Cuadro Sinoptico 6.4 Karla, Sonia.brayan

September 29, 2017 | Author: leon24libre | Category: Feudalism, Late Middle Ages, Nobility, Monarch, Obedience (Human Behavior)
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BRAYAN

El derecho divino

IDEAS CRISTIANAS DEL FEUDALISMO Y LAS IDEAS DE LOS PENSADORES ORIENTALES

La obediencia pasiva

La justificación central del poder y del alcance del rey y la reina era la idea del derecho divino. Esta ideología se basaba en la idea de que la familia real había sido escogida por Dios para gobernar la tierra y la gente, y éste derecho se transmitía de forma hereditaria. El derecho divino evolucionó durante la Edad Media, y era usado por la realeza y sus familias para justificar su poder absoluto, y para hacer que la obediencia a ellos fuera la misma obediencia a los deseos de Dios.

Se inclina por no utilizar la coacción en cuestiones de creencias: “Nunca es posible impedir la herejía mediante la fuerza. Para ello se necesita otro instrumento, pues se trata de una disputa y un conflicto que no pueden resolverse por la espada. La palabra de Dios tiene que luchar aquí. Si ella no lo consigue, el poder temporal no zanjará nunca la cuestión, aunque llene el mundo de sangre” Lutero, Sobre la autoridad secular

Cuando la iglesia se feudalizó tubo diversas dificultades. Sus altas jerarquías recibían feudos de manos de los señores nobles o del emperador.Era corriente entonces que el emperador o señor feudal nombraran obispos y párrocos, y les otorgaran los bienes temporales tanto como los espirituales. La iglesia cristiana fue la única institución que ejerció su poder en una Europa fragmentada políticamente. Las acciones de la gente se hallaban ligadas a las normas religiosas. Jerarquías La jerarquía de la iglesia.

Iglesia Arzobispo Obispo Sacerdotes

Catedrales

Monasterios Monjes

IDEAS CRISTIANAS DEL FEUDALISMO Y LAS IDEAS DE LOS PENSADORES ORIENTALES

Feudalismo

Fue la organización social, política y económica de la Edad Media, el rey repartía sus tierras entre los nobles, para que estos las administraran y gobernaran. La nobleza repartía sus tierras en una nobleza más baja. Cada noble era dueño y señor en su territorio, debían obediencia al rey y a su señor. En los territorios había villanos y siervos; los villanos eran ciudadanos libres que trabajaban sus tierras y pagaban tributo al señor por estar bajo su protección. Los siervos eran trabajadores de las tierras del señor y este les dejaba vivir y comer de su cosecha. Había hombres de armas que eran los que formaban el ejército del señor. El señor vivía en un castillo. La iglesia también se comportaba como un señor feudal, tenía un territorio que administraba y una jerarquía. En las catedrales y monasterios se crearon las primeras escuelas.

SONIA

El Estadonación

IDEAS CRISTIANAS DEL FEUDALISMO Y LAS IDEAS DE LOS PENSADORES

El derecho a la resistencia

El Estado-nación se ha conformado en el transcurso de un proceso histórico que se inició en la alta Edad Media y desembocó a mediados del siglo XX, en el modo de organización de la colectividad nacional que conocemos en la actualidad. Para llegar al concepto y a las instituciones que sustentan este modo de organización fue necesario, en primer lugar, disociar las funciones que cumple el Estado, de las personas que ejercen el poder. Con la conformación del Estado moderno, se llegó progresivamente a la conciencia de que el orden político transcendía a las personas de los gobernantes. Así nació el Estado moderno, un Estado que no confunde las instituciones que lo conforman, con las personas que ocupan el poder, y que asume un conjunto de funciones en beneficio de la colectividad.

El Derecho de Resistencia si bien tiene un trasfondo histórico que pertenece a la tradición más antigua de la filosofía política de Occidente, con el Cristianismo pasa a formar parte de la teología moral medieval, constituyéndose como derecho de la comunidad para enfrentar a las autoridades temporales que han incurrido en conductas ilegítimas. Pero hasta Beza, Hotman y Brutus este derecho está concebido según los cánones de la resistencia medieval, esto es, como el derecho de la comunidad para oponerse al monarca cuando esto no ha cumplido o derechamente ha violado el contrato entre el rey y el pueblo, como se refleja más claramente en F. Kern, Si el monarca no es responsable ante nadie y el detentor de la autoridad soberana no sufre ningún daño jurídico por un quebrantamiento de sus deberes.

BIBLIOGRAFÍA http://www.ehowenespanol.com/factores-del-real-edad-media-info_243694/ http://www.slideshare.net/aleksja/influencia-del-pensamiento-de-lutero-y-calvino

http://www.portalplanetasedna.com.ar/iglesia_feudal.htm http://lenguacastellanack.blogspot.mx/2012/07/organizacion-y-jerarquias.html http://sobrehistoria.com/la-iglesia-en-la-edad-media/ http://213.0.8.18/portal/educantabria/contenidoseducativosdigitales/primaria/cono_3_ciclo/CONTENI DOS/HISTORIA/DEFINITIVO%20EDAD%20MEDIA/Publicar/page2.html http://www.biblicaemanuel.com/El%20Derecho%20a%20la%20Resistencia.pdf http://www.unesco.org/most/francais.htm

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