Contrato Maestro

September 7, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Contrato Maestro...

Description

 

 

“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”   CONTRATO DE MAESTRO DE OBRA Conste por el presente documento, la contratación de Servicio para Maestro de Obra para la “Creación de Salón de Usos Múltiples Supayacu, Distrito de Huarango  –   San Ignacio Cajamarca”. Que celebran de una parte La Municipalidad Distrital de Huarango , con  RUC N° 20143189091, con domicilio legal en jirón 13 de junio N° 248, representada por el Gerente   Municipal Mg, RAUL GAVINO AGUIRRE CAMACHO, identificado con D.N.I. N° 27848544. y de otra  parte el señor Franclin Centurión Vásquez, Identificado con DNI N° 46074835, con RUC N° 10460748351, con domicilio legal en el Centro Poblado El Triunfo, distrito de Huarango, Provincia San Ignacio - departamento de Cajamarca, a quien en adelante se le denominara EL MAESTRO DE OBRA, en los términos y condiciones siguientes: 

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con REQUERIMIENTO N° 30, de fecha 19 de Marzo del 2019, el Gerente de Infraestructura de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Huarango   alcanzó la solicitud para la contratación del maestro de obra para el Proyecto   “Creación de Salón de Usos Múltiples Supayacu, Distrito de Huarango  –   San Ignacio - Cajamarca”, por lo que se hiciera la invitación correspondiente al mismo maestro de obra por su buen buen desempeño en sus respectivas labores, por lo que habiendo recibido su respuesta se procedió a celebrar el presente contrato contrat o con el señor líneas arriba descrito. CLAUSULA SEGUNDA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO   Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.   Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 N° 30693.   Ley de Procedimiento General Administrativo General N° 27444.   Solo en lo no previsto en este contrato, en la ley de Contrataciones del Estado N° 30225 y su Reglamento (D.S. N° 350-2015-EF) en la Directivas que emita el OSCE y demás normativas especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil Vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. 

 



CLAUSULA TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE -  Prestar las facilidades que el caso requiera respecto a la información documentada para el cumplimiento del objeto del presente contrato. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATADO   El Maestro de Obra está obligado a fiel cumplimiento de las funciones específicas y generales relacionadas con la ejecución de la obra. 

 



El Maestro deerror Obrau responsable con el Residente, la obra,    por cualquier omisión quesolidariamente cometa, y/o eell personal a su cargopara y susejecutar consecuencias.

Jr. 13 de Junio n° 248  –  Frente  Frente al parque principal –  Gmail:  Gmail: [email protected] Huarango –  San  San Ignacio - Cajamarca

 

 

“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”   CLAUSULA CUARTA: DE LA AFECTACIÓN PRESUPUESTAL La afectación presupuestal será con cargo al proyecto: “ CREACIÓN DE SALÓN DE USOS MÚLTIPLES SUPAYACU, DISTRITO DE HUARANGO –  SAN  SAN IGNACIO - CAJAMARCA", Con Código Único de Inversión N° 2439203 de la Municipalidad Distrital de Huarango. CLAUSULA QUINTA: OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato tiene por objeto la contratación de los servicios del MAESTRO de la OBRA “CREACIÓN DE SALÓN DE USOS MÚLTIPLES SUPAYACU, DISTRITO DE HUARANGO  –  SAN   SAN IGNACIO - CAJAMARCA", Código Único de Inversión N° 2439203 de la Municipalidad Distrital de Huarango. CLAUSULA SEXTA: MONTO CONTRACTUAL En virtud del presente Contrato, “EL ORGANISMO EJECUTOR” pagara al “MAESTRO DE OBRA”, por los se servicios rvicios pprestados, restados, un m monto onto total, por concepto, la sum sumaa de S/ 12, 000.00 (Doce Mil con 00/100 Soles.) incluido los impuestos y/o retenciones de ley, de acuerdo al Expediente Técnico aprobado. Este monto comprende el costo total del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso los costos labores conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio. CLAUSULA SEPTIMA: FORMA DE PAGO CLAUSULA LA ENTIDAD, se obliga a pagar la contraprestación al MAESTRO DE OBRA, de la siguiente manera: Costo de MAESTRO DE OBRA en tres meses (03 meses). S/. 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Soles). Las partes el pago efectuará mensualmente. En caso deacuerdan retraso enque el pago delseMAESTRO DE OBRA tendrá derecho a al pago de intereses conforme a lo establecido en el Articulo 149 del Reglamento de la Ley Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

CLAUSULA OCTAVA: DEL PLAZO DE LA EJECUCION DE LA PRESTACION Las partes acuerdan fijar un plazo de duración este contrato de prestación de servicios de 3 meses, el mismo que se inicia a la firma del presente contrato. La participación del Maestro de obra es a tiempo completo. CLAUSULA NOVENA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO. El presente contrato está conformado por la oferta ganadora y los términos t érminos de referencia y lo que establezcan obligaciones para las partes. CLAUSULA DECIMA: RESOLUCION DEL CONTRATO Si alguna de las partes falta el cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada debe requerir mediante carta notarial que la ejecute en un plazo no mayor a cinco (05) días bajo apercibimiento de resolver el contrato.

Jr. 13 de Junio n° 248  –  Frente  Frente al parque principal –  Gmail:  Gmail: [email protected] Huarango –  San  San Ignacio - Cajamarca

 

 

“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”   Si vencido dicho plazo el incumplimiento continuo, la parte perjudicada puede resolver el contrato. El contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación, tal como lo estipula el Artículo 136 del D.S. N° 350-2015-EF.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute justificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los l os daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no enerva la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento dará lugar, en el caso que están correspondan. Lo señalado procedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, inexistencia, ineficiencia o invalides del contrato se resuelve mediante conciliación, junta de resolución de disputas o arbitraje, según el acuerdo de las partes. Las controversias referidas al incumplimiento del pago final también son resueltas mediante conciliación y/o arbitraje, tal como lo estipulan los artículos 183 y 184 del Reglamento de llaa Ley de Contrataciones del Estado. CLAUSULA DECIMA TERCERA: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato. DOMICILIO DE LA ENTIDAD: jirón 13 de junio N° 248- Huarango  –   San Ignacio  –   Cajamarca MAESTRO DE OBRA: Centro Poblado El Triunfo, Distrito de Huarango, Provincia San Ignacio - Departamento de Cajamarca. La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra  parte, formalmente y por escrito, con una una anticipación no menor de quince (15) (15) días calendario De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad en el Distrito de Huarango a los veintiséis (26) días del mes de marzo del 2018.

 ______________________  ______________________ LA ENTIDAD

____________________ ________________________ ____ EL MAESTRO DE OBRA 

Jr. 13 de Junio n° 248  –  Frente  Frente al parque principal –  Gmail:  Gmail: [email protected]  –  Huarango  San  San Ignacio - Cajamarca

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF