Cte Db Si Explicado y Resumido

March 1, 2018 | Author: merybd | Category: Fire Protection, Combustion, Parking, Nature
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Protección contra incendios en edificios

Conceptos generales La protección de un edificio frente a incendios se fundamenta en la: Protección Pasiva Protección Activa - La protección Pasiva se fundamenta en el propio diseño del edificio. - La protección Activa completa a la pasiva para alcanzar la minoración deseada del riesgo.

Situación de la normativa estatal En España a nivel del Estado existen 3 normativas generales de obligado cumplimiento: - El Código Técnico de la Edificación – DB SI - El Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Edificios Industriales - El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios Además existe normativa de carácter autonómico y local. Parcialmente se aplica el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (RGPE), excepto artículos 2 al 9, artículos 20 al 23, excepto apartado 3 del artículo 22. Subordinadamente existen reglamentos específicos de instalaciones y almacenamiento: REBT, RITE, almacenamiento de gas, gasoil, etc...

Riesgo de incendio: COMBUSTIÓN Combustible + O2 + Fuente de energía Calor + llamas+ humos + gases + residuos

ETAPAS DE DESARROLLO DE UN INCENDIO GRADO DE PELIGROSIDAD

ESTADO LATENTE Desprende partículas invisibles al techo. (El aire se ioniza).

.

HUMO VISIBLE Acumulación de partículas que se hacen visibles (Humo).

LLAMAS Se alcanza el punto de ignición (Llamas).

CALOR Aumento del calor por la combustión (Temperatura).

VELOCIDAD DE DESARROLLO

Riesgo de incendio

Temperatura ºC

1200 1000 800

Curva normalizada

600 400

Fuego lento Fuego natural 0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 110 Minutos

CTE

DB SI Seguridad en caso de incendio

DB SI Seguridad en caso de incendio

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DB SI Seguridad en caso de incendio Marco de la seguridad en caso de incendio * LOE, Ley 38/99 REQUISITO BÁSICO DE CALIDAD * CTE PARTE I: - Ámbito: Toda edificación en el marco de la LOE (incluso industrial) - Requisito básico SI - Exigencias básicas SI 1 al SI 6 - Condiciones generales: - Productos, elementos constructivos y equipos: marcaje CE (DPC)

- Contenido del proyecto - Libro del edificio

PARTE II: - Ámbito: no se aplica a edificios de uso industrial RSCIEI - Documento Básico DB SI: Parámetros y procedimientos para cumplir las exigencias básicas

DOCUMENTOS RECONOCIDOS

(sin carácter reglamentario)

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DB SI Seguridad en caso de incendio Carácter prestacional: REQUISITO BÀSICO SI (Art. 11 de la Parte I del CTE): “ Reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental como consecuencia de les características del proyecte y construcción del edificio, así como de su mantenimiento y uso previsto”.

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DB SI Seguridad en caso de incendio Exigencias básicas SI (Art. 11 de la Parte I del CTE): SI 1 Propagación interior SI 2 Propagación exterior SI 3 Evacuación de ocupantes SI 4 Instalación de protección contra incendios SI 5 Intervención de bomberos SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

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DB SI Seguridad en caso de incendio Criterios generales para satisfacer las exigencias básicas SI a) Aplicar los parámetros del Documento Básico SI El contenido del DB SI es muy prescriptivo

b) Adoptar soluciones alternativas Justificar el cumplimiento de les exigencias básicas y que sus prestaciones son, al menos equivalentes, a las obtenidas aplicando el DB SI * El Artículo 3.3 de la NBE-CPI/96 ya contemplaba la posibilidad de soluciones diferentes en proyectos singulares, justificadas documentalmente y que garantizasen niveles de seguridad equivalentes a los de la normativa.

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DB SI Seguridad en caso de incendio Aspectos destacables del DB SI 1. Ámbito de aplicación del DB SI - Edificios en el ámbito general del CTE y: • Usos definidos en el Anejo SI A: Administrativo, Aparcamiento, Comercial, Docente, Hospitalario, Pública concurrencia, Residencial Público y Residencial Vivienda. * Residencies geriátricas Uso Hospitalario (muy exigente)

• Usos no definidos: se asimilan a los anteriores. - Nueva construcción, ampliación, cambio de uso, reforma, rehabilitación. - Se excluyen edificios, establecimientos y zonas de uso industrial

en los que sea de aplicación el RSCIEI (la Parte I del CTE se ha de cumplir en cualquier caso y la referencia a la NBE-CPI 96 queda substituida por el DB SI)

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DB SI Seguridad en caso de incendio Criterios de aplicación

1. Ámbito de aplicación del DB SI

1.- En aquellas zonas destinadas a albergar personas bajo régimen de privación de libertad o con limitaciones psíquicas no se deben aplicar las condiciones que sean incompatibles con dichas circunstancias. En su lugar, se deben aplicar otras condiciones alternativas, justificando su validez técnica y siempre que cumplan las exigencias de este requisito básico. 2.- Los edificios, establecimientos o zonas cuyo uso previsto no se encuentre entre los definidos en el Anejo SI A de este DB deberán cumplir salvo, indicación en otro sentido, las condiciones particulares del uso al que mejor puedan asimilarse en función de los criterios expuestos en el artículo 4 del CTE. 3.- A los edificios, establecimientos o zonas de los mismos cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones del Uso Hospitalario. 4.- A los edificios, establecimientos o zonas de uso sanitario o asistencial de carácter ambulatorio se les debe aplicar las condiciones particulares del Uso

Administrativo.

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DB SI Seguridad en caso de incendio 5.- Cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o de un establecimiento, este DB se debe aplicar a dicha parte, así como a los medios de evacuación que la sirven y que conduzcan hacia el espacio exterior seguro, estén o no situadas en ella. Como excepción a lo anterior, cuando en los edificios de uso Residencial Vivienda existentes se trate de transformar en dicho uso zonas destinadas a cualquier otro, no es preciso aplicar este DB a los elementos comunes de evacuación del edificio. 6.- En obras de reforma en las que se mantenga el uso, este DB debe aplicarse a los elementos del edificio modificados por la reforma, siempre que ello suponga un mayor adecuación a las condiciones de seguridad establecidas en este DB. 7.- Si la reforma altera la ocupación o su distribución con respecto a los elementos de evacuación, la aplicación de este DB debe afectar también a éstos. Si la reforma afecta a elementos constructivos que deban servir de soporte a las instalaciones de protección contra incendios, o a zonas por las que discurren sus componentes, dichas instalaciones deben adecuarse a lo establecido en este DB. 8.- En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las contempladas en este DB.

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DB SI Seguridad en caso de incendio Aspectos destacables del DB SI (continuación) 2. Remite al DB SU “Seguridad de utilización” en lo que se refiere a elementos de circulación, iluminación de emergencia que antes incluía la NBE-CPI/96. 3. Incorpora el diseño y dimensionado de los elementos de evacuación y de los pasos entre hileras de asientos en los locales de pública concurrencia que antes estaban en el RGPE. 4. Incorpora como obligatorias les condiciones de Intervención de bomberos  SI 5: en la NBE-CPI/96 estaban en el Apéndice 2 con carácter de recomendación 5. Incorpora tablas y procedimientos sencillos para determinar la resistencia al fuego de la estructura Anejos SI B a F: la NBE-CPI/96 remitía a Eurocódigos 6. Los productos, equipos y materiales han de disponer de Marcaje CE  Nueva clasificación europea de reacción y resistencia al fuego (RD 312/2005 y Anejo SI G del DB SI).

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DB SI Seguridad en caso de incendio 7. En pequeños establecimientos hoteleros, de hasta 20 plazas, es más permisivo en relación a la protección de les escaleras y al número de salidas. 8. Se introduce el control de humos para garantizar la evacuación segura de los ocupantes en aparcamientos, atrios y establecimientos de uso comercial y pública concurrencia de > 1000 persones. Diseño según normas UNE, EN; En aparcamientos que no tengan consideración de abiertos (la mayoría), sólo contempla la ventilación por extracción mecánica según DB HS-3. No se considera la ventilación natural que era alternativa en la NBE-CPI/96. 9. En Proyecto el DB SI Accesibilidad que desarrolla la Ley de Accesibilidad. 10. No trata específicamente los edificios en altura ni los sótanos aunque presentan un riesgo más grande que otras configuraciones: a efectos de sectorización, número de salidas en función de la superficie, extinción automática, limitación de la densidad de ocupación en función de la altura, etc.

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DB SI Seguridad en caso de incendio Contenido del proyecto (Anejo I de la Parte I del CTE) - PROYECTO BÁSICO Memoria:

- Descripción de las soluciones adoptadas

Planos:

- Descripción general

- PROYECTO DE EJECUCIÓN Memoria:

- Justificación de las soluciones adoptadas - Anejos complementarios si son necesarios - Criterios de uso y mantenimiento

Planos:

- Planos de instalaciones - Planos de definición constructiva

Pliego de condiciones: - Marcaje CE - Ensayos y pruebas - Pruebas de servicio sobre el edificio acabado - PROYECTOS PARCIALES: integrados en el proyecto del edificio bajo la coordinación del proyectista

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DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior SI 2 Propagación exterior SI 3 Evacuación de ocupantes SI 4 Instalaciones de protección contra incendios SI 5 Intervención de bomberos SI 6 Resistencia al fuego de la estructura Anejo SI A Terminología Anejo SI B Tiempo equivalente de exposición al fuego Anejo SI C Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado Anejo SI D Resistencia al fuego de las estructuras de acero Anejo SI E Resistencia al fuego de las estructuras de madera Anejo SI F Resistencia al fuego de las estructuras de fábrica Anejo SI G Normas relacionadas con la aplicación del DB SI

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio

SI 1 Propagación interior

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior

Exigencia básica SI 1: Se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior 1. Compartimentación en sectores de incendio 1.1 Condiciones de compartimentación 1.2 Resistencia al fuego

2. Locales y zonas de riesgo especial 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial 2.2 Condiciones de los locales y zonas de riesgo especial

3. Espacios ocultos. Pasos de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios 3.1 Espacios ocultos 3.2 Pasos de instalaciones

4. Reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario 4.1 4.2 4.3 4.4

Revestimientos Instalaciones eléctricas Elementos textiles de cubrición Elementos decorativos y de mobiliario

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior

1. COMPARTIMENTACIÓN EN SECTORES DE INCENDIO

1.1. Condiciones de compartimentación - Los edificios se deben compartimentar en sectores de incendio según la Tabla 1.1. - En función del uso de la zona y de la superficie construida. - A efectos de cómputo de la superficie se considera que no forman parte del sector: las escaleras y los pasillos protegidos, ni los locales de riesgo especial contenidos en el mismo. - La superficie máxima del sector se puede duplicar si está protegido con instalación automática de extinción que no sea exigible por el DB SI.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 1.1. Condiciones de compartimentación (1)

USO PREVISTO DEL EDIFICIO, ZONA O ESTABLECIMIENTO

CONDICIONES DE COMPARTIMENTACIÓN

EN GENERAL ESTABLECIMIENTO integrado en un edificio

Siempre constituirá sector de incendio

CASO PARTICULAR: ESTABLECIMIENTO integrado en un edificio de uso Residencial Vivienda

- Administrativo, Docente y Residencial Público

Constituirá sector de incendio si Sc  500 m2

- Pública concurrencia y Comercial

Siempre constituirá sector de incendio

ZONA DE USO DIFERENTE y subsidiaria del uso principal de un edificio o establecimiento

- Residencial Vivienda

Siempre constituirá sector de incendio

- Aparcamiento

- Sc  100 m2: local de riesgo bajo - Sc > 100 m2 : siempre constituirá sector d’incendio. Cualquier comunicación se hará a través de vestíbulo de independencia

- Aparcamientos robotizados: siempre sector de incendio Cualquier comunicación se hará a través de vestíbulo de independencia

- Alojamiento (p.e. dormitorios en centros docentes o hospitales)

Constituirá sector de incendio si Sc  500 m2 .

- Administrativo, Docente o Comercial

Constituirá sector de incendio si Sc  500 m2 .

- Pública concurrencia

Constituirá sector de incendio si > 500 personas.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 1.1. Condiciones de compartimentación (2)

ESPACIO DIÁFANO (p.e. pistas polideportivas, recintos feriales, centros comerciales, estaciones de transporte, etc.)

Puede constituir un único sector de incendio independientemente de su superficie, siempre que:

- como mínimo el 90 % de Sc se desarrolle en una planta - sus salidas comuniquen directamente con el espacio libre exterior - al menos el 75% de su perímetro sea fachada y - no existe sobre el mencionado recinto ninguna zona habitable

ESCALERAS Y ASCENSORES que sirvan a sectores de incendio diferentes

Estarán delimitados por elementos constructivos de resistencia al fuego resistencia al fuego de los elementos separadores de sectores de incendio.

ASCENSORES no accesibles desde el recinto de una escalera protegida

- puertas E 30 o bien - un vestíbulo de independencia en cada acceso. - Siempre vestíbulo de independencia en el acceso a un local de riesgo especial o a una zona de uso Aparcamiento

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 1.1. Condiciones de compartimentación (3) USO PREVISTO DEL EDIFICIO, ZONA O ESTABLECIMIENTO

CONDICIONES DE COMPARTIMENTACIÓN

ADMINISTRATIVO

General

Cada sector de incendio: Sc  2.500 m2

APARCAMIENTO

General

No hay límite de superficie de sector

Aparcamiento robotizado

Cada sector de incendio: Sc 10.000 m2 cuando esté situado por debajo de otro uso

2

(Sc > 100 m )

RESIDENCIAL VIVIENDA

RESIDENCIAL PÚBLICO

General

Cada sector de incendio: Sc  2.500 m2

Viviendas

Separación entre viviendas y entre estas y zonas comunes EI 60

General

Cada sector de incendio: Sc  2.500 m2

Habitaciones para alojamiento

Paredes: resistencia al fuego  EI 60 Puertas  EI2 30 C5, si el establecimiento Sc > 500 m2

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 1.1. Condiciones de compartimentación (4) COMERCIAL

General

Cada sector de incendio: Sc 2.500 m2

Caso particular

Cada sector de incendio: Sc 10.000 m2 en establecimientos o centros comerciales que ocupen en su totalidad un edificio íntegramente protegido con instalación automática de extinción y la altura de evacuación h  10 m.

Zonas destinadas a uso público

- ocupen totalmente un edificio exento Poden constituir un - estén íntegramente protegidos con una único sector de incendio instalación automática de extinción y en edificios o centros - dispongan en cada planta de salidas de comerciales que edificio aptas para la evacuación de todos los ocupantes de las mismas.

Cada establecimiento en general

Constituirá sector de incendio si Sc 500 m2 Separación entre establecimientos diferentes  EI 60. (No aplicable a separación entre establecimientos y zonas comunes)

Cada establecimiento de pública concurrencia con espectáculos (cines, teatros, discotecas, salas de baile, etc.)

Siempre constituirá sector de incendio

Zonas de uso industrial o de almacenamiento

Constituirán uno o más sectores diferenciados. Se aplica el RSCIEI

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 1.1. Condiciones de compartimentación (5)

PÚBLICA CONCURRENCIA

En general Recintos destinados a público: - Con asientos fijos (cines, teatros, auditorios, salas de congresos) - Museos - Espacios para culto religioso - Recintos polideportivos y feriales

Cada sector de incendio: Sc  2.500 m2 - están compartimentados respecto a otras zonas con elementos EI 120 - Salidas de planta comunicadas:

Pueden constituir un único sector de incendio de Sc > - materiales de 2.500 m2 si: revestimiento

con sector de riesgo mínimo a través de vestíbulo indep. o Con espacio exterior seguro B-s1,d0: paredes y techos BFL –s1: suelos

- Densidad de carga de fuego, Qs  200 MJ/m2 materiales de revestimiento y mobiliario fijo - No hay zonas habitables por encima de ellas

Cajas escénicas

Siempre han de constituir un sector de incendio diferenciado

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior

1.2. Resistencia al fuego de los elementos compartimentadores Resistencia al fuego: Capacidad de un elemento de construcción para mantener durante un tiempo determinado las funciones: - Portante R - Integridad E - Aislamiento I (Clasificación europea de resistencia al fuego: RD 312/2005 i UNE-EN 13501-2:2002)

Tiempo de resistencia al fuego determinado : a) Tabla 1.2: paredes, techos y puertas b) Alternativa: tiempo equivalente de exposición al fuego que se determine para los elementos estructurales según Anejo SI B

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 1.2 Resistencia al fuego de les paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendio RESISTENCIA AL FUEGO ELEMENTO

USO PREVISTO DEL SECTOR

Sector bajo rasante

Sector sobre rasante en edificio con altura de evacuación, h,:

h  1,50 m

h  15 m

15 < h  28 m

h > 28 m

PAREDES (EI) y TECHOS (REI) que separen el sector del resto del edificio, siendo su uso previsto:

Sector de riesgo mínimo (qs< 40MJ/m2 y salidas directas al espacio exterior segur) en edificios de cualquier uso

No se admite

EI 120

EI 120

EI 120

Residencial Vivienda, Residencial Público, Docente, Administrativo

EI 120

EI 60

EI 90

EI 120

(1)

Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario

EI 90

EI 120

EI 180

EI 120

EI 120

EI 120

Aparcamiento

EI 120 ( EI 180, si h edificio > 28 m) EI 120 ( EI 180, si es robotizado)

PUERTAS DE PASO entre sectores de incendio

Cualquiera

EI2 t-C 5 , siendo t : t/2 resistencia de la pared en la que se encuentre t/4 resistencia de la pared si hay vestíbulo de independencia y dos puertas

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior

2. LOCALES Y ZONAS DE RIESGO ESPECIAL - Riesgo debido a la actividad, la carga de fuego acumulada, las instalaciones, etc.: almacenes, talleres, cocinas, laboratorios y locales de instalaciones. - Clasificación como riesgo alto, medio y bajo: según uso, superficie, volumen, carga de fuego, potencia instalada Tabla 2.1 * Almacenes de densidad de carga de fuego Qs > 3 x 106 MJ uso industrial regulado por el RSCIEI. * Condiciones específicas para cocinas industriales - Condiciones de resistencia al fuego Tabla 2.2

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial (1)

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial (2)

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial (3)

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial (4)

ADMINISTRATIVO Imprenta, reprografía y locales anejos, como, almacenes de papel o de publicaciones, encuadernado, etc.

50 < S ≤ 100 m2

100 < S ≤ 500 m2

S > 500 m2

Con extinción automática

425< Qs≤ 850 MJ/m2 S < 2.000 m2

850< Qs ≤ 3.400 MJ/m2 S < 600 m2

Qs > 3.400 MJ/m2 S < 25 m 2 i

Sin extinción automática

S < 1.000 m

Con extinción automática

S < 800 m

Sin extinción automática

S < 400 m

Almacenes con densidad de carga de fuego, Qs (2) y que tengan una Sc :

COMERCIAL

Almacenes sobre rasante Almacenes bajo rasante

h < 15 m 2

S < 300 m

2

No se admite

2

No se admite

No se admite

2

No se admite

No se admite

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial (5)

PÚBLICA CONCURRENCIA

Taller o almacén de decorados, vestuario, etc.

HOSPITALARIO

Almacenes de productos farmaceúticos y clínicos Esterilización y almacenes anejos Laboratorios clínicos

RESIDENCIAL VIVIENDA

Trasteros (incluidos los que comuniquen

RESIDENCIAL PÚBLICO

Guardarropías y locales para la custodia de equipajes

directamente con zonas de aparcamiento)

-

100 < V ≤ 200 m3

V > 200 m3

100 < V ≤ 200 m3

200 < V ≤ 400 m3

V > 400 m3

-

-

En todo caso

3

V ≤ 350 m

3

350 < V ≤ 500 m

V > 500 m3

50 < S ≤ 100 m2

100 < S ≤ 500 m2

S > 500 m2

S ≤ 20 m2

20 < S ≤ 100 m2

S > 100 m2

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 2.2 Condiciones de los locales y zonas de riesgo especial

CARACTERÍSTICAS

RIESGO BAJO

RIESGO MEDIO

RIESGO ALTO

Resistencia al fuego de la estructura portante (1)

R 90

R 120

R 180

Resistencia al fuego de las paredes (EI) y techos (REI) que separan la zona del resto del edificio (2) (3)

EI 90

EI 120

EI 180

Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio

-





Portes de comunicación con el resto del edificio

EI2 45-C5

Recorrido de evacuación máximo hasta alguna salida del local. (computará en la longitud total del recorrido hasta la salida de planta)

≤ 25 m  25% si dispone de extinción automática

2 x EI2 30-C5 Abren hacia el interior del Vestíbulo de independencia

≤ 25 m  25% si dispone de extinción automática

2 x EI2 30-C5 Abren hacia el interior del Vestíbulo de independencia

≤ 25 m  25% si dispone de extinción automática

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior

3. ESPACIOS OCULTOS. PASO DE INSTALACIONES A TRAVÉS DE ELEMENTOS DE COMPARTIMENTACIÓN DE INCENDIO - Objetivo: mantener la compartimentación de incendios - Espacios ocultos (patinejos, falsos techos, suelos elevados, etc.) a) Mantener en espacios ocultos la compartimentación de los espacios ocupables b) Compartimentar los espacios ocultos respecto de los espacios ocupables: - Elementos compartimentadores: EI t - Registros de mantenimiento: EI t/2 * Cámaras o canalizaciones no estancas: sectorización en vertical cada 3 plantes y cada 10 m.

- Paso de instalaciones a) Mecanismos de obturación: compuertas, dispositivos intumescentes b) Elementos pasantes resistentes al fuego EI t: conductos de ventilación, chimeneas. c) Se excluyen las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 m2

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Paso de instalaciones

Sector 1

Sector 2

Sector 1

Elemento pasante resistente al fuego

Sector 1

Sector 2

Sector 3

Mecanismos de obturación: Compuertas cortafuegos

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Paso de instalaciones. Mecanismos de obturación 3 2

Planta

1

3 2

1 2

4

2

3 4

4 5

4 3 5

1. Pared separadora de 2 sectores 2. Panel intumescente 3. Tubería 4. Mortero o masilla intumescente

1. Bajante 2. Forjado 3. Collarín con material intumescente

1. Mortero o masilla intumescente 2. Pared de fábrica 3. Sellado a nivel de forjado 4. Cables eléctricos

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior 4. REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, DECORATIVOS Y DE MOBILIARIO Reacción al fuego: Es la respuesta de un material medida en términos de su contribución al desarrollo del mismo por la propia combustión, en condiciones específicas de ensayo. CLASIFICACIÓN EUROPEA PRINCIPAL DE REACCIÓN AL FUEGO DE LOS MATERIALES SEGÚN EL RD 312/2005 Y LA NORMA UNE-EN 13501 1:2002. EUROCLASES A1:

No Combustible. Sin contribución en grado máximo al fuego

A2:

No Combustible. Sin contribución en grado menor al fuego

B:

Combustible. Contribución muy limitada al fuego

C:

Combustible. Contribución limitada al fuego

D:

Combustible. Contribución media al fuego

E:

Combustible. Contribución alta al fuego

F:

Sin clasificar

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior CLASIFICACIÓN EUROPEA ADICIONAL DE REACCIÓN AL FUEGO DE LOS MATERIALES SEGÚN EL RD 312/2005 Y LA NORMA UNE-EN 13501 1:2002. EUROCLASES

- opacidad de los humos, s (smoke): incorpora conceptos de velocidad de propagación y producción total de humos s1: baja s2: media s3: alta - caída de gotas o partículas inflamadas, d (drop): d0: nula d1: media d2: alta * En el Anejo I del RD 312/2005 se pueden encontrar una serie de materiales y productos clasificados sin necesidad de ensayo.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior

4.1 Elementos constructivos - Ámbito de aplicación:  Revestimientos que superen el 5% de les superficies totales del conjunto de paredes, de techos o de suelos del recinto  Tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego.  Materiales que constituyen una capa contenida en el interior del techo o pared y que no esté protegida por una capa EI 30. - Reacción al fuego según la Tabla 4.1

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior Tabla 4.1 Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos

SITUACIÓN DEL ELEMENTO

REVESTIMIENTOS De techos y paredes

De suelos

Zonas ocupables

C-s2,d0

EFL

Pasillos y escaleras protegidos

B-s1,d0

CFL-s1

Aparcamientos

B-s1,d0

BFL-s1

Recintos de riesgo especial

B-s1,d0

BFL-s1

B-s3,d0

BFL-s2

Espacios ocultos no estancos - Patinillos, falsos techos, suelos elevados, etc... - o siendo estancos con instalaciones susceptibles de iniciar o propagar un incendio

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación interior 4.2 Instalaciones eléctricas Cables, tubos, bandejas, regletas, armarios, según reglamentación específica (REBT 2002 y normes UNE, EN referenciadas) - Reacción al fuego: no propagadores del incendio y con emisiones de humos y

opacidad reducida, según norma UNE 21.123. (se exige en edificios de vivienda:línea general de alimentación y derivaciones individuales; edificios de pública concurrencia: toda la instalación)

- Resistencia al fuego: Cables de seguridad frente al fuego según norma UNE-EN

50.200 (pueden continuar en funcionamiento hasta temperaturas de 700ºC. (Cables eléctricos de servicios de seguridad: control de humos de aparcamiento, presurización de escalera, etc.).

4.3 Elementos textiles de cubrición: clase M2 4.4 Elementos decorativos y mobiliario en uso de pública concurrencia: - Butacas y asientos fijos que formen parte del proyecto: - Tapizados: ensayos cigarrillo y cerilla. - No tapizados: clase M2

- Elementos textiles suspendidos (Telones, cortinas): clase 1

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio

SI 2 Propagación exterior

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior

Exigencia básica SI 2: Se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 1 Propagación exterior 1. Medianeras 2. Fachadas 2.1 Propagación horizontal 2.2 Propagación vertical 2.3 Propagación superficial

3. Cubiertas 3.1 Propagación exterior 3.2 Propagación superficial

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior

1. MEDIANERAS Medianeras y muros colindantes con otro edificio EI 120

2. FACHADAS 2.1 Propagación exterior horizontal Ámbito de aplicación: - entre dos edificios - entre dos sectores de incendio del mismo edificio - entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas del edificio - hacia una escalera o pasillo protegido desde otras zonas

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior Condiciones: Separación entre puntos de ambas fachadas < EI 60, en función de la distancia, d, y el ángulo, .

Fachadas enfrentades

Fachadas a 90º

Fachadas a 180º

Cuando se trate de edificios diferentes y colindantes, la fachada del edificio considerado cumplirá el 50% de la distancia d hasta la bisectriz del ángulo formado por ambas fachadas.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior

2.2 Propagación exterior vertical Ámbito de aplicación: - entre dos sectores de incendio - entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas del edificio. Condiciones: - Franja de 1 m EI 60 (si hay elemento saliente se reduce la altura en la dimensión del mismo)

Encuentro entre el forjado separador de sectores de incendio diferentes y la fachada

Encuentro entre el forjado separador de sectores de incendio diferentes y la fachada con elemento saliente

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior

2.3 Propagación por fachadas Ámbito de aplicación: - Cualquier fachada de altura > 18 m en toda su altura - Los 3,5 m de las fachadas de altura < 18 m cuyo arranque sea accesible al público, bien desde la rasante de la calle o bien desde una cubierta. Condiciones: - Acabado exterior: los materiales que ocupen más del 10% de la superficie de acabado exterior de la fachada tendrán una clase de reacción al fuego B-s3 d2. - Cámaras ventiladas: Los materiales colocados en las superficies interiores de cámaras ventiladas tendrán una clase de reacción al fuego B-s3 d2.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior

3. CUBIERTAS Ámbito de aplicación: - entre dos edificios - entre dos sectores de incendio del mismo edificio - entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas del edificio Condiciones: a) Franja EI 60: - 0,50 m de anchura medida desde el edificio colindante - 1,00 m de anchura entre sectores de un mismo edificio b) Prolongación del elemento separador 0,60 m sobre la cubierta

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior a) Protección entre sectores distintos en la cubierta /Franja EI 60  0,50  0,50

Franja EI 60

Cubierta

Edificio 1

1,00 Cubierta

Edificio 2 Sector 1 o local de riesgo 1

Medianera EI 120

Sector 2 o local de riesgo 2

Pared compartimentadora EI t

SECCIÓN

Franja EI 60 entre dos edificios

Entre dos sectores o locales de riesgo

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior b) Protección entre sectores distintos en la cubierta Prolongación del elemento separador 0,60 m sobre la cubierta 0,60

EI 120; EI t

Cubierta

Sector 1 o local de riesgo 1

Sector 2 o Local de riesgo 2 Medianera EI 120 Pared compartimentadota EI t

SECCIÓN

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior c) Encuentro entre cubierta y fachada -que arranca de la cubiertaentre edificios o sectores diferentes Relación entre puntos < EI 60 en función de: - la distancia, d, en proyección de la fachada a cualquier zona de cubierta resistente al fuego < EI 60. - la altura, h, sobre la cubierta a la que debe estar cualquier zona de fachada resistente al fuego < EI 60.

d (m)

2,50

2,00

1,75

1,50

1,25

1,00

0,75

0,50

0

h (m)

0

1,00

1,50

2,00

2,50

3,00

3,50

4,00

5,00

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 2 Propagación exterior

3.2 Propagación por cubierta Ámbito de aplicación: - Cualquier cubierta Condiciones: - Acabado exterior: los materiales que ocupen más del 10% de revestimiento o acabado exterior de las cubiertas, situadas a menos de 5 m de distancia de la proyección vertical de cualquier zona de salida del mismo o de otro edificio con 50 persones - Tipo de puerta:  Batiente con eje de giro vertical (pueden ser automáticas o giratorias con ciertas condiciones) -

Sistema de cierre: a) No actuará durante la evacuación b) Dispositivo de fácil y rápida obertura, sin llave y sin actuar sobre más de un mecanismo: - Manilla o pulsador, UNE EN 179:1997: usuarios habituales - Barra antipánico UNE 1125:1997: usuarios no habituales

- Abertura en sentido de evacuación para: -

> 200 P, uso residencial vivienda

-

> 100 P, en el resto de usos

-

> 50 P, ocupantes de recinto o espacio donde esté situada la puerta

-

Local de riesgo especial y aparcamiento: hacia el vestíbulo de independencia

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Puerta de una hoja

Puerta de dos hojas

0,80  A  1,20 m

0,60  A  1,20 m

P

P

Puertas correderas A

Abertura en sentido de evacuación

0,80  A  1,20 m - No es salida de planta ni de edificio - P < 50 personas

0,80  A  1,20 m A

P > 50 personas P > 100 personas, en general P > 200 personas en uso Residencial Vivienda

P P

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Abertura de la puerta: interferencias con los recorridos de evacuación

Área de circulación

A  2,50 m

P

Área de circulación

 A pasillo recorrido de evacuación

P

A > 2, 50 m

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

Puertas que abren a una escalera

P Escalera

A

Escalera

A

0,40

P

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes 3.7 Pasillos - PASILLOS PROTEGIDOS

3.8 Rampas 3.9 Escaleras - ESCALERA PROTEGIDA - ESCALERA ESPECIALMENTE PROTEGIDA - ESCALERA ABIERTA AL EXTERIOR - CONDICIONES DE PROTECCIÓN DE LAS ESCALERAS

3.10 Vestíbulo de independencia 3.11 Ascensor de emergencia

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

1

2

1

EI 60

EI 120

0,50

EI 60

EI2 60 C5

0,50

EI2 60 C5

3

3

2

A

EI2 60 C5 EI 60

5

1

EI 120

EI 120

0,50

EI 60

EI 120

0,50

EI 120

1

2

1

Planta tipo SE

1 Local/vivienda

2

2 Zona de circulación no protegida L < 15m EI 60

3 Escalera protegida

EI 120

0,50

4 Vestíbulo de independencia 3 A

O

EI 60

Escalera protegida

Planta baja

EI2 60 C5 0,50

EI 120

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

VENTILACIÓN

VENTILACIÓN

EI 120 EI 60

EI 60

0,50 E

EI2 30 C5

0,50

E

EI2 30 C5

E

5

EI 120

4

EI2 30 C5

EI2 30 C5

E

E

4

5

2

2

A

A

EI 120 EI 60

0,50

EI 60

EI 120

0,50

EI 120

Planta tipo

E

SE E

2 Zona de circulación no protegida 3 Escalera protegida L < 15m

EI 120

4 Vestíbulo de independencia

A

5 Escalera especialmente protegida 5

2 O E

E

EI 120

EI2 60 C5

Planta baja

Escalera especialmente protegida

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 5.1 Protección de las escaleras CONDICIONES SEGÚN EL TIPO DE PROTECCIÓN DE LA ESCALERA h: altura de evacuación de la escalera

USO PREVISTO

P: número de personas a las que sirve en el conjunto de plantas No protegida

Protegida

Especialmente protegida

ESCALERAS PREVISTAS PARA EVACUACIÓN DESCENDENTE Administrativo, Docente Aparcamiento Comercial, Pública concurrencia

Hospitalario

Zonas de hospitalización o tratamiento intensivo Otras zonas

Residencial Vivienda Residencial Público

h  14 m

h  28 m

No se admite

No se admite

h  10 m

h  20 m

No se admite

h  14 m

h  10 m

h  20 m

h  14 m

h  28 m

Baja más una (1)

h  28 m

Se admite en todo caso

ESCALERAS PREVISTAS PARA EVACUACIÓN ASCENDENTE h  2,80 m En general

2,80 < h  6,00 m h > 6,00 m

Aparcamiento

Se admite en todo caso P 100 personas

Se admite en todo caso Se admite en todo caso

No se admite No se admite

No se admite

(1) Cuando se trate de un establecimiento con menos de 20 places de alojamiento se podrá optar por un sistema de detección y alarma como medida alternativa a la exigencia de escalera protegida.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

4. COMPATIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS DE EVACUACIÓN - Cualquier establecimiento de uso Comercial o Pública Concurrencia y

los establecimientos de Sc > 1.500 m2 de uso Administrativo, Docente o Residencial Público en edificios de uso diferente: -

Elementos de evacuación independientes

-

Salida de emergencia con vestíbulo de independencia comunicando con elementos comunes de evacuación del edificio.

- Establecimientos de uso Pública Concurrencia y de Sc 500 m2 e integrados en centros comerciales: -

Salidas de uso habitual y de emergencia: pueden ser a zonas comunes de circulación del centro

- Establecimientos de uso Pública Concurrencia y de Sc > 500 m2 e integrados en centres comerciales: -

Salida de emergencia independiente respecto a zonas comunes

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

5. NÚMERO DE SALIDAS Y LONGITUD DE LOS RECORRIDOS DE EVACUACIÓN - Condiciones según la Tabla 3.1 - La longitud se puede aumentar un 25 % si dispone de extinción automática O

UNA ÚNICA SALIDA En general: O-S 25 m

S

S2

O

S1

MÁS DE UNA SALIDA, recorridos alternativos En general:

S1

O

A

O-S1  50 m o O-S2  50 m

  45º

O-A (fondo de saco)  25 m S2

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 3.1 Número de salidas de planta y longitud de los recorridos de evacuación (1) UNA ÚNICA SALIDA

No se admite en:

Uso Hospitalario

Plantas de hospitalización o tratamiento intensivo Salas o unidades de pacientes hospitalizados si Sc > 90 m2

Ocupación máxima

100 personas en general 500 personas en el conjunto del edificio, en el caso de salida de edificio de viviendas 50 personas en zonas desde las que la evacuación ascendente hasta una salida de planta deba salvar una altura > 2 m 50 alumnos en escuelas infantiles, y educación primaria y secundaria

Longitud máxima desde el Origen hasta una salida de planta

25 m en general 35 m en Uso Aparcamiento 50 m si es una planta con salida directa al exterior seguro y Ocupación ≤ 25 personas

Altura máxima de evacuación descendente

28 m en general La segunda planta por encima de la salida del edificio en Uso Residencial Público que tenga más de 20 plazas de alojamiento y no esté dotado de un sistema de detección y alarma

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 3.1 Número de salidas de planta y longitud de los recorridos de evacuación (2)

MÁS DE UNA SALIDA

Longitud máxima de los recorridos de evacuación desde el origen hasta alguna salida de planta:

50 m en general 35 m uso Residencial Vivienda 35 m en plantas de hospitalización o de tratamiento intensivo en uso Hospitalario 35 m en Escuela infantil y Enseñanza primaria 75 m en espacios al aire libre con riesgo de incendio irrelevante (cubierta del edificio, terrazas, etc...)

Longitud máxima de los recorridos de evacuación desde su origen hasta un punto desde el que existan dos recorridos alternativos

25 m en general 35 m en Uso aparcamiento 15 m en Uso Hospitalario

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 3.1 Número de salidas de planta y longitud de los recorridos de evacuación (3)

MÁS DE UNA SALIDA EN LA PLANTA DE SALIDA DEL EDIFICIO

Si la ocupación

del conjunto del edificio:

> 500 personas en el conjunto de Uso Residencial Vivienda

de esta planta:

>100 personas en general > 50 alumnos en escuelas infantiles o de enseñanza primaria y secundaria

Si el edificio está obligado a más de una escalera: (excepto en Uso Residencial Vivienda)

La evacuación ascendente La evacuación descendente

NOTA : La longitud de los recorridos de evacuación puede aumentarse un 25 % cuando se trate de un sector de incendio con una instalación automática de extinción

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

6. DIMENSIONADO DE LOS MEDIOS DE EVACUACIÓN 6.1 Criterios para la asignación de los ocupantes - Una sola salida: se dimensiona para el número total de ocupantes - Más de una salida: se asignan los ocupantes a las salidas más próximas y se dimensiona suponiendo inutilizada una de ellas bajo la hipótesis más desfavorable. - Más de una escalera no protegida: se considera inutilizada en su totalidad alguna de ellas bajo la hipótesis más desfavorable - Más de una escala protegida: no se considera ninguna inutilizada. - Desembarco de una escalera: Número de personas P = 160 A, siendo A la anchura de la escalera (o P = Nº persones que utilizan la escalera en el total de las plantas si Nº personas < 160 A).

6.2 Cálculo Tabla 4.1 

Anchura de puertas, pasillos, rampas, escaleras, pasos entre asientos, recorridos exteriores

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 4.1 Dimensionado de los elementos de evacuación (1)

TIPO DE ELEMENTO

DIMENSIONADO

VALOR MÍNIMO

PUERTAS Y PASOS

A  P / 200

0,80 m 0,80 m ≤ A puerta de unan hoja ≤ 1,20 m 0,60 m ≤ A cada hoja de puerta de 2 hojas ≤ 1,23 m Anchura, A,de cada puerta de salida del recinto de una escalera protegida, A puerta 0,80 x A escalera 1,05 m en Uso Hospitalario, incluidas puertas de habitaciones 2,10 m en puertas de pasillos de uso Hospitalario

PASILLOS Y RAMPAS

A  P / 200

1,00 m 0,80 m en pasillos previstos para ≤ 10 personas que sean usuarios habituales 2,20 m en uso Hospitalario

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 4.1 Dimensionado de los elementos de evacuación (2)

TIPO DE ELEMENTO PASOS ENTRE FILAS DE ASIENTOS (salas para público: cines, teatros, auditorios, etc...)

DIMENSIONADO

VALOR MÍNIMO

Con salidas a pasillo sólo por un extremo

A 30 cm + 2,5 cm por asiento adicional

30 cm si fila ≤ 7 asientos 12 asientos como máximo (42,5 cm)

Con salidas a pasillo por dos extremos

A  30 cm + 1,25 cm por asiento adicional

30 cm si fila ≤ 7 asientos 50 cm si fila  30 asientos

Pasillos entre conjuntos de filas

-

1,20 m cada 25 filas, como máximo

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 4.1 Dimensionado de los elementos de evacuación (3)

TIPO DE ELEMENTO ESCALERAS NO PROTEGIDAS (Incluidos pasillos escalonados a localidades en anfiteatros, gradas y tribunas en recintos cerrados)

DIMENSIONADO Evacuación descendente

A  P / 160

Evacuación Ascendente

A  P / (160 –10 h)

VALOR MÍNIMO Ver tabla 4.1 “Escaleras de uso general” del DB SU 1

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 4.1 Dimensionado de los elementos de evacuación (4) TIPO DE ELEMENTO

DIMENSIONADO

ESCALERAS PROTEGIDAS

E ≤ 3 S + 160 As

PASILLOS PROTEGIDOS

P ≤ 3 S + 200 A

EN ZONAS AL AIRE LIBRE

VALOR MÍNIMO Ver tabla 4.1 “Escaleras de uso general” del DB SU 1

Pasos, pasillos y rampas

A  P / 600

1,00 m general 1,20 m en zonas para más de 3.000 personas

Escaleras

A  P / 480

1,00 m general 1,20 m en zonas para más de 3.000 personas

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes Tabla 4.1 “Escaleras de uso general” del DB SU 1

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes 7. SEÑALIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE EVACUACIÓN Normativa: UNE 23034-1998 Disposición y tipo:  De forma coherente con la asignación de ocupantes hacia cada salida.  SEÑALIZACIÓN DE SALIDAS DE RECINTO, PLANTA O EDIFICIO: - Salidas de uso habitual: SALIDA. Excepto en uso Residencial Vivienda y en recintos de superficie útil S < 50 m2 con ocupantes habituales y siempre que su salida sea visible desde cualquier punto.

- Salidas de uso exclusivo en caso de emergencia: SALIDA DE EMERGENCIA  SEÑALIZACIÓN DE RECORRIDOS DE EVACUACIÓN: - Indicación de dirección - Opciones de recorrido - Puertas sin salida: SIN SALIDA

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes 7. SEÑALIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE EVACUACIÓN

- Dimensiones: en función de la distancia de observación, d: Distancia de observación

Dimensiones de las señales

d  10 m 10 < d  20 m

210 x 210 mm 420 x 420 mm

20 < d  30 m

594 x 594 mm

- Visibilidad: Deben ser visibles incluso en caso de fallo del alumbrado normal.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes

8. CONTROL DE HUMOS DE INCENDIO 8.1 Objeto Control del incendio para garantizar la evacuación segura de los ocupantes

8.2 Dotación a) Aparcamientos que no tengan la consideración de abiertos b) Establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia > 1000 personas c) Atrios > 500 personas

8.3 Diseño, cálculo, instalación y mantenimiento - UNE 23585:2004 - EN 12101-6:2005

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes CASO PARTICULAR: Aparcamientos que no se consideran abiertos (1)

Aparcamiento abierto (terminología SI A) Dispone de oberturas permanentes al exterior que cumplan: - Distribución: en cada planta y en las fachadas - Superficie de aberturas: - S total de aberturas 1/20 (5%) Superficie construida, Sc, de la planta - S oberturas distribuidas uniformemente entre les dos paredes opuestas situadas a menor distancia  1/40 (2,5%) Sc de la planta - Colocación:

distancia desde el borde superior de las aberturas hasta el techo 0,5 m

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes CASO PARTICULAR: Aparcamientos que no se consideran abiertos (2) Se puede utilizar el sistema de ventilación por extracción mecánica

con aberturas de admisión de aire del DB HS-3, cumpliendo por SI 3: - Caudal de aire: 120 l/plaza · s - Activación: automática mediante una instalación de detección. - Cierre:

automático de las aberturas más próximas al suelo, si hubiera, mediante compuertas E600 90

- Ventiladores: - F400 90 - Conductos:

- E600 90 si transcurren por un sólo sector - EI 90 si atraviesan elementos compartimentadores de incendio

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 3 Evacuación de ocupantes CASO PARTICULAR: Aparcamientos que no se consideran abiertos (3)

Control de humos con sistema de ventilación por extracción mecánica con aberturas de admisión de aire según el DB HS-3: 1. Caudal de aire del aparcamiento qv = Nº plazas x 120 l/plaza · s 2. Admisión de aire (natural o mecánica) - Aberturas: Superficie total 4 x qv (qv en l/s; Sup. en cm2; velocidad2 m/s)  Distribución: 1 abertura cada 100 m2 de Superficie útil

3. Extracción mecánica - Aberturas: Superficie total  4 x qv (qv en l/s; Sup.en cm2; velocidad2,5 m/s)  Distribución: 1 abertura c/ 100 m2 de Sup. útil; separación  10 m. - Conductos: Sección 2,5 x qv (qv en l/s; sección en cm2 ; velocidad 4 m/s)  Número de conductos de extracción y de ventiladores: según el nº de plazas, P:

P  15 1 conducto; 15 < P 80  2 conductos P > 80 1 + parte entera P/40

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio

SI 4 Instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

Exigencia básica SI 4: El edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de alarma a los ocupantes.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

1. Dotación de las instalaciones de protección contra incendios 2. Diseño, ejecución, puesta en funcionamiento y mantenimiento 3. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

1. DOTACIÓN DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS - Según la Tabla 1.1: 

En función del uso previsto en cada edificio, establecimiento o sector de incendio



Según altura de evacuación, superficie, número de personas, local de riesgo

2. DISEÑO, EJECUCIÓN,PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO 

Materiales, componentes y equipos según DPC



Remite al “Reglamento de instalaciones de protección contra incendio, RIPCI”



Puesta en funcionamiento: requiere un certificado de la empresa instaladora (Art. 18 del RIPCI)

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

General

Eficacia: 21A – 113B Ubicación: a 15 m de recorrido en cada planta desde todo origen de evacuación

Locales o zonas de riesgo especial, definidos en la sección SI 1 apartado 2

Eficacia: 21A – 113B

EN GENERAL Extintores portátiles

Ubicación: - Exterior del local

un próximo a la puerta de acceso que podrá servir a varios locales o zonas. - de riesgo especial alto: L 10 m, desde cualquier

- Interior del local

punto a un extintor, incluido el exterior.

- de riesgo especial medio o bajo: L 15 m, desde cualquier punto a un extintor, incluido el exterior.

Bocas de incendio Detección de incendio Extinción automática

Zonas de riesgo especial alto (materias sólidas) Detectores de incendio en todo el edificio

Sc > 1.000 m2 h > 80 m

Cocinas industriales

Centro de transformación aparatos con aislamiento de punto de inflamación 50 kW Residencial Público P > 20 kW Hospitalario (la eficacia del sistema debe quedar garantizada considerando el sistema de extracción de humos) P > 1000 kVA en cada aparato P > 4.000 kVA en el conjunto de los aparatos

h > 35 m h descendente > 28 m

1 c/10.000 m2 o fracción 2

h ascendente > 6 m

1 c/10.000 m o fracción

2.000 Sc  10.000 m2

1

Sc > 10.000 m2

1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

* Se pueden considerar los hidrantes que se encuentren en la vía pública a menos de 100 m de la fachada accesible del edificio.

Tabla 1.1 (1) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

USO PÚBLICA CONCURRENCIA Extintores portátiles

General

Eficacia: 21A – 113B Ubicación: cada 15 m en cada planta desde cualquier origen de evacuación

Locales o zonas de riesgo especial, definidos en la sección SI 1 apartado 2

Eficacia: 21A – 113B Ubicación:

- Exterior del local

un próximo a la puerta de acceso que podrá servir a varios locales o zonas.

- Interior del local

- de riesgo especial alto: L  10 m, desde cualquier punto a un extintor, incluido el exterior. - de riesgo especial medio o bajo: L  15 m, desde cualquier punto a un extintor, incluido el exterior.

Bocas de incendio

Sc> 500 m2

Tipo 25 mm

Zonas de riesgo especial alto (materias sólidas)

Tipo 45 mm

Columna seca

h > 24 m

Alarma Detección de

P > 500 persones

incendio Extinción automática

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

2

Sc > 1.000 m

Hidrantes exteriores

Detectores de incendio en todo el edificio

h > 80 m Cocinas industriales

P > 50 kW (la eficacia del sistema debe quedar garantizada considerando el sistema de extracción de humos)

Centro de transformación

P > 1000 kVA en cada aparato

aparatos con aislamiento de punto de inflamación 4.000 kVA en el conjunto de los aparatos

h > 35 m 2

h descendente > 28 m

1 c/10.000 m o fracción

h ascendente > 6 m

1 c/10.000 m2 o fracción

5.0   Sc  10. m2 Sc > 10.000 m2

1 1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

* Se pueden considerar los hidrantes que se encuentren en la vía pública a menos de 100 m de la fachada accesible del edificio.

Tabla 1.1 (2) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

Columna seca

h > 24 m

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

Alarma

Sc > 1.000 m2

Sistema apto para emitir mensajes por megafonía

Detección de incendio

Sc > 2.000 m2

USO DOCENTE

Sc > 5.000 m

Detectores de incendio en zonas de riesgo alto conforme capítulo 2 Sección 1 del DB SI. Detectores de incendio en todo el edificio

Bocas de incendio

Sc> 2.000 m2

Tipo 25 mm

Hidrantes exteriores

5.000  Sc  10.000 m2 Sc > 10.000 m2

1 1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

2

Tabla 1.1 (3) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

Extintores portátiles

En toda agrupación de locales de riesgo medio y alto, y Sc > 1.000 m2

Extintores móviles de 50kg de polvo.

Bocas de incendio

Sc> 500 m2

Tipo 25 mm

Columna seca

h > 24 m

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

Alarma

Sc > 1.000 m2

USO COMERCIAL

Detección de incendio Hidrantes exteriores

Extinción automática

Sc > 2.000 m2 1.000  Sc  10.000 m

1 c/1.000 m2 que supere dicho límite o fracción

Detectores de incendio en todo el edificio 2

1

* Se pueden considerar los hidrantes que se encuentren en la vía pública a menos de 100 m de la fachada accesible del edificio.

Sc > 10.000 m2

1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

Sc > 1.500 m2

En las áreas públicas de ventas en las que la densidad de carga de fuego ponderada y corregida aportada por los productos comercializados sea > 500 MJ/m2 .

En los recintos de riego especial medio y alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 del DB SI.

Tabla 1.1 (4) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

USO APARCAMIENTO Bocas de incendio

Sc> 500 m2 Se excluyen los aparcamientos robotizados

Tipo 25 mm

h > 3 plantas bajo rasante o h > 4 plantas sobre rasante

Tomas en todas las plantas

Alarma

Aparcamientos robotizados

Dispondrán de pulsadores de alarma en todo caso

Extinción automática

En todo aparcamiento robotizado

Hidrantes exteriores

1.000  Sc  10.000 m2 Sc > 10.000 m2

1 1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

Detección de incendio

Sc > 500 m2

Detectores de incendio

Columna seca

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

Tabla 1.1 (5) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

USO ADMINISTRATIVO Columna seca

h > 24 m

Alarma

Sc > 1.000 m2

Detección de incendio

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

2

Sc > 2.000 m Sc > 5.000 m2

Sistema apto para emitir mensajes por megafonía Detectores de incendio en zonas de riesgo alto, conforme al capítulo 2 de la sección 1 de DB SI. En todo el edificio

Bocas de incendio

Sc> 2.000 m2

Tipo 25 mm

Hidrantes exteriores

5.000Sc 10.000 m2

1

Sc >10.000 m2

1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

Tabla 1.1 (6) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

Columna seca

h > 15 m

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

Alarma

En todo caso

Pulsadores manuales y debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general y de instrucciones verbales.

USO HOSPITALARIO

Detección de incendio

Detectores y pulsadores manuales En todo caso

Si el edificio dispone de más de 100 camas debe contar con comunicación telefónica directa con el servicio de Bomberos

Ascensor de emergencia

h > 15 m

Zonas de hospitalización y de tratamiento intensivo

Bocas de incendio

En todo caso

Tipo 25 mm

Hidrantes exteriores

2.000 Sc  10.000 m2 Sc >10.000 m2

1 1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

Extintores portátiles

En las zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo de la sección 1 del DB SI, cuya: Sc > 500m2

Extintor móvil de 25 kg de polvo o CO2 por cada 2.500 m2 de superficie o fracción

Tabla 1.1 (7) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

USO RESIDENCIAL VIVIENDA Columna seca

h > 24 m

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

Alarma

h > 50 m

Al menos dispositivos de alarma en zonas comunes

Detección de incendio

h > 50 m

Al menos detectores y dispositivos de alarma en las zonas comunes

Ascensor de emergencia

En plantas cuya h > 35 m

Hidrantes exteriores

5.000 Sc  10.000 m2 Sc >10.000 m2

1 1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción

Tabla 1.1 (8) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

INSTALACIONES

ÁMBITO

CONDICIONES Sc: superficie construida; h: altura de evacuación qs: densidad de carga de fuego ponderada y corregida

USO RESIDENCIAL PÚBLICO Columna seca

h > 24 m

Alarma

Sc > 500 m2

Detección de incendio

Sc > 500 m2

Ascensor de emergencia

En plantas cuya h > 35 m

Hidrantes exteriores

2.000 Sc  10.000 m2 Sc >10.000 m2

Bocas de incendio

Sc > 1.000 m2 o Alojamiento > 50 personas

* Los municipios podrán sustituir esta condición por la de una instalación de bocas de incendio si no pueden garantir su funcionamiento.

Detectores

1 1 más c/10.000 m2 adicionales o fracción Tipo 25 mm

h > 28 m o Sc > 5.000 m2

Extinción automática

Tabla 1.1 (9) Dotación de instalaciones de protección contra incendios

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI4 Instalaciones de protección contra incendios

3. SEÑALIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES MANUALES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS - Características: •

Señalización en general: norma UNE 23033-1



Señalización fotoluminiscente: norma UNE 23035-4:1999.

- Dimensiones: quedan fijadas en la tabla siguiente en función de la distancia de observación, d: Distancia de observación

Dimensiones de las señales

d  10 m

210 x 210 mm

10 < d 20 m

420 x 420 mm

20 < d  30 m

594 x 594 mm

- Visibilidad: Deben ser visibles incluso en caso de fallo del alumbrado normal.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio

SI 5 Intervención de bomberos

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos

Exigencia básica SI 5: Se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendio.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos

1. Condiciones de aproximación y entorno 1.1 Aproximación a los edificios 1.2 Entorno de los edificios 2. Accesibilidad por fachada

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos

1. CONDICIONES DE APROXIMACIÓN Y ENTORNO 1.1. Aproximación a los edificios. Ámbito de aplicación: - Edificios de altura de evacuación h > 9 m Condiciones: - Anchura libre mínima:

3,5 m

- Altura libre mínima o de gálibo:

4,5 m

- Capacidad portante:

20 kN/m2

- Anchura libre mínima en tramos curvos: 7,20 m, delimitada por el trazado de una corona circular que tenga radios mínimos de 5,30 m y 12,50 m.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos VIAL DE APROXIMACIÓN 4,50

Tramos curvos. Planta Sección

3,50

R  12,50

R  5,30

7,20

Planta 3,50

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos 1.2. Entorno de los edificios. ESPACIO DE MANIOBRA Ámbito de aplicación: edificios de altura de evacuación h > 9 m Condiciones: Situación

A lo largo de la fachada o fachadas donde se encuentren los accesos principales (fachada accesible)

Anchura mínima libre

5m

Altura mínima o de gálibo

La del edificio

Pendiente máxima

10 %

Resistencia al punzonamiento 10 toneladas sobre un círculo de diámetro 20 También las tapas de registro de las canalizaciones de servicio que sean > 15 x 15 cm. Las tapas cumplirán la UNE-EN 124:1995 Vial de acceso (fondo de saco) Si tiene una longitud > 20 m, se dispondrá de un espacio suficiente para la maniobra de los servicios de extinción de incendios.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos

Condiciones: Separación máxima del vehículo al edificio (desde el plano de fachada al eje del vehículo)

Condiciones de accesibilidad

Altura de evacuación del edificio, h

Separación máxima, s

h  15 m 15m < h  20 m h > 20m

23 m 18 m 10 m

Libre de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos. Se evitarán elementos (cables eléctricos, árboles, etc...) que puedan interferir en el acceso a fachada con escaleras o plataformas.

Distancia máxima hasta cualquier 30 m acceso principal del edificio Acceso a la instalación de columna seca (si la hubiera)

Acceso para el camión de bombeo a menos de 18 m del punto de conexión Este punto será visible

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos ESPACIO DE MANIOBRA Au  5 m

s

h>9m

Au  5 m

Sección

Espacio de maniobra

Pendiente 10 % Capacidad portante 20 kN/m2 Punzonamiento: 10 T en  20 cm Altura, Separación, s

h  15 m

15 < h  20 m

h > 20 m

23 m

18 m

10 m

Planta

Fachada accesible

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos ESPACIO DE MANIOBRA Tramos curvos

Acceso principal al edificio L  20 m Fachada accesible

Au  5 m

R  12,50 Acceso principal

R  5,30 R  5,30 7,20

Acceso principal

Au  5 m

L  30 m

Espacio de maniobra

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos 1.2. Entorno de los edificios. ZONAS LIMÍTROFES A ÀREAS FORESTALES Ámbito de aplicación: zonas edificadas limítrofes o interiores a áreas forestales Condiciones: - Separación entre la zona edificada y la forestal: - Franja de 25 m de anchura, libre de arbustos o vegetación que pueda propagar un incendio y - Camino perimetral de 5 m que se podrá incluir en esta franja. - Vías de acceso a la zona edificada o urbanizada: a) Dos vías alternativas, preferentemente, que cumplan las condiciones de viales de aproximación. b) Acceso único, si no es posible el caso anterior, finalizará en fondo de saco de 12,50 m de radio.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos ZONAS LIMÍTROFES A ÁREAS FORESTALES Área forestal

Altura libre  4,50 m Capacidad portante 20 kN/m2

Franja perimetral de separación  25 m Camino perimetral

Au  3,5 m

Vial de aproximación conectado a acceso único

Au  5 m

R  12,50

Vial de aproximación conectado a dos vías alternativas R  5,30

R  5,30

Au  3,5 m

7,20

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 5 Intervención de bomberos 2. Accesibilidad para fachada Ámbito de aplicación: edificios de altura de evacuación h > 9 m Condiciones de los huecos para el acceso de bomberos: Ubicación:

- En cada una de las plantas del edificio. - Separación  25 m entre ejes de dos huecos consecutivos, medida sobre la fachada. - Han d’estar los accesos principales al edificio.

Antepecho:

- Altura 1,20 m

Dimensiones:

- Anchura ≥ 0,80 m - Altura ≥ 1,20 m

Accesibilidad:

- No se instalarán en fachada elementos que impidan o dificulten l’accesibilidad al interior del edificio a través de los huecos.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio

SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

Exigencia básica SI 6: La estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

1. Acciones derivadas del incendio 1.1 Modelo simplificado 1.2 Modelo real 2. Resistencia al fuego de la estructura 3. Elementos estructurales principales 4. Elementos estructurales secundarios 5. Determinación de la resistencia al fuego 5.1 Consideraciones de les acciones durante el incendio 5.2 Justificación de la resistencia al fuego

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

1. Acciones derivadas de un incendio 1.1 MODELO SIMPLIFICADO Curva normalizada tiempo-temperatura: modelo de fuego

totalmente desarrollado en un sector de incendio UNE EN 1363:2000 Tiempo t, en minutos

15

30

45

60

90

180

240

Temperatura en el sector , en ºC

740

840

900

950

1000 1050 1100

1150

g

= 20 + 345 log10 (8 t +1)

siendo, g,

temperatura del gas en el sector

t, tiempo desde el inicio del incendio

120

1100 Temperatura ºC

A)

750 500 250 0

10

20

30 40 50

60 70

Minutos Curva normalizada Archivos de papel Edificio de oficinas Viviendas unifamiliares

80 90

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura 1.1 MODELO SIMPLIFICADO B) Tiempo equivalente de exposición al fuego: Alternativa a la duración del incendio de la curva normalizada teniendo en cuenta las características geométricas y térmicas del sector y el valor de cálculo de la carga de fuego. Se determina según el Anejo SI B.

te,d = kb ·wf ·kc· qf,d Kb, coeficiente según propiedades térmicas de la envolvente del sector wf

coeficiente de ventilación según forma y dimensiones del sector

kc

coeficiente según el material estructural (Tabla B.1).

qf,d densidad de carga de fuego en MJ/m2, (apartado B.4)

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura 1.2 MODELOS DE INCENDIO REAL Opción adecuada para edificios singulares, condiciones favorables de fuego y/o tratamiento global de la estructura. Eurocódigo 1, UNE EN 1991-1-2:2004 Acciones en estructuras expuestas al fuego. Estudio para diferentes tipos de fuego: no desarrollados totalmente, localizados, exterior del edificio, hidrocarburos. Otros modelos de incendio que representen de forma más ajustada las condiciones del incendio real previsible: programas de simulación, otros.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

2. RESISTENCIA AL FUEGO - Capacidad de un elemento de construcción para mantener durante un periodo de tiempo determinado, t, la función portante ( R ) que le sea exigible. * Elemento estructural -pilar- se clasifica: R t. * Elemento estructural y compartimentador: además ha de mantener durante este tiempo t la integridad ( E ) y el aislamiento térmico ( I ) - forjado, muro- se clasifica: REI t. - Se considera que un elemento estructural tiene suficiente resistencia al fuego ( R ) si, a lo largo de un incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones, en cualquier instante t, no supera el valor de la resistencia del mencionado elemento.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

3. ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES 3.1 Según el uso del sector de incendio USO DEL SECTOR DE INCENDIO CONSIDERADO

Vivienda unifamiliar

(1)

Administrativo, Docente, Residencial Vivienda, Residencial Público, Comercial, Hospitalario, Pública Concurrencia Aparcamiento

Edificio de uso exclusivo o situado sobre otro uso Bajo un uso distinto

RESISTENCIA AL FUEGO Plantas sótano h > 1,50 m

Plantas sobre rasante Altura de evacuación del edificio, h h < 15 m

15  h < 28 m

h  28 m

R 30

R 30

-

-

R 120

R 60

R 90

R 120

R 120 R 180, si h edificio > 28 m

R 90

R 120

R 180

R 90 R 120 ( R 180 si es robotizado )

1 En viviendas unifamiliares agrupadas o adosadas, los elementos que formen parte de la estructura común tendrán la resistencia al fuego exigible a edificios de uso Residencial Vivienda.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura 3. RESISTENCIA AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES

3.2 Locales de riesgo especial

LOCAL O ZONA DE RIESGO ESPECIAL

RESISTENCIA AL FUEGO

BAJO

R 90

MEDIO

R 120

ALTO

R 180

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura 3. RESISTENCIA AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES

3.3 Cubierta ligera

R 30

si se cumple:

- Carga permanente 1 kN/m2 100 kg/m2 - No están previstas para ser utilizadas en la evacuación de ocupantes - Tienen una altura respecto de la rasante exterior  28 m - Su fallo no puede ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometer la estabilidad de otras plantas inferiores o la compartimentación de sectores de incendio. 3.4 Escaleras y pasillos protegidos

- Escaleras protegidas o pasillos protegidos: R-30. - Escaleras especialmente protegidas: no se exige ninguna R.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

4. ELEMENTOS ESTRUCTURALES SECUNDARIOS 4.1 Cargaderos y altillos a) Igual a R “t” de los elementos principales si su colapso afecta a la estabilidad global, evacuación o compartimentación b) En caso contrario, no hay requerimentos. 4.2 Carpas o toldos a) R 30 b) No hay requerimentos: si el elemento textil es M2 y el ensayo acredite la perforación del elemento.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

5. DETERMINACIÓN DE LA RESISTENCIA AL FUEGO 5.1 Consideraciones de las acciones durante el incendio -

Combinación de acciones en caso de incendio según DB SE

-

No se minora la resistencia mecánica de los materiales: - Coeficientes parciales de resistencia en situación de fuego M,fi = 1

-

Las acciones se minoran en situación de incendio: Efi,d =

fi Ed

siendo,

- Efi,d, efecto de las acciones de cálculo en situación de incendio - Ed efecto de las acciones de cálculo en situación permanente,tª norma - fi, factor de reducción en situación de incendio

-

Se puede considerar sólo el efecto de la temperatura si se utilizan los métodos de los Anejos SI C a SI F del DB SI - Coacciones en apoyos y extremos = coacciones a temperatura normal - Detalles constructivos apropiados, para evitar efectos no tenidos en cuenta

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio SI 6 Resistencia al fuego de la estructura 5. DETERMINACIÓN DE LA RESISTENCIA AL FUEGO

5.2 Justificación de la resistencia al fuego a)

Comprobando las dimensiones de la sección transversal del elemento estructural con las tablas de los Anejos C a F

b)

Obteniendo la resistencia por métodos simplificados dados en los Anejos B, C, D, E y F

c)

Mediante la realización de ensayos según el RD 312/2005 relacionados en el Anejo G

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

RSCIEI Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) REAL DECRETO 2267/2004, DE 3 DE DICIEMBRE, DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Este reglamento tiene por objeto conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso industrial. La presencia de riesgo de incendio en los establecimientos industriales determina la probabilidad de que se desencadenen incendios, generadores de daños y pérdidas para las personas y los patrimonios, que afectan tanto a ellos como a su entorno.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Artículo 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 1. El ámbito de aplicación de este reglamento son los establecimientos industriales. Se entenderán como tales: a) Las industrias, tal como se definen en el artículo 3.1 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. b) Los almacenamientos industriales. c) Los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y transporte de mercancías. Los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los párrafos anteriores. 2. Se aplicará, además, a todos los almacenamientos de cualquier tipo de establecimiento cuando su carga de fuego total, calculada según anexo I, sea igual o superior a tres millones de Megajulios (MJ). Asimismo, se aplicará a las industrias existentes antes de la entrada en vigor de este reglamento cuando su nivel de riesgo intrínseco, su situación o sus características impliquen un riesgo grave para las personas, los bienes o en el entorno, y así se determine por la Administración autonómica competente.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

3. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este reglamento las actividades en establecimientos o instalaciones nucleares, radiactivas, las de extracción de minerales, las actividades agropecuarias y las instalaciones para usos militares. Igualmente, quedan excluidas de la aplicación de este reglamento las actividades industriales y talleres artesanales y similares cuya densidad de carga de fuego, calculada de acuerdo con el anexo I, no supere 10 Mcal/m2 (42 MJ/m2), siempre que superficie útil sea inferior o igual a 60 m2, excepto en lo recogido en los apartados 8 y 16 del anexo III.

Artículo 3. COMPATIBILIDAD REGLAMENTARIA 1. Cuando en un mismo edificio coexistan con la actividad industrial otros usos con distinta titularidad, para los que sea de aplicación la Norma básica de la edificación de protección contra incendios, CTE SI, los requisitos que deben satisfacer los espacios de uso no industrial serán los exigidos por dicha normativa.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) 2. Cuando en un establecimiento industrial coexistan con la actividad industrial otros usos con la misma titularidad, para los que sea de aplicación la Norma básica de la edificación: condiciones de protección contra incendios, CTE SI, los requisitos que deben satisfacer los espacios de uso no industrial serán los exigidos por dicha normativa cuando superen los límites indicados a continuación: a) b) c) d) e) f) g)

Zona comercial: superficie construida superior a 250 m2. Zona administrativa: superficie construida superior a 250 m2. Salas de reuniones, conferencias, proyecciones: capacidad superior a 100 personas sentadas. Archivos: superficie construida superior a 250 m2 o volumen superior a 750 m3. Bar, cafetería, comedor de personal y cocina: superficie construida superior a 150 m2 o capacidad para servir a más de 100 comensales simultáneamente. Biblioteca: superficie construida superior a 250 m2. Zonas de alojamiento de personal: capacidad superior a 15 camas.

Las zonas a las que por su superficie sean de aplicación las prescripciones de las referidas normativas deberán constituir un sector de incendios independiente.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Artículo 4. PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN E IMPLANTACIÓN 1. Los establecimientos industriales de nueva construcción y los que cambien o modifiquen su actividad, se trasladen, se amplíen o se reformen, en la parte afectada de ampliación o reforma, según lo recogido en la disposición transitoria única, requerirán la presentación de un proyecto, que podrá estar integrado en el proyecto general exigido por la legislación vigente para la obtención de los permisos y licencias perceptivas, o ser específico; en todo caso, deberá contener la documentación necesaria que justifique el cumplimiento de este reglamento. Se podrá sustituir el proyecto por una memoria técnica firmada por un técnico titulado competente, en lo siguientes casos: a) Establecimientos industriales de riesgo intrínseco bajo y superficie útil inferior a 250 m2. b) Actividades industriales, talleres artesanales y similares con carga de fuego igual o inferior a 10 Mcal/m2 (42 MJ/m2) y superficie útil igual o inferior a 60 m2. c) Reformas que, según lo recogido en la disposición transitoria única, no requieren la aplicación de este reglamento.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) 1. ESTABLECIMIENTO Se entiende por establecimiento el conjunto de edificios, edificio, zona de éste, instalación o espacio abierto de uso industrial o almacén, según lo establecido en el artículo 2, destinado a ser utilizado bajo una titularidad diferenciada y cuyo proyecto de construcción o reforma, así como el inicio de la actividad prevista, sea objeto de control administrativo.

Los establecimientos industriales se caracterizan por : a)

Su configuración y ubicación con relación a su entorno

b)

Su nivel de riesgo intrínseco

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ESTABLECIMIENTOPS INDUSTRIALES POR SU CONFIGURACIÓN Y UBICACIÓN CON RELACIÓN A SU ENTORNO Las muy diversas configuraciones y ubicaciones que pueden tener los establecimientos industriales se consideran reducidas a : Establecimientos industriales ubicados en un edificio : TIPO A: el establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que tiene, además, otros establecimientos, ya sean estos de uso industrial y a de otros usos.

TIPO B: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edifico que está adosado a otro u otros edificios, o a una distancia igual o inferior a tres metros de otro u otros edificios, de otro establecimiento, ya sean éstos de uso industrial o bien de otros usos. Para establecimientos industriales que ocupen una nave adosada con estructura compartida con las contiguas, que en todo caso deberán tener cubierta independiente, se admitirá el cumplimiento de las exigencias correspondientes al tipo B, siempre que se justifique técnicamente que el posible colapso de la estructura no afecte a las naves colindantes.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

TIPO C: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o varios, en su caso, que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo de otros establecimientos. Dicha distancia deberá estar libre de mercancías combustibles o elementos intermedios susceptibles de propagar el incendio. Establecimientos industriales que desarrollan su actividad en espacios abiertos que no constituyen un edificio: TIPO D: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto, que puede estar totalmente cubierto, alguna de cuyas fachadas carece totalmente de cerramiento lateral. TIPO E: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto que puede estar parcialmente cubierto (hasta un 50% de su superficie), alguna de cuyas fachadas en la parte cubierta carece totalmente de cerramiento lateral.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) CARACTERIZACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES POR SU NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO Los establecimientos industriales se clasifican, según su grado intrínseco, atendiendo a los criterios simplificados y según los procedimientos que se indican a continuación. Los establecimientos industriales, en general, estarán constituidos por una o varias configuraciones de los tipos A, B, C, D y E. Cada una de estas configuraciones constituirá una o varias zonas (sectores o áreas de incendio) del establecimiento industrial. 1.- Para los tipos A, B y C se considera “sector de incendio” el espacio del edificio cerrado por elementos resistentes al fuego durante el tiempo que se establezca en cada caso.

2.- Para los tipos D y E se considera que la superficie que ocupan constituye un “área de incendio” abierta, definida solamente por su perímetro.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) El nivel de riesgo intrínseco de cada sector o área de incendio se evaluará: Calculando la siguiente expresión, que determina la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de dicho sector o área de incendio:

donde: Qs = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del sector o área de Incendio, en MJ/m2 o Mcal/m2 Gi = masa, en kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector o área de incendio(incluidos los materiales constructivos combustibles). = poder calorífico, en MJ/kg o Mcal/kg, de cada uno de los combustibles (i) que existan en el sector de incendio. qi

Ra = coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad industrial que se desarrolla en el sector de incendio, producción, montaje, transformación, reparación, almacenamiento, etc...

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Ci = coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por la combustibilidad) de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio.

Cuando existan varias actividades en el mismo, sector, se tomará como factor de riesgo de activación el inherente a la actividad de mayor riesgo de activación, siempre que dicha actividad ocupa al menos el 10% de la superficie del sector o área de incendio.

A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m2.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Valores del coeficiente de peligrosidad por combustibilidad, Ci

Alta

Media

Baja

- Líquidos clasificados como clase A en la ITC MIE-APQ1 - Líquidos clasificados como subclase B1, en la ITC MIEAPQ1 - Sólidos capaces de iniciar su combustión a una temperatura < 100 ºC - Productos que pueden formar mezclas explosivas con al aire a temperatura ambiente - Productos que pueden iniciar combustión espontánea en el aire a temperatura ambiente

- Líquidos clasificados como subclase B2, en la ITC MIEAPQ1 - Líquidos clasificados como clase C en la ITC MIE-APQ1 - Sólidos que comienzan su ignición a una temperatura comprendida entre 100 ºC y 200 ºC - Sólidos que emiten gases inflamables

- Líquidos clasificados como clase D en la ITC MIE-APQ1 - Sólidos que comienzan su ignición a una temperatura > 200 ºC

Ci = 1,60

Ci = 1,30

Ci = 1,00

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) El nivel de riesgo intrínseco de un edificio o conjunto de sectores y/o áreas de incendio de un establecimiento industrial, a los efectos de la aplicación de este reglamento, se evaluará calculando la siguiente expresión, que determina la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, Qe , de dicho edificio industrial.

donde: Qe = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del edificio industrial, en MJ/m2 o Mcal/m2. Qsi = densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en m2. Ai = superficie construida de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), componen el edificio industrial, en m2.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Nivel de riesgo intrínseco

Densidad de carga de fuego ponderada y corregida

Mcal/m2

MJ/m2

Bajo

1 2

Qs ≤ 100 100 < Qs ≤ 200

Qs ≤ 425 425 < Qs ≤ 850

Medio

3 4 5

200 < Qs ≤ 300 300 < Qs ≤ 400 400 < Qs ≤ 800

850 < Qs ≤ 1275 1275 < Qs ≤ 1700 1700 < Qs ≤ 3.400

Alto

6 7 8

8.005 < Qs ≤ 1.600 1.600 < Qs ≤3.200 3.200 < Qs

3.400 < Qs ≤ 6.800 6.800 < Qs ≤ 13.600 13.600 < Qs

que

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

REQUISITOS CONSTRUCTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES SEGÚN SU CONFIGURACIÓN, UBICACIÓN Y NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO A) Fachadas accesibles Condiciones del entorno del edificio Los edificios con altura descendente > 9 m deben disponer de un espacio de maniobra apto para los vehículos con las condiciones siguientes a lo largo de las fachadas accesibles: 1) Anchura mínima libre: 2) Altura libre : 3) Separación máxima del edificio: 4) Distancia máxima hasta cualquier acceso principal del edificio: 5) Pendiente máxima: 6) Capacidad portante del suelo: 7) Resistencia al punzonamiento del suelo:

6m la del edificio 10 m 30 m 10 % 2.000 kp/m2 10 t sobre 20 cm Ø

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La condición referid al punzonamiento debe cumplirse en las tapas de registro de las canalizaciones de servicios públicos, sitas en este espacio, cuando sus dimensiones fueran mayores que 0,15 m x 0,15 m, y deberán ceñirse a las especificaciones de las Norma UNE-EN 124:1995.

El espacio de maniobra debe estar libre de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos.

En edificios en manzana cerrada, cuyos únicos accesos y huecos estén abiertos exclusivamente hacia patios o plazas interiores, deberá existir u acceso a éstos para los vehículos del servicio de extinción de incendios. Tanto las plazas o patios como los accesos antes citados cumplirán lo establecido previamente y el apartado siguiente.

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Condiciones de aproximación de edificios Los viales de aproximación hasta las fachadas accesibles de los establecimientos industriales, así como los espacios de maniobra anteriormente citados, deben cumplir las condiciones siguientes: 1) Anchura mínima libre: 2) Altura mínima libre o gálibo: 3) Capacidad portante del vial:

5m 4,50 m 2.000 kp/m2

En los tramos curvos, el carril de rodadura debe quedar limitado por la traza de una corona circular cuyos radios mínimos deben ser 5,30 m y 12,50 m, con una anchura libre para la circulación de 7,20 m.

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B) Estructura portante Se entenderá por estructura portante de un edificio la constituida por los siguientes elementos: forjados, vigas, soportes y estructura principal y secundaria de cubierta. C)Estructura principal y sus soportes Se entenderá por estructura principal y sus soportes la constituida por la estructura de cubierta propiamente dicha (dintel, cercha) y los soportes que tengan como función única sustentarla, incluidos aquellos que, en su caso, soporten además una grúa. A estos efectos, los elementos estructurales secundarios, por ejemplo, correas de cubierta, no serán considerados partes constituyente de las estructura principal de cubierta. D)Cubierta ligera Se califica como ligera toda cubierta cuyo peso propio no exceda de 100 kg/m2

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E)Ubicaciones no permitidas de sectores de incendio con actividad industrial No se permite la ubicación de sectores de incendio con las actividades industriales incluidas en el artículo 2: a)

De riesgo intrínseco alto, en configuraciones de tipo A, según anexo I.

b)

De riesgo intrínseco medio, en planta bajo rasante, en configuraciones de tipo A, según anexo I.

c)

De riesgo intrínseco, medio, en configuraciones de tipo A, cuando la longitud de su fachada accesible sea inferior a 5 m.

d)

De riesgo intrínseco medio o bajo, en planta sobre rasante cuya altura de evacuación sea superior a 15 m, en configuraciones de tipo A, según anexo I.

e)

De riesgo intrínseco alto, cuando la altura de evacuación del sector en sentido descendente sea superior a 15 m, en configuraciones de tipo B, según anexo I.

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f)

De riesgo intrínseco medio o alto, en configuraciones de tipo B, cuando la longitud de su fachada accesible sea inferior a 5 m.

g)

De cualquier riesgo, en segunda planta bajo rasante en configuraciones de tipo A, de tipo B y de tipo C, según anexo I.

h)

De riesgo intrínseco alto A-18, en configuraciones de tipo B, según anexo I.

i)

De riesgo intrínseco medio o alto, a menos de 15 m de masa forestal, con franja perimetral permanentemente libre de vegetación baja arbustiva.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Máxima superficie construida admisible de cada sector de incendios Riesgo intrínseco del sector de incendio

Tipo A (m2) (1)–(2)–(3)

Bajo

Medio

Tipo B (m2)

Tipo C (m2)

(2) (3) (5)

(3) (4)

1

2000

6000

Sin límite

2

1000

4000

6000

(2)–(3)

(2) (3)

(3) (4)

3

500

3500

5000

4

400

3000

4000

5

300

2500

3500

(3)

(3) (4)

2000

3000

7

1500

2500

8

No admitido

2000

Alto 6

No admitido

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Notas a la tabla anterior: 1.

Si el sector de incendios está situado en primer nivel bajo rasante de calle, la máxima superficie construida admisible es de 400 m2 , que puede incrementarse por aplicación de las notas (2) y (3).

2.

Si la fachada accesible del establecimiento industrial es superior al 50 % de su perímetro, las máximas superficies construidas admisibles, indicadas en

la tabla

anterior, pueden multiplicarse por 1,25. 3.

Cuando se instalen sistemas de rociadores automáticos de agua que no sean exigidos preceptivamente por este reglamento (anexo III) , las máximas superficies construidas admisibles, indicadas en la tabla anterior, pueden multiplicarse por 1,2.

(Las notas (2) y (3) pueden aplicarse simultáneamente)

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Notas a la tabla anterior (continuación) 4.

En configuraciones de tipo C, si la actividad lo requiere, el sector de incendios puede tener cualquier superficie, siempre que todo el sector cuente con una instalación fija automática de extinción y la distancia a límites de parcelas con posibilidad de edificar en ellas sea superior a 10 m.

5.

Para establecimientos industriales de tipo B, de riesgo intrínseco BAJO 1, cuya única actividad sea el almacenamiento de materiales de clase A y en el que los materiales de construcción empleados, incluidos revestimientos, sean de clase A en sui totalidad, se podrá aumentar la superficie máxima permitida del sector de incendio hasta 10.000 m2.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

La distribución de los materiales combustibles en las áreas de incendio en configuraciones de tipo D y de tipo E deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Superficie máxima de cada pila :

500 m2

2. Volumen máximo de cada pila :

3.500 m3

3. Altura máxima de cada pila :

15 m

4. Longitud máxima de cada pila :

45 m si el pasillo entre pilas es 2,5 m 20 m si el pasillo entre pilas es  1,5 m

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MATERIALES

Las exigencias de comportamiento al fuego de los productos de construcción se definen determinando la clase que deben alcanzar, según la normativa UNEEN 13501-1 para aquellos materiales para los que exista norma armonizada y ya está en vigor el marcado “CE”. Las condiciones de reacción al fuego aplicable a los elementos constructivos se justificarán :

a)

Mediante la clase que figura en cada caso, en primer lugar, conforme a la nueva clasificación europea.

b)

Mediante la clase que figura en segundo lugar entre paréntesis, conforme a la clasificación que establece la norma UNE-23727.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Los productos de construcción cuya clasificación conforme a la norma UNE 23727:1990 sea válida para estas aplicaciones podrán seguir siendo utilizados después de que finalice su período de coexistencia, hasta que se establezca una nueva regulación de la reacción al fuego para dichas aplicaciones basada en sus escenarios de riesgo específicos. Para poder acogerse a esta posibilidad, los productos deberán acreditar su clase de reacción al fuego conforme la normativa UNE 23727:1990 mediante un sistema de evaluación de la conformidad equivalente al correspondiente al del marcado “CE” que les sea aplicable. Productos de revestimientos: los productos utilizados como revestimiento o acabado superficial deben ser : En suelos : CFL– s1 (M2) o más favorable En paredes y techos : C–s3 d0 (M2) o más favorable Los lucernarios que no sean continuos o instalaciones para eliminación de humo que se instalen en las cubiertas serán al menos de clase D-s2 d0 (M3) o más favorable. Los materiales de los lucernarios continuos en cubierta serán B-s1 d0 (M1) o más favorables. Los materiales de revestimiento exterior de fachadas serán C-s3 d0 (M2) o más favorables.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) ESTABILIDAD AL FUEGO DE ELEMENTOS ESTRCUTURALES PORTANTES La estabilidad al fuego de los elementos estructurales con función portante y escaleras que sean recorrido de evacuación no tendrá un valor inferior al indicado en la siguiente tabla.

Nivel de riesgo intrínseco

TIPO A

TIPO B

TIPO C

Planta Sótano

Planta sobre rasante

Planta Sótano

Planta sobre rasante

Planta Sótano

Planta sobre rasante

Bajo

R 120 (EF120)

R 90 (EF-90)

R 90 (EF-90)

R 60 (EF-60)

R 60 (EF-60)

R 30 (EF-30)

Medio

No admitido

R 120 (EF120)

R 120 (EF-120)

R 90 (EF-90)

R 90 (EF-90)

R 60 (EF-60)

Alto

No admitido

No admitido

R 180 (EF-180)

R 120 (EF-120)

R 120 (EF-120)

R 90 (EF-90)

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Para la estructura principal de cubiertas ligeras y sus soportes en plantas sobre rasante, no previstas para ser utilizadas en la evacuación de los ocupantes, siempre que se justifique que se fallo no pueda ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometan la estabilidad de otras plantas inferiores o la sectorización de incendios implantada y, si su riesgo intrínseco es medio o alto, disponga de un sistema de extracción de humos, se podrán adoptar los valores siguientes:

TIPO B

TIPO C

Sobre rasante

Sobre rasante

Riesgo bajo

R 15 (EF-15)

No se exige

Riesgo medio

R 30 (EF-30)

R 15 (EF-15)

Riesgo alto

R 60 (EF-60)

R 30 (EF-30)

Nivel de riesgo intrínseco

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) La resistencia al fuego de toda medianería o muro colindante con otro establecimiento será, como mínimo: Sin función portante

Con función portante

Riesgo bajo

E 120

REI 120 (RF-120)

Riesgo medio

E 180

REI 180 (RF-180)

Riesgo alto

E 240

REI 240 (RF-240)

Cuando una medianería, un forjado o una pared que compartimente sectores de incendio acometa a una fachada, la resistencia al fuego de esta será, al menos, igual a la mitad exigida a aquel elemento constructivo, en un franja cuya anchura será, como mínimo, de 1m. Cuando el elemento constructivo acometa en un quiebro de la fachada y el ángulo formado por los dos planos exteriores de aquella sea menor de 135º, la anchura de la franja será, como mínimo, de 2 m. La anchura de esta franja debe medirse sobre el plano de la fachada y, en caso de que en ella existan salientes que impidan el paso de las llamas, la anchura podrá reducirse en la dimensión del citado saliente.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Cuando una medianería o un elemento constructivo de compartimentación en sectores de incendio acometa a la cubierta, la resistencia al fuego de esta será, al menos, igual a la mitad exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura sea igual a 1m. esta franja podrá encontrarse: a)

Integrada en la propia cubierta, siempre que se justifique la permanencia de la franja tras el colapso de las partes de la cubierta no resistente.

b)

Fijada en la estructura de la cubierta, cuando ésta tenga al menos la misma estabilidad al fuego que la resistencia exigida a la franja.

c)

Formada por una barrera de 1 m de ancho que justifique la resistencia al fuego requerida y se sitúe por debajo de la cubierta fijada a la medianería. La barrera no se instalará en ningún caso a una distancia mayor de 40 cm de la parte inferior de la cubierta.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

EVACUACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Ara la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación de los establecimientos industriales, se determinará su ocupación, P, deducida de las siguientes expresiones: P = 1,10 p, cuando p < 100 P = 110 + 1,05 (p-100), cuando 100 < p < 200 P = 215 + 1,03 (p-200), cuando 200 < p < 500 P = 524 + 1,01 (p-500), cuando 500 < p

Donde p representa el número de personas que ocupa el sector de incendio, de acuerdo con la documentación laboral que legalice el funcionamiento de la actividad. Los valores obtenidos para P, según las anteriores expresiones, se redondearán al entero inmediatamente superior.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) EVACUACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES La evacuación del establecimiento industrial podrá realizarse por elementos comunes del edificio, siempre que el acceso a éstos se realice a través de un vestíbulo previo. Si el número de empleados del establecimiento industrial es superior a 50 personas, deberá contar con una salida independiente del resto del edificio. Número y disposición de las salidas: además de tener en cuenta lo dispuesto en el DB SI 3 del CTE, se ampliará lo siguiente: - Los establecimientos industriales clasificados como de riesgo intrínseco alto deberán disponer de 2 salidas alternativas. - Los de riesgo intrínseco medio deberán disponer de 2 salidas cuando su número de empleados sea > 50 personas. - Las distancias máximas de los recorridos de evacuación de los sectores de incendio de los establecimientos industriales no superarán los valores indicados en el siguiente cuadro y prevalecerán sobre las establecidas en el DB SI 3 del CTE:

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Longitud del recorrido de evacuación según el número de salidas Riesgo

1 salida, recorrido único

2 salidas alternativas

Bajo (*)

35 m (**)

50 m

Medio

25 m (***)

50 m

Alto

-

25 m

(*) Para actividades de producción o almacenamiento clasificada como riesgo bajo nivel 1, en las que se justifique que los materiales implicados sean exclusivamente de clase A y los productos de construcción, incluidos los revestimientos, sean igualmente de clase A, podrá aumentarse la distancia máxima de recorridos de evacuación hasta 100 m (**) La distancia podrá aumentarse a 50 m si la ocupación es inferior a 25 personas (***) La distancia podrá aumentarse a 35 m si la ocupación es inferior a 25 personas

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Las escaleras que se prevean para evacuación descendente serán

protegidas

cuando

se

utilicen

para

la

evacuación

de

establecimientos industriales que, en función de su nivel de riesgo intrínseco, superen la altura de evacuación siguiente: - Riesgo alto:

10 m

- Riesgo medio:

15 m

- Riesgo alto:

20 m

Las escaleras para evacuación protegidas.

ascendente serán siempre

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) VENTILACIÓN Y ELIMINACIÓN DE HUMOS Y GASES DE LA COMBUSTIÓN EN LOS EDIFICIOS INDUSTRIALES Dispondrá de sistema de evacuación de humos: a)

Los sectores con actividades de producción: 1º De riesgo intrínseco medio y superficie construida 2.000 m2 2º De riesgo intrínseco alto y superficie construida 1.000 m2

b)

Los sectores con actividad de almacenamiento: 1º De riesgo intrínseco medio y superficie construida 1.000 m2 2º De riesgo intrínseco alto y superficie construida  800 m2

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Sistemas automáticos de detección de incendio Se instalarán sistemas automáticos de detección de incendios en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen: a) Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento si: 1. Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m2 o superior 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 2.000 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 3.000 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 2.000 m2 o superior.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) b) Actividades de almacenamiento: 1. Están ubicados en edificios de tipo a y su superficie total construida es de 150 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 500 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.500 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 800 m2 o superior.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Sistemas manuales de alarma de incendio

Se instalarán sistemas manuales de alarma de incendio en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen: a)

Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento si:

1.

Su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior; o

2.

No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, según el apartado anterior

b) Actividades de almacenamiento si: 1.

Su superficie total construida es de 800 m2 o superior; o

2.

No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, según el apartado anterior

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Sistemas de comunicación de alarma Se instalarán sistemas de comunicación de alarma en todos los sectores de incendio de los establecimientos industriales, si la suma de la superficie construida de todos los sectores de incendio del establecimiento industrial es de 10.000 m2 o superior.

La señal acústica transmitida por el sistema de comunicación de alarma de incendio permitirá diferenciar si se trata de una alarma por emergencia parcial o por emergencia general, y será preferente el uso de un sistema de megafonía.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Sistemas de hidrantes exteriores Se instalará un sistema de hidrantes exteriores si:

a) Lo exigen las disposiciones vigentes que regulan actividades industriales sectoriales o específicas, de acuerdo con el artículo 1 de este reglamento. b) Concurren las circunstancias que se reflejan en la tabla siguiente:

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Hidrantes exteriores en función de la configuración de la zona, su superficie construida y su nivel de riesgo intrínseco Configuración de la zona de incendio

Superficie del sector o área de incendio (m2)

A

B

C

Riesgo intrínseco Bajo

Medio

≥ 300

No



≥ 1.000

Sí *



≥ 1.000

No

No



≥ 2.500

No





≥ 3.500







≥ 2.000

No

No



≥ 3.500

No













≥ 5.000

DoE

≥ 15.000



Alto

* No es necesario cuando el riesgo es bajo 1

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Implantación

El número de hidrantes exteriores que deben instalarse se determinará haciendo que se cumplan las condiciones siguientes: a) La zona protegida por cada uno de ellos es la cubierta por un radio de 40 m, medidos horizontalmente desde el emplazamiento del hidrante. b) Al menos uno de los hidrantes (situado, a ser posible, en la entrada) deberá tener una salida de 100 mm. c) La distancia entre el emplazamiento de cada hidrante y el límite exterior del edificio o zona protegidos, medida perpendicularmente a la fachada, debe ser al menos de 5 m. Si existen viales que dificulten cumplir con estas distancias, se justificarán las realmente adoptadas. d) Cuando, por razones de ubicación, las condiciones locales no permitan la realización de las instalación de hidrantes exteriores deberá justificarse razonada y fehacientemente.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Caudal requerido y autonomía

Las necesidades de agua para proteger cada una de las zonas (áreas o sectores de incendio) que requieren un sistema de hidrantes se hará de acuerdo con los valores siguientes: Configuración del establecimiento industrial

Tipo

A B C DyE

Riesgo intrínseco Bajo Caudal Auton. (L/min) (min)

500 500 500 1.000

30 30 30 30

Medio Caudal Auton. (L/min) (min)

1.000 1.000 1.500 2.000

Alto Caudal (L/min)

Auton. (min)

-

-

1.000 2.000 3.000

90 90 90

60 60 60 60

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Extintores de incendio Determinación de la dotación de extintores portátiles en sectores de incendio con carga de fuego aportada por combustibles de clase A

Grado de riesgo intrínseco del sector de incendio

Eficacia mínima del extintor

Área máxima protegida del sector de incendio

Bajo

21A

Hasta 600 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción, en exceso)

Medio

21 A

Hasta 400 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción, en exceso

Alto

34 A

Hasta 300 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción, en exceso

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Extintores de incendio Determinación de la dotación de extintores portátiles en sectores de incendio con carga de fuego aportada por combustibles de clase B

Volumen máximo, V (I), de combustibles líquidos en el sector de incendio (1) (2) Eficacia mínima del extintor

V ≤ 20

20 < V ≤ 50

50 < V ≤ 100

100 < V ≤ 200

113 B

113 B

144 B

233 B

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Sistemas de bocas de incendio equipadas (BIE) Se instalarán sistemas de bocas de incendio equipadas en los sectores de incendio de los establecimientos industriales si: a)

Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m2 o superior

b)

Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 500 m2 o superior.

c)

Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 200 m2 o superior.

d)

Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior.

e)

Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 500 m2 o superior.

f)

Son establecimientos de configuraciones de tipo D o E, su nivel de riesgo intrínseco es alto y la superficie ocupada es de 5.000 m2 o superior.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Tipo de BIE y necesidades de agua Además de los requisitos establecidos en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, para su disposición y características se cumplirán las siguientes condiciones hidráulicas: Nivel de riesgo intrínseco del establecimiento industrial

Tipo de BIE

Simultaneidad

Tiempo de autonomía

Bajo

DN 25 mm

2

60 min

Medio

DN 45 mm*

2

60 min

Alto

DN 45 mm*

3

90 min

* Se admitirá BIE 25 mm como toma adicional del 45 mm, y se considerará, a los efectos de cálculo hidráulico, como de BIE 45 mm.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Tipo de BIE y necesidades de agua El caudal unitario será el correspondiente a aplicar a la presión dinámica disponible en la entrada de la BIE, cuando funcionen simultáneamente el número de BIE indicado, el factor K del conjunto, proporcionado por el fabricante del equipo. Los diámetros equivalentes mínimos serán 10 mm para BIE de 25 mm y 13 mm para las BIE de 45 mm.

Se deberá comprobar que la presión en la boquilla no sea inferior a 2 bar ni superior a 5 bar, y si fuera necesario, se dispondrán dispositivos reductores de presión.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento)

Sistemas de columna seca

Se instalarán sistemas de columna seca en los establecimientos industriales si son de riesgo intrínseco medio o alto y su altura de evacuación es de 15 m o superior.

Las bocas de salida de la columna seca estarán situadas en recintos de escaleras o en vestíbulos previos a ellas.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Sistemas de rociadores automáticos de agua Se instalarán sistemas de rociadores automáticos de agua en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen: a) Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento si: 1. Están ubicados en edificios de tipo A, su nivel intrínseco es medio y su superficie total construida es de 500 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 2.500 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior. 4. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 3.500 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 2.000 m2 o superior.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Sistemas de rociadores automáticos de agua b) Actividades de almacenamiento si: 1.Están ubicados en edificios de tipo A, su nivel intrínseco es medio y su superficie total construida es de 300 m2 o superior. 2. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.500 m2 o superior. 3. Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel intrínseco es alto y su superficie total construida es de 800 m2 o superior. 4.Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel intrínseco es medio y su superficie total construida es de 2.000 m2 o superior. 5. Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel intrínseco es alto y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Sistemas de alumbrado de emergencia

Contarán con una instalación de alumbrado de emergencia de las vías de evacuación los sectores de incendio de los edificios industriales cuando: a) Estén situados en planta bajo rasante b) Estén situados en cualquier planta sobre rasante, cuando la ocupación, P, ≥ 10 personas y sean de riesgo intrínseco medio o alto. c) En cualquier caso, cuando la ocupación, P, ≥ 25 personas Contarán con una instalación de alumbrado de emergencia: a) Los locales o espacios donde estén instalados cuadros, centros de control o mandos de las instalaciones técnicas de servicios o de los procesos que se desarrollan en el establecimiento industrial. b) Los locales o espacios donde estén instalados los equipos centrales o los cuadros de control de los sistemas de protección contra incendios.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Sistemas de alumbrado de emergencia La instalación de los sistemas de alumbrado de emergencia cumplirá las siguientes condiciones: a) Será fija, estará provista de fuente propia de energía y entrará automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo del 70 % de su tensión nominal de servicio. b) Mantendrá las condiciones de servicio durante 1 hora, como mínimo, desde el momento en que se produzca el fallo. c) Proporcionará una iluminancia de 1 lx, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación. d) La iluminancia será, como mínimo, de 5 lx en los espacios definidos anteriormente. e) La uniformidad de la iluminación proporcionada en los distintos puntos de cada zona será tal que el cociente entre la iluminancia máxima y la mínima sea menor que 40. f) Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión de paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que comprenda la reducción del rendimiento luminoso debido al envejecimiento de las lámparas y a la suciedad de las luminarias.

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS Establecimientos industriales (Reglamento) Señalización

Se procederá a la señalización de las salidas de uso habitual o de emergencia, así como la de los medios de protección contra incendios de utilización manual, cuando no sean fácilmente localizables desde algún punto de la zona protegida, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de señalización de los centros de trabajo, aprobado por el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

RIPCI Reglamento de instalaciones de protección contra incendios

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

REAL DECRETO 1942/1993, DE 5 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. Objeto Es objeto del presente Reglamento establecer y definir las condiciones que deben cumplir los aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y mantenimiento empleados en la protección contra incendios.

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

INSTALADORES Y MANTENEDORES INSTALADORES

La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, a que se refiere este Reglamento, con excepción de los extintores portátiles, se realizará por instaladores debidamente autorizados. La Comunidad Autónoma correspondiente, llevará un libro Registro en el que figurarán los instaladores autorizados.

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MANTENEDORES

El mantenimiento y reparación de aparatos, equipos sistemas y sus componentes, empleados en la protección contra incendios, deben ser realizados por mantenedores autorizados. La Comunidad Autónoma llevará un libro Registro en el que figurarán los instaladores autorizados. Los mantenedores autorizados adquirirán las siguientes obligaciones en relación con los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento o reparación les sea encomendado:

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS a)

Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos o instalaciones de acuerdo con los

plazos reglamentarios, utilizando recambios y piezas originales. b)

Facilitar personal competente y suficiente cuando sea requerido para corregir las

deficiencias o averías que se produzcan en los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento tiene encomendado. c)

Informar por escrito al titular de los aparatos, equipos o sistemas que no ofrezcan

garantía de correcto funcionamiento, presenten deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento o no cumplan las disposiciones vigentes que les sean aplicables. Dicho informe será razonado técnicamente. d)

Conservar la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento que se

realicen, sus fechas de ejecución, resultados e incidencias, elementos instalados y cuanto se considere digno de mención para conocer el estado de operatividad del aparato, equipo o sistema cuya conservación se realice. Una copia de la documentación se entregará al titular de los aparatos, equipos o sistemas. e)

Comunicar al titular de los aparatos, equipos o sistemas las fechas en que corresponde

efectuar las operaciones de mantenimiento periódicas.

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS CARACTERÍSTICAS E INSTALACIÓN DE LOS APARATOS, EQUIPOS Y SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 1.Sistemas automáticos de detección de incendio Los sistemas automáticos de detección de incendio y sus características y especificaciones se ajustarán a la norma UNE 23.007. 2.Sistemas manuales de alarma de incendios Los sistemas manuales de alarma de incendio estarán constituidos por un conjunto de pulsadores que permitirán provocar voluntariamente y transmitir una señal a una central de control y señalización permanentemente vigilada, de tal forma que sea fácilmente identificable la zona en la que ha sido activado el pulsador. Las fuentes de alimentación del sistema manual de pulsadores de alarma, sus características y especificaciones deberán cumplir idénticos requisitos que las fuentes de alimentación de los sistemas automáticos de detección, pudiendo ser la fuente secundaria común a ambos sistemas. Los pulsadores de alarma se situarán de modo que la distancia máxima a recorrer , desde cualquier punto hasta alcanzar un pulsador, no supere los 25 metros.

REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 3.Sistemas de comunicación de alarma El sistema de comunicación de la alarma permitirá transmitir una señal diferenciada, generada voluntariamente desde un puesto de control. La señal será en todo caso, audible, debiendo ser, además, visible cuando el nivel de ruido donde debe ser percibida supere los 60 dB (A). El nivel sonoro de la señal y el óptico, en su caso, permitirán que sea percibida en el ámbito de cada sector de incendio donde esté instalada. El sistema de comunicación de la alarma dispondrá de dos fuentes de alimentación, con las mismas condiciones que las establecidas para los sistemas manuales de alarma, pudiendo ser la fuente secundaria común con la del sistema automático de detección y del sistema manual de alarma o de ambos.

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4. Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios

Cuando se exija sistema de abastecimiento de agua contra incendios, sus características y especificaciones se ajustarán a lo establecido en la norma UNE 23.500. El abastecimiento de agua podrá alimentar a varios sistemas de protección si es capaz de asegurar, en el caso más desfavorable de utilización simultánea, los caudales y presiones de cada uno 5.Sistemas de hidrantes exteriores

Los sistemas de hidrantes exteriores estarán compuestos por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para agua de alimentación y los hidrantes exteriores necesarios. Los hidrantes exteriores serán del tipo de columna hidrante al exterior (CHE) o hidrante en arqueta (boca hidrante)

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6.Extintores de incendio 1 – Los extintores de incendio, sus características y especificaciones se ajustarán al “Reglamento de aparatos a presión” y a su Instrucción técnica complementaria MIE-AP5.

2 - El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a las salidas de evacuación y preferentemente sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo a 70 metros sobre el suelo.

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7.Sistemas de bocas de incendio equipadas (BIE) 1 – Los sistemas de bocas de incendio equipadas estarán compuestos por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para la alimentación de agua y bocas de incendio equipadas (BIE) necesarias. Las bocas de incendio equipadas (BIE) pueden ser de los tipos BIE de 45 MM y BIE de 25 mm. 2 – Las bocas de incendio equipadas deberán, antes de su fabricación o importación, ser aprobadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de este Reglamento, justificándose el cumplimiento de lo establecido en las normas UNE 23.402 y UNE 23.403. 3 – Las BIE deberán montarse sobre un soporte rígido de forma que la altura de su centro quede como máximo a 1,50 sobre el nivel del suelo o a más altura si se trata de BIE de 25 mm. siempre que la boquilla y la válvula de apertura manual si existen, estén situadas a la altura citada.

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Las BIE se situarán, siempre que sea posible, a una distancia máxima de 5 m. de las salidas de cada sector de incendio, sin que constituyan obstáculo para su utilización. El número y distribución de las BIE en un sector de incendio, en espacio diáfano, será tal que la totalidad de la superficie del sector de incendio en que estén instaladas quede cubierta por una BIE, considerando como radio de acción de ésta la longitud de su manguera incrementada en 5 m.

La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. La distancia desde cualquier punto del local protegido hasta la BIE más próxima no deberá exceder de 25 m. Se deberá mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obstáculos que permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad. .

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La red de tuberías deberá proporcionar, durante una hora, como mínimo, en la hipótesis de funcionamiento simultáneo de las dos BIE hidráulicamente más desfavorables, una presión dinámica mínima de 2 bar en el orificio de salida de cualquier BIE. Las condiciones establecidas de presión, caudal y reserva de agua deberán estar adecuadamente garantizadas.

El sistema de BIE se someterá antes de su puesta en servicio, a una prueba de estanquidad y resistencia mecánica, sometiendo a la red a una presión estática igual a la máxima de servicio y como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación

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8.Sistemas de columna seca

El sistema de columna seca estará compuesto por toma de agua en fachada o en zona fácilmente accesible al servicio contra incendios, con la indicación de uso exclusivo de los bomberos, provista de conexión siamesa, con llaves incorporadas y racores de 70 mm con tapa y llave de purga de 25 mm, columna ascendente de tubería de acero galvanizado y diámetro nominal de 80 mm. salidas en las plantas pares hasta la octava y en todas a partir de ésta, provistas de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores de 45 mm con tapa; cada cuatro plantas se instalará una llave de seccionamiento por encima de la salida de planta correspondiente. La toma de fachada y las salidas tendrán el centro de sus bocas a 0,90 m. sobre el nivel del suelo. Las llaves serán de bola, con palanca de accionamiento incorporada.

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9.Sistemas de extinción por rociadores automáticos de agua

Los sistemas de rociadores automáticos de agua, sus características y especificaciones, así como las condiciones de su instalación, se ajustarán a la Norma UNE EN 12845. 10.Sistemas de extinción por agentes extintores gaseosos

Los sistemas por agentes extintores gaseosos estarán compuestos, como mínimo, por los siguientes elementos: a) Mecanismo de disparo. b) Equipos de control de funcionamiento eléctrico o neumático c) Recipientes para gas a presión d) Conductos para el agente extintor e) Difusores de descarga

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Los mecanismos de disparo serán por medio de detectores de humo, elementos fusibles, termómetro de contacto o termostatos o disparo manual en lugar accesible. • La capacidad de los recipientes de gas a presión deberá ser suficiente para asegurar la extinción del incendio y las concentraciones de aplicación se definirán en función del riego, debiendo quedar justificados ambos requisitos. • Estos sistemas sólo serán utilizables cuando queda garantida la seguridad o la evacuación del personal. Además, el mecanismo de disparo incluirá un retardo en su acción y un sistema de prealarma de forma que permita la evacuación de dichos ocupantes antes de la descarga del agente extintor.

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