Cuestionario 20 Preguntas
Short Description
Para optar por el título profesional de derecho....
Description
UNIVERSIDAD “JOSE CARLOS MARIATEGUI” DERECHO CIVIL (PRO TITULO MOQUEGUA 2017 II) CUESTIONARIO A DESARROLLAR: 1.- Que es la Concepción. Es el inicio de la vida humana. Es la unión del espermatozoide con el óvulo, es en éste acto que surge un ser humano individualizado, por tanto un sujeto de derecho. Por la concepción se compone el patrimonio genético humano en una estructura biológica capaz de desarrollar el programa de formación del hombre. 2.- Que es la Persona Natural y que la Persona Jurídica. Persona Natural: Es el ser humano desde su nacimiento hasta su muerte. Nuestro Código Civil considera al ser humano desde su concepción y como sujeto de derecho desde su nacimiento. Persona Jurídica: Es el ente organizado e inscrito en el registro respectivo. La inscripción es el acto que constituye su nacimiento, si no está inscrito no es una persona jurídica, sino solo un ente colectivo no personificado. La persona jurídica por tanto, es susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones, siempre que estén inscritos en los registros respectivos, distintos a las personas naturales. 3.- Que es la Capacidad y la Incapacidad en ambas personas. Persona Natural: - Capacidad: La capacidad es un concepto restringido, que admite distinción y grados, siendo una noción esencialmente relativa, porque se refiere a la posibilidad del sujeto de actuación en la vida jurídica. Por ser la capacidad una noción esencialmente relativa, puede graduarse en mayor o menor medida y esto nos permite distinguirla y clasificarla en: a) Capacidad de Goce, llamada también de derecho, jurídica o legal. b) Capacidad de Obrar, conocida como capacidad de ejercicio o de hecho. - Incapacidad: A la noción de capacidad se contrapone el correspondiente concepto negativo que es el de la Incapacidad. Esta noción comprende diversos fenómenos, por cuanto son igualmente varias las causas por virtud de las cuales se llega a la restricción o limitación de la capacidad. Es la falta de aptitud jurídica para gozar, ejercer derechos o asumir obligaciones.
El vocablo incapacidad se emplea para designar a las personas que están privadas de uno o varios derechos. 4.- Que entiende por Cambio, Rectificación, Adición y Usurpación de Nombre. Cambio de Nombre: El cambio de nombre es un acto, que permite legalmente que un individuo adopte un nombre diferente al nombre que le fue dado en el nacimiento, casamiento, o adopción. Rectificación de Nombre: Es un procedimiento a través del cual se pretende corregir el nombre alterado por error o malicia. Entonces se produce la corrección de la falta, modificándola y subsanando los defectos. Adición: Es el trámite judicial que tiene por finalidad adherir a los nombres, cuando existan motivos justificados para ello, como por ejemplo nombre ofensivos, sarcásticos, homónimos de requisitoriados, atentatorios de la moral y las buenas costumbres, etc. Usurpación: Se refiere a cuando una persona hace uso de un nombre ajeno, que no le corresponde. Vemos así, que en muchos casos, por ejemplo, una persona que ha sido detenida por una falta - valga decir que sin documentos que acrediten su identidad - al momento de declarar ante la comisaría, hace uso del nombre de otra persona. Finalmente lo dejan libre, pero ocurre que comete un delito y la policía lo reconoce por el nombre falso que dio; tiempo después intervienen a la persona de la cual se hizo uso de su nombre sin que esta haya cometido aquel delito. 5.- En qué casos procede la Declaración de Muerte Presunta sin declaración de Ausencia 1) Cuando haya transcurrido diez años desde las últimas noticias del desaparecido o cinco si éste tuviere más de ochenta años de edad. 2) Cuando haya transcurrido dos años si la desaparición se produjo en circunstancias constitutivas de peligro de muerte. El plazo corre a partir de la cesación del evento peligroso. 3) Cuando exista certeza de la muerte, sin que el cadáver sea encontrado o reconocido. 6.- Que significa para usted, el Negocio Jurídico?
Es el acto jurídico lícito integrado por una o varias declaraciones de voluntad que se encamina a conseguir un fin práctico y legal protegido por el derecho. 7.- Cual es el Proceso de Formacion de un Acto Jurídico. a) El momento interno de la actitud, decisión mental o consentimiento. Esto no tiene trascendencia en el derecho, mientras sea fenómeno interno. b) Elemento de la exteriorización del interior, es decir la voluntad interna es importante e indispensable que sea conocida por los demás. 8.- Cual es la Formalidad del Acto Jurídico? En los casos que la ley establezca que la manifestación de la voluntad deba hacerse a través de alguna formalidad expresa o requiera de firma, ésta podrá ser generada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otro análogo. Cuando se trata de instrumentos públicos, la autoridad competente deberá dejar constancia del medio empleado y conservar una versión íntegra para su ulterior consulta. 9.- Explique cuáles son las Clases de Representación? Representación Legal: Es aquella que tiene como basamento a la ley, es decir la representación es determinada, fijada, establecida y señalada por mandato imperativo de la norma, donde no existe forma distinta de originarse tal representación. (Ejemplos: Representación legal de la sociedad conyugal (Art. 292º C.C.) Representación en establecimientos abiertos al público (Art. 165º C.C.)) Representación Judicial: Es aquella donde es la autoridad jurisdiccional la que señala quien ejercerá la representación y, con tal fin deberá ceñirse a la norma como marco referencial de orden legal, prioritario y necesario. (Ejemplo: Curatela de los bienes del hijo póstumo (Art. 598º C.C.)) Representación Voluntaria o Convencional: Viene a ser propiamente el acto jurídico, donde una persona llamada representado delega facultades a otra llamada representante a fin de que pueda vincularlo jurídicamente con otros sujetos, debido a que éste (representado) por sí mismo no puede relacionarse con dichos sujetos. 10.- Cual es las Características del Plazo.
Certidumbre: Significa que el evento de todas maneras vava a ocurrir. Futuridad: Es el lapso de tiempo que va a transcurrir desde el momento de la celebración del acto hacia la llegada del término final. Arbitrariamente pactado por las partes: Depende de la voluntad de éstos incorporarlo en la estructura del acto.
11.- Cuales son los Vicios de la Voluntad
Error: En éste caso no existe mala fe, surge del propio agente. Dolo: Aquí es provocado con la intención de inducir al error. Violencia: Afecta la libertad de decisión del agente usando la fuerza física o moral.
12.- Explique Usted las Características del Matrimonio, y que perspectivas Futuras se esperan?
Unidad: Es decir, que los cónyuges deben guardar monogamia. Permanencia: El matrimonio debe tener estabilidad en el tiempo. Legalidad: Su régimen jurídico es inalterable.
* 13.- Cuales son las Condiciones para Ejercer el Derecho Alimentario.
Estado de necesidad en el acreedor alimentario Posibilidad económica del obligado a prestar los alimentos Normal legal que establezca la obligación alimentaria.
14.- Cuales son los elementos de la sucesión?
El causante: Persona Natural fallecida. Los sucesores o causahabientes: Personas que suceden al causante. Masa hereditaria: Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman el patrimonio del causante.
15.- Explique Usted como ha entendido la Caducidad en los Testamentos. Es una figura jurídica mediante la cual se hace ineficaz total o parcialmente el cumplimiento del testamento. 16.- Cuantas Clases de Testamentos hay.
Testamentos Ordinarios
Por Escritura Pública: Ante notario y con dos testigos. Cerrado: El testador lo hace introduciéndolo en un sobre y lo entrega al notario. Ológrado: Escrito y firmado por el testador, tiene que protocolizarse en el plazo de 1 año desde la muerte del testador.
Testamentos Especiales Militar: Para miembros de las fuerzas armadas en tiempo de guerra. Marítimo: Para el capitán del barco o su representante durante la navegación. 17.- Cuales son las vías Procedimentales por las cuales se deben tramitar los interdictos. Proceso Sumarísimo y por Juez Civil. 18.- Explique usted en que consiste la mancomunidad y la solidaridad en una obligación. Mancomunidad: El crédito se divide entre todos los acreedores y la deuda se divide entre todos los deudores todo en partes iguales o en el porcentaje señalado. Solidaridad: Cuando por mandato de la ley o por acuerdo expreso entre los sujetos de la obligación, se concede a cualquier acreedor el derecho de exigir la totalidad del crédito al deudor, o habiendo varios deudores, cualquiera de ellos puede ser demandado para pagar la totalidad de la deuda. 19.- Porque causas se extingue las Obligaciones.
El Pago: Cumplimiento de la prestación. Novación: Consiste en hacer nacer una nueva obligación en reemplazo de la anterior. Compensación: Extinción que se produce en las obligaciones entre dos sujetos recíprocamente deudores y acreedores hasta donde el crédito de monto mayor cubra al de monto menor. Condonación: Es el perdón de la deuda. Consolidación: En una misma persona recae la calidad de acreedor y deudor.
Transacción: Deudor y acreedor se hacen mutuas concesiones y su fin es terminar con la Litis. Mutuo Disenso: Acuerdo entre acreedor y deudor para dar por extinguida la obligación.
20.- Explique Usted, como se debe tramitar un Proceso de Declaración Judicial y unión de Hecho.
View more...
Comments