Contrato Oficial Manager

December 24, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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  ONTRATO DE MANDATO CONTRATO DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA O ARTÍSTICA  O MANAGEMENT Razón social N IT Rep. Legal C.C. Dirección Teléfonos E mail

GSGS COMUNICACIONES S.A.S. - y / o GLORIA ST STELLA GUATIBONZA 800074265-4 GLORIA STELLA GUATIBONZA SUAREZ 41.596.324 de Bogotá Calle 104 #15-20 of. 214 6201551 – 3115599711 -3125940624 [email protected] – [email protected] – [email protected] EL REPRESENTAD

Nombre C.C. Dirección Teléfonos E - mail Fecha inicio contrato Fecha terminación Cuenta Bancaria El REPRESENTANTE y el REPRESENTADO   han decidido celebrar el presente contrato de prestación de servicios artísticos. Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse conforme a derecho, así como el carácter y representación represen tación en que intervienen, intervienen, y en especial, para el otorgamiento ento del presente contrato, contrato, y a tal fin exponen PRIMERO: PRIMERO: Que El requiere, para optimizar el desarrollo y la explotacióónn de sus cualidades cualidades profesion profesionales ales artísticas, cas, de diversas REPRESENTADO,,   requiere, REPRESENTADO actividades de promoción, representación, organización y asesoría especializadas. SEGUNDO.-Que EL REPRESENTANTE tiene por  objeto, entre otras, la realización de las actividades requeridas anteriormen anteriormente te detalladas. detalladas. TERCERO.-Que EL REPRESENTA REPRESENTADO DO se declara libre de todo compromiso u obligación que pueda limitar, restringir o impedirle el efectivo, puntual y exacto cumplimiento de los “PARAGRAFO:: En caso de terminación unilateral de este contrato por  pactos y estipulaciones establecidos en el presente contrato. “PARAGRAFO parte de EL REPRESENTADO y sin perjuicio de la remuneración pactada en esta cláusula, EL REPRESENTADO reconocerá a favor  de EL REPRESENTANTE, a título de compensación estimada por los costos y gastos incurridos por EL REPRESENTANTE en los procesos de casting, asesoría de imagen y buen nombre, fotografía, páginas web y redes sociales, prensa, promoción, mejor  remuneración, etc., una PRIMA DE ÉXITO equivalente a: 20% de los ingresos netos obtenidos por EL REPRESENTADO si la terminación se produce en el primer año de vigencia del contrato;15% de los ingresos netos obtenidos por EL REPRESENTADO en el segundo año si la terminación se produce en el segundo año de vigencia del contrato; 10% de los ingresos netos recibidos por EL REPRESENTA REPRESE NTADO en el tercer año sienlaelterminación en elsetercer añoen deelvigencia del contrato; 5%del decontrato; los ingresos netos recibidos por ELDOREPRESENTADO cuarto año siselaproduce terminación produce cuarto año de vigencia 1% de los ingresos recibidos por EL REPRESENTADO sobre los ingresos recibidos en el último año de vigencia del contrato si la terminación se produce después de los primeros primeros cinco años de vigencia del contrato . No obstante, las partes podrán convenir o negociar el monto de LA PRIMA DE ÉXITO a la terminación terminación del contrato en cualquier er tiempo”. CUARTO.-Que CUARTO.-Que ambas partes, de plena conformidad conformidad y mutuo acuerdo, formalizan el presente contrato, que se regirá de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA.-OBJETO: EL REPRESENTADO en su propio nombre y derecho, cede a EL REPRESENTANTE, con carácter exclusivo, y por el plazo temporal establecido en la estipulación segunda, el derecho a realizar todo tipo de contratos y compromisos, de toda clase, orden y naturaleza, en relación con la actividad artística y profesional que como artista le son propias, sin limitación ninguna, en cualquier lugar y con cualquier tercero, y para el desarrollo de su actividad profesional en cualquier punto de Colombia o del extranjero. En este sentido, EL REPRESENTADO faculta expresamente a EL REPRESENTANTE, para que suscriba, en su nombre, cuantos documentos públicos o privados resulten necesarios para tal finalidad. Dicha autorización no podrá ser revocada hasta que no concluya el plazo temporal pactado en el presente contrato o en sus prórrogas. Entre los documentos que EL REPRESENTANTE podrá suscribir como desarrollo de las facultades otorgadas por el presente contrato, y sin que esta relación tenga carácter exhaustivo, se pueden detallar todo tipo de contratos y documentos que formalicen cen negocios profesionaleess para actuaciones, ones, galas y presentaciones presentaciones públicas públicas,, tanto en Colombia como en el extranjero; ero; así como todo tipo de contratos en cualquier lugar del mundo concernientes a su actividad como actor (contratos discográficos, editori ales, ales, las televisivos, televisivo s, de promoción, etc.), y enlassuderivadas caso, desarrollando desarrolla ndo otrasdefacetas faceta s artísti cas cas conexas o derivadas derivaddeassu(publicitarias (public itarias, etc.), entre que expresamente se encuentran de la utilización su nombre artístico, la explotación imagen y la,

 

mercadotecnia. EL REPRESENTADO se compromete expresamente a cumplir y respetar los compromisos asumidos por EL REPRESENTANTE en su nombre y en desarrollo de las facultades otorgadas en el presente contrato, responsabilizándose plename plen amente nte de su cumpli cumplimien miento. to. EL REPRES REPRESENT ENTAD ADO O declaara ra hab haber er dado a EL REPRES REPRESENT ENTANT ANTEE toda la inf inform ormaci ación ón y orientaciones precisas para que este pueda realizar su trabajo con el máximo aprovechamiento. En este sentido, se deberán poner en conocimiento de EL REPRESENTANTE cualesquiera modificaciones que con carácter sobrevenido puedan acontecer y resulten relevantes para el desarrollo de los compromisos asumidos por ambas partes. También como objeto básico del presente contrato EL REPRESENTANTE se compromete y obliga a prestar a EL REPRESENTADO durante todo el tiempo de vigencia del presente contrat contrato, o, un perm permane anente nte y complet completoo servic servicio io de apo apoyo yo y ases asesoram oramien iento to artíst artístico, ico, profesi profesional onal, téc técnico nico,, en cuantos cuantos aspect aspectos os profesionales puedan resultar requeridos para el desarrollo óptimo de su carrera artística y el mejor aprovechamiento de sus facultades. En atención al persona carácterfísica eminentemente de ytales prestaciones, ELlas REPRESENTANTE podrá subcontratar encargar a terceros, ya sea o jurídica, eltécnico desarrollo seguimiento de todas anteriores actividades, siempre contandoo con el conocimiento del representado. SEGUNDA.- DURACIÓN: El presente contrato es de duración definida y determinada, concretando su periodo de vigencia en un (1 ( 1 ) año. El presente contrato se renovará con las mismas condiciones pactadas, por  sucesivos períodos de tiempo iguales al inicialmente establecido, siempre y cuando las dos partes estén de acuerdo, y quede por  escrito con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento de la vigencia inicial del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. En caso de que El REPRESENTANTE O EL REPRESENTADO quieran terminar el contrato antes del tiempo pactado, debe avisar con un mes de anticipación, siempre y cuando el REPRESENTADO no esté grabando una novela o una película que se haya firmado en compañía del EL REPRESENTANTE Y EL REPRESENTADO. De esta manera no será cancelado el contrato, hasta tanto no culmine la obra en realización. La obligación de ejecución que asume EL REPRESENTADO queda referida al cumplimiento de la totalidad de los compromisos contractuales que válidamente haya convenido EL REPRESENTANTE durante el plazo de duración del presente contrato o de sus prórrogas, aún cuando los mismos deban realizarse una vez excedido el plazo de duración del contrato o de sus prórrogas. La promoción y el lanzamiento de un nuevo actor suponen una actividad específica que requiere de especial esfuerzo esfuer zo e invers inversión ión por parte de quienes, quienes, como en este caso   EL REPRESENT REPRESENTANTE, ANTE, colaboran profesionalmente en el desarrollo, desde el inicio, de su carrera artística. En consecuencia, resulta habitual el pacto de pago adicional por el manejo de relaciones públicas y free press el cual se acordará entre las partes y de vigencias temporales extensas para los contratos de objeto semejante al presente, con la finalidad de alcanzar lógico equilibrio entre las inversiones necesarias y el rendimiento futuro derivado las actividades EL REPRESENTADO. EL REPRESENTADO firma un contrato una programadora o canal por undetiempo definido, yartísticas luego esedeproyecto se extiende porSiéxito del proyecto, el REPRESENTADO REPRESENTA DO nocon puede cancelar el contrato con el REPRESENTANTE hasta tanto no acabe de grabarse el proyecto. TERCERA.- RETRIBUCIONES DE EL REPRESENTADO, abonará a EL REPRESENTANTE, en concepto de contraprestación o retribución por los servicios que le sean veinte por ciento ciento (2 (20%) 0%) de   de todas las cantidades prestados en cumplimiento del presente contrato, una cantidad equivalente  equivalente  al veinte netas percibidas das o devengad devengadas as durante la vigencia del mismo. Cualquier retribu retribución ción en especie deberá ser valorada a precio de mercado para habilitar habilitar el cálculo de este porcentaje. e. Darán lugar a tal retribución retribución todos los contratos profesionales, profesionales, artísticos cos o de cualqquier uier otra otra nat natural uraleza eza que pued puedan an tener tener por obj objeto eto las fac faculta ultades des de represe representa ntación ción expresame expresamente nte oto otorga rgadas das a EL REPRESE REPR ESENTA NTANTE NTE como como objeto objeto del present presentee acuerdo, acuerdo, incluso incluso los cerrado cerradoss o suscrit suscritos, os, en su caso, caso, directa directament mentee por EL REPRESENTADO o por un tercero ajeno a las partes contratantes (posibilidad que resultaría en un incumplimiento de las condiciones de exclusividad otorgadas y que daría lugar a una indemnización añadida). Todas las cargas fiscales y otras públicas de inexcusable pago serán satisfechas satisfechas por las partes de conformidad a la ley. CUA CUARTA RTA.-.- FORMA DE PAGO Las sumas a que se refiere la anterior  estipulación tercera serán satisfechas por EL REPRESENTADO a EL REPRESENTANTE de forma inmediata a su percepción por EL REPRESENTADO, del tercero con quien se hubiese concluido cada contrato o realizado la actividad que diera causa al devengo de la obligación obligac ión de pago. Ta También mbién percibirá rá sus honorarios EL REPRESEN REPRESENTA TANTE, NTE, con cargo a los anticipos o cantidades a cuenta que pueda percibir EL REPRESENTADO de compañías discográficas o cualesquiera empresarios contratantes de sus servicios, y tan pronto éstos hayan sido percibidos por el mismo. En el caso de que las retribuciones correspondientes a EL REPRESENTADO resultaran directamente percibidas poraEL sociedad detraerá elqueda importe correspondiente a sus para honorarios y hará entrega del resto de lo cobrado ELREPRESENTANTE, REPRESENTADO. ésta EL REPRESENTANTE expresamente facultado realizar  pagos a cualquier tercero en nombre y por cuenta de EL REPRESENTADO en relación con el desarrollo propio de los contratos relativos al mismo en los que haya intervenido, debiendo en tales casos practicar las liquidaciones correspondientes en el plazo más breve posible y darle cumplida cuenta. QUINTA.- IMPAGADOS. EL REPRESENTANTE no responderá en ningún caso de las cantidades formal y definitivamente no pagadas que puedan originarse en desarrollo de las prestaciones contratadas a EL REPRESENTADO, si bien en este supuesto, tampoco se devengará cantidad alguna en concepto de retribución a favor de EL REPRESENTANTE. SEXTA.- ROAD MANAGER (ASISTENTE PERSONAL) EL REPRESENTANTE podrá poner a disposición de EL REPRESENTADO una persona que le acompañe en sus actuaciones y en aquellas actividades profesionales y artísticas que requieran requier an de tal apoyo. Dicha persona será designada designada de mutuo acuerdo por EL REPRESENT REPRESENTANTE ANTE y EL REPRESENTA REPRESENTADO. DO. Los honorarios de dicha persona serán de cuenta y cargo de EL REPRESENTANTE; Los gastos de desplazamiento, viajes, hoteles y manutención o dietas serán de cuenta de EL REPRESENTADO (a determinar). SÉPTIMA.- DERECHOS DE IMAGEN Y OTRAS PRESTACIONES ACCESORIAS.- Con la finalidad de obtener el mayor grado de efectividad y coordinación con el desarrollo del resto de prestaciones contratadas, y también a partir de la necesidad de realizar aquellas explotaciones que resultan habilitadas por la legislación vigente y forman parte común de las actividades artísticas, EL REPRESENTADO cede a EL REPRESENTANTE por el tiempo de duración del presente contrato: 1º el derecho a la utilización utilización de su imagen con el conteniddoo más amplio posible, posible, siempre dentro dent ro de los límite límitess legalm legalmente ente permit permitido idos, s, 2º el der derecho echo a utiliz utilizar ar su nombre nombre personal personal y el nombre nombre profesi profesioonal nal de EL REPRESENTADO o cualquier adoptara enNTE el futuro. 3º elconveniente, derecho a, utilizar el facsímile de suiento firmadelen REPRESENTA cualquier medio o instrumento instrum ento de publici ddad ad queotro ELque REPRESENTANTE REPRESENTA estime conveniente siempre con conocimiento conocim REPRESE NTADO. DO.

 

OCTAVA.OCTAV A.- OTRAS OBLIGA OBLIGACION CIONES ES DE EL REPRES REPRESENT ENTADO ADO.. Se comprom compromete ete y obliggaa a poner poner en conocim conocimien iento to de EL REPRESENTANTE cualquier información o propuesta profesional contractual o de negocio que reciba o de la que tenga noticia. Como  justa contrapartida, co ntrapartida, resulta obligación de EL REPRESENTANTE trasladar a EL REPRESENTADO cuantas cuanta s propuestas propues tas de prestación profesional reciba en su favor, así como mantenerle informado de cuantas gestiones y actividades realice en desarrollo del presente contrato.. El presente contrato presente contrato debe desarrollarse larse en un clima de máxima confia confianza, nza, entendimiento entendimiento y comunicación comunicación entre las partes, que deberán cumplir sus obligaciones recíprocas y orientar todas sus actuaciones bajo el principio de la buena fe. En este sentido, EL REPRESENTADO se compromete a prestar su máxima colaboración a EL REPRESENTANTE, al objeto de que ésta pueda dar  cumplimiento satisfactorio a las obligaciones que, siempre en su beneficio, asume como objeto del presente contrato. NOVENA.EXCLUSIVIDAD De conformidad con lo establecido en la estipulación primera del presente contrato, los derechos cedidos por EL REPRESENTADO a EL REPRESENTANTE lo son con que carácter exclusivo, de manera que EL REPRESENTADO no puede ceder oa ninguna otra persona o entidad derechos y obligaciones en todo o en parte puedan coincidir (directa o indirectamente, temporal materialmente) mente) con los que resultan objeto del presente contrato. EL REPRESENTA REPRESENTADO DO se compromete incluso a no cerrar, por sí mismo y sin la intermediación intermediación o asesoramiento de EL REPRESENTANTE REPRESENTANTE cualesquier cualesquieraa acuerdos o contratos contratos que tengan por objeto sus prestaciones profesionales en los aspectos a que se refiere este contrato. No obstante lo cual y si así lo hiciera, los derechos económ económic icos os perci percibi bido doss por por EL REPR REPRES ESENT ENTAD ADO O del del terc tercero ero con quieenn hubie hubiera ra contr contrata atado do deve devenga ngarán rán a fa favo vorr de EL REPRESE REPR ESENTA NTANTE NTE la comisión sión o retribu retribució ciónn contem contemplad pladaa en la estipu estipulac lación ión tercera tercera del presente presente contra contrato. to. En este sentido sentido,, expresamente consta a EL REPRESENTADO que EL REPRESENTANTE desempeña para otros artistas actividades iguales y/o similares o equivalentes a las aquí pactadas. DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD Debido al carácter confidencial y reservado de los acuerdos suscritos, tanto EL REPRESENTADO como EL REPRESENTANTE (y, en este sentido, tampoco ninguna de las personas de ella dependientes) se comprometen a no revelar, durante el plazo de vigencia del presente contrato o en cualquier momento con posterioridad oridad a su conclusión, ón, cualquier tipo de información información relativa a los términ términos os económicos del mismo, así como a cualquier er otro contenido que las partes deseen expresamente acoger a esta obligación de confidencialidad. UNDÉCIMA.- PENALIDAD En el evento en que EL REPRESENTADO hiciere negociación alguna sin el consentimiento de EL REPRESENTANTE infringirá la cláusula novena lo que acarrea el pago de una sanción pecuniaria estimada hasta en el 75% (setenta y cinco por ciento) del valor al que se refiere la negociación efectuada. En el caso en que EL REPRESENTADO concluyere unilateral e intempestivamente este contrato, o incumpliere, en cualquier forma y grado, cualquiera de las obligaciones contenidas en este contrato, pagará a EL REPRESENTANTE, aquienes título de pena,alguna una suma equivalnegociaciones, eente nte a la cláusul a pecuniaria que EL canal, REPRESE REPRESENTA NTANTE NTE tuviere queópagar a los contratistas contra tistas con hiciere ó algunas llámese programadora, emisora entidad pública privada u otros mas el 20% como daños y perjuicios, o si no hubiere negociación alguna según los parámetros descritos en la cláusula tercera se calculará un valor de acuerdo a los días de duración del mismo más la inversión que EL REPRESEN REPRESENTA TANTE NTE hubiere hecho, y el calculo de los daños y perjuicios por valor del 75% para dar un valor real del contrato. Para ello EL REPRESENTANTE deberá intimar  fehacientemente a EL REPRESENTADO a que en un plazo no inferior a las cuarenta y ocho horas (48 horas) hábiles subsane el incumplimiento bajo apercibimiento. En caso de no hacerlo, este contrato presta por sí solo mérito ejecutivo, y EL REPRESENTADO autoriza a EL REPRESENTATE para retener y deducir con destino al pago de dicha pena cualquier suma que EL REPRESENTANTE adeude a EL REPRESENTAD REPRESENTADO O en el momento de terminar el contrato. contrato. Por el pago de la pena establecida establecida en ésta cláusula, no se entiende extinguida la obligación principal. Por consiguiente, EL REPRESENTANTE queda facultado para exigir, además, la indemnización plena de perjuicios. PARÁGRAFO. Sobre retardos e inasistencias, en caso de que EL REPRESENTADO, sin causa de fuerza mayor plenamente comprobada, por su culpa cause el retardo en el cumplimiento de alguno de los contratos o negociaciones suscritas, EL REPRESENTANTE no considere que tal incumplimiento amerite por su parte la terminación de este contrato, EL REPRESENTANTE, a su juicio, podrá reclamar a EL REPRESENTADO el pago de los mayores costos que se susciten en la ejecución de la negocia negociación ción o daño a contrat contratoo con tercero terceross que se ocasionen por dicho incumplimiento, imiento, y EL REPRESENTADO REPRESENTADO autoriza a EL REPRESENTANTE para retener y deducir con destino al pago de dichas sumas cualquier suma que EL REPRESENTANTE adeude a EL REPRESENTADO, REPRESENTADO, incluida la cláusula pecunia pecuniaria. ria. DUODÉCIMA. - CESIÓN A TERCEROS EL REPRESENTA REPRESENTANTE NTE podrá contar  con la REPRESENTANTE colaboración de terceros garantizar desarrollo óptimo de sus Cualquiery,retribución de estos tienen colaboradores de EL será apara su cargo. En laelmedida en que se trata deprestaciones. prestaciones artísticas en consecuencia, carácter  persona pers onalísi lísimo, mo, EL REPRES REPRESENT ENTADO ADO no pod podrá rá del delegar egar en tercero terceross la realiz realizaci ación ón (compl (completa eta o par parcia cial)l) de cualqquiera uiera de las OMPROM ROMISO ISO..- Toda Toda diferen diferencia cia o prestaciones prestac iones que, en su nombre, contrate EL REPRESENTA REPRESENTANTE. NTE. DÉCIMATERCE DÉCIMATERCERA.RA.-  OMP divergencia relativa a este contrato, su desarrollo y liquidación, que no pueda ser resuelta de común acuerdo por las partes, se someterá al Centro de Conciliación iación de la Cámara de Comercio de Bogotá. En caso de que la Audiencia Audiencia de Conciliación fracase, fracase, la controversia será dirimida por un Tribunal de Arbitramento, integrado por un solo árbitro, designado por la misma Cámara, quien decidirá en derecho. DÉCIMACUARTA. DOMICILIO: Para todos los efectos legales y fiscales se fija como domicilio la ciudad de Bogotá D.C. Para constancia de lo anterior se firma por las partes el día de 2019.

   

E L R E P R E S E N TAN T E GLORIA STELLA GUATIBONZA SUÁREZ NIT. 800074265-4

E L R E P R E S E N TAD O

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