Contrato Privado de Arrendamiento de Local Comercial

April 1, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Contrato Privado de Arrendamiento de Local Comercial...

Description

 

CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

Conste por el presente documento, el CONTRATO PRIVADO DE  ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, que celebran de una parte LUZ MERY ROJAS CANTURENCIO , peruana, casada, comerciante, identificada con documento nacional de identidad 18082809, con domicilio común en la calle independencia N° 387 Mz. D, Lt. 18, provincia de Trujillo, distrito Laredo -Departamento la libertad; a quien en adelante se le denominara la  ARRENDADORA; y de la otra parte HOMERO CHUQUIMANGO MENDOZA  , peruano, soltero, comerciante, identificado con documento nacional de identidad 18142764, con domicilio Juan Boston Mz. V Lt. 29 Urb. alto mochica, provincia-distrito de Trujillo, Departamento La libertad; a quien en adelante se le denominara el  ARRENDATARIO, con arreglo a las siguientes clausulas: PRIMERA.- ANTECEDENTES  ----------------------------------------------------------LA ARRENDADORA, se declara ser propietaria del local ubicada en Psje. Mercado

s/n 22 de febrero Urb. 22 de febrero, provincia de Trujillo, departamento La libertad. CONTRATO -----------------------------------------------Mediante el presente contrato, LA ARRENDADORA, cede en calidad de SEGUNDA.-

OBJETO

DEL

arrendamiento, a favor de EL ARRENDATARIO el inmueble antes mencionado. ---CONTRATO--------------------------------------------El plazo de duración del arrendamiento es de un año, el mismo que empezara a regir TERCERA.-

DURACION

DEL

a partir del día 1 de Junio de 2017, venciendo indefectiblemente el 1 de junio de 2018, pudiendo ser renovado de mutuo acuerdo entre ambas partes. -----------------CUARTA.- FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO   -----------------------------------La

merced conductiva pactada es de s/. 500.00 (quinientos y 00/100 nuevos soles) mensuales, los cuales serán cancelados en efectivo y por mes adelantado, todos los primeros días de cada mes, teniendo como fecha limite de pago el día 5 de cada mes, previa exhibición de los recibos de servicios de luz y agua-------------------------Mediante el presente contrato, LA ARRENDADORA  recibe de el arrendatario los siguientes importes: s/. 500.00 (quinientos y 00/100 nuevos soles), como pago de la primera merced conductiva correspondiente al mes de junio del presente año; y s/. 500.00 (quinientos y 00/100 nuevos soles), por concepto de un mes de garantía, importe que deberá ser devuelto a el arrendatario, al finalizar el presente contrato sin pago de interés alguno por ningún concepto, previa entrega del local, en las condiciones que se señala en la clausula 7.1., del presente contrato. ----------LA ARRENDADORA declara tener, ambos importes, por recibidos en efectivo y en billetes circulares a su entera satisfacción. ---------------------------------------------------QUINTA.- OBLIGACIONES DE EL ARRENDATARIO  ---------------------------------------

5.1.- a usar el inmueble, exclusivamente como local comercial.--------------------------5.2.- sufragar el pago de los recibos mensuales por los servicios de energía eléctrica y agua potable.---------------------------------------------------------------------------

 

5.3.- solicitar consentimiento de la arrendadora en caso de efectuar mejoras. Queda pactado que al finalizar el contrato estas quedaran a favor de LA  ARRENDADORA. Queda convenida la obligación de EL ARRENDATARIO  de permitir el ingreso al local de LA ARRENDADORA  para poder revisar el mismo, cuantas veces LA ARRENDADORA crea conveniente. -------------------------------------5.4.- no subarrendar, total o parcialmente, ni ceder este contrato, sin el asentimiento escrito de la arrendadora. ------------------------------------------------------5.5.- a devolver el inmueble en las mismas condiciones de conservación de la que se le entrego, salvo aquellos deterioros que son producto del uso normal de funcionamiento. ------------------------------------------------------------------------------------El incumplimiento de la presente clausula será causal suficiente para la disolución del contrato. ----------------------------------------------------------------------------------------SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ARRENDADORA  --------------------------------Solamente corresponderá a LA ARRENDADORA, el pago del impuesto al valor del

patrimonio predial. Así como la declaración jurada del autoevaluó y el pago correspondiente del impuesto a la renta. -----------------------------------------------------SEPTIMA.- DECLARACION DE LAS PARTES CONTRATANTES  ----------------7.1.EL ARRENDATARIO, declara conocer y estar conforme con las instalaciones fijas y

no fijas del inmueble, así como que su estado de conservación y mantenimiento. --7.2.- LA ARRENDADORA, declara que sobre el inmueble materia de arrendamiento no pesa ningún gravamen, deuda o embargo alguno, obligándose sin embargo al saneamiento de ley. ------------------------------------------------------------7.3.-  AMBAS PARTES, declaran acordar que de ser el caso, estos podrán de mutuo acuerdo resolver el contrato sin perjudicar el uno al otro, o que en caso de que se pretenda dar por concluido antes del vencimiento el presente contrato, se comunicara en forma escrita dentro del plazo de 30 días calendarios para desocupar el inmueble. ---------------------------------------------------------------------------OCTAVA.- CAUSALES DE RESOLUCION-------------------------------------------------------

Son causales de resolución del presente contrato: -----------------------------------------8.1.- el hecho que el arrendatario ceda, traspase, subarriende el inmueble materia del arrendamiento, destinado exclusivamente al uso como local comercial, estando terminantemente prohibido darle un uso diferente, sin previa autorización por escrito de LA ARRENDADORA, en caso de hacerlo, se resuelve automáticamente el contrato. ---------------------------------------------------------------------------------------------8.2.- el retraso en el pago de la merced conductiva por mas de quince (30) días calendarios. ------------------------------------------------------------------------------------------

 

NOVENA.- CLAUSULA PENAL ----------------------------------------------------------

Si a la fecha del vencimiento del contrato, el arrendatario permaneciera indebidamente y sin contrato, pagara la merced conductiva doblada por cada mes que siga ocupando el inmueble; sin perjuicio de que en caso contrario LA  ARRENDADORA  inicien los procedimientos legales tendientes a la desocupación del inmueble. -------------------------------------------------------DECIMA.- RESOLUCION EXPRESA----------------------------------------------------En caso

de incumplimiento de una de las clausulas mencionadas en la clausula octava, constituirán causal de resolución del presente contrato al amparo del articulo 1430 del código civil, en consecuencia la resolución se producirá de pleno derecho cuando LA ARRENDADORA, comunique vía notarial a EL ARRENDATARIO, que quiere valerse de esta clausula. ---------TRUJILLO, 22 DE MAYO DEL 2017.

------------------------------------------LA ARRENDATARIA LUZ MERY ROJAS CANTURENCIO  DNI: 18082809

--------------------------------------EL ARRENDADOR HOMERO CHUQUIMANGO MENDOZA DNI:18142764

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF