades de máxima utilidad o de frontera de posibilidades de utilidad, es decir, son óptimos en el sentido de Pareto. 111. Verdadero. En los bienes públicos, al consumir todos y cada uno de los sujetos la misma cantidad (Y), la relación entre las funciones de demanda individuales no es aditiva (como sucede en los bienes privados) sino de igualdad (y1 = y2 = ... = yn = Y). La demanda total de los bienes públicos, a diferencia de la de los bienes privados, no puede obtenerse mediante la suma (horizontal) de las demandas individuales, porque, fruto de la conjunción de su oferta, una vez producida una unidad de los mismos, ésta se utiliza o consume simultáneamente por múltiples sujetos. 112. La producción y los precios de equilibrio en cada caso serían los siguientes: a) S i X es un bien privado, el precio de equilibrio es el mismo para todos los individuos, pero la cantidad consumida variará entre ellos. De esta forma, puesto que P = P1 = P2 = 11, se obtiene, sucesivamente, que: X1 = 30 – P = 30 – 11 = 19 X2 = 40 –2P = 40 – 22 = 18
——————–––——————
X = X1 + X2 = 37 74
Asignación eficiente de los recursos
b) Si X es un bien público, ambos sujetos consumen la misma cantidad de dicho bien (X = X1 = X2 ) y se supone que cada uno ofrece un precio igual a su verdadera valoración de la unidad marginal. El precio disponible para cubrir el coste será, pues, igual a la suma de los precios pagados por cada sujeto (P = P1 + P2). De este modo, se obtiene directamente que:
X = 30– P1 X = 40– 2P2 P1 = 30– X P2 =
40– X 2
40− X 40– X ∴11= 30– X + 2 2 X = 26∴P1 = 4∴ P2 = 7 P = P1 + P2 = 30– X +
113. La cantidad demandada del bien público por cada sujeto es la misma e igual a la demanda total, de forma que: Y = Y1 = Y2 = 1. Sin embargo, los precios que están dispuestos a pagar los dos sujetos por esa cantidad del bien público difieren, por lo que, una vez expresados éstos en función de la cantidad demandada, se tiene que: 8 –Y1
8– Y
7 4 4 4 4– Y2 4– Y 3 P2 = = = 2 2 2 P1 =
=
=
A continuación, sumando ambos precios (suma vertical), se obtiene una demanda total: P=
13 4
114. Si Y fuese un bien privado, su demanda total se obtendría sumando las demandas individuales, por lo que en nuestro ejemplo: Y = 12 – 6p.
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Cuestiones
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Hacienda Pública
Además, puesto que en el punto de equilibrio la demanda y la oferta coincidirían, se tendría que: 1 = 12 – 6p y, en consecuencia, p = 11/6. 115. En un bien privado, la demanda global X se obtiene sumando las demandas individuales, de manera que: X = X A + X B = 60 – 5P Por otra parte, dado que el precio de equilibrio P es igual a 10 y que en equilibrio la demanda y la oferta se igualan, si en la ecuación anterior se sustituye P por su valor, se obtiene la cantidad de equilibrio: X = 10
116. Si X fuese un bien público, su demanda global se formaría sumando verticalmente las pseudodemandas individuales. Despejando, pues, PA y PB de X A = 20 – PA y X B = 40 – 4PB, y teniendo en cuenta que ahora X = X A = X B, se obtiene:
PA = 20 – X A PB =
40– XB 4
P = PA + PB = 20 – X +
40 – X 4
Ecuación esta última que, tras sustituir P por su valor (10), permite calcular una cantidad de equilibrio para el bien público tal que: X = 16 ... PA = 4 ... PB = 6 117. a) Bien privado: X A = 10 – P X B = 20 – P X = X A + X B = 30 – 2P
76
Asignación eficiente de los recursos
Al mismo tiempo, dado que P = 3X y, por tanto, que X = P, si en la 3 última ecuación se sustituye X por este valor, se obtiene: P=
90 7
b) Bien público: X = 10 – PA ... PA = 10 – X X = 20 – P ... P = 20 – X B
B
P = PA + PB = 30 – 2X Sustituyendo ahora P por 3X, se obtiene: X = 6 ... PA = 4 ... PB = 14 118. a) Bien individual: X1 = 20 – 3P X2 = 12 – 2P X = X1 + X2 = 32 – 5P Se sabe, a su vez, que P = 6 + 3X, por lo que X = P 6 Por tanto, si en 3 la última ecuación se sustituye X por ese valor, se obtiene: P = 6,38. b) Bien público:
20 – X X = 20 – 3 P1 ... P1 = ———— 3
12 – X X = 12 – 2P2 ... P2 = ———— 2 76 – 5X P = P1 + P2 = ... ———— 6
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Luego, sabiendo que P = 6 + 3X, si en la última ecuación se sustituye P por este valor, se estimará finalmente una cantidad de equilibrio para el bien público tal que: X = 1,78 ... P = 6,07 ... P = 5,11 1
2
119. La condición de equilibrio en la asignación de los recursos en presencia de bienes públicos es, como se sabe: Σ ni =1 Pi = Σ ni =1UMgi = CMg
(1)
donde el coste marginal CMg representa la curva de oferta del bien. En el ejercicio, al derivar la función de costes totales, se obtiene: CMg = 2y A su vez, se tiene que ΣPi = 10 euros/persona × 20 personas = 200 euros. Por lo tanto, si en (1) se sustituyen ΣPi y CMg por sus correspondientes valores, se llega a que: 200 = 2y y, en consecuencia, que el número eficiente de papeleras será: y = 100 120. La decisión de mantener o no las dos farolas en la calle debería tomarse atendiendo a la condición para la asignación eficiente de los recursos en presencia de bienes de públicos: la igualdad entre la suma de los beneficios o utilidades marginales de los individuos y el coste marginal de producción del bien. En el ejercicio, se tiene que Σ
20 i=1
Pi = Σ
20 i=1
UMg i = 20· 20 = 400
y, al derivar la función del coste total, que CMg = 600 Desde un punto de vista social, por tanto, la segunda farola no debería mantenerse, pues el coste marginal de esta es superior a la suma de los beneficios o utilidades marginales individuales.
78
Asignación eficiente de los recursos
De lo que antecede se deriva, a su vez, que para mantener la segunda farola, cada individuo debería estar dispuesto a pagar 30 euros, porque 20
en este caso se produciría la igualdad: Σ
20
i=1
Pi = Σ
i=1
UMg i = CMg = 600.
121. En contraste con los bienes públicos, el equilibrio en los bienes privados no colectivos requiere que se produzca la igualdad de la relación marginal de sustitución entre los bienes de cada sujeto con la relación marginal de transformación. 122. Falso. La función de bienestar es necesaria para llegar a una solución única tanto con bienes privados como con bienes públicos. 123. En presencia de dos bienes, uno privado (X) y otro público (Y), el privado pasa a considerarse como el numerario y se opera con el bien público. Esto significa que ha de utilizarse la condición de equilibrio con bienes públicos; tal que: RMS1y, x + RMS2y, x = RMTy, x En el ejercicio se sabe que: RMS1y, x = 5 RMS2y, x = 3 Por tanto, se tiene que: RMTy, x = 5 + 3 = 8; esto es, que para incrementar la producción de Y en una unidad, la producción de X deberá reducirse en 8 unidades. 124. En presencia de bienes públicos la condición de equilibrio con asignación óptima de los recursos se expresa por la igualdad:
RMS1y, x + RMS2y, x = RMTy, x También se sabe que: 1 RMSy,x =
δU1 /δY δU1 /δX
(1)
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Cuestiones
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Hacienda Pública
δU2 /δY δU2 /δX
(2)
δU1 /δY δU2 /δY + δU1 /δX δU2 /δX
(3)
RMS2y,x =
RMSy,x =
Expresiones (1) y (2) que en el ejercicio, una vez estimadas, adoptan los valores: δU1 /δY 2 = δU1 /δX 6 δU2 /δY δU2 /δX
=
3 18
De este modo, si se sustituyen en (3) los valores así estimados, se obtiene finalmente: RMTy, x=
2 3 1 + = 6 18 2
Lo que significa que el valor que ha de tomar la RMT para lograr una asignación óptima de recursos es de 1/2. 125. En el ejercicio, la recogida de aceitunas se considera el bien privado (X) y el servicio de limpieza el bien colectivo (Y), a la vez que José es el sujeto 1 y María el sujeto 2. Puesto que ambos sujetos están dispuestos a renunciar a 6 kg de aceitunas a cambio de 1 hora adicional de limpieza, los dos tendrán la misma relación marginal de sustitución, a saber: RMS1y, x = 6 RMS2y, x = 6
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Asignación eficiente de los recursos
En consecuencia, la relación de transformación de la producción en la asignación óptima de recursos será: RMTy, x = 6 + 6 = 12 Sin embargo, tal y como se expone en el enunciado del ejercicio, dicha relación asciende únicamente a 10 (10 kg de aceitunas por 1 hora), y ello significa que los sujetos abogan por más horas de limpieza de la comunidad de las que se están produciendo realmente. Consiguientemente, la comunidad no asigna eficientemente sus recursos. 126. Para que la sociedad se encuentre en situación de equilibrio con asignación eficiente de los recursos, ha de cumplirse la condición: RMS1c, x + RMS2c, x = RMTc,x Se sabe asimismo que:
1 RMSc,x =
2 RMSc,x =
δU1 /δC1 δU1 /δX1 δU2 /δC2 δU2 /δX 2
RMTc,x=14 En el ejercicio el numerador y denominador del lado derecho de las dos primeras igualdades se estima en: δU δU1 = 4∴ 1 = 2 δC1 δX1 δU2 δC2
= 6∴
δU2 δX 2
= 0,5
Y, en consecuencia,
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
4 =2 2 6 2 RMSc,x = =12 0,5
RMS1c,x=
Finalmente, dado que RMTc, x = 14 y que RMS1c, x + RMS2c, x = 14, puede concluirse que la situación que registra la sociedad es asignativamente eficiente. 127. De la lectura del enunciado del ejercicio, se desprende que: RMSAy, x = 2 RMSBy, x = 2 RMTy, x = 2 A la vista de estos datos, cabe responder, pues, que los recursos de una sociedad no están asignados en forma eficiente porque no se verifica la igualdad: RMSAy, x + RMSBy, x = RMTy, x 128. En el ejercicio se dice que: RMSy,A x = 1 RMTy, x = 3 La respuesta a la pregunta formulada es, por tanto, que sí será eficiente producir una unidad adicional de Y, pero para ello el sujeto B tendría que renunciar a dos unidades de X para producir una unidad adicional de Y. De esta forma, se cumpliría la condición de eficiencia de la asignación de recursos en presencia de bienes públicos: RMSy,A x + RMSBy, x = RMTy, x 129. En presencia de bienes públicos la condición de equilibrio con asignación óptima de los recursos requiere que verifique la igualdad: RMSAy, x + RMSBy, x = RMTy, x
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Asignación eficiente de los recursos
Según el enunciado del ejercicio, se tiene que: RMSy,A x = 2 RMTy, x = 2 En consecuencia, para que la asignación de recursos fuese óptima, la relación marginal de sustitución del sujeto B (RMSBy, x) debería ser nula, es decir, éste no debería renunciar a ninguna cantidad de X para obtener una unidad de Y. 130. a) Como es sabido, en presencia de bienes públicos la condición de equilibrio con asignación óptima de los recursos requiere que se cumpla la igualdad: RMSy,A x + RMSBy, x + RMSCy, x = RMTy, x Los datos que facilita el ejercicio son: RMSy,A x = 5 RMSBy, x = 5 RMSCy, x = 5 Por tanto, en el caso de que Y sea un bien público el valor de RMT ha de ser 15. b) Respecto a los bienes privados, la condición de equilibrio con asignación óptima de los recursos se expresa mediante la igualdad: RMSy,A x = RMSBy, x = RMSCy, x = RMTy, x Lo que quiere decir que si Y fuese un bien privado, el valor de RMT debería ser de 5. 131. Porque, en ausencia de la intervención correctora del sector público, los precios de mercado no reflejarán las valoraciones marginales de los perjudicados o beneficiados por los efectos externos. Esto significa que los agentes causantes de externalidades positivas no recibirán ninguna compensación por los beneficios originados a otros, y
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
los de externalidades negativas no pagarán ningún precio por los perjuicios originados, y, en consecuencia, los productores/consumidores de las actividades generadoras de beneficios externos no alcanzarán el nivel óptimo o eficiente de producción/consumo, mientras que los de actividades con costes externos superarán ese nivel. 132. Las externalidades o efectos externos en la producción o el consumo tienen su origen en las interacciones existentes entre las funciones de utilidad o bienestar de distintos sujetos, en tanto en cuanto la producción o el consumo de un bien o servicio por parte de un sujeto puede generar un incremento o una disminución de la productividad o utilidad de cualquier otro sujeto distinto, sin que este efecto se manifieste a través del sistema de precios del mercado. Las externalidades pueden clasificarse en positivas, si las actividades de producción o consumo de determinados bienes generan beneficios a personas distintas de las que los han producido o consumido (por ejemplo, los beneficios de una campaña de vacunación), y en negativas, si, por el contrario, la actuación productiva o consuntiva de una persona genera costes a otra u otras distintas (por ejemplo, la contaminación del aire provocada por ciertas empresas o fábricas). 133. La corrección o internalización de los efectos externos positivos (beneficios) o negativos (costes) requiere la intervención del sector público. La actuación correctora del Estado en tales circunstancias se instrumenta mediante la regulación, la delimitación de derechos de propiedad, la subasta de permisos o títulos, la imposición o gravamen sobre las actividades productivas o consuntivas generadoras de costes (con el fin de reducir su producción o consumo) y/o la concesión de subvenciones a los agentes que desarrollen actividades que generan beneficios sociales (para tratar de disminuir con ello los precios y ampliar la producción). 134. Por internalización de efectos externos se entiende lograr que todos los costes o beneficios marginales (privados o internos y externos) de una actividad queden reflejados en los precios, de forma que esta se ajuste a su nivel eficiente. Las principales formas mediante las que el sector público puede trata de internalizar esos efectos son la regula-
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Asignación eficiente de los recursos
ción directa del mercado, la imposición o la subvención, los permisos o títulos negociables y la delimitación de los derechos de propiedad. 135. Un impuesto por contaminar, porque, con independencia de su incidencia final, es soportado, en principio, por los contaminadores y obedece al principio de «quien contamina paga», mientras que las subvenciones por no contaminar no solo tienen efectos distributivos cuestionables y pueden suponer un importante incentivo para la emigración de otras empresas al sector o al área geográfica beneficiada por la subvención (siempre que su importe fuese relativamente elevado), sino que además implicará un aumento del gasto público. 136. Falso. Uno de los fallos del mercado que justifica la intervención pública, en aras de conseguir una asignación óptima de los recursos, es la existencia de efectos externos. Es éste un fallo del mercado que se concibe como parcial más que total, por cuanto el mercado, si bien produce una cantidad determinada de los bienes generadores de efectos externos, dicha cantidad es ineficiente (excesiva en unos casos e inferior a la óptima en otros). El Sector Público debe, pues, intervenir para intentar mejorar la asignación de recursos realizada por el mercado. 137. Verdadero. Si una de las partes participantes en el proceso de negociación estuviera en posesión de un mayor grado de poder que la otra, o esperase que esa otra parte acabara cediendo a sus pretensiones, tal circunstancia podría convencerla de la necesidad de no hacer concesiones en la negociación, y ello, a la postre, podría impedir el logro de un acuerdo definitivo y, por ende, el de un nivel eficiente de asignación de los recursos. 138. Verdadero. Según Coase, la existencia de una externalidad puede concebirse como una consecuencia de la falta de definición de los derechos de propiedad. Si éstos estuviesen correctamente definidos, las partes afectadas podrían llegar, mediante un proceso de negociación, a un acuerdo que reflejaría una asignación óptima de recursos, sin necesidad de intervención pública.
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Cuestiones
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Hacienda Pública
139. Verdadero. La razón estriba en que, al poder utilizarse estos recursos (v.g., un banco de pesca) a un coste cero en ausencia de intervención pública, los individuos o empresas carecerán de incentivos para invertir en su mejora o renovación, los sobreexplotarán y acabarán exponiéndolos al riesgo de desaparición.
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Lección 5 HACIENDA PÚBLICA Y REDISTRIBUCIÓN DE LA RENTA
Glosario de términos y conceptos • Línea de Frontera Máxima de utilidad • Criterio estricto del mercado • Dotación de factores productivos • Criterios del mínimo vital • Criterios basados en la función de bienestar social • Criterio de la igualdad de la renta • Criterio de Harsanyi • Criterio de Rawls (criterio maximin) • Eficiencia Paretiana • Liberalismo de R. Nozick • Liberalismo de F. Hayeck y M. Friedman • Colectivismo. Posición marxista • Igualitarismo en el consumo de bienes fundamentales • Principio de igualdad de oportunidades • Movilidad social • Distribución personal de la renta • Distribución funcional de la renta • Distribución sectorial de la renta • Distribución espacial de la renta • Curva de Lorenz • Índice de Gini
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y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 140. El mercado, bajo ciertas condiciones, conduce a una distribución de la renta que será óptima o eficiente. ¿Será también equitativa? Explicar la respuesta. 141. ¿Por qué se dice que el criterio distributivo de Harsanyi no se preocupa de la desigualdad en la distribución del bienestar? 142. ¿A qué suerte de criterios de justicia distributiva responde la regla de J. Rawls y qué postula la misma? 143. Dibujar las líneas de indiferencia que se derivan de la función de bienestar social según el criterio distributivo de J. Rawls y explicar su significado. 144. ¿En qué se diferencia el criterio distributivo de Rawls del de Harsanyi? 145. ¿Qué diferencias fundamentales presentan el criterio distributivo de los utilitaristas y el formulado por J. Rawls? 146. Un país se propone implantar un programa redistributivo consistente en la aplicación de un impuesto progresivo sobre la renta al sujeto A para financiar transferencias al sujeto B. Si las distribuciones de utilidad entre A y B resultantes del programa fuesen las representadas en la tabla abajo expuesta, dígase, suponiendo que las utilidades de los sujetos dependiesen exclusivamente de sus propias rentas [U (A) = R(A) y U (B) = R (B)], cuál sería la alternativa elegida bajo los criterios que siguen: a) criterio estricto de mercado; b) criterio de igualdad de las rentas; c) criterio de Harsanyi; d) criterio maximin (o de Rawls).
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R (A)/U(A)
R (B)/U(B)
1. 100
0
2. 95
30
3. 60
50
4. 35
35
5. 10
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Hacienda Pública y redistribución de la renta
147. En su opinión, ¿qué condiciones o supuestos deben darse para que una redistribución de renta entre dos individuos sea Pareto-eficiente? 148. ¿En qué consiste el enfoque distributivo basado en el igualitarismo en el consumo de bienes fundamentales o, como algunos lo denominan, de equidad categórica? 149. En el liberalismo, como enfoque distributivo no basado en la función de bienestar social, coexisten dos posiciones bien diferenciadas, una inspirada en el criterio estricto de mercado y representada por R. Nozick, y otra más moderada, próxima a los criterios de mínimo vital, cuyos representantes más emblemáticos son F. Hayek y M. Friedman. ¿Qué ideas fundamentales defienden sendos enfoques distributivos? 150. Respecto al enfoque distributivo no individualista denominado principio de movilidad social, dígase qué postula y qué papel, si alguno, encomienda a la actuación del Estado con fines redistributivos.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 140. Respecto a esta cuestión debe señalarse que no existe una respuesta unánime, en cuanto a la diferencia de lo que sucede respecto al objetivo de la asignación óptima de los recursos —que entraña juicios de valor de mínimos aceptados ampliamente por la mayor parte de la sociedad— el problema en la distribución no suscita juicios de valor consensuados con generalidad. Pero, en principio, lo eficiente no es necesariamente equitativo. No obstante lo anterior, si, de acuerdo con un criterio estricto de mercado, la dotación de factores productivos en general y las capacidades personales de los trabajadores para obtener renta en particular (básicamente, la capacidad de trabajo de las personas, que vendría determinada por su nivel intelectual, su habilidad laboral y los medios económicos disponibles) constituyen un elemento fundamental en la distribución de la renta derivada del mercado, la respuesta lógica a la cuestión planteada ha de ser forzosamente negativa, habida cuenta de
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
que en el mundo real la distribución resultante del mercado no se ajusta en absoluto a la distribución de esas capacidades personales de los individuos. 141. Porque su preocupación fundamental no es la distribución de las utilidades o del bienestar, sino el nivel final de utilidad o de bienestar. Para este criterio, cualquier mejora en el bienestar de un sujeto estaría permitida socialmente siempre que fuese mayor que la pérdida de utilidad experimentada por otro sujeto, aunque aquel fuese rico y este pobre. 142. La regla de J. Rawls se enmarca en los criterios igualitaristas de justicia distributiva. Postula que la maximización del bienestar social se consigue maximizando la utilidad de las personas menos favorecidas y, en consecuencia, que la equidistribución de la renta será deseable, a menos que la desigualdad suponga un aumento del bienestar de los individuos pertenecientes a los niveles más bajos de la escala de la renta. 143. Como es sabido, el criterio distributivo de Rawls establece que el bienestar de la sociedad es función exclusiva de la utilidad del sujeto(s) más pobre(s), de tal modo que ése aumentará sólo cuando se incremente la utilidad de dicho(s) sujeto(s), lo que también significa que los incrementos o mejoras en la utilidad de los más favorecidos no repercutirá en el bienestar social. Gráficamente, este criterio puede representarse tal como en la figura siguiente, en la que U1 refleja la utilidad del sujeto rico y U2 la del sujeto pobre. En ella, a su vez, el bienestar de la sociedad se identifica con la utilidad del sujeto 2, de modo que cualquier variación que experimente la utilidad del sujeto 1 no lo altera en absoluto (su coeficiente es 0), manteniéndose, por tanto, en la misma curva de bienestar social.
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Hacienda Pública y redistribución de la renta
U1
3
Línea de equidistribución
2 C
1 B A
Línea de frontera máxima de utilidad
U2
Como puede observarse en esa figura, las curvas de indiferencia (1, 2, y 3) forman ángulos rectos, por lo que son paralelas a los ejes de ordenadas y abscisas a la izquierda y derecha de la línea de equidistribución, respectivamente. En los puntos de intersección (A, B y C) de esta línea de equidistribución con las curvas de indiferencia los dos sujetos gozarían del mismo nivel de bienestar, de tal manera que, si ambos tienen la misma utilidad inicial (por ejemplo el punto A), el bienestar social sólo aumentará cuando lo haga el bienestar de ambos individuos. No obstante, el nivel de máximo bienestar sólo se alcanzará en un punto tal como A, en el que la curva o línea de indiferencia 1 es tangente a la línea de frontera máxima de utilidad. 144. Las principales diferencias entre el criterio distributivo de Harsanyi y Rawls son las tres siguientes: a) A mbos criterios se basan en una función de bienestar social aditiva ponderada (W = α1U1 + α2U2 + ... + αnUn , donde los coeficiente de ponderación, ai, son positivos y reflejan el peso concedido por la sociedad a la utilidad de cada individuo). Sin embargo, mientras que en el criterio de Harsanyi el peso (o ponderación) de la utilidad de cada individuo en el bienestar de la sociedad es idéntico (esto es, α1 = α2 = ... = αn = 1 y, en consecuencia, W = U1 + U2 + ... + Un), para Rawls el bienestar social sólo depende de la utilidad de
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
las personas menos favorecidas, de tal forma que el mismo no se alterará a consecuencia de cualquier variación de la utilidad de los más favorecidos económicamente (es decir, en el criterio de Rawls: α1 = α2 = ... = αn – 1 = 0 y αn = 1, por lo que W = Un, donde Un es la utilidad del sujeto menos favorecido). b) Como corolario de lo anterior, en el criterio de Harsanyi socialmente estaría permitida cualquier redistribución de uno de los sujetos, siempre que el aumento de utilidad o bienestar del beneficiado fuese mayor que la pérdida de utilidad del perjudicado. En contraste, para Rawls la equidistribución de la renta sería deseable, excepto cuando la desigualdad supusiese un aumento de bienestar de los menos favorecidos. c) En el criterio de Harsanyi la intervención del sector público debería dirigirse a la búsqueda del máximo nivel de utilidad final, en tanto que para Rawls esa intervención debería perseguir la maximización del bienestar de los individuos con menos rentas (de ahí que también se le conozca como criterio maximin). 145. Éstas son las diferencias fundamentales entre ambos criterios: a) Los utilitaristas se basan en una función de bienestar social aditiva simple, tal que: W = U1 + U2 + ... + Un. En cambio, Rawls se basa en una función de bienestar social aditiva ponderada, en la que no obstante, sólo se concede peso a la utilidad de los individuos con rentas más bajas, de modo que: W = α1U1 + α2U2 + ... + αnUn, donde α1 = α2 = ... = αn – 1 = 0 y αn = 1, y, por tanto, W = Un, la utilidad del sujeto menos favorecido. b) Para los utilitaristas, el bienestar se maximiza cuando se igualan las rentas y las utilidades marginales de los individuos; para Rawls la maximización del bienestar social se consigue maximizando la utilidad de las personas menos favorecidas. c) En el criterio de los utilitaristas la intervención del sector público con fines redistributivos debe perseguir la igualación absoluta de las rentas, mientras que para Rawls esa intervención debe proponerse maximizar el bienestar de los individuos con rentas más bajas, lo que significa que puede pretender una distribución igua-
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Hacienda Pública y redistribución de la renta
litaria de la renta, excepto cuando las desviaciones respecto a la equidistribución impliquen incrementos en el bienestar de esos individuos desfavorecidos. 146. a) Alternativa 1. b) Alternativa 4. c) Alternativa 2. d) Alternativa 3. 147. Dos condiciones: la existencia de individuos altruistas, cuyo bienestar no sólo dependiese de su renta sino también de la de los pobres, y que el aumento de la utilidad de los ricos por donar parte de sus rentas a los pobres compensase la pérdida de utilidad que experimentarían por su menor consumo. De darse estas condiciones, las transferencias de renta de los ricos a los pobres elevarían la utilidad de ambos grupos de individuos. 148. Esta línea de pensamiento se decanta por el libre funcionamiento del mercado, pero con la garantía a cargo de la sociedad de que todos los individuos tengan igual acceso a un conjunto de bienes considerados como fundamentales (cultura, sanidad, etc.). En este contexto, la distribución igualitaria de tales bienes sería, pues, un derecho de todos los individuos, análogo al derecho al voto o a las libertades ciudadanas, que el sector público debería favorecer con su intervención, al punto de exigir como «obligatorios» un consumo mínimo de los mismos. El problema de este enfoque radica, obviamente, en determinar qué bienes han de considerarse fundamentales y cuáles no. 149. Para Nozick, la propiedad privada, lo mismo que la vida humana, es un derecho natural, por lo que la renta obtenida por los sujetos será justa y, por lo mismo, su redistribución improcedente, siempre que, o bien sea fruto del esfuerzo o trabajo personal, o bien, en el caso de que se hubiese adquirido a través de una herencia, el causante la hubiese obtenido de forma legítima. La actuación redistributiva del Sector Público estaría, pues, sólo justificada en los supuestos en que no se cumpliese alguna o ninguna de esas dos condiciones, y ello sólo
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
con el propósito de restablecer el modelo justo de posesión. De no ser así, la política redistributiva del Sector Público carecería de sentido, al no tener la sociedad nada que redistribuir. Frente a esta posición radical, Hayek y Friedman sostienen, sin embargo, que la intervención pública para el logro de objetivos redistributivos debería existir, pero limitada a aliviar las situaciones de máxima pobreza. 150. Postula que si la sociedad permite la movilidad de sus miembros en la escala de rentas, de tal forma que la gente pueda moverse de los niveles inferiores a los superiores de renta, al punto de que los pobres puedan dejar de serlos, la distribución dejará de ser un problema y, por tanto, las políticas públicas redistributivas no serán necesarias.
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Lección 6 CRECIMIENTO ESTABLE DE LA ECONOMÍA
Glosario de términos y conceptos • Política fiscal • Efecto desplazamiento (crowding-out) • Trampa de la liquidez • Curva IS • Curva LM • Estabilidad económica • Modelo keynesiano • Multiplicador • Cambio automático • Cambio discrecional • Estabilidad económica • Estática comparativa • Modelo keynesiano • Multiplicador • Gasto autónomo • Cambio automático • Cambio discrecional • Coeficiente de estabilización automática • Multiplicador de empleo • Curva LS • Curva LM • Superávit de pleno empleo • Superávit o déficit ponderado • Saldo efectivo (superávit o déficit) • Saldo cíclico • Saldo discrecional
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Saldo estructural • Saldo ocasional • Saldo primario • Saldo neutral • Saldo beligerante • Retardos • Estructura presupuestaria • Producto Nacional Bruto potencial • Normas fiscales • Absorción fiscal • Dividendo fiscal • Efecto coyuntural • Objetivos • Instrumentos • Curva de Phillips
CUESTIONES Y EJERCICIOS 151. Una reducción de los tipos de gravamen del impuesto personal sobre la renta constituye una medida de política fiscal expansiva. ¿Verdadero o falso? ¿Por qué? 152. ¿En qué circunstancias puede la flexibilidad automática de los impuestos favorecer o perjudicar a corto plazo la estabilidad económica? 153. ¿Qué efectos tendría una medida de política fiscal expansiva sobre los flujos de capital bajo los supuestos alternativos de unos tipos de cambio fijos y variables? 154. En circunstancias de pleno empleo, ¿por qué la elevada flexibilidad automática del impuesto sobre la renta personal favorece a corto plazo la estabilidad económica? 155. En el saldo presupuestario real hay un componente automático y otro discrecional. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 156. ¿Qué diferencia existe entre el saldo presupuestario estructural y el neutral?
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Crecimiento estable de la economía
157. En un año en que una economía alcanzó un equilibrio próximo a su PIB potencial, la tasa macromarginal de imposición fue t = 0,2 y la relación entre gasto público y PIB potencial fue g = 0,3. Determinar el valor del «saldo neutral» en un año en que el PIB efectivo fue de 1.000 y el PIB potencial fue de 1.500. 158. Dos déficit presupuestarios de la misma cuantía ejercen siempre los mismos efectos expansivos sobre la actividad económica global. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 159. La comparación de los saldos efectivos del presupuesto en dos años distintos no nos indica en qué sentido (expansivo o contractivo) está actuando la actividad financiera. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta. 160. ¿A qué se denomina gaps de producción? ¿Para qué se utiliza este concepto en el terreno presupuestario? 161. Una variación equilibrada del presupuesto no tiene efectos sobre el nivel de equilibrio de la renta nacional. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 162. ¿Cuál de los siguientes cambios impositivos es automático?: a) Una elevación del tipo impositivo. b) Una bonificación practicada en la base. c) Un aumento en la recaudación sin modificar los tipos ni las normas de determinación de las bases. 163. Un impuesto indirecto contrae más la demanda global que un impuesto directo de igual recaudación. ¿Verdadero o falso? ¿Por qué? 164. Un gasto público financiado con deuda pública: a) Tiene efectos más expansivos que si se financia con impuesto. b) Tiene efectos más expansivos que si se financia creando dinero. c) Tiene efectos menos expansivos que si se financia con impuesto. Razonar la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
165. Si el déficit presupuestario se mantiene constante en proporción al PIB de una economía, puede afirmarse que los efectos expansivos del presupuesto también se mantienen constantes. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta en términos analíticos. 166. Una estimación realizada para España sitúa el valor de la propensión marginal al consumo (c) en 0,80, el del tipo medio de imposición directa (t*) en 0,35 y el de la flexibilidad del sistema tributario (f) en 1,1. Determinar cuál es el coeficiente o índice de estabilización automática (d) de este sistema tributario. 167. ¿Qué se entiende por superávit (déficit) de pleno empleo? ¿Para qué se utiliza este concepto? 168. Supongamos que en el año 1999, que se toma base, una economía realizó un buen ajuste, dándose una situación próxima al nivel de pleno empleo, y que ésta registró en los años 2007, 2008 y 2009, los siguientes valores:
Déficit efectivo PIB en u.m. 2007 PIB. pot. en u.m. 2007
2007
2008
2009
2,8 45.006,0 45.006,0
4,0 46.626,2 47.256,3
4,9 47.745,2 49.619,1
Asimismo, se supone que el tipo macromarginal de imposición (t) y la proporción del gasto público sobre el PNB potencial de 2007 (g) se cifraron en 0,398 y 0,426, respectivamente. Calcular los saldos neutrales de los presupuestos de 2008 y 2009. 169. Los efectos de la actividad financiera sobre el nivel de demanda agregada son siempre instantáneos. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta. 170. Los retardos funcionales en la política fiscal son de tal naturaleza que la inhabilitan para su utilización de cara a regular la demanda global. ¿Verdadero o falso? 171. Dos déficit de igual cuantía, obtenidos en un mismo país en años distintos, tienen el mismo efecto expansivo, con independencia de la si-
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Crecimiento estable de la economía
tuación económica de cada año. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 172. Siempre que exista el mismo número de objetivos que de instrumentos hay solución única al problema planteado de política fiscal. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 151. Verdadero. Porque, de resultas de tal medida, la renta disponible de los contribuyentes se incrementará y ello propiciará un aumento del gasto privado. 152. La flexibilidad automática de los impuestos favorecerá a corto plazo la estabilidad cuando la situación de partida sea de pleno empleo, toda vez que la necesidad de adoptar medidas discrecionales o cambios en los parámetros fiscales será menor. Sin embargo, la respuesta automática perjudicará a corto plazo la estabilidad, en el caso de que el punto de partida sea una situación de desempleo, por cuanto tal respuesta interferirá con el proceso de recuperación hacia el pleno empleo y aumentará la necesidad de una política discrecional. 153. Bajo un régimen de tipos de cambio fijos, una política fiscal expansiva inducirá, por turno, una elevación de los tipos de interés, la reducción de la inversión y, a la postre, el debilitamiento de los efectos de la expansión fiscal. No obstante, adicionalmente, unos tipos de interés elevados atraerán capital extranjero al país fiscal, con lo que los tipos de interés y la presión sobre la inversión menguarán. Con tipos de cambio variables, la creciente entrada de capital elevará el valor de la moneda, lo que inducirá un aumento de las importaciones y, contrariamente, una disminución de las exportaciones. La entrada de capital amortiguará, por tanto, la eficacia de la política fiscal expansiva. 154. La elevada flexibilidad automática del impuesto sobre la renta personal favorece a corto plazo la estabilidad económica porque tiende a amortiguar la amplitud de las fluctuaciones de la actividad económica. 155. Verdadero. El déficit total puede entenderse como el agregado de un componente discrecional, definido como la parte del saldo efectivo
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
que refleja ingresos y gastos expresamente decididos por la autoridad presupuestaria, y un componente automático, que constituye una valoración cuantitativa de la parte del saldo imputable a la situación cíclica de la economía. 156. El déficit estructural es el saldo presupuestario correspondiente a un PIB potencial de pleno empleo, es decir, el déficit que cosecharía el sector público en el supuesto de que la economía alcanzara un PIB potencial con pleno empleo de los recursos. Sin embargo, el saldo presupuestario neutral es un saldo que permite el pleno empleo pero no implica estímulo en un año dado, es la acumulación del saldo que se considera compatible con una situación real que pueda considerarse como muy satisfactoria. 157. El saldo neutral equivale a la diferencia: g PIB potencial – t PIB efectivo. De acuerdo con los datos que se facilitan en el ejercicio, ascendería, por tanto, a: Saldo neutral = 0,3 × 1.500 – 0,2 × 1.000 = 2,50% PIB 158. Falso. Déficit de igual cuantía absoluta pueden tener distinto valor como indicadores de una acción expansiva cuando se obtienen en períodos con diferentes niveles de actividad económica. El saldo incorpora tanto los cambios automáticos de las variables presupuestarias asociadas a la coyuntura económica como los cambios discrecionalmente decididos por la autoridad presupuestaria. La importancia de la composición o estructura presupuestaria deriva, pues, del hecho de que existen infinitas combinaciones distintas de ingresos y gastos públicos que pueden arrojar un mismo saldo pero que surten efectos muy distintos sobre el nivel de actividad económica. 159. Verdadero. El saldo presupuestario es fruto tanto de los cambios discrecionales incorporados al presupuesto (cambios autónomos en gastos e ingresos públicos o alteraciones de tipos impositivos) como de la respuesta de los mecanismos automáticos presupuestarios a los cambios en la actividad económica, por lo que comparar, por ejemplo, el saldo en dos períodos distintos puede dar indicaciones incorrectas del sentido contractivo o expansivo de la actividad financiera.
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Crecimiento estable de la economía
160. Por gap de producción se entiende la diferencia porcentual entre producción efectiva y producción tendencial o potencial. Este concepto se utiliza en el terreno presupuestario para comprobar cuál ha sido la evolución de los dos componentes básicos del déficit público: el discrecional y el cíclico. 161. Falso. Un presupuesto equilibrado o una variación equilibrada del presupuesto no es neutral respecto al nivel de la demanda y renta de equilibrio; antes bien, bajo ciertos supuestos tienen efectos expansivos o contractivos iguales a su propia dimensión (Teorema de Haavelmo). 162. La alternativa c), que refleja la variación en la recaudación al aumentar el nivel de renta. 163. Verdadero. El impuesto indirecto es más contractivo que el directo para un mismo volumen de recaudación. Para lograr un cambio cuantitativamente igual en la imposición indirecta que en la directa (vg. el impuesto sobre la renta) se requiere una variación relativamente mayor en su tipo impositivo (ti), por cuanto éste se gira sobre el consumo, una magnitud menor que la renta. De esta forma, el multiplicador disminuirá en mayor medida con el impuesto sobre el consumo que con el aplicado a la renta. Este efecto global se ha querido sustentar asimismo sobre el argumento de que el impuesto sobre el consumo afecta en mayor medida a las personas con más bajo nivel de renta, presumiblemente las que mayor propensión al consumo tienen. 164. Cierta la alternativa a). Un aspecto importante de la actividad presupuestaria es el relativo a la diversidad de efectos que ésta ocasiona sobre el nivel de la actividad económica según cuál sea la forma adoptada para financiar el déficit (o utilizar el superávit) que puede asociarse a una actuación discrecional a este respecto. Un aumento del gasto público sin un aumento ad hoc de los impuestos es una actuación a la que inicialmente cabe atribuir efectos expansivos, pero, al mismo tiempo, es claro que esos efectos serán distintos según que se acuda a la Deuda Pública o a la emisión de dinero para hacer efectivo el gasto.
101
Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Si a tales efectos se emitiese Deuda Pública, y ésta no se monetizase, el aumento del gasto no implicaría variaciones en el equilibrio monetario y, en consecuencia, el efecto multiplicador así generado sería más reducido que el obtenido si las variables monetarias se hubieran ajustado plenamente para evitar el crecimiento del tipo de interés y su correspondiente efecto depresivo sobre la inversión. Si la financiación se realizara mediante la creación de dinero, al desplazamiento de la curva IS causado por el mayor gasto público habría que añadir los efectos del desplazamiento de la línea LM por la nueva creación de dinero para su financiación, en principio, dos fuerzas expansivas que, al complementarse dan lugar a un efecto total mayor que el recurso a la Deuda. 165. Falso. El efecto total de un cambio presupuestario sobre el nivel de la demanda global depende tanto de su saldo como de su volumen o dimensión. De ahí que no esté justificado analizar los efectos presupuestarios únicamente a partir de la existencia de un déficit o superávit presupuestario; antes al contrario, es indispensable considerar el nivel global del presupuesto en el que tal saldo se produce. Así, si G (gasto público) y T (recaudación impositiva) varían de forma que dG ≠ dT, pueden darse dos casos: a) Que dG > dT; de manera que: dG = dT + D, donde dG expresa la variación del gasto público, dT variación de la recaudación impositiva y D expresa la magnitud del déficit. b) Que dG < dT; de modo que: dG + S = dT, donde S expresa el volumen de superávit. Los efectos de este cambio sobre el nivel de equilibrio de la renta nacional serían, en correspondencia:
a’)
102
dG cdT dT + D cdT – = – = 1– c 1– c 1– c 1– c dT(1– c) + D D = = dT + 1– c 1− c
dY= a′ )
Crecimiento estable de la economía
b’)
dG cdT dG cdG+ cS – = – = 1– c 1– c 1– c 1– c dG(1– c)– S cS = = dG– 1– c 1− c
dY= b′ )
En ambos casos se pone de manifiesto el peso del nivel del presupuesto o de su variación total, junto con el correspondiente al saldo. 166. En términos algebraicos, el índice de estabilización automática se expresa como:
δ=
c⋅ f ⋅ t * 1– c(1– f ⋅ t*)
donde c es la propensión marginal al consumo, t* el tipo medio de la imposición directa y f la flexibilidad del sistema tributario. De esta forma, si sustituimos en la expresión anterior los parámetros c, f y t* por los valores correspondientes en el enunciado del ejercicio, se obtiene:
δ=
0,8⋅1,1⋅ 0,35 0,308 = = 0,606 1– 0,8 (1−1,1⋅ 0,35) 0,508
Resultado que indica que la capacidad estabilizadora del sistema tributario español se situaría en torno a un 60 por 100, es decir, que por la actuación de los impuestos cada euro de aumento de Y se ve reducida en 60 céntimos. 167. De acuerdo con el criterio de las Cuentas de la Renta Nacional, el superávit (o déficit) de pleno empleo se define, en sentido estricto, como el superávit (o déficit) que arrojaría una estructura presupuestaria en una situación hipotética de pleno empleo de los recursos productivos. Su determinación se realiza proyectando la estructura presupuestaria actual sobre una situación en la que supuestamente el PNB coincidiese con el PNB potencial de pleno empleo, entendido éste como la
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
producción máxima que podría obtenerse utilizando plenamente todos los recursos en condiciones de asignación óptima de los mismos. Este concepto se utiliza como procedimiento para separar los cambios automáticos y discrecionales del presupuesto, con clara ventaja respecto al saldo efectivo, esto es, el déficit o superávit realmente obtenido en cada año. 168. Como es sabido, el saldo neutral del presupuesto obedece a la expresión: gYF – tY, donde YF es el PNB potencial del año correspondiente, Y el PNB real del año correspondiente, t el tipo macromarginal de imposición que relaciona la recaudación tributaria con la renta corriente del año base (t = dT/dY) y que se mantiene constante, y g la proporción del gasto público al PNB potencial del año base (g = G/YF), que también se mantiene constante. Así pues, el cálculo del saldo neutral (SN) respecto al PNB potencial (YF) del año 2008 se obtendría a partir de la expresión:
SN/ YF08 = g07 ⋅ YF08 – t 07 ⋅Y 08 = g07 ⋅
YF08 Y 08
– t 07
A continuación, puesto que en el ejercicio g07 = 0,426 YF08/Y08 = 47.256,3 / 46.626,2 = 1,0135 t07 = 0,398 se obtiene finalmente un saldo neutral para el año 2008: SN/YF08 = 0,426 · 1,0135 – 0,398 = 3,4 Análogamente, respecto al año 2009, el cálculo del saldo neutral se realizaría a partir de:
SN/YF 09= g07 ⋅ YF09– t 07 ⋅ Y 09= g07 ⋅
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YF 09 07 –t Y 09
Crecimiento estable de la economía
Ecuación de la que, una vez sustituido los valores g07 = 0,426 YF09/Y09 = 49.619,1 / 47.745,2 = 1,0392 t07 = 0,398 resulta un saldo neutral para el año 2009 de: SN/YF09 = 0,426 · 1,0392 – 0,398 = 4,5 De los resultados así obtenidos se desprende, por lo demás, que: a) Un comportamiento neutral de la Hacienda Pública en 2008 habría requerido la obtención de un saldo presupuestario de 3,4 en vez de 4 (el déficit obtenido), lo que significa que en este año el presupuesto tuvo un efecto expansivo cifrado en 0,6. b) De igual manera, el saldo neutral estimado para 2009 fue de 4,5, mientras que el déficit efectivo ascendió a 4,9, por lo que el carácter expansivo de presupuesto se cifró en 0,4. c) En vista de que la situación económica del país empeoró entre 2008 y 2009, la actuación del gobierno en 2009 tuvo un carácter claramente expansivo. d) Si en 2010 el déficit efectivo se hubiera cifrado en 4,5, la actuación del gobierno habría sido poco expansiva, toda vez que, dada la mala situación de la economía, podría haber sido superior. 169. Falso. Las variaciones discrecionales de ingresos y gastos públicos pueden surtir efectos sobre el nivel de la demanda global del sistema cuya aparición o manifestación no se produciría de forma instantánea, sino con ciertos desfases temporales. Los retardos implícitos (fiscales o monetarios) en la producción de efectos de la política fiscal pueden calificarse y separarse en una triple modalidad: a) Reconocimiento de la necesidad de actuar, b) adopción de la medida (retardos político-administrativos) y c) producción de efectos (retardos funcionales). El primer tipo de retardo depende del desfase con el que se elaboren las estadísticas. En algunos países con amplia tradición en este sentido, el desfase es relativamente reducido, pero en otros menos avan-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
zados puede ser considerable. La adopción de la medida política constituye un retardo de naturaleza político-administrativa, por lo que la investigación económica ha concentrado sus esfuerzos e interés en la producción de efectos inducidos, los llamados retardos funcionales. 170. Falso. El proceso de causación a través del cual operan las variables fiscales es muy complejo, por lo que, la única forma posible de apreciar los retardos en la producción de efectos inducidos consiste en examinarlos a través de un modelo econométrico. En este sentido, los resultados obtenidos mediante simulaciones con esta clase de modelos, aunque no plenamente precisos, sugieren, en su mayoría, la existencia de unos «efectos impacto» relativamente significativos respecto a los multiplicadores dinámicos acumulados para un largo período de tiempo. Ello quiere decir que, si bien los retardos en la producción de efectos inducidos pueden tener cierta importancia, no constituyen por sí solos un motivo para rechazar la utilización discrecional de la política fiscal con propósitos de regulación de la demanda global. 171. Falso. Dos déficit o superávit de igual cuantía absoluta pueden tener distinto valor como indicadores de una acción expansiva o contractiva cuando se obtienen en períodos con niveles diferentes de la actividad económica. 172. Falso. Se necesita además que los instrumentos actúen sobre variables independientes entre sí.
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Lección 7 ELECCIÓN COLECTIVA
Glosario de términos y conceptos • Teoría de la elección colectiva • Reglas de elección colectiva • Teorema de la imposibilidad de Arrow • Sistema de elección (votación) en democracia directa • Sistema de elección (votación) en democracia representativa • Equilibrio en votación mayoritaria • Votación cíclica • Manipulación de la agenda • Preferencias unimodales y preferencias bimodales • Paradoja de Condorcet • Teorema de Black (o del votante mediano) • Intercambio de votos y sistema de concesiones mutuas • Modelo Downs-Hotelling • Mecanismo de elección colectiva a prueba de estrategias • Cuenta de Borda • Condición de Asociación Positiva • Teoría de la burocracia (Niskanen) • Votantes y políticos • Grupos de interés
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 173. Si al adoptar las decisiones se sigue la regla de unanimidad, el resultado es óptimo en el sentido de Pareto. ¿Es cierta o falsa esta afirmación? Si la respuesta es cierta, ¿qué objeción puede ponerse a este sistema de adopción de decisiones? 174. La regla de la mayoría permite resolver políticamente el volumen de bienes públicos que debe proveerse a la sociedad. ¿Verdadero o Falso? Explicar la respuesta. 175. Cuando las preferencias de los individuos son de un solo pico (unimodales) y se pueden ordenar en función de una característica única, ¿puede darse la paradoja de Condorcet? Explicar la respuesta. 176. En una sociedad compuesta por tres sujetos (A, B y C) se pretende ordenar tres opciones (x1, x2, x3) por la regla de la mayoría. Las preferencias de cada individuo tienen el perfil gráfico que figura en el cuadro siguiente: Preferencias Altas
x1
x2
x3 C B
Intermedias Bajas
A
Dígase: a) ¿Podría darse la paradoja de Condorcet, a la vista de esas preferencias? b) ¿Se produce, de hecho la citada paradoja? 177. En una sociedad compuesta por tres sujetos (A, B y C), las preferencias de los 2 primeros sujetos respecto a tres opciones (x1, x2, x3) son las siguientes: Sujeto A: x1 > x2 > x3. Sujeto B: x2 > x3 > x1.
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Elección colectiva
¿Cuál será la ordenación de preferencias del tercer sujeto si se sabe que éste tiene preferencias bimodales pero que no se produce «la Paradoja de Condorcet»? 178. En una sociedad compuesta por tres sujetos (A, B y C) se pretende ordenar tres alternativas unidimensionales (x1, x2, x3), que se corresponden, por ejemplo, con un nivel de gastos en defensa alto, intermedio y bajo. Las preferencias de cada individuo tienen el perfil gráfico que figuran en el cuadro siguiente: Preferencias
x1
x2
x3
Altas
C
Intermedias
B
Bajas
A
A la vista del gráfico anterior, dígase si en este caso: a) ¿Podría darse la paradoja de Condorcet? b) ¿Tiene que darse necesariamente la citada paradoja? c) ¿Se da, de hecho, la paradoja? Explicar la respuesta. 179. De una sociedad compuesta por tres sujetos (A, B y C) y tres opciones a elegir (X1, X2 y X3), se sabe que las preferencias son cíclicas. Si las preferencias de los sujetos A y B respecto a las tres opciones son: Sujeto A: X1 ≥ X2 ≥ X3 Sujeto B: X2 ≥ X3 ≥ X1 ¿Cómo serán las preferencias del sujeto C? Razonar la respuesta 180. ¿Por qué razón en los sistemas de votación por puntos y de la pluralidad no puede producirse la paradoja de Condorcet? 181. ¿Por qué el resultado de la regla de votación por puntos puede diferir del obtenido mediante la regla de la mayoría?
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
182. Enunciar las condiciones establecidas por Arrow para la racionalidad de la elección social. 183. Uno de los requisitos o condiciones del teorema de Arrow es la existencia de una relación positiva entre las ordenaciones de preferencias individuales y sociales. Comentar el alcance de este requisito. 184. Según el teorema de Arrow, un sistema de elección colectiva como la mayoría simple nunca conducirá a una ordenación racional de las preferencias sociales. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 185. ¿En qué consiste el criterio de independencia de alternativas irrelevantes expuesto por Arrow? 186. En una sociedad existen 5 sujetos que desean realizar un proceso de elección social respecto a cinco opciones (a, b, c, d, e). El sistema de votación que siguen consiste en pedir a cada sujeto que voten a favor de una opción —la que libremente desee— y ordenar las preferencias sociales en el sentido siguiente: la opción que reciba más votos favorables se considerará la más preferida por la sociedad; la siguiente en número de votos recibidos se considerará la segunda preferida, y así sucesivamente. ¿Cumple este sistema con los criterios establecidos por Arrow? En caso negativo, dígase qué criterio o criterios incumple. 187. En palabras de Musgrave, «... el proceso político basado en la regla de la mayoría sugiere que el resultado está lejos de ser caótico». Comentar esta afirmación. 188. La ciclicidad en las votaciones puede eliminarse recurriendo a un mecanismo conocido como manipulación de la agenda. ¿En qué consiste este mecanismo? 189. La regla de la mayoría, bajo ciertas condiciones, conduce a una ordenación de preferencias sociales. ¿Es ese resultado eficiente? Explicar la respuesta. 190. Los sistemas de votación por puntos permiten graduar mejor que la mayoría simple la intensidad de las preferencias, pero facilitan también un comportamiento estratégico de los electores. ¿Verdadero o falso? ¿Por qué?
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Elección colectiva
191. El teorema de Black afirma que, bajo ciertas condiciones, la mayoría conduce a una elección colectiva racional. ¿Cuáles son esas condiciones? 192. ¿En qué consiste el denominado voto estratégico? 193. En los sistemas bipartidistas las posiciones de ambos partidos tienden a converger. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 194. Salvo intervención de grupos de interés, los burócratas extienden su actividad hasta el punto en que los costes y beneficios totales se igualan. ¿Es ese comportamiento eficiente? Explicar la respuesta. 195. Según Niskanen, los funcionarios son sujetos pasivos que no persiguen ningún objetivo en los procesos de elección colectiva. ¿Es cierta o falsa esta afirmación? Justificar la respuesta. 196. De acuerdo con la teoría de la burocracia, la dimensión de los departamentos tiende a crecer indefinidamente. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 197. ¿En qué consiste la teoría del «ciclo político-electoral» y cuál es su fundamento? 198. Una unidad burocrática produce un servicio público Y cuyos beneficios y costes totales pueden expresarse en los términos: BT = 2Y 3 – 300 Y 2; CT = Y 3 – 150 Y 2. Determinar el nivel de producción por el que optaría la unidad burocrática según el modelo de Niskanen, comparándolo con el nivel de producción eficiente.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 173. Verdadero. La principal objeción que se ha puesto a esta regla de la unanimidad es que, pese a haberse concebido para proteger los intereses de la minoría, concede a ésta un poder de veto que puede resultar paralizante de la actividad colectiva. En la adopción de decisiones por unanimidad, nadie debería resultar perjudicado por la decisión sometida a votación, pues, en caso contrario, cualquiera podría hacer uso del poder de veto para oponerse a la misma.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
174. Verdadero. A diferencia de lo que sucede en el sector privado, en el que el precio de los bienes refleja las preferencias de los ciudadanos por ellos, en el caso de los bienes públicos puros, sus características de no rivalidad en el consumo e inaplicabilidad del principio de exclusión hacen que estos no revelen voluntariamente sus preferencias por tales bienes (que deseen convertirse en usuarios gratuitos) y, en consecuencia, que el sector público no disponga de esta información y que deba buscarla. La regla de la mayoría es un mecanismo que (aunque no perfecto) permite obtener esa información y resolver políticamente las clases y el volumen de bienes públicos que deben proveerse a la sociedad, porque los individuos, al tener que cumplir la decisión de la mayoría, se verán inducidos a votar por la opción que más se aproxime a sus preferencias. 175. No, porque para que se manifieste la paradoja de Condorcet debe cumplirse necesariamente una condición sine qua non: que las preferencias sean bimodales. No obstante, ya es sabido que la existencia de preferencias bimodales, aunque condición necesaria, no es suficiente para que se dé la paradoja de Condorcet. 176. a) Al observar el perfil gráfico de las preferencias de cada individuo, se constata que efectivamente podría darse la paradoja de Condorcet, porque uno de los sujetos, el sujeto B, presenta preferencias bimodales (con dos picos). Sin embargo, las preferencias bimodales constituyen una condición necesaria pero no suficiente para que se produzca tal paradoja. Ésta se dará cuando además de preferencias bimodales, la votación sea cíclica. b) De otra parte, para decidir entre las alternativas anteriores mediante la regla de la mayoría simple, se procederá a la comparación de cada par de alternativas (x1x2, x2 x3, y x1x3) y posteriormente se verá cuál es la preferida por la sociedad. Como se desprende del gráfico del ejercicio y puede observarse tras la confrontación y ordenación colectiva de las preferencias individuales que se expone a continuación, la votación no sería cíclica. (Nótese que en las expresiones aquí utilizadas el signo > significa alternativa preferida a ...)
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Elección colectiva
Preferencias individuales Sujeto A: x1> x2> x3 Sujeto B: x3> x1> x2 Sujeto C: x3> x2> x1 Ordenación individual
Ordenación colectiva
A
B
C
x1, x2
x1 > x2
x1 > x2
x2 > x1
x1 > x2 (vence por 2 a 1)
x2, x3
x2 > x3
x3 > x2
x3 > x2
x3 > x2 (vence por 2 a 1)
x1, x3
x1 > x3
x3 > x1
x3 > x1
x3 > x1 (vence por 2 a 1)
Es decir, se obtiene una ordenación colectiva final única, tal que x3 > x1 > x2, aunque con preferencias bimodales en el sujeto B. En consecuencia, no se produce de hecho la paradoja de Condorcet. 177. La ordenación de preferencias del tercer sujeto será: x1 > x3 > x2. Como se observa en el gráfico, las preferencias de este sujeto C tendrían dos picos o máximos relativos pero al mismo tiempo, como puede comprobarse tras la confrontación y ordenación colectiva de las preferencias individuales expuestas a continuación, la votación no sería cíclica. Preferencias
x1
x2
x3
Altas
C
Intermedias
B
Bajas
A
Preferencias individuales Sujeto A: x1> x2> x3 Sujeto B: x2> x3> x1 Sujeto C: x1> x3> x2
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Confrontación de las preferencias individuales
Ordenación colectiva
A
B
C
x1 > x2
x2 > x1
x3 > x2
x1 > x2 (vence por 2 a 1)
x2 > x3
x2 > x3
x3 > x2
x2 > x3 (vence por 2 a 1)
x1 > x3
x3 > x1
x1 > x3
x1 > x3 (vence por 2 a 1)
La ordenación colectiva final sería, pues, x1 > x2 > x3 , una votación u ordenación colectiva no cíclica, aunque con preferencias bimodales en el sujeto C. 178. a) Sí podría darse porque en el sujeto C las preferencias son bimodales (con dos máximos relativos), una de las dos condiciones que deben darse para que se produzca dicha paradoja. b) No necesariamente, porque, para que se diera la paradoja de Condorcet, habrá de verificarse asimismo la ciclicidad en la votación. c) Se da, en efecto, la paradoja de Condorcet porque, como se confirma a continuación, la ordenación colectiva de las preferencias individuales es cíclica. Preferencias individuales
Confrontación de las preferencias individuales A
B
C
Sujeto A: x1 > x2 > x3
x1, x2
x1 > x2
x2 > x1
x1 > x2
Sujeto B: x2 > x3 > x1
x2, x3
x2 > x3
x2 > x3
x3 > x2
Sujeto C: x3 > x1 > x2
x1, x3
x1 > x3
x3 > x1
x3 > x1
Ordenación colectiva x1 > x2 (x1 preferida a x2 por 2 resultados frente a 1) x2 > x3 (x2 preferida a x3 por 2 resultados frente a 1) x3 > x1 (x3 preferida a x1 por 2 resultados frente a 1)
A la vista del resultado obtenido tras la confrontación de las preferencias individuales, se verifica que la ordenación colectiva final sería: x1 > x2 > x3 > x1..., esto es, una ordenación colectiva cíclica que, como
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Elección colectiva
tal, implicaría que ninguna alternativa sería preferida colectivamente a las demás, de tal modo que el proceso de elección se extendería indefinidamente, sin que pudiera lograrse una decisión racional o transitiva. 179. Las preferencias del sujeto C serán: x3 ≥ x1 ≥ x2. Es así porque, tras someterse a votación, por turno, las combinaciones x1 x2, x2 x3 y x1 x3, el resultado que se obtiene es: Ordenación individual
Ordenación colectiva
A
B
C
x1, x2
x1 ≥ x2
x2 ≥ x1
x1 ≥ x2
x1 ≥ x2
x2, x3
x2 ≥ x3
x2 ≥ x3
x3 ≥ x2
x2 ≥ x3
x1, x3
x1 ≥ x3
x3 ≥ x1
x3 ≥ x1
x3 ≥ x1 x1 ≥ x2 ≥ x3 ≥ x1...
Esto es, se obtiene una ordenación colectiva cíclica en la que ninguna de las alternativas sería preferida a las demás, por lo que nunca se alcanzaría una elección racional. 180. Porque, al no basarse ninguno de estos sistemas en la comparación de pares de alternativas (en ellos no se plantea el problema de la secuencia de votos), permite graduar la intensidad de las preferencias. 181. Porque se trata de un método basado en la intensidad de las preferencias de los votantes, lo que le confiere una mayor flexibilidad que el sistema de votación plural. A cada votante se le asigna un número igual de puntos que debe distribuir entre las alternativas disponibles, de modo que la ordenación social de éstas se realiza de acuerdo con el número de puntos obtenidos por cada una de ellas. 182. La racionalidad en la función de elección colectiva se halla supeditada, a juicio de Arrow, al cumplimiento de cinco exigentes condiciones: a) L a función de elección colectiva debe permitir establecer una ordenación completa, transitiva y reflexiva de las diferentes alternativas, cualquiera que sea el orden en que se realice la elección de las mismas.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
b) E xistencia de una relación positiva entre las ordenaciones individuales y sociales. c) Independencia de las alternativas irrelevantes (también conocida como condición IAI). La ordenación social respecto a dos alternativas sólo debe estar determinada por las preferencias individuales respecto a ellas. d) C ada individuo es libre de elegir entre todas las alternativas. No existe ninguna ordenación dictatorial impuesta a los individuos de la sociedad. e) Condición de óptimo de Pareto. Si entre las alternativas a y b, la primera refleja una situación tal que nadie obtiene en ella menos utilidad que en la segunda, pero al menos un sujeto mejora su utilidad respecto a esta segunda alternativa, la sociedad debe elegir la alternativa a. Este conjunto de condiciones indujeron a Arrow a formular su célebre «Teorema de la Imposibilidad», que, haciendo honor a su denominación, proclama que no existe ninguna norma de agregación que conduzca a una función de elección colectiva que satisfaga todas las condiciones anteriores. 183. Si una alternativa asciende en la ordenación de preferencias de uno o varios individuos, permaneciendo inalterada la situación de las restantes alternativas, la misma debe ascender —o cuando menos no descender— en la escala de preferencias colectivas. Esta condición elimina las ordenaciones sociales que se guían por la costumbre, o, lo que es igual, excluye a ésta como criterio de racionalidad para la ordenación de preferencias. 184. Verdadero. Según Arrow no existe ningún sistema o norma de elección colectiva que conduzca siempre a una ordenación racional, habida cuenta que ninguno cumple con todos los requisitos o condiciones por él establecidos a tales efectos. 185. La ordenación social respecto a dos alternativas sólo debe estar determinada por las preferencias individuales respecto a ellas. Es decir, la elección social entre las alternativas de un conjunto debe ser independiente de las preferencias respecto a alternativas irrelevan-
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Elección colectiva
tes o ajenas al mismo. Esta condición implica que la eliminación de una alternativa no influirá en la ordenación de las alternativas restantes. 186. No cumple todos los criterios establecidos por Arrow. Al tratarse de un sistema de votación basado en la intensidad de las preferencias incumpliría la condición de Independencia de las Alternativas Irrelevantes, por lo que sería un sistema manipulable que, como tal, favorecería el comportamiento estratégico de los participantes en el proceso. 187. Entre las propuestas de relajación de las exigentes condiciones establecidas por Arrow, la aportación más interesante tal vez sea la referente a la posible limitación de las ordenaciones de las preferencias individuales a las preferencias unimodales, por cuanto en ellas existe una clasificación objetiva de las diferentes alternativas que de alguna forma normaliza u homogeneiza las posibles elecciones de cada individuo. En tal caso, bajo los rigurosos supuestos establecidos por Black y el propio Arrow, la ordenación social a la que llega la votación mayoritaria simple cumple las condiciones de racionalidad. Pese a ello, tras un minucioso análisis de diferentes elecciones posibles en el terreno presupuestario, ciertos autores, entre los que figura R. A. Musgrave, reconocen que la situación de preferencias unimodales en las decisiones de la Hacienda Pública son «la excepción más bien que la regla», si bien también sostienen que «el proceso político basado en la regla de la mayoría sugiere que el resultado está lejos de ser caótico», pues de algún modo conduce a resultados razonablemente satisfactorios. 188. Consiste sencillamente, en no volver a votar una alternativa derrotada en la votación anterior. No obstante, al eliminarse la alternativa perdedora de cada votación previa, para evitar así la ciclicidad en la ordenación colectiva de las preferencias individuales, la alternativa ganadora coincidirá con la deseada por quien elija el orden o la agenda de las votaciones, lo que constituye, a la postre, una ineficiencia de la regla de la mayoría en democracia directa. 189. No es eficiente, porque no tiene en cuenta las intensidades de las preferencias y, en consecuencia, no propicia la igualación entre la suma de los beneficios marginales individuales (la suma de las relaciones
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
marginales de sustitución) y el coste marginal de producción (la relación marginal de transformación). 190. Los métodos basados en la intensidad de las preferencias mejoran, ciertamente, la forma en que la regla de la mayoría simple se aproxima al problema de la revelación y conciliación de las preferencias individuales. Sin embargo, es lo cierto que tal mejora puede ser más aparente que real, por cuanto esa mejor expresión inducida de las valoraciones individuales puede dar lugar a un comportamiento estratégico por parte de los participantes en el juego de las votaciones, en el sentido de que algún individuo puede mentir acerca de sus preferencias, alterando así, en su propio beneficio, el resultado del mecanismo de elección colectiva. 191. La operatividad de la regla de la mayoría para proporcionar una solución apropiada fue inicialmente concebida por D. Black hace aproximadamente cuatro décadas, bajo dos supuestos específicos: a) La unidimensionalidad de todas las opciones, de suerte que puedan ordenarse de acuerdo con una sola característica; b) la inexistencia de individuos con preferencias bimodales. De cumplirse esta doble condición, postula el Teorema de Black, la regla de la mayoría conducirá a una solución en virtud de la cual la opción preferida tenderá a converger con la del denominado votante mediano, el votante que opta por la alternativa intermedia. 192. Consiste en que, en sus votaciones, los votantes puede tener en cuenta el voto de sus conciudadanos, forma tal que procurarían no despilfarrar sus votos en alternativas que no tengan posibilidad de vencer, aunque sean las preferidas por ellos. 193. Verdadero. Los partidos políticos no pretenden maximizar el bienestar de la sociedad, sino el número de votos. Es por ello, que en un sistema bipartidista, con el objetivo de captar el mayor número de votos posibles, ambos partidos políticos tienden a converger hacia la posición del votante mediano, mostrando así, a la postre, diferencias ideológicas exiguas o poco perceptibles. 194. No es un comportamiento eficiente. El nivel eficiente de actividad del funcionario se correspondería con aquel en que el beneficio marginal se igualase al coste marginal.
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Elección colectiva
195. Es falsa. Según Niskanen los burócratas tienen como principal objetivo maximizar su utilidad personal, que es, en mayor o menor medida, función directa del prestigio, poder, un mayor salario, etc., por ellos pretendidos en sus actuaciones. 196. Verdadero. La actividad de los burócratas se dirige siempre a la maximización del presupuesto, pues ello les reportará prestigio, poder y mayores retribuciones. Con tales propósitos, el burócrata realiza solicitudes de fondos presupuestarios en cuantía superior a los que realmente necesita, magnifica los beneficios derivados del nivel de servicios que presta e infla el total de fondos anticipándose a determinados recortes esperados. 197. La denominada teoría del ciclo político sostiene que el ciclo electoral se sobrepone al ciclo económico, creando o acentuando las condiciones (fluctuaciones) económicas capaces de favorecer el acercamiento de los partidos políticos al electorado con el ánimo de captar votos. El sistema de elecciones generales periódicas operaría así a modo de institución estimulante del ciclo económico, en tanto en cuanto, al hacer efectivos sus votos, los ciudadanos, además de sus afinidades o sintonías ideológicas, tendrían en cuenta la evolución y expectativas de cambio de variables económicas tales como el paro, la inflación y el PIB. En reciprocidad, durante las etapas preelectorales los gobernantes adoptarían medidas de política económica encaminadas a la creación de empleo, la estabilización de los precios y el crecimiento económico, procurando, de esta guisa, la génesis de un ciclo económico basado en consideraciones de naturaleza política. 198. De acuerdo con Niskanen, para maximizar su presupuesto la unidad burocrática optaría por el nivel de output en el que los beneficios y los costes totales se igualasen. Esto es, en el que 2Y 3 – 300Y 2 = Y 3 – 150Y 2 2Y – 300 = Y – 150 De donde se obtiene que Y = 150 Es sabido, por otra parte, que el nivel de output correspondiente a una asignación eficiente de recursos será aquel en el que se igualen
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
los costes y los beneficios marginales. En el ejercicio, el beneficio marginal y el coste marginal son, respectivamente: BMg = dBT /dY = 6Y 2 – 600Y CMg = dCT /dY = 3Y 2 – 300Y En consecuencia, el nivel de output eficiente se obtendrá a partir de la igualdad: 6Y 2 - 600Y = 3Y 2 – 300Y De donde se deriva que Ye = 100 Nivel de output eficiente que es, en fin, inferior al elegido por la unidad burocrática para maximizar su presupuesto.
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Lección 8 ESTRUCTURA Y EVOLUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO: PRINCIPALES TEORÍAS EXPLICATIVAS
Glosario de términos y conceptos • Ley de Wagner (I): Reestructuración de la sociedad • Ley de Wagner (II): Demandas elásticas de bienes sociales • Efecto desplazamiento • Efecto inspección • Efecto concentración • Redistribución de rentas • Grupos de interés • Ilusión fiscal • Efecto precios relativos y demandas inelásticas • Ciclo político-económico electoral • Burocracia (I): Maximización del presupuesto • Burocracia (II): Empleados públicos como votantes • Ideología del partido gobernante • Centralización del poder político
CUESTIONES Y EJERCICIOS 199. Según la Ley de Wagner, la importancia relativa del gasto público en la economía se mantiene estable a lo largo del tiempo. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 200. El análisis de series históricas disponibles no confirma en absoluto la Ley de Wagner. ¿Verdadero o Falso? Razonar la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
201. Históricamente el crecimiento general del gasto público no ha afectado a los gastos de la Seguridad Social. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 202. El crecimiento del gasto público tiene su causa fundamental en el correlativo incremento de los precios. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 203. Para algunos autores el crecimiento del gasto público es consecuencia del bajo aumento de la productividad en dicho sector. Explicar los puntos claves de esta argumentación. 204. Peacock y Wiseman desarrollaron un modelo explicativo de la evolución temporal del gasto público. Exponer sus puntos fundamentales. 205. Peacock y Wiseman han destacado en su revisión de la Ley de Wagner la presencia de un «efecto desplazamiento» del gasto público. Explicar en qué consiste este efecto. 206. Exponer el significado del «efecto inspección» destacado por Peacock y Wiseman. 207. ¿Qué influencia tiene el comportamiento de los funcionarios sobre la evolución del gasto público? 208. La denominada teoría del «ciclo político-económico-electoral», ¿qué idea fundamental defiende? 209. ¿Qué argumentación ofrece la denominada teoría de la «ilusión fiscal» como factor explicativo del crecimiento del gasto público? 210. La financiación del déficit público, cualquiera que sea el objetivo político subyacente, puede comportar un aumento del tamaño del presupuesto. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 199. Falso. Considerado por todos como el pionero en los estudios sobre las causas del el crecimiento del gasto público, Wagner (1870, 1890) ofrece una doble razón explicativa de la evolución de esta variable:
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Estructura y evolución del gasto público: principales teorías explicativas
a) Reestructuración de la sociedad. La transformación de una sociedad tradicional en una sociedad industrializada conduce a un aumento del gasto público, al desplazar el sector público al sector privado (familia u otros grupos) en la responsabilidad de la provisión de bienes públicos esenciales (defensa, justicia, orden interno), regulación económica, corrección de externalidades y administración de monopolios. b) Demandas elásticas de bienes sociales. El crecimiento de la renta real conduce a un aumento de los gastos públicos en aquellos bienes con elasticidad renta superior a la unidad. Éstos son bienes que, pese a no ser adecuadamente provistos por el sector privado, devienen necesarios para sostener el crecimiento económico (educación) o para corregir sus efectos nocivos (servicios sociales). 200. Verdadero. Si los períodos observados son suficientemente amplios permiten constatar que los aumentos de renta en la mayoría de los países desarrollados no han venido acompañados de aumentos del gasto público, refutándose así la ley de Wagner. En los últimos años, en casi todos los países de la Unión Europea, a pesar de que la renta per cápita ha mostrado una evolución ascendente, el tamaño del Sector público ha comenzado a disminuir. No obstante, la ley de Wagner parece mantenerse para los gastos sociales. 201. Falso. En las últimas décadas los gastos públicos en pensiones y otras transferencias en efectivo son las categorías de gasto que más han aumentado en términos relativos. Entre las hipótesis explicativas del crecimiento relativamente más intenso de los gastos en Seguridad Social, habrían de destacarse dos, fundamentalmente: las crecientes demandas sociales tendentes a una mejora en la distribución de las rentas y riqueza y la presión generada por los sindicatos. 202. Falso. Los defensores de las teorías del crecimiento del gasto las formulan en términos deflactados. No obstante, al crecimiento del gasto público subyacen otras importantes razones explicativas adicionales, tanto por el lado de la demanda (leyes de Wagner, Hipótesis de Peacock y Wiseman, demanda de redistribución de la renta, grupos de interés) como por el de la oferta (efectos precios relativos y deman-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
das inelásticas, ciclo político-económico electoral, maximización del presupuesto, empleados públicos como votantes, ideología del partido gobernante, descentralización fiscal). 203. Conocida como hipótesis de Baumol (1967) o efectos precios relativos y demandas inelásticas, esta teoría explicativa del crecimiento del gasto público establece que la baja intensidad del cambio tecnológico (elevada intensidad en mano de obra) y, consiguientemente, el bajo crecimiento de la productividad en el sector público, unido a incrementos salariales similares a los registrados en el sector privado, favorecen el crecimiento secular del coste relativo de provisión de los bienes públicos y, por ende, del ratio nominal del gasto público respecto al PNB o la renta nacional, incluso aun cuando las tasas reales de crecimiento en los dos sectores sean iguales. 204. Peacock y Wiseman sostienen que el gasto público crece de forma discontinua (en saltos bruscos) a consecuencia de las conmociones sociales (guerras, crisis, etc), no retornando a sus niveles iniciales una vez que cesan esas conmociones. El punto de partida de la argumentación de estos autores es que en etapas de estabilidad social existe un nivel de presión fiscal tolerable en la sociedad que limita el crecimiento del gasto público, pero este equilibrio se rompe al producirse cualquier conmoción social (efecto desplazamiento), de tal forma que, tras la misma, el gasto se mantiene en los niveles alcanzados, porque la ruptura en el nivel tolerable de presión fiscal permite a los miembros de la sociedad el acceso a la prestación de bienes y servicios públicos que no se prestaban por la renuncia social a incrementar los límites establecidos de esa presión fiscal (efecto inspección). A la revisión de la conciencia colectiva se une una concentración de funciones en la Hacienda Central desde las subcentrales (efecto concentración). 205. Estos autores sostienen que en etapas de estabilidad social existe un nivel de presión fiscal tolerable en la sociedad que limita el crecimiento del gasto público, al exigirse el ajuste entre los recursos facilitados por los niveles de presión impositiva aceptados por los miembros de la sociedad y el crecimiento del gasto. Este equilibrio se rompe, no obstante, por el efecto de una conmoción social, tal como una guerra o una depresión, al provocar éste una elevación del gasto en forma discontinua para atender las necesidades surgidas de dicho evento y
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Estructura y evolución del gasto público: principales teorías explicativas
aceptarse, en consecuencia, los nuevos niveles de imposición que su financiación comporta. Se produce así, cualquiera que sea la recaudación, un desplazamiento en el gasto del Estado. 206. Una vez que cesa la perturbación social, argumentan Peacock y Wiseman, el gasto no vuelve al patrón de crecimiento inicial, sino que se mantiene en los niveles alcanzados, por cuanto, la ruptura en el nivel tolerable de presión fiscal habría permitido a los miembros de la sociedad acceder a la prestación de bienes y servicios públicos que, aunque deseados anteriormente, no se prestaban por la renuncia social a incrementar los límites previos de dicha presión fiscal. Superada esa estricta barrera, se produciría un replanteamiento de las necesidades públicas, derivado de la inspección de la conciencia social respecto al estado de prestación de las necesidades, que facilitaría el descubrimiento de los flancos poco atendidos y mal cubiertos en la situación de partida. Las propias consecuencias económicas de la perturbación social propiciarían la extensión incontrovertida de las actividades públicas. 207. Los funcionarios o empleados del sector público pueden estimular el crecimiento del gasto por una doble vía: tratando de imponer la idea de que sus propuestas presupuestarias (o la ampliación de sus departamentos) son de crucial importancia para el saneamiento y progreso económico del país al que sirven, y, por otra parte, votando al partido que apoye un aumento de la dimensión del sector público, para así poder obtener aumentos de sueldo y estabilidad en el trabajo. 208. Son numerosos los estudios empíricos (entre ellos los de FAIR), que sostienen que ante la proximidad de un compromiso electoral los partidos gobernantes suelen adoptar políticas encaminadas a mejorar su imagen ante los votantes y favorecer su reelección. Estas medidas pueden ser de diversa índole (y, por lo general, tienen en cuenta las preocupaciones de los ciudadanos por el desempleo, crecimiento del PIB, etc.), pero en la mayoría de los casos conducen a aumentos del gasto público. 209. Que merced a diversos mecanismos fiscales, tales como la relativa comodidad de la recaudación (retención en origen), financiación del gasto público mediante deuda pública, recurso a la inflación como
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
medio de financiación pública (rémora fiscal), aumentos del ratio impuestos —indirectos/impuestos— directos, etc., los contribuyentes tienden a experimentar una suerte de «ilusión financiera» que puede llevarles a subestimar el coste o carga fiscal real de cualquier proyecto de gasto público y a aceptarlos más fácilmente. 210. Verdadero. La ilusión fiscal que puede generar la posibilidad para el sector público de endeudarse y, por ende, de financiar el gasto por la vía del déficit (en especial las demandas sociales de gasto) sería responsable de una importante proporción del crecimiento del gasto público, al crear la apariencia de que ese gasto público podría realizarse, al menos parcialmente, libre de costes y, consiguientemente, encubrir su verdadero «precio» o coste para los contribuyentes.
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Lección 9 EFICIENCIA E INCIDENCIA DEL GASTO PÚBLICO
Glosario de términos y conceptos • Eficacia • Eficiencia económica • Eficiencia técnica • Ineficiencia X • Eficiencia asignativa • Análisis coste-beneficio • Costes y beneficios financieros • Costes y beneficios sociales • Efectos externos tecnológicos • Efectos externos pecuniarios • Precios sombra • Variación compensadora positiva y negativa • Variación equivalente positiva y negativa • Análisis coste-eficacia • Tasa marginal social de preferencia temporal • Tasa marginal social de rendimiento de la inversión • Valor actual neto • Ratio beneficio-coste • Tasa interna de rendimiento • Incidencia distributiva del gasto público • Gastos divisibles, gastos de transferencias y gastos indivisibles • Método de Aarón y Mc Guire de reparto de los gastos indivisibles • Parámetro de Frisch
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 211. Distinguir entre los conceptos de eficacia y de eficiencia económica. 212. ¿En qué se diferencian los costes (beneficios) tangibles de los costes (beneficios) intangibles de un proyecto público? Poner algún ejemplo de beneficio tangible y de coste intangible. 213. ¿Cuáles son las principales reglas para determinar la tasa social de descuento en el análisis coste-beneficio? ¿Qué diferencias fundamentales hay entre ellas? 214. ¿Qué se entiende por análisis coste-beneficio? ¿Qué razones o factores explican las diferencias existentes entre el análisis coste-beneficio y el análisis de inversiones privadas? 215. ¿Cuál es el criterio general de valoración de costes y beneficios de un proyecto público? 216. Explicar qué costes y beneficios deben incluirse en el análisis económico de un proyecto de inversión pública. 217. En el análisis coste-beneficio, ¿cómo se define los llamados «precio sombra» y en qué circunstancias concretas es procedente su utilización en mercados competitivos? 218. Los bienes adquiridos por el sector público en mercados monopolísticos de oferta, ¿cómo deben valorarse en el análisis coste-beneficio, al precio del monopolista o al coste marginal de producción? 219. Cuando el precio de mercado de un bien incluye un impuesto, la valoración de ese bien en el análisis coste-beneficio ¿debe incluir el impuesto? ¿Siempre? ¿Nunca? ¿En qué casos? 220. Entre dos ocupaciones alternativas, una sin riesgos de accidentes laborales mortales y la otra con una probabilidad anual de muerte del 1 por 1.000, existe una diferencia salarial de 3.000 euros anuales a favor de la última. ¿Cómo determinaría Vd. el valor de la vida humana bajo el supuesto de que las restantes condiciones laborales son las mismas en las dos ocupaciones? 221. ¿Qué es la «tasa social» de descuento y qué fundamento tiene?
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Eficiencia e incidencia del gasto público
222. En la actualización de costes y beneficios de un proyecto público, la mayoría de los autores sostienen que si se utiliza el tipo de interés de mercado se minusvaloran los beneficios que derivan del proyecto. ¿Por qué? 223. Si los mercados financieros fuesen eficientes, la tasa de actualización en el análisis coste-beneficio coincidiría con el tipo de interés de mercado. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 224. En el análisis coste-beneficio, ¿qué es la tasa social de descuento? ¿Cuáles son las principales reglas para determinar la tasa social de descuento? ¿Qué diferencias fundamentales hay entre ellas? 225. La tasa social de descuento aplicable en el análisis coste-beneficio debe ser inferior a la que reflejan los mercados privados. ¿Por qué? 226. ¿Qué se entiende por análisis coste-eficacia y cuándo es factible su aplicación? 227. Definir el concepto de tasa interna de rendimiento de proyectos públicos y exponer sus principales ventajas e inconvenientes. 228. En el análisis coste-beneficio, la selección de proyectos con base en el cociente entre los valores actualizados de beneficios y costes ¿es apropiada? Justificar la respuesta. 229. Una obra pública en proyecto se espera que genere una ocupación para 5.000 trabajadores. Esto debe considerarse ¿cómo un coste o cómo un beneficio de la obra pública? Explicar la respuesta. 230. Considérense tres proyectos distintos como son los expuestos en el cuadro adjunto. Suponiendo que el tipo de interés de mercado es del 10 por ciento ¿qué proyecto resultará más rentable o aportará más beneficios a la sociedad? Beneficios
Costes
Años
0
1
2
0
1
2
Pr1
—
100
200
100
50
50
Pr2
—
300
50
150
50
50
Pr3
—
200
150
50
50
240
231. Definir el concepto de incidencia distributiva del gasto público.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
232. A diferencia de los gastos divisibles y de transferencias, cuya asignación por niveles de renta es una tarea relativamente sencilla, los gastos indivisibles no pueden asignarse directamente a personas o familias concretas. ¿Por qué? 233. Los estudios empíricos sobre la incidencia del gasto público, para atribuir los gastos indivisibles por niveles de renta, distribuyen la cifra de gasto público en forma inversamente proporcional a la utilidad marginal de la renta disponible privada de cada grupo de renta. ¿Qué fundamento tiene este método? 234. La distribución de los gastos indivisibles por niveles de renta en España se ha abordado empíricamente repartiendo dicho gasto en proporción a la renta de cada estrato elevada a 1,17. Explicar cuál es el fundamento de este método. 235. Explicar, en términos de efecto renta y efecto sustitución, los efectos de los pagos por transferencias sobre los incentivos laborales, razonando la respuesta.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 211. La eficacia se mide por el grado en que un programa o proyecto económico alcanza el objetivo por él pretendido. En un análisis de la eficacia no se tienen en cuenta, pues, ni los costes ni los beneficios del proyecto, ni tampoco si existen vías alternativas para su consecución. En contraste, un estudio sobre la eficiencia de un programa o proyecto se propone analizar si el coste de alcanzar un nivel de producción específico es mínimo o, también, si la productividad obtenida con los recursos empleados es máxima. 212. La diferencia entre estas dos modalidades de costes (beneficios) estriba en la posibilidad de que sean o no directamente cuantificables. Si la respuesta es afirmativa, se estará ante costes (beneficios) tangibles; en caso contrario, ante costes (beneficios) intangibles. El aumento de la producción agraria perseguido por un programa agrícola planeado con tal propósito es un beneficio tangible en tanto en cuanto puede ser cuantificado en millones de euros. A su vez, el perjuicio que la
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Eficiencia e incidencia del gasto público
construcción de una autovía puede ocasionar al paisaje de una zona o área específica es un coste intangible en la medida en que difícilmente puede valorarse en unidades monetarias. 213. La tasa marginal social de preferencia temporal (TMSPT) y la tasa marginal social de rendimiento o rentabilidad de la inversión (TMSRI). De acuerdo con la primera, la tasa social de descuento debe reflejar la preferencia de la sociedad por beneficios actuales frente a beneficios futuros; con arreglo a la segunda, la tasa social de descuento a utilizar en los proyectos públicos ha de reflejar el tipo de rendimiento perdido en el proyecto sacrificado, es decir, el coste de oportunidad. 214. El análisis coste-beneficio (ACB) es una técnica de evaluación que se propone explicar y cuantificar monetariamente los costes y los beneficios sociales de un proyecto público de gasto. La principal diferencia entre el ACB y el análisis de inversiones privadas radica en que mientras la función objetivo de un análisis coste-beneficio consiste en los beneficios sociales netos, la de una inversión privada son los beneficios privados netos. En suma, el ACB considera todas las ganancias y pérdidas para el conjunto de la sociedad. 215. El criterio general es que, en principio, la valoración debe realizarse siempre en función de dos magnitudes fundamentales: la utilidad social de los bienes o servicios producidos en el proyecto público, esto es, la utilidad marginal que reportan esos bienes o servicios a los individuos, expresada por el precio que están dispuestos a pagar por ellos, y/o el coste de oportunidad, es decir, el coste en términos de otros bienes o servicios a los que ha de renunciarse para producir una unidad adicional de tales bienes o servicios públicos. Por tanto, si el precio de mercado de los bienes producidos en un proyecto público o de los recursos productivos que les son necesarios refleja convenientemente la utilidad social de esos bienes o el coste de oportunidad de su producción o utilización, la valoración deberá realizarse de acuerdo con esos precios de mercado. 216. Una primera pauta que ha de observarse a este respecto es excluir solo los costes y beneficios que no sean relevantes, aplicando siempre un criterio de simetría en la exclusión o inclusión, de manera que si se decidiese excluir una modalidad concreta de coste, debería hacerse lo
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
propio con los beneficios de igual naturaleza. La segunda es distinguir entre efectos externos tecnológicos y pecuniarios, para evitar una doble contabilización de costes y beneficios. En este sentido, solo deben contemplarse los costes y beneficios tecnológicos, toda vez que los pecuniarios suelen ser consecuencia de, y por ende se hallan ya contabilizados implícitamente en, otros beneficios o costes tecnológicos, aunque puedan tener efectos distributivos. Con todo, en los casos en que existan dificultades para valorar de forma adecuada los efectos tecnológicos de un proyecto, el analista podrá tomar los efectos pecuniarios como aproximación. 217. Los precios sombra constituyen una técnica de valoración monetaria de bienes y servicios, utilizada en el análisis coste-beneficio, que, basándose en el precio de mercado, si lo hubiere, y mediante los oportunos ajustes contables, permite estimar un precio que aproxime o refleje con mayor precisión los costes y beneficios sociales que deriven de esos bienes o servicios. Estos precios contables, conocidos como precios sombra (shadow), suplen o sustituyen en la valoración social de los bienes y servicios a unos precios de mercado que se estiman incompletos o pobres indicadores de costes y beneficios sociales, a consecuencia de posibles imperfecciones de los mercados, la existencia de externalidades, los impuestos, etc. 218. Se utilizarán los dos precios. En mercados monopolísticos la demanda pública de bienes generará tanto un incremento de su producción cuanto una reducción de su demanda privada, dos efectos que requerirán criterios de valoración diferentes. El aumento de producción del bien generado por la demanda pública se valorará de acuerdo con la línea de costes marginales, en tanto que línea o curva que refleja los costes de oportunidad de dicho bien. Aunque el monopolista recibirá por el bien un precio superior al que se habría dado en un mercado de libre concurrencia (el precio correspondiente al punto de intersección de las curvas de demanda y de costes marginales), esta diferencia de precios no tendría repercusiones productivas sino sólo distributivas, por lo que no debería computarse en la valoración. De forma distinta, el criterio de valoración que se utilizará respecto a las unidades en que se reduzca el consumo privado será el precio del monopolista: el
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Eficiencia e incidencia del gasto público
precio que los consumidores estaban dispuestos a pagar por el bien antes de la demanda pública. 219. En principio, como criterio general, deberá aceptarse que toda variación —incremento o reducción— del precio de mercado que surta efectos distributivos pero sin consecuencias para la producción, no debe considerarse en el análisis coste-beneficio. El impuesto, en cuanto problema distributivo, distorsiona la competencia en el mercado y genera por ende precios superiores a los que determinan los costes de producción, así que cualquier aproximación al precio sombra deberá descontar o ignorar el pago adicional que implica el gravamen. No obstante esto, ya es sabido que la demanda pública de bienes genera tanto un incremento de su producción como una disminución de su demanda privada y que esta reducción del consumo privado ha de valorarse en el análisis coste-beneficio al precio que pagaban los consumidores antes de la demanda pública, precio que incluía el impuesto. 220. Si un individuo pudiera elegir entre estas dos ocupaciones alternativas y optase por la oferta laboral con riesgo, aceptando así la diferencia salarial de 3.000 mil euros anuales por asumir una probabilidad anual de muerte del 1 por 1.000, estaría valorando implícitamente su vida en 3.000/0,001 = 3.000.000 euros. Al margen de su enorme simplismo, esta técnica adolece de una gran falta de realismo, porque en el mundo real los individuos no siempre pueden valorar adecuadamente los riesgos en que incurren ni tienen plena capacidad de negociación. 221. Es el tipo de interés utilizado en el análisis coste-beneficio para determinar, en términos monetarios, el valor actualizado neto de la diferencia de las corrientes descontadas de costes y beneficios esperados de un proyecto público. Las posibilidades de elección para el evaluador a este respecto son dos: el tipo de interés de mercado, tal como haría una empresa privada respecto a una inversión semejante, y la aproximación de una tasa social de actualización mediante ajuste del tipo de interés de mercado. Las distorsiones que inducen a utilizar un tipo de interés distinto (inferior) al de mercado en la actualización de costes y beneficios públicos provienen tanto del lado de la rentabilidad de la inversión como del de la preferencia temporal. Desde la primera de éstas perspectivas
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
esa utilización se fundamenta en el escaso peso de la competencia en los mercados financieros en comparación con otros sectores. Desde el ángulo de la preferencia temporal, su fundamento es que en los proyectos públicos, al ser el Estado o cualquier otro ente público el agente que realiza la valoración, el consumo futuro no se subvalora tanto como en el sector privado. 222. Porque, por lo general, en los proyectos de inversión pública, mientras el grueso de sus costes (excluidos los de mantenimiento) se concentran en los primeros años de vida de los mismos, sus beneficios se dispersan a lo largo del tiempo. La utilización de los (elevados) tipos de interés de mercado en el descuento de las corrientes de costes y beneficios públicos podría dar lugar a que con el transcurso del tiempo los valores que adoptasen los primeros fuesen en aumento y, a la inversa, los valores actuales de los segundos menguasen. 223. Verdadero. En condiciones de mercado de capitales perfecto, ambos tipos tenderían a coincidir, toda vez que, en definitiva, tal y como establece la teoría de la inversión de Fisher, el tipo de rentabilidad de la inversión marginal es el que equilibra la desutilidad marginal que supone el ahorro (en cuanto abstención de consumo presente) y la utilidad marginal implícita en el rendimiento de la inversión. En el mundo real, sin embargo, los efectos externos, la incertidumbre, el riesgo y otras circunstancias pueden hacer que el tipo de rendimiento social derivado de la preferencia temporal difiera de la tasa de rendimiento privada de la inversión. 224. La tasa social de descuento es el tipo de interés utilizado en el análisis coste-beneficio para determinar, en términos monetarios, el valor actualizado neto de las corrientes descontadas de costes y beneficios esperados de un proyecto público. Las principales reglas para determinar la tasa social de descuento son la tasa marginal social de preferencia temporal y la tasa marginal de rentabilidad de la inversión. De acuerdo con la primera, la tasa social de descuento a utilizar en los proyectos públicos ha de reflejar la preferencia de la sociedad por beneficios actuales frente a beneficios futuros; con arreglo a la segunda, el tipo de rendimiento perdido en el proyecto desplazado o sacrificado, es decir, el coste de oportunidad.
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Eficiencia e incidencia del gasto público
225. Por las distorsiones a las que se enfrentaría el evaluador tanto por el lado de la rentabilidad de la inversión como por el de la preferencia temporal. Desde la perspectiva de la rentabilidad de la inversión, las razones serían, básicamente, dos: el escaso peso de la competencia en los mercados financieros en comparación con otros sectores, lo que implica que el sistema financiero real retribuya el ahorro en menor cuantía que lo haría un sistema puramente competitivo, y la intervención pública a través de impuestos y subvenciones. A este respecto, mientras que en los proyectos privados la tasa de descuento a utilizar para la actualización de costes y beneficios sería el tipo marginal de rendimiento después de impuestos y subvenciones, en los públicos no cabe hablar de una sola tasa de descuento sino de dos, en la medida en que estos proyectos públicos se financian con fondos procedentes tanto de inversión privada desplazada o sacrificada como de consumo cedido o no realizado por los individuos, debido, entre otras razones, a los impuestos pagados por ellos para financiar la actividad pública. En el primer caso, la tasa de descuento apropiada sería el tipo de rendimiento antes de impuestos y subvenciones, porque éste sería el coste de oportunidad del proyecto (el rendimiento que habrían generado tales fondos si se hubiesen invertido en el sector privado); en el segundo, en cambio, el tipo de rendimiento después de los impuestos que un individuo hubiese tenido que pagar si la suma gastada en consumo presente la hubiese destinado a consumo futuro. En consecuencia, si, como parece razonable, se admite que los fondos que afluyen al sector público tienen ese doble componente, la tasa de descuento que habría que utilizar sería, por lógica, un promedio ponderado de las tasas de rendimiento antes y después de impuestos, donde las ponderaciones representasen las proporciones de fondos procedentes de inversión privada desplazada y de consumo no realizado, respectivamente. En paralelo, desde la perspectiva de la preferencia temporal, la idea predominante es que en los proyectos públicos, al ser el Estado o cualquier otro ente público el agente que realiza la valoración, el consumo futuro no se subvalora tanto como en el sector privado y, por lo mismo, la tasa de descuento para la actualización de costes y beneficios públicos también deber ser menor que el tipo de interés de mercado (neto de impuestos). La incertidumbre que aqueja a los sujetos
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Cuestiones
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Hacienda Pública
que operan en el sector privado respecto a la duración de sus vidas les induce, en gran medida, a apreciar relativamente más el consumo presente que el futuro, lo que les lleva, a fin de cuentas, a exigir una retribución cada vez mayor para compensar el incremento de sus ahorros o la reducción de ese consumo presente en un euro. En contraste, el Estado no se halla sometido a semejante restricción vital, por lo que sus exigencias de compensación por la abstención o reducción del consumo presente se relajan respecto a las de los agentes privados. 226. Consiste en seleccionar, mediante las oportunas comparaciones, el proyecto de menor coste para el logro de un objetivo concreto. Su utilización es factible en el caso de proyectos públicos cuyos beneficios no pueden valorarse. 227. La tasa interna de rendimiento (TIR) se define como la tasa que iguala el valor actualizado de los beneficios y costes del proyecto, o, lo que es lo mismo, la tasa para la que su valor actualizado neto ΣBj – C j (1– i)n es cero. Su utilidad potencial radica en que permite jerarquizar los proyectos sin necesidad de determinar el tipo de interés. Sin embargo, debe añadirse que, en todo caso, esta pretendida ventaja sólo podría conceptuarse como relativa, por cuanto, presumiblemente, nadie abordaría la realización de un proyecto sin antes conocer y considerar el tipo de interés al que habría de hacer frente por los fondos que necesitaría pedir en préstamo con tales propósitos. 228. Bajo este criterio se eligiría el proyecto que proporcionase mayor beneficio por unidad de coste. No obstante, aunque se trata del criterio más utilizado en el mundo empresarial, su aplicación en el análisis coste-beneficio no resulta apropiada porque ignora la dimensión o volumen total de los proyectos. Si existiera una significativa divergencia entre las proporciones cuantitativas de los distintos proyectos, el empleo de este criterio de selección podría acarrear confusiones.
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Eficiencia e incidencia del gasto público
229. La creación de empleo sólo puede computarse como beneficio de un proyecto público si ello supone una aportación real al bienestar de la sociedad, es decir, si esa supuesta generación de empleo imputable al proyecto se produce en una situación económica de desempleo, pero no si la economía se halla en situación de pleno empleo. Análogamente, el cómputo del trabajo como coste de un proyecto público dependerá de la situación económica general en el momento de su puesta en marcha. En una situación de desempleo, el coste social de contratar para el proyecto a personas desocupadas será nulo, pese a que, en un plano estrictamente monetario, el Estado haya de hacer frente al pago de los salarios correspondientes. 230. Como es sabido, si las condiciones presupuestarias lo permiten el criterio más adecuado para resolver qué proyecto es el más rentable es el expresado por la diferencia B-C. En nuestro ejemplo, tal y como muestra el cuadro adjunto, ese proyecto es el 2.o En dicho cuadro se exponen asimismo los resultados obtenidos tras la aplicación de los restantes criterios de selección a los datos contenidos en el enunciado del ejercicio. Como puede observarse, el primer proyecto sería el mejor bajo el criterio B/C, mientras el tercero lo sería tanto bajo el criterio TIR como bajo el criterio PB. Con carácter ilustrativo, a continuación del cuadro adjunto se ofrecen los desarrollos algebraicos que conducen a los resultados obtenidos para el proyecto 1. B-C
B/C
TIR
PB
Pr1
69,41
1,37
3/2, –1
1 año
Pr2
77,3
1,326
66,67%
6 meses
Pr3
12,0
1,04
117,08%
3 meses
Proyecto 1: B-C = 100/1,1 + 200/1,12 – 100 – 50/1,1 – 50/1,12 = 69,41 B/C = 100/1,1 + 200/1,12 /100 – 50/1,1 – 50/1,12 = 256,19/186,77 = 1,37 TIR = 100/1+ r + 200/(1 + r)2 = 100 + 50/(1 + r) + 50/(1 + r)2 50/1+ r + 150/(1 + r)2 = 100 ∴ 50(1 + r)2/(1 + r)2 + 150/(1 + r)2 = 100 50(1 + r) + 150 = 100 (1 + r)2 ∴ – 100 (1 + r)2 + 50(1 + r) + 150 = 0
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Ecuación esta última en la que, tras las operaciones oportunas, se obtienen dos valores para r (1/2 y –2), de cuáles sólo el positivo es válido. Así pues, 1 r= . 2 Finalmente, el capital invertido se recuperó en el primer año (PB). 231. Por incidencia del gasto se entiende, en sentido estricto, los cambios generados por el gasto público en la distribución de la renta disponible para uso privado. Conceptualmente, la incidencia del gasto realizado es progresiva cuando beneficia relativamente más a las personas situadas en los niveles más bajos de renta y es, en cambio, regresiva cuando las más beneficiadas se concentran en los estratos superiores de la escala de renta. 232. Porque mientras en los gastos divisibles (educación, servicios sanitarios, asistencia social, vivienda, etc.) y los gastos de transferencias (desempleo, pensiones, etc.) suele tenerse un conocimiento preciso de sus beneficiarios y destinatarios, respectivamente, en los gastos indivisibles, correspondientes a los bienes públicos puros, al no existir demandas individualizadas, es imposible conocer e identificar directamente a sus beneficiarios concretos. De ahí que en esta última clase de gastos se haga necesario la formulación de hipótesis simplificadoras que faciliten su asignación por niveles de renta. 233. En la formulación de criterios para la asignación del gasto público indivisible, el procedimiento a seguir se inicia con la condición de equilibrio de los bienes públicos, tal que: Smi = 1 RMSx,i y = RMTx, y En virtud de esta expresión, si el coste de producir una unidad adicional del bien público en términos de los bienes privados a los que han de renunciarse, ha de ser igual a la relación marginal de transformación, el gasto en bienes y servicios públicos habría de distribuirse en función de sus distintas relaciones marginales de sustitución. Tomando como referencia, para simplificar, al conjunto de los bienes
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Eficiencia e incidencia del gasto público
públicos con relación al de los bienes privados, la relación marginal de sustitución adoptaría una expresión, tal como: RMS iRD, C =
U ′ (C) U ′ (RD)
(1)
donde RD expresa la renta disponible o posibilidades de consumo de bienes privados con que cuenta el sujeto, C el conjunto de bienes públicos y U′(C) y U′(RD) las utilidades marginales que deriva el sujeto del consumo de bienes públicos y de su renta disponible, respectivamente. De acuerdo con la expresión (1), los gastos en servicios públicos habrían de repartirse, consiguientemente, en proporción al cociente de las utilidades marginales en ella expuestas. Ahora bien, si para dar operatividad a esta proposición se adopta la hipótesis marginalista convencional, conforme a la cual todos los sujetos disponen de la misma función de utilidad, y si, además, se considera que, por definición, todos ellos consumen los mismos bienes públicos, se infiere que el numerador de (1) —la utilidad marginal del consumo de bienes públicos— es constante para todos esos sujetos y que, en consecuencia, dicha igualdad puede reformularse en los términos: i RMS RD ,C =
k U ′ (RD)
=
1 U ′ (RD)
(2)
Lo que significa que los gastos en bienes y servicios públicos habrían de distribuirse de forma inversamente proporcional a la utilidad de la renta que se obtenga en cada escalón o nivel de esta variable. 234. Este criterio o método de reparto de los gastos indivisibles, cuya paternidad corresponde a H. J. Aarón y M. Mc Guire, se obtiene adoptando como utilidad marginal de la renta disponible (que denominaremos Y), denominador de la expresión RMSiy, c = 1/U′(Y), expuesta en la respuesta a la pregunta anterior y conforme a la cual se distribuye el gasto indivisible en los estudios empíricos, la función: U′(Y) = KY–α, donde α, conocido como Parámetro de Frisch, es la elasticidad de la utilidad marginal de la renta ampliada de cada hogar (su renta dispo-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
nible privada más la parte que puede imputársele de los gastos divisibles), que tiende a adoptar un valor constante. De este modo, si en dicha expresión de la relación marginal de sustitución, se sustituye U′(Y) por su equivalente KY–α, se obtiene: RMSiy, c = 1/KY–α = KYα, nueva expresión que denota que los gastos públicos indivisibles se distribuirán en proporción a la renta ampliada de cada hogar, elevada a un exponente (positivo) que refleja un valor constante de la elasticidad. Utilizado en los estudios empíricos realizados sobre la incidencia distributiva del gasto público en diversos países, entre ellos España, en nuestro país el parámetro α ha sido estimado, a partir de los cálculos de C. Lluch en 1969, en 1,17. 235. Los efectos variarían con el tipo de gasto o pago por transferencia que se considerase. Si el pago fuese independiente del nivel de retribución obtenida por el sujeto de su trabajo (pensiones a los veteranos de guerra, subsidios familiares, etc.), por lo general su efecto renta sería negativo y carecería de efecto sustitución (al no guardar relación con el nivel de renta percibido), por lo que tendería a generar una reducción en el número de horas trabajadas. Si la transferencia estuviese relacionada (positivamente) con el nivel de renta percibido, su efecto renta sería normalmente negativo pero su efecto sustitución positivo, lo que llevaría al sujeto a aumentar su oferta de trabajo, al encarecerse el ocio en virtud de la mayor renta a que renunciaría (la derivada del esfuerzo laboral y, además, la transferencia asociada a dicha renta). Si, por último, como sucede habitualmente en la práctica, la transferencia estuviese relacionada negativamente con la renta (disminuyese a medida que aumentase la renta), la tendencia normal sería la de desincentivar los incrementos adicionales de trabajo, puesto que los incrementos correlativos de renta originarían una reducción en las percepciones por transferencia. Este efecto general podría, sin embargo, verse en la realidad neutralizado si los sujetos prefiriesen obtener su renta mediante su prestación laboral en lugar de transferencias del Estado.
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Lección 10 CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN DE LOS INGRESOS PÚBLICOS. PRINCIPIOS IMPOSITIVOS
Glosario de términos y conceptos • Ingresos voluntarios e ingresos coactivos • Donaciones e ingresos contractuales • Expropiaciones, multas, tributos, deuda pública forzosa y señoreaje • Contribuciones especiales, tasas e impuestos • Sujeto activo del impuesto • Hecho imponible • Sujeto pasivo, contribuyente y sustituto del contribuyente • Base imponible • Base liquidable • Estimación directa y estimación objetiva (o indiciaria) de la base del impuesto • Tipo de gravamen • Cuota tributaria • Deuda tributaria • Elementos temporales del impuesto • Impuestos directos e impuestos indirectos • Clasificación económica de los impuestos • Impuesto distorsionante e impuesto no distorsionante • Principios del beneficio y de capacidad de pago • Equidad horizontal y equidad vertical • Costes directos de Administración Tributaria • Costes indirectos (o de cumplimiento) de Administración Tributaria • Suficiencia y flexibilidad impositivas
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 236. Todos los impuestos son tributos pero no todos los tributos son impuestos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 237. El gobierno obtiene sus ingresos, entre otras vías, mediante las distintas figuras tributarias. ¿Cuáles son y en qué consisten? 238. Desde una perspectiva económica, ¿cómo se define el impuesto? 239. Explicar las diferencias existentes entre un impuesto, una tasa y una contribución especial. 240. ¿Cuáles son las diferencias conceptuales entre los impuestos directos y los indirectos? 241. Distinguir entre cuota tributaria y deuda tributaria de un impuesto. 242. Definir los conceptos de tipo medio y tipo marginal de un impuesto. 243. Distinguir entre el tipo medio y el tipo medio efectivo de un impuesto. 244. En el impuesto sobre la renta personal de un país se concede a todos los contribuyentes, con carácter general, una deducción en la cuota de 100 unidades monetarias. Si la tarifa del impuesto es la que se expone a continuación, cuáles serán, para un individuo que obtenga una renta anual de 2.500 unidades monetarias, el tipo medio y el tipo medio efectivo de gravamen. Renta
Tipos
0-1.000
10%
1.001-2.000
15%
2.001- 3.000
25%
3.001- 4.000
40%
más de 4.000
60%
245. En la terminología impositiva, ¿qué diferencia existe entre exención, no sujeción y desgravación? 246. Definir con precisión los siguientes términos impositivos: deducción, bonificación y desgravación.
142
Concepto y clasificación de los ingresos públicos. Principios impositivos
247. Definir el concepto de tasa en sus acepciones tradicional y moderna. 248. En su concepción moderna la tasa es un ingreso coactivo que se exige con motivo de la demanda por el ciudadano de un servicio público, sin que exista una relación directa entre su importe y el coste del servicio público prestado. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 249. Explicar las diferencias existentes entre un precio público, una tasa y un impuesto. 250. Las multas por infracciones de tráfico son coactivas y se recaudan por una administración pública; por tanto son impuestos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 251. Un impuesto progresivo ¿es flexible? ¿Qué relación existe entre ambos conceptos? 252. ¿Cómo se mide la flexibilidad impositiva? 253. Los impuestos progresivos son estabilizadores automáticos de la demanda agregada. ¿Verdadero o falso? ¿Por qué? 254. Exponer brevemente el significado del principio impositivo de suficiencia financiera. 255. En un país el PIB (a precios de mercado) ha aumentado del período 1 al 2, de 580 a 600 mil millones. La recaudación impositiva total también lo ha hecho, pasando de 200 a 208 mil millones. ¿Puede decirse que el sistema impositivo de este país es flexible? Justificar la respuesta. 256. Respecto a los principios impositivos del beneficio y de la capacidad de pago, dígase, con la mayor brevedad posible, qué establecen y cuáles son sus principales limitaciones. 257. ¿Qué doble exigencia o regla comporta la observancia del principio de capacidad de pago de la imposición? 258. ¿Qué diferencia existe entre la equidad horizontal y vertical? 259. La elasticidad de la base de un impuesto respecto a la renta nacional (o el PIB) es 2,5 y la elasticidad de la recaudación respecto a la base es 0,2. ¿Es el impuesto flexible? Explicar la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
260. En un sistema impositivo la elasticidad de las bases gravadas respecto al PIB o la renta nacional es la unidad. ¿Qué valor debe tener la elasticidad de la recaudación respecto a las bases para que pueda afirmarse que el sistema es flexible? 261. ¿Qué se entiende por impuestos personales e impuestos reales? Ponga ejemplos de ambas modalidades 262. Respecto al cálculo de la base imponible de un impuesto, dígase en qué consisten el método de evaluación directa y el método objetivo o indiciario y cuáles sus principales ventajas e inconvenientes 263. La oferta de un bien privado (X) viene dada por P = 3X. La función de demanda de dicho bien responde a X = 36 – 2P. Determinar la producción y los precios de equilibrio en los dos casos siguientes: a) que el bien sea sometido a un impuesto por unidad de producto de 0,50 céntimos y b) que se grave con un impuesto ad valorem del 10 por 100.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 236. Verdadero. Tributos no son solo los impuestos, sino también las tasas y las contribuciones especiales. 237. Esas figuras tributarias son, concretamente, tres: los impuestos, las tasas y las contribuciones especiales. Los impuestos son ingresos obtenidos coactivamente por el Estado de los particulares, que no tienen contraprestación directa, y cuyo importe no guarda relación con los beneficios públicos recibidos por los contribuyentes. Las tasas tradicionales son pagos realizados por los contribuyentes para cubrir el coste, o responder al beneficio específico, derivado de un determinado servicio público solicitado por ellos. En la tasa moderna se pierde esa relación, de modo que es un pago unilateral exigido con motivo de la demanda de un servicio. Las contribuciones especiales son pagos exigidos a los contribuyentes por el incremento del valor experimentado por sus propiedades a consecuencia de la realización de una obra pública o del establecimiento o ampliación de un servicio público.
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Concepto y clasificación de los ingresos públicos. Principios impositivos
238. El impuesto ha sido conceptuado como una transferencia económica coactiva negativa (de los particulares al sector público), establecida mediante una ley, y que no tiene ninguna contraprestación a nivel individual. 239. La diferencia esencial entre una tasa y una contribución especial es que en la primera figura tributaria el servicio o actividad que realiza el sector público ha de ser solicitado voluntariamente por el contribuyente y, en cambio, en la segunda la realización del servicio parte del sector público y el beneficiado por la obra o servicio público paga por el beneficio por él obtenido. Éstas dos figuras tributarias se diferencian, a su vez, del impuesto en que, mientras en ellas el pago satisfecho guarda relación con el beneficio obtenido (en las tasas, sólo en su concepción tradicional), en el caso del impuesto no existe ninguna relación entre ambas variables. 240. La distinción entre impuestos directos e impuestos indirectos puede obedecer, entre otros, a dos criterios diferentes: de una parte, la forma —directa o indirecta— en que el objeto gravado por el impuesto manifiesta la capacidad de pago de los contribuyentes, de tal manera que en los impuestos directos la hacienda la fija o mide directamente a través de una magnitud económica tal como la renta personal, a la que somete a imposición de forma directa, en tanto que en los impuestos indirectos dicha capacidad se mide de forma aproximada o indirecta pero equivalente, adoptando como base de imposición el gasto realizado por los sujetos; de otra, la traslación o no del gravamen, criterio bajo el cual los impuestos directos se definen como aquellos para los que existe coincidencia entre las personas que los pagan y las que los soportan finalmente, es decir, que son soportados por las personas que los pagan originariamente, a la vez que por impuestos indirectos se entiende otros en los que no se da dicha coincidencia, por cuanto pueden ser trasladados o transferidos a otras personas. 241. La cuota tributaria es el resultado de aplicar el tipo impositivo a la base liquidable. La deuda tributaria es la cantidad final que el contribuyente ha de ingresar en hacienda, y equivale a la cuota tributaria más los recargos exigibles por diferentes motivos legales, menos las deducciones, bonificaciones y desgravaciones aplicables en esa cuota.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
242. El tipo medio de un impuesto es el cociente entre la cuota impositiva y la base liquidable. El tipo marginal es el tipo aplicable al último tramo de renta. 243. El tipo medio equivale al cociente de la cuota impositiva íntegra y la base liquidable (o la base imponible). El tipo medio efectivo es el tipo impositivo que realmente soporta el sujeto pasivo, y, por lo general, equivale al porcentaje que representa la cuota líquida (el pago impositivo) respecto a su capacidad de pago inicial, normalmente medida por su base imponible. 244. Cuota íntegra = 0,10 × 1.000 + 0,15 × 1.000 + 0, 25 × 500= 100 + 150 + + 125 = 375 Cuota líquida = 375 – 100 = 275 Tipo medio = Cuota íntegra / Base liquidable × 100 = 375/2.500 × × 1.100 = 15 por 100 Tipo medio efectivo = Cuota líquida / Base imponible × 100 = = 275/2.500 × 100 = 11 por 100 245. La exención es la eliminación de la obligación impositiva de un hecho sujeto. Hace referencia a los casos en que, a pesar de incurrirse en el hecho imponible, la ley exime o exonera al sujeto del pago impositivo por determinadas razones de política económica y social. La no sujeción alude a aquellos supuestos no contenidos en la delimitación del hecho imponible. En cambio, por desgravación se entiende la minoración de la cuota en la parte correspondiente a determinados elementos de la base imponible, inicialmente gravados. Puede ser al tipo medio, al tipo marginal o a un tipo fijo. 246. Por deducción se entiende la reducción de la base imponible o la cuota en una cantidad fija. Una bonificación es una reducción porcentual de la base imponible (o de algunos de sus componentes) o de la cuota. La desgravación consiste en la reducción de la cuota en la parte correspondiente a determinados elementos de la base imponible, inicialmente gravados, y puede ser al tipo medio, al tipo marginal o a un tipo fijo 247. Esta figura tributaria constituye un ingreso coactivo que guarda cierta semejanza con los precios públicos. Históricamente, nace como un ingreso de la Hacienda Pública que se cobra para compensar el coste
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Concepto y clasificación de los ingresos públicos. Principios impositivos
de un servicio público prestado a un particular y del que éste obtiene un beneficio particular. De ahí que en origen este tributo recibiera el nombre de tasas de financiación. El fundamento de su coactividad radica en que el «precio» de ese servicio público no se forja libremente en el mercado, sino que es fijado de forma unilateral. Aunque en su génesis las tasas fiscales se concibieran como pagos a cambio de los cuales los sujetos obtenían una contraprestación, con el transcurso del tiempo esa correspondencia se ha ido diluyendo, al punto de que en la actualidad estos ingresos coactivos carecen de relación alguna con los servicios recibidos. 248. Verdadero. En la actualidad estos ingresos coactivos carecen de relación alguna con los servicios recibidos. El Estado exige su pago aprovechando la demanda ocasional de un servicio público por parte del sujeto. Además, en no pocas ocasiones —por ejemplo, en el caso de expedición del carnet de identidad— esa demanda no es voluntaria, sino que es forzada u obligada por el propio Estado. 249. Un precio público es un precio cobrado por la Hacienda Pública que debe cubrir el coste medio de producción (P = C*) y que, por tal motivo, carece de fines lucrativos. La Tasa constituye un ingreso coactivo que tiene cierta semejanza con los precios públicos. Históricamente, como se sabe, nació como un ingreso que se cobraba por el sector público; para compensar el coste de un servicio público prestado al particular y beneficiado; en la actualidad, sin embargo, estos ingresos coactivos carecen de relación alguna con los servicios recibidos. El Impuesto, en fin, se define como una transferencia negativa (de los particulares a la hacienda) establecida coactivamente por el sector público mediante ley, y que no es correspondida con ningún tipo de contraprestación a nivel individual. 250. Falso. Son ingresos derivados del poder penal del Estado. Consisten en sanciones, normalmente pecuniarias, por incumplimiento de las normas legales en vigor. 251. Sí es flexible, porque su recaudación responde o se ajusta automáticamente a las variaciones la actividad económica, esto es, aumenta y disminuye de forma automática en épocas de crecimiento económico y de recesión económica, respectivamente. La mayor o menor flexibi-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
lidad automática de un impuesto o un sistema impositivo depende de su mayor o menor progresividad y de la elasticidad de las bases gravadas a los cambios en el nivel de actividad. 252. La flexibilidad se mide mediante la elasticidad de la recaudación (T) respecto a la renta nacional (Y) o el PIB. Esto es, mediante las expresiones
ξT,Y/PIB
ΔT dT T dY = = ΔY T Y Y
o, también,
ξT,Y/PIB
ΔT T = ΔB B
•
ΔB B ΔY Y
=
ξT,B.ξB,Y
donde T es la recaudación impositiva, Y la renta nacional o el PIB, y B es la base del impuesto. 253. Verdadero. Porque, al crecer su recaudación en mayor proporción que la renta a medida que ésta aumenta en términos nominales, contienen en épocas de expansión económica el crecimiento de la renta disponible de los contribuyentes, frenan con ello el crecimiento de la demanda agregada y moderan las tensiones inflacionistas; a su vez, en épocas de recesión, al reducirse su recaudación en mayor proporción que la renta, contribuyen a estimular la demanda agregada sin necesidad de actuaciones discrecionales del Gobierno. 254. Según este principio, el sistema tributario debe estructurarse de tal forma que los impuestos permitan cubrir de forma duradera la financiación de los gastos públicos. 255. Como es sabido, la flexibilidad de un impuesto o un sistema impositivo se mide mediante la expresión:
ξT,Y/PIB
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ΔT T = ΔPIB PIB
Concepto y clasificación de los ingresos públicos. Principios impositivos
De acuerdo con los datos que nos facilita el enunciado del ejercicio, se tiene que ΔPIB = PIB2 – PIB1 = 600 – 580 = 20 ΔPIB / PIB1 = 20/580 · 100 = 3,45 ΔT = T2 – T1 = 208 – 200 = 8 ΔT / T1 = 8/ 200 · 100 = 4
ξT,Y/PIB
=
4 = 1,16 3,45
El sistema impositivo del país es, pues, flexible, dado que ξT, PIB > 1. 256. El principio del beneficio establece que cada ciudadano ha de contribuir a las cargas públicas en función del beneficio que obtenga de los gastos públicos, de manera que la aportación impositiva de cada ciudadano vendrá determinada por los beneficios derivados por él de los servicios públicos. Su principal ventaja es que relaciona los gastos con los ingresos. Sin embargo, su aplicación viene restringida por la naturaleza de los propios bienes de consumo colectivo, cuya valoración por el consumidor no es conocida por las autoridades fiscales, sino que ha de ser revelada a través del proceso político. Por su parte, el principio de capacidad de pago propone que cada contribuyente debe pagar en función de su capacidad para afrontar la carga impositiva, de suerte que la base del mismo pasa a ser el sacrificio o pérdida de utilidad experimentado por éste al pagar el impuesto. Este principio, en su acepción más pura, contiene una proposición básica: la necesidad de repartir los impuestos de acuerdo con un ideal de justicia, en función de la capacidad económica de cada sujeto. No obstante, puesto que la justicia en la imposición ha tenido tradicionalmente la doble faceta de la equidad horizontal y la equidad vertical, el principio de capacidad de pago se agota en una doble exigencia: a) Fijar un índice de capacidad que permita establecer de forma inambigua las situaciones de igualdad y desigualdad de los sujetos. b) Establecer una regla o criterio para el tratamiento adecuado de las personas en situación diferente.
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Hacienda Pública
257. Equidad horizontal y equidad vertical. El criterio de equidad horizontal establece que los individuos con la misma capacidad de pago deben soportar cargas impositivas iguales. En contraste, el de equidad vertical sugiere que las personas con diferente capacidad impositiva deben pagar cantidades diferentes en concepto de impuestos. 258. Junto a una función financiera o de financiación del gasto, la imposición desempeña una función de carácter social, como es la de colaborar en la mejora de la distribución de la renta y la riqueza, por lo que el reparto de la carga impositiva debe atenerse a un doble criterio de equidad: el de equidad horizontal, de modo que las personas que se encuentren en la misma situación soporten el mismo gravamen, y el de equidad vertical, por el que las personas que se encuentren en situaciones diferentes deben recibir un trato fiscal distinto. 259. En la praxis fiscal, esta propiedad del sistema fiscal acostumbra a medirse a través de la elasticidad de la recaudación de los impuestos (T) respecto a una magnitud expresiva de la actividad económica global, tal como el PIB o renta nacional (Y). Si dicha elasticidad (εT, PIB) es mayor que 1, el sistema tributario es flexible; si es menor que 1, el sistema es rígido, y si es igual a 1, el sistema es neutro. Este índice de flexibilidad puede expresarse, pues, en términos algebraicos como sigue: ∆T Y dT ε T,PIB/Y = T = ⋅ ∆Y T dY Y o, también, como: ∆T ∆T ∆B ε T,PIB/Y = T = T ⋅ B = ε T, B ⋅ ε B ,Y ∆Y ∆B ∆Y Y B Y donde T equivale a la recaudación impositiva, Y a la renta nacional (o al PIB), y B a la base del impuesto.
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Concepto y clasificación de los ingresos públicos. Principios impositivos
En el ejercicio, la elasticidad de la recaudación respecto a la renta nacional se cifraría, pues, en:
ξT, PIB/Y = 0,2 × 2,5 = 0,5 lo que significa que el impuesto sería rígido o no flexible. 260. Dado que la flexibilidad del sistema se mide mediante la expresión ξT, PIB/Y = (ξT, B) × (ξB, Y), y que en el ejercicio el factor (ξB, Y) es igual a la unidad, la elasticidad de la recaudación respecto a las bases (ξT, B) ha de ser mayor que 1, para que el sistema sea flexible. 261. Son impuestos personales aquellos que consideran la capacidad de pago personal del contribuyente, teniendo en cuenta sus circunstancias personales y específicas. Ejemplos de impuestos personales son: el impuesto sobre la renta de las personas físicas, el impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre sucesiones y donaciones. 262. En el método de estimación directa, aplicado —por ejemplo— en el impuesto de sociedades y en el IRPF en su régimen de estimación directa, el cálculo de la base se realiza de acuerdo con los datos y documentos contables registrados por el propio contribuyente, por lo que, además de la declaración voluntaria de este, un buen funcionamiento de este método requiere la existencia de mecanismos de inspección eficaces y de un apropiado régimen de sanciones penalizadoras del fraude y la evasión fiscales. Por su parte, como su propio nombre indica, bajo el método objetivo o indiciario, la determinación de la base imponible se sirve de índices o signos externos. Casos de aplicación de este método son el régimen de estimación por módulos de los rendimientos de una actividad empresarial en el IRPF y el régimen especial simplificado del IVA. En un análisis comparativo, este método objetivo o indiciario implica obviamente menores costes para la administración tributaria y para los contribuyentes que el directo, pero, en contrapartida, proporciona peores estimaciones de la base imponible, reparte con menos justicia los impuestos (al guardar la base imponible así estimada peor relación con la capacidad real del contribuyente) y tiende a ofrecer una menor capacidad recaudatoria neta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
263. a) Como X es un bien privado, su precio de demanda será el mismo para todos los sujetos, y se estimará a partir de X = 36 – 2Pd En consecuencia Pd = 18 – 0,5X Por otra parte, en presencia de un impuesto por unidad de producto, el precio de oferta se incrementará en la cuantía del impuesto unitario, de modo que Po = 3X + 0,5 Finalmente, puesto que el equilibrio de mercado del bien se producirá en el punto en que 18 – 0,5X = 3X + 0,5 se deriva que la cantidad y el precio de equilibrio con el impuesto unitario serán: X=5 P = Pd = Po = 15,5 b) En presencia de un impuesto ad valorem del 10 por 100 sobre las ventas de X, el equilibrio exigirá que Pd = Po (1 + 0,1) 18 – 0,5X = 3X · 1,1 18 – 0,5X = 3,3X de donde se obtiene que X = 4,74 Pd = 18 – 0,5X = 18 – 0,5· 4,73 = 15, 63 Po = 3X = 3× 4,74 = 14, 22
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Lección 11 EQUIDAD EN LA IMPOSICIÓN
Glosario de términos y conceptos
• Principios del beneficio y la capacidad de pago • Equidad horizontal y equidad vertical • Sacrificio absoluto igual • Sacrificio proporcional (relativo) igual • Sacrificio marginal igual • Progresividad impositiva • Índices estructurales e índices de concentración de la progresividad • Progresividad del tipo medio • Progresividad del tipo marginal • Progresividad de la carga según la elasticidad de la recaudación respecto a la renta o base imponible • Progresividad de la base residual • Índice de Gini y Curva de Lorenz • Progresividad en frío • Progresividad efectiva • Carga directa o efecto renta de los impuestos • Efecto sustitución de los impuestos • Impuesto de suma fija • Impuesto de capitación
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 264. Exponer la noción de impuesto de capitación y valorarlo conforme a los criterios de equidad y eficiencia. 265. Según el principio del beneficio, ¿cuándo dos personas deberían tributar lo mismo? 266. ¿Qué aplicaciones tiene actualmente el principio del beneficio para repartir la carga tributaria? 267. Un impuesto sobre el beneficio de la actividad empresarial que reciben los accionistas o partícipes en empresas ¿Se basa en el principio del beneficio o en el de capacidad de pago? Explicar la respuesta. 268. Razonar por qué el principio del sacrificio marginal igual conduce a la igualación de rentas de los diferentes sujetos. 269. Explicar con brevedad cada una de las tres interpretaciones del principio de sacrificio igual y exponer sus respectivas expresiones analíticas. 270. Explicar con un ejemplo en qué consiste el denominado error de salto que se produce en una escala progresiva por clases y cómo se corrige este. 271. El tipo medio de un impuesto va creciendo continuamente cuando aumenta la base. Del tipo marginal desconocemos su comportamiento. ¿Puede decirse si ese impuesto es proporcional o progresivo? Razonar la respuesta. 272. Un impuesto con el tipo medio constante es siempre proporcional. Sin embargo, un impuesto con el tipo marginal constante puede ser progresivo. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 273. Un impuesto progresivo es aquel en que la recaudación crece cuando crece la base. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 274. Demostrar que cuando la elasticidad de la base residual respecto a la base imponible es menor que la unidad, la elasticidad de la recaudación respecto a la base imponible es mayor que la unidad. 275. Demostrar que cuando el tipo medio de gravamen crece al crecer la base, la elasticidad de la recaudación con respecto a la base es mayor que la unidad.
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Equidad en la imposición
276. Tachar lo que se considere incorrecto: a) En un impuesto proporcional, la recaudación crece cuando lo hace la base. b) En un impuesto progresivo, el tipo medio crece cuando lo hace la base. c) Un impuesto en el que la recaudación crece menos que proporcionalmente respecto a su base, es regresivo. 277. Respecto a la progresividad impositiva, dígase cuál es la principal diferencia entre la progresividad formal o teórica y la efectiva o real. 278. Dada la base de un impuesto (B) y la recaudación (T), ¿cómo se sabe si ese impuesto es progresivo? 279. Un impuesto proporcional con un mínimo exento se convierte en progresivo. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 280. ¿Qué tipo de impuesto sobre la renta personal —proporcional, progresivo o regresivo— refleja un índice de progresividad del tipo medio igual a cero? Razonar la respuesta con las expresiones algebraicas correspondientes. 281. Los economistas de la denominada revolución marginal adoptaron el principio de la capacidad de pago como criterio de reparto de la carga tributaria. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 282. La tarifa de un impuesto sobre la renta responde a una función matemática, tal que: T = 1.000 + 0,4Y2 Dígase si el impuesto es proporcional, progresivo o regresivo. 283. Supóngase que se decide establecer un impuesto sobre la renta con la siguiente función matemática: T = ln y Demostrar si es proporcional, progresivo o regresivo. 284. La recaudación de un impuesto (T) se relaciona con su base (B) de acuerdo con la siguiente expresión: T = 0,3 (B – 500.000)
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
¿Se trata de un impuesto proporcional o progresivo? Explicar la respuesta. 285. La recaudación de un impuesto (T) se relaciona con su base (B) mediante la expresión: T = 0,25 (B-1.000) Demostrar para qué valores de la base, si existen, el impuesto es progresivo. 286. La recaudación de un impuesto (T) con respecto a su base (B) se relaciona por la siguiente expresión: T = 10.000 + 0,25B2 Dígase para qué valores de la base el impuesto es progresivo. 287. La recaudación de un impuesto (T) se relaciona con su base (B) mediante la expresión: T = 500 + 0,3B Demostrar, siguiendo el método de la «progresividad de la base residual», que este impuesto es regresivo. 288. La recaudación de un impuesto (T) se relaciona con su base (8) mediante la siguiente expresión: T = 0,25 (8-E), donde E es un mínimo exento. Dígase qué valores puede tomar E para que el impuesto sea progresivo. 289. En un país la recaudación del impuesto sobre la renta (T) se relaciona con la renta fiscal (Y) mediante la expresión: T = 6y – 3y2 + 0,5y3 Se pide: Para qué valores de la renta (si existen) el impuesto es progresivo 290. Tras analizar multitud de propuestas el Ministerio de Economía y Hacienda pretende establecer un impuesto sobre la renta del siguiente tipo: T = 750.000 + 3y3 a) Analizar sólo analíticamente la progresividad y regresividad del impuesto.
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Equidad en la imposición
b) Calcular la recaudación para una renta Y =100 e indicar si en dicho punto el impuesto es progresivo o regresivo. 291. Si se desea que la imposición cause el menor sacrificio total a la comunidad, bajo los supuestos habituales sobre las funciones de utilidad, se llega a la regla del sacrificio marginal igual. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 292. Un impuesto lineal grava al tipo único del 25 por ciento la renta de los sujetos después de deducir de dicha renta una cantidad en concepto de mínimo exento. Dígase qué porcentaje de la renta debe representar el mínimo exento para que la elasticidad del impuesto respecto a la renta tome el valor 3. 293. ¿Cuál es el tipo marginal de un impuesto que grava la renta a un tipo constante del 30 por ciento pero que tiene un mínimo exento de 30.000 euros?
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 264. Un impuesto de capitación es aquel cuya cuantía es fija e igual para todos los contribuyentes, con independencia de sus niveles de renta y sus comportamientos económicos (oferta de trabajo, consumo, ahorro, etc.). Su cuota tributaria se determina dividiendo los ingresos previstos por el número de contribuyentes, por lo que cada uno de éstos paga un gravamen de cuantía fija. Un impuesto de capitación, al generar sólo efecto renta (no genera efecto sustitución), no origina exceso de gravamen, pero es inaceptable desde el punto de vista de la equidad, porque no tiene en cuenta la capacidad de pago de los sujetos. 265. De acuerdo con este principio, dos personas deberían tributar lo mismo cuando ambas recibiesen del Estado las mismas prestaciones o cuando los beneficios de los servicios públicos obtenidos por ambas fuesen los mismos. 266. Tiene aplicaciones en las tasas (y precios públicos), contribuciones especiales y en los impuestos. Las tasas de financiación son tributos que tratan de aproximarse al principio del beneficio, en cuanto figura tributaria que surge ante la existencia de demandas particulares.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Pese a su enorme complejidad, tal criterio suele utilizarse también en el caso de los impuestos a través de una doble vía: la vía generacional, que consiste en el reparto de los costes de las obras y servicios públicos cuya duración excede a una generación, de forma tal que la generación actual paga mediante impuestos la parte de los beneficios de la obra que se considera va a disfrutar, mientras las generaciones futuras pagan los beneficios que les correspondan, financiando el coste del endeudamiento público igualmente necesario para la realización de la obra; por otra parte, la vía de ámbito espacial, vía que se aplica a los servicios cuyos beneficios se distribuyen desigualmente en las distintas áreas o zonas de una jurisdicción, y que consiste en distribuir los costes de esos servicios entre las múltiples áreas de acuerdo con los beneficios obtenidos por cada una de ellas. En el caso de las contribuciones especiales, su exacción se ha querido fundamentar en el beneficio especial que perciben algunos miembros de la comunidad como consecuencia de la realización de una obra pública u obra de mejora pública. Se considera que si bien en principio los beneficios de cualquier obra o mejora pública pueden propagarse a todos los miembros de una comunidad, éstos se concentran o repercuten de forma especialmente intensa en determinados individuos, por lo que ellos deben contribuir a la financiación de parte del coste de realización de la obra o mejora pública en mayor proporción relativa que sus conciudadanos. 267. Se basa en el principio de capacidad de pago, en tanto en cuanto los beneficios recibidos por los accionistas o partícipes en empresas son rentas del capital (mobiliario) que aumentan la capacidad económica y, por tanto, la capacidad de pago de estos. 268. Porque implica exigir pagos impositivos a los niveles superiores de renta en cantidades tales que propicien la igualación de la utilidad marginal de la renta al facilitar la igualación de la renta de los diferentes sujetos. 269. Las tres interpretaciones del principio impositivo del sacrificio igual son: a) S acrificio absoluto igual, acepción que denota que cada uno de los contribuyentes debe pagar aquel impuesto que le ocasione un sacrificio igual al que experimenten los demás. Esto es, la pérdida
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Equidad en la imposición
de utilidad ocasionada por el pago del impuesto ha de ser la misma para todos y cada uno de los contribuyentes. Si denominamos Y a la renta, T al volumen del impuesto, U(Y) a la utilidad de la renta antes de impuesto y U(Y – T) a la utilidad de la renta después de impuesto, el sacrificio igual absoluto exigiría que se cumpliese la condición de que la expresión U(Y) – U(Y – T) alcanzase el mismo valor para todos los sujetos, cualquiera que fuese la renta de los mismos. b) S acrificio proporcional igual. De acuerdo con este principio, cada uno de los contribuyentes debe pagar aquel impuesto que le ocasione un sacrificio que sea una proporción idéntica de la utilidad de que disfrutaba antes del impuesto. Es decir, para todos y cada uno de los contribuyentes, la utilidad de las unidades de renta sustraídas ha de ser proporcional a la utilidad de las unidades de renta que tenía antes del impuesto. Expuesto en términos analíticos, si representamos por [U(Y) – U(Y – T)] la pérdida de utilidad ocasionada por el impuesto y por U(Y) la utilidad antes del establecimiento del impuesto, debería cumplirse que la expresión
U(Y)– U(Y – Y) U(Y) fuese igual para todos los sujetos. c) Sacrificio marginal igual. A diferencia de los anteriores, la concepción del sacrificio como sacrificio marginal igual postula que lo que debe ser igual para todos los sujetos es el sacrificio o la pérdida de utilidad ocasionada por la última unidad monetaria pagada en concepto de impuesto. Esto significa que la expresión
∂ [U i(Yi ) – U i(Yi – Ti )] ∂ (Ti) debería ser constante o igual para todos los sujetos.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
270. A modo de ejemplo, supóngase una escala o tarifa progresiva legal tal que: Renta
Tipos
0-1.000
10 por ciento
1.001-2.000
15 por ciento
2.001-3.000
25 por ciento
De acuerdo con una tarifa por clases, un contribuyente con una renta gravable de, por ejemplo, 2.000 u.m., tributaría por la totalidad de esa renta a un tipo del 15 por ciento. En cambio, otro que declarase una renta de 2.001, soportaría un impuesto del 25 por ciento. Es decir, por una diferencia de renta gravable de 1 u.m., el segundo contribuyente tributaría a un tipo de gravamen superior en 10 puntos porcentuales al aplicado al primero. Denominado error de salto, este problema se corrige mediante la llamada progresividad por escalones. Bajo este otro sistema, toda base sometida a gravamen se descompone en fracciones o escalones y a cada uno de ellos se le aplica el tipo correspondiente en la tarifa. En nuestro ejemplo, las 2.001 u.m. del segundo contribuyente (lo mismo ocurriría con el primero) se descompondrían, a efectos tributarios, en tres escalones, los dos primeros de 1.000 y el tercero de 1 u.m., a los que se aplicarían tipos del 10 por ciento, 15 por ciento y 25 por ciento, respectivamente 271. Es progresivo. Bajo el criterio de la progresividad (progresión) del tipo medio, se dice que un impuesto es progresivo si el tipo medio de gravamen (T* = T/B) crece conforme aumenta la base gravada. Esto es, un impuesto será progresivo cuando
dT* >0 dB En esta expresión, si se sustituye T* por su valor T/B y a continuación se desarrolla la derivada, se obtiene:
d(T / B) dT – T 1 dT T T′ − T* = = − = >0 B dB BdB B 2 B dB B
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Equidad en la imposición
nueva expresión que a su vez, al ser B siempre positiva, implica que dT/dB (el tipo marginal de gravamen, que se representa por T′) ha de ser superior a T/B o, lo que es lo mismo, que debe cumplirse la condición: T′ > T*. 272. Verdadero. Normalmente, la forma que reviste un impuesto progresivo es la de una tarifa o escala con tipos impositivos marginales crecientes que pueden establecerse o bien por clases o bien por escalones. Sin embargo, otra forma de progresividad que se presenta con frecuencia en la praxis fiscal es la conocida como indirecta u oculta. Ésta se produce en aquellos impuestos en los que, pese a contar con un tipo impositivo marginal constante, admiten la práctica de deducciones en la base en calidad de mínimos exentos, por lo que de hecho el tipo efectivo de gravamen (relación por cociente entre la recaudación y la base gravable) irá creciendo, no obstante la constancia formal del tipo legal del impuesto. Si consideramos un impuesto con un tipo fijo (t) aplicado a una base (B) en la que se practica la deducción de un mínimo exento (E), la recaudación impositiva (T) puede expresarse como: T = t(B – E) La elasticidad de la recaudación respecto la base será: dT B dT B B ξ T, B = dB = ⋅ = ⋅t = B –E T T dB t (B –E) B
y puesto que (B – E) < B, la elasticidad es mayor que la unidad y el impuesto progresivo pese a la constancia formal del tipo impositivo marginal t. 273. Falso. Un impuesto será progresivo cuando su recaudación crezca en mayor proporción que lo haga su base; proporcional, cuando crezca en la misma proporción, y regresivo cuando crezca en menor proporción.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
274. La base residual se define como la diferencia entre la base inicial gravada y la recaudación obtenida mediante el impuesto a ella aplicado (Br = B – T). Bajo el criterio de progresividad de la base residual, un impuesto será progresivo siempre que dicha base residual crezca en menor proporción que la base inicial, es decir, siempre que la elasticidad de la primera respecto a la segunda de esas bases sea menor que la unidad. Una condición cuya verificación requiere, a su vez, tal y como se constata a continuación, que la elasticidad de la recaudación respecto a la base gravada exceda a la unidad. En efecto, sea ∆Br B ∆B ξ Br ,B = Br = ⋅ r ∆B Br ∆B B Esta identidad puede expresarse asimismo como: ∆Br ∆B– ∆T ∆B ξBr ,B = ∆B = Br B– T B B o, también, como: 1– ∆T 1– T′ ξ Br ,B = ∆B = 1– T 1– T * B dado que ∆T/∆B = T′ (tipo marginal de gravamen) y T/B = T* (tipo medio de gravamen). Finalmente, sabiendo que fiere que:
ξT, B = T′/T* y, por tanto, T′ = T* · ξT, B, se in-
ξBr ,B =
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1– T *⋅ε T, B 1– T *
Equidad en la imposición
Lo que prueba que para que el impuesto sea progresivo bajo este criterio, esto es, para que ξBr, B < 1, ha de cumplirse la condición: ξT, B > 1. 275. Bajo el criterio de progresividad del tipo medio, se dice que un impuesto es progresivo si el tipo medio de gravamen (T* = T/B) crece conforme aumenta la base gravada. Esto es, un impuesto será progresivo cuando
dT* >0 dB En esta expresión, si se sustituye T* por su valor T/B y a continuación se desarrolla la derivada, se obtiene:
d(T / B) dT T 1 dT T T′ − T* = – = − = >0 B dB BdB B 2 B dB B nueva expresión que, como ya se ha dicho, al ser B siempre positiva, implica que dT/dB ha de ser superior a T/B o, lo que es lo mismo que, T′ > T*, condición que ha de verificarse asimismo, como veremos seguidamente, bajo el criterio de progresividad de las elasticidades de la recaudación respecto a las base gravada (ξT, B). En efecto, bajo ese último criterio, un impuesto es progresivo si se cumple que ξT, B > 1, es decir, si ∆T T′ ξT,B = ∆B = T* T B o, lo que es lo mismo, si el ratio del tipo marginal (T′) respecto al tipo medio (T*), es mayor que la unidad, pero para ello, obviamente, ha de verificarse necesariamente la condición: T′ > T*. 276. Todas son correctas.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
277. La denominada formal o teórica es la progresividad implícita en la estructura de los impuestos, atendiendo a las normas reguladoras del cómputo de su base y la tarifa aplicable. Por progresividad efectiva o real se entiende los efectos que realmente produce un impuesto o un sistema tributario sobre la desigualdad de la distribución de renta. 278. Con estos datos, la forma más precisa de saber si un impuesto es progresivo consiste en estimar la progresividad del tipo medio, de tal forma que si dT*/dB > 0 (esto es, si el tipo medio de gravamen crece conforme aumenta la base gravada), el impuesto será progresivo. 279. Verdadero. La reducción de la base en la cuantía del mínimo exento hace que el tipo efectivo de gravamen sea creciente, a pesar de la constancia formal del tipo legal del impuesto. Si consideramos un impuesto con un tipo fijo (t) aplicado a una base (B) en la que se practica la deducción de un mínimo exento (E), la recaudación impositiva (T) equivaldrá a: T= t(B-E) La elasticidad de la recaudación respecto la base será, a su vez:
ξT,B
dT dT T dB B · dT B B · = = = t= = dB T T dB t(B-E) B-E B B
y puesto que (B-E) < B, la elasticidad (ξT,B) será mayor que la unidad y el impuesto progresivo, pese a la constancia formal del tipo impositivo t. Frecuente en la experiencia comparada, esta suerte de progresividad es conocida en la literatura financiera como progresividad indirecta u oculta. 280. Proporcional porque, para que T'-T * dT* = =0 dB B el tipo marginal (T') ha de ser igual al tipo medio (T*).
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Equidad en la imposición
281. Falso. Adoptaron el principio del beneficio, del que hicieron una interpretación conocida como la del cambio voluntario, que constituyó la base del marginalismo financiero. Pese a las diferencias de detalle, los distintos autores de la escuela italiana del marginalismo (la otra escuela destacada fue la de Austria y Estocolmo) se proponen fundamentalmente trasplantar el esquema de la formación de los precios en los mercados de bienes privados a los servicios públicos. Para ellos, el impuesto no sólo debería cubrir el coste de producción de los servicios públicos, sino que también debería reflejar la utilidad reportada por ellos. Esto es, los impuestos operarían, en general, como pseudoprecios, es decir, como el precio de los servicios públicos en correspondencia a la demanda de los contribuyentes. 282. La elasticidad de la recaudación del impuesto respecto a la base obedece, como es sabido, a la expresión: ∆T ξT, B = T = ∆B B
dT dB = T′ T T* B
En este ejercicio los valores estimados de T′ y T* son, respectivamente: T′ = dT/dY = 0,8Y T* = T/Y = 1.000/Y + 0,4Y por lo que, ξT, B =
0,8Y 1.000 + 0,4Y Y
A la vista de esta expresión, se infiere que para que la elasticidad sea mayor que 1 y, por ende, el impuesto progresivo, ha de darse la condición 0,8Y > 1.000/Y + 0,4Y
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Multiplicando a continuación los dos lados de la ecuación por Y y despejando Y en ella, se obtiene sucesivamente: 0,8Y 2 > 1.000 + 0,4Y2 0,4Y 2 > 1.000 Y 2 > 2.500 Y > raíz cuadrada de 2.500 > 50 Esto es, para que ξ >1 y, por tanto, el impuesto progresivo, Y debe ser mayor que 50. 283. Dado que en nuestro ejemplo T′ =
dT 1 Ly = y T* = n dB y y
la elasticidad de la recaudación respecto a la base sería: ξT, B = 1 Ln y El impuesto será, pues, progresivo si
1 Ln y
>1
será proporcional si
1 =1 Ln y y será regresivo cuanto mayor sea y o, lo que es lo mismo, cuanto menor sea el cociente
1 Ln y 284. En el ejercicio, la elasticidad de la recaudación es:
ξT, B =
166
B dT B 0,3B ⋅ = ⋅ 0,3= T dB 0,3B–150.000 0,3B–150.000
Equidad en la imposición
Resultado que, al ser el numerador (0,3B) mayor que el denominador (0,3B – 150.000), muestra que ξT, B > 1 y, por tanto, que el impuesto es progresivo. 285. Dado que ξT,B =
B T
·
B dT B · 0,25 = = dB 0,25 (B - 1000) B - 1000
para que el impuesto sea progresivo, es decir, para que ξT,B >1, B deber ser mayor que 1.000. 286. Como es sabido, la elasticidad de la recaudación impositiva respecto a la base se expresa en términos analíticos como:
ξT, B =
T′ T*
En el ejercicio; T′ y T* (tipos marginal y medio de gravamen, respectivamente) adoptan los valores: Y′ = dT /dB = 0,50B T* = T / B=
10.000+ 0,25B2 10.000 = +0,25B B B
En consecuencia, se tiene que: ξT, B =
0,50B 10.000 + 0, 25B B
por lo que, para que el impuesto sea progresivo, ha de verificarse que:
0,50B>
10.000 + 0,25B B
o, lo que es lo mismo, 0,50B2 > 10.000 + 0,25B2
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
o, también, 0,25B2 > 10.000 esto es, que B2 > 40.000 o B > la raíz cuadrada de 40.000 = 200 En suma, el impuesto será progresivo para valores de la base superiores a 200. 287. En el ejercicio, la base residual (Br) es igual a: Br = B – T = B – (500 + 0,3B) = 0,7B – 500 A su vez, la elasticidad de la base residual (Br) respecto a la base inicial equivale a: ξB ,B = r
B dBr B 0,7B ⋅ = ⋅ 0,7 = Br dB 0,7B– 500 0,7B– 500
Resultado que, al ser el numerador (0,7B) mayor que el denominador (0,7B – 500), muestra que ξBr B > 1 y, por tanto, que el impuesto es regresivo. 288. Dado que
ξT,B =
B T
8 · dT = · 0,25 = 8 dB 0,25 (8 - E) 8-E
para que el impuesto sea progresivo, es decir, para que ξT,B >1, E ha de ser menor que 8 y mayor que 0. 289. En el ejercicio, la elasticidad de la recaudación respecto a la base impositiva es: dT T′ dB 6– 6y +1,5y 2 ξT, B = = = T* T 6 – 3y + 0,5y2 B
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Equidad en la imposición
Sabiendo, a su vez, que para que el impuesto sea progresivo, ha de verificarse que: (6 – 6y + 1,5y2) > (6 – 3y + 0,5y2) o, reducción mediando, que: y>3 Se obtiene finalmente que el impuesto es progresivo para valores de renta mayores que 3. 290. a) La elasticidad de la recaudación respecto a la base se expresa por: ξT,Y =
Y dT y 9y 3 2 ⋅ = ⋅ 9y = T dY 750.000+ 3y3 750.000+ 3y 3
Para que el impuesto sea progresivo, ha de cumplirse sucesivamente: 9y3 > 750.000 + 3y3 6y3 > 750.000 y3 > 150.000 y > 50 Por añadidura, el impuesto será proporcional si y = 50, y regresivo si y < 50. b) Para y = 100, la recaudación del impuesto sería igual a 3.750.000, y, como se desprende de la respuesta a la cuestión a), éste sería progresivo en dicho punto. 291. Verdadero. El principio del sacrificio marginal igual postula que lo que debe ser igual para todos los sujetos es el sacrificio o la pérdida de utilidad ocasionada por la última unidad monetaria pagada en concepto de impuesto. Para todos los sujetos debe ser, pues, constante o igual la expresión: δ[U i(Yi ) – U i(Yi – Ti)] δTi
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Del principio del sacrificio marginal igual se ha asegurado asimismo que es una consecuencia del principio del sacrificio mínimo total, de modo que ambas expresiones pueden considerarse sinónimas o emplearse con igual significado. En sentido estricto, este último término expresa que cada contribuyente debe pagar aquel impuesto que ocasione a la colectividad un sacrificio total mínimo. O, dicho de otra forma, la utilidad de las unidades de renta poseídas por cada uno de los contribuyentes después del pago del impuesto ha de ser la misma en todos y cada uno de los sujetos. Concepto que, a su vez, puede expresarse en términos analíticos como:
δUi(Yi – Ti) = K(constante) δ (Yi – Ti ) Adicionalmente, la equivalencia entre las expresiones de sacrificio marginal igual y sacrificio mínimo total puede representarse mediante la igualdad:
δ[Ui(Yi ) – Ui(Yi – Ti)] δUi(Yi – Ti ) = = K(constante) δTi δ (Yi – Ti ) El sacrificio mínimo total o marginal igual implicará, por tanto, de acuerdo con el principio que lo postula, exigir pagos impositivos a los niveles superiores de renta en cantidades tales que propicien la igualación de la utilidad marginal de la renta al facilitar la igualación de dicha variable. Para llegar a esa última igualdad se supone de partida una sociedad integrada por dos sujetos (1 y 2), de forma tal que el sacrificio social ocasionado por el pago de los impuestos puede expresarse como: S = [U1(Y1) – U1(Y1 – T1)] + [U2(Y2) – U2(Y2 – T2)], donde: T = T1 + T2 y, en consecuencia, T – T1 – T2 = 0, y los valores de Y1 e Y2 son un dato de partida.
170
Equidad en la imposición
Las condiciones de sacrificio mínimo pueden obtenerse por medio de los multiplicadores de Lagrange, formando inicialmente una función auxiliar, tal que: L = U1(Y1) – U1(Y1 – T1) + U2(Y2) – U2(Y2 – T2) + λ (T – T1 – T2) Si a continuación se estiman y se igualan a cero las primeras derivadas de esa función, se obtiene sucesivamente: δL δ T1 δL δ T2
=
δ U1(Y1 – T1 )
=
δ (Y1 – T1 )
+ λ (–1) = 0
δU2 (Y2 – T2 ) δ (Y2 – T2 )
δ U1(Y1 – T1) δ(Y1 – T1)
=
+ λ (–1) = 0
δ U2 (Y2 – T2 ) δ(Y2 – T2 )
o, generalización mediando, δ U i(Yi – Ti ) δ (Yi – Ti )
=K
Expresión que indica la igualdad de la utilidad marginal de la renta después del pago del impuesto para todos los contribuyentes, o, también, la igualdad del sacrificio marginal para todos los contribuyentes. 292. En un impuesto lineal sobre la renta (Y) con un tipo de 0,25 y un mínimo exento E, la recaudación impositiva y la elasticidad de la recaudación respecto la renta serán, respectivamente: T = 0, 25(Y-E) y
ξT,Y
=
dT · Y Y Y = 0,25 · = dY T 0,25 (Y-E) Y-E
Luego, sabiendo que de Y.
ξT,Y = 3, se tiene que E = 2/3Y= 66,66 por ciento
293. También del 30 por ciento, porque se trata de un impuesto sobre la renta con tipo constante y, por tanto, T' = T*.
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Lección 12 LA INCIDENCIA IMPOSITIVA
Glosario de términos y conceptos
• Percusión • Traslación impositiva • Traslación hacia delante • Traslación hacia atrás • Traslación oblicua • Traslación alternada y acumulada • Traslación sistemática y ocasional • Efecto renta • Efecto sustitución • Efectos de incentivo • Incidencia de impacto • Incidencia legal • Incidencia efectiva • Incidencia absoluta • Incidencia diferencial • Incidencia presupuestaria • Incidencia por el lado de los usos de renta • Incidencia por el lado de las fuentes de renta • Índice de frustración distributiva • Incidencia impositiva en equilibrio parcial • Incidencia impositiva en equilibrio general: modelo unisectorial • Incidencia de un impuesto ad valorem sobre los beneficios • Incidencia de un impuesto ad valorem sobre los salarios • Incidencia de un impuesto ad valorem sobre el consumo • Incidencia impositiva en equilibrio general: modelo bisectorial
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Modelo de Harberger • Incidencia de un impuesto general sobre el consumo • Incidencia de un impuesto selectivo sobre el consumo • Incidencia de un impuesto general sobre el capital • I ncidencia de un impuesto selectivo sobre el capital: efecto sustitución factorial y de efecto producción • Tabla de equivalencias del análisis de la incidencia impositiva • Incidencia interregional o internacional • Incidencia de un impuesto general sobre las rentas del capital • I ncidencia de un impuesto sobre la producción en dos regiones (países) al mismo tipo de gravamen • Incidencia de un impuesto sobre la producción en una sola región (país) por el lado de los usos de la renta y por el lado de las fuentes de renta • Incidencia de un impuesto sobre las rentas del capital, bajo los supuestos de movilidad e inmovilidad del capital • Exportación impositiva • Capitalización impositiva • Capitalización de un impuesto sobre un factor de oferta fija • Capitalización a corto y a medio plazo de un impuesto general sobre el capital • C apitalización a corto plazo, a medio y a largo plazo de un impuesto selectivo sobre el capital • Incidencia dinámica: Incidencia dinámica de un impuesto general sobre el capital a corto y a largo plazo • Incidencia intergeneracional: Incidencia intergeneracional de un impuesto sobre las rentas del capital
CUESTIONES Y EJERCICIOS 294. Definir el concepto de incidencia impositiva. 295. Según la terminología tradicional de la teoría de los efectos de la imposición, dígase qué se entiende por traslación de un impuesto y cuáles son los diferentes tipos de traslación atendiendo a su dirección.
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La incidencia impositiva
296. Exponer las nociones de incidencia absoluta o específica, incidencia diferencial e incidencia presupuestaria. 297. ¿Qué se entiende por efecto renta, efecto sustitución y efecto de incentivo de un impuesto? 298. Explicar la distinción conceptual entre incidencia de impacto, legal y efectiva de un impuesto. 299. ¿Qué se entiende por traslación, por incidencia legal y por incidencia efectiva de la imposición? 300. ¿Cómo o por qué lados distintos puede alterar la imposición la renta disponible de los contribuyentes? Explicar la respuesta. 301. Enunciar las ventajas e inconvenientes del análisis de equilibrio parcial de la incidencia impositiva. 302. Para analizar los efectos distributivos de un cambio impositivo, de forma separada del gasto que va a financiar, debe considerarse que el gasto público permanece constante. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 303. Respecto a la incidencia de un impuesto unitario sobre el consumo en equilibrio parcial, ¿cuándo sería soportado íntegramente por los consumidores? Razonar la respuesta en términos de elasticidades de demanda y de oferta. 304. En cuanto a la incidencia de un impuesto unitario sobre el consumo en equilibrio parcial, explíquese en términos analíticos cómo puede determinarse el grado de traslación del gravamen. 305. A la vista de las expresiones algebraicas que permiten determinar el grado de traslación —si alguno— del impuesto unitario sobre el consumo, ¿cuándo sería soportado íntegramente el gravamen por los consumidores y cuándo íntegramente por los productores? 306. En el marco de un modelo unisectorial de equilibrio general, la carga de un impuesto sobre las rentas salariales podría trasladarse en parte a los propietarios del capital. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
307. En el marco de un modelo bisectorial de la incidencia impositiva, ¿cuál sería el impacto distributivo de un impuesto general sobre el capital? ¿Por qué? 308. En un modelo bisectorial de la incidencia impositiva, ¿quiénes soportarían la carga de un impuesto general sobre el consumo? ¿Por qué? 309. En el marco de un modelo bisectorial de equilibrio general, ¿cuál sería la incidencia de un impuesto selectivo sobre el consumo de uno de los dos bienes (por ejemplo, el bien X respecto al Y), bajo los supuestos de plena sustituibilidad en la demanda y de que la producción de dicho bien fuese intensiva en capital? Razonar la respuesta. 310. En un modelo bisectorial de equilibrio general, ¿cuál sería la incidencia de un impuesto selectivo sobre el consumo de uno de los dos bienes (por ejemplo, sobre el del bien X frente a Y), en el supuesto de que la producción de dicho bien fuese intensiva en capital? Explicar la respuesta. 311. En el marco de un análisis de equilibrio general basado en el modelo de Harberger, ¿cuándo la carga del impuesto de sociedades sería soportada o compartida a largo plazo por todas las formas —societarias y no societarias— de empresas. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 312. Respecto a la incidencia de un impuesto selectivo sobre el capital analizada en el marco de un modelo bisectorial de equilibrio general, ¿dígase bajo qué supuesto generará el denominado efecto producción y en qué consiste éste? 313. En el modelo bisectorial de Harberger, ¿qué condiciones han de darse para que el impuesto de sociedades pueda trasladarse, en mayor o menor medida, al factor trabajo? 314. Desde la perspectiva de la exportación o distribución internacional de la carga de los impuestos, ¿quiénes saldrían beneficiados y quiénes perjudicados por el establecimiento o elevación de un impuesto sobre las rentas del capital en un país de gran importancia en el concierto de naciones, bajo el supuesto que en el resto del mundo o no se gravasen las rentas del capital o, en su defecto, el impuesto se mantuviera inalterado?
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La incidencia impositiva
315. ¿Qué se entiende por capitalización impositiva? Un impuesto general sobre el capital ¿se capitaliza plenamente con independencia del plazo de tiempo considerado? 316. Cuando se afirma que un impuesto sobre el valor de la tierra se capitaliza en los valores del bien raíz, ¿qué quiere decirse con ello? Razonar la respuesta. 317. ¿Qué se entiende por «exportación» impositiva? ¿Cuáles son los factores determinantes de este efecto? 318. Desde una perspectiva dinámica y en el marco del modelo neoclásico de crecimiento económico, un impuesto sobre el capital sería soportado íntegramente por este factor productivo tanto a corto como a largo plazo. ¿Es correcta o incorrecta esta afirmación? ¿Por qué?
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 294. La incidencia impositiva es un término con múltiples acepciones que Musgrave utiliza para referirse a los cambios resultantes en la distribución de la renta disponible para uso privado, a consecuencia de una variación impositiva. 295. La traslación impositiva tiene lugar cuando el contribuyente obligado al pago transfiere a otro el gravamen exigido a él inicialmente. Atendiendo a su dirección, hay que distinguir entre traslación hacia delante, que se produce mediante una elevación de los precios, traslación hacia atrás, que se origina por la vía de una reducción de los salarios u otras rentas, y traslación oblicua, que se lleva a efecto por medio de una elevación de los precios de bienes sustitutivos o complementarios de los sometidos a imposición. 296. Por incidencia absoluta o específica se entiende los cambios en la distribución de la renta disponible para uso privado que se derivan de una alteración —incremento o disminución— en los impuestos, suponiendo que la otra vertiente del presupuesto, el gasto, permanece constante. La incidencia diferencial hace referencia a los efectos distributivos de un cambio de un ingreso impositivo por otro de igual cuantía, en la financiación del mismo gasto. Por incidencia presupuestaria debe enten-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
derse el cambio distributivo que tiene su origen en la variación simultánea de los impuestos y los gastos públicos, bajo el supuesto de que la economía se encuentra en un estado definido como «clásico». Se trata, pues, de un método de análisis de la incidencia que se propone conocer los efectos combinados de las políticas de ingresos y gastos públicos. 297. El efecto renta de un impuesto es la disminución de renta monetaria que la recaudación impositiva implica. El efecto sustitución se asocia a los cambios en el destino o utilización de la renta originados por los impuestos en cuanto entrañan un tratamiento discriminatorio de unas opciones respecto a otras. Por efecto de incentivo se entiende los cambios en la dedicación del trabajo y capital, tanto en términos absolutos como relativos, que el impuesto origina. 298. La incidencia de impacto se mide por la diferencia entre la distribución de la renta disponible para uso privado en una situación hipotética sin impuesto y una situación en la cual el impuesto se soporta por aquellos que inicialmente lo pagan. Por incidencia legal se entiende la diferencia entre la distribución de la renta disponible para uso privado en una situación hipotética sin impuesto y otra en la cual los impuestos se soportasen íntegramente por los sujetos que legalmente se desea gravar. La incidencia efectiva es la diferencia entre la distribución de la renta disponible para uso privado en una situación hipotética sin impuesto y otra real que deriva del proceso total de ajuste que se origina a consecuencia del impuesto. 299. La traslación del impuesto se verifica cada vez que el contribuyente de derecho transfiere a otro el peso del tributo mediante una elevación de los precios de los bienes que produce o una reducción de los bienes o servicios que adquiere. La incidencia legal es la diferencia entre la distribución de la renta disponible para uso privado en una situación hipotética sin impuesto y otra en la cual los impuestos se soportasen íntegramente por aquellos sujetos que legalmente se desea gravar. La incidencia efectiva es la diferencia entre la distribución de la renta disponible para uso privado en una situación hipotética sin impuesto y otra real que deriva del proceso real de ajuste que se origina a consecuencia del impuesto. 300. Puede alterarla tanto por el lado de las fuentes de renta como por el de los usos de esta variable. Por el de las fuentes, a consecuencia de
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La incidencia impositiva
los cambios que los impuestos pueden originar, directamente, en las retribuciones netas obtenidas por los sujetos, e, indirectamente, en las retribuciones relativas de los distintos factores, según la peculiar reacción de la oferta de cada factor al cambio fiscal. Por el lado de los usos, por la vía de los cambios que pueden originar en los precios relativos de los bienes y servicios, tanto directamente, al elevar los precios de ciertos artículos, como de forma indirecta, a través de cambios en el coste de los factores o en la demanda de los productos. 301. La principal ventaja del análisis de equilibrio parcial de la incidencia impositiva es su simplicidad, en tanto en cuanto ofrece una primera aproximación de los efectos distributivos de determinados impuestos selectivos. Sin embargo, tiene también importantes limitaciones, entre las que pueden destacarse tres: que ignora la interdependencia de los mercados, que no permite estudiar impuestos generales y que no tiene en cuenta el uso de la recaudación impositiva. 302. Falso. La afirmación responde al enfoque de incidencia específica, cuyo principal inconveniente es que no permite separar los efectos impositivos de los debidos al superávit inherente a un aumento de impuestos manteniendo constantes los gastos. Es preferible la incidencia diferencial. 303. Un impuesto unitario sobre el consumo será soportado íntegramente por los consumidores cuando éste genere un incremento de los precios sin que por ello disminuya la cantidad demandada. En términos de elasticidades de demanda y oferta, ello quiere decir que un impuesto unitario sobre el consumo tenderá a recaer sobre los consumidores si la demanda del bien o servicio gravado es inelástica o si su oferta es elástica. 304. El grado de traslación del gravamen vendrá determinado por las formas de las funciones de oferta, y se obtiene diferenciando la expresión correspondiente al nuevo equilibrio del mercado que se produce tras los ajustes que siguen a la exacción impositiva. Se obtiene, pues, diferenciando respecto a t la expresión: XD(p + t) = XO(p)
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
donde: t = impuesto unitario sobre el consumo p + t = precio de equilibrio para el consumidor p = precio de equilibrio para el productor XD(p + t) = función de demanda XO(p) = función de oferta Realizando la operación indicada y multiplicando los dos lados de la ecuación por P/X, se llega a:
P dXD ⋅ X dp
dp P dXO dp ⋅ +1 = ⋅ dt X dp dt
A continuación, sabiendo que las expresiones de las elasticidades de demanda y de oferta del bien X son, respectivamente
ξD =
P dXD ⋅ X dp
ξO =
P dXO ⋅ X dp
la anterior ecuación puede reformularse en los términos: dp + ε D = εO dt dp εD = εO – εD dt
ξD
dp dt dp dt
Ecuación esta última de la que, tras despejar dp/dt, permite determinar el grado de traslación del impuesto —si alguno— en términos del precio del productor: dp εD = dt εO – εD
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La incidencia impositiva
donde dp/dt es la parte de la carga del impuesto —si alguna— soportada por el productor. De esta forma, si dp/dt = 0, el productor no experimentará ninguna variación en el precio, por lo que la carga del impuesto la soportarán íntegramente los consumidores; por el contrario, si dp/dt = 1, los productores soportarán la carga total del impuesto, lo que significa que los consumidores se la habrían trasladado plenamente. 305. Los consumidores lo soportarían íntegramente en caso de que la elasticidad precio de demanda fuese igual a cero (demanda rígida o inelástica) o de que la elasticidad de la oferta fuese infinita (oferta totalmente elástica). En ambos casos, el precio percibido por el productor no se alteraría, de modo que la incidencia legal y la incidencia económica del impuesto coincidirían. En contraste, el gravamen sería soportado plenamente por los productores cuando la elasticidad precio de demanda fuese infinita (demanda totalmente elástica) o cuando la elasticidad de la oferta fuese nula (oferta inelástica). En tales circunstancias, el precio percibido por el productor se reduciría en la cuantía total del impuesto. 306. Verdadero. Inicialmente, por efecto del gravamen los salarios se reducirían en una cuantía igual a la factura impositiva, lo que originaría, por turno, una reducción de la oferta de trabajo, la compensación parcial del descenso inicial de las rentas salariales y un nuevo nivel de empleo inferior al existente antes de impuesto. Adicionalmente, el menor nivel de empleo traería consigo la caída de la productividad marginal del capital, por lo que el impuesto se trasladaría en parte a este factor productivo, en una proporción que dependería de las elasticidades de oferta y demanda de trabajo. 307. Si el stock total de capital de la economía es fijo y está plenamente empleado, sus propietarios no podrán trasladar la carga del impuesto al factor trabajo. Es así porque la asignación de recursos no se verá alterada por el impuesto y, en consecuencia, el capital lo soportará íntegramente en forma de una menor retribución neta. 308. Sería soportado por los consumidores en proporción a su nivel de gasto, al no inducir ninguna alteración en los precios relativos de los bienes de consumo.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
309. Al igual que en el caso del impuesto de sociedades, en este modelo bisectorial el gravamen girado sobre X induciría a los consumidores a aumentar sus gastos en el bien no gravado Y en detrimento de X, lo que, a su vez, liberaría capital y trabajo de la producción de este último, que afluirían al sector productor de aquel otro. Luego, como supuestamente el sector productor de X sería intensivo en capital, y en él, por tanto, la ratio capital-trabajo excedería a la del sector productor de Y, este sólo podría absorber la combinación de capital y trabajo proveniente de aquel si el rendimiento del capital descendiese respecto al salario. En consecuencia, aunque dependiendo también de las posibilidades de sustitución entre factores productivos, el precio relativo del capital descendería, soportando así este factor, en mayor o menor medida, la carga del impuesto. 310. El impuesto incidiría relativamente más sobre los beneficios o rendimientos del capital, reduciendo por ello la participación de dicho factor productivo en la renta total. Sería así porque, al ser la industria productora del bien gravado intensiva en capital, su imposición originaría la expulsión de ella de una mayor cantidad de capital y una menor cantidad de trabajo de las que la industria no gravada estaría dispuesta a acoger a los precios originales de dichos factores. A su vez, para suprimir esos excesos de oferta de capital y demanda de trabajo, el precio del capital habría de descender relativamente al del trabajo. 311. Cuando los efectos sustitución factorial y output (o efecto producción) del impuesto coincidiesen. De conformidad con el primero de esos efectos, a medida que, a consecuencia del impuesto, el capital se desplazase desde el sector gravado al sector no gravado, el coste de este factor aumentaría para los productores societarios y descendería para los no societarios, por lo que los primeros se verían incentivados a sustituir trabajo por capital, mientras que los segundos sustituirían capital por trabajo. Como resultado de estos ajustes, el rendimiento neto (después de impuesto) del capital se iría reduciendo respecto a la tasa de salarios hasta tanto las demandas de capital y trabajo se igualasen en los dos sectores, recayendo así la carga del impuesto sobre los propietarios del capital, en la forma de menor rendimiento neto de
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La incidencia impositiva
este factor productivo tanto en el sector societario (gravado) como en el sector no societario (no gravado). Esa reducción del rendimiento neto del capital podría resultar, sin embargo, o bien reforzada o bien contrarrestada por los efectos adicionales del efecto output del impuesto (los posibles cambios inducidos por él en la demanda de los consumidores de los bienes societarios y no societarios en respuesta a los cambios en sus precios relativos) sobre los salarios y el rendimiento del capital, lo que a la postre dependerá de las magnitudes relativas de las ratios capital-trabajo en los dos sectores. Si el sector societario fuese intensivo en capital, de manera que en él la ratio capital-trabajo excediese a la del sector no societario, dicho sector liberaría a su producción, a medida que ésta descendiese, de más capital y menos trabajo de los que el sector no societario estaría dispuesto a absorber a los precios de dichos factores. En concreto, el sector no societario sólo podría absorber la combinación de capital y trabajo proveniente del sector societario si el rendimiento del capital descendiese respecto al salario, lo que, de ser así, acabaría reforzando el efecto sustitución factorial, de tal forma que los propietarios del capital acabarían soportando el impuesto en una proporción superior a su participación en la renta total. 312. En el supuesto de que exista sustituibilidad en la demanda de los bienes X e Y. En tal caso, el impuesto inducirá un incremento del coste unitario del bien gravado, que, por turno, traerá consigo la reducción de su demanda y, por ende, de su producción, a la vez que un aumento de la demanda y de la producción del bien no sometido a gravamen. 313. Que el efecto output (o efecto producción) del impuesto prevalezca sobre, o sea más intenso que, su efecto sustitución factorial, lo que podría darse si el sector societario —el gravado— fuese intensivo en trabajo. De conformidad con este último efecto, y aunque su magnitud dependerá de la elasticidad de sustitución entre capital y trabajo en el sector societario, la carga del impuesto sobre la renta de sociedades recaerá sobre los propietarios del capital, generalmente reduciendo el rendimiento neto de este factor productivo tanto en el sector societario (gravado) como en el sector no societario (no gravado). No obstante, este efecto podría verse contrarrestado, e incluso superado,
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
si la ratio capital-trabajo en el sector societario fuese inferior a la del sector no societario. De darse esta condición, la combinación de factores que liberaría de su producción el sector societario, cuando ésta disminuyese, contendría una mayor cantidad relativa de trabajo, por lo que la única forma en que el sector no societario podría absorber esta combinación factorial sería si el salario descendiese respecto al rendimiento del capital. Si esto ocurriese, el impuesto se trasladaría al factor trabajo, en una proporción que dependería de las magnitudes relativas de sus dos efectos parciales. 314. En respuesta al cambio impositivo llevado a cabo en el país considerado, parte de su capital emigraría hacia el resto del mundo, originando con ello efectos de signo bien distinto en él y en el resto del mundo. En el susodicho país, la caída de la productividad marginal del trabajo y, en paralelo, el aumento de la productividad marginal del capital; en cambio, en el resto del mundo el aumento de la productividad marginal del trabajo y, a su vez, el descenso de la productividad marginal del capital. De este modo, el impuesto —su introducción o aumento— beneficiaría al trabajo en el resto del mundo y perjudicaría a los demás factores en las dos áreas consideradas, dependiendo de la importancia de las pérdidas y beneficios de las elasticidades de demanda del capital en ellas. 315. Se entiende por capitalización impositiva la reducción del precio de mercado de un activo a consecuencia de la imposición de su rendimiento a lo largo del tiempo. A corto plazo, un impuesto general sobre el capital se capitalizará plenamente (incidirá plenamente en sus propietarios), porque en este plazo de tiempo la oferta de capital se considera fija. Sin embargo, a medio y largo plazo, en la medida en que el ahorro depende positivamente de su rendimiento, la oferta de capital se reducirá por efecto del impuesto y, paralelamente, su productividad marginal aumentará, con lo que se habrá compensado parcialmente al menos la capitalización inicial. 316. Quiere decirse que, al ser la oferta de la tierra fija, su imposición originará una reducción de la renta anual recibida por los propietarios en la cuantía total del gravamen, incidirá plenamente en los propietarios corrientes en el momento de su establecimiento y no supondrá por tanto carga alguna para sus potenciales compradores, porque el
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La incidencia impositiva
precio de compra del bien descenderá en la cuantía del valor presente de los impuestos que haya de soportar en el futuro. 317. Por «exportación» impositiva se entiende la traslación de las cargas de algunos impuestos aplicados en un país o región a los residentes de otros países o regiones, así como sus efectos sobre las rentas y el bienestar de estos últimos. Sus factores determinantes son la sustituibilidad en la demanda y en la producción (entre factores productivos), las intensidades en el uso de los factores, la movilidad de éstos y el tamaño relativo de las economías. 318. Es incorrecta. A corto plazo, sí sería soportado plenamente por el capital, por cuanto el impuesto induciría una reducción del ahorro y de la inversión y, por consiguiente, del stock de capital disponible en la economía. A largo plazo, sin embargo, aunque el capital retomaría una tendencia ascendente, la ratio capital-trabajo no recuperaría su valor antes de impuesto, por lo que la productividad marginal del trabajo y los salarios descenderían y, por el contrario, la productividad marginal del capital y el beneficio neto aumentarían respecto a las variables a corto plazo. En suma, a largo plazo parte de la carga del impuesto podría trasladarse al factor trabajo, por la vía de una disminución inducida de la tasa de ahorro e inversión.
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Lección 13 EXCESO DE GRAVAMEN Y DISTORSIONES IMPOSITIVAS
Glosario de términos y conceptos
• Exceso de gravamen (o coste de ineficiencia) • Costes de ineficiencias de un impuesto de suma fija • Costes de ineficiencia de un impuesto selectivo sobre el consumo • Costes de ineficiencia de un impuesto general sobre el consumo • Costes de ineficiencia de un impuesto sobre la renta salarial • Costes de ineficiencia de un impuesto selectivo sobre el salario • Costes de ineficiencia de un impuesto general sobre el salario • Exceso de gravamen, curvas de indiferencia y variación equivalente • Exceso de gravamen y curvas de oferta y de demanda: Funciones de demanda ordinaria y de demanda compensada • Coste de ineficiencia o de bienestar del sistema fiscal en su conjunto • Reglas generales de imposición eficiente • Reglas de elección excluyente • Reglas de igualación de distorsiones marginales • Reglas de elasticidad inversa • Reglas de reducción equiproporcional de las demandas compensadas (regla de Ramsey) • Diferenciación impositiva óptima en el consumo: Reglas de Pigou y de Corlett-Hague • Uniformidad impositiva óptima en el gasto • Contraposición (trade-off) entre eficiencia y equidad impositiva. • Impuesto lineal progresivo sobre la renta • Impuesto general óptimo sobre la renta • Regla de imposición redistributiva óptima sobre el gasto
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 319. Todo impuesto crea una pérdida de utilidad a quien lo paga, pero no siempre genera exceso de gravamen. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 320. El exceso de gravamen de un impuesto se define como la pérdida de utilidad que el sujeto experimenta al pagarlo. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 321. El exceso de gravamen de un impuesto es la pérdida de utilidad adicional que el impuesto causa al contribuyente. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 322. El objetivo de minimizar el exceso de gravamen de los impuestos se opone al principio de equidad. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 323. Además del impuesto de suma fija, ¿qué otros gravámenes se consideran neutrales y por qué? 324. Enunciar la regla de reducción equiproporcional de Ramsey y exponer su razonamiento analítico. 325. Dígase qué establece la regla de imposición óptima referente a la elección excluyente y por qué plantea un serio problema de equidad. 326. Un impuesto proporcional sobre la renta personal, ¿tiene exceso de gravamen? Justificar la respuesta. 327. El gasto realizado por los compradores de automóviles durante 2001 fue de 750.000 millones de euros. Se sabe asimismo que: 1.º La elasticidad de la demanda respecto al precio (ε D) se cifraba en 1,6. 2.º Dicho bien se hallaba sometido a un impuesto general sobre las ventas del 33 por ciento. 3.º E l IVA aplicado a los automóviles generó una recaudación de 247,5 mil millones. Se pide: a) Determinar el exceso de graven total (EG). b) Determinar el exceso de gravamen por unidad de recaudación.
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Exceso de gravamen y distorsiones impositivas
328. En un país la renta del trabajo (Y L) se cifra en 25.000 millones. La elasticidad del número de horas trabajadas respecto al salario (η) se estima en 0,8. El tipo impositivo (t) aplicado a un contribuyente medio es el 12 por ciento. Y sabemos que la recaudación total del impuesto sobre la renta es de 3.000 millones. Determinar a) el exceso de gravamen total (EG) y b) el exceso de gravamen por unidad de impuesto satisfecho (eg). 329. Un sujeto obtiene una renta de trabajo (Y) de 2 millones. De acuerdo con un convenio internacional puede tributar en un país A que tiene establecido un impuesto proporcional sobre la renta con un tipo (t) del 20 por ciento o en otro país B que grava la renta al 25 por ciento pero que permite una deducción en la base de 400.000. Se supone que la elasticidad de la hora de trabajo respecto al salario es 0,8. ¿Cuál de los dos sistemas le produce menos exceso de gravamen? 330. En una economía existen tres bienes, X, Y y Z, cuyas elasticidades de demanda (εD) son, respectivamente, 3, 2 y 0,5. El gasto de los consumidores en esos tres bienes asciende a 10.000, 50.000 y 100.000, respectivamente. Si el Estado ha de obtener una recaudación (T) de 16.000, ¿cuáles deben ser los tipos de gravamen con los que han de gravarse X, Y y Z (tX, tY, tZ) para que el exceso de gravamen sea mínimo? Desde el punto de vista de la eficiencia asignativa, ¿sería preferible un impuesto general sobre las ventas del 10 por ciento a esos impuestos específicos? 331. En una economía existen tres bienes, X, Y y Z, cuyas elasticidades de demanda son, respectivamente, 2, 1 y 0,5. El Estado pretende obtener una recaudación de 50.000, haciendo mínimo el exceso de gravamen, y establece tipos de gravamen diferenciados, de forma que el impuesto cause una reducción equiproporcional del 9,52 por ciento en el consumo de los tres bienes. Se pide: a) Determinar los tipos impositivos. b) Determinar el exceso de gravamen de este impuesto, suponiendo que el gasto en X es de 50.000, en Y de 100.000 y en Z de 200.000.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
c) C omprobar que tales tipos impositivos causarían menor exceso de gravamen que un hipotético impuesto proporcional sobre el consumo de tipo único e igual recaudación. 332. El gasto de los consumidores españoles en cerveza es del orden de 75 mil millones. ¿Qué exceso de gravamen produciría someter este gasto a un impuesto del 15 por ciento, si la elasticidad de su demanda respecto al precio es 0,5? 333. El gasto de los ciudadanos de un país en un bien determinado está gravado por un impuesto del 10 por ciento. La elasticidad de la demanda de dicho bien respecto a su precio es 3. ¿Cuál es el exceso de gravamen de ese impuesto por unidad recaudada? 334. Un impuesto del 20 por ciento sobre el consumo de un bien, produce un exceso de gravamen de 0,25 por cada unidad monetaria de recaudación. Calcular la elasticidad de la demanda de dicho bien. 335. El exceso de gravamen que se comete por un impuesto que grava al 10 por ciento el valor de un bien X es el 2 por ciento del gasto que realizan en ese bien sus compradores. Determinar la elasticidad de la demanda del bien X respecto a su precio. 336. En una economía existen dos bienes X e Y. La elasticidad de la demanda de X es mayor que la de Y. Se quiere obtener una determinada recaudación gravando ambos bienes. ¿Qué producirá menos exceso de gravamen, gravar ambos a un mismo tipo o gravar más a Y y menos a X? Explicar la respuesta. 337. En una economía se producen dos bienes (X e Y). El gasto de los compradores de X es 1.000 y el de los compradores de Y, 1.500. La elasticidadprecio de X es 0,5 y la de Y, 2. Se quiere obtener una recaudación de 550 gravando ambos bienes. Determinar los tipos impositivos que deben girarse sobre el gasto en X e Y para que el exceso de gravamen sea mínimo.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 319. Verdadero. No todos los impuestos generan efecto sustitución, ni, por tanto, exceso de gravamen. De un impuesto que no genera exceso de
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Exceso de gravamen y distorsiones impositivas
gravamen o pérdidas o coste de bienestar se dice que es neutral. Un impuesto de suma fija, tal como el impuesto de capitación, es un caso paradigmático de impuesto neutral, toda vez que, al exigirse sobre la base de la mera existencia del sujeto, de tal forma que éste ha de pagarlo con independencia de la actividad por él desarrollada, la deuda tributaria contraída no podrá alterarse mediante ningún cambio de comportamiento individual. Es decir, un impuesto de capitación origina un efecto renta, pero carece de efecto sustitución y, por lo mismo, de exceso de gravamen. 320. Falso. La pérdida de utilidad o de bienestar imputable a la reducción de la renta personal originada por el pago del impuesto recibe el nombre de efecto renta. 321. Verdadero. La pérdida adicional de utilidad o bienestar originada por las alteraciones que el gravamen puede generar en el comportamiento económico del contribuyente, induciéndole a sustituir las actividades gravadas por otras menos o no gravadas por efecto de los cambios fiscalmente inducidos en las condiciones de intercambio —precios y cantidades de equilibrio— en los mercados de productos y factores de producción, recibe el nombre de exceso de gravamen de la imposición. 322. Verdadero. La eficiencia no es el único criterio con el que ha de evaluarse la deseabilidad de impuestos y estructuras fiscales alternativos. Un sistema impositivo completamente neutral puede ser una opción indeseable, en razón de las inequidades que se le pueden imputar desde distintos ángulos. De igual manera, una estructura fiscal plenamente equitativa probablemente tampoco será un objetivo deseable, toda vez que el diseño y aplicación de tal estructura será imposible sin infligir un serio perjuicio a los incentivos económicos y sin distorsionar las elecciones económicas o causar pérdidas de eficiencia a la economía. De ahí, en fin, que sea necesaria la búsqueda de una solución de compromiso (o trade-off) entre la eficiencia y la equidad de las estructuras fiscales, solución que, a la postre, constituye una decisión política determinada a través del proceso político. 323. Otros ejemplos de gravámenes neutrales son los impuestos sobre el consumo de productos para los que no se dispone de bienes sustitutivos. La elasticidad-precio de la demanda de tales bienes es
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
cero, de manera que, al no producirse cambio alguno en la cantidad demandada, los gravámenes sobre su consumo no alteran la asignación de recursos. Impuestos neutrales son también los que recaen sobre los bienes o inputs con oferta fija (la elasticidad-precio de la oferta es igual a cero), en tanto en cuanto las unidades económicas privadas no pueden cambiar su comportamiento en respuesta a esas exacciones impositivas. En suma, un impuesto es neutral sólo si los contribuyentes carecen de oportunidades para alterar su comportamiento económico con el fin de reducir sus facturas impositivas. 324. La expresión algebraica de este criterio de imposición eficiente se obtiene sustituyendo en la identidad ξX · tX = ξY · tXY, las elasticidades de X e Y por sus valores en términos incrementales. Así pues, se obtiene a partir de la expresión: ∆X ∆Y X ⋅t = Y ⋅ t X Y ∆PX ∆PY PX PY Al mismo tiempo, puesto que los aquí considerados son impuestos ad valorem (aplicados al valor de los bienes o servicios), los precios de los bienes gravados se verán incrementados en la cuantía del valor unitario del impuesto que se le aplique. En términos analíticos, estos incrementos de precios responderán a las expresiones: xPX = t X PX x yP ∆PY = tY Y = tY PY y ∆PX = t X
A la vista de estas expresiones, si en la ecuación inicial se sustituyen ∆PX y ∆PY por los valores en ellas expuestas, se obtiene finalmente:
∆ X ∆Y = X Y
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Exceso de gravamen y distorsiones impositivas
Nueva expresión algebraica —la conocida como regla de Ramsey o reducción equiproporcional de las demandas compensadas— que informa sobre cómo debe operar el Estado para minimizar el exceso de gravamen, y que proclama la necesidad de establecer los impuestos de tal manera que causen una reducción de la demanda compensada de cada bien de igual proporción. 325. Bajo este criterio de imposición eficiente se parte de la suposición de la existencia de dos bienes o servicios, X e Y, susceptibles de ser sometidos a imposición de forma opcional pero con idéntico tipo de gravamen, con el fin de obtener una recaudación T de igual cuantía en ambos casos. En presencia de tales supuestos, el problema se reduce a elegir, de entre los dos bienes, aquél cuya tributación genere un menor exceso de gravamen. Pues bien, la respuesta a semejante cuestión se infiere fácilmente de las expresiones del exceso de gravamen para ambos bienes, a saber: EGX =
1 1 ξ X ⋅ t2 ×⋅ PX = ξ X ⋅ TX ⋅ tX 2 2
1 1 EGY = ξ Y ⋅ t 2 y⋅ PY = ξ Y ⋅ TY ⋅ t Y 2 2 En efecto, dado que, por suposición, tX = tY y TX = T Y, se colige de inmediato que la elección debería recaer sobre el impuesto que se aplicase al bien que tuviese menor elasticidad de demanda porque, obviamente, éste sería el que tendría menor exceso de gravamen relativo. Este criterio plantea, sin embargo, un serio problema de equidad, y, más en particular, un serio problema de carácter distributivo, por cuanto abogaría por una imposición preferente de los bienes de primera necesidad frente a los bienes de lujo, en la medida en que los primeros son bienes con demanda más bien inelástica o rígida, mientras los segundos presentan una demanda elástica. 326. Sí, porque si bien es cierto que la constancia del tipo de gravamen garantiza su neutralidad en las elecciones entre fuentes de renta, puede generar distorsiones en las elecciones entre ocio y trabajo y consumo y ahorro, en presencia de unas ofertas de trabajo y ahorros elásticas.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
327. a) El exceso de gravamen total es: 1 1 EG= εD ⋅t 2 ×⋅ PX = 1,6⋅ (0,33)2 750.000= 65,34 mil millones 2 2 b) El exceso de gravamen por unidad de impuesto se estima en: eg =
EG 65,34 = = 0,264 T 247,5
Es decir, un exceso de gravamen unitario del 26 por ciento, lo que significa que de cada euro de recaudación obtenido se origina un exceso de gravamen por valor de 26 céntimos. 328. a) El exceso de gravamen total es: 1 1 1 EG= η ⋅ t 2 LW = η ⋅ t 2 YL = ⋅ 0,8⋅ (0,12)2 25.000=144 mil millones 2 2 2 b) El exceso de gravamen por unidad de impuesto se estima en: eg = EG/T =
144 = 0,048 3.000
Es decir, aproximadamente un 5 por ciento, de modo que de cada unidad monetaria de recaudación el coste en términos de utilidad perdida por el individuo es 1,05 euros. 329. La recaudación en tales países serían: TA = 0,2 · Y = 0,2 · 2.000.000 = 400.000 TB = 0,25 · (Y – 400.000) = 0,25 · (2.000.000 – 400.000) = 400.000 En el país A el exceso de gravamen sería: 1 1 1 1 EGA = η ⋅ t 2LW = η ⋅ t 2 Y = η ⋅ tT = ⋅ 0,8⋅ 0,2⋅ 400.000= 32.000 2 2 2 2
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Exceso de gravamen y distorsiones impositivas
En el país B el exceso de gravamen sería: 1 EGB = ⋅ 0,8⋅ 0,25⋅ 400.000= 40.000 2 Por tanto, el exceso de gravamen sería menor en el sistema del país A. 330. A partir de la regla de la elasticidad inversa, se obtiene: tX · εX = tY · εY = tZ · εZ En el ejercicio esta igualdad adopta la expresión: 3tX = 2tY = 0,5tZ Tal expresión, como es sabido, se halla sujeta a la condición: T = tX · x · PX + tY · y · PY + tZ · z · PZ condición que en el ejercicio se expresa mediante la ecuación: 16.000 = 10.000tX + 50.000tY + 100.000tZ o, expresada en términos de tX, mediante la ecuación: 16.000=10.000 tX +50.000⋅
3tX +100.000⋅6tX 2
Ecuación que, reducción mediando, se convierte en: 16.000 = 685.000tX De modo que, tX = 0,0234 = 2,34 por ciento tY = 0,035 = 3,5 por ciento tZ = 0,1401 = 14,01 por ciento Entre los tipos de gravamen y las elasticidades existe, pues, una relación inversa.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
A su vez, el exceso de gravamen total sería: 1 1 EG = ⋅ 3⋅10.000⋅(0,0234)2 + ⋅ 2⋅50.000⋅(0,0350)2 + 2 2 1 + ⋅ 0,5⋅100.000⋅(0,1401)2 = 560,16 2 Adicionalmente, el exceso de gravamen unitario se cifraría en: eg =
560,16 = 0,035 16.000
En consecuencia, cada unidad monetaria de impuesto generaría una pérdida de utilidad de 0,035 céntimos. Por otra parte, el exceso de gravamen de un impuesto general sobre las ventas del 10 por ciento sería: 1 1 EG = ⋅ 3⋅10.000⋅(0,1)2 + ⋅ 2⋅50.000⋅ (0,1)2 + 2 2 1 + ⋅ 0,5⋅100.000⋅ (0,1)2 = 900 2 Resultado que prueba que desde el punto de vista de la asignación de los recursos sería más eficiente una pluralidad de impuestos específicos cuyos tipos de gravamen se estableciesen en proporción inversa a las elasticidades de demanda de los bienes gravados. 331. a) La elasticidad de la demanda respecto al precio responde a la expresión: ∆X ∆X ∆X / X ξ= X = X = t ∆P P⋅ t P P
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Exceso de gravamen y distorsiones impositivas
dado que ∆P = tXP A partir de esa expresión, y sabiendo que ξX = 0,5, ξY =1, ξZ = 2 y que, de acuerdo con la regla de Ramsey sobre la reducción equiproporcional de la demanda, ∆X/X = ∆Y/Y = ∆Z/Z = 0,0952, se obtiene: tX = 0,0476 tY = 0,0952 tZ = 0,1904 b) El exceso de gravamen total equivaldría a: EG = EGX + EGY + EGZ Y puesto que EGX , EGY y EGZ se estiman, respectivamente, en: 1 1 EGX = ⋅ξ X ⋅ t 2 ⋅ X ⋅ PX = ⋅ 2⋅ (0,0476)2 ⋅50.000=113,288 2 2 1 EGY = ⋅1⋅ (0,0952)2 ⋅100.000= 443,152 2 1 EGZ = ⋅ 0,5⋅ (0,1904)2 ⋅ 200.000=1812,608 2 Se tiene que: EG = 113,288 + 443,152 + 1812,608 = 2.379,608 c) El impuesto proporcional sobre el consumo de tipo único e igual rendimiento respondería a la expresión: T=t·C En nuestro caso, C = 50.000 + 100.000 + 200.000 = 350.000 y T = = 50.000, por lo que: t = T/C = 0,1428 Tipo impositivo para el que, al ser el impuesto proporcional, se cumpliría: t = t′ = t*, donde t′ y t* serían los tipos marginal y medio de gravamen, respectivamente.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Finalmente, estimado así el tipo de gravamen, se obtendrían los siguientes excesos de gravamen: EGX = 1/2 · 2 · (0,1428)2 · 50.000 = 1.019,592 EGY = 1/2 · 1 · (0,1428)2 · 100.000 = 1.019,592 EGZ =1/2 · 0,5 · (0,1428)2 · 200.000 = 1.019,592 EG = 3.058,776 A la vista de estos valores, se comprueba que el exceso de gravamen generado por los tipos diferenciales es menor que el que causaría el impuesto proporcional de tipo único e igual recaudación. 332. El exceso de gravamen del impuesto responde a la expresión: EG = 1/2ξD tx2 (xPx). Los datos que facilita el ejercicio son: t = 0,15, xPx = 75 y ξD = 0,5. En consecuencia, el exceso de gravamen sería: EG = 0,42 mil millones. 333. La expresión del exceso de gravamen por unidad de impuesto satisfecho es: EG EG 1 eg = = = εD ⋅ t T t X PX ⋅ x 2 En el ejercicio el exceso de gravamen por unidad recaudada se estima, pues; en: eg = 1/2 · 3 · 0,10 = 0,15 334. Como se sabe, el exceso de gravamen por unidad monetaria recaudada responde a la expresión: eg = 1/2ξDt Los datos facilitados en el ejercicio son: eg = 0,25 y t = 0,20. En consecuencia,
ξD =
2eg = 2,5 t
335. El exceso de gravamen del impuesto se determina mediante la expresión: EG = 1/2ξDt2x xPx
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Exceso de gravamen y distorsiones impositivas
De la lectura del ejercicio se sabe que: t = 0,10 y EG = 0,02xPx. Pues bien, si sustituimos estos valores en la expresión anterior, se obtiene sucesivamente: 0,02 xPx = 1/2 ξD (0,10)2 xPx ξD = 4 336. Gravar más a Y y menos a X, porque la elasticidad-precio de demanda de este último bien es relativamente mayor y, por tanto, su imposición también más distorsionante. De acuerdo con el criterio de la igualación de las distorsiones o excesos de gravamen marginales, también conocido como del exceso de gravamen mínimo total, si, entre dos bienes, el impuesto aplicado a uno de ellos generase menor exceso de gravamen que el generado por el aplicado al otro, el tipo de gravamen del primero debería elevarse y el del segundo reducirse hasta que los excesos de gravamen de ambos impuestos se igualasen. 337. Partiendo de la identidad tx ξ y = ξ x ty (regla de Pigou o de las elasticidades inversas) y de la restricción recaudatoria T = tXX PX + tY Y PY, y sabiendo que T = 550, xX = 0,5 , xY = 2, X PX =1.000, e Y PY=1.500, se tiene que: tX= 0,4= 40 por ciento, y tY= 0,1= 10 por ciento.
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Lección 14 EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERSONAL
Glosario de términos y conceptos
• Capacidad recaudatoria • La renta como índice de capacidad de pago • Renta extensiva o amplia (Simons) • Retribuciones en especie • Rentas imputadas • Ganancias de capital no realizadas • Herencias y donaciones • Renta fiscal efectiva • Deducciones por gastos necesarios para la obtención de los ingresos • Deducciones por gastos personales que afectan a la capacidad de pago • Reducciones con finalidad incentivadora • Reducciones por circunstancias personales o familiares • Progresividad del impuesto • Progresividad formal o teórica • Progresividad real del impuesto • Unidad contribuyente • Tributación familiar • Sistemas de acumulación total • Sistema de acumulación parcial • Sistemas de promediación de rentas (splitting, quotient familiar y quotient familiar con deducción) • Tarifas diferenciales • Tributación independiente • Progresividad en frío • Impuesto sobre el gasto personal
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
CUESTIONES Y EJERCICIOS 339. Los impuestos reales o de producto eran una forma histórica de gravar la renta. ¿Es cierta o falsa esta afirmación? Explicar la respuesta. 340. ¿Qué diferencia existe entre un impuesto sobre la renta personal analítico y otro de carácter sintético? 341. El sistema dualista o cedular de impuesto sobre la renta es equivalente a un impuesto unitario de carácter analítico. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 342. Exponer la diferencia conceptual entre renta según la teoría de la periodicidad y renta según la teoría del incremento neto de riqueza. 343. Los ingresos totales que obtiene un contribuyente por la venta de un piso de su propiedad no forman parte de la renta según la teoría de la periodicidad pero sí según la teoría del incremento neto de riqueza. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 344. Los ingresos periódicos forman parte de la renta de un sujeto cualquiera que sea la definición fiscal de ésta. Sin embargo, algunas definiciones de renta no exigen que los ingresos se obtengan conservando la fuente de la que proceden. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 345. Según la teoría de la periodicidad, los premios de la lotería y las donaciones recibidas no forman parten de la renta personal. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 346. ¿Qué se entiende por renta extensiva o amplia, a efectos fiscales, de acuerdo con la definición de H. Simons? 347. Enunciar las características de una ganancia de capital para que deba ser sometida a imposición. 348. Argumentos a favor y en contra del gravamen de las ganancias y pérdidas de capital, desde el punto de vista de la estabilidad. 349. Argumentos en pro y en contra del gravamen de las ganancias de capital, desde el punto de vista de la equidad.
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El impuesto sobre la renta personal
350. Desde la perspectiva de la eficiencia, ¿qué argumento puede oponerse a un tratamiento preferente de las ganancias de capital en un impuesto general sobre la renta de las personas físicas? 351. Desde el punto de vista de la equidad, ¿cuál es la diferencia esencial entre las deducciones de la base y las de la cuota de un impuesto progresivo sobre la renta personal? 352. De un individuo A se sabe que en 2010 obtuvo una ganancia de capital de 800 u.m. por la venta de unas acciones adquiridas en 2007 por 400 u.m., y que su renta total gravable a precios corrientes (renta del trabajo más ganancia de capital realizada) ascendió a 2.000 u. m. Si en el período 2007-2010 el incremento del nivel general de precios fue del 5 por ciento y la tarifa del IRPF la abajo expuesta, a) ¿cuál fue la ganancia de capital pura o real obtenida por el individuo? b) ¿Cuál su cuota líquida en términos reales (ajustada a la inflación) en 2010, sabiendo que la normativa del impuesto contemplaba una deducción general en la cuota de 30 u. m? Renta
Tipos
0-1.000
10 por ciento
1.001-2.000
15 por ciento
2.001- 3.000
25 por ciento
353. En la declaración conjunta (acumulación de rentas) del impuesto personal sobre la renta, ¿qué problemas genera la progresividad impositiva? ¿A través de qué sistemas pueden solucionarse? Explicar las respuestas. 354. Respecto al problema que plantea la progresividad del impuesto sobre la renta en la tributación conjunta de la unidad familiar, explíquese en que consisten los sistemas de promediación de rentas en general y el sistema splitting en particular. 355. ¿En qué consisten y cuáles son los principales problemas de los distintos enfoques de la unidad contribuyente en el impuesto sobre la renta personal?
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
356. En un país existe un impuesto sobre la renta cuya tarifa por escalones es la siguiente: Renta
Tipo
0-100
10
101-200
20
201-300
30
más de 300
40
Una familia compuesta por dos miembros (A y B) obtienen una renta de 500 unidades monetarias (A obtiene 150 y B 350). Dígase cuánto tributaría esta familia en los tres supuestos siguientes: sistema de tributación separada, sistema de acumulación, sistema splitting. (Explicar la forma en que se obtienen los resultados). 357. Supóngase una tarifa impositiva y unas rentas de la unidad familiar tales como las que aquí se exponen: Renta
Tipo
0-100
10 por ciento
R1 = 200
101-200
20 por ciento
R2 = 50
201-300
30 por ciento
R3 = 20
más de 300
40 por ciento
¿Cuál de los siguientes sistemas de tributación será preferido por un matrimonio en el que ambos cónyuges y un hijo obtienen rentas? a) Tributación separada; b) Tributación conjunta; c) Sistema de acumulación parcial; d) Sistemas de promediación. 358. ¿Qué problemas de equidad horizontal plantea la progresividad del impuesto personal sobre la renta en la tributación de las denominadas rentas irregulares?
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El impuesto sobre la renta personal
359. En lo que se refiere al impuesto personal sobre la renta, ¿qué se entiende por progresividad en frío? 360. ¿De qué factores depende la progresividad real o efectiva del impuesto sobre la renta? 361. ¿Qué elementos de la estructura del impuesto sobre la renta personal acusan los efectos de la inflación? Razonar la respuesta. 362. La reducción de los tipos de interés aumenta el valor de los activos financieros emitidos a una rentabilidad constante. ¿Constituye eso una ganancia de capital que debe gravarse? ¿Por qué? 363. Cuando no se permite la compensación de pérdidas en el impuesto sobre la renta, el inversor se siente estimulado a realizar inversiones más arriesgadas ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 364. ¿Cómo se determina la base del impuesto sobre el gasto personal a partir de la renta? 365. Un impuesto sobre el gasto personal no grava las ganancias de capital. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 366. ¿Qué limitaciones importantes podrían atribuirse a un impuesto sobre el gasto personal? Explicar la respuesta.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 339. Es cierta. La forma primegenia de gravar la renta en numerosos países, y en particular en los llamados países latinos, lejos de haber seguido la vía de un impuesto general sobre la renta de las personas físicas, tal y como sucede en la actualidad, adoptó la de impuestos reales, más conocidos en la literatura financiera como impuestos de producto. El procedimiento consistía en gravar los rendimientos de las actividades productivas, no de una forma global o en su conjunto, sino mediante distintos impuestos, aplicados de forma independiente sobre cada rendimiento. El fundamento de esta suerte de imposición se ha encontrado en la existencia, a la sazón, de una multiplicidad de factores con capacidad para generar rendimientos, así como en la pretensión de someterlos a imposición de forma independiente.
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340. En las dos modalidades impositivas se aplica un gravamen único sobre la renta global, reemplazándose así a los tributos independientes sobre cada fracción de renta según su fuente. La diferencia básica entre ambos es que en el impuesto analítico se discrimina fiscalmente en función de la fuente de la que proceden los rendimientos, bien mediante la forma de cómputo o bien mediante la aplicación de desgravaciones especiales, mientras que el impuesto sintético no realiza ninguna distinción atendiendo a la fuente. 341. Falso. El impuesto dualista o cedular sobre la renta es fruto de la superposición de los antiguos impuestos de producto con un impuesto complementario sobre la renta de nueva creación, cuya base se estima mediante la suma de los rendimientos gravados por esos impuestos de producto. A esta renta global se aplica posteriormente la tarifa impositiva, dando origen así a un segundo gravamen, complementario de los impuestos de producto. Por su parte, el impuesto unitario de carácter analítico sobre la renta supone la desaparición de los impuestos de producto y su sustitución por un impuesto sobre la renta en su totalidad. En él, la renta global efectiva sometida a gravamen se determina de forma contable, siguiendo criterios objetivos, mediante la acumulación de las distintas rentas efectivas que afluyen al individuo, obteniéndose de esta guisa una renta global diferente de la cifra obtenida a partir de la suma de las rentas netas generadas por las diferentes fuentes de renta, base de los impuestos de producto. 342. La teoría de la periodicidad, desarrollada por Von Hermann, define la renta como el producto que fluye regularmente a un sujeto durante un período de tiempo, ya sea de una fuente humana (trabajo), de una fuente material (patrimonio) o una fuente mixta (aplicación del trabajo al capital). Este concepto de renta excluye todo ingreso excepcional no periódico, así como todo ingreso que implique una pérdida de patrimonio. En contraste, la teoría del incremento neto de riqueza de Schanz define como renta todo enriquecimiento que experimente el sujeto en un período de tiempo. La principal diferencia entre ambas nociones radica, pues, en que la última incluye en el concepto de renta los ingresos excepcionales no periódicos. 343. Falso. La teoría de la periodicidad y la teoría del incremento neto de la renta y de la riqueza, tienen en común el hecho de que exigen el cum-
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plimiento del principio de conservación de la fuente, excluyendo del concepto de renta todo ingreso que implique pérdida de patrimonio. La venta de un piso supone la pérdida de patrimonio, por lo que no se cumple el principio de conservación de la fuente, exigencia común a la teoría de la periodicidad y a la teoría del incremento de la renta y la riqueza. 344. Falso. La teoría de la periodicidad computa como renta cualquier ingreso que no menoscabe la fuente productora y tenga carácter periódico, a la vez que la teoría del incremento neto de riqueza considera como renta los ingresos periódicos y no periódicos que reciba un sujeto siempre que no reduzcan la fuente productora. Tienen, pues, en común el hecho de que exigen el cumplimiento del principio de conservación de la fuente, excluyendo así del concepto de renta todo ingreso que implique pérdida de patrimonio. 345. Verdadero. Para la teoría de la periodicidad, un ingreso se computará como renta siempre y cuando no menoscabe la fuente productora y tenga carácter periódico. Los premios de lotería y las donaciones recibidas no formarían parte de la de la renta personal según esta teoría, por tratarse de ingresos no periódicos. 346. H. Simons denomina renta extensiva o amplia a la renta personal definida como la suma algebraica del valor de mercado de los derechos ejercitados en el consumo y el cambio en el valor de los derechos de propiedad entre el comienzo y el final del período. Dicho de otra forma, la renta extensiva o amplia (Y) equivale a la suma del consumo realizado por el sujeto durante el período (C) y la diferencia entre sus patrimonios al final y al principio del período (±∆w). 347. Para ser sometidas a gravamen, las ganancias de capital, deben reunir tres características esenciales: han de ser ganancias realizadas, es decir, deben surgir de la enajenación del activo o bien, tal como, por ejemplo, la venta de acciones; han de tratarse de ganancias no habituales, inesperadas o esporádicas, y deben ser puras, en el sentido de que el incremento de valor no debe derivar de reducciones en los tipos de interés de mercado o del incremento del nivel general de los precios.
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348. Las repercusiones de este gravamen sobre la estabilidad económica han sido estudiadas desde las perspectivas de sus efectos sobre la estabilización de la renta y sobre la estabilidad de los precios de los bienes cuya enajenación da origen a las ganancias de capital. El primero de estos argumentos sostiene que, dado que las ganancias de capital oscilan en igual sentido que la renta pero con mayor intensidad, el impuesto girado sobre ellas recaudará en mayor proporción en etapas de prosperidad y, en cambio, en menor proporción cuando la coyuntura experimente un cambio de signo. En lo que se refiere a la segunda perspectiva analítica existen argumentos de distinto signo. En sentido contrario al gravamen, se ha aducido que éste contribuiría a agravar las fluctuaciones de esos precios, porque tras un alza generalizada de las cotizaciones en el mercado de valores, las ganancias de capital predominarían sobre las pérdidas, por lo que, en ausencia de impuesto los tenedores de los títulos venderían para obtener un beneficio, pero en su presencia los mantendrían en sus carteras, sin realizar las ganancias de capital, y esta disminución de la oferta de títulos induciría un aumento de sus precios y, consiguientemente, la desestabilización de las cotizaciones. En sentido favorable a la existencia del impuesto, se ha afirmado, no obstante, que un gravamen de esta naturaleza no tiene incidencia ni en la oferta ni en la demanda del mercado de valores, por cuanto, si se admite que la presencia del impuesto puede retraer las ventas de valores en el mercado, habrá de admitirse asimismo, en buena lógica, que sus compradores potenciales vacilarán igualmente a la hora de adquirirlos, toda vez que sus rápidos beneficios especulativos serán también gravados. Es decir, aunque el impuesto desanima a los vendedores, también desanima a los posibles compradores, con lo que su pretendido efecto negativo es más que cuestionable. 349. La equidad del gravamen de las ganancias de capital es, posiblemente, el más firme punto de apoyo para su implantación. En una primera aproximación, se ha afirmado que no gravarlas constituiría un «regalo» realizado a algunos contribuyentes a expensas del resto de la comunidad. A esta argumentación hay que añadir otras tres razones básicas a favor de su imposición: las ganancias de capital ofrecen una clara manifestación de capacidad de pago, se concentran en los tramos superiores de la distribución de la renta y su imposición pone freno a la evasión. La exención de las ganancias de capital puede originar una
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evasión importante de ciertas categorías de rentas que, con tal motivo, sus perceptores tratarían disfrazar de ganancias de capital. Estos argumentos favorables a la imposición de las ganancias de capital, coexisten, sin embargo, con dos que le son adversos. Se ha asegurado, de una parte, que las ganancias de capital han de considerarse ingresos irregulares, y, en consecuencia, que la capacidad que denotan difiere de la que se asocia a un ingreso regular; de otra, que, ante la imposibilidad de concebir un impuesto viable capaz de gravar, con generalidad todas las ganancias de capital, cualquiera que sea su naturaleza, el gravamen suele limitarse a la imposición de las ganancias originadas por los bienes inmuebles y los valores mobiliarios (escapando así de su ámbito otras fuentes de ganancias), lo que va en detrimento de la equidad. 350. El principal argumento es que las ganancias de capital producen un aumento del poder adquisitivo equiparable a cualquier otro tipo de renta, por lo que una tributación preferente de estas en un impuesto general sobre la renta puede inducir a los contribuyentes a convertir otros tipos de ingresos en ganancias de capital, con el posible perjuicio para la eficiencia en la asignación de los recursos. 351. La diferencia radica en que las deducciones de la base imponible, al reducir la renta gravable y, por tanto, sustraerse antes del cómputo de la cuota, generan un ahorro fiscal creciente con la renta del contribuyente y el tipo marginal aplicable, beneficiando así relativamente más a quienes más tienen, mientras que las deducciones en la cuota o créditos impositivos, al sustraerse de la cuota tributaria, implican un ahorro igual para todos los contribuyentes, con independencia de sus rentas y los tipos marginales correspondientes. 352. a) Como es sabido, para determinar la ganancia de capital pura o real ha de aplicarse el coeficiente de actualización (ajuste a la inflación) al precio de adquisición de las acciones. De este modo, se tiene que Ganancia de capital real = Precio de venta – Precio de adquisición × coeficiente de actualización = 800 – 400 × (1 + 0,05) = 420
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b) Para estimar la cuota líquida en términos reales han de realizarse previamente los ajustes correspondientes en la tarifa, la cuota íntegra y la deducción en la cuota. Así pues: —— Tarifa ajustada (resultado de aplicar a los tramos de renta el coeficiente de ajuste): Renta
Tipos
0-1.050
10 por ciento
1.051-2.100
15 por ciento
2.101- 3.150
25 por ciento
—— Cuota íntegra ajustada = 1.050 × 10 % + 950 × 15 % = 247,5 —— Deducción ajustada = 30×1,05 = 31,5 • Cuota líquida ajustada = 247,5 – 31,5 = 216 Alternativamente, la determinación de la cuota líquida ajustada a la inflación podría realizarse deflactando la renta monetaria gravable obtenida por el individuo y aplicando a esta el tipo correspondiente. —— Renta a precios de 2007 = 2.000/ 1,05 = 1.904,76 —— Cuota íntegra = 1.000 × 10 % + 904,76 × 15 % = 235,71 —— Cuota líquida = 235,71– 30 = 205,71 • Cuota líquida a precios de 2010 = 205,71× (105/100) = 215, 99 353. Puede generar problemas de desincentivos sobre la oferta de trabajo familiar. La progresividad de la tarifa en un impuesto sobre la renta personal plantea el problema fundamental de que, en ausencia de mecanismos correctores, un matrimonio en el que ambos cónyuges trabajen y perciban rentas, se verán sometidos, al acumular esas rentas, a una mayor carga fiscal si tributan como unidad familiar que si lo hacen por separado, por cuanto el segundo perceptor de la unidad familiar se halla sometido a los tipos marginales correspondientes a la renta total de la familia.
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El impuesto sobre la renta personal
Los mecanismos correctores que se han adoptado para tratar de resolver este importante problema han sido, en esencia, cuatro: la declaración por separado, la acumulación parcial, tarifas diferentes y la promediación. El sistema de tributación individual equivale a escoger al individuo como unidad contribuyente, de forma que a cada uno de los sujetos que conforman la unidad familiar se les permite hacer la declaración de forma separada. A su vez, el sistema de acumulación parcial consiste en sumar a la renta del perceptor principal un determinado porcentaje, fijado arbitrariamente, de las rentas de los demás perceptores, quedando así el resto libre de tributación. El sistema de tarifas diferentes se adapta al criterio acumulativo pero con la particularidad de que en él se fijan tarifas diferentes, en sentido descendente, según la situación familiar de los contribuyentes (según sean contribuyentes solteros, con cargos familiares, etc.). El sistema de promediación se explica en detalle a continuación, en la respuesta a la pregunta 354. 354. Los sistemas de promediación de las rentas se proponen corregir los efectos nocivos de la progresividad del impuesto sobre la unidad familiar bajo el régimen de tributación conjunta, originados por la acumulación de las rentas de los miembros de la familia. A efectos de exposición, supóngase, para simplificar, una unidad familiar formada por tres perceptores de renta, en la que R1 y R2 representan las rentas percibidas por los cónyuges y R3 la percibida por el hijo, y en la que, por suposición, R1 > R2 > R3. La promediación del impuesto (T) para esta unidad familiar se realizaría, en general, estimando primero la renta familiar media (R*), aplicando luego a ésta el tipo de gravamen correspondiente (tR*), y finalmente, una vez obtenido el impuesto familiar medio (T* = tR*), multiplicando éste por el número de individuos (en nuestro ejemplo, por 3). En términos algebraicos, y generalizando el cálculo del gravamen para n miembros familiares, la promediación se articula, pues, en torno a las siguientes operaciones:
R1+ R2 ++ Rn n T* = tR* R*=
T = nT*
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En la realidad fiscal la promediación admite, sin embargo, tres variantes específicas, a saber: el sistema splitting, el quotient familiar y el sistema de quotient familiar con deducción. El sistema de splitting consiste sencillamente en el cálculo de un promedio simple, adoptando siempre un valor para n igual a dos, cualquiera que sea el número de miembros de la unidad familiar que obtienen rentas propias, incluso en el caso de que la familia estuviese integrada por un solo miembro. De este modo, en este sistema, las anteriores expresiones pasarían a ser: R1+ R2 + ...+ Rn 2 T* = tR* R* =
T = 2T * 355. En el tratamiento de la unidad contribuyente del impuesto sobre la renta, al legislador se le presentan, básicamente, dos alternativas fundamentales: someter a imposición o bien al individuo o bien a la familia. El debate en este contexto se ha centrado en las posibilidades de una tributación individual para cada miembro de la familia que obtiene renta: o una tributación separada de los cónyuges o, alternativamente, una tributación global de toda la unidad familiar cuando los hijos obtienen ingresos propios pero viven en el seno familiar. Entre los problemas que plantea la opción del individuo como unidad contribuyente, figura, en primer lugar, el de cómo asignar los gastos familiares comunes, es decir, cuál deber ser el cómputo adecuado de determinados gastos que son comunes a la familia y que difícilmente pueden imputarse a los distintos miembros individuales que la integran. Un segundo aspecto problemático, igualmente importante, aunque más bien de orden práctico que teórico, que presenta el individuo como unidad contribuyente frente a la familia es el de la posible evasión del patrimonio por la vía de la donación o adecuada distribución del patrimonio productor de renta entre los distintos miembros que dependen del sujeto y, por añadidura, la limitación de la progresividad del impuesto.
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El impuesto sobre la renta personal
Frente a la vía anterior, la consideración de la familia como sujeto del impuesto tiene un inconveniente también preocupante: la discriminación en contra de la unidad familiar bajo el régimen de tributación conjunta, que puede derivar de la acumulación de rentas en presencia de una tarifa progresiva, cuando más de un miembro de la familia es perceptor de rentas. 356. La cuota tributaria en cada uno de los supuestos sería la siguiente: a) Tributación separada o individual: Impuesto del sujeto A: 0,10 × 100 + 0,20 × 50 = 20 Impuesto del sujeto B: 0,10 × 100 + 0,20 × 100 + 0,30 × 100 + + 0,40 × 50 = 80 b) Sistema de acumulación: Renta total = 150 + 350 = 500. Impuesto familiar = 0,10 × 100 + 0,20 × 100 + 0,30 × 100 + 0,40 × × 200 = 140 c) Sistema Splitting: Impuesto familiar (T) = 2 × RA + RB = 2 × [500/2 × t] = × t 2 2 × [0,10 × 100 + 0,20 × 100 + 0,30 × 50] = 90 357. Aplicamos cada uno de los sistemas y vemos con cuál de ellos pagamos menos impuestos. a) Sistema de separación: Impuesto del sujeto 1 (T1) = 0,10 × 100 + 0,20 × 100 = 30 Impuesto del sujeto 2 (T2) = 0,10 × 50 = 5 Impuesto del sujeto 3 (T3) = 0,10 × 20 = 2 Impuesto pagado por el conjunto de la familia = 37 b) Sistema de acumulación Renta familiar = 200 + 50 + 20 = 270 Impuesto familiar = 0,10 × 100 + 0,20 × 100 + 0,30 × 70 = 51
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Cuestiones
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c) Sistema de acumulación parcial. El gravamen a satisfacer por la unidad familiar vendría dado por el resultado de sumar a la renta del perceptor principal (el que más renta obtiene) el 50 por ciento de las rentas de los demás perceptores: Renta familiar = 200 + 25 + 10 = 235 Impuesto familiar = 0,10 × 100 + 0,20 × 100 + 0,30 × 35 = 40,5 d) Sistemas de promediación: — Sistema Splitting R + R2 + R3 270 Impuesto familiar = 2× 1 × t = 2× × t = 2 2 = 2× [0,10×100+ 0,20× 35]= 34 — Sistema del cociente familiar. En esta segunda variante las rentas de los dos cónyuges se ponderan por un coeficiente de 1, mientras que a la renta del hijo se le asigna un coeficiente más reducido, tal que 0,5. 260 Impuesto familiar = 2,5 × ×t = 2 ×[0,10×100+0,20× 4]= 27 2,5 358. El principal problema que plantea es que puede originar al sujeto perceptor un exceso de tributación en el período de obtención, al obligarle a pagar una factura impositiva superior a la que habría afrontado si hubiera obtenido la misma renta de forma regular a lo largo de varios años. Además, dos personas que obtuviesen la misma renta al cabo de un cierto número de años, pero una de forma regular y la otra con gran irregularidad, al punto de no alcanzar en determinados años el límite o umbral de imposición y sobrepasándolo en otros, resultarían desigualmente gravadas por el juego del mínimo exento y las demás deducciones, por cuanto esta última no se beneficiaría plenamente de tales reducciones impositivas en los años con baja renta.
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El impuesto sobre la renta personal
359. Por progresividad en frío se entiende el efecto de la inflación sobre los elementos determinantes de la progresividad efectiva del impuesto: mínimo exento, deducciones fijas concedidas por circunstancias personales o familiares del contribuyente y la tarifa nominal. Por efecto de la inflación el valor real de los mínimos exentos y deducciones fijas se reducen, al tiempo que los posibles aumentos de rentas en términos nominales hacen subir al contribuyente a tramos impositivos superiores, enfrentándolos así a tipos marginales más elevados, pese a la invariabilidad de sus rentas reales. 360. Depende de los siguientes factores: la definición de la renta fiscal y los elementos determinantes de su progresividad formal o teórica; la unidad contribuyente adoptada; el tratamiento diferenciado dado a las rentas y las ganancias de capital respecto a otras rentas, en particular las salariales; los efectos de la inflación sobre algunos elementos del impuesto; los efectos de incidencia del impuesto, y el fraude fiscal. 361. Tres elementos: 1. La base imponible, por cuanto la inflación reduce el valor real de las exenciones y deducciones fijas y de las rentas y ganancias de capital. 2. La tarifa, porque, al establecerse generalmente la escala impositiva en términos nominales, la reposición de la merma de la capacidad adquisitiva de las rentas de los sujetos que en la vida real sigue al aumento general de los precios implica normalmente incrementos ficticios en la renta que desplazan a los contribuyentes hacia tramos de renta nominal y tipos marginales superiores, pese a la constancia de esa renta en términos reales a lo largo del tiempo 3. La recaudación del impuesto, al reducir la inflación su valor real, toda vez que los pagos impositivos se realizan en el ejercicio que sigue a aquel en el que los sujetos obtienen sus ingresos 362. No, porque para ser sometidas a gravamen, las ganancias de capital, entre otras cualidades, deben ser puras, lo que quiere decir que el incremento de valor no debe derivar de reducciones en los tipos de interés de mercado, ni del incremento del nivel general de los precios. Un
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Cuestiones
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Hacienda Pública
descenso del tipo de interés, implicará un aumento del valor capitalizado del activo (resultado del cociente del rendimiento y el tipo de interés), pero este incremento, lejos de suponer un aumento de la capacidad económica del sujeto, sólo será reflejo de ese descenso, por lo que se tratará de una ganancia impura, que, como tal, no será sometida a gravamen. 363. Falso. En ausencia de compensación de pérdidas se desalienta la inversión, al inhibir la realización de inversiones arriesgadas, que son normalmente las de mayor grado de rentabilidad. Las empresas nuevas se caracterizan por un elevado riesgo que precisamente suele venir compensado, siquiera parcialmente, con las ganancias de capital que obtienen los inversores en ellas, de modo que si a ese elevado riesgo se suma la disminución que el gravamen ocasionará en el beneficio neto de las ganancias de capital, éste podría frenar la inversión. En respuesta a esta objeción al impuesto, se ha asegurado que la existencia de una posible compensación total de pérdidas a través de políticas de incentivos puede llegar a hacer desaparecer el riesgo de pérdidas para el inversor. 364. La base imponible del impuesto sobre el gasto personal se define como la diferencia entre los ingresos del período y el ahorro. No obstante, el concepto de ingresos es más amplio que el de renta, pues en él no sólo se incluyen los de carácter periódicos, sino también otros ingresos por cuenta de capital —los obtenidos mediante la enajenación de los bienes de inversión—, así como los ingresos por operaciones financieras-préstamos recibidos. En consecuencia, la base imponible del gravamen se estimaría deduciendo de la suma de los ingresos de caja (ingresos corrientes, ingresos obtenidos por la venta de bienes de equipo, donaciones y herencias, préstamos recibidos, premios de lotería y similares) los gastos no consuntivos (gastos necesarios para la obtención de rendimientos, inversiones en actividades generadoras de renta y nuevo ahorro, es decir, incremento de depósitos bancarios, incremento de títulos-valores, etc.). 365. Falso. Grava las ganancias de capital realizadas, esto es, los ingresos obtenidos por la venta o enajenación de los bienes de equipo, títulosvalores, etc. En cambio, no somete a imposición los incrementos de valor de los activos si éstos no se realizan.
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El impuesto sobre la renta personal
366. ——Posible falta de equidad. El impuesto promovería la acumulación de riqueza, al discriminar a favor de los grupos más ahorradores, los de mayor renta. ——En la medida en que para alcanzar los mismos objetivos distributivos que un impuesto sobre la renta personal, un impuesto sobre el gasto tendría que contar una progresividad más acusada que ese otro gravamen, el cambio impositivo podría inducir también efectos más negativos sobre los incentivos y la oferta de trabajo. ——En etapas de recesión podría generar efectos deflacionistas más pronunciados que el impuesto sobre la renta, agravando con ello la coyuntura depresiva. ——Por su naturaleza, el sistema de retención en la fuente tendría que abandonarse o basarse en una supuesta relación entre la renta y el consumo. ——Si la determinación del gasto personal no fuese directa (por acumulación de gastos) sino indirecta, el cambio impositivo no produciría ningún ahorro de esfuerzo administrativo.
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Lección 15 LA IMPOSICIÓN SOBRE LA RIQUEZA Y EL PATRIMONIO
Glosario de términos y conceptos
• Patrimonio o riqueza individual • Impuesto sobre el patrimonio • Leva sobre el capital • Impuestos sucesorios • Impuesto sobre el caudal relicto • Impuesto sobre porciones hereditarias • Impuesto sobre adquisiciones acumuladas • Impuesto sobre donaciones • Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas • Impuesto sobre la propiedad o tenencia de bienes
CUESTIONES Y EJERCICIOS 367. ¿Qué razones aconsejan la existencia de un impuesto sobre el patrimonio neto en un sistema impositivo? 368. ¿Cómo se define la base imponible de un impuesto sobre el patrimonio neto? 369. El impuesto sobre el patrimonio neto ordinario se considera un impuesto complementario del que recae sobre la renta personal. ¿Por qué? 370. ¿Qué razones de eficiencia abogarían por la introducción de un impuesto sobre la tierra en el sistema fiscal de un país? Explicar la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
371. Exponer las diferencias fundamentales entre un impuesto sobre la propiedad o tenencia de bienes y un impuesto sobre el patrimonio neto ordinario. 372. Explicar las diferencias existentes entre el impuesto sobre el patrimonio neto y la Leva sobre el capital. 373. Un impuesto sobres sucesiones y donaciones promueve la equidad y la redistribución de la renta y la riqueza, incluso en mayor medida que el impuesto sobre el patrimonio neto. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 374. Aunque en teoría un impuesto sobres sucesiones y donaciones puede promover la equidad y la redistribución de la renta y la riqueza, en la práctica puede incluso surtir efectos negativos en este mismo ámbito. ¿Por qué? 375. En la práctica el impuesto sobre sucesiones y donaciones puede surtir efectos negativos sobre la eficiencia en el uso de los recursos. ¿Qué razones podrían justificar esta afirmación? 376. ¿Cuáles son las diferencias básicas entre un impuesto sobre el caudal relicto, un impuesto sobre participaciones hereditarias y un impuesto sobre adquisiciones patrimoniales o adquisiciones acumuladas? 377. Desde el punto de vista de la equidad, ¿cuál de las dos modalidades convencionales del impuesto de sucesiones, el impuesto sobre el caudal relicto o el impuesto sobre porciones hereditarias o hijuelas, obtiene una valoración más alta? ¿Por qué? 378. Desde el punto de vista de la simplicidad administrativa, la modalidad de impuesto sobre sucesiones que grava las porciones hereditarias o hijuelas puntúa más alto que la que recae sobre el caudal relicto. ¿Verdadero o falso? Justifique la respuesta. 379. Un impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas o inter vivos con tipos elevados puede tener efectos económicos negativos. ¿Cuáles son esos posibles efectos? Justificar la respuesta. 380. Explicar el argumento favorable a la presencia de un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria en los sistemas fiscales locales basados en las diferencias interjurisdiccionales en los niveles de servicios públicos.
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La imposición sobre la riqueza y el patrimonio
381. Respecto al impuesto sobre la propiedad, ¿qué doble condición ha de darse para que los valores en venta de la propiedad sean iguales a sus valores renta? 382. La existencia de un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria a nivel local de gobierno se justifica con frecuencia en términos del principio del beneficio. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 383. Respecto a un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria (o bienes inmuebles) y un impuesto sobre la renta personal, ¿cuál de ellos cuenta con mayor flexibilidad automática y por qué?
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 367. Fundamentalmente, tres razones: su contribución al logro de una administración más eficaz de otros gravámenes, sus pautas de equidad y su contribución a la redistribución de la renta y la riqueza, y su contribución al logro de una eficiente asignación de recursos. 368. Se define como la riqueza neta de un individuo en un momento del tiempo, entendida como la diferencia entre el valor de todos los activos (bienes y derechos) por él poseídos, susceptibles de generar ingresos monetarios o en especie, y las obligaciones, cargas y deudas que pesen sobre esos activos reales y financieros. 369. Por su gran utilidad como instrumento de ayuda en la administración del impuesto sobre la renta personal y de otros impuestos patrimoniales, en especial del impuesto sobre sucesiones y donaciones, en tanto en cuanto su presencia permite: —— Controlar las rentas de los contribuyentes, al facilitar los elementos patrimoniales información tanto sobre las rentas generadas por ellos que hayan sido ocultadas como sobre rendimientos presuntos del capital computables en el impuesto sobre la renta. —— Controlar las ganancias de capital realizadas, en la medida en que su realización implica la enajenación de algún elemento patrimonial no sometido a tributación en el impuesto personal sobre la renta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
370. Básicamente, que el impuesto induciría un uso más eficiente de la tierra. Sería así porque, al ser éste un factor de producción de oferta fija o inelástica (no se contrae ni aumenta), un gravamen de tal naturaleza será soportado por sus propietarios (que no podrán trasladarlo a los compradores potenciales) y se capitalizará en valores más bajos del bien raíz, por lo que inducirá una utilización más intensiva de la tierra, tanto por el aumento de las ventas de tierras ociosas o insuficientemente explotadas como por el estímulo inducido en los propietarios gravados a dar a sus posesiones un uso más eficiente para así compensar la pérdida experimentada por el gravamen. 371. Los impuestos sobre la propiedad o tenencia de bienes son figuras impositivas que gravan periódicamente la propiedad, posesión o tenencia de algún bien patrimonial de acuerdo con su valor bruto, sin tener en cuenta las circunstancias personales del contribuyente (real o no personal) y que no es complementario de ningún impuesto. Frente a éstos, el impuesto ordinario sobre el patrimonio neto es un tributo global y personal, de forma que tiene en cuenta las circunstancias personales del sujeto, que grava la posesión del patrimonio según su valor neto, que es regular o periódico y que generalmente es complementario del impuesto sobre la renta personal. 372. La leva sobre el capital (o impuesto extraordinario sobre el patrimonio) comparte con el Impuesto sobre el Patrimonio muchas de sus características, pero, al mismo tiempo, presenta notables diferencias con él, a saber: suele recaer tanto sobre las personas físicas como jurídicas; su tipo es, por lo general, creciente; es un gravamen circunstancial u ocasional, por cuanto con él se pretende solventar los problemas de financiación de las Estados en situaciones críticas o extremas; grava el fondo o stock patrimonial, si bien se trata de un impuesto por cuenta de capital, es decir, real o material sobre el patrimonio, y, en fin, es principal, esto es, no es complementario del impuesto sobre la renta. 373. Verdadero. Fundamentalmente, por tres razones: porque, a diferencia del impuesto sobre el patrimonio neto, el de sucesiones y donaciones recae nominal y realmente sobre el patrimonio; porque las herencias constituyen una de las principales causas de las actuales desigualdades en la distribución de la renta y la riqueza, y porque,
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La imposición sobre la riqueza y el patrimonio
mientras la base del impuesto sobre el patrimonio la componen en gran medida bienes y derechos patrimoniales que tienen su origen en el esfuerzo y el ahorro humanos, las herencias apenas guardan relación con el esfuerzo de sus perceptores. 374. Por diversas razones relacionadas con su aplicación en la práctica; a saber: las múltiples exenciones y tratos de favor concedidas habitualmente a sus expensas en las legislaciones fiscales (patrimonios agrícolas, pequeños negocios, derechos de pensiones, etc.); la no sujeción del capital humano (el legado de una educación mejor y más costosa a los hijos); la graduación de la carga fiscal a los lazos familiares o de consanguinidad entre el causante y los herederos; las múltiples vías generalmente existentes para eludir los gravámenes sucesorios (títulos al portador y constitución de trusts y fideicomisos); el tratamiento favorable (tipos impositivos inferiores) dado con generalidad a las donaciones respecto a las sucesiones; posibles efectos negativos sobre el ahorro y la oferta de capital y, consiguientemente, sobre la remuneración real del trabajo, si prevaleciese su efecto sustitución (aumento inducido en el consumo del causante en detrimento de su ahorro); y una posible distribución de las rentas del capital más desigual que la de las rentas del trabajo, caso en que el efecto fiscal último sería una mayor concentración en la distribución de la renta y la riqueza. 375. Varias razones: sus efectos negativos sobre el ahorro si prevaleciese su efecto sustitución; la disminución inducida del stock de capital, de la productividad marginal del trabajo y de los salarios; el consiguiente aumento del tipo de interés (al ser el capital más escaso) y sus efectos negativos sobre la renta per cápita, las posibilidades de consumo y bienestar y la tasa de crecimiento de la economía; la afluencia del capital hacia activos de bajo riesgo y alta liquidez, tales como los títulos públicos y la creación de trusts, y los flujos internacionales de capital por diferencias en las cargas impositivas. 376. El Impuesto sobre el caudal relicto puede definirse, en lo sustancial, como un impuesto personal, que grava el patrimonio global (masa hereditaria) transmitido por causa de fallecimiento, con tipos crecientes y, por lo general, progresivos. El Impuesto sobre porciones hereditarias es una variante de la imposición sobre sucesiones, que (a diferencia de la anterior) sólo somete a gravamen la porción del patri-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
monio transmitido por fallecimiento que corresponde a cada heredero. Finalmente, el Impuesto sobre Adquisiciones Acumuladas es otra modalidad de impuestos sucesorios que se propone gravar, también de forma progresiva, la suma total de adquisiciones recibidas a título de donación o herencia por un contribuyente durante toda su vida. 377. El impuesto sobre porciones hereditarias o hijuelas, por su más estrecha relación con la capacidad de pago del sujeto pasivo (la masa hereditaria total no guarda ninguna relación con el valor del legado del heredero o donatario) y con el tamaño de la herencia, así como porque incentiva la dispersión del patrimonio entre personas (cuanto más amplia sea la dispersión menor será el impuesto total a satisfacer). 378. Falso. Puntúa más alto el impuesto sobre el caudal relicto, por cuanto las autoridades fiscales solo se preocuparían de la masa hereditaria y, en consecuencia, las operaciones de gestión y liquidación del gravamen resultarían relativamente menos complejas. 379. Efectos negativos sobre la asignación de los recursos, la asunción de riesgos y la acumulación de capital, en la medida en que podría obstaculizar la realización de cambios más productivos en la titularidad y uso de los bienes, e implicar menores expectativas de rendimiento medio en bastantes inversiones. 380. Este argumento sostiene que, aun cuando los servicios locales no guarden una relación directa con los valores de los bienes inmuebles, los propietarios de las viviendas y otras propiedades no residenciales que residan en las comunidades con mayores niveles de servicios públicos se beneficiarán en mayor medida de los mismos que los residentes en comunidades con menores niveles relativos de servicios, por cuanto esos mayores beneficios relativos se capitalizarán en incrementos superiores en los valores de sus propiedades. 381. La existencia de mercados perfectos y una utilización óptima de las propiedades. Es así porque el valor en venta de la propiedad equivale al valor capitalizado de la renta real del inmueble (a la renta anual neta capitalizada a un tipo de interés apropiado) y, en un mundo de mercados perfectos y maximización de beneficios (maximización de las rentas netas de las propiedades por razón del uso óptimo de las
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La imposición sobre la riqueza y el patrimonio
mismas), el valor de las rentas reales coincidiría con el valor de las rentas potenciales. Esta igualdad no se cumple, sin embargo, en el mundo real, que se caracteriza por la existencia de mercados imperfectos y una utilización subóptima de las propiedades. 382. Verdadero. Los propietarios de los bienes inmuebles pagarán este impuesto, entre otras razones, por el incremento de valor que experimentarían sus propiedades a consecuencia de los servicios prestados por las autoridades locales. Una parte al menos de los pagos realizados por concepto impositivo puede concebirse como una tasa por servicios locales (calles, vigilancia, seguridad ciudadana, limpieza y recogida de basuras, etc.) y, por tanto, el propio gravamen como un impuesto sobre el beneficio que, aunque de forma tosca, asigna el coste de esos servicios entre sus usuarios. 383. El impuesto sobre la renta personal, en razón de la progresividad de su tarifa.
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Lección 16 EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE SOCIEDADES
Glosario de términos y conceptos • Sujeto pasivo • Base imponible ideal: beneficio económico o puro de las empresas • Base imponible real: renta total neta • Amortización lineal • A mortización degresiva: métodos de porcentaje constante y de suma de dígitos • Amortización libre: amortización acelerada y amortización instantánea • Tipo legal de gravamen • Efecto «clientela» • Ratio pay-out medio y «paradoja del dividendo» • Financiación propia (emisión de acciones) y financiación ajena (endeudamiento) • Indiciación • Valoración de existencias • Sistema LIFO • Sistema FIFO • Sistema NIFO • Integración total • Método de Simons • Método de Due: Régimen de Transparencia fiscal • Método de Carter • Integración parcial • Sistema del doble tipo de gravamen • Sistema de crédito por dividendo pagado • Exención de los dividendos en el impuesto sobre la renta personal
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Sistema de crédito por dividendos percibidos en el impuesto sobre la renta personal • Sistema mixto de doble tipo de gravamen y de crédito por dividendo percibido • Impuesto sobre el flujo de fondos
CUESTIONES Y EJERCICIOS 383. Como aproximación a la definición de la base imponible del impuesto de sociedades, la renta total neta equivale a la suma de los ingresos netos y las variaciones patrimoniales. ¿Qué partidas de gastos habría que deducir de los ingresos brutos para calcular los ingresos netos? 384. Explicar las principales disfuncionalidades que crea la existencia de un impuesto sobre la renta de sociedades. 385. Respecto a un activo cualquiera con un coste o valor de adquisición de 10 millones y una vida fiscal útil de 5 años, determinar cuáles serían los gastos deducibles por amortización según los diferentes métodos utilizados. 386. Sobre la base de los resultados obtenidos en el ejercicio anterior, determinar cuáles serían los beneficios o ahorros fiscales que obtendría una empresa que adquiriese ese activo bajo los diferentes métodos de amortización, suponiendo que el tipo de gravamen del impuesto de sociedades fuese del 30 por ciento y el tipo de interés (coste de oportunidad) para la empresa del 8 por ciento. 387. Definir el concepto de amortización acelerada y exponer sus ventajas desde el punto de vista del inversor. 388. Respecto al impuesto sobre la renta de las sociedades, ¿qué repercusión tiene en la obligación fiscal el período concedido para la amortización del coste del capital invertido? ¿Por qué? 389. Respecto al impuesto de sociedades, dígase cuáles son los efectos de la inflación sobre las deducciones por amortización y cuáles las posibles soluciones al problema.
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El impuesto sobre la renta de sociedades
390. A finales de 2000, las existencias en almacén de un vendedor de automóviles ascienden a 5 unidades, adquiridas cada una al precio de 10 millones de euros. En 2001 el vendedor compra 20 vehículos más a 15 millones cada uno y vende 12 vehículos a 20 millones la unidad. A finales de 2001 las existencias se cifran en 13 vehículos. Estimar los beneficios obtenidos por el vendedor bajo los métodos LIFO y FIFO y valorar los resultados como bases de la imposición sobre la renta de sociedades. 391. Un impuesto sobre el beneficio de las sociedades sólo reduce el tipo de rendimiento de las empresas societarias. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 392. Los beneficios no distribuidos por las sociedades generan un aumento en el valor de las empresas societarias que se traduce en ganancias de capital no realizadas para los accionistas. ¿Qué ventaja concreta obtienen estas ganancias de capital no realizadas del Erario público como consecuencia de su no imposición en el impuesto sobre la renta hasta el momento de su realización? 393. ¿En qué base argumental se apoya el enfoque o visión clásica del impuesto de sociedades para defender su separación o independencia del impuesto sobre la renta personal? 394. ¿En qué consiste el método de integración parcial denominado crédito por dividendo pagado? 395. En el sistema de crédito por dividendos percibidos ¿cómo tributarían los dividendos de la sociedad? 396. Explicar la diferencia entre los métodos de crédito por dividendo percibido y crédito por dividendo pagado para corregir el doble gravamen de los dividendos. 397. ¿Cómo podría practicarse una integración total entre el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el de sociedades? Explicar la respuesta. 398. Una sociedad anónima tiene tres socios, A, B y C, cuyas participaciones en el capital social son del 50 por ciento, 30 por ciento y 20 por ciento, respectivamente. La sociedad ha obtenido en un ejercicio una renta de 10.000 unidades monetarias, cuya mitad se reparte como dividendo.
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Cuestiones
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Si el tipo del impuesto de sociedades es del 20 por ciento y el impuesto sobre la renta personal tiene un tipo del 30 por ciento y un mínimo exento de 1.000 unidades monetarias, determinar: 1. ¿Qué cantidad de la renta de la sociedad formaría parte de la renta personal de cada socio en el caso de integración total? 2. ¿Cuánto pagaría la sociedad y cuánto cada socio (en el supuesto de que no tengan más renta que las que derivan de la sociedad) en el caso de integración parcial por el método de crédito por dividendo pagado? 399. Una sociedad obtiene una renta de 1.200 u.m., de la cual destina 900 a dividendos y 300 a beneficios no distribuidos. La sociedad tiene tres socios que participan por igual en la sociedad. Con independencia de su participación en la sociedad, el socio (A) obtiene rentas por valor de 2.000, el socio (B) rentas por valor de 1.000 y el C rentas por valor de 0. En el país la renta de sociedades está gravada al 30 por ciento. La tarifa del impuesto sobre la renta de las personas físicas es la siguiente: Escalones de renta
Tipo
0-2.000
10 por ciento
2.001-5.000
20 por ciento
más de 5.000
40 por ciento
¿Cuál sería la deuda tributaria de cada socio bajo los sistemas de corrección del doble gravamen de los dividendos de Simons, Due, Carter (informe de) y el sistema clásico? 400. En un país la renta de sociedades está gravada al 30 por ciento. La tarifa del impuesto sobre la renta de las personas físicas es la siguiente:
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Escalones de renta
Tipo
0-5.000
10 por ciento
5.001-10.000
20 por ciento
10.001-20.000
30 por ciento
más de 20.000
40 por ciento
El impuesto sobre la renta de sociedades
Una sociedad obtiene una renta de 9.000, de la que reparte la mitad como dividendo. La sociedad tiene tres socios que participan por igual en la sociedad. Con independencia de su participación en la sociedad, el socio (A) obtiene rentas por valor de 10.000, el socio (B) rentas por valor de 5.000 y el C rentas por valor de 3.000. ¿Cuál sería la deuda tributaria de cada socio bajo los distintos sistemas de corrección del doble gravamen de los dividendos? 401. ¿Cuál sería la definición más corriente de un impuesto sobre sociedades con base en el flujo de fondos? 402. ¿Qué ventajas tiene un impuesto sobre sociedades con base en flujo de fondos respecto a su forma tradicional?
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 383. Las siguientes partidas de gastos: gastos de personal, compras de bienes y servicios necesarios para la obtención de los ingresos, intereses de capital ajenos, alquileres de inmuebles y la amortización por depreciación o pérdida de valor de los activos fijos. 384. Surte efectos discriminatorios en contra de la financiación empresarial propia frente al endeudamiento y en contra de las formas societarias de organización empresarial frente a las no societarias. 385. Según cuál fuese el método de amortización aplicado, los gastos deducibles serían: a) Método lineal: Gasto deducible por amortización = C/n = 10/5 = 2 millones. Cada año del período de amortización se deduciría 2 millones, es decir, se aplicaría una tasa de amortización anual del 20 por ciento. b) Método del saldo decreciente: Gasto deducible por amortización: ——Primer año:
40 por ciento × 10
——Segundo año: 40 por ciento × 6
=4 = 2,4
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
——Tercer año:
40 por ciento × 3,6 = 1,44
——Cuarto año:
40 por ciento × 2,16 = 0,86
——Quinto año:
= 1,30
c) Método de suma de dígitos: Gasto deducible por amortización: ——Primer año:
5/15 × 10 = 3,33
——Segundo año: 4/15 × 10 = 2,66 ——Tercer año:
3/15 × 10 = 2,00
——Cuarto año:
2/15 × 10 = 1,33
——Quinto año:
1/15 × 10 = 0,66
d) Amortización acelerada: Gasto deducible anual de acuerdo con la tasa adoptada por la empresa, de forma que ésta recuperaría el valor del activo antes de finalizar su vida fiscal. Por ejemplo: ——Primer año:
40 por ciento × 10 = 4
——Segundo año: 25 por ciento × 10 = 2,5 ——Tercer año:
20 por ciento × 10 = 2
——Cuarto año:
10 por ciento × 10 = 1
——Quinto año: 5 por ciento × 10 = 0,5 386. El valor presente o actual de los beneficios o ahorros fiscales que generaría la adquisición de un activo bajo los distintos métodos de amortización obedece a la expresión: Vp = t ·D(1)/(1+i) + t ·D(2)/(1+i)2 +...+ t ·D(n)/(1+i)n donde Vp representa el valor presente de los ahorros fiscales, t el tipo de gravamen del impuesto de sociedades, i el tipo de interés utilizado por la empresa, n la vida fiscal del activo, y D(1), D(2)... y D(n), la tasa o proporción del valor de adquisición del activo que podrá deducirse de la renta societaria en los n años del período de amortización.
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El impuesto sobre la renta de sociedades
Con los resultados obtenidos en el ejercicio anterior y los datos que se facilitan en este, el valor presente de los ahorros fiscales obtenidos bajo los distintos métodos de amortización sería, pues: a) Método lineal: Vp = 0,3 ·2 /(1,08) + 0,3 ·2 /(1,08)2 + 0,3 ·2 /(1,08)3+0,3 ·2 /(1,08)4+ 0,3 ·2 /(1,08)5 = 2,39 b) Método de saldo decreciente: Vp = 0,3 ·4 /(1,08) + 0,3 ·2,4 /(1,08)2 + 0,3 ·1,44 /(1,08)3+0,3 ·0,86 /(1,08)4+ 0,3 ·1,30 /(1,08)5 = 2,49 c) Método de suma de dígitos: Vp = 0,3 ·3,33 /(1,08) + 0,3 ·2,66 /(1,08)2 + 0,3 ·2 /(1,08)3+0,3 ·1,33 /(1,08)4+ 0,3 ·0,66 /(1,08)5 = 1,67 d) Amortización acelerada: Vp = 0,3 ·4 /(1,08) + 0,3 ·2,5/(1,08)2 + 0,3 ·2 /(1,08)3+0,3 ·1/(1,08)4+ 0,3 ·0,5 /(1,08)5= 2, 54 387. La denominada amortización instantánea consiste en amortizar (deducir de la renta imponible) el coste total del activo en el mismo ejercicio de su adquisición. En términos más generales, cuando las empresas son autorizadas a realizar la amortización en un período de tiempo más corto o breve que el que precisa la depreciación económica real del activo, se estará ante lo que se conoce con la expresión de amortización acelerada. En la literatura hacendística, se dice que la amortización acelerada equivale a un préstamo sin intereses que el gobierno concede a la empresa, en el que el valor actual del ahorro de intereses que resulta del mismo es igual al valor actual de los ahorros fiscales que derivan de esta suerte de amortización. 388. En la determinación de la base imponible (renta neta sometida a gravamen), las cuotas o dotaciones amortizables anualmente constituyen un gasto deducible de la renta bruta que, como tal, la reducen. Por tanto, la obligación fiscal (cuota del impuesto) será tanto menor cuanto mayor sea el gasto deducible en concepto de amortización de los activos o bienes duraderos de las empresas societarias y, por lo mismo, cuanto más corto o breve sea el período autorizado para rea-
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
lizar la amortización respecto al que precisa la depreciación económica real o efectiva de esos activos 389. La inflación puede afectar al valor real de las deducciones por amortización, reduciéndolo. Si la tasa de amortización anual del activo se fija en una proporción de su coste histórico o valor de adquisición inicial, el aumento del nivel general de precios puede inducir la elevación del coste de reposición del capital hasta niveles muy superiores a dicho valor de adquisición, reduciendo con ello el valor real de las deducciones por amortización. Esta infravaloración de las deducciones por amortización puede dar lugar, a su vez, a un aumento del tipo efectivo del impuesto de sociedades que podría implicar una sobreimposición del beneficio generado y, por añadidura, la transformación del impuesto en un gravamen sobre el capital societario. Para afrontar este importante problema, pueden adoptarse ciertas medidas de ajuste, cuales son: la indiciación anual del valor de las deducciones por amortización de acuerdo con el índice de precios del capital; la reducción del período de amortización de los activos; exenciones o tipos reducidos para las ganancias de capital que se manifiesten por la actualización de algunas partidas del balance contable, y exención de las reservas constituidas para cubrir la diferencia entre los precios históricos y costes de reposición. 390. Los beneficios obtenidos por el vendedor bajo los dos métodos serían: a) Método FIFO: Ingresos por ventas = 12 × 20 = 240 millones Costes = (5 × 10) + (7 × 15) = 155 millones Beneficio = 240 – 155 = 85 millones Existencias. Bajo este sistema los 13 vehículos que quedarían en existencias se valorarían a 15 millones la unidad, por lo que el valor total de las existencias ascendería a 195 millones. b) Método LIFO: Ingresos por ventas = 12 × 20 = 240 millones
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El impuesto sobre la renta de sociedades
Costes = 12 × 15 = 180 millones Beneficio = 240 – 180 = 60 millones Existencias. Bajo el sistema LIFO, de las 13 unidades que quedarían en existencias, 5 se valorarían a 10 millones la unidad y las 8 restantes a 15 millones, así que el valor total de las existencias ascendería a 170 millones. En general, en un proceso de alza de precios, al vendedor le interesaría utilizar el sistema LIFO, por cuanto la base del impuesto sería menor que con el sistema FIFO. 391. Falso. Según ha mostrado Harberger, a medio plazo se produce un flujo de capital del sector gravado al no gravado, que termina por generalizar la disminución del rendimiento a todos los usos alternativos del capital. 392. La ventaja radica en que, al no gravarse efectivamente esas ganancias de capital para los accionistas hasta su realización mediante la enajenación de las acciones, la retención de beneficios por las sociedades no sólo permite el aplazamiento del pago impositivo, sino que entraña también una reducción de la carga tributaria, al estar sometidas generalmente las ganancias de capital realizadas en el impuesto sobre la renta a un tipo de gravamen inferior al que se aplica a los restantes rendimientos. 393. Los defensores de esta visión o enfoque aducen que, aunque existe una superposición impositiva, no cabe hablar de doble gravamen, ni, por tanto, de la necesidad de su corrección, al ser la renta de las sociedades y la renta de los socios objetos y hechos imponibles completamente distintos. 394. El sistema de crédito por dividendo pagado, técnica de uso corriente en los países nórdicos, consiste en gravar exclusivamente en el impuesto de sociedades los beneficios no distribuidos, dejando al impuesto sobre la renta personal la imposición de los dividendos cuando afluyen al socio. 395. Bajo el sistema de crédito por dividendo percibido, tal y como se sigue en un gran número de países europeos, entre los que se encuentran
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Cuestiones
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Hacienda Pública
Francia, Italia, Reino Unido y España, los dividendos se incorporan a la renta imponible personal del sujeto, aunque, con el propósito de corregir la doble imposición, se le concede paralelamente una bonificación a tanto alzado en la cuota tributaria del impuesto personal. 396. Mientras que bajo el sistema de crédito por dividendo pagado se grava exclusivamente en el impuesto de sociedades los beneficios no distribuidos, reservando al impuesto sobre la renta personal la imposición de los dividendos según afluyen al socio, en el sistema de crédito por dividendo percibido los dividendos pasan a engrosar la renta imponible personal del sujeto, pero, al objeto de corregir la doble imposición, se concede a su vez una bonificación a tanto alzado en la cuota tributaria del impuesto personal. 397. La integración total entre el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el de sociedades podría practicarse mediante tres métodos distintos: el método de las ganancias de capital formulado por Simons y los métodos de transparencia fiscal de Due y del Informe Carter. La propuesta de Simons se inspira en la filosofía de la Escuela de Chicago, en la que se inscribe, y se sustancia en la supresión del impuesto de sociedades, al tiempo que en la imposición de los dividendos y sus perceptores en el impuesto sobre la renta personal y la de los beneficios no distribuidos como ganancias de capital, aunque no se realicen. Partidario igualmente de la supresión del impuesto de sociedades, Due propone, no obstante, un mecanismo alternativo, consistente en la atribución a cada socio de la parte que le corresponde del beneficio íntegro de la sociedad (la suma de los dividendos y los beneficios no distribuidos) y su imposición cada año en el impuesto sobre la renta personal con arreglo a ese nivel de participación en la sociedad. Por último, el sistema sugerido por el Informe Carter parte de la premisa de que existe un impuesto de sociedades que se calcula sobre la base de la renta obtenida por cada empresa societaria. De este impuesto de sociedades y de la renta social total en que se basa, se asignaría a cada socio la parte de ambos elementos que le correspondiese. La renta imponible de cada socio sobre la que se giraría la tarifa del impuesto sobre la renta personal equivaldría, por lógica, a la suma
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El impuesto sobre la renta de sociedades
de esa parte individualizada de la renta societaria y de las rentas que obtuviese de otras fuentes. Posteriormente, a la cuota tributaria así estimada para cada socio se le deduciría la porción del impuesto de sociedades que se le hubiera asignado, resultando tras ello el gravamen definitivo que tendría que satisfacer y, consiguientemente, la eliminación de la doble imposición que se asocia a la existencia independiente de ambos impuestos. 398. 1. En el caso de integración total, la cantidad de la renta de la sociedad que formaría parte de la renta personal de cada socio sería: a) Método de las ganancias de capital (Simons): R A = 2.500 R B = 1.500 RC = 1.000 b) Método de la transparencia fiscal (Due): R A = 5.000 R B = 3.000 RC = 2.000 c) Método de la transparencia fiscal (Informe Carter): R A = 5.000 R B = 3.000 RC = 2.000 2. Suponiendo que los socios no tuvieran más renta que las obtenidas de la sociedad, en el caso de integración parcial por el método de crédito por dividendo pagado la sociedad pagaría: TS = 0,20 · 5000=1000. A su vez, los tres socios pagarían en el impuesto sobre la renta, respectivamente: TA = 0,30 (2.500 – 1000) = 450 TB = 0,30 (1.500 – 1000) = 150
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
TC = 0,30 (1.000 – 1000) = 0 399. Bajo los mencionados sistemas, la deuda tributaria de cada socio se estimaría de la siguiente manera: a) S istema de Simons (supresión del impuesto de sociedades y tributación de los dividendos en el impuesto sobre la renta de las personas físicas): R A = 2.000 + 300 = 2.300 R B = 1.000 + 300 = 1.300 RC = 0 + 300 = 300 A la vista de la tarifa del impuesto sobre la renta de las personas físicas, la factura impositiva que habría de pagar cada socio cuando vendiese su acción ascendería, por tanto, a: TA =200 + 60 = 260 TB = 130 TC = 30 b) Sistema de Due (supresión del impuesto de sociedades y sistema de atribución. Se ignora fiscalmente a la sociedad y se atribuye la renta o beneficio social —dividendos y beneficios no distribuidos— en su integridad a los socios de acuerdo con el nivel de participación de cada uno en la sociedad): R A = 2.000 + 400 = 2.400 R B = 1.000 + 400 = 1.400 RC = 0 + 400 = 400 La deuda tributaria a la que habría de hacer frente cada socio sería, pues: TA = 200 + 80 = 280 TB = 140 TC = 40
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El impuesto sobre la renta de sociedades
La deuda tributaria generada para cada socio sería, en fin, más elevada que la estimada mediante el sistema de Simons, a consecuencia de la ficción de que cada uno recibiría toda la renta social. c) S istema de Carter (informe de) o de integración total (reconocimiento de la sociedad como sujeto pasivo del impuesto de sociedades). Bajo este sistema el impuesto a pagar por cada socio se estimaría a partir de la expresión: Ti = (R si + Yi) tr – Tsi, donde Ti es el impuesto a satisfacer por cada sujeto, Rsi la porción de la renta societaria total que se asignase a cada uno, Yi las rentas del sujeto provenientes de otras fuentes, tr el tipo del impuesto sobre la renta personal y Tsi la deuda que le correspondiese por el impuesto de sociedades. En el ejemplo, la sociedad habría de pagar un impuesto tal que: TS = 0,3 × 1.200 = 360 De esta cantidad global pagada por la sociedad, ella estará pagando por cuenta de cada uno de los tres socios, exactamente, 120 u.m. A continuación, para estimar la deuda tributaria que habrá de satisfacer cada socio bajo este sistema se calculará el impuesto sobre la renta personal correspondiente a la suma de la renta adicional de cada uno (renta distinta de la renta social) y el beneficio bruto que le corresponde, y al resultado así obtenido se le restará el impuesto pagado por la sociedad por cuenta del mismo. De esta manera, se obtendría para cada socio: R A = 2.000 + 400 = 2.400 ∴ TA = 280 – 120 = 160 R B = 1.000 + 400 = 1.400 ∴ TB = 140 – 120 = 20 RC = 0 + 400 = 400 ∴ TC = 40 – 120 = –80 La Hacienda devolvería, pues, al socio (C) 80 u.m. d) Opción clásica (no existe doble gravamen de los dividendos, ni por tanto necesidad de corrección, por cuanto la renta de la sociedad y la de los socios son distintas): R A = 2.000 ∴ TA = 200 + (0,3 × 400) = 320 R B = 1.000 ∴ TB = 100 + (0,3 × 400) = 220 RC = 0 ∴ TC = 0 + (0,3 × 400) = 120
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
400. La deuda tributaria de cada socio se estimaría, según los distintos sistemas, de la forma siguiente: a) Sistema de Simons: R A = 10.000 + 1.500 = 11.500 ∴ TA = 500 + 1.000 + 450 = 1.950 R B = 5.000 + 1.500 = 6.500 ∴ TB = 500 + 300 = 800 RC = 3.000 + 1.500 = 4.500 ∴ TC = 450 b) Sistema de Due: R A = 10.000 + 3.000 = 13.000 ∴ TA = 500 + 1.000 + 900 = 2.400 R B = 5.000 + 3.000 = 8.000 ∴ TB = 500 + 600 = 1.100 RC = 3.000 + 3.000 = 6.000 ∴ TC = 500 + 200 = 700 c) Sistema de integración total: TS = 0,3 × 9.000 = 2.700 R A = 10.000 + 3.000 = 13.000 ∴ TA = 2.400 – 900 = 1.500 R B = 5.000 + 3.000 = 8.000 ∴ TB = 1.100 – 900 = 200 RC = 3.000 + 3.000 = 6.000 ∴ TC = 700 – 900 = –200 Al igual que en el ejemplo anterior, en éste la Hacienda tendría que devolver al socio (C) 200 u.m. d) Sistemas de integración parcial: ——Sistema de doble tipo. Los socios tributarían en el impuesto sobre la renta personal por sus dividendos, pero en la sociedad éstos se gravarían con un tipo impositivo menor que el que se aplicaría a la parte de la renta social destinada a reservas. ——Crédito por dividendo pagado. La sociedad tributaría exclusivamente por la parte de la renta social destinada a los beneficios no distribuidos, mientras que los dividendos sólo tributarían en el impuesto personal cuando afluyesen al socio. En consecuencia: R A = 10.000 + 1.500 = 11.500 ∴ TA = 1.950 R B = 5.000 + 1.500 = 6.500 ∴ TB = 800 RC = 3.000 + 1.500 = 4.500 ∴ TC = 450
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El impuesto sobre la renta de sociedades
Los resultados numéricos bajo este sistema serían similares a los obtenidos con el sistema de Simons, con la única diferencia de que en éste el impuesto de sociedades no habría desaparecido. ——Sistema por dividendo percibido. Inicialmente la sociedad pagaría el impuesto por toda la renta social, realizándose el ajuste posteriormente en el impuesto personal. En correspondencia, se tendría: TS = 0,3 × 9.000 = 2.700 R A = 10.000 + 1.500 = 11.500 ∴ TA = 1.950 – 450 = 1.500 R B = 5.000 + 1.500 = 6.500 ∴ TB = 800 – 450 = 350 RC = 3.000 + 1.500 = 4.500 ∴ TC = 450 – 450 = 0 Cada socio pagaría una suma igual a la diferencia entre su impuesto personal y la parte correspondiente del impuesto de sociedades satisfecho por la empresa respecto a los dividendos. 401. La definición de la base de un impuesto de sociedades concebido como un gravamen sobre flujo de fondos admite diversas interpretaciones, aunque la más corriente se deriva fácilmente de la siguiente identidad fundamental entre ingresos y gastos de una empresa societaria: Ingrs. ctes. + Ingrs. c/k. real + ∆Pasivos fos + ∆K. Propio ≡ ≡ Gtos. ctes. + Gtos. c/k. real + ∆Activos fos + Dividendos. donde: I ngrs. ctes. = Ingresos corrientes provenientes de la venta de bienes y servicios que presta en el mercado. I ngrs. c/k.real = Ingresos por cuenta de capital procedentes de la enajenación de activos. Pasivos fos = Incremento de pasivos financieros por emisión de obli∆ gaciones, obtención de créditos, etc. ∆K. propio = Incremento de capital propio por aportaciones de los socios.
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Cuestiones
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Hacienda Pública
tos. ctes.= Gastos corrientes o gastos requeridos por el proceso proG ductivo. Activos. fos = Incremento de activos financieros por creación o au∆ mento de cuentas bancarias, pagos de intereses, reducción de créditos bancarios, etc. tos. c/k. real = Compras de bienes de inversión (Formación Bruta de G capital). A continuación, si en esa identidad se realizan las oportunas operaciones, se llega a otra, tal que: (Ingrs. ctes. – Gtos. ctes.) + (Ingrs. c/k. real – Gtos. c/k. real) + +(∆Pasivos fos – ∆Activos fos) ≡ Dividendos-∆K. propio. Nueva igualdad que refleja que la base de un impuesto sobre flujo de fondos vendría definida por cualquiera de sus dos lados. 402. Fundamentalmente, dos ventajas: su sencillez administrativa y su eficiencia económica. La primera ventaja, porque la tributación de una base integrada por los ingresos netos de todos los gastos realizados por la sociedad eliminaría, de facto, los importantes problemas relativos a la determinación de las amortizaciones, ajustes por inflación, valoración de existencias, etc., que plantea el gravamen convencional sobre la renta de sociedades. Sería, además, un impuesto más eficiente que el tradicional, porque la detracción anual específica de los gastos de inversión en general y los gastos de capital real en particular de las partidas de ingresos, constituiría un importante estímulo para la inversión empresarial, al «premiar» a las empresas más dinámicas en el proceso inversor con una factura o carga impositiva relativamente inferior. Más aún, como gravamen que eximiría de imposición a la inversión en general, el impuesto sobre flujo de fondos tampoco discriminaría entre fuentes de financiación (capital propio frente a endeudamiento), ni entre diferentes clases de empresas (empresas financieras y no financieras), ni entre tipos de inversión.
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Lección 17 LA IMPOSICIÓN SOBRE EL VOLUMEN DE VENTAS
Glosario de términos y conceptos
• Efecto piramidación • Impuestos monofásicos sobre el volumen de ventas • Impuestos sobre fabricantes • Impuestos sobre mayoristas • Impuestos sobre minoristas • Impuestos plurifásicos sobre el volumen de ventas • Impuestos múltiples o en cascada • Impuestos sobre el valor añadido • Impuesto finalista • Impuesto selectivo • Impuestos sobre consumos específicos • Monopolio fiscal • Principio de no afectación • Principio del beneficio • Teorema de Dalton • Tipo de gravamen ad valorem • Impuesto sobre el valor añadido (IVA) • Exenciones limitadas • Exenciones plenas • IVA repercutido • IVA soportado • Método de las facturas (método de crédito de impuesto) • Método de adición • Método de sustracción
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Regla de la prorrata • Base valor añadido bruto (o tipo PNB) • Base valor añadido neto (o tipo renta o PNN) • Base consumo • Hecho imponible • Sujeto pasivo • Regímenes especiales
CUESTIONES Y EJERCICIOS 403. En su opinión, ¿cuáles son los criterios más relevantes para elegir entre las diferentes modalidades del impuesto sobre ventas? 404. Un impuesto sobre las ventas en la fase del fabricante, ¿qué ventajas e inconvenientes tiene respecto a otras formas de imposición sobre ventas? 405. En un análisis comparativo, ¿qué argumentos pueden esgrimirse en favor de un impuesto sobre el volumen de ventas en fase minorista? 406. Un impuesto sobre las ventas en fase minorista no requiere compensación fiscal a las exportaciones e importaciones. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 407. Analogías importantes entre el impuesto sobre el valor añadido tipo consumo y el impuesto sobre las ventas en fase minorista. 408. ¿En qué consiste un impuesto multifásico en cascada? ¿Por qué se considera un sistema de imposición sobre las ventas inferior al impuesto sobre el valor añadido? 409. En un impuesto sobre las ventas recaudado de las empresas productoras, dígase quién es el sujeto pasivo y cuáles son el objeto y el hecho imponibles. 410. Argumentos en pro y en contra de un impuesto multifásico en cascada, desde el punto de vista de la equidad.
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La imposición sobre el volumen de ventas
411. ¿Qué dificultad tiene un impuesto múltiple en cascada sobre las ventas para practicar la adecuada compensación fiscal a exportaciones e importaciones? 412. ¿Cuáles son las principales razones económicas que justifican la existencia de impuestos selectivos o especiales sobre consumos específicos? Enunciarlas y explicarlas brevemente. 413. ¿Qué razones subyacen a la baja valoración concedida a los impuestos selectivos sobre las ventas desde la óptica de la equidad? 414. A largo plazo, los impuestos sobre el consumo son menos flexibles que el impuesto sobre la renta personal. ¿Verdadero o falso? Razone la respuesta. 415. ¿En qué consiste la determinación del valor añadido por el método de adición? 416. ¿En que consiste la determinación del valor añadido por el método de sustracción? 417. ¿Cuáles son las diferencias entre los impuestos sobre el valor añadido tipo producto nacional bruto, tipo renta y tipo consumo? 418. ¿Cómo se define la base del impuesto sobre el valor añadido tipo consumo y cuáles son los principales métodos de recaudación del mismo? 419. Analogías y diferencias importantes entre el impuesto sobre el valor añadido y el impuesto sobre las ventas en fase minorista. 420. El IVA comunitario es un impuesto sobre el valor añadido tipo producto neto que se recauda de cada empresario gravando el valor añadido que genera. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 421. En el IVA la compensación fiscal a las exportaciones y las importaciones es una tarea que plantea dificultades en la práctica. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 422. Explicar cómo opera la técnica del crédito de impuesto en el IVA comunitario.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
423. Una empresa ha vendido bienes por valor de 50.000 durante el ejercicio. Las compras de bienes intermedios realizadas en el mismo período se elevan a 30.000. La depreciación de bienes de equipo importa 1.000. Se han realizado compras de bienes de capital por valor de 15.000. Dígase cuál sería la base de un impuesto sobre el valor añadido en sus tres variantes fundamentales. 424. De la contabilidad de una empresa comercial se conocen los siguientes datos a 31 de diciembre de 2014. Existencias a 31-XII-2014 ....................................................... 2.000 Compras de bienes y servicios corrientes a otras empresas.
11.000
Depreciación del equipo capital ............................................ 3.000 Ventas ..................................................................................... 15.000 Inversión en capital fijo ......................................................... 50.000 Sueldos y salarios .................................................................. 6.000 Existencias a 31-XII-2013 ...................................................... 1.000 Determinar el valor añadido de esta empresa según los distintos conceptos de valor añadido. 425. Una empresa ha vendido bienes por valor de 50.000 durante un ejercicio. Las compras realizadas en el mismo periodo de bienes y servicios (excepto bienes de inversión) se elevan a 30.000. Las existencias se han reducido en 10.000. La depreciación de los bienes de equipo importa 1.000. Se han realizado gastos de inversión por valor de 15.000. Dígase cuál sería la base de un impuesto sobre el valor añadido en sus tres variantes: Producto Bruto, Producto Neto y Consumo. 426. La suma de las ventas netas generadas en una empresa importa 50.000 unidades. Los consumos intermedios suponen 10.000. La inversión realizada por la empresa importa 30.000 y la depreciación asciende a 5.000.
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La imposición sobre el volumen de ventas
Calcular las diferentes definiciones de valor añadido: Producto Bruto, Producto Neto y tipo Consumo. 427. La contabilidad de una empresa comercial ofrece a 31 de diciembre de 2014 los siguientes datos: Existencias a 31-XII-2014 ....................................................... 3.000 Sueldos y salarios pagados .................................................... 7.000 Compras corrientes sometidas al IVA por valor de ............. 12.000 Depreciación de bienes de equipo ......................................... 4.000 Valor de las ventas en el mercado nacional sometidas al IVA. 50.000 Valor de las ventas en el mercado nacional exentas de IVA ... 40.000 Exportaciones por valor de ................................................... 10.000 Compras de bienes de equipo sometidas al IVA .................. 10.000 Existencias a 31-XII-2013 ...................................................... 2.000 Se pide calcular el ingreso que la empresa tuvo que hacer en Hacienda en ese mismo año, bajo los tres siguientes supuestos: la modalidad impositiva aplicada fue el IVA tipo consumo basado en la técnica del crédito de impuesto; el tipo de gravamen aplicado fue del 21 por ciento y el principio de imposición fue el del país de destino.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 403. La capacidad recaudatoria, la simplicidad administrativa, la eficiencia (mayor o menor neutralidad respecto a la estructura de las empresas, la demanda, la oferta y el comercio exterior), los efectos sobre los precios, y los efectos sobre la inversión y el crecimiento económico. 404. Sus ventajas pueden resumirse en tres: a) El número de sujetos o contribuyentes a los que la Hacienda ha de recaudar el impuesto es bastante más reducido, lo que facilita su administración.
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Cuestiones
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Hacienda Pública
b) E n calidad de impuesto monofásico, no incentiva la integración, al no implicar ésta ningún ahorro fiscal. c) Las empresas fabricantes, al requerir una cierta dimensión, suelen adoptar sistemas de contabilidad más desarrollados, lo que facilita relativamente la tarea de seguir el impuesto en ellas. En cuanto a los inconvenientes, cuatro son los más significativos, a saber: a′) Obliga a definir con precisión el sujeto pasivo, pues en múltiples ocasiones la diferencia entre fabricante y mayorista no es clara. b′) El tipo de gravamen es mayor que en el impuesto múltiple. c′) Subsiste la traslación acumulativa, por cuanto el impuesto grava las fases más alejadas del consumidor. d′) Perdura la necesidad de compensación en las importaciones y las exportaciones. 405. Como méritos más relevantes del impuesto, deben señalarse los que siguen: a) La elevada estabilidad relativa de su recaudación, en razón de que los gastos de consumo son más estables que las rentas. b) No incentiva la integración de las empresas. c) El valor del bien en la fase al por menor es mayor y, como consecuencia, el tipo puede ser menor. d) Elimina la traslación acumulativa. e) La exportación no está sometida a un impuesto en la fase de minorista, así que bajo tal gravamen la importación y la exportación no reciben un trato distinto. 406. Verdadero. Los impuestos sobre las ventas en fase minorista no requieren compensación fiscal a las exportaciones e importaciones, por cuanto los artículos exportados y no consumidos no son sometidos a imposición, mientras que los importados se gravan de la misma forma que la producción interna para el mercado nacional. 407. Analogías: —— Ambos cuentan con una elevada capacidad y estabilidad recaudatorias. —— En ambos casos, la administración tributaria es compleja, por el elevado número de sujetos que intervienen. —— Ambos son neutrales respecto a la estructura de las empresas (no incentivan la integración vertical), la oferta (el impuesto en
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La imposición sobre el volumen de ventas
fase minorista se aplica a las ventas al por menor, y en el IVA se permite a los empresarios deducir el impuesto soportado) y la demanda (existe uniformidad en la carga impositiva y en los incrementos de precios de los bienes y servicios, al no darse en ninguno de ellos traslación acumulativa ni efecto piramidación). —— En ambos impuestos, menores efectos inflacionistas que otros gravámenes sobre las ventas (especialmente, los impuestos generales en cascada y los impuestos monofásicos sobre el fabricante) por la ausencia del efecto piramidación. —— Ninguno de ellos es problemático respecto a la compensación fiscal a las exportaciones e importaciones, por las razones ya apuntadas. 408. El impuesto multifásico en cascada recae sobre el precio íntegro de venta en todas las fases de la producción y distribución de bienes y servicios. Se considera un sistema de imposición inferior al impuesto sobre el valor añadido por la existencia de un «efecto piramidal», en virtud del cual el impuesto se incorpora a las bases imponibles de las siguientes fases del proceso. 409. El sujeto pasivo: la empresa o persona productora del bien o servicio. El objeto imponible: el consumo de bienes o servicios. El hecho imponible: las ventas de bienes o servicios. 410. Argumentos a favor: a) El sujeto pasivo se determina con enorme facilidad. Todas las personas o empresas que vendan algún bien o servicio son sujetos pasivos del impuesto. b) Aunque el producto sea gravado varias veces bajo esta figura impositiva, la utilización de una alícuota relativamente baja para cualquier nivel de transacción surte, al decir de los hacendistas, un efecto psicológico que se traduce en una gran desincentivación de la evasión fiscal. c) Son impuestos con bajos costes de recaudación. El impuesto se gira sobre una magnitud conocida y de difícil ocultación, pues todas las empresas disponen de datos sobre el volumen de ventas. d) Al tratarse de un impuesto general, no se producen situaciones diferentes entre los distintos empresarios y, por lo
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Cuestiones
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Hacienda Pública
mismo, el comportamiento de éstos es uniforme, sin que sientan necesidad alguna de llegar a un acuerdo explícito. Frente a estas ventajas, los impuestos en cascada presentan también múltiples inconvenientes, a saber: a’) Estimulan artificialmente la integración vertical entre empresas, con el fin de reducir el número de etapas o fases de producción y, consiguientemente, las obligaciones tributarias. En este sentido, la integración entre empresas guiada por la obtención de ahorros fiscales puede propiciar la formación de empresas monopolísticas o cuasimonopolísticas. b’) El tipo efectivo de gravamen difiere del tipo legal por la traslación acumulativa o efecto piramidación, es decir, la incorporación del impuesto al precio en una cantidad superior al propio importe del mismo. c’) A consecuencia de la piramidación, falta de uniformidad en los tipos efectivos de gravamen respecto al consumo final. La existencia de tipos de gravamen discriminatorios sobre bienes y servicios alternativos, según el número de fases productivas, es también motivo de que se diga que estos impuestos no son realmente generales. d’) Por extensión, los efectos distributivos del impuesto dependerán de las preferencias de los consumidores por y entre bienes o servicios producidos en múltiples fases. 411. Que no hay forma de determinar con exactitud la cantidad de impuestos soportados en el país de origen por los bienes exportados, lo que explica que en la práctica hayan sido utilizados como una forma encubierta de practicar el efecto dumping (al haber operado como una forma encubierta de subvención a la exportación, para su incentivación), así como su posterior abandono y sustitución por el IVA. En la actualidad, el principio de imposición que rige las operaciones exteriores no es otro que el del país de destino, de forma tal que cuando un empresario exporta un bien, se le reintegra el importe de los impuestos indirectos soportados por el mismo, facultándose al mismo tiempo al país de destino (o país en el se consumirá el bien) para cargarle en frontera los impuestos indirectos que habría soportado el mismo, de haberse producido en dicho país.
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La imposición sobre el volumen de ventas
412. Gravar una especial capacidad de pago manifestada en la adquisición de bienes considerados de lujo, inducir con ellos una reducción de consumos no deseables e internalizar costes externos. 413. Desde la perspectiva de la equidad, los impuestos sobre consumos específicos presentan dos importantes inconvenientes: de un lado, se les considera discriminatorios, por no repartir la carga tributaria con uniformidad, y, de otro, se les tacha de regresivos, al crecer el consumo en menor proporción que la renta. Pese a ello, en algunos casos, particularmente en los países subdesarrollados, que, como tales, cuentan con una administración fiscal deficiente, los impuestos sobre consumos específicos, y en especial los que gravan los bienes de lujo, pueden tener una valoración positiva en términos de equidad. 414. Verdadero. A largo plazo, los impuestos proporcionales tienden a presentar un coeficiente de elasticidad próximo a la unidad, debido a que las participaciones de los factores y los componentes de los productos no varían de forma importante. Sin embargo, el impuesto sobre la renta personal, debido a su estructura de tipos impositivos progresivos, presenta una elasticidad superior. 415. De acuerdo con este método, el valor añadido equivale a la suma de todas las rentas o pagos de los factores productivos: sueldos y salarios, beneficios, intereses y alquileres. 416. Consiste en determinar el valor añadido por la diferencia entre el volumen de las ventas totales y el de las compras totales a otras empresas. Este método coincide con el de estimación del valor añadido tipo consumo, por cuanto el volumen total de compras se corresponde con la suma de los consumos intermedios y la inversión. 417. Bajo el primer método del Valor Añadido Bruto (VAB) no se permite la deducción de ninguna cantidad en concepto de inversión, por lo que ésta se halla sometida a imposición por partida doble: en el momento de la compra del bien y, posteriormente, al incorporarse al proceso de producción. El valor añadido bruto se estima, pues, mediante las operaciones: VAB = ventas + variación existencias – consumos intermedios VAB = Depreciación + Rentas de los factores
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Cuestiones
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En términos de economía nacional, el valor añadido bruto equivale al PIB a precios de mercado o, también, a la Renta Interior Bruta. Por otra parte, el Valor Añadido neto equivale a la diferencia entre valor añadido bruto y la depreciación experimentada por los bienes que intervienen en el proceso productivo. Se estima, pues, de las dos formas siguientes: VAN = ventas + variación existencias – consumos intermedios – depreciación VAN = Rentas netas de los factores A nivel nacional, la suma de los valores añadidos netos equivale al Producto Interior Neto a precios de mercado o Renta Nacional, lo que explica que este método se denomine igualmente valor añadido tipo renta. Por último, el método del Valor Añadido tipo consumo consiste en deducir de las ventas los consumos intermedios y la inversión total realizada por la empresa, esto es, el importe de los bienes de capital adquiridos por ella. Bajo esta fórmula no se detrae la depreciación porque la suma de las depreciaciones ha de coincidir con la inversión total realizada por el empresa. VAC = ventas – consumos intermedios – inversión Ésta es la base del IVA comunitario. En ella, al permitirse su deducción, se concede a la inversión un tratamiento fiscal favorable. 418. La base imponible del IVA tipo consumo equivale a la diferencia entre las ventas totales y la suma de las compras a otras empresas y las inversiones en instalaciones fijas y equipo. Los principales métodos de recaudación son: el método de simulación, el método de sustracción y el método de crédito al impuesto. 419. Ambos tienen la misma base, pero se diferencian en el procedimiento recaudatorio. 420. Falso. Es un impuesto sobre el valor añadido tipo consumo, que, como tal, somete a imposición el valor añadido estimado a partir de la diferencia entre las ventas de la empresa y la suma de las compras
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intermedias y la inversión realizada por la misma. Se trata, pues, de un impuesto que concede un tratamiento favorable a la inversión. 421. Falso. Es una tarea sin dificultades, al poder aplicarse un tipo cero a las ventas realizadas a otros países y permitirse al exportador deducir el IVA soportado por sus compras. 422. También llamado método de las facturas, consiste en autorizar al empresario a deducir del impuesto a pagar por sus ventas los gravámenes satisfechos por las compras por él realizadas a terceros (otras empresas o individuos). Se trata, pues, de un sistema que permite un control continuado de compras y ventas y que facilita la inspección a los proveedores. 423. La base del impuesto sobre el valor añadido en sus tres vertientes será: ase de PNB = VAB = Ventas totales + Variación existencias – Compras B bienes intermedios = 50.000 – 30.000 = 20.000. ase de PNN = VAN = Ventas totales + Variación de existencias – B – Consumo bienes intermedios – Depreciación = 50.000 – 30.000 – – 1.000 = 19.000. ase consumo = Ventas totales – Compras bienes intermedios – B – Inversión = 50.000 – 30.000 – 15.000 = 5.000. 424. La base del impuesto sobre el valor añadido en sus tres vertientes será: ase de PNB = VAB = Ventas totales + Variación existencias – Compras B bienes intermedios = 15.000 + 1.000 – 11.000 = 5.000. ase de PNN = VAN = Ventas totales + Variación de existencias – B – Consumo bienes intermedios – Depreciación = 15.000 + 1.000 – – 11.000 – 3.000 = 2.000. ase consumo = Ventas totales – Compras bienes intermedios – B – Inversión = 15.000 – 11.000 – 50.000 = –46.000.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
425. La base del impuesto sobre el valor añadido en sus tres vertientes será: ase de PNB = VAB = Ventas totales + Variación existencias – Compras B bienes intermedios = 50.000 – 10.000 – 30.000 = 10.000. ase de PNN = VAN = Ventas totales + Variación de existencias – B – Consumo bienes intermedios – Depreciación = 50.000 – 10.000 – – 30.000 – 1.000 = 9.000. ase consumo = Ventas totales – Compras bienes intermedios – B – Inversión = 50.000 – 30.000 – 15.000 = 5.000. 426. La base del impuesto sobre el valor añadido en sus tres vertientes será: ase de PNB = VAB = Ventas totales + Variación existencias – Compras B bienes intermedios = 50.000 – 10.000 = 40.000. ase de PNN = VAN = Ventas totales + Variación de existencias – B – Consumo bienes intermedios – Depreciación = 50.000 – 10.000 – 5.000 = 35.000. ase consumo = Ventas totales – Compras bienes intermedios – B – Inversión = 50.000 – 10.000 – 30.000 = 10.000. 427. En presencia de ventas exentas de IVA, ha de estimarse inicialmente la prorrata o porcentaje (P) que representan las ventas con derecho a deducción respecto al total de las ventas realizadas por la empresa, esto es, la ratio de las ventas sometidas al IVA respecto a las ventas totales. De este modo, el IVA ingresado se estimará a partir de la diferencia: IVA ingresado = IVA repercutido – IVA soportado (con derecho a deducción) IVA ingresado = t · ventas gravadas – P · t · (compras de bienes y servicios corrientes + compras de bienes de inversión) Con los datos que se ofrecen en el ejercicio, se tiene, pues, que P = 50.000 + 10.000/50.000 + 10.000 + 40.000 = 0,6 = 60 por ciento IVA ingresado = 0,21 · 50.000 – 0,6 · 0,21 · 22.000 = 8,39
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Lección 18 OTROS INGRESOS PÚBLICOS. DEUDA PÚBLICA Y PRECIOS PÚBLICOS
Glosario de términos y conceptos • Deuda pública • Derecho de señoreaje • Emisión de deuda pública • Deuda pública a la par • Valor de paridad • Suscripción de deuda pública • Sistema de prorrateo • Sistema de subasta • Conversión de deuda pública • Amortización de deuda pública • Deuda pública amortizable • Caja de amortización • Deuda perpetua • Deuda denunciable • Deuda no denunciable • Deuda pública autoliquidable • Repudio de la deuda • Teorema de Barro • Deuda pública frente a Deuda privada • Traslación de la carga a las generaciones futuras • Deuda pública interior y exterior • Explosividad de la deuda • Sostenibilidad de la deuda • Precios públicos
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
• Monopolio natural • Regla igual a coste medio • Regla igual a coste marginal • Tarifa de dos partes • Tarifas multibloque • Bienes o servicios diferenciados • Demandas fluctuantes • Demanda alta («pico») • Demanda baja («valle») • Nivel óptimo de capacidad
CUESTIONES Y EJERCICIOS 428. ¿A qué operación se denomina conversión de la deuda pública? 429. ¿Qué diferencia existe entre conversión y repudio de la deuda pública? 430. ¿Qué se entiende por deuda pública perpetua denunciable y no denunciable? 431. La mayoría de los economistas —con la notable excepción de Keynes— creen que la deuda pública transfiere su carga hacia las generaciones futuras. ¿A través de qué mecanismo? 432. Según la teoría keynesiana de la deuda pública, la «carga» de todo gasto público se soporta por la generación presente sin que exista transferencia hacia las generaciones futuras. Explicar la argumentación utilizada por esta teoría. 433. A diferencia de las escuelas anteriores, el profesor J. Buchanan ha sostenido que la deuda pública interna y la deuda pública externa son sustancialmente iguales. Explique brevemente su argumentación. 434. Respecto a la deuda pública, la existencia de carga para las generaciones futuras dependerá del tipo de gasto realizado. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta.
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Otros ingresos públicos. Deuda pública y precios públicos
435. Un rasgo esencial de la deuda pública es que permite posponer el pago de impuestos. ¿Quiere esto decir que se traslada la carga de la deuda a las generaciones futuras? Razonar la respuesta. 436. Si el tipo de interés es superior a la tasa de crecimiento real de la economía, la deuda pública es siempre insostenible. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta. 437. La tasa de endeudamiento público sobre el PIB es en un año determinado del 0,5. El sector público, al año siguiente, no tiene déficit ni superávit primario. Si el tipo de interés del mercado es el 6 por ciento y el PIB crece al 3 por ciento, ¿cuánto aumentará o disminuirá la tasa de endeudamiento público? 438. La deuda pública acumulada por un Estado tiene un coste medio por intereses del 3 por ciento anual en términos reales. Se espera que en los próximos años el PIB crezca en un 2 por ciento anual. Si el Estado sigue la política de déficit primario nulo, la tasa de endeudamiento (cociente entre deuda y PIB) ¿aumentará o disminuirá a lo largo del tiempo? Explicar la respuesta. 439. En una economía en la que el tipo de interés es el 5 por ciento en términos reales, el sector público tiene un déficit primario nulo. ¿Cuál deber ser la tasa real de crecimiento del PIB para que no aumente la tasa de endeudamiento público respecto al PIB? 440. En 2012 el tipo de interés de mercado en emisiones de deuda en España rondaba el 14 por ciento, mientras que la tasa de crecimiento de la economía fue prácticamente nula. Si el Estado siguió la política de déficit primario nulo, ¿cuál pudo ser la tasa de endeudamiento de la economía en ese año si ésta era en 2011 del 48,5 por ciento? 441. Con los mismos datos del ejercicio anterior, estimar cuál tendría que haber sido el déficit primario en 2012 para que la tasa de endeudamiento no hubiese variado. 442. Explicar en qué consiste el ingreso por señoreaje del Estado. 443. El señoreaje se define como un impuesto sobre los saldos reales en dinero de tipo impositivo igual a la tasa de aumento de la cantidad de dinero en manos del público. ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta.
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
444. ¿En qué consiste el método de tarifa de dos partes para la fijación de precios públicos? 445. Al fijarse un precio público, ¿qué problemas plantea el hecho de que la demanda sea fluctuante?
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 428. La conversión de la Deuda Pública consiste, básicamente, en cambiar las condiciones iniciales de su emisión, sin menoscabar los derechos adquiridos por el tenedor en el momento de suscribirla. Ésta no es, sin embargo, una operación que el Estado practique con frecuencia. En realidad suele producirse sólo en casos de emisiones de títulos a la par, en respuesta a una posible reducción de los tipos de interés de mercado en algún momento de la vida de esos títulos. En tales circunstancias, es corriente que el Estado plantee a los tenedores de deuda la necesidad de que elijan entre dos posibles opciones: o aceptar el nuevo tipo de interés más reducido, o aceptar la devolución del principal de la deuda, su amortización. 429. La conversión de la Deuda Pública consiste, básicamente, en cambiar las condiciones iniciales de su emisión, sin menoscabar los derechos adquiridos por el tenedor en el momento de suscribirla. No obstante, el Estado, directamente y de forma autoritaria, puede también rebajar el tipo de interés, creando un impuesto especial sobre los intereses de la deuda, o incluso sobre el principal. Por efecto del gravamen, la cantidad a reembolsar a los suscriptores en concepto de principal experimentaría una rebaja equivalente. Esta operación general de rebaja autoritaria de la deuda, típica de los países latinoamericanos recibe el nombre de repudio de la Deuda Pública, al repudiar en parte el Estado la obligación adquirida en el momento de la emisión. 430. En la Deuda perpetua, cabe diferenciar entre Deuda denunciable, o deuda que el Estado no está obligado a amortizar, pero sí puede reservarse el derecho de hacerlo, y Deuda no denunciable, esto es, deuda respecto a la que el Estado no tiene ni el derecho ni la obligación de amortizar.
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Otros ingresos públicos. Deuda pública y precios públicos
431. A través del pago de los impuestos necesarios para satisfacer los intereses de la misma. A este respecto, puesto que quienes habrán de pagar los impuestos necesarios para satisfacer los intereses de la deuda serán las generaciones futuras, su carga se trasladará efectivamente hacia ellas. Esta carga equivaldrá a la pérdida de renta disponible que se producirá en el momento del pago de tales impuestos. 432. Cierto, la posición keynesiana suscribe la tesis de que la carga de la deuda no se transfiere a las generaciones futuras. A este respecto Keynes contempla dos situaciones distintas: una situación sin pleno empleo de los recursos y otra con pleno empleo de los mismos. En el primer caso, la carga de la deuda equivaldría no a una carga, sino a un pago interno de transferencias, pues lo único que implicaría sería la puesta en funcionamiento de unos recursos ociosos. En la situación de pleno empleo de los recursos, la carga que podría generar la financiación de un gasto público con Deuda Pública sería independiente de la forma de financiación. Si, en este contexto de pleno empleo, el Estado decidiese gastar más recurriendo a la Deuda Pública, los recursos del sector privado se reducirían, mientras que los del sector público aumentarían, resultando con ello, en todo caso, como única posible carga de la deuda la transferencia de recursos del primero al segundo sector. Posible carga que, en cualquier caso, se computaría como carga actual en vez de futura y como inherente al gasto, no a la forma de su financiación. 433. El argumento en que se sustenta esta proposición es el siguiente. La emisión de deuda interior permite al Estado financiar su gasto, pero implica una caída de la inversión privada que comporta la caída de la renta. En contraste, cuando el sector público acude a los mercados exteriores para obtener recursos con los que financiar sus actividades, ni la inversión interna ni la renta tienen por qué descender en origen; sin embargo, esta deuda exterior puede ocasionar, de forma indirecta, una caída de la renta al generar unos intereses que permitirá a los suscriptores extranjeros adquirir parte de los bienes y servicios interiores. 434. Verdadero. Si la deuda se emite para financiar gastos corrientes que benefician sólo a la generación actual, todo la carga se traslada a las
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
generaciones futuras. En cambio, si el gasto adicional se realiza en bienes de capital, existirá carga si los impuestos reducen la utilidad de las generaciones futuras por encima del aumento de bienestar generado por la inversión pública, cuyos beneficios se distribuyen a lo largo del tiempo. 435. No. La traslación o no de la carga dependería de múltiples factores. En el caso de una emisión ocasional de deuda, su carga se trasladaría (las generaciones futuras habrían de hacer frente a mayores impuestos) si la economía se encontrase inicialmente infracapitalizada y/o si la emisión se destinase a la financiación de gastos corrientes. En el supuesto de que la deuda se emitiese para financiar gastos de capital, su carga se trasladaría a las generaciones futuras si la pérdida de bienestar originada por los impuestos futuros superase a las ganancias de igual naturaleza que les reportaría la inversión pública. Finalmente, si la deuda afectase al ahorro o la política de emisión fuese insostenible a largo plazo, la carga también podría trasladarse a las generaciones f uturas, reduciendo su bienestar. 436. Falso. Que el tipo de interés al que se emite la deuda pública sea mayor que la tasa de crecimiento de la economía (esto es, que la deuda se encuentre en situación de explosividad), no significa necesariamente que esta sea insostenible. La deuda es insostenible cuando su volumen crece de forma ilimitada, lo que puede suceder si el déficit primario supera permanentemente su nivel crítico: aquel para el que la tasa de endeudamiento no varía en el transcurso del tiempo, esto es, para el que/-/=0. Et Et-1 – =0 PIBt PIBt–1 437. Es sabido que:
Et E 1+ i Dpt = t –1 × + PIBt PIBt–1 1+ ρ PIBt
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Otros ingresos públicos. Deuda pública y precios públicos
donde: Et PIBt
= Tasa de endeudamiento público en elt año
Et–1 = Tasa de endeudamiento público en el año t – 1 PIBt–1 i = Tipo de interés del mercado (en emisiones de deuda) ρ = Tasa de crecimiento del PIB
A su vez, en el ejercicio se facilitan los siguientes datos: Et – 1/PIBt –1 = 0,5; i = 0,06; ρ = 0,03 y Dpt PIB t
= 0
En consecuencia,
Et 1,06 = 0,5⋅ = 0,5104 PIBt 1,03 Es decir, la tasa de endeudamiento público aumentará un 51,45 por ciento. 438. Si el Estado siguiera una política de déficit primario nulo, la tasa de endeudamiento (cuya expresión analítica es, como se sabe:
Et E 1+ i = t –1 × , PIBt PIBt–1 1+ ρ tenderá a aumentar, toda vez que el coste por intereses de la deuda (i = 3 por ciento) excede a la tasa de crecimiento de la economía (ρ = 2 por ciento) y, en consecuencia,
Et E t–1 > PIBt PIBt –1
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
439. A la vista de la identidad
Et E 1+ i Dpt = t –1 × + PIBt PIBt–1 1+ ρ PIBt es claro que, para que Et/PIBt = Et – 1/PIBt – 1 (para que la tasa de endeudamiento público respecto al PIB no varíe) la tasa de crecimiento del PIB (ρ) ha de ascender también al 5 por ciento [valor del tipo de interés (i), en términos reales]. 440. Partiendo de la conocida expresión,
Et E t –1 1+ i Dpt = × + PIBt PIBt–1 1+ ρ PIBt y sabiendo que E11/PIB11 = 48,5 por ciento, i ≅ 14 por ciento, ρ = 0 y
Dpt PIBt
= 0,
si el Estado no hubiese adoptado ninguna medida correctora, la tasa de endeudamiento para el año 2012 habría ascendido a: E12/PIB12 = 0,485 × 1,14 = 0,5529 Es decir, si el Estado hubiese permanecido impasible, el endeudamiento público en dicho año habría supuesto un 55 por ciento del PIB, registrándose así una clara situación de explosividad, consecuencia obvia de la superioridad de los tipos de interés sobre la tasa de crecimiento de la economía. 441. Se sabe que para que la tasa de endeudamiento no varíe, es decir, para que:
Et E = t –1 PIBt PIBt–1
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Otros ingresos públicos. Deuda pública y precios públicos
ha de cumplirse la condición:
1+ i =1 o, también, i = ρ. Si es así, es obvio que: 1+ ρ Et E – t–1 = 0 PIBt PIBt –1 Si, a continuación, en tal expresión sustituimos Et/PIBt por su equivalente,
Dpt Et –1 (1+i) + PIBt–1(1+ ρ) PIBt la misma podrá reformularse en los términos:
Dpt Et –1 (1+i) E + – t –1 = 0 PIBt–1(1+ ρ) PIBt PIBt–1 Nueva expresión de la que, a su vez, despejando Dpt/PIBt, se obtiene:
Dpt
Et –1 E (1+ i) – t–1 PIBt PIBt–1 PIBt –1(1+ ρ) =
Et –1 1+i ⋅ 1– PIBt PIBt–1 1+ ρ Dpt
=
Et –1 ρ – i ⋅ PIBt PIBt–1 1+ρ Dpt
=
Identidad esta última que expresa que, si se pretendiese que la tasa de endeudamiento no variase en absoluto de un año a otro, el déficit primario como porcentaje del PIB (Dpt/PIB t) debería coincidir con el resultado de la operación:
ρ – i Et –1 × PIBt–1 1+ ρ
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Cuestiones
y ejercicios de
Hacienda Pública
Pues bien, puesto que, según el ejercicio, la tasa de crecimiento de la economía (ρ = 0) es inferior al tipo de interés del mercado (i = 14 por ciento), el término ρ–i 1+ ρ y, por ende, la expresión
E t –1 ρ –i × PIBt–1 1+ ρ devienen negativos, lo que significa que para que la tasa de endeudamiento no hubiese variado habría de haberse obtenido un superávit primario. En efecto, con los datos E11/PIB11 = 48,5 por ciento, i = 14 por ciento y ρ = 0, se obtiene un resultado tal que: Dp12/PIB12 = 0,485 × (–0,14) = –0,0679 Resultado que refleja que para que la tasa de endeudamiento no hubiese aumentado en el año 2012 respecto a 2011, las Administraciones Públicas tendrían que haber obtenido un superávit primario del 6,79, pero, al no ser así, la deuda pública española se mantuvo en una situación de explosividad. 442. Consiste en el recurso público al incremento discrecional de la cantidad de dinero como vía extraordinaria de financiación del gasto público, adicional a la Deuda Pública pero —a diferencia de ésta— sin coste alguno para el Estado. Este término hace referencia a una forma de actuación potestativa y, si se quiere, un tanto abusiva del Estado, de la que carece cualquier otro ente o agente económico, y que, con frecuencia, se ha catalogado de impuesto «disfrazado» que alguien ha de pagar, aunque quien haya de hacerlo no siempre lo sepa. 443. Verdadero. En términos de flujo de fondos, son diversos los expertos que sostienen que en un mundo con inflación el auténtico derecho de señoreaje respondería a una expresión tal que:
∆M
(1) ρ 264
Otros ingresos públicos. Deuda pública y precios públicos
es decir, equivaldría al crecimiento o incremento de la cantidad de dinero en términos reales. No obstante, si se supone que en un momento t la cantidad total de dinero en manos del público es Mt, ese crecimiento de la cantidad de dinero puede expresarse asimismo en los términos:
∆M = µMt(2)
donde µ es la tasa de crecimiento de la cantidad total de dinero en manos del público. Posteriormente, si en (1) se sustituye el valor de ∆M según (2), se obtiene: µM t ρ Nueva expresión que refleja la capacidad adquisitiva del derecho de señoreaje o, lo que es lo mismo, la cuantía del ingreso que afluye al Estado por tal concepto. El derecho de señoreaje es, pues, equivalente a un impuesto sobre las personas que mantienen saldos de dinero en efectivo, girado a un tipo impositivo µ. 444. Consiste en un método de fijación de precios públicos para bienes y servicios destinados a la venta que se articula en dos componentes: una cuota fija (o cuota de enganche de servicio), de cuantía independiente del consumo efectivo, y un precio por unidad de producto consumido igual al coste marginal de producción. 445. La existencia de servicios públicos (producidos o regulados por el sector público) con demandas fluctuantes (con demanda alta de día y demanda baja de noche, como ocurre, por ejemplo, con la demanda de electricidad) plantea dos problemas diferentes: uno, relativo a la fijación de precios para las demandas altas («picos») y baja («valle») en presencia de una capacidad total de producción limitada, y otro la determinación de la inversión óptima en la ampliación de esa capacidad, así como de los precios que deben fijarse en ambas fases o períodos tras la ampliación del servicio.
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Lección 19 EFECTOS ECONÓMICOS DE LA IMPOSICIÓN
Glosario de términos y conceptos • Efecto renta • Efecto sustitución • Impuesto lineal sobre la renta • Impuesto proporcional sobre la renta • Impuesto progresivo sobre la renta salarial • Impuesto de capitación • Impuesto sobre el consumo • Impuestos patrimoniales • Efecto despecho • Efecto compra • Curva de Laffer • Ahorro público • Ahorro familiar • Ahorro empresarial • Consumo presente • Consumo futuro (ahorro) • Ciclo vital • Restricciones intertemporales • Recta de balance • Pendiente o coeficiente angular • Impuesto proporcional sobre la renta con inclusión de los intereses del ahorro y con deducibilidad de los intereses del desahorro • Imposición exclusiva sobre el consumo presente • Imposición exclusiva sobre el consumo futuro • Cartera de valores
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• Riesgo y rendimiento neto • Curva o línea de activo óptimo • Impuesto proporcional sobre la renta de la inversión sin compensación de pérdidas • Impuesto proporcional sobre la renta de la inversión con compensación total de pérdidas • Impuesto proporcional sobre la renta de la inversión con compensación parcial de pérdidas • Inversión real • Modelo teórico del acelerador • Modelo neoclásico de la inversión • Depreciación y costes financieros • Costes de utilización del capital • Impuesto sobre la renta de la empresa con financiación empresarial del capital mediante fuentes internas y externas • I mpuesto sobre la renta de las empresas con amortización acelerada e instantánea del equipo capital • Impuesto sobre la renta de sociedades con deducción en la cuota de un porcentaje del capital invertido
CUESTIONES Y EJERCICIOS 446. En un país el salario por hora antes de impuesto que puede percibir un trabajador es de 40 u. m. Si en dicho país la renta salarial se grava al 20 por ciento y el trabajador puede elegir libremente el número de horas de trabajo, ¿a cuántas unidades de renta habrá de renunciar por cada hora de ocio de que disfrute? 447. Un impuesto sobre la renta genera efectos sobre la oferta de trabajo de los individuos. ¿En qué dos efectos se pueden descomponer? Explicar la respuesta. 448. Respecto a los efectos de un impuesto proporcional sobre la renta, explíquese, en términos analíticos, como se determina la situación de equilibrio después de impuesto.
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Efectos económicos de la imposición
449. Cuando se afirma que un impuesto progresivo sobre la renta tiene mayor efecto sustitución sobre la oferta de trabajo individual que otro proporcional de igual cuantía, ¿qué quiere decirse? 450. La afirmación anterior relativa al efecto sustitución de un impuesto progresivo sobre la renta, ¿por qué no puede generalizarse a la oferta conjunta de trabajo? 451. Un impuesto de suma fija no tiene efecto sustitución en la elección entre renta y ocio. ¿Quiere esto decir que el impuesto no altera la oferta de trabajo? Razonar la respuesta. 452. Un impuesto proporcional sobre la suma de la renta del trabajo y el valor del ocio ¿tiene efecto sustitución sobre la oferta de trabajo? 453. ¿Por qué un impuesto sobre el consumo puede alterar menos la oferta de trabajo que un impuesto sobre la renta de igual importancia recaudatoria? Citar al menos dos razones. 454. Aunque los impuestos sobre la propiedad y el patrimonio no están directamente relacionados con la oferta de trabajo, indirectamente pueden tener efecto sustitución entre renta y ocio. Dígase cuándo puede producirse este efecto. 455. Explicar los conceptos de efecto despecho y efecto compra que influyen en la reacción de los trabajadores ante el impuesto. 456. Respecto a una situación sin impuestos, la imposición sobre las rentas salariales puede inducir una reducción de las prestaciones laborales en el conjunto de la comunidad. ¿Qué consecuencias pueden derivarse de esta reducción inducida de la oferta global de trabajo que se opongan a posibles aumentos de la carga de este impuesto? 457. En el tramo «anormal» de la curva de oferta de trabajo, cuando se establece un impuesto que reduce el salario efectivo, se afirma que el efecto renta supera al efecto sustitución. ¿Qué quiere decir esta afirmación? 458. ¿Qué variables económicas son clave para analizar los efectos de la imposición sobre el ahorro familiar?
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Hacienda Pública
459. Explicar en qué consiste el efecto renta de un impuesto en la elección entre consumo presente y futuro. 460. Un impuesto consistente en la recaudación de una cantidad constante de cada sujeto (impuesto de suma fija) es neutral en la elección entre trabajo y ocio y también entre consumo presente y futuro. ¿Verdadero o Falso? Explicar la respuesta. 461. A partir de la expresión general antes de impuesto C1 = [Y0 (1 + i) + Y1] – C0 (1 + i), que relaciona el consumo presente C0, el consumo futuro C1 y el coeficiente angular o pendiente de la recta de balance (1 + i) para un valor dado del tipo de interés de mercado (i), demostrar que un impuesto de capitación (T = K) no incentivaría ni el consumo presente ni el consumo futuro (ahorro). 462. A partir de la restricción intertemporal Y C Y0 + 1 = C0 + 1 , 1+ i 1+ i demostrar que un impuesto proporcional sobre el consumo presente y futuro no tiene efecto sustitución. 463. Un impuesto proporcional sobre la renta que no incluya en su base el interés del ahorro (ni en sentido positivo ni en sentido negativo) favorece el ahorro frente al consumo. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 464. Un impuesto sobre la renta tiene un efecto renta y un efecto sustitución en la elección entre consumo presente y futuro de un sujeto. ¿Verdadero o falso? Si la respuesta es afirmativa, explique en qué consisten ambos efectos en este caso. 465. Un impuesto proporcional sobre la renta, que incluya el interés del ahorro en su base y que desgrave el interés del desahorro, es neutral respecto a la elección entre consumo presente y futuro. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta. 466. Un sujeto ha alcanzado una posición de equilibrio entre consumo presente y futuro, en un modelo biperiódico, en un punto en que el consumo del primer período es superior a su renta en ese mismo período. ¿Qué afectará más a su elección, un impuesto proporcional so-
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bre la renta u otro también proporcional sobre la renta que incluya el interés del ahorro pero no permita la deducción de los intereses originados por el desahorro, si ambos aportan la misma recaudación? 467. En muchos países, por ejemplo España, el aumento del ahorro público puede originar un descenso simultáneo del ahorro familiar. ¿A través de qué mecanismo? 468. Cuando en el impuesto sobre la renta no se permite la compensación de pérdidas, se estimula la inversión en activos con mayor nivel de riesgos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 469. Si el Estado no permite a un inversor financiero deducir las pérdidas y sólo grava los beneficios positivos, el inversor tenderá hacia inversiones más arriesgadas que cuando se permite la compensación de pérdidas ¿Verdadero o falso? Explicar la respuesta. 470. Si el Estado permite la compensación de pérdidas en el gravamen de los rendimientos de la inversión financiera, los inversores tienden hacia inversiones menos arriesgadas, aunque éstas sean menos rentables. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 471. Cuando se admite la compensación parcial de pérdidas, un impuesto proporcional sobre la renta fomenta la inversión financiera en activos con menor rentabilidad y menor riesgo. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 472. Bajo ciertas condiciones un impuesto sobre el beneficio derivado de una inversión es neutral respecto a las decisiones de invertir de una empresa ¿Cuáles son esas condiciones? 473. ¿Qué fundamento tiene la afirmación de que un impuesto sobre el beneficio económico de la empresa es neutral respecto a la inversión? 474. Las amortizaciones aceleradas favorecen más a los activos con vida física más breve. ¿Verdadero o falso? Razonar la respuesta. 475. Los sistemas de amortización acelerada no alteran las decisiones de invertir de los empresarios. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta en términos analíticos.
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y ejercicios de
Hacienda Pública
476. Para que la deducción inmediata o instantánea de la inversión sea neutral respecto a las decisiones de inversión real, ¿cuál debería ser la base del impuesto de sociedades? Justificar la respuesta en términos analíticos. 477. ¿Qué condiciones tiene que cumplir un impuesto sobre el rendimiento de la inversión para ser neutral, si se admite la amortización instantánea del equipo capital? 478. Explicar las condiciones que deben darse en los impuestos que gravan la rentabilidad de la inversión real para que éstos sean neutrales respecto al comportamiento de las empresas que invierten.
RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 446. Habrá de renunciar al salario unitario (por hora) después de impuesto, coste de oportunidad del ocio; a saber: w(1-t) = 40 · (1 – 0,20) = 32 u.m 447. En dos efectos: un efecto renta y un efecto sustitución. En virtud del primero, el trabajador tenderá a disminuir su ocio para dedicar más horas al trabajo y reponer su renta erosionada por el impuesto; de acuerdo con el segundo, el trabajador tenderá a sustituir trabajo por ocio, ya que, tras el impuesto, este último bien deviene relativamente más barato, al ser menor la renuncia que el sujeto ha de realizar en término de renta por cada unidad de ocio de que disfrute. En general, el efecto final del impuesto dependerá de cuál de los dos efectos sea el dominante, sí el efecto renta o el efecto sustitución. 448. La situación de equilibrio después del impuesto, que geométricamente se representa por el punto de tangencia entre una curva de indiferencia y la recta de balance que relaciona la renta neta con las horas de ocio, puede determinarse analíticamente a partir de la función índice de utilidad: u = F(H, y). La renta neta de impuesto vendrá dada por la expresión: y = w(1 – t) (D – H). Ecuación de la que a su vez se infiere: u = F[H, w(1 – t) (D – H)]
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Efectos económicos de la imposición
donde u es la función índice de utilidad, y la renta del sujeto, H el número de horas destinadas al ocio, L las horas dedicadas al trabajo, D el número de horas totales de que el sujeto puede disponer (de modo que D = L + H), que vendrá limitado, en cada caso, por circunstancias físicas, y w la tasa de salario por hora de trabajo, que, para un tipo de imposición fijo, es una función de H exclusivamente. El comportamiento racional del trabajador requerirá que la situación de equilibrio sea tal que haga máxima la expresión anterior, por lo que debe verificarse:
du
= FH′ + Fy′ ⋅
dy
= FH′ + Fy′⋅ w(–1)(1– t) = 0 dH dH FH′ = w(1– t); RHy = w(1– t) Fy′ donde F′H y F′y expresan las derivadas parciales de la función índice de utilidad respecto a las variables expresadas en el subíndice y R yH es la relación marginal de sustitución de renta por ocio. La conclusión, previsible, es que el sujeto se ajustará a un nuevo equilibrio en el que el salario neto (deducido el impuesto) sea igual a la relación marginal de sustitución de renta por ocio. 449. Quiere decirse que mientras en los gravámenes proporcionales el tipo marginal y el tipo medio son iguales entre sí y constantes, en los progresivos con igual capacidad recaudatoria el tipo marginal de gravamen es superior al tipo medio, lo que significa que en ellos el incremento en la recaudación que se deriva de una unidad adicional de renta es mayor que la recaudación que corresponde, por término medio, a cada unidad de renta. En otros términos, los impuestos progresivos gravan cada unidad adicional de renta en una forma cada vez más intensa, lo que lleva consigo un mayor abaratamiento relativo del ocio en términos de renta a que se renuncia y, por tanto, previsiblemente un mayor efecto sustitución que los impuestos proporcionales. 450. El efecto anterior de la progresividad, que es válido a nivel individual, no puede generalizarse al grupo de trabajadores, porque un impuesto
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Cuestiones
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Hacienda Pública
progresivo, aunque evidentemente implicará una elevación de los tipos marginales respecto al impuesto proporcional, afectará de distinta manera a los sujetos, según los niveles de renta en que se encuentren. Para los perceptores de rentas bajas, los tipos marginales estarán por debajo de los tipos medios correspondientes al impuesto progresivo en su conjunto. Sin embargo, para los perceptores de rentas altas como grupo, sus tipos medio y marginal estarán por encima del tipo medio del impuesto considerado en su conjunto. 451. Sí puede alterar la oferta de trabajo, porque, si bien no genera efecto sustitución entre renta y ocio y, por lo mismo, es en gran medida, un impuesto neutral, induce, a un mismo tiempo, un efecto renta que se traduce en una reducción de las disponibilidades del sujeto y que puede llevarle a incrementar su esfuerzo y su oferta laborales. 452. No, porque la base del impuesto estaría integrada tanto por la renta como por las horas que el sujeto dedicase al ocio (de forma que T = ty + twH, donde T es la cuota del impuesto, t su tipo de gravamen, w el salario unitario, y la renta laboral y H las horas dedicadas al ocio), y si a una persona le gravan con el mismo tipo las horas dedicadas al trabajo y las dedicadas al ocio, no se verá incentivada para cambiar la distribución de sus horas disponibles. 453. En primer lugar, porque estos gravámenes generan una ilusión monetaria tal que la disminución de renta real que su pago (incorporado al precio de los artículos que se compran) supone se siente con menor intensidad por el contribuyente que una misma cantidad impositiva satisfecha en una forma más directa, por ejemplo por la vía de la reducción de su renta originada por la imposición sobre la renta personal; en segundo lugar, porque en la práctica los impuestos sobre el consumo se presentan como menos progresivos (en realidad suelen ser proporcionales) que los impuestos sobre la renta, por lo que su efecto sustitución entre renta y ocio será, en principio, menor. 454. Ciertamente, los efectos de los impuestos sobre la propiedad y el patrimonio no están directamente relacionados con la oferta de trabajo, pero puede atribuírseles alguna influencia indirecta sobre ella, si el destino dado por el sujeto a su renta es, en una proporción relati-
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vamente elevada, la adquisición de bienes gravados por tales impuestos (casas, valores, etc.). Cuando esto ocurre, tales impuestos, al encarecer la adquisición de los bienes deseados por el contribuyente como aplicación de la renta obtenida por su trabajo personal, pueden inducirle a incrementar su ocio en detrimento de la renta por él obtenida. Este efecto no suele ser común, no obstante, cuando tales bienes son complementarios del ocio (artículos de deporte, musicales, etc.). 455. Asimilar los efectos de los impuestos a los cambios en las retribuciones originados por el mercado no es siempre correcto, porque el contribuyente puede reaccionar de forma distinta cuando la reducción de su renta procede del mercado que cuando se debe a la imposición. Su actitud de solidaridad o insolidaridad con la política del Gobierno puede determinar, en efecto, que iguales reducciones originen en él, por «despecho», un efecto sustitución más acusado en los impuestos, con el objeto de prestar una menor colaboración con las realizaciones del sector público. Análogamente al anterior, el «efecto compra» de la imposición hace referencia a la actitud de los contribuyentes que consideran el impuesto como equivalente al precio que pagan por los servicios públicos prestados por el Estado. Desde esta perspectiva, los efectos del impuesto estarán en función de la actitud del contribuyente respecto a esos servicios. 456. La consiguiente erosión de la base del impuesto (las rentas del trabajo) y, como consecuencia, la merma de la recaudación potencial, efectos de la imposición que han quedado reflejados gráficamente en lo que la literatura hacendística se conoce como curva de Laffer. 457. En ausencia de impuesto, en el tramo anormal de la curva de oferta de trabajo, a medida que aumenta el salario, el sujeto estará dispuesto a prestar cada vez menor número de horas de trabajo, ya que el mayor salario unitario le permite obtener la renta por él deseada (renta de subsistencia o no) con menor trabajo. La afirmación anterior quiere decir, pues, que, cuando se establece un impuesto que reduce el salario efectivo, el trabajador situado en este tramo se verá inducido a aumentar su oferta de trabajo, en detrimento de las horas dedicadas al ocio, para reponer la pérdida de renta originada por el gravamen, en tanto en cuanto el ocio se habrá encarecido en
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términos de la renta a la que habrá de renunciarse por cada unidad de ocio. 458. La renta y el tipo de interés de mercado. 459. Este efecto renta, inducido por el descenso provocado por el impuesto en la rentabilidad del ahorro, puede manifestarse en uno de los dos sentidos contrapuestos siguientes: una tendencia a un menor consumo presente (o un mayor ahorro presente) para mantener unas determinadas metas de consumo futuro (v.g., la compra de una vivienda), o una tendencia a un mayor consumo presente para evitar la imposición sobre el ahorro. Desde la perspectiva del efecto renta, el efecto definitivo de la imposición sobre el ahorro dependerá, pues, de cuál de esos efectos parciales sea el dominante o más intenso. 460. Verdadero. Porque semejante gravamen surte un efecto renta, pero carece de efecto sustitución, de tal manera que no incentiva ni el ocio ni el trabajo, ni el consumo ni el ahorro, dejando así las elecciones de los sujetos al albedrío de sus preferencias. 461. Si el Estado decidiese gravar el ahorro con un impuesto de capitación, de forma que a todos los contribuyentes se les sustrajese una misma suma o tanto alzado, tras la exacción impositiva (T = k), la renta que el sujeto podría distribuir entre consumo presente y futuro tendría un valor actual tal que: C1 = [(y0 – k) (1 + i) + (y1 – k)] – C0(1 + i) donde C1 expresa el consumo futuro, C0 el consumo presente, y0 la renta presente y por último y1 la renta futura. Esta identidad expresa que el impuesto de capitación habría inducido un desplazamiento en paralelo hacia abajo de la recta balance, a consecuencia de la reducción de la ordenada y la abscisa en origen, sin que ello hubiese supuesto una variación de la pendiente de dicha recta. En consecuencia, el gravamen tendría efecto renta, pero no efecto sustitución, de forma que no estimularía el consumo ni el ahorro, dejando así las elecciones de los sujetos al albedrío de sus preferencias.
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C1
A E2 E E0
C1 = Y1
tg α = (1 + i) E1 α 0
C0 = Y0
F
B
C0
462. En presencia del impuesto proporcional, la restricción intertemporal se convertiría en:
y0 +
y1 C C = C0 +t *C0 + 1 + t * 1 1+ i 1+ i 1+ i
nueva identidad que indica que el valor actual de la renta del sujeto debe cubrir la suma de su consumo en los dos ejercicios y los impuestos que los gravan. Dicha ecuación puede expresarse asimismo, sucesivamente, como: y0 (1+i)+ y1 = C0 [(1+t*)(1+i)]+C1(1+ t*) y0 (1+i)+
y1 1+ t *
= C0 (1+ i)+ C1
Expresión ésta última que denota que el impuesto no generaría efecto sustitución, sería, en principio, neutral y que, por ende, no alteraría la relación entre consumo presente y futuro, pues el coeficiente angular (1 + i) o pendiente de la recta de balance, seguiría siendo el mismo. Se produciría un desplazamiento en paralelo de la recta de balance, al variar la ordenada en origen, pero no la pendiente.
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Cuestiones
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463. Falso. Si consideramos un impuesto proporcional sobre la renta, tal que T = ty, después de impuesto la renta disponible del sujeto para su distribución entre consumo presente y futuro, sería:
1– t C y0 (1−t) + y1 = C0 + 1 1+ i 1+ i de donde, a su vez, reducción mediando, se obtiene sucesivamente: y0(1 – t) (1 + i) + y1(1 – t) = C0(1+ i) + C1 ∴ C1 = [y0(1 – t) (1 + i) + y1(1 – t)] – – C0(1 + i) A la vista de esta última expresión, se confirma que el impuesto proporcional sobre la renta no tendría efecto sustitución, ya que el coeficiente angular o pendiente de la recta de balance continuaría siendo la misma (1 + i), y, consiguientemente, no alteraría el equilibrio entre consumo actual y consumo futuro. 464. Verdadero. El gravamen surtirá dos efectos distintos: un efecto sustitución, que, en general, implicará una tendencia en el sujeto a evitar la opción de consumo más gravada, sustituyéndola por la menos gravada, y un efecto renta, consecuente con el descenso inducido de la rentabilidad del ahorro, que podrá manifestarse en uno de estos dos sentidos opuestos: una tendencia a un menor consumo presente (o un mayor ahorro presente) para mantener unas determinadas metas de consumo futuro, o una tendencia a un mayor consumo presente para evitar la imposición sobre el ahorro. En consecuencia, el efecto definitivo de la imposición sobre el ahorro dependerá, en última instancia, de cuál de esos efectos parciales sea el dominante o más intenso. 465. Falso. Como se ha visto en la pregunta 374, en presencia de un impuesto proporcional sobre la renta normal ha de cumplirse la condición:
1– t C y0 (1– t) + y1 = C0 + 1 1+i 1+ i
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No obstante, si se introducen en el análisis los intereses en sentido positivo o negativo y además se considera que en el año 1 no se han devengado intereses, la anterior relación se transformaría, sucesivamente, en: 1– t t i(y0 – C0 ) C y0 (1– t) + y1 ± = C0 + 1 1+ i 1+i 1– i y0 (1– t)(1+i) + y1(1– t) ± ti (y0 – C0 ) = C0 (1+ i) + C1 donde el término [± ti(y0 – C0)] expresa el impuesto adicional que grava el interés generado por el ahorro, en sentido positivo o negativo. Ítem más, si se supone que el sujeto ahorra en el período 0 y que el rendimiento del ahorro se halla sometido a imposición, se tendría, sucesivamente: y0(1 – t) (1 + i) + y1(1 – t) – ti(y0 – C0) = C0(1 + i) + C1 y0(1 – t) (1 + i) + y1(1 – t) – tiy0 + tiC0 = C0(1 + i) + C1 y0(1 – t) (1 + i) + y1(1 – t) – tiy0 = C0(1 + i) – tiC0 + C1 y0(1 – t) (1 + i) + y1(1 – t) – tiy0 = C0[1 + i(1 – t)] + C1 Expresión esta última de la que se desprende que, a consecuencia de la inclusión de los intereses del ahorro en la base del impuesto sobre la renta, la recta de balance se desplazaría desde su posición inicial (antes de impuesto) de forma no paralela, cambiándose con ello la pendiente de dicha recta. C1 A
Y1 A' Y1 (1-t)
α 0
C0
Y0 (1-t)
Y0
B'
B
C0
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466. Le afectarían los dos impuestos en la misma medida por tratarse de un sujeto desahorrador. 467. A través del crecimiento de la presión fiscal directa y personal, necesario para que se produzca ese aumento del ahorro público, que tiene un elevado efecto sustitución sobre el ahorro de las familias, de forma tal que su efecto neto sobre el ahorro nacional es nulo o muy reducido; es decir, genera una suerte de autofagia que implica la reduciendo del ahorro familiar sin producción de adición neta significativa al ahorro nacional global. 468. Falso. Cuando no se permite la compensación de pérdidas, el efecto final del impuesto dependerá de cuál de los dos siguientes efectos sobre el inversionista tenga mayor intensidad relativa: su tendencia a reducir el riesgo de las inversiones planeadas, pues la compensación obtenida a cambio —el rendimiento— se reduciría a causa del impuesto, y, en sentido contrario, su impulso hacia inversiones más arriesgadas y, por tanto, más rentables, para así compensar la merma causada por el impuesto en el rendimiento. 469. Falso. Mientras que, en ausencia de compensación de pérdidas, el efecto final del impuesto es incierto, al depender de cuál de los dos efectos parciales del gravamen sea el predominante, con compensación de pérdidas sólo genera el segundo efecto: el impulso hacia inversiones más arriesgadas, para así poder obtener un mayor rendimiento. 470. Falso. Tienden hacia inversiones más arriesgadas y, por tanto, más rentables, ya que, al reducirse la rentabilidad y el riesgo de las inversiones en una cuantía igual al valor del tipo impositivo, éstos tratarán de obtener un mayor rendimiento, para así compensar la disminución del rendimiento de las inversiones originadas por el gravamen. 471. Falso. En condiciones de deducción parcial de pérdidas, el rendimiento se reduce en una proporción mayor que el riesgo, por cuanto las ganancias se gravan íntegramente pero las pérdidas sólo se deducen en parte. Ambas fuerzas operarán como en el caso de ausencia de compensación de pérdidas y, como allí, el resultado es incierto. Sin embargo, cuanto más alta sea la tasa de pérdida compensada, mayor será el grado de riesgo aceptado después del impuesto.
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472. Que el impuesto se aplicase sobre el beneficio puro o beneficio económico de la empresa en sentido estricto. El impuesto sería neutral respecto al proceso de inversión o decisiones de invertir de las empresas, por cuanto, si se permitiese la deducción de la base imponible tanto del interés asignable al capital adicional como de la depreciación, en equilibrio dicha base —el beneficio neto— continuaría siendo nula, del mismo modo que en la situación antes de impuesto. El gravamen, en tal caso, se expresaría como: T = tBo = t[X′Px – K(i + d)] = 0 donde: t = tipo de gravamen Bo = beneficio económico o puro de la empresa X′Px = valor del incremento de producción obtenido mediante la inversión adicional de una unidad K = inversión real que puede realizarse i = interés de mercado d = tasa de depreciación efectiva de los bienes de equipo K(1 + i) = costes iniciales de utilización del capital Es decir, en presencia del impuesto, al igual que en su ausencia, en equilibrio la última unidad de capital invertida no obtendría ni beneficio ni pérdidas, por lo que tampoco se generaría carga tributaria alguna y, en consecuencia, el impuesto ni incentivaría ni desincentivaría la inversión. Se trataría de un impuesto neutral. 473. El fundamento de esta afirmación es que, si las empresas maximizan beneficios, el impuesto no se trasladaría en absoluto (sería soportado por los propietarios de las empresas), ni alteraría las decisiones o pautas de comportamiento de los empresarios respecto a los precios y la producción, ni generaría por tanto exceso de gravamen. Al recaer sobre el beneficio económico, el impuesto no alteraría el coste del capital y, por lo mismo, el empresario continuaría maximizando sus beneficios a los precios existentes antes de impuesto.
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474. Falso. Cuanto mayor sea la vida física del activo, mayor beneficio obtendrá el empresario al permitírsele fiscalmente amortizarlo antes de que la misma finalice. 475. Falso. Si supone que la tasa de amortización que se va a tolerar a la empresa es (d + h) > d, donde h es la tasa adicional de depreciación, la amortización y la base del impuesto pasarán a ser: T = t[X′P – K(i – Kd – Kh)] Paralelamente, la condición de equilibrio vendrá representada por: X′P = K(i + d) + t[X′Px – K(i – Kd – Kh)] Expresión que, puede desarrollarse, por turno, en los términos: X ′P = Ki+ Kd+ t X ′Px – tKi– tKd– tKh X ′P(1– t)=Ki(1– t)+Kd(1– t)– tKh X ′P = X ′P =
Ki+ Kd– tKh (1– t) K(i + d)– Kh⋅ t (1– t)
Se obtiene así una nueva expresión que confirma que la amortización acelerada proporciona a la empresa una reducción del coste inicial de utilización del
Kh⋅ t , (1– t) capital, k(i + d), en una cuantía equivalente a y que, en consecuencia, surte un efecto incentivador de la inversión real. 476. El valor de la productividad marginal del capital como caso particular y extremo de la amortización acelerada, la Hacienda Pública puede autorizar la deducción en la base del impuesto del coste íntegro del capital (ajeno) invertido en la adquisición del activo por parte de la empresa, en el momento de su compra. Dado el caso, el desembolso neto realizado por la empresa por una unidad adicional de capital no
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sería de K unidades, sino de K – Kt = K(1 – t), lo que implicaría una sustancial modificación de la condición de equilibrio. Si a las empresas se les permitiera realizar la depreciación instantánea, pero no deducir intereses ni amortizaciones adicionales, la condición de equilibrio pasaría a ser: X′P = K(1 – t) (i + d) + t(X′P – 0) = K(1 – t) (i + d) + tX′P ya que el término k(i + d) —el coste de utilización del capital— en la expresión t[X′P – K(i + d)] ya ha sido deducido intentáneamente en el momento de la compra del activo. Reduciendo la anterior expresión, se obtiene, en fin, sucesivamente: X′P (1 – t) = K(1 – t) (i + d) X′P = K(i + d) Identidad que expresa que un tratamiento fiscal basado en la depreciación instantánea resultaría neutral respecto a la inversión: ni la incentivaría, ni la desincentivaría, al igual que el impuesto sobre el beneficio económico de la empresa. 477. Que su base equivalga al valor de la productividad marginal del capital, lo que implica que a la empresa no se le permitiría deducir ni los intereses ni cuotas de amortización por depreciación adicionales. 478. Deben o bien recaer sobre el beneficio económico de las empresas o bien permitírsele la deducción instantánea de la depreciación por amortización, si bien negándosele cualquier otra deducción adicional por intereses de capitales ajenos o por amortizaciones.
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Lección 20 HACIENDA PÚBLICA MULTIJURISDICCIONAL
Glosario de términos y conceptos
• Federalismo fiscal • Descentralización fiscal • Bienes públicos locales • Modelos de Tiebout • Teoría de los clubes • Rendimientos a escala en la provisión de los bienes públicos • Efectos externos interjurisdiccionales • Corresponsabilidad fiscal • Competencia fiscal • Principio de suficiencia • Principio de no rivalidad • Impuestos compartidos • Impuestos cedidos • Impuestos propios: Impuesto sobre Bienes Inmuebles • Transferencias o subvenciones condicionales (o condicionadas) • Transferencias condicionales compesatorias • Transferencias condicionales no compensatorias • Transferencias o subvenciones incondicionales (o no condicionadas) • Efecto papel matamoscas • Fondo de Compesación Inter-territorial
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CUESTIONES Y EJERCICIOS 479. ¿Qué razones se oponen a que la función de redistribución sea desempeñada por las Haciendas subcentrales? 480. ¿Sobre qué nivel de gobierno debe recaer la responsabilidad del ejercicio de la función de estabilización y por qué? 481. En la prestación de bienes públicos locales (con efectos espaciales limitados) se gana en eficiencia cuando su provisión es descentralizada. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 482. La existencia de un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria a nivel local de gobierno se justifica con frecuencia en términos del principio de corresponsabilidad fiscal. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 483. Exponer al menos dos razones que aboguen por la utilización de los precios públicos, las tasas y las contribuciones especiales como fuentes de financiación de los bienes y servicios locales individualizables. 484. Explicar el argumento a favor de una estructura fiscal multijurisdiccional basado en las características espaciales de los bienes sociales. 485. ¿En qué consiste el mecanismo del «voto con los pies» para la revelación de preferencias por los bienes públicos locales? 486. Los beneficios de los servicios provistos por una jurisdicción pueden propagarse a otra u otras, dando lugar a una provisión ineficiente en dicha jurisdicción. ¿Qué medidas pueden adoptarse para internalizar esas externalidades? 487. ¿De qué forma influyen las economías técnicas de escala en la determinación del tamaño óptimo de la comunidad fiscal, de acuerdo con la teoría de la hacienda multijurisdiccional? Razonar la respuesta. 488. Respecto a las fuentes de ingresos de las haciendas subcentrales, distíngase conceptualmente entre las siguientes modalidades: a) Impuestos propios. b) Impuestos compartidos. c) Participaciones impositivas.
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489. En el marco de lo que se conoce como autonomía financiera local, ¿qué establece el principio de corresponsabilidad fiscal? ¿Qué doble criterio debe presidir la selección de las figuras impositivas integrantes de un sistema fiscal subcentral para que este obedezca al principio de corresponsabilidad fiscal? 490. De entre los impuestos propios, impuestos compartidos, participaciones impositivas y transferencias intergubernamentales, ¿cuáles de estas fuentes de financiación de las haciendas subcentrales promueven en mayor medida la autonomía y la corresponsabilidad fiscales? Razonar la respuesta. 491. Respecto al impuesto sobre la propiedad inmobiliaria, su sujeción al principio del beneficio y su relativa simplicidad administrativa se atribuyen a menudo a la inmovilidad y fácil identificación de su base. ¿Verdadero o falso? ¿Por qué? 492. ¿En qué se diferencian los tipos nominales de los tipos efectivos en el impuesto sobre la propiedad? 493. Respecto al impuesto sobre la propiedad inmobiliaria, su sujeción al principio del beneficio y su relativa simplicidad administrativa se atribuyen a menudo a la inmovilidad y fácil identificación de su base ¿Verdadero o falso? ¿Por qué? 494. Estimar el tipo de gravamen efectivo (te) de un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria con un tipo impositivo nominal (tn) del 2 por ciento aplicado a un bien inmueble con un valor catastral (VC) de 150.000 euros y un valor de mercado (VM) de 300.000. 495. Las transferencias incondicionales o no condicionadas pueden considerarse equivalentes a subsidios generales de renta. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 496. ¿Qué es una transferencia condicionada compensatoria de una hacienda central a una hacienda territorial? 497. ¿Qué diferencia existe entre una transferencia no condicionada y otra condicionada pero no compensatoria desde la hacienda central a una hacienda subcentral?
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498. Una transferencia no condicionada de la hacienda central a una hacienda territorial eleva siempre el nivel de bienestar de la comunidad receptora pero no asegura que aumente el nivel de prestación de bienes públicos. ¿Verdadero o falso? Justificar la respuesta. 499. ¿En qué sentido una transferencia intergubernamental condicionada puede ser más eficiente para aumentar el nivel de provisión de un bien o servicio concreto que una transferencia general o no condicionada de igual cuantía? 500. De acuerdo con la teoría de la hacienda Pública multijurisdiccional, desde el punto de vista de la eficiencia, ¿a qué niveles de gobierno habrían de asignarse las siguientes figuras impositivas y por qué? —— Impuesto sobre sucesiones y donaciones. —— Impuesto sobre la renta de las sociedades. —— Impuesto sobre la propiedad inmobiliaria. —— Impuesto sobre la renta personal. —— Impuesto sobre las ventas en fase minorista. RESPUESTAS A LAS CUESTIONES Y EJERCICIOS 479. Tres son las principales razones que pueden oponérsele: a) Las medidas redistributivas a cargo de las Haciendas subcentrales pueden tener efectos asignativos perversos, por las posibles ineficiencias inducidas en la localización de los individuos y empresas. b) Pueden resultar también poco efectivas a consecuencia de la movilidad de los factores gravados, especialmente del capital. c) F inalmente pueden provocar movimientos de salida de los ricos de la jurisdicción fiscal y de entrada en la misma de los pobres, que pueden anular, cuando no invertir, los efectos pretendidos con ellas. 480. Sobre el nivel central de gobierno. Entre otras, por cuatro razones: a) La imposibilidad de que las autoridades de los niveles subcentrales de gobierno puedan disponer de un instrumento clave al servicio de la función de estabilización: la política monetaria.
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b) La total apertura que caracteriza a las economías subcentrales y su particular posición en los mercados de capitales dificultarían la utilización de la política fiscal por los niveles descentralizados. Las «fugas» comerciales que induciría cualquier medida estabilizadora adoptada unilateralmente a nivel subcentral de gobierno la privarían de toda efectividad. c) Una política fiscal descentralizada implicaría déficit o superávit presupuestarios periódicos y, por consiguiente, endeudamientos y reintegros de deudas, pero las Administraciones locales no tienen fácil acceso a los mercados de capitales nacionales y carecen de control sobre la política monetaria. d) Salvo en una pequeña proporción, el grueso de la deuda local está en manos de residentes de otras jurisdicciones, así que, si se desea salvaguardar la equidad en la distribución intergeneracional de las cargas, la utilización de este medio de financiación a nivel local de gobierno debe ser bastante limitada. 481. Verdadero. Es así porque al estar los gobiernos territoriales más próximos que el central a los ciudadanos de sus respectivas jurisdicciones, conocen mejor sus necesidades y sus preferencias. 482. Verdadero. Promueve la corresponsabilidad fiscal, tanto por su sujeción al principio del beneficio como porque es un gravamen perceptible, su rendimiento es fácilmente predecible y estable (su base imponible es normalmente un valor de registro o catastral al que se aplica un tipo de gravamen formal determinado de forma residual), su evasión resulta difícil y su falta de flexibilidad automática reclama decisiones discrecionales de las autoridades locales para acometer subidas impositivas acordes con los aumentos de los costes de los bienes y servicios locales. 483. Porque promueven la corresponsabilidad fiscal, tanto por su sujeción al principio del beneficio como porque son relativamente visibles o perceptibles, y porque, de estar adecuadamente diseñados, contribuyen al aumento de la eficiencia del sistema, al facilitar a las autoridades públicas la determinación del nivel óptimo de output, evitándose de esta forma la sobreoferta y el consumo excesivo de bienes y servicios locales individualizables.
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484. Atendiendo a la característica espacial de los bienes públicos, existe una patente y razonable presunción en favor de la descentralización del proceso de toma de decisiones referentes tanto al nivel de provisión de los bienes públicos como a la forma de financiarlos. Esto es, cada jurisdicción debería de proveer los bienes y servicios cuyos beneficios se circunscribieran a sus límites geográficos, y para ello, naturalmente, sólo debería de emplear fuentes de financiación que interiorizasen los costes. Es así como la estructura fiscal quedaría formada por múltiples unidades proveedoras de servicios, unidades todas ellas diferenciadas entre sí por su tamaño y en cada una de las cuales se determinaría y financiaría la provisión de determinados bienes o servicios públicos. 485. En el desarrollo de su teoría pura del gasto público, Ch. M. Tiebout (1956) resuelve el problema de la revelación de preferencias, llevando el argumento de la eficiencia a un extremo en el que los individuos, análogamente a como operan en el sector privado sobre la base del cambio voluntario, revelarían sus preferencias por los bienes y servicios públicos locales mediante la denominada por él «votación con los pies», esto es, fijando su residencia en una determinada comunidad o municipio en vez de en cualquier otro. Además, dado que, de entre todas las comunidades locales urbanas, los consumidores-votantes eligirían como lugar de residencia aquella cuya oferta combinada de servicios públicos y presión fiscal satisfaciera mejor sus preferencias, las primeras interesadas en gastar sus recursos eficientemente, con el fin de atraerse nuevos residentes, serían las propias comunidades. 486. La problemática de las externalidades interjurisdiccionales y de su internalización ha dado origen a diversas propuestas teóricas de solución, más o menos afortunadas, entre las que deben destacarse las siguientes: a) T eorema de Coase. De acuerdo con R. Coase (1960), la internalización de los efectos de las externalidades espaciales podría lograrse a través de la negociación directa y voluntaria entre las partes afectadas de igual nivel de gobierno, siempre que con anterioridad a la negociación se delimitasen los derechos de propiedad sobre los bienes públicos. De este modo podría alcanzarse un nivel de externalidad de costes y beneficios públicos aceptable para todas las unidades de gobierno involucradas en la negociación.
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b) Reestructuración del tamaño de las jurisdicciones de acuerdo con el llamado «principio de equivalencia fiscal». Solución propuesta por Mancur Olson (1969), con arreglo a ella cada jurisdicción debería percibir los beneficios íntegros de un servicio público y, consiguientemente, sufragar el total de sus costes, y para ello el tamaño de cada una de ellas debería ajustarse a la dimensión necesaria para internalizar la externalidad. c) A causa de las dificultades asociadas a esas posibles correcciones teóricas, en la práctica la solución generalmente aplicada para resolver este problema ha consistido en las subvenciones intergubernamentales: Transferencias intergubernamentales destinadas a compensar (gravar) a las comunidades generadoras del beneficio (coste) externo o a gravar (compensar) a las comunidades beneficiadas (perjudicadas). 487. En términos de economías y deseconomías de escala, la variación del coste unitario de provisión de un bien será tal que comenzará descendiendo a medida que aumente la población y/o el área cubiertas por el bien o servicio; seguirá decreciendo hasta llegar a un coste mínimo que se corresponderá con un número de consumidores y/o un área servida específicos, para finalmente, a partir de dicho mínimo, pasar a crecer como consecuencia de las deseconomías de escala. Por tanto, para cada nivel de provisión de cada bien o servicio existirá, pues, un coste unitario mínimo por residente que se logrará cuando el número de consumidores o usuarios y/o el área geográfica servida alcancen unas dimensiones concretas. 488. a) En los impuestos propios, las bases y tipos impositivos los establecen los gobiernos subcentrales, y son éstos también los que los recaudan. En la experiencia comparada es corriente, no obstante, que los niveles subcentrales de gobierno sólo tengan potestad para fijar las alícuotas, al venir las bases imponibles reguladas por el gobierno central. b) En los impuestos compartidos, las bases imponibles las establece el gobierno central, pero las comparte con los gobiernos subcen-
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trales, que se reservan la facultad —plena o limitada—para fijar, y aplicar a esas bases, tipos de gravamen adicionales. c) En las participaciones impositivas, las bases y los tipos son definidos y regulados por el gobierno central, y éste cede a los gobiernos subcentrales un porcentaje mayor o menor (establecido por ley) de los ingresos recaudados por él en sus correspondientes jurisdicciones. 489. En términos generales, el principio de corresponsabilidad fiscal proclama que las autoridades locales deben responder ante sus electores tanto de sus gastos como de sus ingresos, aunque especialmente de los incrementos de los unos y los otros, lo que significa que los incrementos de gastos locales han de ser financiados en gran medida por los electores de estos niveles de gobierno mediante tributos. Para que un sistema de imposición subcentral obedezca a este principio, sus principales figuras tributarias habrían de ser visibles o perceptibles, contar con un rendimiento cierto y predecible, de forma que las autoridades fiscales pudieran evitar insuficiencias imprevistas en sus recursos anuales y elaborar con sensatez sus presupuestos, y responder en gran medida al principio del beneficio. 490. La mayor puntuación a este respecto la ostentan los impuestos propios en sentido estricto, seguidos de los impuestos compartidos. Junto a las tasas y los precios públicos, estas fuentes de financiación son, de hecho, las únicas sobre las que los gobiernos locales pueden ejercer un mayor control directo, y las únicas, por tanto, que establecen un vínculo directo entre las políticas de ingresos y gastos a este nivel de gobierno. Con las participaciones impositivas, en cambio, a los gobiernos subcentrales sólo les cabe intentar elevar la proporción de su participación. Finalmente, las transferencias intergubernamentales, y en especial las condicionadas o específicas, son las fuentes de financiación subcentral que se prestan a un menor grado de control por parte de las autoridades de este nivel político y las que, por lo mismo, les originan una mayor dependencia del gobierno central. 491. Verdadero. Sujeción al principio, porque esas dos características de su base imponible garantizan el pago del impuesto y, con ello, el que en una elevada proporción sea satisfecho por los residentes locales y su rendimiento claramente atribuible a la localidad fiscal, y relativa
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simplicidad administrativa, porque aseguran la existencia de una copiosa información sobre la renta y los valores de la mayoría de las clases de propiedades y, por tal motivo, la estabilidad en el funcionamiento del sistema y la ausencia de grandes dificultades y altos costes en las tareas de valoración. 492. El tipo nominal es la alícuota o porcentaje que, según ley, debe aplicarse al valor estimado o valor catastral de la propiedad para calcular la cuota del impuesto. El tipo efectivo equivale al producto del tipo nominal por la tasa de valoración, proporción que representa ese valor estimado de la propiedad respecto a su valor de mercado. A la vista, pues, de la notación: T = cuota del impuesto tn = tipo nominal VE = valor estimado (valor catastral) de la propiedad VM = valor de mercado de la propiedad VE/VM = r = tasa de valoración te = tipo efectivo la expresión algebraica del tipo efectivo será: te = tn ⋅
T VM
o, alternativamente, te = tn ⋅
VE = t n⋅ r VM
493. Verdadero. Sujeción al principio, porque esas dos características de su base imponible garantizan el pago del impuesto y, con ello, el que en una elevada proporción sea satisfecho por los residentes locales y su rendimiento claramente atribuible a la localidad fiscal, y relativa simplicidad administrativa, porque aseguran la existencia de una co-
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piosa información sobre la renta y los valores de la mayoría de las clases de propiedades. 494. El tipo nominal (tn) es la alícuota que, según ley, debe aplicarse al valor estimado o valor catastral (VC) del bien inmueble para calcular la cuota del impuesto (T). El tipo efectivo de gravamen (te) equivale al producto del tipo nominal por la tasa de valoración (r), esto es, por la proporción que representa el valor catastral del bien respecto a su valor de mercado (VC/VM). En consecuencia, la expresión algebraica del tipo efectivo será: te = T/VM o, alternativamente,
te = tn · r = tn · VC/VM
Con los datos que nos proporciona el enunciado del ejercicio, el tipo efectivo de gravamen será, pues: te = tn · VC/VM = 0,02· 150.000/300.000 = 0,01= 1%. 495. Verdadero. En las transferencias no condicionadas, el uso de la subvención no está restringido de ninguna forma, de manera que la Administración Territorial receptora puede dedicar toda o parte de la transferencia financiera a la financiación de un aumento de la renta disponible de los ciudadanos por la vía de una reducción de los impuestos.
496. Las transferencias condicionadas compensatorias son aquellas en las que la Hacienda central (donante) determina el uso de los fondos, pero su cuantía depende de la aportación del beneficiario, en este caso la Hacienda territorial, al proyecto subvencionado. 497. La transferencia no condicionada es una transferencia general cuya concesión no se halla condicionada a ningún destino concreto, de tal forma que pueden emplearse en la financiación o bien de un aumento de la renta disponible de los ciudadanos por la vía de una reducción impositiva, o bien a un aumento de los bienes y servicios públicos, o bien, como suele ser frecuente, a ambas actividades financieras. Por su parte, la concesión de la transferencia condicionada no compensatoria se halla subordinada a la condición exclusiva de que su destino
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no sea la financiación de un aumento de la renta disponible de los ciudadanos por la vía de una reducción de los impuestos. Con ella se pretendería propiciar un incremento de los bienes y servicios públicos en la Administración Territorial receptora, con la garantía de que ni total ni parcialmente se va a emplear en la financiación de un aumento de la renta disponible de los ciudadanos. 498. Verdadero. La Administración Territorial receptora puede destinarla íntegramente a lograr un aumento de la renta disponible de los sujetos por la vía de una reducción de impuestos. Lo normal, sin embargo, es que las subvenciones de esta naturaleza se destinen parcialmente a la financiación de un aumento de la renta disponible de los sujetos y en parte a la de un aumento de los bienes y servicios públicos. 499. En el sentido de que en las transferencias condicionadas las posibilidades de filtración, es decir, posibilidades de ser utilizadas para un fin distinto (por ejemplo, la financiación de partidas de gasto diferentes o de reducciones de impuestos) son menores que en las generales o no condicionadas. La principal ventaja comparativa de las transferencias condicionadas, y sobre todo de las condicionadas compensatorias, es, precisamente, su contribución al logro del objetivo de la eficiencia, al fomentar en mayor medida el gasto local en bienes o servicios concretos provistos de forma insuficiente. 500. —— Los impuestos sobre sucesiones y donaciones, renta de las sociedades y renta personal, al nivel central de gobierno, porque las posibles diferencias interjurisdiccionales (en especial diferencias locales) en los tipos de gravamen efectivos pueden distorsionar la asignación espacial de los recursos, esto es, las pautas de localización espacial de las familias y empresas (y las de elección ociotrabajo, en el impuesto personal), en perjuicio de las localidades con mayores cargas fiscales relativas. —— El impuesto sobre las ventas en fase minorista, a los niveles superiores de gobierno (nivel intermedio o, en su caso, el central), porque, debido a la desigual distribución de las bases entre localidades, en especial entre municipios de áreas metropolitanas, las
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diferencias interjurisdiccionales en los tipos de gravamen y en los precios de venta distorsionarían las elecciones residenciales y/o de localidades de compra de los individuos o familias con altos patrones de gastos. —— El impuesto sobre la propiedad inmobiliaria, a los niveles locales de gobierno, porque, fruto de su capitalización a corto plazo en valores más bajos de las propiedades gravadas, las posibles distorsiones en las pautas de localización de las familias y empresas, inducidas por las diferencias interjurisdiccionales en los tipos efectivos de gravamen, serán menos pronunciadas que las imputables a las de los gravámenes sobre la renta, las ventas o el patrimonio.
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16/10/14
08:52:28
Este amplio repertorio de preguntas y ejercicios resueltos es de gran utilidad para los alumnos de Hacienda Pública del grado de Economía de la UNED, sobre todo para la preparación de las pruebas presenciales de las asignaturas de «Teoría del presupuesto y gasto público» y «Teoría de los ingresos públicos». Esta práctica facilitará su aprendizaje, permitiéndoles instruirse y ejercitarse en la aplicación de los conocimientos teóricos.
6501203CP01A01
6501203CP01A01.pdf
Reyes Navarro Pascual, profesora titular de universidad y doctora en Hacienda Pública, cuenta con un importante número de publicaciones en el ámbito de la hacienda pública y el sector público.
cuaderno de prácticas
Cuestiones y ejercicios de Hacienda Pública
Francisco Jesús Paniagua Soto fue profesor titular de universidad y doctor en Hacienda Pública y ha dejado numerosas publicaciones en el ámbito de la Hacienda Pública y el medio ambiente.
Reyes Navarro Pascual Francisco Jesús Paniagua Soto C
M
Y
MY
CY
CMY
K
ISBN: 978-84-362-6694-8
Cuestiones y ejercicios de Hacienda Pública
CM
01203
Editorial 9 788436 266948
6501203CP01A01
CP
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