Cuestionario de Derecho Internacional Público.

September 4, 2017 | Author: Carlos Edgardo Ruiz | Category: Ethical Principles, Government Information, International Politics, International Relations, Public Sphere
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CUESTIONARIO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO. Continuación tema # 7 CORTE PENAL INTERNACIONAL: La corte penal internacional: juzga al individuo lo puede sancionar, cuando cometa delitos que arremeten con los derechos humanos establecidos en los tratados. PORQUE SE CREO LA CORTE PENAL INTERNACIONAL: cuando en la segunda guerra mundial, cuando los nazis, exterminaron masas y violaron los derechos humanos se crearon 2 tribunales para esos casos específicos. El de Núremberg en Alemania y el de Tokio en Japón, los cuales eran temporales. Fue necesario crear una corte internacional permanente, estableciendo principios fundamentales, tipificando delitos y penas, tribunales permanentes ad hoc. ¿Quién puede ser procesado o sancionado por la corte penal internacional? Cualquier persona natural o civil que viole los derechos humanos. ¿Es necesario agotar los recursos internos? Debe recurrir al DIE, y acabados los recursos internos se recurre al DIP, o a la corte penal internacional. ¿Posee cárcel la corte penal internacional para castigar personas? Se envía a la cárcel de cualquier Estado, que firmo el estatuto, la cárcel principal es en la Haya (Holanda). ¿Cómo se actúa el pronunciamiento de la corte? Ante crímenes de lesa humanidad, de guerra, violación de los derechos humanos, una vez se inicie el proceso el fiscal, quien evalúa esta situación para así iniciar el proceso. QUE VA HACER EL FISCAL: Pues el fiscal va a iniciar las averiguaciones, va hacer el proceso penal va averiguar si esa persona que ha sido denunciada por la vías que le he mencionado, exactamente ha cometido delitos contra los derechos humanos, cualquiera de los establecidos del estatuto de roma, la corte es decir en el 6, 7, 8,9. Una vez que se inicia el proceso, el fiscal tiene que hacer unas averiguaciones, trámites y direcciones a objeto, si pedrito de los palotes es una persona que ha cometido delitos de lesa humanidad. Si pedrito de los palotes es una persona que ha cometidos delitos de genocidio, si ha cometido delitos de agresión o delitos contra la seguridad del Estado. Es decir los delitos que están implicados están establecidos en el estatuto de roma de la corte penal internacional. ART 6 Estatuto de roma Genocidio A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “genocidio” cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de

destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo. Uno de los delitos tipificados en el estatuto es, el genocidio. Excluir un grupo de humanos, por razones de raza, creo, religiones un grupo social, exclusión bien sea racial o exclusión que sea total de un grupos de humanos por esas razones eso se llama genocidio. Es genocidio; parcial o totalmente destruir un grupo humano por razones de raza de creo religioso o cualquier situación particular. Recuerden que nosotros los seres humanos, frente al derecho internacional somos humanos, tenemos la capacidad de goce y ejercicio limitada, somos sujetos de derecho pero con una concesión limitada. No la tenemos ilimitada la capacidad de goce y de ejercicio como la tiene el Estado. La tenemos reducida, solamente a través de poder acudir y solicitar un permiso ante la corte internacional, podemos actuar cuando nuestros derechos han sido violados. Ejemplo: lo que hizo Leopoldo López, cuando fue a las comisiones internacionales de derechos humanos le dio la razón, esta comisión decidió que el Estado Venezolano había violado el derecho humano de él, y la corte determinó que efectivamente los derechos de la comisión eran esos, y ordeno al tribunal venezolano, TSJ. Aplicarle la decisión de la corte, pero no le pararon bolas se olvidaron de lo que dice el art 23 de los tratados internacionales que rijan el derecho interno siempre y cuando se en materia de derechos humanos, y efectivamente todo lo que tenga que ver con la paz. ART 7 Estatuto de roma: Crímenes de lesa humanidad 1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; f) Tortura;

g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte; i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid; k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física. 2. A los efectos del párrafo 1: a) Por “ataque contra una población civil” se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1 contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer ese ataque o para promover esa política; b) El “exterminio” comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, entre otras, la privación del acceso a alimentos o medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población; c) Por “esclavitud” se entenderá el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de ellos, incluido el ejercicio de esos atributos en el tráfico de personas, en particular mujeres y niños; d) Por “deportación o traslado forzoso de población” se entenderá el desplazamiento forzoso de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional; e) Por “tortura” se entenderá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas; f) Por “embarazo forzado” se entenderá el confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otras violaciones graves del derecho internacional. En modo alguno se entenderá que esta definición afecta a las normas de derecho interno relativas al embarazo;

g) Por “persecución” se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención del derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de la colectividad; h) Por “el crimen de apartheid” se entenderán los actos inhumanos de carácter similar a los mencionados en el párrafo 1 cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen; i) Por “desaparición forzada de personas” se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a admitir tal privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado. 3. A los efectos del presente Estatuto se entenderá que el término “género” se refiere a los dos sexos, masculino y femenino, en el contexto de la sociedad. El término “género” no tendrá más acepción que la que antecede. Ahora vamos hablar cuáles son los crímenes de lesa humanidad, y como se construyen estos tienen una característica fundamental que son sistemáticas. Volver a leer; la característica de lesa humanidad, un ataque generalizado y sistemático. Contra una población civil un ataque generalizado y sistemático contra una población civil. ¿Con que objeto un grupo de individuos atacan de forma sistemática sobre todo una población civil? CIVIL, no estamos hablando de poblaciones militares si no civiles. Apartéis es el que discrimina por razas, por color ejemplo; el blanco que discrimina al negro por su color, por lo cual luche Nelson Mandela en áfrica Sudáfrica, y llego hacer presidente después de que duro 26 años en la cárcel. Ojo no se puede inventar el delito es por el delito que este tipificado en la ley. Repite el terrorismo, el narcotráfico no está ahí. Tiene que ser por los delitos tipificados, usted no puede inventar el delito. Usted cuando valla a un juez el fiscal lo acusa a usted por un delito, que está tipificado. La fiscal de la corte no puede actuar, no porque a mí me dijeron que pedro era marico, y pedro es más puton que el coño, no es porque me dijeron. NO son por los hechos, pues entonces tiene que concatenar con la prensa, testimonio, victimas, en lo que ha quedado para hacer un cumulo si aquí hay GENOCIDION. Con lo que ha hecho la farc y es estado islámico; de bolas que ha ellos le aplica, el genocidio y delitos de lesa humanidad, los dos delitos. Entonces ay hay que reunir el cumulo de pruebas, ¿Quién? EL FISCAL, para decir que la persona es culpable, se le puede sobreseimiento, inocente o se le archiva la causa, como en el código penal, el código penal da como elemento exclusivo del fiscal; son 3 elemento: 1) Concluye con un sobreseimiento: pedro pedrito los palotes no tiene nada que ver.

2) Archivo fiscal: aun cuando habiendo algunos elementos, que pedro pedrito los palotes sea culpable, no se demostró que es el culpable, se archiva hasta que hallan algunos elementos importantes para demostrar su culpabilidad. 3) Lo clava, pedro pedrito lo palotes reúne todas las características, de modo tiempo y lugar y todos los hechos se subsumen en derechos y se le aplica la norma. Lo mismo ocurre en el campo penal internacional. Igualito porque en el campo penal internacional de aplican los principios del derecho penal, en las esfera internacional. Nulo crimen nulo pena, si no está el delito tipificado, el crimen tipificado no se le puede aplicar. El fiscal no puede inventar delitos en un momento determinado, es conforme con lo que dicen los estatutos. El profesor tuvo un caso en el que el juez se le arrecho: Él no puede transpolar de que la persona iba agarrar el cuchillo y se lo iba meter usted no puede presumir no puede transpolar así, se me arrecho porque le dije la verdad. Esto sigue antes del caso del profesor para seguir para llevar la consecución. Eso igualito lo hace el fiscal de la corte internacional penal; porque esos principios están allí, está el principio de que no hay cargo no se toma en cuenta el cargo para que usted sea, un eximente en la responsabilidad penal. Hay se juzgan hasta los presidentes activos, militares el que dio la orden hasta el que la ejecuto, es decir que el actor intelectual como el actor material. Y la cadena de mando que ordeno el general al capitán, el capitán al teniente, el teniente así, hasta que el idiota cabo fue que hecho plomo, todos esos idiotas van presos, no solamente el que ejecuta la acción emanada del intelectual el que da la orden si no toda la cadena de mando. Eso no existía en la corte penal internacional, eso es un avance en el CAMPO DEL DERECHO INTERNACIONAL. Esos delitos son imprescriptibles, no tiene modo, tiempo y lugar. Existe y preexiste hasta que usted se muera en cualquier momento y circunstancia lo pueden apresar y ser juzgado por la corte penal internacional. Sea que todos en la corte penal internacional han acogido para si todo lo que en del derecho penal el profesor, NICOLAS le haya podido decir, sobre las características del derecho penal, los principios fundamentales del derecho penal que todo tiene que estar tipificado todo tiene que estar como lo dice la ley la disposición legal que no se pueden inventar los crímenes las sanciones en un momento determinado que nos prescribe el delito, que el estatuto de la corte no tiene efectos retroactivos; recuérdese de que hay un principio de derecho penal ¿Qué se llama? El principio de la irretroactividad de la ley, y principio de dubio progre. Solamente se aplica la ley que más le favorece a usted, dubio progre. Y la irretroactividad de la ley: solamente se aplica a futuro no ha pasado. Lo mismo aquí, los delitos se aplican y se sancionan a la persona que hayan cometido delitos, a partir de la entrada de vigencia del estatuto de la corte internacional del 2002, del 2002 para atrás no se le aplica ningún delito y no puede ser sancionado porque no tiene efectos retroactivos. Son principios del derecho penal general, que son tomados por el estatuto de la corte, como principio general. Otro principio fundamental; el debido proceso, y el derecho a la defensa.

Aun en esos delitos atroces, que la joven ya me leyó, en los delitos de genocidio lo delitos de lesa humanidad, aun en esos delitos la persona se parte del principio de presunción de inocencia, se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario, y esa persona tiene derecho a la defensa, principio al derecho de la defensa, que en la constitución está consagrado en el artículo 49 C.R.B.B. toda persona tiene derecho a la defensa. A nombrar a su abogado a defenderse el a declarar el a promover los medios de prueba listos que sean necesarios, siempre y cuando él pueda demostrar a la corte penal internacional en cuanto sea inocente, el fiscal va a demostrar que sea culpable. No es porque haya cometido tantos delitos usted es culpable, no se parte de la presunción de inocencia. Y tiene los aportes, tiene los tribunales la sala de apelación en un momento determinado, no es que lo juzgue yo, y ya está jodido, no tiene la sala de apelaciones, con antelación en donde esa decisión puede ser realizada, puede ser confirmada o puede ser revocada o modificada. Eso depende de los documentos que el entriculis haya tenido la aprobación del expediente, o las fallas que haya tenido la defensa, un fiscal para ir avanzar en la sala, decir el tribunal superior, decida un acto distinto o corrobore lo que usted le esta hizo. ART 8: Que son los delitos, crímenes de guerra. Crímenes de guerra 1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes. 2. A los efectos del presente Estatuto, se entiende por “crímenes de guerra”: a) Infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del Convenio de Ginebra pertinente: i) El homicidio intencional; ii) La tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos; iii) El hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física o la salud; iv) La destrucción y la apropiación de bienes, no justificadas por necesidades militares, y efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente; v) El hecho de forzar a un prisionero de guerra o a otra persona protegida a servir en las fuerzas de una Potencia enemiga; vi) El hecho de privar deliberadamente a un prisionero de guerra o a otra persona protegida de su derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente; vii) La deportación o el traslado ilegal o el confinamiento ilegal; viii) La toma de rehenes;

b) Otras violaciones graves de las leyes y usos aplicables en los conflictos armados internacionales dentro del marco establecido de derecho internacional, a saber, cualquiera de los actos siguientes: i) Dirigir intencionalmente ataques contra la población civil en cuanto tal o contra personas civiles que no participen directamente en las hostilidades; ii) Dirigir intencionalmente ataques contra bienes civiles, es decir, bienes que no son objetivos militares; iii) Dirigir intencionalmente ataques contra personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, siempre que tengan derecho a la protección otorgada a civiles o bienes civiles con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados; iv) Lanzar un ataque intencionalmente, a sabiendas de que causará pérdidas incidentales de vidas, lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea; v) Atacar o bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas, viviendas o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares; vi) Causar la muerte o lesiones a un combatiente que haya depuesto las armas o que, al no tener medios para defenderse, se haya rendido a discreción; vii) Utilizar de modo indebido la bandera blanca, la bandera nacional o las insignias militares o el uniforme del enemigo o de las Naciones Unidas, así como los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra, y causar así la muerte o lesiones graves; viii) El traslado, directa o indirectamente, por la Potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio; ix) Dirigir intencionalmente ataques contra edificios dedicados a la religión, la educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos, los hospitales y los lugares en que se agrupa a enfermos y heridos, siempre que no sean objetivos militares; x) Someter a personas que estén en poder de una parte adversa a mutilaciones físicas o a experimentos médicos o científicos de cualquier tipo que no estén justificados en razón de un tratamiento médico, dental u hospitalario, ni se lleven a cabo en su interés, y que causen la muerte o pongan gravemente en peligro su salud;

xi) Matar o herir a traición a personas pertenecientes a la nación o al ejército enemigo; xii) Declarar que no se dará cuartel; xiii) Destruir o apoderarse de bienes del enemigo, a menos que las necesidades de la guerra lo hagan imperativo; xiv) Declarar abolidos, suspendidos o inadmisibles ante un tribunal los derechos y acciones de los nacionales de la parte enemiga; xv) Obligar a los nacionales de la parte enemiga a participar en operaciones bélicas dirigidas contra su propio país, aunque hubieran estado al servicio del beligerante antes del inicio de la guerra; xvi) Saquear una ciudad o una plaza, incluso cuando es tomada por asalto; Que cometa en Ginebra, que regula toda la materia de prisioneros de guerra, me explico: un prisionero un militar caído en combate es un prisionero de guerra, no es un animal y se le debe tratar como un prisionero de guerra, es una persona que tiene derecho y deberes, es una persona que no puede ser torturada, una persona que no puede ser maltratada una persona que no puede ser sometida a ningún tipo de daño personal, ni síquico, ni, material, ni físico ni biológico. Es decir tenerlo como un caído en combate, ya es prisionero de guerra, y no pueden extraer una confesión. Ejemplo, como se hacía en la guerra del pentágono. Como hacen que para poder extraer una confesión se hacen violar las leyes de la guerra, no solamente la convención de Viena el 49, si no todos los estatutos y normas que han surgido con posterioridad que regulan las leyes de la guerra. ART 9 los delitos de AGRESION: eso es cuando una persona o un grupo de personas atentan contra la soberanía de un estado, ay no estaba definido, pero ya el delito de agresión ya fue definido en el 2010 o 2011, ya se definió. ¿Que era el delito de agresión, en qué consistía el delio de agresión?, cuando una persona, o un grupo de personas atentan contra la soberanía contra la integridad del estado, una especie de ataque, y con eso se viola la soberanía la autonomía y la independencia de un Estado. ART 9 delitos de agresión: Elementos de los crímenes 1. Los Elementos de los crímenes, que ayudarán a la Corte a interpretar y aplicar los artículos 6, 7 y 8 del presente Estatuto, serán aprobados por una mayoría de dos tercios de los miembros de la Asamblea de los Estados Partes. 2. Podrán proponer enmiendas a los Elementos de los crímenes: a) Cualquier Estado Parte; b) Los magistrados, por mayoría absoluta;

c) El Fiscal. Las enmiendas serán aprobadas por una mayoría de dos tercios de los miembros de la Asamblea de los Estados Partes. 3. Los Elementos de los crímenes y sus enmiendas serán compatibles con lo dispuesto en el presente Estatuto. En el estatuto no va a encontrar el delito de agresión porque es el del 20012. DELITO DE AGRESION: Es el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado o en cualquier otra forma incompatible con la carta de las naciones unidas, la invasión de un Estado por otro el ataque por fuera de lo establecido en el artículo 51 de la carta de la ONU, entre fuerzas armadas de un Estado contra otra de otro Estado o contra la población civil, y toda ocupación militar que derive de los actos anteriores y que implique el uso de la fuerza. Se dan cuenta eso son los delitos que ya están establecidos, ya se los he repetido hasta el cansancio. ¿Los Estado tienen soberanía? SI. ¿Tienen autodeterminación? SI. ¿Tienen independencia? SI. ¿Se debe violar la soberanía la autodeterminación y esa independencia de esos Estados? NO, eso es un delito y está consagrado en la norma de derecho penal internacional, por eso se le pone un freno a aquellos Estados que creen que son poderosos, y que con las armas pueden invadir y hacer lo que le den la gana, partiendo de la premisa, de que tienen el ejército más arrecho del mundo. Ver vi gracia, los Estados Unidos, ver vi gracia por excelencia por ejemplo los Estado Unidos. Se le pone un parado la corte penal internacional. Fíjense el avance en el campo de derecho penal internacional, el avance que tiene ese estatuto, ojala ese estatuto fuese existido en el 45, cuando estos coño de su madre criminales de la guerra nazi, hicieron lo que les dio la gana, exterminaron judíos, prostitutas, gitanos mataron un poco de gente, ojala fuesen existido en ese momento la corte penal internacional. Porque únicamente se crearon 2 tribunales, que yo se los dije en la clase anterior; el de iunefer, así lo nombro el profesor. Pero creo que es Núremberg y Tokio. Fueron creados para juzgar, a los criminales de las guerras nazis que hicieron lo más atroz, en violación de los derechos humanos, se hizo en la segunda guerra mundial, eso lo hicieron los alemanes. Léanse todo lo que tuvo que ver con la segunda guerra mundial, de cómo se violaron todos los derechos humanos, y como los criminales de la guerra nazi, sobre validos de una condición de que eran la raza pura, la raza de origen nato, para exterminar a un grupo mayoritario de judíos, polacos, ingleses y se crearon esos tribunales. Ad Hoc. Para los casos específicos para un caso en particular, creados esos tribunales, desaparecieron los tribunales una vez fundado los 2. Pero este tribunal no es provisional, la corte penal internacional es un tribunal permanente, es una gran diferencia con los tribunales iunefer o de Tokio, COMO USTED LO QUIERA LLAMAR. Son tribunales permanentes, que tienen su estructura

funcional política y administrativa jurisdiccional, tiene su sala, tiene su fiscal se aplican los principios generales y principios principales del derecho penal, en el campo del derecho internacional penal. Ya están clarificados los delitos de agresión. Esos son los 4 tipos de delitos que están tipificados en el estatuto de Roma, que creo la corte penal internacional. “Que más le digo” LOS CASTIGOS O LAS SANCIONES: Presidio máximo de 30 años, con una posibilidad de cadena perpetua, es una posibilidad mayor. No hay pena de muerte, ay no existe la pena de muerte. ¿Por qué no existe pena de muerte en la corte penal internacional? Porque se violan los derechos humanos, y precisamente la corte fue creada para resguardar, salvaguardar los derechos humanos, entonces no puede ir en contra de lo que ella procesa y de los principios que ella enarbola, no puede ir en contra de ella. También pueden ser decomisados; bienes, mercancías, retenidos productos, decomisados productos, cuadren multas. ¿Y eso es cárcel? En Yalta, pero si un país lo defiende pueden ser juzgados en un país, donde el Estado sea pujante dentro del estatuto de la corte, pero los Estados que hayan firmado y ratificado el estatuto de Roma, que creo la corte penal internacional, puede sancionar y castigar, conforme al derecho al derecho internacional. EE.UU, RUSIA, ISRAEL, COREA DEL NORTE. Para nombrarle algunos, no firmaron el estatuto. Y por no firmar el estatuto no están sometidos a la jurisdicción penal internacional. Es más los EE.UU. Argumento que el derecho internacional no podía juzgar a sus nacionales, y le prohibió a la corte y cualquier tribunal nacional; extraditar o llevarse a una persona para que sea juzgado. No puede ser sancionado el estatuto de Roma, los principios, las normas del estatuto de Roma no se le aplican a ningún crimen, no se le puede aplicar la justicia, la ley del fuero, la ley del lugar, no la ley fuera del lugar, si no la de ellos. Ese fue el argumento de los gringos que la justicia internacional, la jurisdicción internacional, no tenían aplicabilidad en el campo de la soberanía del derecho interno suscrito. Y que solo el derecho interno era el que iba a sancionar al tipo por esos delitos, pero conforme al derecho interno, no conforme al derecho internacional. Y otros países por ejemplo, COREA DEL NORTE, está sujeto siempre a la guerra, violación de los derechos humanos. Muchos de los países que violan los derechos humanos, fueron los que se negaron a participar en el estatuto de Roma, porque una cosa fue que se hizo en 1948. Que se firmó el estatuto, y otra cosa es en el 2002, que se ratificó. Si usted no lo ratifico, conforme a su derecho interno, a usted no se le aplica la jurisdicción de la corte penal internacional. Y eso fue lo que hicieron esos países, el último que firmo fue Palestina.

PERO DE QUE yo recuerde esta RUSIA, ISRAEL, COREA DEL NORTE, EE.UU. Que yo recuerde horita algunos países que no ratificaron. Firmaron pero no ratificaron el estatuto de Roma, que creo la corte penal internacional. CON ESTO HIJOS, HA MUERTO CRISTIANAMENTE EL TEMA # 7, SOBRE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. OJO. Léanse muy bien el estatuto, el estatuto es así, yo en estas clases que les he dado se las resumo. El que ha venido a clases me puede hablar de la corte penal internacional. EN EL ESTATUTO ESTA: la sala, como se pela, como se hacen los juicios, como actúa el fiscal, los principios, las fundamentaciones, la complementariedad, los órganos de seguridad, el derecho interno, los delitos que se tipifican, en que consiste cada uno de los delitos, la simpetalizacion, la legalización, la ejecución parcial de una población civil, atentar contra las leyes de la guerra, violar la soberanía de un Estado, atentar contra otro Estado etc. PREGUNTAS, para que el profesor las responda: 1º ¿Quién es el que hace la demanda ante el fiscal de la corte penal internacional? Puede ser el consejo de seguridad de las naciones unidas. (Ese no) Un Estado que se vea afectado por justicia crímenes, que hallan elementos suficientes para iniciar una averiguación, así se actúa en el estatuto de Roma. Así como en Venezuela se actúa, entre la acción penal por oficios por demanda, porque la persona denuncia o por justicia crimines, que haya que averiguar exactamente. Son 122 los países que han ratificado el estatuto de roma.

Ojo clase del 18 de enero no es grabación son apuntes:

TEMA # 8 ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS: SOLO aplica en América. Actualmente la OEA, tiene 34 miembros, Cuba no forma parte y fue expulsado en 1962 porque sus principios son contradictorios a la OEA.

Carta interamericana bases jurídicas

Órganos Prolegómenos

Propósitos de Nacimiento

(OEA)

Secretaria General

Carta Crids ->

Juicio Critico

Una vez concluida la segunda guerra mundial en 1945 se crea la ONU y la forma. PROLEGOMENOS. Bolívar inicio la idea de realizar una organización que creara algo único de los Estados. Los dos únicos países que forman la OEA, que no hablan español y forman parte es. EE.UU. Y BRASIL. Preámbulo: se habla de democracia representativa. (NO PARTICIPATIVA). 4 reformas que ha tenido: suscrita en Bogotá en 1948, reformada en Buenos Aires en 1967, con el protocolo de Cartagena de Indias 1985, de Washington 1992 y de Managua y Nicaragua en 1993. ART 1º Propósito y Naturaleza. Propósito: art 2. -

Afianzar la paz. Promover y consolidar la paz. Y el principio de NO interferencia. Prevenir las causas de dificultad, afianzar dificultades internacionales.

Naturaleza: Principios; justicia, solidaridad etc. Buscando la paz, la justicia y seguridad para América. ¿Qué ha dicho el secretario de la OEA, sobre Venezuela? El secretario general de la OEA, Luis Almagro, advirtió hoy al presidente venezolano, Nicolás Maduro, que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) propinó un "golpe directo" a los electores cuando declaró en desacato a la Asamblea Nacional, un "atentado" que evidencia la "erosión de la democracia" en ese país.

En una carta enviada a Maduro y publicada en la web de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Almagro expresó su inquietud sobre el "equilibrio de poderes" en Venezuela, un día después de que el TSJ del país declarara en desacato a la Asamblea Nacional (AN) surgida de las elecciones del pasado 6 de diciembre. "Todo aquello que signifique impedir a un solo diputado asumir su banca es un golpe directo a la voluntad del pueblo", dijo Almagro. "La acción de alterar la representación política luego de un pronunciamiento tan claro del cuerpo electoral se constituye en un atentado, cuando las garantías de justicia parecen esfumarse", continuó. Respecto a la declaración de desacato, aseguró que el TSJ la emitió "extralimitándose en sus funciones", y que la Sala Electoral de dicho tribunal, en su aplicación jurídica, ha hecho "retroceder dramáticamente el derecho al siglo XIX". Almagro opinó que el conflicto debe resolverse mediante "instancias probatorias" en el marco de una "independencia absoluta del poder judicial", para "conocer la verdad" sobre el supuesto fraude opositor en el estado Amazonas. El máximo representante de la organización continental consideró que las circunstancias políticas en Venezuela son ahora "todavía más preocupantes" que en noviembre, cuando envió otra carta para expresar su inquietud sobre el proceso electoral, en esa ocasión a la presidenta del CNE, Tibisay Lucena. "Todo esto constituye lo que la doctrina conoce como erosión de la democracia, que contraviene los pilares fundamentales de la Organización y de principios establecidos claramente en su tratado fundacional y en la Carta Democrática Interamericana", agregó. Almagro solicitó a Maduro permitir "que se encaminen las acciones para el restablecimiento del equilibrio de poderes, el respeto por la voluntad del electorado, la realización de los procedimientos conforme a los principios fundamentales y garantías que otorga el Estado de Derecho y la construcción de un camino de diálogo". "Es esencial el respeto a la soberanía que surge de la expresión popular. El pueblo expresó su voluntad en las urnas, y dicha voluntad fue avalada por la justicia electoral venezolana", recordó. "Ahora debe acatarse esa voluntad al respetarse el resultado de las elecciones o demostrar que esa no es la voluntad del pueblo de manera fehaciente, en un proceso con todas las garantías", agregó. Carta de Luis Almagro al presidente Maduro por decisión del TSJ Injerencias externas, por ejemplo en el literal este. La eliminación de la pobreza y consolidación de la democracia. No se les olvide, que la eliminación de la pobreza,

radicación de la pobreza estuvo en el plan del milenio del 2000 al 2015 en la ONU, y está nuevamente y ha ido eliminando y reduciendo progresivamente la pobreza en el mundo. En el plan de la ONU. También esta en el plan de la OEA, hasta el 2030 para ir reduciendo los niveles de pobreza, de naturalidad, de alfabetismo, de discriminación que abecés existe en la comunidad internacional esos son también los propósitos fundamentales que tiene la carta de la OEA.

Si no mal me recuerdo vimos algo de la ONU, para que ustedes vean como casi trabajan con contratos en concordancia. Condena la agresión a un solo Estado, y cuando hallan problemas entre Estados. ¿Cuál debe ser la solución? Disolución pacífica de la controversia. Ya hablamos de la justicia de la cooperación de la integración de la colaboración entre todos de la unida y conceptos respetar la identidad propia de cada país. Esto es groso domo de los grandes propicitos de la organización de los Estados americanos. En el entendido que la carta de la OEA, se habla de la democracia REPRESENTATIVA, no de la democracia PARTICIPATIVA Y PROTAGONICA, ese fin propio está establecido en la carta de la OEA, y eso es de lo cual goza, la institucionalidad de la organización de los Estados Americanos. Eso es el art 3. MIEMBROS: Actualmente tienen 34 miembros la organización de Estados Americanos, son Estados autónomos soberanos e independientes, los que forman parte de la organización. Y serán miembros de la organización aquellos que ratifique la carta, no solo que la suscriban si no que la ratifiquen, es decir que valla el derecho interno, hay si será ratificada por el órgano correspondiente para que tenga el efecto internacional. Recuerdan cuando vimos la clase de conclusión de los tratados, que yo decía forma de ratificar el consentimiento; ratificación, interpretación del consentimiento, aprobación, adición y disfrute del instrumento. Recuerdan, cada Estado cada derecho interno tiene su propia forma de planificar, puede ser el presidente un órgano competente. Lo importante para que un Estado sea miembro ratificado y conforme a esa ratificación, va a estar sujetos a todos y cada uno de los articulados, esto es un tratado de adhesión, lo toma todo o lo deja todo, aquí no puede formular reservas, a tales y cuales artículos, lo tiene que tomar todo o lo deja todo, teniendo como base fundamental; el sistema democrático como sistema político. Sistema de libertad de autodeterminación de autonomía de los poderes, de separación de los poderes, porque esa es precisamente por eso, porque es incompatible con el sistema democrático porque fue expulsada CUBA, de la organización de los Estados Americanos. Yo les dije a ustedes que el sistema político cubano es contrario a los principios, propósito y razón la finalidad y la visión que tiene la carta de la organización de los Estados Americanos, que habla de pluralidad, democracia de democracia representativa de participación de autonomía de independencia, es decir habla que los Estados tienen que tener un verdadero Estado de derecho. ¿Y el Estado de derecho que es? Es la armonía, que debe existir entre la norma, la regla y constitución, esa es la armonía ese es el Estado de derecho. Que el poder

ejecutivo sea autónomo, que la separación de poderes de la cual hablo Montesquieu el espíritu de las leyes recuerda, de cómo tenían que ser esos tres poderes; independiente, autónomo y separado. Para que cada uno de los intereses en la corresponsabilidad controlara el uno al otro, y el fin del Estado o los fines de los Estados; como lo son la justicia, la seguridad jurídica y el bien común se pudiesen dar, eso es de lo que se trata, de forma sucinta en la razón en la teleología en la filosofía que envuelve a la carta de las naciones unidas. (POR SI SE LOS PREGUNTO EN UN EXAMEN ORAL) como es un tratado que no es de, materia económica propia comercial, bilateral unilateral, si no es plurilateral, es de amplio espectro que va a regular las relaciones internacionales, por eso es que no se permiten las reservas. VAMOS A LOS Órganos: ART 9 de la carta de la OEA: Un miembro de la Organización cuyo gobierno democráticamente constituido sea derrocado por la fuerza podrá ser suspendido del ejercicio del derecho de participación en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las Conferencias Especializadas, así como de las comisiones, grupos de trabajo y demás cuerpos que se hayan creado.

Explica el profesor: es un órgano de las naciones unidas, se les niega el derecho de participar, se les suspende y se les niega el derecho de participar, a esos órganos que están dentro de la organización de Estados Americanos. ¿Por qué? Se supone ¿cuál es el sistema que debe prevalecer entre los Estados? LA DEMOCRACIA, y si un sistema democrático, si se supone que un gobernante ha sido electo constitucionalmente legalmente, y ha sido derrocado por la fuerza ese Estado conforme al artículo 9 de la carta interamericana de la OEA. Como se activa. Pero conforme al Artículo 9 de la carta de la OEA, ese Estado puede ser suspendido porque está contrariando el espíritu, propósito y razón que es la preservación de la democracia como sistema, ejemplo; y si es un sistema democrático y de repente vienen fuerzas militares o hay un gobierno de facto, y derroca al gobierno se suspende temporalmente y se le niega este derecho de acudir a la Asamblea general, ¿Por qué? Ejemplo, lo que paso en honduras. Y se supone que esa suspensión no es que lo suspenden por que sí. Si no es que se hace se lleva al dialogo se le dé feta a la persona que haya obtenido el poder, que cesen esas condiciones a objeto de que no sean suspendidas, no es que es de izo facto, si no que se llama al dialogo a la concordia a que desistan de la acción de que de una u otra manera se ha tomado el poder por la fuerza lo ha destruido sea tomado por la fuerza.

a) La facultad de suspensión solamente será ejercida cuando hayan sido infructuosas las gestiones diplomáticas que la Organización hubiera emprendido con el objeto de propiciar el restablecimiento de la democracia representativa en el Estado miembro afectado.

No que hizo facto, en honduras no fue de un día para otro, se llamó al dialogo. BUSACAR QUE PASO CON el caso de honduras. Nuevos escenarios políticos en Centroamérica: Golpe de Estado en Honduras L a hipótesis principal que anima este artículo, es que como resultado del contexto reseñado, la crisis, no sólo económica, sino social y de legitimidad de las “democracias” representativas en la región —es decir, la crisis que expone en toda su

brutalidad el fracaso del modelo impuesto tras los procesos de democratización— marca el final de un escenario en donde las fuerzas de derecha (amparadas por la estructura jerárquica de la Iglesia Católica y los principales medios de comunicación) empezaron a perder el control y la hegemonía de nuevos procesos políticos protagonizados por sectores sociales movilizados en demanda de ampliación de su base de derechos y de participación política. Estos procesos no son de ninguna manera homogéneos en sus manifestaciones, incluyen incluso enfrentamientos con la conducción de partidos y gobiernos tradicionalmente de izquierda como el Frente Sandinista en Nicaragua, pero en términos generales, expresan una disminución de la hegemonía unilateral de las políticas neoliberales y de las tendencias autoritarias de la oligarquía empresarial-militar. De hecho, el enfrentamiento del presidente Zelaya en Honduras con la cúpula de su partido y los otros poderes de Estado (Parlamento y Poder Judicial) es expresión de un Revista Realidad 121, 2009 704 ¿Cómo y porqué del Golpe de Estado en Honduras? fraccionamiento en la clase dirigente relacionada con los intereses en pugna. Lo que se juega en Honduras, con este Golpe de Estado, es la dimensión política y simbólica de un enfrentamiento más general a nivel continental que expresa una contraofensiva creciente de la derecha más conservadora tanto en el plano económico como militar. El golpe militar en Honduras, que supuso la expulsión ilegal del Presidente Manuel Zelaya, la aplicación de medidas de suspensión de libertades y la persecución y asesinato de líderes sociales, es el corolario de un esfuerzo mayor por provocar una nueva correlación de fuerzas en América Latina. Surge, no como un simple problema jurídico (como lo han querido presentar algunos medios y los sectores golpistas) sobre el tema de reelección presidencial o de establecimiento de la cuarta urna en las próximas elecciones para decidir la convocatoria a un proceso de Constituyente. Tiene como telón de fondo el reciente triunfo electoral de una fuerza política (el Frente Farabundo Martí, que ganó recientemente las elecciones en El Salvador) que convoca sectores de izquierda y con una sensibilidad marcadamente diferente que los grupos oligárquico- empresariales del entorno salvadoreño. La posibilidad de un nuevo bloque gubernamental no totalmente alineado con los intereses de los Estados Unidos y de los grupos más conservadores de la iglesia católica y de la cúpula militar-empresarial, formado por el CA-4 (Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador), alcanzó a suponer una amenaza seria para el control regional y sobre todo para la expansión de negocios que vienen contrayéndose con la actual crisis financiera mundial. La aparición en el escenario político del ejército hondureño, no supone nada nuevo en este contexto, se trata de la forma más explícita de los Estados de Excepción que resultaron tras los procesos de “paz” en Centroamérica. Dicho en palabras más simples, cuando los negocios marchan bien las democracias suponen torneos electorales, cuando se afectan los intereses de los sectores oligárquicos se atenta contra el país, contra el orden y la ley (dicho sea de paso se trata de su idea de país, de su orden y de su ley), lo que significa que la democracia precisa de la colaboración de las fuerzas armadas para seguir funcionando. Excepto movimientos sociales y algunos académicos aislados del entorno universitario y cultural de la región, nadie en Centroamérica (y fuera) se ha atrevido a cuestionar este Estado de Excepción permanente que supuso la nueva correlación de fuerzas resultante de los procesos de pacificación y democratización del área. A casi nadie se le ocurrió suponer que la pobreza estructural, la marginación y la creciente violencia a que es sometida cotidianamente la población de estos países tenía algo que ver con la

brutal e inmoral im- Revista Realidad 121, 2009 ¿Cómo y porqué del Golpe de Estado en Honduras? 705 punidad con que siguen gobernando los grupos oligarcas de la región. Cuando al Presidente Manuel Zelaya, se le ocurrió convocar a una consulta el 28 de junio (no se trataba de una ocurrencia del presidente en sí misma, sino de una demanda creciente de sectores sociales que vienen luchando por mayores espacios de participación política), para saber si el pueblo hondureño quería establecer una Asamblea Constituyente y modificar algunos aspectos de la Constitución que resultó de la reforma de 1982, olvidó algunas lecciones que no deben pasarse por alto. En primer lugar, que las democracias centroamericanas no suponen la participación efectiva de la población (es decir, se dicen democracias, pero nadie debe tomarse esto en serio), en segundo lugar ningún proceso en la región que suponga un enfrentamiento con las élites de poder, así sea resultado de un fraccionamiento del poder local (como es el caso de Manuel Zelaya) puede llevarse a cabo sin una intensa preparación, fortalecimiento y movilización de los sectores populares, tercero que la cúpula militar (días antes del Golpe, el Presidente Zelaya destituyó al Jefe del Estado Mayor Conjunto y aceptó la renuncia del Ministro de Defensa, lo que era una señal clara de que preparaban un Golpe de Estado) históricamente ha tenido más poder que el presidente en cualquier país de la región (exceptuando el caso de Costa Rica) y que sus alianzas alcanzan desde los grupos empresariales hasta la jerarquía de la Iglesia Católica, como lo demostró el Cardenal Rodríguez. En Centromérica, la política huele a pólvora e incienso (business are business, dixit). Así visto, y tras el amparo de un grueso expediente pseudo-legal contra el Presidente Zelaya, los militares retomaron el control político de Honduras, con el apoyo del Ministerio de Justicia y del Parlamento y al mejor estilo del siglo pasado expulsaron al presidente constitucionalmente electo. Ni la Organización de Estados Americanos y el rechazo y denuncia uná- nime de los gobiernos en América Latina, ni las presiones de la Unión Europea (que ha cortado su programa de ayuda a Honduras) han logrado hacer desistir a los grupos golpistas sobre el restablecimiento de los procesos constitucionales en el país. El gobierno de los EE.UU. por su parte se juega la carta de una negociación que permita volver al presidente electo, pero sin ningún poder, posición que le garantizaría al Departamento de Estado una condición de estabilidad para los posibles comicios electorales de noviembre en Honduras y para el sostenimiento de su base militar en Palmerola. Una vez más, la defensa de los intereses sociales y políticos de las amplias mayorías excluidas y pauperizadas de Centroamérica depende en exclusiva de las acciones heroicas de los movimientos sociales. Una vez lo hicieron, al Revista Realidad 121, 2009 706 ¿Cómo y porqué del Golpe de Estado en Honduras? derrotar la dictadura somocista en Nicaragua…del resultado de esta polarización y esta pugna, que es regional y continental, depende la nueva correlación de fuerzas y los nuevos escenarios políticos que enfrentaremos antes de las elecciones decisivas en América del Sur (este año y el próximo habrán elecciones en Chile, Argentina y Brasil). El golpe de Estado en Honduras marca el fin y el inicio de un nuevo proceso regional, estamos aún muy cerca de los acontecimientos para poder valorar todos sus alcances, pero lo que resulta cierto, es que se trata de un nuevo frente que se abre a las posibilidades de transformación. Depende exclusivamente de los movimientos y las fuerzas intelectuales críticas (desgraciadamente casi inexistentes en la región) no sólo el retorno de Manuel Zelaya a la presidencia de Honduras, sino la posibilidad de inaugurar

un verdadero ciclo de democracia con justicia, equidad y bienestar para los sectores populares. ¿Qué TIENE QUE VER EL CASO CON ESTO Y LA CARTA INTERAMERICANA DEMOCRATRICA DE LA OEA?, ahí se activaron el art 9 el 15, 16, 17, 18, 19 de la carta interamericana democrática de la OEA, cuando hubo, “un decisión que supuesta mente contraria el propósito y razón democrático de la constitución del Estado hondureño”. ¿Quién aprueba esa suspensión? La Asamblea General, tiene que ser las dos terceras partes de los Estados presentes y votantes, ósea que es una mayoría calificada, para suspenderlo o para levantar una suspensión. Porque puede ser que el Estado recapacite o los miembros que dieron el golpe recapaciten, y entonces se le levante la suspensión. Ojo, el hecho cierto de que un Estado fuese suspendido por la OEA, por un golpe de estado, un gobierno contrale no significa que a dejar de cumplir sus obligaciones, pierde sus derechos SI, pero las obligaciones continúan, la obligaciones contrátales, bilaterales y multilaterales con la organización continúan, lo que pierde son derechos. Entonces se le restringen los derechos pero las obligaciones permanecen. ART 10. OEA: Los Estados son jurídicamente iguales, disfrutan de iguales derechos e igual capacidad para ejercerlos, y tienen iguales deberes. Los derechos de cada uno no dependen del poder de que disponga para asegurar su ejercicio, sino del simple hecho de su existencia como persona de derecho internacional.

Igualdad jurídica de los Estados, un principio del derecho internacional, todos los Estados son iguales frente a la organización de los Estados Americanos, vale el voto igual, de Surinam y Argentina que el voto de EE.UU. vale igual o el de Brasil comparado con el de Costa Rica, todos los Estados son iguales, frente al derecho internacional. Igualdad Jurídica de los Estados. OJO OJITO Y OJOTE, con esta vaina: ANTES DE EXPLICAR EL ART, recuerdan ustedes cuando vimos el Estado como sujeto de derecho, si o si, eso va para el examen, no se les olvide, lo vimos en el reconocimiento del Estado como sujeto. No se les olvide que hay 2 teorías; una declarativa y una teoría constitutiva, sobre la existencia del Estado. Una teoría constitutiva dice; que el Estado tiene que tener 4 elementos, 3 y uno más que se llama el reconocimiento, si no hay reconocimiento el Estado no existe. Y la teoría declarativa dice; vasta que el Estado tenga los tres elementos para que exista. Entonces el reconocimiento que se haga de ese Estado es independiente de la existencia del Estado, ósea que si no hay reconocimiento el Estado sigue existiendo porque el Estado existe así no me hayan reconocido, puede celebrar tratados, convenios, pactos hacer ejercicios de autodeterminación de su soberanía de enviar embajadores de recibir embajadores etc. “esto es muy importante menos mal que refresque” lo pregunta mucho en los finales si son orales mucho mejor. Repito les, lóeles: art 13. ART 13 OEA: La existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados. Aun antes de ser reconocido, el Estado tiene el derecho de defender su integridad e independencia, proveer a su conservación y prosperidad y, por consiguiente, de organizarse como mejor lo entendiere, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdicción y competencia de sus

tribunales. El ejercicio de estos derechos no tiene otros límites que el ejercicio de los derechos de otros Estados conforme al derecho internacional.

¿Qué teoría se aplica aquí la declarativa o la constitutiva? No lo dice en paréntesis la OEA, participa en la concesión de la teoría declarativa o constitutiva, en este caso DECLARATIVA, no lo dice. La existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento, ¿eso se parece a la declarativa o constitutiva? La declarativa. Porque la constitutiva no dice que es necesario que además de los tres elementos exista un cuarto elemento. Eso es cierto, es tan igual queridos alumnos, Brandon Leonel Guerrero vivas, queridos alumnos vamos a suponer de que él no tenga el Guerrero que es el del papa, que tuviera Brando Vivas, le falta el apellido del papa, si o si, el papa no lo ha reconocido porque no tiene el apellido si o si, entonces eso significa de que él no puede leer escribir venir a clases cagar y mear ¿no puede? O sea no es persona porque el papa no le haya dado el apellido. No es persona, claro que si, toda persona es cuando se trate de su bien eso lo vieron en primer año, igual aquí, el hecho cierto de que otro Estado no me haya reconocido, entonces el Estado no puede celebrar tratados, no puede defender su soberanía, a no yo estoy esperando que la comunidad internacional que me reconozca para ver si salgo, nunca eso no existe. Es la verdad el sigue siendo persona y se desarrolla como persona no se le niega su condición, e independiente de que su papa le haya dado o no el reconocimiento, igual sucede valga la expresión del ejemplo; simplemente es para que no se les olvide jamás que independientemente de eso lo importante es que el Estado existe, yo tengo tres elementos y siempre lo he dicho hasta el cansancio, que los tres elementos esenciales del Estado son; territorio, población y ordenamiento jurídico (poderes). Esos son los tres elementos, un Estado, una población sobre el Estado y un ordenamiento jurídico sobre el territorio continental e insular y el espacio aéreo. Son elementos esenciales, que se le ha agregado el 4 elemento por la dinámica del derecho internacional y la evolución de la sociedad para efectos de un reconocimiento político. NO jurídico. Observen la diferencia, por eso que este art es muy importantísimo, esto es fundamental para que ustedes entiendan las 2 posiciones, las dos tesis encontradas entre constitutiva y declarativa y lo que afirma la carta de la OEA, y en la carta interamericana democrática de la OEA, se vuelve a reafirmar el principio de la democracia representativa. No la que invento Chávez participativa y protagónica. El la llevo a la asamblea de la OEA, como en el 2007, la llevo al seno de la OEA, para que le cambiaran esto de democracia participativa y protagónica y le dijeron valla a lavarse el rabo, porque voto la mayoría la dos terceras partes, que no que seguía siendo así, no le dijeron valla a lavarse el rabo eso lo digo soy yo. Esta carta se aplica solo para América, por eso a partir de allí, y otras desavinieses que ha habido con la OEA, para que ustedes la vallan, a juzgar para el examen, es la crisis de la OEA, entonces a raíz de la crisis de la OEA, Chávez y un grupo del ALBA, formaron lo que se llama el CELAC, la comunidad económica latinoamericana y caribeña, y quitaron de allí, el termino expresión vale, quitaron de un solo plomazo a, EE.UU. Y CANADA. Porque ellos son el imperio, eso es porque se supone que la OEA, esta en crisis igual que la ONU.

HA mire aquí hablando del reconocimiento el otro elemento: constitutiva.

de la teoría

ART 14 OEA: El reconocimiento implica que el Estado que lo otorga acepta la personalidad del nuevo Estado con todos los derechos y deberes que, para uno y otro, determina el derecho internacional.

De la teoría constitutiva, indica que el Estado que lo otorga. A reconoce a B, El señor Guerrero reconoce al hijo. El Estado que lo otorga acepta la personalidad de otro Estado. Va haber una relación entre A, sujeto que reconoce, y B, sujeto reconocido. Está reconociendo valga la redundancia, la personalidad jurídica de esos sujetos. Pero son políticas de ese sujeto. ¿Cuál es ese sujeto? Otro Estado. Ha y dice aquí, con todos los derechos y deberes que para uno y otro, porque si el papa de Guerrero le da el apellido, nace para él, la patria potestad. ¿Por qué la patria potestad que es? Es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres para con sus hijos, aun cuando tenga la mayoría de edad 18 años, siempre y cuando estén estudiando. Y si este es un Estado y yo lo reconozco yo estoy buscando a ese Estado para bien si o no, si de bolas, reciprocidad internacional un tratado, convenio o pacto, una violación bilateral que no pueda ser multilateral con otro etc. Porque ese reconocimiento es una aptitud, de capacidad, que tienen todos los Estados son iguales ya lo dijimos, todos los que tienen la aptitud, a, b, c. imagínense que estén en el seno de la OEA, aquí hay 34 países cada uno de nosotros los representantes de cada Estado, estamos aquí en el seno de la asamblea general de la OEA, tiene la misma posibilidad y cualquier otro Estado tiene la misma posibilidad de reconocerlos, porque eso nace de esa aptitud mía que se soberano autónomo yo sé a quién reconozco, quiero verlo y hacerlo en el momento que yo lo reconozco, porque ese reconocimiento es discrecional, a mi nadie como Estado me dice no reconozca a otro Estado, pero tampoco el derecho internacional público me dice a mí, usted tiene que reconocerlo en esta fecha y bajo estas condiciones y bajo estos motivos, no lo dice el derecho internacional ni mucho menos lo dice la carta de la OEA. Nace de la voluntad de cada Estado, para que de forma soberana, autónoma e independiente exprese de forma tácita o exprese de forma escrita, la voluntad de entrelazarse y reconocer una situación particular para elevar una situación que subyace a una situación eminentemente jurídica que nace, porque si tu estas ahí como Estado y yo te reconozco tú ya estabas como Estado, ya me lo dijeron ustedes. Pero justo antes elevar esa situación para yo obtener beneficios, porque ya va a parecer una relación iteraría, A y B. B Y A. A, que reconoce y B, que es reconocido una relación entre a y b. Miren esto tan bonito: ART 17 OEA: Cada Estado tiene el derecho a desenvolver libre y espontáneamente su vida cultural, política y económica. En este libre desenvolvimiento el Estado respetará los derechos de la persona humana y los principios de la moral universal.

Esto esta macheticimo, que tal una frase de esa para que yo se las saque en un examen para ver cómo se inspiran ustedes. Habla de los derechos humanos y la corte interamericana habla de los derechos humanos, tiene una carta sobre los derechos humanos, fortalecimiento de los derechos humanos. ¿Dónde se supone que se fortalecen más los derechos humanos? ¿En una dictadura o en una

democracia? En la democracia, se supone, fíjense el activo que yo estoy utilizando y el verbo a la vez suponer, se supone que en una democracia hay menos violación de derechos humanos que en una dictadura, y aquí lo patentiza la carta de la OEA, TAMBIEN tiene relación con la explicación del art 17 de la OEA. El art 18. ART 18 OEA: El respeto y la fiel observancia de los tratados constituyen normas para el desarrollo de las relaciones pacíficas entre los Estados. Los tratados y acuerdos internacionales deben ser públicos.

El art 19 habla de la no intervención de asuntos internos. ART 19 OEA: Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro. El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también cualquier otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen.

Principio que ya lo desglosamos, autodeterminación de los pueblos. Cada Estado será su propia forma de gobierno, cada Estado será su propio sistema político, su propia forma cultural. Recuérdense que la formación de Estado hay un concepto que no se puede dejar a un lado que es el concepto de naciones, primero fue la nación y luego el Estado se les olvida. ¿Y la nación que encierra queridos alumnos? La nación encierra sentimientos, cultura, folklor, tradiciones, historia, idiosincrasia formas de ser del pueblo maneras de expresión eso hace valer el concepto filosófico, teleológico, político y jurídico del Estado, si no hay nación, no hay la posibilidad de que exista el Estado. Y ese Estado se va a identificar siempre con el concepto la idea que se tenga de nación, y la constitución, las leyes las ordenanzas y los reglamentos van hacer en razón directa de esa forma de ser de ese pueblo de esa nación para adaptarla, adecuarla a esa expresión popular, a eso populacho a ese gentilicio, a eso nacionalismo a ese espacio cultural social y político. Vamos al esquema; bueno ya esta bien analizado los propósitos y los principios. Vamos haber los órganos: a partir de art 53 en delante de la carta de la OEA. SON 8 ORGANOS. 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8)

Asamblea general. Reunión de consulta de ministros de relaciones exteriores. Los consejos. El comité jurídico Interamericano. La comisión Interamericana de derechos humanos. La secretaria General. La conferencias especializadas, Y Los Organismos Especializados.

Son 8 los órganos de la organización de Estados Americanos. 1) La asamblea general: es junto con la secretaria general y el consejo permanente, los órganos mas importantes dentro de la organización. No significa que los demás no sean importantes. 2)

1) La Asamblea General: capitulo noveno, articulo 54.

ART 54 OEA: La Asamblea General es el órgano supremo de la Organización de los Estados Americanos. Tiene como atribuciones principales, además de las otras que le señala la Carta, las siguientes:

Debo partir de lo siguiente, como órgano supremo de la organización que significa que por encima de el no hay otro, ese es más importante si vamos al orden legal. La Asamblea General de la organización de los Estados Americanos. Todos tienen participación de igualdad en los votos, igualdad de participación en la Asamblea. Hay un voto como yo se los dije anteriormente el voto es equitativo, no hay discriminación para ningún Estado, no hay derecho al veto ni contra el veto que existe en las naciones unidas, aquí todos tienen derecho a participar. Pero el veto como expresión de facultad de poder estar por encima de los demás de un derecho de privilegio, no existe en la Organización de Estados Americanos. Entonces dentro de las atribuciones que tiene la Asamblea General de la OEA, están: a) Decidir la acción y la política generales de la Organización, determinar la estructura y funciones de sus órganos y considerar cualquier asunto relativo a la convivencia de los Estados americanos.

Armonizar la comparación con las Naciones Unidas, lo que yo les decía hace rato, trabajan en cooperación la organización de los Estados Americanos con la organización de las naciones Unidas. Porque a la final, por ejemplo; cuando se trata de una controversia de una disputa. ¿Cuál debe ser la solución? Debe ser la solución pacifica, lo dice la carta de las Naciones Unidas y lo dice la carta de la OEA. e) Aprobar el programa-presupuesto de la Organización y fijar las cuotas de los Estados miembros; g) Adoptar las normas generales que deben regir el funcionamiento de la Secretaría General, y h) Aprobar su reglamento y, por dos tercios de los votos, su temario.

ART 56 OEA: Todos los Estados miembros tienen derecho a hacerse representar en la Asamblea General. Cada Estado tiene derecho a un voto.

Ya se los dije. Respecto al voto. 2) REUNIONES: ART 57 OEA: La Asamblea General se reunirá anualmente en la época que determine el reglamento y en la sede seleccionada conforme al principio de rotación. En cada período ordinario de sesiones se determinará, de acuerdo con el reglamento, la fecha y sede del siguiente período ordinario. Si por cualquier motivo la Asamblea General no pudiere celebrarse en la sede escogida, se reunirá en la Secretaría General, sin perjuicio de que si alguno de los Estados miembros ofreciere oportunamente sede en su territorio, el Consejo Permanente de la Organización pueda acordar que la Asamblea General se reúna en dicha sede.

VAN rotando por 33 Estados, cada vez que le va correspondiendo a un Estado de organizar la reunión anual permanente de la organización de Estados Americanos. ¿Cómo son las decisiones de la Asamblea General?

ART 59 OEA: Las decisiones de la Asamblea General se adoptarán por el voto de la mayoría absoluta de los Estados miembros, salvo los casos en que se requiere el voto de los dos tercios, conforme a lo dispuesto en la Carta, y aquellos que llegare a determinar la Asamblea General, por la vía reglamentaria.

Ósea la mayoría de las decisiones son por mayoría absoluta, son 34 países, 34 votos mayoría absoluta, pero en otras decisiones que de acuerdo al reglamento sean establecidas. ¿Cuál va hacer la votación? Puede ser dos tercios, ahí no hay mayoría simple, ahí no es la mitad más uno, la mitad de 34 cuanto es, 17. Serian 18 ahí no hay mayoría simple. Hay mayoría de las dos terceras partes y mayoría absoluta para la toma de una decisión. 2º El otro órgano son; RELACIONES EXTERIORES:

REUNIONES

DE

CONSULTA

DE

MINISTROS

DE

Esto es cuando se reúnen, se llaman consulta de los ministros de relaciones exteriores de cada uno de los Estados, que están representados en el seno de la organización, con el objeto de tomar un punto de dependencia, por ejemplo; cuando se rompe el hilo constitucional de un Estado, se reúne el consejo permanente, o un Estado pide de forma urgente la reunión de los ministros de relaciones exteriores de cada uno de los Estados, para tocar continuar con un punto fundamental que ha caído en un problema un país, entonces se reúnen. Aquí dice: ART 62 OEA: Cualquier Estado miembro puede pedir que se convoque la Reunión de Consulta. La solicitud debe dirigirse al Consejo Permanente de la Organización, el cual decidirá por mayoría absoluta de votos si es procedente la Reunión.

Esta vamos hablando de la Asamblea General; que es el órgano más importante, es el órgano supremo de la organización de los Estados Americanos, ahí se decide la política las acciones los planes y analizar todos los programas, planes que se tienen, aprobar los programas los informes, es decir que todos los Estados participan en igualdad de condiciones, los 34 Estados que constituyen la OEA, van y votan, tienen el derecho al voto en la Asamblea General. Si había un parlamento universal en la ONU, la Asamblea General de la ONU. Aquí es un parlamento regional que es la organización de los Estados Americanos. Ese es el órgano supremo. Hay otros órganos; como la secretaria, la reunión de consulta de ministros de relaciones exteriores. El papel del secretario general de la OEA: BUSCAR QUE HACE EL SERETARIO GENERAL, ejemplo si es el porta voz, el mediador, el intermediador el vaso comunicante entre los Estados, el que lleva a cabo la voz de conciliación, de encuentro cuando va a los foros internacionales el secretario general es el que de una o otra manera, activa los planes y programas que tienen las organizaciones, se pronuncia sobre alguna situación, que este en juego o en peligro la democracia en América, la crisis que haya de alternabilidad de los poderes, cuando se este violando no solamente la carta de la OEA, si no la carta interamericana democrática de la OEA, también el secretario general. Luis Almagro, da su opinión emite opiniones y por supuesto dentro de todas esas opiniones, lo mas importante es salvaguardar y respetar el sistema democrático como un sistema político, la democracia como sistema político y la democracia representativa. Recuerden que yo les dije, a ustedes que en la OEA, en la carta de la OEA, y en la carta interamericana democrática de la OEA, se habla de democracia

representativa, nunca se habla de democracia participativa y protagónica, es democracia representativa. Esto es lo importante del secretario General. CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN: ART 80 OEA: El Consejo Permanente de la Organización se compone de un representante por cada Estado miembro, nombrado especialmente por el Gobierno respectivo con la categoría de embajador. Cada Gobierno podrá acreditar un representante interino, así como los representantes suplentes y asesores que juzgue conveniente.

Cada Estado tiene un representante, óseo que tiene 34 representantes, en el consejo permanente. ART 82 OEA: El Consejo Permanente conoce, dentro de los límites de la Carta y de los tratados y acuerdos interamericanos, de cualquier asunto que le encomienden la Asamblea General o la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores.

Por ejemplo, este consejo permanente puede actuar, también y las consultas de ministerios relaciones exteriores también los órganos ejecutivos, cuando este en peligro la integridad de la democracia de un país, cuando hay un golpe de Estado. Cuando se pide la intervención, o la consulta de ministro de relaciones exteriores, por la situación anómala, hay un golpe de Estado y se rompe el hilo constitucional, cuando elige el consejo permanente para que ejecute o lleve planes de acciones propios como; suspender, analizar, enviar representantes, veladores a objeto de restablecer la situación infringida en un Estado en un momento determinado cuando las bases del sistema democrático estén en vía. Fíjense la importancia también del consejo permanente como órgano ejecutivo; ART 83 OEA: El Consejo Permanente actuará provisionalmente como Órgano de Consulta de conformidad con lo establecido en el tratado especial sobre la materia.

Actuará de forma de consulta cuando así se haya autorizado para ello. FIJENSE ESTO TAN IMPORTANTE: ART 86 OEA: El Consejo Permanente, en el ejercicio de sus funciones, con la anuencia de las Partes en la controversia, podrá establecer comisiones ad hoc. Las comisiones ad hoc tendrán la integración y el mandato que en cada caso acuerde el Consejo Permanente con el consentimiento de las Partes en la controversia.

Ósea hay situaciones en controversias Estados, y se envían representantes del consejo permanente y pueden ir, así como se crearon los tribunales ad hoc, ósea comisiones ad hoc especiales para conocer un caso y conforme a eso dirigir la controversia, porque que es lo que le interesa, no solo a la OEA, al consejo permanente a la Asamblea General a todos los órganos; que se restablezca en el supuesto de las roturas del hilo constitucional de un país que se restablezca ese hilo constitucional y las condiciones por cuales existían vuelvan a la normalidad. Porque no se les olvide que cuando hay un golpe de Estado se rompe la estructura constitucional y legal, un golpe de Estado un golpe de fuerza, un golpe de Estado es un golpe contra el eje, contra la constitución y contra la ley, contra la estructura jurídica pirateando a un Estado, y si nosotros los ciudadanos hemos electo mal o bien a un presidente a unos Asambleísta mal o bien y llega una fuerza una flota un golpe militar, rompe la estructura del hilo constitucional tiene que enterarse indudablemente la organización de los Estados

Americanos, no solamente la carta que estamos terminando de leer si no también la carta interamericana democrática de la OEA. BUENOS HIJOS CON ESO ESTA VISTA LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS. LA CARTA INTERAMERICANA DEMOCTATICA DE LA OEA: No es lo mismo la carta de la OEA y la naturaleza jurídica de la OEA, Organización de Estados Americanos. A la carta interamericana democrática de la OEA. Primero fue la OEA, la carta de la OEA, a través del pacto de Bogotá en 1948. Y luego viene la carta interamericana democrática de la OEA. Voy a dar unos tics. Esta carta interamericana democrática de la OEA, ES IMPORTANTISIMO; hijos pero importantísima carajo, si la carta de la OEA es fundamental, la carta interamericana democrática de la OEA es mas fundamental, yo diría pilar fundamentales para la preservación de los sistemas democráticos de América, para la preservación de la institucionalidad democrática. Tiene 28 artículos. Y esa carta democrática interamericana de la OEA, fue posterior a la OEA. Y fue por unas razones fundamentales, lo que ocurrió en las torres gemelas. Fue creada el 11 de septiembre del 2001, lima Perú. La carta democrática interamericana de la OEA. Con bases: en los derechos humanos, en la institucionalidad democrática, en la preservación de la democracia y la observación de los sistemas democráticos de un país.

LOS PILARES FUNDAMENTALES, de la carta democrática interamericana de la OEA: 1) 2) 3) 4)

Preservación de la democracia como sistema. La institucionalidad democrática. Los derechos humanos. Y la observación internacional.

Esos son los pilares fundamentales de la carta, y la observación internacional respecto de como deben verse y de qué manera deben verse las elecciones en un país. Leer los considerandos ahí:

Que la solidaridad y la cooperación de los Estados americanos requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa y que el crecimiento económico y el desarrollo social basados en la justicia y la equidad y la democracia son interdependientes y se refuerzan mutuamente; Que la educación es un medio eficaz para fomentar la conciencia de los ciudadanos con respecto a sus propios países y, de esa forma, lograr una participación significativa en el proceso de toma de decisiones, y reafirmando la importancia del desarrollo de los recursos humanos para lograr un sistema democrático y sólido;

Que, en la Declaración de Managua para la Promoción de la Democracia y el Desarrollo, los Estados Miembros expresaron su convicción de que la misión de la Organización no se limita a la defensa de la democracia en los casos de quebrantamiento de sus valores y principios fundamentales, sino que requiere además una labor permanente y creativa dirigida a consolidarla, así como un esfuerzo permanente para prevenir y anticipar las causas mismas de los problemas que afectan el sistema democrático de gobierno; Fíjense estamos hablando de democracia o no, si, preservación, conservación, mantenimiento. Y que los gobiernos deben preservar la institucionalidad democrática, esa es la filosofía ese es les moti de la carta. Para evitar que en América, aun chiflado militar se le ocurra dar un golpe de Estado y querer romper el hilo constitucional la estructura del Estado y querer imponerse contra el eje con la fuerza o de facto como se llama en un gobierno determinado y romper esa estructura. CARMONA, por ejemplo, yo me recuerdo muy bien que la cago, cuando empezó a eliminar todos los poderes, a mí me dio grima cuando empezó a eliminar se elimina las gobernaciones eliminando toda esa vaina. Lo mismo que hizo Chávez, el también dio un golpe de Estado, la diferencia es que uno no rompió esa estructura así tan violentamente si no a través de las fuerza de las armas y los muertos y a este se le metió el chuqui y hizo un decreto, no se quien lo redacto seria la mama de trazan y la mona chita y uno de los intelectuales del psuv que lo ayudo entonces lo hicieron y la cagaron, lo mismo en el caso de Zelaya en honduras, lo mismo en Paraguay Logo. Entonces se activó la carta democrática interamericana de la OEA, eso es lo que propugna esa son las bases filosóficas. Fíjense de que no se está hablando. ¿Por qué hablamos de democracia? ¿Por qué cuando hablamos de la carta democrática interamericana de la OEA, a que hacemos referencia cuando decimos? Es que la democracia es por la democracia es cuando la democracia. ¿Por qué? Hay inclusión, pluralismo. ¿Por qué? Hablamos de democracia, porque hablamos como dice la carta de institucionalizar la democracia como sistema político. Que decía Simón bolívar, ¿Cuál era el mejor sistema de gobierno? No el bolívar que tienen prostituido aquí, no ese bolívar, el verdadero bolívar. ¿Cuál era el mejor sistema de gobierno? El que le daba la mayor suma de pelea posible al pueblo, el que tuviera independencia de poderes, INDEPENDENCIA DE PODERES. No sujeción de un poder a otro poder. ¿Cuántos poderes hay en Venezuela? 5, ejecutivo, legislativo, judicial, electoral y ciudadano. ¿Qué es más la democracia? Que sean autónomos e independientes los poderes, separación de poderes. ¿Que decía Montesquieu en el espíritu de las leyes? Trato, poder y voz del pueblo, por eso es que la democracia representativa, porque a través del pueblo nosotros nombramos a los idiotas que nos gobiernan, y nosotros la cagamos, yo tengo tiempo cegándola nombrándolo cada 5 años. Porque la gente está equivocada, porque la gente cree que democracia es ir a votar cada 5 años o cada 4 años. En cuba se vota pero por un tubo, por ese tubo y ese es el tubo, pero en cuba no hay separación de poderes, en cuba no hay libertad de prensa, en cuba si usted actúa en contra del gobierno usted es un perseguido político. Por ejemplo yo le puedo decir a Chávez lo que me dé la gana cuando estaba vivo y de maduro, pero usted va ha decir eso de los castros en cuba va preso, aquí es una ceudo democracia. La democracia: es la suma de las partes que es el todo. ¿Qué son las sumas de las partes? Libertad, ejercicio, separación de poderes, alternabilidad del poder. No que yo gobierne, gobierne, gobierne. Fíjense a Chávez como se le metió el chuqui y reformo la constitución, igual está haciendo el de Bolivia, evo morales, se eternizan en el poder la democracia es alternabilidad en el poder.

Si no hay separación de poderes, no hay autonomía. Cuando empecemos a ver los primeros artículos, nos vamos a dar cuenta en que consiste el verdadero ejerció de la democracia. La carta democrática interamericana de la OEA, nace en septiembre del 2001, casi cuando se estaban cayendo las torres gemelas, se estaba aprobando el lima Perú, la carta democrática interamericana de la OEA, esta carta no es un tratado en sí, si no es un protocolo escoso, de cómo debe ser en la práctica o en la praxis, el desarrollo de la democracia según lo conceptúa los propósitos y razones de la OEA. No se les olvide que la carta de la OEA se habla de la DEMOCRACIA REPRESENTATIVA, no democracia participativa y protagónica. En el cual el pueblo el soberano, escoge los representantes que de una u otra manera, van a ejercer el gobierno por nosotros, van a ejercer la autoridad, el poder. Se divide en 6 capítulos, y tiene 28 artículos, habla sobre los derechos humanos, sobre la democracia, la observancia internacional, sobre la institucional democrática, sobre la cultura y la democracia. Y les voy hacer un resume de ello hijos. En los primeros artículos, cuando se habla de institucionalidad democrática y la preservación de la democracia, tenemos que hacer valer lo siguiente ya se los he dicho hasta el cansancio, la democracia no es solo el ejercicio del voto. En esos primeros artículos nos habla que es la democracia. La democracia; es la libre elección, es la alternancia del poder o la alternabilidad del poder, es la separación de los poderes, es la autonomía de los poderes. Ese es el sistema democrático que se quiere para América. No se les olvide, repito que en la carta de la OEA. El sistema que tiende hacer perfectibles, que le puede dar la suma de mayor felicidad, el ser humano ¿Cuál es? El sistema político llamado democracia, donde hay un juego de ideas una pluralidad de ideas, el ejercicio pleno de la democracia, en el que tú puedas opinar el derecho al libre ejercicio y al juego de la ideas en el campo de las ideas, la libre expresión, que no exista un bozal, que no exista un límite un a frontera al que tú puedas exponer o expresar lo que tú quieras, eso es la democracia. La democracia es; que los poderes estén separados, estén autónomos, no como en Venezuela que todas las actuaciones se llevan por un solo poder, el poder ejecutivo. Aquí no hay alternancia aquí la separación y autonomía de poderes, como decía Montesquieu, en el espíritu de las leyes no se cumplen. Hay poderes si, hay 5 poderes, pero todos están su juzgados a uno, que es el poder ejecutivo, todos le obedecen eso no es democracia. Y democracia tampoco es ir a votar cada 5 años e ir a cagarla como la hemos cagado. Eso no es decir hay en Venezuela hay democracia porque cada 5 años hay elecciones o cada 4 años. NO. La democracia es; de acto y de ejercicio, es de acción no solamente poder de democracia, poder del pueblo no, la democracia es que tú puedas opinar que yo pueda opinar, que tú opines algo y yo discierna de ti, no, no. O que yo decienta o esté de acuerdo contigo, no esté de acuerdo contigo, eso es la democracia. La democracia es la suma de la felicidad para el ser humano, porque la gente está equivocada y cree que la democracia es solamente ir a vota o el libre ejercicio de ir a votar. Aunque desgraciadamente nos acostumbraron a ir a votar. NO A IR A ELEGIR. Es muy distinto. La democracia es, elegir yo elijo a pedro porque considero de que l tiene cualidades, eso sí es el ejercicio la democracia. Mire de lo que habla sobre la probidad de la democracia.

ART 4 D.I.OEA: Son componentes fundamentales del ejercicio de la democracia

la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa. La subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida y el respeto al estado de derecho de todas las entidades y sectores de la sociedad son igualmente fundamentales para la democracia. La democracia debe ser transparencia no trasparencia. Me cago en la leche dice el español, jajaja. La probidad, la responsabilidad de los gobiernos de la gestión pública, el respeto por derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa. ART 5 D.I.OEA: El fortalecimiento de los partidos y de otras organizaciones

políticas es prioritario para la democracia. Se deberá prestar atención especial a la problemática derivada de los altos costos de las campañas electorales y al establecimiento de un régimen equilibrado y transparente de financiación de sus actividades. Por eso es que en cuba no hay democracia, en cuba solo hay un partido político el del buró político comunista no hay más. ¿Y el sustento de la democracia cuál es? LOS PARTIDOS POLITICOS. No que sean todos, parte de la democracia. Que se les permita a los ciudadanos organizarse en partidos políticos, para que a través de ellos nosotros podamos elegir a nuestros gobernantes. EL CAPITULO 2 DICE LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS: ART 7 D.I.OEA: La democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las

libertades fundamentales y los derechos humanos, en su carácter universal, indivisible e interdependiente, consagrados en las respectivas constituciones de los Estados y en los instrumentos interamericanos e internacionales de derechos humanos. Cualquier persona o cualquier grupo de personas que considere que sus derechos humanos han sido violados, puede interponer denuncias o peticiones en el sistema interamericano de prevención y protección de los derechos humanos conforme al procedimiento establecido en el mismo. Eso fue lo que hizo Leopoldo López, el acudió a las instancias internacionales, a la comisión interamericana de derecho humanos, le dio la razón y luego fue a la corte y le dio la razón. Porque él se agarró se simio al art 31 de la constitución nacional. ART 31 CRBV: Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la república, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos. El Estado adoptara, conforme a procedimientos establecidos en esta Constitución y en la ley, las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales previsto en este artículo. El derecho que tiene una persona de ir a pedir a los órganos internacionales.

¿Qué órgano es la corte? y luego la comisión admitió la demanda interpuesta por Leopoldo López, y luego fue a la corte y la corte demando y ordeno a Venezuela hágase esto, cúmplase esto y Venezuela dijo que no, porque eso era violar el derecho interno. Está violando el art 31 CN, y el art 33 de los tratados, que dice que los tratados tienen rango constitucional tienen el orden interno y las leyes que pueden ser aplicadas, pues entonces empátenme el art 8 de la carta democrática, 31, 23 de la constitución nacional. ART 8 D.I.OEA: Cualquier persona o grupo de personas que consideren que sus

derechos humanos han sido violados pueden interponer denuncias o peticiones ante el sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos conforme a los procedimientos establecidos en el mismo. Los Estados Miembros reafirman su intención de fortalecer el sistema interamericano de protección de los derechos humanos para la consolidación de la democracia en el Hemisferio. ART 23 CRBV: Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contenga normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta constitución y en las leyes de la Republica, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. Le Está dando jerarquía constitucional o no a los tratados, recuerden que eso ya lo vimos. Y el 31 le dice, mira si el derecho interno te viola los derechos humanos, el derecho a la vida es un derecho humano, y los derechos humanos son; inalienables, imprescriptible son universales. El derecho a la libertad es igualito en la Conchinchina que en Venezuela, esa liberta la que tiene el ser humano el Estado de libertad, el Estado de libertad no es decir mire es que yo estoy en libertad porque no estoy detrás de unas rejas. No hay libertades que carecen están seccionadas que es la voluntad de conciencia. Entonces esos art 23, 31 empátenmelo con el 8 de la carta democrática de la OEA. Estamos hablando de derecho humanos. Eso fue lo que hizo Leopoldo López, acudió a las instancias internacionales, porque en Venezuela la justicia o se le denegaba o estaba parcializada, y la justicia en un sistema democrático debe ser IMPARCIAL. Y tiene que ser; JUSTA. Darle a cada quien como decía Ulpiano, darle a cada quien lo que le corresponde sin dañar a nadie. Esa es la justicia, la justicia que se debe profesar y practicar en un sistema democrático. Lo dice los derechos humanos. ART 9 D.I.OEA: La eliminación de toda forma de discriminación, especialmente

la discriminación de género, étnica y racial, y de las diversas formas de intolerancia, así como la promoción y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y los migrantes y el respeto a la diversidad étnica, cultural y religiosa en las Américas, contribuyen al fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana. No se admite ninguna forma de discriminación de ningún tipo de sociedad y la protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas.

III Democracia, desarrollo integral y combate a la pobreza:

ART 11 D.I.OEA: La democracia y el desarrollo económico y social son

interdependientes y se refuerzan mutuamente. ART 13 D.I.OEA: La proporción y la observancia de los derechos económicos, culturales y sociales, son consustanciales al desarrollo integral al crecimiento y a la democracia de los Estados del hemisférico. ART 12 ID.I.OEA: La pobreza, el analfabetismo y los bajos niveles de desarrollo

humano son factores que inciden negativamente en la consolidación de la democracia. Los Estados Miembros de la OEA se comprometen a adoptar y ejecutar todas las acciones necesarias para la creación de empleo productivo, la reducción de la pobreza y la erradicación de la pobreza extrema, teniendo en cuenta las diferentes realidades y condiciones económicas de los países del Hemisferio. Este compromiso común frente a los problemas del desarrollo y la pobreza también destaca la importancia de mantener los equilibrios macroeconómicos y el imperativo de fortalecer la cohesión social y la democracia. La pobreza y el analfabetismo y los bajos nivel de desarrollo son factores principales y negativamente de la consolidación de la democracia, recuérdese que esos son algunos de los planes del milenio, la erradicación de la pobreza y del analfabetismo. Un país un gobierno una persona una sociedad, que el alto índice de analfabetismo, sea alto es propil que sea manejado por los gobernantes. Cuando tú tienes acceso a la cultura, cuando tienes acceso a la formación cultural a la formación que te permita desarrollarse crecer como persona, es muy difícil que uno sea controlado. Por ellos la democracia del desarrollo económico es compatible. Y de ese desarrollo fundamentalmente tienen que estar la erradicación de la pobreza y el analfabetismo y la miseria o pobreza extrema eso es fundamental. Artículo, estoy agarrando 3 en cada uno.

IV Fortalecimiento democrática:

y

preservación

de

la

institucionalidad

Art 17, 18 hasta el 22. Estos art son importantísimos, porque aquí es donde se pude activar la carta democrática interamericana de la OEA. En caso de que haya una ruptura en las relaciones insulares, que haya un golpe de Estado que aparezca un gobierno de fuerza contra el eje y resquebraje la institucionalidad democrática, entonces se activa la carta. Bien sea a través de la reunión de ministros de relaciones exteriores o a través de consejo permanente o el llamado del secretario general de la organización de los Estados Americanos Almagro. Se puede activar la carta para que incitus los observadores de la OEA, puedan restablecer el orden perdido porque se ha resquebrajado la institucionalidad democrática. ART 17 D.I.OEA: Cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está

en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática.

Cuando se oye un riesgo, no es que yo crea o sueñe. Que hay un riesgo que la institucionalidad democrática, del sistema democrático que el gobierno este tambaleando se pude acudir: al secretario general Luis Almagro e inclusive al consejo permanente que es el órgano ejecutivo y a los ministros de relaciones exteriores de la OEA, al fin de activar la carta para restablecer el orden. No se les olvide que esta es la carta interamericana democrática, se preocupa por preservar la democracia, porque Venezuela o América latina o América no valla nuevamente a lo que era la época del 60 o 70 de aquí para abajo todo era dictaduras no eran gobiernos contra el eje, no eran gobiernos donde no existía democracia. Y esto se hizo para fortalecer los regímenes democráticos. ART 18 D.I.OEA: Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que

pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación. El Secretario General elevará un informe al Consejo Permanente, y éste realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento. Hay algo importante que quiero recalcar ahí. Fíjense voy a tomar igualito como dice. El

Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado. El secretario general no solamente va a venir a un solo Estado si no es invitado, la situación esta planteada hay una situación donde se puede romper el hilo constitucional de un Estado se necesita la actuación de la OEA, viene el Secretario General, vienen los miembros del consejo permanente incitu, ósea que en el sitio que el Estado lo invita y vienen y le levantan un informe y lo presenta al Consejo Permanente de la OEA, que es el órgano ejecutivo a efectos de que tomen los mecanismos necesarios, que tomen las riendas del momento y puedan decidir, que es lo concerniente o que no es lo concerniente a efectos nuevamente volver a la institucionalidad democrática, volver al Estado de cosa de como estaban antes, de que existiera el golpe o el rompimiento o la ruptura de la institucionalidad democrática. ART 19 D.I.OEA: Basado en los principios de la Carta de la OEA y con sujeción a

sus normas, y en concordancia con la cláusula democrática contenida en la Declaración de la ciudad de Quebec, la ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado Miembro constituye, mientras persista, un obstáculo insuperable para la participación de su gobierno en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las conferencias especializadas, de las comisiones, grupos de trabajo y demás órganos de la Organización. Ósea cuando hay una ruptura, o un rompimiento en la institucionalidad democrática es muy difícil de que un Estado sea invitado a la Asamblea General, a la reunión de consultas a los consejos de obligación de las conferencias. Porque un Estado cuando se ha suspendido o sea expulsado sobre todo suspendido para luego analizar la situación pierde sus derechos pero sigue con sus obligaciones. Pierde sus derechos de ir a la asamblea general, a la voz de consulta a los consejos de organización tener

voz y voto. Pierde todos esos derechos. En una y otra manera le da la carta de la OEA, cuando se ha roto la institucionalidad democrática. ART 20 D.I.OEA: En caso de que en un Estado Miembro se produzca una

alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente. Fíjense lo que dice, que cualquier Estado miembro que vea que una situación ha afectado la institucionalidad democrática, puede hacer la denuncia correspondiente ante el Secretario General, para que a través del consejo permanente se tomen la medidas concernientes y decidan que es lo que atañe o no atañe a la solución del problema, como se puede solucionar, buscando mediadores buenos oficiantes, venir una comisión de la OEA, venir el secretario General, venir el los miembros del consejo permanente. Que es lo que interesa: restablecer la situación infringida eso es lo que le interesa a la OEA.

El Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática. Segunda parte del art 20:

Si las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que ésta adopte las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática. Tercera parte

del artículo 20:

OIDO. Deben agotarse todas las vías diplomáticas establecidas en la carta de las naciones unidas y en la carta de la OEA, cualquiera, buenos oficiantes, negociador, mediador, la ley diplomática, la ley de conciliación cualquiera de ellas. Lo que interesa a la OEA, es restablecer el orden infringido, volver la situación como estaba antes eso él lo que le interesa a la OEA. Como hay que buscar los mecanismos, porque la institucionalidad democrática está por encima de cualquier catriba, de que se valla la bota militar el fuero la ruptura el resquebrajamiento de esas bases jurídicas sociológicas políticas de la democracia. Tiene que ver mucho con la OEA y con la carta democrática interamericana, por eso la importancia que se le da a través del consejo permanente a través del secretario General. Que para que cuando le ocurriera esta situación se activara la carta democrática interamericana de la OEA, y vuelva todo a las condiciones normales. Cuarta parte del art 20: Durante el proceso se realizarán las gestiones

diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática. ART 21 D.I.OEA: Cuando la Asamblea General, convocada a un período

extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden

democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato. Eso fue lo que le paso a honduras que lo suspendieron ahí se activó la carta democrática interamericana, porque las misiones diplomáticas fueron infructuosas y toco que suspender a honduras, ya volvió nuevamente honduras a la OEA, lo suspendieron por 2 años una vez que se hicieron las elecciones y todo. Normalmente al normalizarse la situación y al volver al sistema original, Honduras obtuvo nuevamente los derechos y deberes como miembro activo de la organización de Estados Americanos. Segunda parte del art 21: El Estado Miembro que hubiera sido objeto de

suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos. Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado. Lea el 22 que fue lo que sucedió con Honduras se suspendió y luego volvió. ART 22 D.I.OEA: Una vez superada la situación que motivó la suspensión,

cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá proponer a la Asamblea General el levantamiento de la suspensión. Esta decisión se adoptará por el voto de los dos tercios de los Estados Miembros, de acuerdo con la Carta de la OEA. Ósea que así como se puede suspender se puede levantar la suspensión, siempre y cuando hayan cesado las condiciones originales que dieron motivo a esa ruptura de la institucionalidad democrática, activando entonces a través de la Asamblea General la decisión prostra o del Secretario General.

V La democracia y las misiones de observación electoral Ahora han notado ustedes que siempre que hay elecciones en Venezuela, el gobierno en estos últimos 17 años, pareciera que le da escozor garanchin, que venga una observación internacional de la OEA, para que un observador internacional venga ha Venezuela tiene que ser invitado por Venezuela. Venezuela tiene que invitarlo para que venga a observar las elecciones. En la elecciones recientes hace 2 meses y medios, vino UNASUR, pero la oposición quería que viniera la unión europea que viniera la OEA, incitu levantaron un informe no solamente como vigilantes, si no como observador, vigilante directo, que pueda de forma aleatoria ir a un centro de votación y observar como se votaba, y aleatoriamente tuviese el conteo de una vez. Eso no se hizo. Lo que se hizo fue visitándose centros pero por encimita, no hiendo al de oyó del problema, eso es fundamental para TRANPARENCIA. Y sean las elecciones transparentes. Limpias, sin ningún proceso que pueda decir que estas elecciones están viciadas, las observaciones electorales son

permitidas, siempre y cuando el Estado invite a esos observadores para que vengan y analicen presenten un informe y puedan determinar si hay o no hay trampa. Como es el proceso si es confiables y son confiables. ART 23 D.I.OEA: Los Estados Miembros son los responsables de organizar, llevar

a cabo y garantizar procesos electorales libres y justos. Los Estados Miembros, en ejercicio de su soberanía, podrán solicitar a la OEA asesoramiento o asistencia para el fortalecimiento y desarrollo de sus instituciones y procesos electorales, incluido el envío de misiones preliminares para ese propósito. ART 24 D.I.OEA: Las misiones de observación electoral se llevarán a cabo por

solicitud del Estado Miembro interesado. Con tal finalidad, el gobierno de dicho Estado y el Secretario General celebrarán un convenio que determine el alcance y la cobertura de la misión de observación electoral de que se trate. El Estado Miembro deberá garantizar las condiciones de seguridad, libre acceso a la información y amplia cooperación con la misión de observación electoral. Eso es cuando ya es permitida el Estado lo invita se pone de acuerdo con el secretario, viene una observación de la OEA, entonces viene la parlafanaria, el protocolo de la agenda que sitio va a visitar como lo va a visitar en que momento va a presentar el informe, todo eso tiene que constar en un momento determinado. Última parte del art 24: Las misiones de observación electoral se realizarán de

conformidad con los principios y normas de la OEA. La Organización deberá asegurar la eficacia e independencia de estas misiones, para lo cual se las dotará de los recursos necesarios. Las mismas se realizarán de forma objetiva, imparcial y transparente, y con la capacidad técnica apropiada. Las misiones de observación electoral presentarán oportunamente al Consejo Permanente, a través de la Secretaría General, los informes sobre sus actividades. Dejémoslo hasta ahí, eso es hijo falta la parte cultural, eso es a groso modo la carta democrática interamericana de la OEA. ALIANZA BOLIVARIANA PARA LOS PUEBLOS DE NUESTRA AMÉRICA (ALBA-TCP) La Alternativa Bolivariana para América Latina y el Caribe o ALBA como se la conoce comúnmente, es una propuesta de integración enfocada para los países latinoamericanos y caribeños que pone énfasis en la lucha contra la pobreza y la exclusión social. Se concreta en un proyecto de colaboración y complementación política, social y económica entre países de esta región, promovido inicialmente por Cuba y Venezuela como contrapartida del Área de Libre Comercio de las Américas o ALCA, impulsada por Estados Unidos. Ideológicamente el ALBA está sustentada en el pensamiento de los próceres latinoamericanos Simón Bolívar, José Martí, Antonio José de Sucre, Bernardo O"Higgins, José de San Martín, Augusto César Sandino, entre otros, sin nacionalismos egoístas ni

políticas nacionales restrictivas que nieguen el objetivo de construir la Patria Grande Latinoamericana que soñaron los héroes de nuestras luchas emancipadoras.se sustenta en el pensamiento de inspirada en el más grande sueño de nuestro Libertador, Simón Bolívar: "Ver formar en América la más grande nación del mundo, menos por su extensión y riqueza que por su libertad y gloria El ALBA se fundamenta ".en la creación de mecanismos que aprovechen las ventajas cooperativas entre las diferentes naciones asociadas para compensar las asimetrías entre esos países. Esto se realiza mediante la cooperación de fondos compensatorios, destinados a la corrección de discapacidades intrínsecas de los países miembros, y la aplicación del Tratado de Comercio de los Pueblos o “TCP”. El ALBA-TCP otorga prioridad a la relación entre los propios países en pie de igualdad y en el bien común, basándose en el diálogo subregional y abriendo campos de alianzas estratégicas fomentando el consenso y el acuerdo entre las naciones latinoamericanas. Esta propuesta de unir a los países de América Latina y el Caribe en un solo bloque económico, político y social resume los principios rectores de una verdadera integración latinoamericana y caribeña basada en la justicia, la solidaridad, la equidad, la cooperación, la complementariedad, la voluntad común de avanzar, el desarrollo equitativo y el respeto a la soberanía y autodeterminación de los pueblos, con énfasis en el desarrollo humano y social, además del político y económico. CREACIÓN DEL ALBA La propuesta del ALBA la formuló por primera vez el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, en el marco de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Asociación de Estados del Caribe, celebrada en la isla de Margarita, al noreste de Venezuela, en diciembre de 2001. El ALBA se crea en La Habana (Cuba) el 14 de diciembre de 2004 por el acuerdo de Venezuela y Cuba, con la implicación personal de los presidentes de ambos países, en Venezuela el presidente Hugo Chávez y el entonces presidente de Cuba Fidel Castro. CAMBIO DE NOMBRE ALBA A ALBA-TCP El acrónimo ALBA pasó a ser ALBA-TCP, a solicitud del presidente boliviano Evo Morales, para incluir y reflejar el "Tratado de Comercio de los Pueblos".

De Alternativa a Alianza. Asimismo, a petición del presidente de la República Bolivariana Venezuela, Hugo Rafael Chávez Frías, el ALBA-TCP deja de llamarse «Alternativa» para llamarse «Alianza». El presidente venezolano lo indicó de este modo en la VI Cumbre Extraordinaria del ALBA-TCP en Maracay: "Surgió así como una alternativa. Algunos hemos venido comentado y creemos que aunque mantiene su condición de alternativa, podemos llamarla «alianza»". El motivo del cambio de «alternativa» por «alianza» se debe a que actualmente el ALCA ya no tiene mayor repercusión en la región, y el ALBA-TCP, ya más que representar una alternativa en contraposición al ALCA, busca un mayor afianzamiento institucional y renovados objetivos. La nueva denominación quedó oficialmente sentada por escrito en el sexto párrafo de la Declaración de la Sexta Cumbre Extraordinaria del ALBA-TCP del 24 de junio de 2009 de Maracay, Edo. Aragua, Venezuela. INTEGRANTES DEL ALBA-TCP 

Antigua y Barbuda



Bolivia



Cuba



Dominica



Ecuador



Granada



Nicaragua



San Cristóbal y Nieves



Santa Lucía



San Vicente y Las Granadinas



Venezuela

Honduras es un ex-miembro Tras un proceso de validación parlamentaria, Honduras se incorporó a la Alianza Bolivariana. En este país cabe destacar que, a pesar de los esfuerzos de su entonces presidente Manuel Zelaya, e incluso ya firmado el tratado, la adhesión oficial al ALBA se demoró un tiempo. Los problemas presentados se debían a

que la integración al ALBA no era válida si no la autorizaba el Congreso Nacional de Honduras y había dificultades debido a la fuerte oposición por parte de la diputación hondureña hacia el ALBA, por el temor de las posibles influencias intervencionistas de este ente en la vida política nacional. Además Honduras ya tiene tratados de libre comercio con Estados Unidos y otros países que integran el CAFTA-RD. También existía un Tratado Comercial bilateral entre Honduras y Venezuela, el cual podría complicar este nuevo tratado. La empresa privada tampoco quería el ALBA por temor a las posibles implicaciones ideológicas del Acuerdo. Finalmente, el 10 de octubre de 2008, el Congreso Nacional de Honduras aprobó la adhesión. Sin embargo, y como medida de desapruebo del golpe de estado de Honduras contra Manuel Zelaya, el 2 de julio de 2009, Venezuela suspendió a Honduras del programa Petrocaribe para evitar que esta ayuda financiera se usara para subsidiar al gobierno impuesto por el golpe y, seguidamente, se anunció la suspensión por tiempo indefinido de ese país centroamericano del ALBA. El 15 de diciembre de 2009 se inició el procedimiento para retirarse definitivamente del ALBA, concluyendo el 12 de enero de 2010 cuando el Congreso Nacional de Honduras, con 123 votos a favor y 5 en contra, aprobó renunciar al tratado. CARACTERÍSTICAS DEL ALBA-TCP Las principales características del ALBA son las siguientes: 

Es una propuesta de integración de nuestros pueblos.



Está fundamentada en la pobreza y la exclusión social.



Es la expresión de los intereses de los pueblos latinoamericanos.



Se basa en la cooperación de fondos compensatorios a fin de corregir las disparidades de los países débiles frente a las primeras potencias del mundo.



Da prioridad a la integración latinoamericana, y a la negociación en bloques subregionales.



El ALBA se fundamenta en la creación de mecanismos que aprovechen las ventajas cooperativas entre las diferentes naciones asociadas para compensar las asimetrías entre esos países. Esto se realiza mediante la cooperación de fondos compensatorios, destinados a la corrección de discapacidades intrínsecas de los países miembros, y la aplicación del TCP (Tratado de Comercio de los Pueblos).



El ALBA otorga prioridad a la relación entre los propios países en pie de igualdad y en el bien común, basándose en el diálogo subregional y abriendo campos de

alianzas estratégicas fomentando el consenso y el acuerdo entre las naciones latinoamericanas. 

Los países miembros del bloque comercial ALBA-TCP, que lidera Venezuela firmaron un acuerdo para crear una moneda electrónica regional que se prevé entrará en circulación en 2010, la triplicación del comercio interno entre sus miembros (liberalización), el aumento de la producción agrícola en países como Cuba y Nicaragua. Las llamadas empresas “Gran-nacionales” en contraposición a las transnacionales, son otra característica de este grupo, existen en sectores como pesca (Transalba), minería, transporte, telecomunicaciones y agricultura (Albatel). También la creación de empresas como Puertos del ALBA, S.A, empresa para la construcción de puertos en Cuba y Venezuela. Otra es Alba de Nicaragua S.A. (Albanisa), empresa petrolera mixta entre Nicaragua y Venezuela.



Superficie: Más de dos millones y medio de kilómetros cuadrados.



Población: Más de 75 millones de habitantes.



Ubicación: El Alba tiene un perfil atlántico, pacífico y caribeño. Los países de la Alianza están en Centroamérica, en el Caribe y en Suramérica, en las regiones andina y amazónica. FUNDAMENTO JURÍDICO DEL ALBA-TCP La declaración conjunta del 10 de diciembre de 2004 es considerada el Acta

fundacional y el Acuerdo Marco para la integración del bloque a partir de los cuales se han estructurado las instituciones para hacerlos operativos. A este marco fundacional se suma los TCP, concebidos como Tratados de Comercio que buscan desarrollar el comercio justo bajo los principios de cooperación Sur-Sur,

complementariedad

económica

y

solidaridad;

y

las

Instituciones

intergubernamentales de la ALBA-TCP (Las declaraciones conjuntas de acceso, contribuciones y suscripciones, y las declaraciones de apoyo firmadas por Jefes de Estado y Gobierno). La ALBA-TCP no es un Tratado formal para constituir una organización supranacional apegada a las normas del Derecho Internacional o al Comercio Internacional Capitalista. No existen normativas y obligaciones que los Estados deban cumplir en términos del Derecho formal o de normas de un Tratado Internacional o del Comercio Internacional (OMC).

PROPÓSITOS DEL ALBA-TCP 1.- El comercio y la inversión no deben ser fines en sí mismos, sino instrumentos para alcanzar un desarrollo justo y sustentable, pues la verdadera integración latinoamericana y caribeña no puede ser hija ciega del mercado, ni tampoco una simple estrategia para ampliar los mercados externos o estimular el comercio. Para lograrlo, se requiere una efectiva participación del Estado como ente regulador y coordinador de la actividad económica. 2.- Trato especial y diferenciado, que tenga en cuenta el nivel de desarrollo de los diversos países y la dimensión de sus economías, y que garantice el acceso de todas las naciones que participen en los beneficios que se deriven del proceso de integración. 3.-La

complementariedad

económica

y

la

cooperación

entre

los

países

participantes y no la competencia entre países y producciones, de tal modo que se promueva una especialización productiva eficiente y competitiva, que sea compatible con el desarrollo económico equilibrado de cada país, con las estrategias de lucha contra la pobreza y con la preservación de la identidad cultural de los pueblos. 4.- Cooperación y solidaridad que se exprese en planes especiales para los países menos desarrollados en la región, que incluya un Plan Continental contra el Analfabetismo, utilizando modernas tecnologías que ya fueron probadas en Venezuela; un plan latinoamericano de tratamiento gratuito de salud a ciudadanos que carecen de tales servicios y un plan de becas de carácter regional en las áreas de mayor interés para el desarrollo económico y social. 5.- Creación del Fondo de Emergencia Social, propuesto por el Presidente Hugo Chávez en la Cumbre de los Países Sudamericanos, celebrada en diciembre de 2004 en Ayacucho. 6.- Desarrollo integrador de las comunicaciones y el transporte entre los países latinoamericanos y caribeños, que incluya planes conjuntos de carreteras, ferrocarriles, líneas marítimas y aéreas, telecomunicaciones y otras. 7.- Acciones para propiciar la sostenibilidad del desarrollo mediante normas que protejan el medio ambiente, estimulen un uso racional de los recursos e impidan la proliferación de patrones de consumo derrochadores, y ajenos a las realidades de nuestros pueblos. 8.- Integración energética entre los países de la región, que asegure el suministro estable de productos energéticos en beneficio de las sociedades latinoamericanas y

caribeñas, como promueve la República Bolivariana de Venezuela con la creación de Petroamérica. 9.- Fomento de las inversiones de capitales latinoamericanos en la propia América Latina y el Caribe, con el objetivo de reducir la dependencia de los países de la región de los inversionistas foráneos. Para ello se crearían, entre otros, un Fondo Latinoamericano de Inversiones, un Banco de Desarrollo del Sur, y la Sociedad de Garantías Recíprocas Latinoamericanas. 10.- Defensa de la cultura latinoamericana y caribeña y de la identidad de los pueblos de la región, con particular respeto y fomento de las culturas autóctonas e indígenas. Creación de la Televisora del Sur (TELESUR) como instrumento alternativo al servicio de la difusión de nuestras realidades. 11.- Armonizar medidas para que las normas de propiedad intelectual, al mismo tiempo que protejan el patrimonio de los países latinoamericanos y caribeños frente a la voracidad de las empresas transnacionales, no se conviertan en un freno a la necesaria cooperación en todos los terrenos entre nuestros países. 12.- Concertación de posiciones en la esfera multilateral y en los procesos de negociación de todo tipo con países y bloques de otras regiones, incluida la lucha por la democratización y la transparencia dentro de los organismos internacionales, particularmente en las Naciones Unidas y sus organismos. CRÍTICAS AL ALBA-TCP 1.- “Ausencia” de una estructura supranacional que le dé mayor cohesión y compromiso a los acuerdos y consensos haciéndolos depender más de la voluntad política de los Gobiernos de turno que del interés colectivo. 2.-

El

sesgo

político-ideológico

que

domina

el

discurso

del

bloque

fundamentalmente orientado al llamado “socialismo del Siglo XXI”, constituye un obstáculo para la articulación de políticas con otros bloques de la región que no están inscritos en esta corriente. 3.- Las contradicciones en las políticas que desarrollan los países miembros en relación con otros bloques regionales y con las propias políticas anti-estadounidense. 4.- Alta dependencia de los recursos provenientes de la diplomacia petrolera venezolana que pone en peligro el alcance de los objetivos del bloque. 5.- Falta de liderazgo. 6.- Apropiación de recursos de otros países para satisfacer su demanda interna. 7.- Injerencia sobre los demás países violando la soberanía.

MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) Se conoce como Mercosur al acrónim o de Mercado Común del Sur, un bloque económico compuesto por países de América del Sur. El Mercosur estaba formado originalmente por cinco países de América de Sur Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay, luego Venezuela (2012) siendo los países asociados al Mercosur los siguientes Chile, Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú y, por último los países observadores Nueva Zelandia y México. A pesar de que fue creado en el año 1991, los delineamientos de la creación de este pacto datan del año 1980, cuando Brasil y Argentina firmaron varios contratos comerciales con la finalidad de uniformar sus mercados. Sin embargo, el bloque fue creado el 26 de marzo de 1991, a través de la firma del “Tratado de la Asunción”, en Paraguay. CARACTERÍSTICAS DEL MERCOSUR 1.- Gradualidad: que fija en cada etapa un conjunto reducido de proyectos integrados en todos sus aspectos, previéndose inclusive la armonización de políticas para asegurar el éxito de los proyectos y la creatividad del programa. 2.- Flexibilidad: orientada al ajuste de su alcance, ritmo y objetivos. 3.- Equilibrio: en el sentido que no debe inducir a una especialización de las economías en sectores específicos; que debe estimular la integración intersectorial, que debe buscar el equilibrio progresivo – cuantitativo y cualitativo – del intercambio por grandes sectores y por segmentos a través de la expansión del comercio. 4.- Reciprocidad: de derechos y obligaciones de los Estados Partes. PROPÓSITOS DEL MERCOSUR 1.- La libre circulación de productos, servicios y bienes entre los estados miembros, en rigor por medio de la eliminación de las barreras comerciales. 2.- La creación de un arancel externo común y también el desarrollo de una política comercial común hacia países terceros o agrupaciones de países. 3.- La coordinación de las políticas macroeconómicas y también de los sectoriales entre los estados miembros del Mercosur respectivo la política industrial, monetaria y fiscal, la política comercial, la política agrícola, la política de comunicación, la política de servicio y de transportes.

4.- Armonizar la confirmación de los estados miembros y su legislación en las áreas concernientes para alcanzar un fortalecimiento del proceso general de integración. FUNDAMENTOS JURÍDICOS De acuerdo al Artículo 41 del Protocolo de Ouro Preto, las fuentes jurídicas del MERCOSUR son: 1.- El Tratado de Asunción, sus protocolos y los instrumentos adicionales o complementarios. 2.- Los acuerdos celebrados en el marco del Tratado de Asunción y sus protocolos. 3.- Las Decisiones del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones del Grupo Mercado Común y las Directivas de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, adoptadas desde la entrada en vigor del Tratado de Asunción. DIFERENCIAS ENTRE EL ALBA-TCP Y MERCOSUR ALBA-TCP MERCOSUR 1.- Posee una Unidad monetaria 1.- No cuenta con ningún tipo de regional

única llamada Sucre.

(Sistema

Unitario

moneda especial.

de

Compensación Regional) ALBA-TCP 2.- No establece formalmente la solución

de

conflictos

MERCOSUR 2.- Con el protocolo de Basília se

o expresa

que

cualquier

controversias entre sus miembros.

controversia

el tratado internacional que lo

Estados parte sobre interpretación

crea solo expone los compromisos

aplicación o incumplimiento de las

que cada miembro acepto cuando

disposiciones

firmó o se adhirió al tratado

asunción se intentará solucionar en

primer

surgida

del

entre

tratado

término

por

los

de la

3.- El objetivo es combatir la

negociación directa

pobreza y la exclusión social.

3.- El objetivo es buscar más oportunidades comerciales..

SEMEJANZAS ENTRE EL ALBA-TCP Y MERCOSUR 1.- Ambos son procesos de integración de los pueblos. 2.- Buscan disminuir las barreras comerciales y Arancelarias. 3.- Son Organizaciones Internacionales de ámbito regional. VENEZUELA FRENTE AL MERCOSUR En la Cumbre Presidencial celebrada en Montevideo en 2005, se aprueba el Acuerdo, con el que se inicia el ingreso formal de Venezuela al Mercosur y se creó un Grupo Ad Hoc para negociar el Protocolo de Adhesión y convenir la normativa vigente. En 2006 se firmó en Caracas el Protocolo de Adhesión de Venezuela al Mercosur, el cual entraría en vigor una vez que los parlamentos de los países miembros lo aprobaran. Pero el objetivo declarado del Gobierno venezolano de priorizar la lucha contra el desempleo, la pobreza y la exclusión social -por encima de la inercia neoliberal interesada en firmar los TLC-, desató férreas resistencias a la incorporación de Venezuela al Mercosur. Desde entonces el Senado de Paraguay se dedicó a impedir este proceso. Luego de la destitución de Fernando Lugo, como presidente de Paraguay, hecho que ocurrió el 22 de junio de 2012; el Mercosur decide suspender la participación del estado sureño como un miembro pleno del Mercosur. Tras esta decisión los países miembros deciden reunirse en una cumbre celebrada en la ciudad de Mendoza, en Argentina para ratificar la decisión de la suspensión de Paraguay de la organización y realizar la inclusión plena de Venezuela al sistema de comercio. El 28 y 29 de junio 2012, des de la ciudad de Mendoza, en territorio argentino se aprueba el mecanismo de ingreso formal de Venezuela al Mercosur, admitido por los miembros plenos del bloque (Uruguay, Argentina y Brasil). 6) La presidenta de Argentina, Cristina Fernández, anunció que la fecha de ingreso de Venezuela a Mercosur, sería el 31 de julio de 2012; durante una cumbre que se realizaría en la ciudad de Río de Janeiro en Brasil.

En Diciembre del 2015 El presidente electo de Argentina, Mauricio Macri, exigió que se aplicara la cláusula democrática

del MERCOSUR contra Venezuela por la

"persecución" a los opositores y a "la libertad de expresión". Macri expreso que La situación que vive Venezuela bajo el Gobierno de Nicolás Maduro no corresponde

"con

el

compromiso

democrático que

hemos

asumido todos

los miembros del MERCOSUR. CRÍTICAS AL MERCOSUR 1.- Se destaca una fuerte desigualdad en la economía de sus Estados. 2.- El marco institucional es ''insuficiente'' para consolidar la integración de los países miembros. 3.- No se ha consolidado ni la zona de libre comercio ni la unión aduanera. 4.- Disputa por el liderazgo Sudamericano entre Argentina, Brasil y Uruguay. 5.- Inestabilidad política en algunos países miembros. CONCLUSIONES En un país o en una gran ciudad pueden haber tantos mercados como ramas importantes del comercio haya, que tales mercados puedan o no tener mercados fijos, es decir, lugares especiales de reunión; y que la extensión geográfica de cada mercado dependerá mucho de la naturaleza de los bienes que se ofrecen en venta. La creación y el desarrollo de un Mercado Común Latinoamericano es una respuesta adecuada a la consolidación de grandes espacios económicos en el mundo y a la necesidad de lograr una apropiada inserción internacional. Para la creación de dicho mercado es necesario tener mínimas condiciones de igualdad, de democracia y de voluntad política de sus miembros, entendiendo la política en su acepción más amplia y sana para lograr el crecimiento y progreso de todos sus miembros y no de un grupo. Aunque existen diferencias de extensión, grado de industrialización, desarrollo, régimen político, y de recursos entre los países miembros del MERCOSUR y del ALBA, su integración es importante para intensificar los intercambios y lograr economías de escala para mejorar el bienestar común.

En este proceso de consolidación del mercado común se deben superar varios obstáculos que los gobiernos de los países miembros están tratando de lograr en un clima de cooperación. La expansión global del comercio internacional, los negocios y el intercambio de divisas ha sustentado en gran parte el argumento liberal sobre los beneficios que supone el libre comercio y los mercados abiertos. Pese a los problemas de los bienes colectivos y otros obstáculos para la cooperación

internacional,

los

gobiernos

nacionales

y

las

organizaciones

internacionales han encontrado formas eficaces de cooperación. Los autores sostienen que la Alternativa Bolivariana para América Latina y el Caribe (ALBA), contiene conceptos como: integración tecnológica-productiva, soberanía alimentaria, participación de los pueblos en los asuntos públicos, garantía de comercio justo y sustentable, competencia productiva con los países no miembros del ALBA, justicia social, soberanía, pluralidad de culturas, diversidad, reconocimiento de la cultura afro descendiente y el derecho de la autodeterminación de los pueblos indígenas tal como lo establece los pactos de derechos humanos, conceptos que hoy día en nuestro país, en su gran mayoría no se aplican. INTERVENSION DEL PROFESOR: el comercio; es una integración comercial como lo es el ALCA, el MERCOSUR, es un proceso de acercar de integrare aquellos países, por eso es que tienen un carácter eminentemente ideológico, con cierta ideología valga la redundancia a ideas izquierdistas, y en base a eso, se unieron con la finalidad de darle origen el nacimiento al ALBA. EL fin del ALBA es; combatir la pobreza y la exclusión social, eso es fundamental combatir la pobreza, yo diría que en Venezuela esta raspado en combatir la pobreza. Que haya mas inclusión que exclusión, que no sea discriminatorio el proceso con nosotros con el ALBA, si no que incluyan a todos sin distingo de razas, creeos, religión. Y buscar erradicar el sub objeto actual sin arras de ser factibles el plan del milenio del 2015, para la erradicación de la pobreza y sobre todo la pobreza extrema. Y permitir que muchos tengan acceso a lo que no han tenido acceso. La inclusión social. Critican el cerco eminentemente político ideológico que tiene el ALBA, es decir que sea una integración de países con ideas izquierdistas, entonces eso hace mas cerrado el espacio del ALBA. Y otros también critican la falta de liderazgo, el que llevaba ese liderazgo era Chávez, que se murió y Fidel castro esta que se muere. Entonces ese es el problema esa falta de liderazgo, reduce que haya una conexión entre los líderes que constituyen el ALBA. El otro puede ser el de Bolivia evo morales, pero no ha asumido el rol o el papel que se necesita para hacer valer los propósitos y razones filosófica lo que es el ALBA. Es decir que las cargas no solamente son sobre un país, son compartidas. Por ejemplo, Brasil, argentina si bien es cierto que tiene obligaciones o derechos, también tiene incluso el ejercicio de las decisiones, están en igualdad están en equilibrio. Entre todos lo miembros que forman parte.

Otra cosa hijos, otra fundamentación jurídica que no la vimos, que es el tratado aun no cuareno. Es el que le da personalidad jurídica el MERCOSUR, se le dice tratado aun no cuareno, se le da las base jurídicas, filosóficas, políticas del MERCOSUR, y que a través de eso tiene la personalidad jurídica y es sujeto y tiene la medida de la aptitud para per turar deberes y derechos jurídicos internacional. Entonces la fundamentación jurídica no solamente es el tratado de Asunción que le dio nacimiento 91, si no también el tratado aun no cuareno, que le da la personalidad jurídica. Ósea, que uno pudiera ser un tratado de integración y el otro un tratado verdaderamente comercial. La integración del ALBA, bajo un aspecto filosófico y ideológico. Y el otro bajo un aspecto inminentemente comercial estoy hablando del MERCOSUR. Fíjense lo importantes ustedes se ponen haber. Ubíquense ustedes en el mapa, integren; Brasil, Uruguay, Paraguay, Venezuela y Argentina, ubiquen el espacio que abarcan esos países en América del sur, ubiquen que tiene aproximadamente mas de 300 millones de habitantes esos países, los recursos que tiene Brasil, recursos hídricos, energéticos, teleológicos, el amazonas es el pulmón del mundo los recursos minerales que tiene Brasil, que tiene Venezuela el petróleo, los recursos agrícolas, pecuarios, mineros. Entonces estamos hablando de un mercado común del sur, importantísimo, que puede competir con el mercado de la comunidad europea, que tiene 28 países, y aquí solamente son 5 países. Entonces fíjense lo importante que es ubicarse geopolíticamente y geoestratégicamente, como los mercados pueden ir hacia el atlántico, salir hacia el atlántico. Por vía del mar, a objeto de llevar su producto a los destinos. Por eso es un tratado eminentemente comercial. Me busca romper esas barreras, buscar un mercado común, buscar un arancel interno común. Que cuando un producto mío llegue al país tuyo tú me lo pagues los impuestos. Cuando el producto suyo llegue al país mío yo te lo cobro con impuestos. Donde se establezca un arancel interno común, para lograr romper las asimetrías por los desequilibrios que hay. Por ejemplo; no puede ser lo mismo los impuestos que le pueden cobrar Uruguay o Paraguay, que se le pueda cobrar a Brasil. Lo que se necesita es reducir esos espacios, y que haya un equilibrio macroeconómico y la economía por ejemplo, de Paraguay, Uruguay y Venezuela, no se vean afectados respecto a las políticas comerciales, económicas. De Brasil o de Argentina que son gigantes. Paraguay fue suspendido, sabe porque fue eso, porque dentro del MERCOSUR, hay una clausula que para que un país sea admitido con plenos derechos y deberes y asociados. Tienen la facultad los parlamentos los países que lo integren en el congreso tienen que dar el visto bueno. Paraguay siempre se oponía a que Venezuela entrara al MERCOSUR, porque en Venezuela hay una democracia no de derecho si no de hecho, ósea aquí no se cumplen los principios de libertad de economía de poderes, separación de poderes los principios de la democracia, y hay una clausula en el MERCOSUR, que dice que aquellos países tienen que estar sujetos a la clausula democrática, y cuando se les exige el sentido y la razón entonces puede ser excluido. Que ocurrió con Venezuela, que aprovecharon el caso de Fernando logo en presidente de Paraguay y fue suspendido y posterior a eso en un momento determinado se reunieron los presidente de los países, no los parlamentos y aprobaron en el 2012 la entrada de Venezuela al MERCOSUR, violando la misma regla del MERCOSUR, porque tenia que ser el parlamento y no el ejecutivo. Entonces a partir del 2012 Venezuela es miembro pleno con derechos y obligaciones dentro del MERCOSUR.

Por eso digo yo no se puede comparar el desarrollo tecnológico, científico el de Brasil con el de Paraguay el de Venezuela con argentina, el de Uruguay con el de argentina, es incomparables. Eso s llama desde el punto de vista del derecho comercial internacional asimetrías comercial, no pueden compararse ni pueden pelear entre comillas en igualdad de condiciones.

Conceptos La Globalización: consiste en la creciente comunicación e interdependencia entre los países del mundo uniendo sus mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. Esta recibe su mayor impulso con la caída del comunismo y el fin de la Guerra Fría cuando desaparece la Unión Soviética; también se suele simbolizar con la caída del Muro de Berlín el 9 de noviembre de 1989. Y continúa con un mayor avance y evolución en el siglo XXI. Podríamos decir que la globalización se inicia por la creciente necesidad de consumo y auge en las relaciones comerciales, la búsqueda de expansión, crecimiento y consolidación de una ideología, la cual ha conformado el actual comercio internacional y el moderno sistema económico. Se puede considerar como un proceso de interacción e integración entre las personas, las empresas y los gobiernos de diferentes naciones. Siempre en función del comercio y la inversión en el ámbito internacional; esta ya se ha visto respaldada por las tecnologías de información. Este proceso produce efectos en el medio ambiente, la cultura, los sistemas políticos, el desarrollo y la prosperidad económica, al igual que el bienestar físico de los seres humanos que conforman la sociedad de todo el mundo. El ordenamiento jurídico también tiene gran importancia en los efectos de la globalización y se ve en la necesidad de uniformizar y simplificar procedimientos y regulaciones nacionales e internacionales con el fin de mejorar las condiciones de competitividad y seguridad jurídica, además darle universalidad al reconocimiento de los derechos fundamentales de ciudadanía y los llamados derechos humanos. Para poder lograr un equilibrio adecuado entre los costos y los beneficios asociados con la globalización, los ciudadanos de todas las naciones deben comprender y saber manejar la forma en que la misma funciona y las opciones de política con las que cuentan tanto ellos como sus sociedades. El avance de la tecnología, el auge de las telecomunicaciones e internet y el desarrollo de los medios de transporte ha permitido que el fenómeno de la globalización sea una realidad ineludible en el mundo actual.

Sus Defensores y Detractores: Se ha puesto en evidencia que la globalización tiene ventajas e inconvenientes. La globalización impulsa el crecimiento y el desarrollo económico pero a la vez provoca desequilibrios e inequidades, cada día se hace más evidente la necesidad de organismos internacionales fuertes, con capacidad para imponer un nuevo orden económico global y con el compromiso de redistribuir globalmente los beneficios del desarrollo humano.

En el plano ideológico los credos y valores colectivistas y tradicionalistas causan desinterés generalizado y van perdiendo terreno ante el individualismo y el cosmopolitismo de la sociedad abierta. Los medios de comunicación clásicos, en especial la prensa escrita, pierden su influencia social (cuarto poder) frente a la producción colaborativa de información de la Web 2.0 (quinto poder).

El fenómeno es defendido desde teorías económicas como el neoliberalismo y por entidades como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. Los defensores de este fenómeno mundial exponen multitud de razones para estar a favor del mismo. Así, entre alguna de ellas se encuentran:      

Permite que la libertad se extienda. Da lugar a más puestos de trabajo y a un crecimiento bastante palpable de la economía. Ha disminuido la mortandad infantil. Ha aumentado la esperanza de vida. Han avanzado los derechos de las mujeres. Ha decrecido la explotación laboral infantil.

Existen numerosas corrientes de pensamiento que creen que la globalización transciende la línea de la económica y abarca la cultura. Por eje: la relación de fuerzas entre las naciones más desarrolladas y subdesarrolladas. La globalización sin límites ni controles se vuelve sumamente desigual; favorece el imperialismo cultural y el dominio económico, y atenta contra la identidad particular de cada pueblo. También se dice que dicho fenómeno favorece la privatización, aumenta la competencia, se produce la “fuga de cerebros” y se sobreexplota el medio ambiente. el fruto de la globalización neoliberal que lideran y defienden los grandes ejes e imperios de dominio económico, político y financiero a escala mundial, ha incrementado la desigualdad y la brecha existente entre los países y ha provocado una expansión de la pobreza, de la exclusión y de la sobreexplotación de recursos.

La Integración: Se puede definir como el constituir un todo con las partes que faltaban; o hacer que algo o alguien pase a formar parte de un todo. La integración Social se puede dar dentro de cierto país, cuando el objetivo es lograr que las personas de más bajo estrato social logren surgir y mejorar sus niveles de vida. Para lograr esto el Estado o las instituciones civiles deben promover políticas y acciones para fomentar habilidades de autonomía personal y social, la inserción ocupacional, la educación y la adecuando alimentación. A la integración también pueden acudir distintos países, para potenciar la capacidad de cada nación, con la ayuda del trabajo en conjunto, mejorar la situación de todos los habitantes. Un ejemplo de esta integración política y económica es MERCOSUR. Esta integración económica tiene unos elementos fundamentales:  La unión económica y monetaria  El mercado común

 

La zona de libre comercio La zona preferencial de comercio

La integración siempre va a suponer:  El esfuerzo coordinado  La planeación conjunta  La convivencia pacifica Esta es la única forma en que las partes pueden constituir un todo, aun sin perder su individualidad. Cabe destacar por sobre todos los procesos de integración conocidos, el caso de la Unión Europea, el cual ha llegado mucho más allá de un aspecto solo económico. Con ella se ha creado toda una institucionalidad supranacional, con atribuciones en materias políticas, jurídicas, de defensa, sociales y económicas.

Características: Globalización: 1 2 3 4 5 6 7

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Aumento de la competencia; se torna un ambiente competitivo para los actores del desarrollo Diversificación de nuevos productos y servicios; se da un creciente intercambio de los bienes, mercancías y servicios Mejoramiento continuo de precios. Internacionalización de la producción Desarrollo acelerado de la ciencia y la tecnología y de los conocimientos científicos Se trata de un proceso universal, pues afecta a todos los países del planeta, independientemente de la posición que ocupen dentro de la economía mundial y del orden político. Se parte de la existencia de países mejor posicionados que otros, es decir que su naturaleza económica es excluyente, porque aquellas naciones o regiones que no pueden ser competitivas, quedarán a la saga del desarrollo Al ser el mercado el elemento primordial de la globalización, el Estado como unidad política y como espacio en el cual se desarrolla el gobierno y la soberanía de los países, queda en segundo plano Al ser el mercado el mecanismo que rige las relaciones entre los países y regiones, la capacidad de consumo determinará su valor y no su condición humana. Por esa razón se dice que la globalización es deshumanizante Los mercados, el capital, la producción, la gestión, la fuerza de trabajo, la información, el conocimiento y la tecnología se organizan en flujos que atraviesan las fronteras nacionales. La globalización empuja a las empresas y mercados a organizarse en redes estrechamente alineadas a escala planetaria. La ciencia, el conocimiento, la información, la cultura, la educación, etc. Tienden a escapar de los límites o controles nacionales.

La Integración: regional:

Existen ciertas características especiales a todo proceso de integración

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Los sujetos de los Estados son soberanos Los Estados emprenden el proceso integrado en forma voluntaria y deliberada Como todo proceso se debe avanzar por etapas, debe ser un proceso gradual Las etapas deben ser cada vez más profundas y dispersas; de allí la necesidad de la progresividad y la convergencia del proceso El proceso económico se inicia con acercamientos económicos, pero lentamente y dependiendo de cada proceso.

Naturaleza: El proceso de globalización es esencialmente fruto espontáneo del natural progreso de la libertad y de la técnica, manifestado en el libre juego de los mercados, conducente a más eficientes asignaciones de los recursos humanos y naturales del mundo y, por lo tanto, a mayor producción de riqueza y bienestar. La globalización no es un fenómeno nuevo, aunque en la actualidad se presenta con unas condiciones y posibilidades diferentes, debido al acelerado progreso tecnológico. La globalización ha acompañado el proceso de desarrollo de la economía desde mucho antes, se podría decir que la historia económica es la historia de la globalización. La “Globalización Económica” es un proceso histórico, el resultado de la innovación humana y el progreso tecnológico. Hace referencia a la creciente integración de las economías de todo el mundo, especialmente a través del comercio y los flujos financieros. En algunos casos este término hace alusión al desplazamiento de personas y a la transferencia de conocimientos a través de las fronteras internacionales. La Globalización abraca además aspectos culturales, políticos y ambientales más amplios. Reducir la globalización a los factores económicos es un error, pues afecta a todos los aspectos de la vida, pues la comunicación mundial hace que todas las cuestiones, tanto políticas, económicas como culturales, sean compartidas.

Propósitos: La Globalización: uniformizar y simplificar procedimientos y regulaciones nacionales e internacionales con el fin de mejorar las condiciones de competitividad y seguridad, además de universalizar el reconocimiento de los derechos fundamentales de ciudadanía. En la cultura se caracteriza por interrelacionar las sociedades y culturas locales en una cultura más global. En lo tecnológico la globalización depende de los avances en la conectividad humana facilitando la libre circulación de personas y la masificación del Internet. Ayuda a la libre información y a que los países puedan, de ayuda de otros, alcanzar muchos de sus objetivos; Realmente la globalización es un proceso tan amplio que sería casi imposible mencionar todas las ramas en la que esta se ha involucrado incluso indirectamente.

La integración económica: se la considera una de las vías más idóneas para incrementar el nivel de bienestar entre los países que forman parte del área de integración





    

libre circulación de bienes. La teoría económica tradicional nos dice que la integración económica se traducirá en un mayor bienestar que vendrá afectado: 1. Por un cambio en la cantidad de bienes producidos 2. Por una alteración en el grado de discriminación entre los bienes nacionales y los bienes importados 3. Por una redistribución de los ingresos entre los ciudadanos de un mismo país 4. Por una redistribución de los ingresos entre los ciudadanos de los diferentes países. libre circulación de los factores de producción, el capital y el trabajo, que permite, no solo la mejor asignación del capital, sino también la reducción de las desigualdades regionales en cuanto al empleo y un mayor acercamiento de los salarios. Preservar la paz y la seguridad (Tratado CECA , 1951) Poder suficiente para determinar los términos de intercambio; Precios internacionales (OPEP) Ganar poder de negociación en los foros políticos internacionales y económicos ( MERCOSUR) Seguro contra eventos futuros como las guerras comerciales o la discriminación comercial (Grecia, España y Portugal ganaron credibilidad política cuando se unieron a la CE por los compromisos adoptados) Motivos puramente económicos: aumentar el bienestar social a través de diferentes mecanismos económicos.

Tipos: La Globalización:  La Globalización Política: este es el proceso que permite desarrollar instituciones y mecanismos a escala planetaria para tratar los temas que afectan a todos los integrantes de la tierra. Nos ayuda a enfrentar problemas globales, como lo son el cambio climático o el agotamiento de los recursos naturales, es necesario que para lograr estos objetivos los países actúen conjuntamente. Algunas organizaciones internacionales como la ONU trabajan por todo el mundo para ocuparse de asuntos que nos afectan globalmente.  La Globalización Económica: Esta consiste en la creación de un mercado mundial en el cual se van a suprimir todas las barreras arancelarias para así poder permitir la libre circulación de los capitales: financiero, comercial y productivo. El capital financiero, es el dinero, los préstamos y créditos internacionales y la inversión extranjera. Se caracteriza por no ocupar un lugar determinado y que gracias a la tecnología puede trasladarse de un lugar a otro con rapidez. El Capital Productivo se constituye por el dinero invertido en la materia prima, los bienes de capital, por eje: maquinaria, herramientas, edificios, terrenos, vehículos, etc. Y la mano de obra. El comercial capital son los bienes y servicios que se compran en el mercado y se venden en el mercado internacional; en este mercado los principales vendedores son las empresas multinacionales, por eje: Coca-Cola, Sony… etc. Y los compradores son la población de cada país. También existen muchos vendedores de su fuerza de trabajo, estos constituyen la mano de obra, ya que estos venden su fuerza de trabajo a cambio de un salario.  La Globalización Cultural: Está en función del alcance geográfico, de estos movimientos y la intensidad o el volumen de dichos movimientos, también en la velocidad o rapidez con que es

posible comunicarse, comunicar imágenes o ideas de un lugar a otro. Una concentración exclusiva en los flujos culturales no marcara una importancia de relaciones permanentes establecidas por dichos flujos, es obvio que algunos de estos flujos son totalmente transitorios y no dejan ninguna huella social.

La integración:  



Integración negativa: eliminación de las barreras que restringen la movilidad de bienes, servicios y factores productivos. Integración positiva: creación de una soberanía común a través de la modificación de instituciones existentes y creación de nuevas instituciones. La diferencia entre integración y cooperación reside en la creación o no de una soberanía común. Área de libre comercio: donde los países participantes liberan su comercio de manera recíproca y conservan la autonomía en todo lo demás  Eliminación de las barreras al comercio entre los países que se integran, pero reteniendo Cada país sus propias restricciones (soberanía sobre política comercial) Principalmente eliminación de barreras arancelarias Principalmente mercancías Para evitar la “huida de comercio” se diseñan las “reglas de origen”: sólo se permite el libre comercio de mercancías que han sido producidas completamente o con un determinado porcentaje de valor añadido en alguno de los países miembros Ejemplos: EFTA, NAFTA Unión Aduanera  Eliminación de las barreras al comercio entre los países que se integran  Creación de un Arancel Aduanero Común frente al resto del mundo (Tarifa Arancelaria Común, TAC).  Solo mercancías y servicios  Legislación aduanera común Ejemplos: los seis países fundadores de la UE completaron la unión aduanera en 1968. Mercado Común: cuando existe libre movilidad de factores productivos entre los países miembros  Eliminación de las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio entre los países que se integran y creación de un Arancel Aduanero Común frente al resto del mundo.  Eliminación de obstáculos a la libre circulación de factores productivos: capital, trabajo.  Además de la política aduanera común, es necesaria la coordinación de otras políticas económicas (de infraestructuras, de transporte, de la competencia, de cohesión social, algunos impuestos (IVA)…). Ejemplos: Acta Única Europea (empieza en 1987 y se completa en 1993).   









Unión Económica: se coordinan políticas microeconómicas y macroeconómicas y adoptan una moneda común sí coordinan políticas microeconómicas y macroeconómicas y adoptan una moneda común  Eliminación de las barreras al comercio entre los países que se integran y creación de un Arancel Aduanero Común frente al resto del mundo.  Eliminación de obstáculos a la libre circulación de factores productivos: capital, trabajo  Coordinación de políticas macroeconómicas (monetaria y fiscal), seguridad y defensa, política exterior. Ejemplos: Desde 2001, Unión Monetaria en EU Federación: que abarca la integración política.

¿En que afecta la globalización al medio ambiente? El proceso globalizador está acompañado por una gradual transformación no sólo de las estructuras de la política, la cultura, la tecnología, la medicina, sino también de los aparatos normativos, es decir, la internacionalización, igualdad, similitud o analogía entre los ordenamientos jurídicos de los diferentes Estados, y esto se fundamenta en que si la Globalización tiene como premisa fundamental la sensibilización con todas las artes del mundo, qué mejor forma que haciéndolo a través del único medio coactivo, coercible y sancionador de regulación de la conducta de los hombres. Este alcance legislativo ha sido consecuencia de una concepción ideológica denominada “Globalismo Jurídico” idea planteada por Kelsen mediante la cual sostiene que se trata de una ordenación jurídica universal que reconociera a todos los hombres plena subjetividad de sus derechos internacionales. El aspecto jurídico que ha llegado a la cúspide de la globalización, es sin lugar a dudas, lo referente a Derechos Humanos. En este proceso el tema del ambiente ha tenido un papel fundamental, tanto en lo referente al impacto de la globalización sobre el ambiente como también al impacto que ha tenido sobre la legislación ambiental a nivel de grupos y bloques de países. En principio. La Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, en su Principio I, “El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras”. Partiendo de esta premisa general del derecho a: un ambiente sano consagrado como derecho fundamental, surgen diversos planteamientos en torno a la relación de éste con la globalización. La globalización ha sido ejecutada por los gobiernos bajo un esquema de desarrollo sin conciencia, sin tomar en cuenta, o mejor dicho, sin cumplir aunque sea medianamente los pactos y tratados que han suscrito internacionalmente, comprometiéndose a retribuir al ambiente los beneficios que de él tomen. No obstante, a través del tiempo los sistemas se han ido perfeccionando, de manera tal que la

globalización como consecuencia de la expansión del capitalismo mantiene la idea central del mencionado sistema económico, pero lo mejora, con la introducción de nuevos elementos para conservar el ambiente y avanzar tecnológicamente bajo la premisa del desarrollo sostenible. El hombre en su desarrollo trató siempre de sobrevivir a todas las adversidades, pero según se ha ido perfeccionando su intelecto, hoy, no solo le preocupa su vida, sino la calidad de esta y la de sus sucesores. Ya que la contaminación del Medio Ambiente es un problema que como tal, debe ser enfrentado por los Estados a efectos de encontrarles una solución aceptable, definitiva y razonable. Los Estados durante los últimos años han realizado muchos esfuerzos frente a los principales problemas ambientales vinculados a la globalización económica. Su teoría consiste en que a medida que los países se globalizan, explotando recursos como bosques, minerales, petróleo, carbón, peces, vida silvestre y agua; su mayor riqueza les permitirá salvar más porciones de naturaleza de posibles estragos, y además Les permitirá introducir elementos técnicos, para mitigar los impactos ambientales negativos derivado de su propia producción aumentada. La globalización, es utilizada como nueva y definitiva solución contra el hambre, la miseria y la catástrofe ecológica. Según informes ambientales los bosques tropicales están reduciéndose y se están desapareciendo los pantanos y corales. La contaminación del agua y de los mares continúa creciendo y los océanos se calentarán al igual que la atmósfera, aumenta la desertización y los bruscos cambios climáticos. Seguramente subirán las aguas y se anegarán grandes zonas. Ante estas condiciones, la economía globalizada pretende contrarrestar los daños, ser positiva y dar estabilidad.

La globalización como fenómeno complejo La globalización se justifica como fenómeno complejo, en el hecho que acepta el enfoque multiescalar, ya que sobre una misma realidad existe más de un observador, cada uno con diferentes visiones. La globalización se constituye como un sistema complejo formado a su vez por subsistemas que también son complejos (sistemas económicos, políticos, sociales y culturales). Conforma uno de los sistemas de máxima complejidad conocida, lo cual corrobora que los sistemas sociales humanos son los más complicados. Es importante referirse a la característica de multidimensionalidad, propia de los sistemas complejos, que provee la definición fenomenológica de la globalización. Fornet-Betancourt: “la globalización se define como una intensificación de relaciones sociales mundiales que une lugares distantes afectando sus acontecimientos recíprocos” La globalización neoliberal es un tejido de múltiples estrategias políticas, económicas, culturales, militares, ideológicas, etc., con las que se está transformando el planeta, el ser humano y sus condiciones de vida, sus interacciones. En este proceso se eliminan las fronteras, creando la ilusión de conectar a todos los seres humanos en una comunicación global cuando en la realidad se debilita y

presiona a los estados más débiles bajo el control de intereses particulares y monopolios transnacionales. Otras condiciones permiten caracterizar la globalización como fenómeno complejo: 

Es un sistema abierto que interactúa con el entorno y se nutre constantemente de él.



Constituye un problema no-lineal donde más de una solución o futuro es posible.



Aplica la lógica clásica. El tipo de lógica es temporal, ya que el tiempo puede y de hecho modifica la verdad de las proposiciones. El tiempo se convierte en un modificador de percepciones, lo que sustenta la afirmación de que si algo implica complejidad, es el tiempo.



En el transcurrir del tiempo la globalización pasa de ser un problema inter y transpersonal a un problema inter y transgeneracional, que se seguirá proyectando en el futuro de la humanidad, generando nuevas percepciones ante las realidades que día a día se vayan presentando.

Andrade afirma que el objeto teórico de globalización es un objeto complejo cuya recursividad y auto-reflexión están cargados históricamente, mostrándose como un momento más en el proceso de cambio de las diferentes formas de objetivación de la especie humana cuya conciencia genérica empieza a abrirse paso. Dicho de otra manera, si el tiempo es lo único indetenible, aún faltan por construirse más y nuevas perspectivas acerca de la globalización.

La integración como fenómeno complejo La integración regional constituye un fenómeno complejo que ha transitado por insondables vertientes teóricas, y sobre la que existen multiplicidad de criterios. Dar una definición exacta del término integración, es un aspecto necesario pero difícil que puede ser enfocado desde diferentes puntos de vista. Pero resulta obvio que el concepto de integración para el Derecho rebasa con creces su tratamiento gramatical, debiéndose analizar desde diferentes contextos: político, ideológico, cultural, religioso, geográfico, histórico, sociológico, económico, militar y otros. B. Balassa: plantea acerca del término: "En su uso cotidiano la palabra integración denota la unión de las partes en un todo. En la literatura económica, el término integración no tiene un significado tan claro, algunos autores la incluyen dentro del concepto integración social, otros agrupan las diferentes formas de cooperación internacional bajo este encabezado y la argumentación se ha desarrollado tanto que la mera existencia de relaciones comerciales entre las economías nacionales independientes se ha tomado como un signo de integración" Di Giovani: considera a la integración como "un status jurídico, en el cual los estados entregan algunas prerrogativas soberanas, con el fin de constituir un área dentro de la cual circulen libremente y reciban el mismo tratamiento las personas, los bienes, los servicios y capitales mediante la armonización de políticas correspondientes y bajo una égida supranacional"

La relación Integración-Derecho. El Derecho garantiza el verdadero y eficaz beneficio que implica la integración económico-política. El Derecho es entonces un elemento imprescindible en todo proceso integrador e incide sobre la actividad comercial, política, sectorial y productiva. Sin embargo, la dimensión jurídica de la integración ha sido de los aspectos menos tratados. La integración regional es un proceso que conlleva a la formación de acuerdos, esquemas o mecanismos que poseen un determinado status jurídico y como tal este se traduce en una normatividad que regula las diversas actividades y políticas a implantar así como la actuación de los diferentes agentes que intervienen. La normativa jurídica que se deriva de un esquema integracionista suele ser muy numerosa y compleja. Pero el marco normativo jurídico convencional depende de las características específicas de cada esquema, de allí la diversidad de marcos jurídicos que implica la integración económica y por esa razón encontramos marcos genéricos, particulares o específicos, que se transforman en tratados, acuerdos de alcance regional, áreas de libre comercio, uniones aduaneras, acuerdos paralelos, rondas, cumbres, etc.

El Estado Venezolano Ante la Globalización De reciente distribución, “El Estado venezolano ante la globalización”, tesis doctoral de José Gregorio Contreras (UCV, Caracas, 2011), constituye un excelente aporte para la discusión que, en primera instancia, ha de motivar a una dirigencia política demasiado teñida de los asuntos urgentes que la distraen de los importantes. Observación demasiado válida y legítima, porque abriremos pronto las puertas a una definitiva transición que será la de una radicalización del socialismo rentístico, u – ojalá – su superación, a través de una agenda y un consenso distintos que reclaman simultáneamente el realismo y la ensoñación que el agotado régimen desconoce. El trabajo obviamente arbitrado, cuyo título original es “Retos y desafíos del Estado venezolano ante las exigencias de la globalización (1989-2009)”, pacientemente problematiza y define el Estado y la globalización adentrándose en las realidades venezolanas que dice resistirse a la modernización pendiente. Cuenta con la ventaja de un rigor metodológico que, bajo la vigilancia weberiana, le permite trazar la evolución y transformación de un Estado capaz de renovarse al afrontar la globalización, aunque los consabidos elementos existenciales todavía experimenten una transmutación, cuyo desenlace – subrayemos – muy pocos pueden adivinar: por ello, directa e indirectamente, el autor insiste en los nuevos marcos teórico-epistemológicos (116) para una democracia que concede el visado indispensable hacia la otra experiencia, por lo menos, hasta nuevo aviso. Experiencia que también se explica por la consideración y solución de las disfuncionalidades del mercado (209), problema insustituible de la globalización que lo estelariza. Recordemos, en la etapa terminal de los socialismos euro-orientales, hubo un ensayo de realización del mercado que agudizó y legó otros problemas que no reporta el chavezato de hoy con reconocidas y vanidosas ínfulas internacionales, transnacionales y supranacionales, aunque sabemos que el neoliberalismo no es el único camino para una globalización que demanda pragmatismo, de acuerdo al autor (225).

Destaquemos, la tesis gana otra perspectiva del Estado venezolano, acaso insospechada, situándose en la reflexión visionaria que tuvo Manuel García-Pelayo, merecedora de un posterior ensayo de Contreras sobre las contribuciones que atisbó más allá del objeto especifico y concreto que lo llevó a la mesa del jurado. Acotemos, objeto que no le permitía abundar en una historia del Estado, asaz diferente a la versión que la propaganda y la publicidad gubernamentales lamentablemente ha caricaturizado. Sugerido como un retroceso conveniente y clarificador, luce necesario debatir sobre el (anti) imperialismo en los tiempos que corren. Comodín retórico, pretexto ideológico y engañifa política, más aún cuando contribuimos a la emergencia de China como superpotencia que establece su señorío en este lado del mundo, empleando la misma lupa de Lenin, el anti-imperialismo es una bandera impunemente enarbolada por el oficialismo que explota el desconocimiento o la inhibición de los opositores en la materia. Años de coincidencias y también de discrepancias políticas que no contaminaron una esencial relación de amistad, siendo integrante de una generación socialcristiana inmediatamente ulterior a la mía, nos permiten calificar a Contreras como uno de los gladiadores de la oposición que resultará difícil de vencer por el oficialismo que eleva tercamente las banderas de la temeridad. Colega parlamentario, sus intervenciones en la Asamblea Nacional y en la Comisión Permanente que lo ocupa, ameritan de una mayor atención que la dispensada a la desesperación circense que suele anegar las sesiones. 3. Venezuela y la Globalización El sector empresarial venezolano conoce bien los factores que definen la capacidad competitiva de una empresa. Entre ellos podemos mencionar la disponibilidad de mano de obra calificada e infraestructura idónea, productos, servicios y condiciones de su demanda, industrias de apoyo relacionadas incluyendo proveedores competitivos así como la propia estrategia de la empresa, con su estructura y nivel de competencia. De hecho, a partir del inicio de la década de los años 90, cuando el gobierno de la época restituyó las garantías económicas que estaban suspendidas desde la promulgación de la Constitución de 1961, los sectores primario, secundario y terciario de la economía se avocaron a prepararse para competir en el mercado internacional, ya que la globalización como se ha indicado anteriormente en este documento, se materializaba a través de las unidades de producción (privadas, mixtas o públicas). Fueron muchas las empresas que sucumbieron en dicho proceso. Sin embargo, las sobrevivientes adecuaron tecnología, equipamiento, recursos humanos, productos y canales de comercialización para competir eficazmente en la CAN, en el grupo de los tres y en el naciente ALCA. Así pues, podemos afirmar que en esa época, la empresa Petróleos de Venezuela (PDVSA), estando gerenciada con altos niveles de profesionalismo y competitividad, fue el mejor ejemplo de globalización de una empresa venezolana. Han transcurrido trece (13) años del actual gobierno y el sector productivo venezolano, en todas sus fases (primaria, secundaria y terciaria), tiene menos unidades de producción, menor volumen y variedad de productos con una muy limitada inversión. En el sector industrial, Conindustria estima que la capacidad industrial utilizada está en el orden del cincuenta y siete coma treinta y cinco por ciento (57,35%). En contrapartida, las importaciones de toda clase de bienes han

crecido llegando actualmente a miles de millones de dólares al año. Entre 1998 y 2008, las importaciones mundiales de Venezuela se incrementaron en doscientos diecisiete por ciento (217%), al pasar de catorce mil doscientos cincuenta millones de dólares ($14.250.000.000,00), a cuarenta y cinco mil ciento veintiocho millones de dólares ($45.128.000.000,00). INTERVENSION DEL PROFESOR: el mundo de la tecnología es muy importante, para los países, siempre y cuando se utilice bien. Cuando usted vea un juego de Barcelona y real Madrid y el fútbol americano que es una transnacional por un minuto cobra millones de dólares, son las transnacionales mas grandes del mundo mc donals, coca cola, la Pepsi cola. La moda, tiene que ver con la globalización, abecés es malo porque nos inducen a seguir un patrón diferente a nuestras culturas. Respeto del daño que le hace la globalización al ambiente: ahí es donde es importante los foros o la fuerza de los organismos internacionales, la ONU con el cambio climático, el protocolo de Kioto la preservación del medio ambiente el impacto ambiental, ahí es donde es importante la globalización política. Porque en el momento de los pueblos desarrollarse ellos se olvidan de los tratados no los toman en cuenta, se olvidan simplemente porque la globalización está por encima de ellos, porque lo fundamental de la globalización es lo comercial entonces se olvidan que hay una naturaleza humana que siente y que padece y que todo lo que ellos hagan los afecta para bien o para mal. Por eso se habla que el papa ha sacado su encíclica nueva en los viajes que ha hecho ha insistido en el impacto ambiental, en el cambio climático. Ahí está el protocolo de Kioto, dijeron que iban a preservar el medio ambiente, que no iban a contaminar y los países que dijeron eso no lo acatan. No se atinen a esa globalización. ¿Por qué la globalización es un fenómeno complejo? Hay varios tipos de globalización, Porque globalización es igual a mercado, globalización igual a economía, globalización igual a tecnología. Entonces es un fenómeno complejo porque me va a producir un número de situaciones propias con su trabajo productivo, las cargas políticas la acción de los Estados, la acciones que tienen que hacer los Estados en la política internacional, lo productivo, el mercado, lo cultural. No es que la globalización como un elemento simple aleatorio de la economía, todo se mueve a través de la economía. Ahí otras fuerzas, hay otras situaciones y factores que acuden al elemento global.

TEMA # EL ESTADO DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL DIP: TEMA NRO. 08: PRINCIPIOS INTERNACIONALES DE ACTUACIÓN DE LOS ESTADOS 1 ESTADO

El Estado es la entidad jurídica, política, que se integra por la unidad de territorio, población, soberanía y gobierno que resulta de la afinidad en ordenamiento legal que identifica a un grupo de personas. Es una entidad jurídica, porque es quién otorga la nacionalidad, es una entidad política, porque da al ciudadano planes de acción para garantizarle sus derechos. El Estado es el cuerpo político de una Nación. Es la personificación de la Nación en el plano interno y en el plano internacional. El sujeto propiamente dicho del orden jurídico internacional es el Estado, definido en la Convención Panamericana de Montevideo de 1933 por tres (03) elementos: 1 Población 2 Territorio 3 Poder 2 CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO 1 Se detecta el elemento humano, definido como pueblo 2 Tiene elemento jurídico 3 Tiene personalidad jurídica: En consecuencia tienen capacidad jurídica y de goce, siendo así el único sujeto de Derecho Internacional Público, titular de todos los derechos y deberes jurídico-internacionales posibles. 4 Posee un territorio definido como elemento existencial: En este sentido, se puede decir que el Estado no puede existir sin un territorio que le sirva de asiento y de ámbito material donde ejerza con exclusividad sus poderes jurídicos y políticos. 5 Se define por sus tres elementos existenciales: Pueblo, Territorio y Poder 6 Es sujeto de Derecho Internacional 7 Tiene poder soberano 8 Es Institucional: Porque no constituye un simple agregado inorgánico y circunstancial de seres humanos con fines o propósitos particulares y accidentales, sino que son una asociación histórica y permanente de seres humanos políticamente organizados que persiguen determinados fines o propósitos generales. 9 Es permanente: Porque es el producto de un conjunto de seres humanos organizados conscientemente, con perspectivas de duración indefinida y asume implícitamente la representación internacional de los intereses de la mayoría, es decir, del pueblo, representación que en la práctica es solo formal, en cambio, es real y efectiva cuando actúa sin mediaciones como vocero legítimo de la voluntad popular. 10 Es activo: Porque no solo es destinatario de las normas jurídicas internacionales sino creador constante de normas de Derecho Internacional Público. 3 ELEMENTOS EXISTENCIALES DEL ESTADO 1 Población: Número de hombres y mujeres que componen un Estado. Es el elemento más importante en la conformación del Estado, porque es el elemento que ofrece las condiciones y bases de sustentación, la razón de ser de la existencia de un Estado. Palestina no es un Estado, sino una nación, puesto que no tienen territorio propio. Es territorio donde están asentados fue cedido por la Comunidad Internacional, en consecuencia no poseen territorio autónomo. 2 Territorio: Es el que sirve de asiento a la masa poblacional y aquel que ha de ser considerado como el ámbito espacial dentro del cual el Estado ejerce su soberanía. 3 Poder u ordenamiento Jurídico: Viene a ser el conjunto de instituciones que garantizan que los ciudadanos se sometan a un Estado determinado, con la

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finalidad de establecer seguridad y orden jurídico interno para preservar la existencia del Estado. En sentido amplio, Poder es la capacidad de influir en el comportamiento ajeno. Podemos mencionar distintos tipos de poder: Poder persuasivo: Aquel que convence o logra determinadas conductas queridas, sin el empleo de la fuerza y que solo a través de sugerencias o ideas, son obedecidas. Poder Coercitivo: Aquel que se basa en el empleo de amenazas, referidas tanto a la integridad física como a la libertad. Ej. El Poder Estatal. Poder Retributivo: Aquel que se basa en obedecer a cambio de una retribución.

4 SOBERANÍA En toda sociedad existe un poder superior absoluto e incontrolado, que tiene la decisión final con respecto a la adopción y promulgación de las normas jurídicas que deben regir dentro del orden interno de un estado determinado. Este poder se impone a todos los demás poderes que coexisten dentro de él y en el plano internacional, está colocado en pie de igualdad con los demás Estados. 5 COMO NACE UN ESTADO Kelsen considera que el nacimiento de un Estado es una cuestión de derecho, porque además de requerir los tres elementos existenciales, requiere también un acto legal que lo reconozca como tal. Jellineck, señala que el nacimiento de un Estado, es una cuestión de hecho, porque la porción de territorio es uno de los elementos más importantes Muchos doctrinarios, sin embargo, han señalado que el Estado nace producto de: 1 Segregación: Cuando se toma una parte de un todo. Ej. El nacimiento de Panamá, que pertenecía a Colombia y al separarse nació como Estado. 2 Independencia: Para el DIP americano se inicia en 1810 en Caracas, con la revolución americana, cuando se produce la independencia de la Capitanía General de Venezuela, El Virreinato de la Plata, de Santa Fe y Uruguay. 3 Separación: Cuando un Estado se divide y nacen nuevos Estados. Ej. La separación de la Gran Colombia 4 Integración: Cuando varios Estados se unen para formar uno solo y así fortalecerse en la Comunidad Internacional. 6 ORIGEN DEL ESTADO La utilización por vez primera del término Estado en su acepción moderna lo hizo Maquiavelo en su Obra “El Príncipe’, publicada en 1531 la cual se recoge al inicio de su obra la expresión los estados y soberanía tas que han tenido y tienen autoridad sobre los hombres, fueron y son, o republica o principados; esta formación histórica del estado corresponde a la unificación política lograda después de la era Medieval; donde para los griegos la palabra ‘polis’, o sea dudad, expresaba la comunidad diferenciada por un modo de vida propia. El estado era extendido por Un romanos como ‘Res Publica’ o “Civitas”, al extender su dominación Roma llamo ‘lmperium’ a su organización política, acentuando así el elemento decisivo del concepto ‘Estado”, que es el imperio o potestad de mandar En el derecha Germánico también se acentuó el elemento de dominio, pues el Estada fue llamado ‘Reich’ que procede de ‘Regnum”, es decir mando de un príncipe. Por tal motivo podemos decir que el Estado es el resultado de una larga evolución de la convivencia humana, que aparece con la civilización sedentaria, cuando el grupo pasa de la vida nómada a la vida agraria. El Estado surge cuando la sociedad se divide en clases sociales, ya que con este se alcanza el grado más alto de la organización social, el de la unidad colectiva dotada de capacidad para la autodeterminación y regida por una ordenación jurídica. El hecho de que el hombre este naturalmente destinado a la convivencia

fue lo que determino las formas primitivas de la vida social y la aparición del Estado. 7 TEORÍAS DEL ORIGEN DEL ESTADO 1 Teoría sobre la naturaleza social del hombre: según Platón Aristóteles el vivir unido en sociedad es una tendencia natural del hombre donde debe hacer una autoridad que conduzca el esfuerzo de todos hacia el fin común. 2 Teoría Patriarcal; según Bodino el estado procede históricamente como una familia, se funda en los recursos de muchos pueblos 3 Teoría organicista; Spencer sostiene que la sociedad es un organismo, producto de la evolución histórica y que se plasma en un estado. 4 teoría de la lucha de clases la sociedad es anterior al poder y al derecho par tanto el estado es producto de la sociedad cuando llega a un grado de Desarrollo. 5 Teoría del contrato social: el estado proviene de la convención o contrato de U tos hombres. 8 FORMAS TRADICIONALES DEL ESTADO La organización política surgida como antecedente del actual estado ha presentado modalidades a través del tiempo, que pueden compendiarse de la siguiente manera: 1. Estado patrimonial: Se ubica históricamente después de la época feudal y se caracteriza por la confusión entre el derecho público y el derecho privado. Ello en la práctica a considerar que tanto el pueblo como el territorio son patrimonios del monarca. 2. Estado de policía: Se identifica con las monarquías absolutas que existen históricamente en el lapso comprendido entre el Renacimiento y la Revolución Francesa. lo caracteriza el hedo de que el estado no atiende más que a garantizar el orden público y el cumplimiento fiel de los contratos, desatendiéndose de cualquier preocupación de carácter social. Fue este el Estado que tuvo que enfrentar la Revolución Francesa. 3. Estado contemporáneo: Es el estado que surge con posterioridad a la Revolución francesa y consagra paulatinamente el denominado - Estado de Derecho’, es decir, el Estado en el cual la actuación de los gobernantes y de los gobernados está regida por el ordenamiento jurídico preestablecido. En esta modalidad de organización política se atiende a la consagración efectiva de los derechos humanos. 9 FUNCIONES DEL ESTADO 1. Función Legislativa: Tiene por finalidad asegurar la ejecución de las leyes y el funcionamiento de los servicios públicos, proveyendo a las necesidades del grupo social, En Venezuela la función legislativa, por mandato del artículo 186 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se ejerce por la Asamblea Nacional. El artículo 187 de la propia Carta fundamental dice - corresponde a la Asamblea Nacional legislar en las materias de competencia nacional y el sobre €1 funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional 2. Función Ejecutiva: Esta función se le conoce con las denominaciones de gubernativa o administrativa, ya que a través de ella el Estado ejecuta fas leyes, es decir, tutele el ordenamiento jurídico; realiza actos políticos, o sea actos de gobierno; y cumple tareas de administración correspondientes a la dirección general de los mecanismos de organización. De acuerdo con nuestra Constitución, el Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la Republica y los demás funcionarios que determinen la propia Constitución y la Ley.

3. Función Jurisdiccional: Consiste en la capacidad que tiene el Estado para administrar justicia, ya que eso es precisamente la jurisdicción entendida en este sentido. Es la función que se contrae a la administración de justicia, que en Venezuela emana de los ciudadanos y es ejercida por el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determinen la Ley, integrados dentro del sistema de justicia junto con el Ministerio Publico, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados para el ejercido de su profesión. 10 FINES DEL ESTADO El estado como organización humana que es, ha de perseguir en consecuencia un determinado propósito, Es menester entonces saber para qué sirve el Estada, que es lo que pretende lograr en la sociedad, o sea, cual es su finís operis. La respuesta a esta interrogante se encuentra en el BIEN COMUN. El bien común está referido a la sociedad, ya que busca el bienestar de la misma y al mismo tiempo el de los individuos que la integran. Para logarlo es necesario conjugar diversas actividades: jurídicas, políticas, económicas, morales, culturales; entre otros que están a cargo de los particulares, de las sociedades intermedias y del Estado. 11 TEORÍAS SOBRE LOS FINES DEL ESTADO Teoría individualista: llene su origen en el liberalismo, de acuerdo con esta tesis, todas las actividades sociales deben dejarse libradas al juego de la competencia, de manera que la acción del Estado debe limitarse a funciones de orden policial y de seguridad. En tal virtud, el fin del Estado es restringido y circunscrito a no intervenir más que para custodiar la natural armonía que existe en la sociedad por efecto del ejercicio de las libertades individuales. Según los postulados de la teoría individualista, debe consagrarse la primacía de los derechos del individuo. De acuerdo con este criterio el bien común estaría ordenado al bien particular, ya que la meta suprema a conseguir en la sociedad habría de ser la libertad. Teoría totalitaria: Se inspira en la concepción absolutista del Estado expuesta por Hegel La aplicación de esta teoría en la práctica permite que el Estado se introduzca por los poros de la sociedad, infiltrándose en todas las manifestaciones de la actividad humana. Recibe el nombre de totalitaria porque nada queda fuera de su ámbito y de su poder y porque en una sociedad organizada políticamente conforme a este criterio. De acuerdo con la teoría totalitaria, el Estado es un valor absoluto al cual se supeditan los derechos individuales. Según esta teoría los, valores de la personalidad humana estañan al servidor del Estado. Teoría humanista: Esta teoría parten del principio de que el hombre y el Estado no son das valores contrapuestos o antitéticos sino dos nociones que se complementan. Esta teoría sostiene, que la acción del Estado ha de subordinarse a los valores superiores de la persona humana pero en todo lo demás el bien individual se subordine al bien común. El Estado tiene sus límites de acción frente al individuo, y la mete suprema de la sociedad debe ser la libertad al servido de bien común. 12 EL ESTADO EN EL ORDEN INTERNACIONAL Desde el punto de vista internacional la personalidad del Estado tiene importancia en el campo del derecho constitucional, ya que al reputársele como sujeto de derechos y obligaciones, traduce externamente la continuidad y permanencia del Estado como ente único, sin importar su forma de gobierno, ni su estructura organizativa. Asimismo los avatares internos de un Estado, sus cambios de gobierno y hasta pasibles

revoluciones sociopolíticas, no afectan los compromisos adquiridos, ni modifica sus relaciones internacionales con tos demás Estados u otros sujetos de derecho internacional público, y esto no puede ser de otra manera, ya que de no ser así se rompería el criterio de unidad y continuidad que caracteriza al Estado. 13 ESTADO DE DERECHO El Estado de Derecho es aquel Estado en el que sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un Derecho vigente en lo que se conoce como un Estado de Derecho formal, En una definición más compleja es “aquel Estado dentro del cual se presenta una situación en la que su poder y actividad se encuentran reguladas y controladas por el Derecho; donde la esfera de derechos individuales es respetada gradas a la existencia de un sistema de frenos y contrapesos que permite un adecuado ejercicio del poder público.” Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden pública El término «Estado de Derecho» tiene su origen en la doctrina alemana Rechtsstaat, El primero que lo utilizó como tal fue Robert von Mohl en su libro La ciencia de policía alemana en conformidad con los principios de los Estados de Derecho, sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de lmmanuel Kant.  REQUISITOS 

Deben crearse diferentes órganos del cuerpo del Estado y cada uno de ellos debe asumir una de las funciones de estado.  Esos órganos de poder del Estado deben actuar autónomamente, Es decir, sus dictámenes o decisiones no pueden ser invalidadas, modificadas o anuladas por otro órgano.  Debe estar establecida la forma en que se nombran los titulares del respectivo órgano, y las solemnidades y procedimientos para poner término a sus cargos.  El poder debe estar institucionalizado y no personalizado, vale decir, debe recaer en instituciones jurídico-políticas y no en autoridades específicas, las cuales tienen temporalmente el poder en sus manos mientras revisten su cargo.  Tal vez el requisita más importante tiene que ver con que tanto las normas jurídicas del respectivo Estado como las actuaciones de sus autoridades cuando aplican dichas normas jurídicas, deben respetar, promover y consagrar los derechos esenciales que emanan de la naturaleza de las personas y de los cuerpos intermedios que constituyen la trama de la sociedad. Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de Derecho, no basta con que exista una autoridad pública sometida al Derecho. FI ordenamiento jurídico del Estado debe reunir una serie de características que dan origen a un Estado de Derecho real o material. El concepto de estado de Derecho se explica por dos nociones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material. EL ESTADO DE DERECHO EN SENTIDO FORMAL

Un Estado de Derecho es aquel en el que la ley es el instrumento preferente para guiar la conducta de los ciudadanos. La transparencia, predictibilidad y generalidad están implícitas en él. Esto conlleva a que se facilite las interacciones humanas, permite la prevención y solución efectiva, eficiente y pacífica de los conflictos; y nos ayuda al desarrollo sostenible y a la paz social. Para un Estado de Derecho efectivo es necesario: • Que el Derecho sea el principal instrumento de gobierno. • Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana. • Que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente. EL ESTADO DE DERECHO EN SENTIDO MATERIAL El vínculo a la observación de las leyes sería inútil e ineficaz si no se pudiera garantizar que las leyes que ellos mismos son los garantes de los derechos fundamentales. Por lo tanto, los elementos formales del Estado de Derecho se han desarrollado y ampliado por parte de elementos materiales del Estado, en particular mediante la adopción de normas que protegen los derechos fundamentales. 14 EXTINCIÓN DE LOS ESTADOS 1 Por pérdida de alguno de sus elementos constitutivos: Sin embargo esta es una ficción, puesto que no se ha registrado en la historia la extinción de un Estado por esta causa. 2 Por un Tratado Internacional 3 Por el Derecho Interno Estatal 15 DEBERES DE LOS ESTADOS Los deberes de los Estados son: 1 Morales: Cuando están íntimamente ligados a los compromisos que devienen del planteamiento jurídico. 2 Jurídicos: Aquellos que están garantizados por los Convenios y Tratados que celebra el Estado dentro de la Comunidad Internacional. 16 DERECHOS DE LOS ESTADOS Los derechos fundamentales de un Estado, se clasifican básicamente en: 1 Derechos de Conservación:  Perfectibilidad: Porque los Estados perfeccionan sus instituciones internas y externas y adoptan medidas siempre renovadas para el progreso material y espiritual que tienen que cumplir.  Seguridad Interna y externa: Porque los Estados se defienden en forma individual o colectiva para conservar su integridad física o política y para ello se asisten de un derecho de legítima defensa.  Defensa: Porque los Estados están dentro del límite de sus funciones al establecer interior y exteriormente todas las medidas que consideren pertinentes a la seguridad de la integridad física y política del Estado. 2 Derecho de Soberanía:  Soberanía Interna: Se refiere a la autonomía de defender su territorio.  Soberanía Externa: Se refiere a la libertad en defensa de su mar territorial, plataforma continental y de su actividad fuera de las fronteras. 17 CLASIFICACIÓN DE LOS ESTADOS PARA EL DIP 1 Estados con plena capacidad de obrar: Aquellos que gozan de mayor número de deberes y derechos posibles en la esfera internacional.

2 Estados con capacidad de obrar limitada: Aquellos que no gozan de la mayoría de derechos y obligaciones jurídicas dentro de la esfera internacional.  Estados neutrales:  Neutralidad absoluta  Estado neutralizado  Estados Soberanos que renuncian a ejercer sus competencias internacionales  Estado libre asociado  Estado bajo administración fiduciaria  Estados soberanos no reconocidos internacionalmente 18 MANIFESTACIONES DE ESTADO 1 Estados Simples: Aquellos que en las relaciones internacionales se presentan de forma individualizada, como consecuencia de su estructura individual interna de tipo unitario. Ej. Venezuela, Colombia, Francia, entre otros. 2 Estados Compuestos: Aquellos que desde el punto de vista de las relaciones internacionales se presentan en la Comunidad Internacional como un solo ente, pero en realidad son consecuencia de una estructura compuesta por la asociación de 2 o más Estados que persiguen dentro de la misma, un fin común:  Unión Personal: Todos se encuentran bajo la misma autoridad y se presentan en aquellos Estados que poseen reino. Se unen por intereses comunes.  Unión Real: Cuando se unen dos reinos, donde cada quién tiene autonomía, pero poseen un solo representante.  Confederación de Estados: Cuando varios Estados independientes se unen, para fortalecerse pero conservan su soberanía e independencia interior.  Estado Federal: Cuando dos o más Estados se unen bajo la forma de Estado Federal, pero cada uno tiene su propio Poder Judicial independiente de los demás. 19 NACIÓN Conjunto de seres humanos unidos por unos mismos sentimientos de pertenencia, que tienen elementos objetivos: cultura, raza. Credo, historia, sociológicos y subjetivos: que es el elemento ideal, lo que trasciende en esa comunidad de hombres, que generan un sentimiento de nacionalidad y arraigan la idea de pueblo. Cada Constitución se hace de acuerdo a la forma de ser de un pueblo, se transmite de generación en generación. DIFERENCIAS ENTRE ESTADO Y NACIÓN ESTADO NACIÓN  Es jurídico-político y no existe sin  Es sociológico y puede existir sin nación Estado  Posee territorio  No posee territorio  El Estado se crea  La nación existe  Se rige por un ordenamiento  No tiene ordenamiento jurídico jurídico 20 PRINCIPIOS QUE DEBEN REGIR EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES ENTRE ESTADOS 1 Libertad: Los hombres y las mujeres tienen el derecho a vivir su vida y a criar a sus hijos con dignidad y libres del hambre, del temor, la violencia, la opresión y la injusticia. La mejor forma de garantizar estos derechos es contar con gobiernos democráticos y participativos basados en la voluntad popular.

2 Igualdad: No debe negarse a ninguna persona la posibilidad de beneficiarse del desarrollo. Debe garantizarse la igualdad de derechos y oportunidades a todos por igual. 3 Solidaridad: Los problemas mundiales deben abordarse de manera tal que los costos y las cargas se distribuyan con justicia, conforme a los principios fundamentales de la equidad y justicia social. Los menos beneficiados merecen la ayuda de los más beneficiados. 4 Tolerancia: Los seres humanos se deben respetar mutuamente en toda su diversidad de creencias, culturas e idiomas. No se debe temer, ni reprimir las diferencias dentro de las sociedades ni entre éstas, antes bien, deben apreciarse como bienes preciados de la humanidad. Se debe promover activamente una cultura de paz y diálogo entre todas las civilizaciones. 5 Respeto por la naturaleza: Es necesario actuar con prudencia en la gestión y ordenación de todas las especies vivas y todos los recursos naturales, conforme a los preceptos del desarrollo sostenible, solo así podremos conservar y transmitir a nuestros descendientes las inconmensurables riquezas que nos brinda la naturaleza. Es preciso modificar las actuales pautas insostenibles de producción y consumo en interés de nuestro bienestar futuro y el de nuestros descendientes. Responsabilidad Común: En cuanto a la gestión del desarrollo económico y social en el mundo, lo mismo en lo que se refiere a las amenazas que pesan sobre la paz y la seguridad internacional. Esta responsabilidad debe ser compartida por las naciones del mundo y ejercerse multilateralmente.

TEMA# 9. LIMITES DE VENEZUELA. PROBLEMÁTICA: Problemas limítrofes entre Venezuela y Guyana En 1814, la Gran Bretaña quedo en posesión de los territorios coloniales Holandeses en Demerara, Berbice y Esequibo, que pasaron a constituir la Guayana inglesa a partir de 1831. Desde el comienzo, el gobierno inglés estimulo el avance y establecimiento de colonos en las tierras venezolanas situadas al oeste, aprovechándose de la despoblación de aquellos territorios y de la situación de la Republica, que organizaba entonces su organización institucional. El avance de los colonialistas ingleses y la usurpación de territorios situados a la margen izquierda del rió Ezequibo, dieron lugar a las primeras reclamaciones de Venezuela ente la Gran Bretaña. Las negociaciones comenzaron en el año de 1844, en donde Alejo Fortique, representante de Venezuela, propone que se reconozca el río Esequibo como línea divisora, alegando con documentos la jurisdicción venezolana en esas tierras, que habían formado parte de la antigua provincia de Guayana. El gobierno inglés, por su parte, propuso que la línea fronteriza se iniciara en la boca del río Moroco y continuara por los río Barama y Aunama. Esto significaba una frontera al oeste del Esequibo, y no fue aceptada por el gobierno de Venezolano. Estas negociaciones se paralizaron por muchos años, en donde los ingleses intentaron apoderarse de los ríos Orinoco y Caroní. Cuando se reanudaron en 1876, el gobierno británico planteo nuevas exigencias, cada vez más inaceptables; se negó a discutir las proposiciones venezolanas y estableció puestos avanzados en el territorio.

Venezuela rompió sus relaciones diplomáticas con la Gran Bretaña y apelo a los Estado Unido. El gobierno norte americano propuso entonces a someter a controversias a un tribunal de arbitraje aceptado por las partes, el cual dicto su fallo en Paris, en octubre de 1899 159.500 kilómetros cuadrados de territorio rico en recursos minerales y una estratégica zona marítima abundante en recursos energéticos es el causante de la disputa entre Venezuela y Guyana, por una delimitación limítrofe que data de aproximadamente 200 años. La Guayana Esequibo, conocida también como territorio del Esequibo, es una región señalada en el mapa de Venezuela como “Zona en Reclamación”, totalmente desconocida por la República de Guyana por considerarlo como suyo desde que pertenecían a Gran Bretaña como una colonia holandesa. Hoy día continúan las disputas entre Venezuela y la República de Guyana por el establecimiento definitivo de la región fronteriza, la cual delimitaría la porción de territorio que corresponde a cada nación. Sin embargo, la mayor propiedad en cuanto a recursos energéticos corresponde a Venezuela quien pese a las diferencias fronterizas con Guyana, proveyó la mitad de su consumo de crudo a través de un acuerdo por PetroCaribe. Guyana forma parte de los 17 países que conforman Petrocaribe, del cual recibe 43% de su energía. Incluso, en los últimos años han tenido roces diplomáticos ante las intenciones de Guyana de dar en concesión a empresas petroleras áreas de la zona en conflicto sin esperar a que se resuelva el diferendo. Recientemente se reavivó el impasse debido a que la marina venezolana interceptó en aguas del océano atlántico un buque científico malayo, de nombre Teknik Perdana. El barco había sido alquilado por la compañía de exploración petrolera Anadarko, con sede en Texas, sur de Estados Unidos, para llevar a cabo estudios de viabilidad en una concesión otorgada por Guyana. Cabe destacar que la disputa por el Esequibo no ha influenciado de mala manera las relaciones bilaterales de Venezuela con Guyana. En septiembre del 2013 los presidentes, Nicolás Maduro, y Donald Ramotar, se reunieron para estrechar relaciones y aseguraron que las negociaciones “marchan bien”, aunque es un tema a dirimir ante la ONU. ONU mediador desde 2010 El secretario general de la ONU (Organización de Naciones Unidas), Ban Ki-Moon, designó en 2010 al diplomático jamaiquino Norman Girvan como facilitador para contribuir con la resolución de la controversia. Girvan falleció en Cuba el pasado 9 de abril, por lo que vuelven a congelarse las mediaciones en el reclamo territorial. La ONU no se ha pronunciado sobre quién sustituirá a Girvan como mediador. Al respecto, la ministra de Asuntos Exteriores, Carolyn Rodrigues-Birkett, asomó recientemente la posibilidad de volver a formular su pedido al margen de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), del 3 al 5 de junio en Paraguay.

“Ha pasado suficiente tiempo como para poder empezar y es hora de esforzarnos un poco más para esto“, añadió Rodrigues-Birkett. A su juicio, luego que Venezuela superara el tránsito violento de las protestas iniciadas en febrero de este año, es el momento propicio para retomar las discusiones que permitan delimitar en definitiva las zonas fronterizas. Rodrigues-Birkett dijo que no descarta la posibilidad de elevar su petición ante el tribunal internacional para calcular las fronteras marítimas con su vecino occidental. PARA VENEZUELA SU RECLAMO ES LEGALLas autoridades venezolanas piden sacar de la “diatriba política” la petición de reconocer al Esequibo como territorio nacional. En sus más recientes declaraciones, el canciller Elias Jaua, aseguró que el país no ha renunciado al reclamo sobre la soberanía en este territorio, sino que se “ha respetado y se ha alineado a los mecanismos establecidos por la ONU”. A su juicio, el avance y éxito de las negociaciones depende de “sacarlo de la diatriba política, en función de la defensa de los intereses nacionales”, por lo que aclaró que pese a la politización que algunos sectores pretenden hacer al tocar el tema del Esequibo, “nadie está pensando en realizar una guerra con un país hermano para recuperar el territorio que reclama”. Jaua y su homóloga de Guyana habían acordado formalmente en octubre que se reunirían en febrero de este año para intercambiar puntos de vista sobre cómo delimitar la frontera marítima que comparten, pero hasta ahora ningún encuentro ha tenido lugar. ¿Qué beneficios traería para Venezuela el recuperar territorio? Una investigación en zona hecha por la ONG Vitalis, determinó algunas de las riquezas que perdería definitivamente Venezuela si la ONU, al mediar en el conflicto, decide lo mismo que decidió el Laudo Arbitral de París en 1899, en el que se resolvió que la zona “Esequiba”, que constituye dos tercios del territorio de la ex colonia británica, era parte de Guyana. Tan inmensa es la riqueza y biodiversidad en el Esequibo que científicamente no han podido cuantificarla con precisión Según Vitalis, esta región posee extraordinarios recursos forestales, fundamentalmente en las tierras altas, que suelen ocupar más de 8.000.000 de hectáreas, con gran variedad de animales y plantas, aunque algunas regiones carecen de estudios científicos que permitan cuantificar con precisión sus índices de biodiversidad. Algunos autores dividen su geografía en 4 regiones, determinadas por su conformación físico natural: Zona costera (desde Punta Playa hasta la desembocadura del río Esequibo), Zona Intermedia (territorio comprendido entre 30 y 120 metros sobre el nivel del mar, Pacaraima (cordillera que ocupa gran parte del territorio Esequibo, fundamentalmente cubierto de bosques) y la Zona de Sabanas y Montañas del Sur (conformada por las sabanas de Rupununi). Su hidrografía es amplia y abundante, con ríos que pueden llegar a medir hasta 1000 km en longitud, como el Esequibo, y deltas que drenan al Atlántico, con gran influencia en la productividad pesquera. Algunos de ellos con potencial navegable, confieren al área un potencial para el aprovechamiento

racional de sus recursos naturales, siempre y cuando se maneje con criterios de sustentabilidad, protegiendo lo que debe mantenerse a perpetuidad, y aprovechando lo utilizable, con apego a criterios de conservación, y bajo impacto ambiental negativo. Entre los minerales del Esequibo se encuentran la bauxita, el oro, los diamantes y el manganeso, aunque se sospecha de importantes reservas de uranio, petróleo y gas natural, algunos ya sujetos a planes de exploración y/o aprovechamiento por trasnacionales. Destaca el potencial agrícola existente al norte de la región, que abastece a la población del país principalmente concentrado en este eje que no supera el 15% del territorio, así como su potencial acuicultor. Esas características serían parte de las riquezas que seguiría perdiendo Venezuela al no insistir en su reclamo por la zona. Guyana ya anunció que se pronunciará nuevamente ante la ONU para adelantar y determinar finalmente los límites de jurisdicción de cada nación frente al océano atlántico. ¿Venezuela en riesgo de perder su salida al Atlántico? Para el internacionalista Adolfo Salgueiro, otro riesgo que corre Venezuela es perder su salida al océano Atlántico. En entrevista exclusiva con Noticias24, agregó que adelante de este territorio está el océano Atlántico, “por lo que podríamos sacar la conclusión que quien tiene la tierra de esa costa, tiene la jurisdicción sobre el mar y sobre los recursos que están abajo en el fondo marino“. Salgueiro destacó que los guyaneses están haciendo uso de su legado británico, en referencia a la estrategia de reclamo, para aprovechar que poseen el dominio de la Costa y reclamar propiedad sobre el resto de recursos que de ella se pueden extraer. Es decir, “han aprovechado el silencio del gobierno venezolano para llevar adelante una nueva etapa ante la ONU y decir que como tienen la Costa, ahora quieren lo que consideran que como derecho les corresponde de mar territorial, zona económica exclusiva, recursos mar abajo y todo eso”. El presidente Hugo Chávez priorizó avanzar hacia la integración Latinoamericana y Caribeña y se postergaron las negociaciones por el Esequibo Indicó que es lícito que Guyana reclame todo eso, porque se argumenta de un derecho que le concedió el recordado Laudo Arbitral de París, pero que Venezuela desconoce por considerar “que ellos tienen eso de una forma algo tramposa, por tanto hay que discutirlo”. Salgueiro recordó que las negociaciones en forma de reclamo por el Esequibo fueron paralizadas por el presidente Hugo Chávez, por avanzar hacia una integración Latinoamericana y Caribeña. “Venezuela ha dejado de discutir el tema desde el primer mandato de Chávez debido a que él estaba buscando la integración de los países del Caribe y prefirió dejar este tema un poco dormido”. Según el experto, los guyaneses han aprovechado ese silencio y llevan adelante una nueva etapa, “para decirle a la ONU que ahora quieren el mar territorial, recursos en la columna de agua y los recursos que están por debajo”. Para Venezuela, esa zona en reclamación aún aparece en el mapa como territorio venezolano. Las autoridades gubernamentales han señalado que será un reclamo incesante, por lo que impera la defensa de la soberanía. Sin embargo, es la ONU el ente aprobado por ambas repúblicas para mediar

y será en su seno donde se determinen los límites, el territorio y la apropiación de recursos para explotar. Cronología de la disputa entre Venezuela y Guyana por el Esequibo La tensión en las relaciones diplomáticas por la controvertida delimitación fronteriza aumentó con el inicio de exploraciones petrolíferas en marzo por parte de la compañía estadounidense Exxon Mobil. San Juan.- La disputa fronteriza que mantiene Guyana con Venezuela por la región del Esequibo, que representa dos terceras partes del territorio del primero, se ha agudizado en las pasadas semanas. La tensión en las relaciones diplomáticas por la controvertida delimitación fronteriza aumentó con el inicio de exploraciones petrolíferas en marzo por parte de la compañía estadounidense Exxon Mobil. Guyana firmó para ello un acuerdo valorado en 200 millones de dólares con la empresa, lo que Venezuela ha condenado en repetidas ocasiones porque, según alega, las exploraciones se realizan en aguas que pertenecen al país gobernado por Nicolás Maduro, según reseñó Efe. Breve

cronología

1811.-

de

Venezuela

la

historia declara

de

las

relaciones

su

de

independencia

los

dos

de

países: España.

1814.- Se firma el Tratado Anglo-holandés que concede a Gran Bretaña las tierras adquiridas por los colonizadores holandeses incluyendo el occidente del río Esequibo, aunque según los expertos, el documento no define la frontera occidental de Guyana. 1831.-

Se

establece

la

Guyana

Británica.

1899.- La Guyana Británica y Venezuela se someten a un arbitraje internacional, conocido como Laudo Arbitral de París, que falla a favor de Gran Bretaña y establece la soberanía de Guyana sobre la región del Esequibo. Este documento concede a Venezuela soberanía sobre las bocas del río Orinoco y una pequeña parte del territorio guyanés. 1962.- El Gobierno de Venezuela denuncia ante la Organización de Naciones Unidas que el laudo internacional de París es "nulo e irrito" por lo que inician unas etapas de negociaciones entre ambos territorios. 1966 17 de febrero.- Venezuela, Gran Bretaña y Guyana Británica alcanzan el Acuerdo de Ginebra que concede al último soberanía sobre la región del Esequibo, compuesta por más de 160.000 kilómetros cuadrados y que representa cerca de las dos terceras partes del territorio de Guyana. 26

de

mayo.-

Guyana

se

declara

independiente

de

Gran

Bretaña.

Octubre.- Se desata la "crisis de Anacoco" en la que Venezuela ocupa con personal militar y civil territorio de la isla de Anacoco que reclamaba Guyana y establece una base allí. Desde entonces, la isla es disputada por ambos Estados que reclaman soberanía.

1969.- Se desata un movimiento secesionista, conocido como la Rebelión de Rupununi, al sur de la Guyana Esequiba, que buscó separar el territorio tanto de Venezuela como de Guyana. 1990.- La ONU asigna a Alister McIntyre como representante especial para mediar en la disputa entre ambos países iniciando así un proceso de Buenos Oficios. 1999.- La Asamblea Constitucional de Venezuela aprueba un artículo que establece como "nula" la decisión de 1899 tomada por el Tribunal Internacional de Arbitrariedad que otorgó la región de Esequibo a Guyana. Entre 1999 y 2000, Guyana ofrece concesiones de explotación petrolera en aguas disputadas con Venezuela a varias compañías de petróleo. 2000 Agosto.- El ministro de Asuntos Exteriores de Venezuela, José Vicente Rangel, establece que las compañías petroleras Century y Exxon estaban por cancelar sus contratos petroleros con Guyana para realizar exploraciones en la región del Esequibo. 24 de agosto.- El presidente Hugo Chávez, afirma que Guyana y su país deben poner "toda la voluntad para solucionar pacíficamente el problema" del Esequibo. 2013 31 de agosto.- El recién electo presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, viaja a Guyana para revisar con su homólogo, Donald Ramotar, las relaciones diplomáticas entre ambos países. 10 de octubre.- La Armada de Venezuela intercepta un buque de bandera panameña contratado por Guyana para labores de exploración petrolera. El Gobierno guyanés indicó que la embarcación fue detenida en sus aguas. 15 de octubre.- Venezuela intercepta un buque de pesca de Trinidad y Tobago sin autorización para navegar en aguas territoriales de su Zona Económica Exclusiva. 2014 9 de abril.- Muere el jamaiquino Norman Girvan, mediador representante personal del secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, para la controversia fronteriza entre Venezuela y Guyana. Girvan fue secretario general de la Asociación de Estados Caribeños entre 2000 y 2004. 2015 5 de marzo.- Exxon Mobil inicia exploraciones petroleras en las aguas de la región del Esequibo, autorizadas por el Gobierno de Guyana. El proyecto, de 200 millones de dólares y que se espera que se prolongue por diez años, fue acordado entre Exxon Mobil y el Gobierno de Guyana. 8 de abril.- El Gobierno de Venezuela reclama a Esso Exploration and Production Guyana, subsidiaria de Exxon Mobil, que cese en su intención de realizar operaciones "no autorizadas" en el espacio marítimo en disputa.

11 de mayo.- Guyana celebra elecciones nacionales y David Granger es elegido presidente, destronando así al gobernante Partido Progresista del Pueblo, que llevaba más de 20 años al frente de esta excolonia británica. 20 de mayo.- Exxon Mobil anuncia el hallazgo de un "significativo" yacimiento de petróleo en el bloque Stabroek, ubicado a unos 190 kilómetros (120 millas) de la costa de Guyana. 24 de mayo.- La canciller venezolana, Delcy Rodríguez, ratifica los "derechos soberanos" de su país sobre el Esequibo y solicita detener las exploraciones petrolíferas. 26 de mayo.- Nicolás Maduro somete un decreto de delimitación marítima de la soberanía sobre las aguas del Esequibo. 30 de mayo.- Guyana envía un buque de sus Fuerzas de Defensa para participar de ejercicios navales y militares con el Comando Sur de EEUU en la isla de San Cristóbal y Nieves. 3 de julio.- El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, se reúne con el presidente de Guyana, David Granger, para discutir la disputa fronteriza, en el marco de la cumbre de la Comunidad del Caribe en Barbados. Ese mismo día, Ban anuncia que estudia la posibilidad de enviar una misión de observadores a ambos países para mediar en la disputa. 6 de julio.- Maduro firma una ley sobre asuntos limítrofes y un decreto que crea "zonas de defensa integral" para los espacios marítimos. 7 de julio.- Maduro dice que para detener "la provocación" de Guyana llama a consultas a su embajadora y ordena una "revisión integral" de las relaciones bilateral Inicio del conflicto petrolero En 1999 Guyana otorgó de manera unilateral tres concesiones a compañías petroleras internacionales en áreas marinas y submarinas correspondientes a la Zona en Reclamación y al Delta Amacuro. Por su parte, Venezuela protestó y advirtió al vecino: “Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia el “Acuerdo de Ginebra” constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía nacional en los Territorios de Venezuela o la Guayana Británica”, a no ser de que sean el resultado de algún convenio logrado por la Comisión Mixta (inexistente para la fecha) y aceptado por escrito por ambos gobiernos (Art. V del Acuerdo de Ginebra). Igual de grave fue que Guyana decidió colocar como límite occidental de dos de esos otorgamientos -Exxon y Century- la delimitación alcanzada en el Tratado de Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas firmado entre Venezuela y la República de Trinidad & Tobago de fecha 18 de abril de 1990. Con esta acción colocó una barrera a Venezuela, negándole su derecho legítimo a la prolongación marítima del estado Delta Amacuro y su plataforma continental producto de los sedimentos arrastrados por el Orinoco.

El conflicto surge de nuevo en 2013 a raíz de la detención de la embarcación Teknik Perdama en aguas de la Zona Económica Exclusiva venezolana por la fragata Yekuana de la Armada Nacional Bolivariana. El Teknik Perdama es un barco de exploración petrolera con bandera panameña, operado por la compañía estadounidense Anadarkp Petroleum. El ministro de Ambiente de Guyana, Robert Persaud, confirmó que las transnacionales Esso y Anadarko “están participando activamente” en labores de exploración petrolera en el área marítima guyanesa. Según GINA, agencia estatal guyanesa de noticias, una de estas Compañías “está a punto de tomar una decisión sobre la movilización de un equipo de perforación” para comenzar estas labores. El Gobierno venezolano exigió explicación a su homólogo guyanés por la violación de nuestro espacio marítimo y “expresó su profunda preocupación por la manera en que embarcaciones extranjeras autorizadas por el Gobierno de Guyana irrumpen, sin la debida autorización, en el mar territorial y zona exclusiva de Venezuela”. El 2 de junio de 2013 el canciller guyanés manifestó que su gobierno reiteraría al margen de la Asamblea General de la OEA en Asunción, Paraguay, su petición a Venezuela para iniciar negociaciones sobre “una disputa en la frontera marítima que comparten”. Venezuela exigió a Exxon evitar operaciones en aguas disputadas con Guyana El pasado 8 de abril, el Gobierno venezolano reclamó a la compañía Esso Exploration and Production Guyana Ltd, subsidiaria de Exxon Mobil, su intención de realizar operaciones “no autorizadas” en el espacio marítimo sobre el que existe una disputa territorial con Guyana, informó la Cancillería venezolana. Por medio de una misiva dirigida al gerente de la empresa Esso Exploration and Productico Guyana, Jeff Simón, quien representa a la compañía subsidiaria de Exxon en el país suramericano y que a principios de marzo comenzó operaciones en aguas que Venezuela mantiene en reclamación. “Observamos cómo, trasgrediendo los parámetros jurídicos correspondientes, la costumbre internacional y el debido respeto al Derecho Internacional Público, se pretende afectar el cumplimiento de obligaciones preexistentes de carácter exclusivamente bilateral entre la República Cooperativa de Guyana y la República Bolivariana de Venezuela, e interferir en asuntos soberanos que les son propios, eludiendo intencionadamente que las pretensiones de esa empresa privada transnacional norteamericana afectan espacios en controversia territorial entre ambas naciones”, señala el documento. Rodríguez alude en el texto a una carta recibida por el Gobierno el 27 de marzo de este año, en la que la empresa notifica las operaciones que realiza por un contrato con el Gobierno guyanés. Adicionalmente, menciona que la misma empresa intentó llevar a cabo estas operaciones en 1993 y 1999, pero que había desistido, tras el reclamo venezolano. “Su actuación contradice abiertamente el respeto debido al Derecho Internacional Público y a la República Bolivariana de Venezuela, mostrando claramente su intención de subvertirlo, dado que privada y unilateralmente pretende realizar operaciones no autorizadas dentro del enorme espacio marítimo colindante con nuestras reservas energéticas en un pretendido bloque Stabroek que la República Bolivariana de Venezuela no reconoce, ni ha reconocido”, indica la carta.

La canciller ratifica que “la República Bolivariana de Venezuela nuevamente le recuerda y ratifica que hasta hoy no existe delimitación sobre las áreas marinas y submarinas del espacio territorial de la zona en reclamación”. Guyana pidió a Venezuela no obstruir exploraciones de crudo Gobierno de Guyana emitió una advertencia a Venezuela para que “desista de interferir” en sus esfuerzos de exploración petrolífera en aguas cuya soberanía es controvertida, informó la Cancillería guyanesa. “El Ministerio de Relaciones Exteriores ha solicitado que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela desista de tomar cualquier acción que solo podría resultar en obstaculizar el desarrollo de Guyana y su pueblo y que estaría en incumplimiento del derecho internacional”, afirmó la entidad en un comunicado. Venezuela y Guyana mantienen desde hace décadas una disputa por el límite exacto de la soberanía de sus aguas. La compañía estadounidense Exxon Mobil planifica invertir cerca de 200 millones de dólares en el programa de perforación del campo Liza, considerado en aguas de Guyana. Se prevé que para mediados de marzo, la plataforma petrolera Deep Water Champion llegue a las controvertidas aguas por petición de Guyana para comenzar cuanto antes con las operaciones de extracción. Guyana recordó en su escrito que ha informado a la Comunidad del Caribe (Caricom), la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), la Organización de Estados Americanos (OEA), la Mancomunidad de Naciones y la Secretaría General de Naciones Unidas sobre “esta reciente acción de Venezuela”.

Acuerdo de Ginebra (1966) Acuerdo para resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica, firmado en Ginebra (Suiza) el 17 de febrero de 1966, mejor conocido como Acuerdo de Ginebra, es un tratado vigente firmado por Venezuela por una parte, y el Reino Unido junto con su colonia de Guayana Británica (próxima a recibir la independencia) por la otra, por el cual se detallan los pasos a seguir para la resolución de la controversia limítrofe-territorial sobre la Guayana Esequiba surgida de la contención venezolana ante la ONU, en 1962, de considerar nulo e írrito (inexistente) el Laudo Arbitral de París de 1899 que emitió el Tribunal Arbitral de París y que definió la frontera común entre Venezuela y Guayana Británica. La decisión del tribunal quedó en tela de jucio luego de hacerse público el Memorándum de Severo Mallet Prevost y otros documentos que comprometieron la validez del laudo. El Acuerdo de Ginebra fue publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela Nº 28.008 del 15 de abril de 19661 y posteriormente registrado por este mismo país el 5 de mayo de 1966 en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas bajo el Nº I-8192.2

Tres meses después de la firma del acuerdo, el 26 de mayo de 1966, la colonia de Guayana Británica recibe la independencia llamándose a partir de entonces "República de Guyana" (y desde 1970: República Cooperativa de Guyana),3 fecha a partir de la cual el nuevo Estado pasa a formar parte del acuerdo como país soberano e independiente junto a Reino Unido y Venezuela, aunque sustituye totalmente a Reino Unido en las conversaciones con Venezuela respecto al diferendo limítrofe. El Acuerdo de Ginebra es un acuerdo transitorio para llegar a una solución definitiva, muchos lo definen como "un acuerdo para llegar a un acuerdo" y aunque invalida el laudo de 1899, se mantiene el statu quo que él derivó. Por lo tanto, el área en reclamación se encuentra bajo la autoridad del gobierno de Guyana hasta que no se resuelva algo diferente conforme al tratado. El artículo primero del documento, 4 expresa se reconoce la contención de Venezuela de considerar nulo e írrito la decisión del tribunal que definió su frontera con Guayana Británica. Reino Unido y Guyana (entonces Guayana Británica) al firmar el documento reconocen el reclamo y la inconformidad de Venezuela acordándose así encontrar una solución práctica, pacífica y satisfactoria para las partes. En el Acuerdo de Ginebra se establece la creación de una Comisión Mixta integrada por representantes de Venezuela y de Guayana Británica (Reino Unido, a pesar de ser parte firmante del tratado, no tiene participación en la comisión) la cual en un plazo de 4 años tendría que decidir cuál podía ser la solución al problema limítrofe, una vez vencido este plazo, se suscribe en 1970 el Protocolo de Puerto España5 entre Guyana, Reino Unido y Venezuela por el cual se “congelaba”, por un término de 12 años, parte del Acuerdo de Ginebra. En 1982 Venezuela decide no ratificar el Protocolo de Puerto España y se vuelve a lo establecido en el acuerdo. En 1983 Venezuela propone la negociación directa con Guyana pero ésta no acepta y propone tres alternativas (Asamblea General de la ONU, Consejo de Seguridad o Corte Internacional de Justicia) que Venezuela rechaza. Ese mismo año de 1983, por iniciativa de Venezuela, el conflicto limítrofe se lleva bajo los auspicios del Secretario General de las Naciones Unidas, en concordancia a lo previsto en el artículo IV numeral 2 del acuerdo y apegados al artículo 33º de la Carta de las Naciones Unidas referente a los medios de soluciones pacíficas de controversias. En 1987 Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de los Buenos Oficios que comienza a funcionar desde 1989 en la persona de un Buen oficiante elegido y aceptado por las partes. Esta figura tiene como función acercar a ambos gobiernos con el fin de que estos lleguen a una solución satisfactoria como lo dicta el tratado. 7 El último Buen oficiante fue el jamaicano Norman Girvan quien fue elegido y aceptado por ambos países con la aprobación del Secretario General de la ONU. 8 9 10

El presidente de Guyana, David Granger, pidió a la Comunidad del Caribe (Caricom) que condene “en los términos más enérgicos” los reclamos territoriales de Venezuela, que, según dijo, se ha convertido en una “carga insoportable” para su país.

En su discurso en la ceremonia de apertura de la 36 cumbre de Caricom, Granger aseguró que, con sus “opresivos” reclamos territoriales sobre aguas del Esequivo, muy ricas en petróleo, Venezuela se ha convertido en “un mono en la espalda” de su país. “Guyana, incluso cuando se acerca el 50 aniversario de su independencia el próximo año, todavía carga con un mono en la espalda. Ese mono es la carga insoportable de una reclamación opresiva y desagradable sobre nuestra tierra y nuestras aguas”, dijo. En sus últimas reuniones anuales, Caricom siempre ha emitido comunicados reafirmando los derechos de soberanía de Guyana -uno de sus miembros- sobre su territorio y en esta ocasión no se espera que se desvíe de esta posición ante Venezuela, que no pertenece a la organización regional. Sin embargo, Granger dijo hoy que “nunca” ha necesitado tanto el apoyo del bloque “como hasta ahora”, ya que los reclamos de Venezuela afectan al desarrollo de su país. En ese sentido, puso el ejemplo de haber tenido bloqueada la financiación de un proyecto hidroeléctrico de gran envergadura porque Venezuela tenía a los inversores “intimidados”, a los ciudadanos de las zonas fronterizas “acosados” y material de exploración de petróleo “incautado”. Recordó que la frontera se delimitó hace 116 años a través de un arbitraje internacional y advirtió que los reclamos venezolanos afectan también a otros países de Caricom. En ese mismo sentido su ministro de Asuntos Exteriores, Carl Greenidge, dijo que los límites fronterizos defendidos por Venezuela, “aparte de ser ilegales ante la ley internacional, le otorgan espacios marítimos y otros recursos que son aceptados como parte de la Zona Económica Exclusiva de cada Estado en el Caribe Oriental, desde San Cristóbal y Nieves hasta Granada y Surinam”. Según fuentes de la organización, está previsto que el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, participe mañana en la cumbre y se reúna con Granger, quien dijo estar preparado para dicho encuentro, aunque la visita no ha sido anunciada oficialmente. “Cualquier Estado que sistemática, cínica e incansablemente busca repudiar solemnes acuerdos internacionales y socavar la seguridad y la soberanía de otro Estado debe ser condenado”, dijo Granger, quien accedió al poder el pasado mayo. Añadió que Venezuela, “consciente, de su riqueza y fuerza militar y naval, y sin pensar en la difícil situación de los pobres de una de las áreas más pequeñas y menos pobladas del mundo, ha recurrido de nuevo a la intimidación y la amenaza del uso de la fuerza”. “Nos arriesgamos a ser miniaturizados y marginados y en nuestros esfuerzos para mejorar nuestras economías podríamos ser trivializados”, advirtió el mandatario a sus homólogos caribeños. En declaraciones a la prensa, el secretario general de Caricom, Irwin LaRoque, rehusó pronunciarse sobre el asunto y apeló a la diplomacia discreta en el acercamiento con Venezuela, un país que no es de la organización territorial, pero sí es un importante suministrador de petróleo a precios ventajosos. En el discurso que ofreció en la ceremonia de apertura que tuvo lugar este jueves, LaRoque tampoco se pronunció sobre este asunto.

El Gobierno de Guyana ha intensificado su búsqueda e apoyo internacional desde que Maduro firmara un decreto el pasado mayo en el que, según el primero, el segundo modifica sus fronteras marítimas para incluir una amplia zona que lleva décadas reclamando a Guyana y que incluye un territorio donde recientemente se descubrió un importante yacimiento de petróleo. Antes de emitir el decreto, Venezuela había escrito en dos ocasiones a la filial local de la petrolera Exxon Mobil pidiéndole que se abstuviera de explorar los recursos petroleros en el área. En ambas ocasiones, el Gobierno de Guyana emitió fuertes objeciones. Guyana mantiene que un laudo judicial adoptado en 1899 es el único que establece la frontera con el país vecino. Venezuela considera “nulo e írrito” ese laudo, y hace un llamamiento al Gobierno de Guyana “a mantenerse en el marco normativo del Acuerdo de Ginebra”, que establece que las zonas territoriales en disputa no se deben explotar. ALGO DE COMPLEMENTO: 1 PROBLEMAS CON COLOMBIA TRATADOS CELEBRADOS Y ACUERDOS ALCANZADOS • El tratado Michelena-Pombo. En este tratado se le reconocía a Venezuela la mitad oriental de la Península Guajira en el norte y al sur del Río Meta las tierras situadas al oeste del Orinoco hasta la frontera con Brasil con lo cual el Orinoco y parte del bajo Meta quedaban íntegramente en el territorio venezolano. Los problemas limítrofes se presentan básicamente, al tratar de definir los derechos de Venezuela y Colombia sobre la Plataforma Continental, esto se agrava por la existencia de riquezas minerales como el petróleo en el Golfo de Venezuela. Ambos países consideran tener derechos y acciones en el mismo terreno, lo que dificulta llegar a acuerdos limítrofe apropiados para los dos Países. . Laudo Arbitral de 1891. En 1844 comienza un periodo de negociaciones que fracasa ya que el gobierno de Colombia no acepta la línea convenida situada al sur del Meta hasta el Orinoco. Esto origina fracasos y problemas diplomáticos. Y es en 1881 cuando deciden someterle este problema al arbitraje del rey de España. El Laudo Arbitral de 1891 modificó esta línea fronteriza y estableció otra a partir del Mogote de los Frailes, en la costa occidental del golfo de Venezuela, y el Orinoco, de río integrante venezolano pasó a ser río fronterizo en una buena extensión de su curso medio. Cuando las comisiones de ambos países tuvieron que Demarcar las fronteras, esto fue imposible por las divergencias que existían entre lo mencionado en los documentos y la realidad geográfica. • Laudo suizo de 1922. En 1922 ambos gobierno deciden someter la demarcación de la frontera a un nuevo arbitraje, y designaron al consejo Federal Suizo que confirmo la misma designación de la frontera que el de la Corona Española. • Tratado de 1941. EL 5 de abril de 1941, en Cúcuta, un tratado de límites fue firmado por Eleazar López Contreras (presidente de Venezuela) y Eduardo Santos (presidente de Colombia) en el cual el presidente de Venezuela le tuvo que ceder a Colombia más de 108.000 Km2 de lo que había sido su territorio.

Sabiendo que él se encontraba a 30 días de entregarle el poder a su sucesor, comprometió firmando al gobierno siguiente. Es por ello que Venezuela salió perdiendo una porción considerable de su territorio. INTERVENSION DEL PROFESOR:

TEMA # 10 NOCIONES SOBRE EL DERECHO DEL MAR. EL DERECHO MARITIMO. RIOS Y MARES. Hoy comenzamos sobre los MARES. Sobre el mar. El derecho marítimo está regulado por la convención de ginebra sobre derechos del mar y la convención de Jamaica, que es la última de 1982 en jis ton, sobre el nuevo derecho del mar, y tenemos la legislación venezolana, LA LEY ORGANICA DE LOS ESPACIOS ACUATICOS E INSULARES. Esa es la ley venezolana que esta de conformidad con lo que dice la convención de ginebra, y sobre todo lo que dice la convención de Jamaica de 1982, que es la más reciente la más nueva en materia de derechos acuáticos. Esa es la base jurídica del tema 10. Las 2 convenciones y la ley que regula la materia. Teniendo entonces presente cual es la base jurídica, la base legal entonces vamos a comenzar hablar del mar. EL MAR: Son unos espacios de agua salada, de grandes extensiones, que unen espacios geográficos que a través de ellos por su navegabilidad se hacen grandes viajes se extienden, se hacen viajes de tramitación, y que hace posible el acercamiento entre pueblos y sociedades. Porque las comunicaciones no solamente son por vías aéreas, son también por vías marítimas y también por vías fluviales, ósea por ríos y por mares. Cuando un barco se desplaza en un mar o en el mar, debe tener una manera o una forma de identificarse. La manera o forma de nosotros identificarnos es la cedula de identidad, acá y en el exterior con el pasaporte. En el mar los barcos tienen que identificarse. ¿Cómo se identifica un barco? Depende del barco. Si es un barco civil pertenece a una flota privada o si es un barco militar perteneciente a la marina mercante de un Estado. Si es perteneciente a la marina mercante de un Estado, ósea a la fuerza armada de un Estado: º Ese barco tiene sus siglas. º Tiene su bandera. º Tiene su armamento. º Tiene su estructura totalmente distinta a la de un barco privado. º Tiene su tripulación, que la distingue de las demás en un momento determinado y que ese barco representa en el mar la soberanía de un Estado, el barco de guerra. Que le pertenece a la marina. Ese barco independiente mente de la nacionalidad que represente de la bandera que enarbole es soberano, es una extensión de la soberanía territorial en el mar. Es como si un órgano del Estado estuviese flotando en aguas. Un pedazo de país en otro espacio geográfico físico en este caso marítimo.

Y un barco privado o civil tiene: º Sus cartas de mar. º Su identificación. º Su bandera también. º A quien pertenece. º No tiene armamento. No tiene cañones, no tiene artillerías. º La población que está allí no es militar, es una población totalmente civil. º Tienen un capitán. Es decir son totalmente distintos, los barcos militares los barcos de guerra, en el mar que un barco civil. En otras palabras por ser distintas es más fácil identificar cuando un barco pertenece a la marina a la armada de un Estado, o cuando un barco es eminentemente civil, y este barco civil no representa un pedazo de territorio de un Estado. No es un órgano del Estado en el mar. Pero cualquier acto ilícito internacional que pueda ser cometido por ese barco, esta visión propia la bandera que enarbola o el representa, pero eso no es como el militar que es parte de la soberanía que está en el mar, el civil no. Entonces es necesario en primer lugar; que el barco este identificado en el mar sí. Y eso s son los medios de identificación. Ustedes se habrán montado en un ferri en un barco normal, no creo que se hallan montado en un barco militar, pero lo han visto en las películas son totalmente distintos, un barco militar que pertenece a una armada que representa a la soberanía. Al otro que no que simplemente está apegado a los principios que de una o otra manera establezca una responsabilidad de un caso ilícito ocurrido a través de la bandera que ellos enarbolan. Que tiene que tener la bandera enarbolada como medio de identificación de ese barco a que Estado pertenece. Tercero: el mar: ya identificado un barco, como es la forma de identificación para saber qué responsabilidad pueda tener, para saber si se le puede imputar un acto ilícito internacional, para saber cómo cuando y porque representa un órgano del Estado es bueno saber que en el mar hay espacios marítimos. Y cada espacio marítimo o en cada espacio marítimo; el Estado puede ejercer: 1) La tutela. 2) La protección. 3) La soberanía. 4) El derecho a la presentación. 5) La extensión territorial. 6) La vigilancia. 7) La fiscalización. 8) La exploración. 9) La explotación. 10) El mantenimiento. 11) El uso racional de ese espacio marítimo. Entonces pensemos que esta es la costa venezolana, lo primero que encontramos al frente de la costa extensión de la costa son; las aguas interiores, esas aguas interiores es la extensión del territorio en el mar. Es el territorio más adyacente marítimo que se extiende desde la parte continental al mar. Esas aguas interiores comprenden: 1) Bahías. 2) Golfos históricos.

3) Islotes. 4) Ensenadas. Es decir espacios próximos a la costa que se tienen en el mar. En esas aguas interiores adyacentes a ellas está el mar territorial. En esas agua interiores el Estado ejerce, total, plena y absoluta soberanía, es decir que la soberanía que ejerce en el cumplimiento se traslada a esas aguas interiores. Por eso yo les decía cuando hablamos de Colombia del golfo histórico, les decía él porque era golfo histórico, porque son aguas interiores, es la prolongación de la costa en el mar. Y en esas aguas interiores el Estado ribereño costero, dependiendo del libro de que ustedes busquen, en uno aparece rivereño en otro costero. Es y ejerce total plena y absoluta soberanía de todo tipo de jurisdicción, penal, civil y administrativa, sobre esas zonas de aguas interiores. Adyacente de esas aguas interiores está el mar territorial. El mar territorial de un Estado tiene: 12 millas náuticas, que son aproximadamente como 23 kilómetros cuadrados. En ese mar territorial el Estado ejerce total, si en las aguas interiores que estaban adyacentes a ellos está el mar territorial ejerce, plena y absoluta soberanía. Porque esa zona del mar territorial es la zona de defensa por excelencia que tiene un Estado. Es la zona defensiva de un Estado. Ahí esta constantemente: 1) Las bagatas, los barcos patrullando, observando de que no se cometa ningún ilícito. 2) El paso de las naves hacia aguas interiores. 3) Que no se cometa ningún tipo ilícito. 4) Y que todo se haga conforme como lo dice la ley, de espacios acuáticos e insulares, y lo que establece el derecho internacional público en materia del derecho del mar. Entonces el Estado ejerce, total y plena soberanía, sobre ese mar territorial, y como es zona de defensa de vigilancia de observación, también: 1) Explota. 2) Conserva. Bien esos espacios. Porque son propiedad que se tiene más allá del continente. Se hizo una lectura: Es decir si usted cuenta las aguas interiores, que son 12 y 12 el mar territorial son 24 si o si. Pero el mar territorial tiene 12 millas náuticas. En algunos libros aparece 24, pero no son 12 millas náuticas. Lo que pasa que ellos comienzan a contar de la base donde se mide las aguas interiores, se suman las 12 de las aguas interiores más las 12 del mar territorial son 24. Pero son 12 millas náuticas. Fíjense: 1) Aguas interiores. 2) Mar territorial. 3) Zona contigua. 4) Plataforma continental, o submarina por debajo. 5) Zona económica exclusiva. Y lo último es: 6) El alta mar. O las aguas internacionales. Voy de la costa hacia el frente.

Les decía que el mar territorial: una zona de defensa una zona de soberanía, para que un barco que venga de halla, pongan cuidado, que es halla, el mar que pretenda entrar a aguas interiores o al mar territorial de un Estado, pretenda traspasar: zona de soberanía, zona de potestad, zona de propiedad, zona de extensión territorial, se llama: paso inocente o paso inocuo de naves. Como tiene que pasar esa nave: rápido y sin ningún traspié. Rápida, el paso debe ser rápido e ininterrumpido dice la ley ahora la vamos a leer. Entonces el paso es que sea que venga de aguas interiores, puede ser que solamente va a estar acá y valla a salir, independientemente lo que valla hacer, bien sea a aguas interiores o al mar territorial el paso tiene que ser rápido e ininterrumpido. No puede pararse aquí salvo que se dañe el barco, porque es su zona de defensa. Porque si se para ahí el paso deja de ser inocente o inocuo de naves y pasa a ser un paso perjudicial. Y el paso perjudicial es: 1) Cuando está contaminando las aguas. 2) Esta pescando sin permiso. 3) Está en una aptitud de espionaje. 4) Esta con una aptitud hostil. 5) Está contaminando. Etc. Entonces el paso se convierte, pasa de ser inocente y se convierte en perjudicial. Porque las leyes del mar y las leyes de espacios acuáticos e insulares así lo establece. Lectura: para que un barco mercante de guerra, pueda pasar de la alta mar territorial a las aguas superiores necesita una posesión graciosa, de lo contrario no podrá pasar. Esa posición es otorgada por el Estado insular, ese paso debe ser rápido e interrumpido. Esa posesión graciosa; que da el Estado venezolano, lo hace conforme al derecho internacional y conforme al derecho interno. Porque si el Estado venezolano no le permite pasar no puede pasar. Recuerde que es zona defensiva, zona de seguridad y defensa. Solamente para que pueda entrar en esas aguas el Estado tiene que darle permiso. Y ese paso tiene que ser rápido e ininterrumpido. De otra manera es sospechoso el paso, el paso deja de ser inocente y se convierte en paso perjudicial. Art 16 ley orgánica de espacios acuáticos: Para que tomen nota eso está en la ley, está en el art 8, estoy diciendo de la ley, yo voy hablando de la ley. Art 8, 9, 10, 15, 16, 18. Pero por ejemplo el art 16, ACTIVIDADES PROHIBIDAS, dice la ley. El paso deja de ser inocente, recuerde que tiene que ser inocente. Rápido e ininterrumpido. No puede permanecer más de 15 días aquí, y no puede permanecer tres buques de guerra, a menos de que el Estado le dé la concesión o el permiso respetivo. Pero no puede permanecer más de 15 días, porque ya es sospechoso. Art 16: El paso deja de ser inocente cuando el buque extranjero realice algunas de las siguientes actividades: Entonces la pregunta es: ¿Cuándo el paso pasa de ser inocente a ser paso perjudicial?

a) Cuando hay amenazas, o uno de las fuerzan contra la soberanía la integridad el territorio y la independencia de la República bolivariana de Venezuela. b) Cuando se estén haciendo allí ejercicios o practicas con armas de cualquier clase. c) Actos destinados a obtener información en perjuicio de la defensa o la seguridad de la república, (espionaje). d) Actos de propaganda destinados a atentar contra la defensa o la seguridad de la Republica. e) El lanzamiento, recepción o embarque de aeronaves. f) El lanzamiento, recepción o embarque de dispositivos militares. g) Actos o hecho que impliquen cualquier acción contaminante. h) Actividad de pescas ilícitas. i) Actos dirigidos a perturbar los sistemas de comunicaciones o cualquieras otros servicios e instalaciones de la República Bolivariana de Venezuela. j) Y cualquieras otras actividades que no estén relacionadas con el paso inocente de naves. Hay 12 circunstancias por las cuales el paso inocuo o inocente de naves deja de ser inocente y se convierte en perjudicial. Ya les leyó la joven el art que no puede permanecer los buques de guerra, más de 15 días en aguas interiores. Ese es el mar territorial: léanselo muy bien aquí están los supuestos de atravesar el mar territorial para ir a otro Estado, o dirigirse a las aguas interiores de un Estado. Luego viene; aguas interiores, mar territorial, zonas contiguas. ZONAS CONTIGUAS: vamos a buscar zona contigua. ART 43: Extensión: Para los fines de vigilancia marítima y resguardo de sus intereses, la Republica tiene, contigua a su mar territorial, una zona que se extiende hasta 24 millas náuticas (24MN), contadas a partir de las líneas de más baja marea o las líneas de base desde las cuales se mide el mar territorial. Aguas interiores es mar territorial zona contigua, son 12 millas náuticas lo que pasa es que aquí cuentan igual las 12 millas náuticas del mar territorial, pero son 12 millas náuticas. Que suman el mar territorial mas la zona contigua son 24 millas náuticas, pero en realidad son 12 millas náuticas. Están adyacentes las unas a las otras. ¿Qué hace el Estado en esa zona contigua? ART 44: Fiscalización: la Republica tomara en la zona contigua, medidas de fiscalización para prevenir y sancionar infracciones de sus leyes y reglamentos en materia fiscal, de inmigración y sanitaria. Ojo con lo que le voy a decir; recuerden que en cada zona, el Estado realiza una actividad propia, practica conforme a la ley, y conforme con el derecho internacional. ¿Qué hace el Estado en esa zona contigua al mar territorial o adyacente al mar territorial, o cerca del mar territorial?

Ojo el art 44. Tomará medidas de; fiscalización, observación, vigilancia. Para prevenir y sancionar infracciones de sus leyes y reglamentos en materia fiscal, de inmigración y sanitaria. Recuérdese de que la marina puede en un momento determinado, cuando están en sus aguas hacerle inspecciones a los barcos, puede ser de que un barco traiga una enfermedad, que este en cuarentena, si me entienden, entonces eso se puede inspeccionar se puede fiscalizar, se puede prevenir y se puede sancionar. No solamente, para eso es la orden de fiscalización porque puede ser que traigan alguna enfermedad, y el Estado lo desconoce. Vamos a suponer que se haga una inspección porque es permitida hacer la inspección en el mar y la hace conforme a las disposiciones legales, y descubre que hay una enfermedad, por eso previene y sanciona, porque de ninguna otra manera pretendían entrar al territorio venezolano con una enfermedad o una contaminación al estado venezolano. ART 40; visita y registro: los buques de pabellón nacional o extranjero, están sujetos a visitas y registro por parte de buques y aeronaves de la fuerza armada nacional, en los espacios acuáticos de la Republica y en la alta mar, cuando existan motivos fundados para creer que cometen o hayan cometido violaciones a las leyes nacionales o internacionales. Los comandantes de buques y aeronaves de la fuerza armada nacional podrán interrogar, examinar, registrar y detener a personas y buques. El Ministro del poder popular con competencia en materia de seguridad y defensa, establecerá el procedimiento para la vista y el registro en tiempo de paz y de emergencia o en conflicto armado, el cual deberá ajustarse a los usos y normas del derecho internacional. Se dan cuenta, no crea que porque un buque anda en la alta mar, cree que es el grupo menudo cantando con la banda los melódicos. Va hacer lo que le dé la gana en el alta mar o en el mar, no, eso está sujeto a la vigilancia de las fuerzas armadas. Si se los pregunto en el oral. Que pueden hacer ahí, que llegue un buque una fragata venezolana, a un buque para revisarlo e inspeccionarlo, aun inclusive en la alta mar. Interrogar, examinar, registrar y detener a personas y buques. No solamente a las personas en la tripulación sino también a los buques. Cuando se haya violado esta ley y el derecho internacional. Ósea la ley vigente que es la convención de Jamaica de 1982, y la ley orgánica de los espacios acuáticos e insulares. Esta ley está ajustada a los parámetros a las innovaciones al derecho marítimo internacional actualizado.

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