Cuestionario de La Ley Organica Del Sat

July 23, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CUESTIONARIO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SAT DECRETO 1-98 1. ¿Cuál es el espíritu de la ley orgánica de la SAT? SAT? en los acuerdos de paz suscritos por el Gobierno de la República en a. Que diciembre de 1996, se adquirió el compromiso de llevar a cabo las medidas de administración y legislación tributaria que permitan incrementar la carga tributaria del país. b. Que es urgente fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, lo cual debe lograrse a través del combate a la evasión, la defraudación y el contrabando, la simplificación de los procedimientos.   c. Que es indispensable crear una entidad descentralizada, con personalidad  jurídica,, patrimonio y recursos propios en la cual el Estado delegue  jurídica delegue las facultades para administrar, recaudar, controlar y fiscalizar los tributos.  

Crear la Superintendencia 2. de ¿Cuál es el objetoTributaria, de la ley orgánica la SAT? Administración como unadeentidad estatal descentralizada, que tiene competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional para el cumplimiento de sus objetivos. Art. 1.  

3. ¿Cuáles son los objet objetivos ivos de la SAT? Ejercer con exclusividad las funciones de Administración Tributaria contenidas en la legislación de la materia. Art. 3.  4. Mencione 5 funciones específi específicas cas de la S SAT: AT: a. Ejercer la administración del régimen tributario.   b.  Administr  Administrar ar el sistema sistema aduanero aduanero de la República. República.  administrar el sistema recaudación. c.   o adherirse a la ya d. Organizar Presentar ydenuncia, provocar la de persecución penal iniciada por el Ministerio Público, en los casos de presunción de delitos y faltas contra el régimen tributario.  e. Solicitar la colaboración de otras dependencias del Estado, para realizar los estudios necesarios para poder aplicar con equidad las normas tributarias.  

5. ¿Podrá la SAT contratar a personas individuales o jjurídicas urídicas para que llee presten servicios administrativos, financieros o jurídicos, de cobro, percepción y recaudación de tributos? Sí. Art. 4.  6. ¿Qué funciones puede delegar la SA SAT? T? La SAT puede delegar las funciones de recaudación, cobro, cobranza, fiscalización o control, sin embargo las

 

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funciones de fiscalización y control no podrá delegarlas en forma permanente y total. Art. 4. 

7. ¿Qué funciones no puede delegar la SAT? La SAT no puede delegar las funciones para determinar la obligación tributaria, el conferimiento de audiencia ni la aplicación de sanciones que son de competencia de la SAT, el registro de los contribuyentes y dependencias. Art. 4. 

la

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8. ¿Cuáles son las autor autoridades idades superiores de la SAT? a. El Directorio.  b. El Superintendente.  c. Los Intendentes.  9. ¿Cuál es el órgano de di dirección rección superior de la SAT? El Directorio. Art. 7.  10. ¿Cuál es la función principal del Directorio? Dirigir la política de la  Administración Tributaria  Administración Tributaria y velar por el buen funcionamiento, funcionamiento, la gestión institucional de la SAT y el cumplimiento de las metas de recaudación. Art. 7. 

11. Mencione 3 funciones específicas del Directorio: a. Emitir opinión previa a su presentación sobre toda iniciativa de ley que presente el Organismo Ejecutivo en materia tributaria o que pudiere afectar la recaudación tributaria.  b.  Asesorar al Organismo Organismo Ejecutivo Ejecutivo en materia de legislación y política tributaria.   c. Resolver los recursos administrativos que le corresponda conforme a la ley. 

12. Indique el trámite para elegir al Directorio: 1. El Directorio se formará con seis directores.   2. La Comisión de Postulación estará integrada por nueve miembros.   3. La Comisión de Postulación será instalada por el Ministerio de Finanzas Públicas, sesenta días antes de la fecha en que el Presidente de la República deba designar a los nuevos directores.  4.  Al integrarse integrarse el quorum, el Ministro de Finanzas Finanzas Públicas instalará la Comisión de Postulación. 5. Dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de su instalación, la Comisión de Postulación deberá presentar al Presidente

 

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de la República, la nómina propuesta para que proceda a elegir a los directores.   5.1. Si en ese plazo la Comisión no hubiere presentado la nómina de candidatos para integrar el Directorio, el Ministro de Finanzas Públicas y el Superintendente de la SAT, prepararán la nómina y la presentarán al Presidente para los efectos correspondientes.  

6. El Presidente de la República designará a dos directores titulares y dos

suplentes de entre los ocho candidatos propuestos por la Comisión de Postulación.   6.1. El Congreso de la República, por voto de la mayoría absoluta de los diputados que lo integran podrá objetar la designación de uno o más de los directores. Dicha objeción deberá producirse dentro de los ocho días hábiles siguientes de haberse recibido la notificación.   7. De producirse dicha objeción, el director cuya objeción haya sido objetada, no podrá tomar posesión de su cargo y el Presidente de la República deberá designar a un nuevo director. 

13. ¿Cómo se integra el Directorio? a. En forma ex oficio, el Ministro de Finanzas Públicas que lo presidirá. Su suplente será el Viceministro de Finanzas Públicas que él designe.   b. El Superintendente de Administración Tributaria, quien participará con voz pero sin voto y quien actuará como secretario del Directorio. Su suplente será el intendente que el designe.  c. Cuatro titulares y sus suplentes, nombrados por el Presidente de la República de una lista de doce personas, propuestas por la Comisión de Postulación.  

14. ¿Cómo se integra la Comisión de Postulación? a. El Rector de la Universidad de San Carlos.   b. El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos.  c. El Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos.  d. Un representante designado por los Rectores de las Universidades del país.  e. Un representante designado por los Decanos de las facultades o escuelas de Ciencias económicas de las Universidades privadas del país.   f. Un representante designado por los Decanos de las facultades o escuelas de Ciencias Jurídicas de las Universidades privadas del país.  

 

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g. Un representante designado por la Junta Directiva del Colegio de Profesionales de las Ciencias económicas. h. Un representante designado por la Junta Directiva del Instituto de Contadores Públicos y Auditores.  i. Un representante designado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala. 

15. ¿Cuáles son los requisitos para ser miembro de la Comisión de Postulación? a. Ser guatemalteco.  b. Ser profesional universitario.  c. Encontrarse en el ejercicio de sus derechos civiles.  16. ¿Cuáles sson on los impedimentos para ser miembro de la Comisión de Postulación? a. Los que ejercen cargos de elección popular.  b. Los funcionarios de los organismos del Estado y de las entidades autónomas o descentralizadas del mismo, excepto los de la Universidad de San Carlos de Guatemala.  c. Los parientes dentro de los grados de ley del Presidente o Vicepresidente de la República y del Ministro y de los Viceministros de Finanzas Públicas. 

17. ¿Qué nombre reciben las personas integrantes de la nómina de candidatos que no fueren nombrados como directores titulares o suplentes y que pasa con ellos si no son nombrados como directores? Las personas integrantes de la nómina de candidatos que no fueren nombrados se denominarán postulados en nómina y sustituirán a los directores suplentes, siempre que se produzcan variantes. Art. 13.  

18. ¿Qué calidades se requieren para ser miembro del Directorio? a. Ser guatemalteco.  b. Ser mayor de treinta años de edad.   c. Ser de reconocida honorabilidad y capacidad profesional.   d. Encontrarse en el goce de sus derechos civiles.   e. Ser profesional acreditado con grado académico en el área económica financiera o jurídica a nivel de licenciatura o post grado.  f. Haber ejercido la profesión a que se refiere el inciso anterior, por lo menos durante cinco años.  19. ¿Cuáles son los impedimentos para ser miembro del Directorio?

 

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a. Desempeñar cargos de elección popular.   b. Ser integrante de un órgano de dirección de cualquier partido político, sindicato u organización gremial o empresarial.  c. Ser ministro de cualquier culto o religión.   d. Ser pariente, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, del Presidente o del Vicepresidente de la República, del Ministro o

e. f. g. h. i.

Viceministros de Finanzas Públicas o del Superintendente de la SAT.   Haber sido o ser condenado judicialmente por el incumplimiento de pago a una entidad autorizada de crédito o al fisco.  Ser magistrado en funciones.  Haberse motivado auto de prisión en su contra, o encontrarse sometido a  juicio de cuentas. cuentas.  Haber sido o ser condenado por delito doloso en sentencia firme, mientras no haya sido rehabilitado.  Padecer de incapacidad física calificada medicamente, que lo imposibilite para ejercer el cargo, o haber sido declarado en estado de interdicción por tribunal competente. 

 j. Encontrarse en situación de insolvencia o quiebra, mientras no hubiere sido rehabilitado.   20. ¿Cuáles son las clases de sesiones? Ordinarias y extraordinarias. Art. 19. 21. ¿Quién es la autoridad administrativa superior y eell funcionario de mayor nivel jerárquico de la SAT? El Superintendente de Administración Tributaria. art. 22.

22. Mencione 3 atribuciones del Superintendente de Administración Tributaria:  a. Ejercer la representación legal de la SAT la cual podrá delegar.  b. Resolver los recursos administrativos que le competen.   c. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la SAT.   23. ¿Quién nombra al Superintendente de Administración Tributaria? El Presidente de la República, quien lo seleccionará de una terna propuesta por el Directorio de la SAT. Art. 24.  24. ¿Qué calidades se requieren para ser Superintendente de Administración Tributaria? a. Ser guatemalteco.  b. Ser mayor de treinta años de edad.  

 

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c. Ser de reconocida honorabilidad y capacidad profesional.   d. Encontrarse en el goce de sus derechos civiles.   e. Ser profesional acreditado con grado académico en el área económica financiera o jurídica a nivel de licenciatura o post grado.   f. Haber ejercido la profesión por lo menos durante cinco años.  25. ¿Quién puede remover al Superintendente de Administración Tributaria? El Presidente de la República. Art. 27.  26. Mencione 3 causas para remover al Superintendente de Administración Tributaria: a. Cometer actos fraudulentos, ilegales o evidentemente opuestos a las funciones o los intereses de la SAT en particular y del Estado en general.   b.  Actuar o proceder con manifiesta manifiesta negligencia negligencia..  c. Ser declarado en situación de insolvencia o quiebra.   27. ¿A quién le corresponde la representación legal de la SAT?  Al Superintendente de Administración Tributaria. Art. 29.  

28. ¿Es delegable la representación legal de la SAT? Si, es delegable. Art. 29.  29. ¿A qué régimen laboral está es tá sujeto el personal de la SAT?  A la Constitución Política, Convenios Internacionales de Trabajo suscritos y ratificados por Guatemala y el Reglamento de Trabajo específico de la SAT.  Art. 37.

30. ¿Cómo se clasificará el personal de la SAT? En funcionarios y empleados.  Art. 38.  31. ¿Quiénes son funcionarios? El Superintendente, los intendentes, los asesores, los gerentes, sub gerentes y jefes. Art. 37.  32. ¿Quiénes son empleados? El resto del personal. Art. 37.  33. ¿Cuál es el plazo para que el personal de la SAT presente su declaración  jurada patrimonial? Previo a la toma de posesión y también anualmente. Art. 42.  34. ¿En ma materia teria tributaria contra lo resuelto por el Directorio que recurso cabe? El recurso de reposición. Art. 45. 

 

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35. ¿En materia tributaria contra lo resuelto por el Superintendente y los Intendentes que recurso cabe? El recurso de revocatoria. Art. 45.  36. ¿Dentro de que plazo debe la SAT asumir sus funciones, atribuciones y competencias de las dependencias, direcciones y entidades?  A partir de la fecha de entrar en vigencia y a más tardar en el plazo de un año. Art. 49.  

37. ¿Qué es la intendencia de aduanas? Es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia aduanera.  Art. 31 Reglamento Reglamento.. 

38. ¿Qué es la intendencia de recaudación y gestión? Es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia de planificación, organización, evaluación y ejecución de las actuaciones que faciliten, controlen y promuevan el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Art. 32 Reglamento. 

39. ¿Qué es la intendencia de fiscalización? Es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia de supervisión, inspección, verificación y determinación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras. Art. 33 Reglamento. 

40. Mencione tres funciones de la intendencia de fiscalización: 1. Emitir, analizar, modificar, implementar, verificar y evaluar la aplicación de normas técnicas y administrativas internas.   2. Coordinar con los órganos y demás dependencias de la SAT, las acciones necesarias para la correcta aplicación de leyes tributarias y aduaneras.   3. Emitir las normas y directrices para la planificación y programación de la fiscalización a nivel nacional.  41. ¿Qué es la intendencia de asuntos jurídicos? Es la dependencia encargada de representar y defender los derechos, intereses y patrimonio de la SAT ante cualquier entidad, dependencia, órgano, autoridad y tribunales de justicia. Art. 34 Reglamento. 

42. Mencione tres funciones de la intendencia de asuntos jurídicos: 1. Emitir, analizar, modificar, implementar, verificar y evaluar evaluar la aplicación de normas técnicas y administrativas internas.

 

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2. Coordinar, formular y evaluar la ejecución de los planes y programas relativos a su competencia.  3. Iniciar los juicios, ejercitar las acciones, presentar las demandas, denuncias o querellas, interponer los recursos, promover, dirigir y procurar todos los asuntos del orden judicial.  

43. ¿Qué es la intendencia de coordinación de operaciones? Es la dependencia encargada de coordinar y supervisar que las directrices, planes e instrucciones emitidas por las dependencias con funciones normativas sustantivas, de apoyo técnico y de gestión. Art. 35.

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