Contrato Final SR Pamela

December 4, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO RESIDENCIAL APTO. , TORRE 3, PH ALBROOK PARK Entre los suscritos a saber  ABDIEL  ABDIEL PEREZ portador  de  de la cédula No.

mayor de

edad, con domicilio localizable en Ciudad de Panamá, quien en adelante se denominará denominará EL

ARRENDADOR, por una parte, y por la otra parte CYRUS BERING GUNTER SCHUMPA , mayor de edad, de nacionalidad alemana número de pasaporte C96JHZ1RG domicilio en la ciudad de Panamá, Panamá, quien en adelante adelante se denomin denominará ará EL ARRENDATARIO,  acuerdan cele celebr brar ar el pr pres esen ente te CONT CONTRATO RATO DE ARRE ARRENDAM NDAMIENT IENTO O  confor conforme me a la las s sigui siguien entes tes cláusulas:

PRIMERA. PROPIEDAD: EL ARRENDADOR  es propietario único y exclusivo del  Apartamento N.º  302,  Apartamento 302, del del Edifi Edificio cio Albroo Albrook k Park Park N-1 N-100 00,, To Torre rre 3, ubicado en Albrook, Corregimiento Corregimi ento de Ancón, Ciudad de Panamá, finca inscrita al Folio en el Registro Público, Sección de la Propiedad Horizontal, Provincia de Panamá, en adelante EL INMUEBLE.

SEGUNDA. ARRENDAMIEN ARRENDAMIENTO TO: EL AR ARRE REND NDAD ADOR OR cede a EL ARRE ARRENDAT NDATARIO ARIO  EL INMUEBLE  en calidad calidad de arrendamie arrendamiento. nto. EL INMUEBLE se encuentra en buen estado, completamente amoblado y equipado. Para su uso es apropiado para el objeto al cual se destina. EL ARRENDATARIO se compromete a no permitir actividades ilegales dentro del inmueble. No está permitido FUMAR dentro de EL INMUEBLE. TERCERA. TERC ERA. REPARAC REPARACIONES IONES Y MEJOR MEJORAS: AS: EL ARR ARRENDA ENDATARIO TARIO declara que recibe EL  en buen estado de aseo y conservación . Quedará a su cargo los gastos por las INMUEBLE repara rep aracio cione nes s menore menores s o locat locativa ivas s que que requie requiera ra EL INMU INMUEBLE EBLE. EL ARR ARRENDAD ENDADOR OR atenderá las reparaciones del inmueble siempre y cuando no le sean imputables los daños a EL ARRENDATARIO por el mal uso o negligencia, como lo son daños mayores de tuberías, filtraciones y afines, de ser así EL ARRENDADO ARRENDADOR R deberá cubrir dichas reparaciones en el menor plazo posible, evitando que los arrendatarios arrendatarios se vean afectados en el uso normal del inmueble. Cualquier factura de reparación causada por el abuso del arrendatario, mal uso, uso inapropiado o negligencia en la utilización de tubería, sistemas eléctricos o mecánicos, et etc. c. se será rá ca carg rgad ada a a EL ARRE ARRENDAT NDATARIO ARIO. EL ARR ARRENDA ENDATARI TARIO O  se comprom compromet ete e a conserva cons ervarr EL INMUEBLE  y entre entrega garlo rlo a EL ARRENDADOR  en buenas condiciones de pintura y aseo y sin ningún desperfecto en sus instalaciones salvo por el desgaste normal por su uso. En caso de modificar los colores de pintura internos, EL ARRENDATARIO  se compro com prome mete te a entre entrega garlo rlos s en su co color lor origin original al (tona (tonalid lidad ad de blanc blanco). o). No se pe permi rmiten ten modificaciones modificacio nes ni alteraciones alteraciones del apartamento. apartamento. EL ARRENDATARIO  declara declara conocer conocer EL INMUEBLE por haberlo examinado examinado y comprobado que se halla en buen estado, sirviendo el presente Contrato de comprobante, sin que pueda admitirse prueba en contrario.

CUARTA. USO DEL INMUEBLE: EL ARRENDATARIO sólo podrá utilizar EL INMUEBLE como vivienda familiar y no podrá destinarlo a otro uso.

QUINTA. TÉRMINO:  El término término de este contra contrato to será de 6 (seis) (seis) meses meses Prorrogable contado a partir del 2 de noviembre del 2022 . Este término podrá ser prorrogado siempre y cuando ambas partes estén de común acuerdo, el cual deberá constar por escrito y ser  notificado 30 días antes del vencimiento.

SEXTA. CANON MENSUAL:  EL AR ARREN RENDAT DATARI ARIO O conviene en pagar en concepto de ca cano non n de ar arre rend ndam amie ient nto o de EL INM INMUEB UEBLE LE, la suma mensual de OCHOCIENTOS CINCU CIN CUENT ENTA A DÓLARES (US$ 850.00),  en lla a Cuenta Corriente del Banistmo número 0100322883. Al momento de la firma del presente contrato se ha acordado hacer entrega del depósito de alquiler de un mes por la suma de OCHOCIENTO OCHOCIENTOS S CINCUENTA DÓLARES (US$ 850.00)  más el primer mes de arrenda arrendamien miento to para un total de MIL SETECIENTOS DÓLARES  sin céntimos (US$ 1,700.00).  A partir del segundo mes se establece que los pagos de Alquiler deben ser entregados entregados en los 15-20 días de cada mes y en caso de retrasos se hará un recargo del 10% sobre el valor  del canon mensual.

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SEPTIMA. PROHIBICIÓN DE SUBARRENDAR : EL ARRENDATARIO  co convi nvien enen en en no subarrendar o traspasar el bien arrendado. OCTAVA. OCUPANTES: EL ARRENDATAR ARRENDATARIO IO declaran que habitarán en el bien inmueble la siguiente persona:

CYRUS SCHUMPA PAMELA BLAY ALICIA BLAY SCHUMPA NOVENA. INSPECCIONES Y MEJORAS:  EL ARRENDATARIO conviene en: 1. No efectua efectuarr mejor mejoras as o cambi cambios os en el inmue inmuebl ble e arren arrenda dado do,, sin el co conse nsenti ntimie mient nto o previo y expreso del ARRENDADOR . 2. Permitir AL  ARRENDADOR  previa notificación, que realice inspecciones periódicas duran durante te las horas horas diurna diurnas s al inmue inmuebl ble e arren arrenda dado do pa para ra verifi verificar car su es estad tado o de conservación, a fin de determinar las reparaciones que sean necesarias. 3. Pagar los gastos que EL  ARRENDADOR   te teng nga a qu que e efect efectua uarr en conce concepto pto de reparaciones de los daños causados al inmueble arrendado, cuando éstos le sean imputables y que no sean ocasionados por el desgaste normal de su uso.

DÉCIMA. CONSERVACIÓ CONSERVACIÓN N: EL ARRENDADOR conviene en: 1. Conservar EL INMU INMUEBLE EBLE  arrenda arrendado do en condici condicione ones s higiéni higiénicas cas y de segurid seguridad ad adecuadas. 2. Efectuar las reparaciones reparaciones necesarias necesarias a fin de de conservar conservar el inmueble inmueble arrendado arrendado y sus instalaciones en estado de servir para el uso a que ha sido destinado. 3. Gara ran nti tiz zar a EL ARRENDATARIO ARRENDATARIO el goce pacífico del bien inmueble arrendado por  todo el tiempo que dure el contrato. 4. Pagar Pagar los gastos gastos comunes comunes del edificio edificio (incluye (incluye la cuota cuota de mantenimi mantenimiento ento,, agua, y el pago de Gas). 5. Pagar servicio de internet

DÉCIMA DÉCI MA PRIME PRIMERA. RA. RESPO RESPONSAB NSABILID ILIDAD AD POR DAÑO DAÑOS S: EL ARRE ARRENDAD NDADOR OR  no será será responsable en ningún caso, por los daños y perjuicios, pérdidas o robos de mercancías, mueb mu eble les s o , cu cual r ráperte erntene valo   dse roo en ARRENDAT INMUEBLE nalqu i quie teier nd ing innenc gúncia n iatipo ipde o dva e lorrre res sde ponEL sab sa bilid ilARR ida ad ENDATARIO civ ci vil cARIO on re res pn etct cto a EL EL ARRENDATARIO. EL ARRENDADOR no se hace responsable por los daños o perjuicios que puedan sufrir EL ARRENDATARIO o las personas que habiten EL INMUEBLE, por concepto de robo, hurto, asalto, deterioro o ruina, o incendio del mismo. Si el apartamento se hace inhabitable debido a actos de la naturaleza, guerra, disturbios, terrorismo o cualquier otra fuerza mayor, este contrato terminará inmediatamente. En tales circunstancias, circunstanc ias, el arrendatario arrendatario se compromete compromete a desalojar desalojar pacíficamente pacíficamente los apartamentos apartamentos y está de acuerdo que el arrendador no es responsable de los gastos de traslado del inquilino, búsqueda o alquiler de otros locales de alojamiento temporal o permanente, o pérdida de ingresos. Man Ma nifie ifiest sta an la las s partes tes que en el even vento de vers rse e afe fec cta tad da la perso rsona de EL ARRENDATARIO producto de una medida cautelar, resultando afectado la finca arrendada en es este te cont contra rato to,, y los los bien bienes es mueb mueble les s qu que e se en encu cuen entr tren en de dent ntro ro de la mi mism sma, a, EL ARRENDADOR   es esta tará rá facu facult ltad ado o pa para ra soli solici cita tarr un una a in inde demn mniz izac ació ión n y po porr ta tant nto o el re res sarci rcimi mie ento por lo los s daños y perj rju uici cio os ocas casion ionados por la ví vía a ju jud dici cia al a EL ARRENDATARIO, exon exoner eran ando do a EL AR ARRE REND NDAD ADOR OR de cualqui cualquier er respons responsabil abilidad idad por  dicho concepto. Página 2 de 5

 

DÉCIMA SEGUNDA. DEPÓSITO: EL ARRENDATARIO  se obliga a efectuar un depósito equivalente a un (1) mes de canon de arrendamiento; ésta suma será de   OCHOCIENTOS CINCUENTA DÓLARES (US$ 850.00) , como indica la cláusula SEXTA . Este Depósito no se utilizará como pago del último mes del canon de arrendamiento y será devuelto en su  totalidad a EL ARRENDATAR ARRENDATARIO IO al terminar el Contrato de Arrendamiento, siempre y cuando no exista exista reclamo por parte parte de EL ARRENDADOR, de cánones adeudados o daños causados por EL ARRENDATARI ARRENDATARIO O al bien inmueble. Queda entendido qué en el caso de retiro anticipado del apartamento en el primer año por  parte de LA ARRENDATARÍA, esta, perderá el depósito en garantía. La devolución del mencionado depósito estará sujeta a las siguientes disposiciones: 1. Terminac Terminación ión del pres presente ente contrato contrato 2. Prese Presenta ntarr notif notifica icació ción n escri escrita ta forma formall de la inten intenció ción n de de desa saloj lojar ar al menos menos sesenta (60) días previos a la fecha de desalojo. 3. No haya haya daños evidentes evidentes a la propiedad propiedad más allá del desgaste normal. 4. No ha haya ya sald saldos os pe pend ndie ient ntes es por por carg cargo o de alqu alquil iler er,, serv servic icio ios s de en ener ergí gía a eléctrica, servicios de telefonía, servicios de televisión, servicios de internet, servicios de agua y tasa de aseo. 5. Las llaves llaves de las las puertas puertas principales principales y de los cuartos hayan hayan sido sido devueltas. devueltas. 6. Toda Toda la basura basura y los desechos desechos han han sido elimin eliminado ados s de la propieda propiedad d y de la comunidad a costo del arrendatario. El arrendador reembolsará en su totalidad al arrendatario, dentro de los treinta (30) días subsiguientes a la fecha de rescisión del contrato, depósito de garantía y o todo alquiler  pagado pag ado por adelant adelantado ado y no gastado gastado,, correspon correspondie diente nte al período período posterior posterior a la fecha fecha efectiva de fin de ocupación y entrega del inmueble.   7: Clausula Diplomática; Declara ser funcionario de un organismo internacional y su asistencia de trabajo fuera requerida de traslado por emergencia o proyectos, o por  motivo que exige ser reubicada su posición laboral exclusivamente se podrá dar un preaviso 30 días para por terminado el presente contrato sin penalización.

DÉCIMA TERCERA. FALTA DE PAGO: La falta de pago por parte de EL ARRENDATARIO de una (1) mensuali mensualidad dad dará derecho derecho al ARRENDADOR  a dar por rescindido el presente contrato.

DÉCIMA CUARTA: Las partes convienen que, 1. EL ARRENDATARIO recibe el apartamento con los Accesorios descritos en el inventario (ANEXO No. 1) y que forma parte integral de este contrato. 2. EL AR ARREN RENDAT DATARI ARIO O  reci recibe be el apar aparta tame ment nto o en bue uena nas s co cond ndic icio ione nes s habitacionales,   y se comp compro rome mete te a mant manten ener erlo lo en igua iguale les s cond condic icio ione nes s y devol devolver verlo lo en el mis mismo mo estad estado o en que que lo recibi recibió, ó, salvo salvo el de desg sgast aste e no norma rmall proveniente del uso. 3. EL ARRE ARRENDATA NDATARIO RIO  paga pagará rá las repara reparacio cione nes s de los daños daños al INMUEBLE, mueble mue bles s y elect electrod rodom omést éstico icos s que que ocasio ocasione ne él o algu alguna na pe perso rsona na qu que e tenga tenga acceso al INMUEBLE  mientras esté vigente el presente contrato. 4. EL ARRENDATARIO  se compromete a conservar en óptimas condiciones el ornato y el aseo del INMUEBLE. 5. EL ARRENDADOR garantiza a EL ARRENDATARIO el uso y disfrute pacífico de LA OFICINA por el tiempo que dure este Contrato. 6. EL AR ARRE REND NDAT ATAR ARIO IO deberá cumplir con todas las disposiciones establecidas en el Reglamento de Copropiedad del PH ALBROOK PARK. 7. EL AR ARRE REND NDAT ATAR ARIO IO se compromete a darle servicio a las tres unidades de aire acondicionado cada 6 meses (2 veces al año). Este servicio de mantenimiento debe hacerlo con una compañía reconocida o la que indique EL ARRENDADOR. 8. EL IIN NMUEBLE es entregado con dos (2) puesto de estacionamiento estacionamiento identificado identificado con el No.302 de la Torre 3 del PH ALBROOK PARK.

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DÉCIMA DÉCI MA QUIN QUINTA. TA. CUENTA CUENTAS S DE SERVI SERVICIOS: CIOS: EL ARRE ARRENDAT NDATARIO ARIO se compromete a paga pagarr la cu cuen enta ta luz eléctr eléctrica ica y cuand cuando o se fin finali alice ce es este te co cont ntrat rato o a de deja jarr de debid bidam amen ente te canc cancel elad ados os la tota totali lida dad d de las las cuen cuenta tas s de lo los s serv servic icio ios s de en ener ergí gía a eléc eléctr tric ica. a. EL  ARRENDADOR  ARRENDAD OR será respónsale respónsale de pagar la cuenta de agua, gas, internet y la cuota mantenimiento del apartamento

DÉCIMA DÉC IMA SEX SEXTA TA..

MEJ MEJOR ORAS: AS: 

EL ARR ARRENDAT ENDATARIO ARIO  no po podrá drá ef efect ectua uarr mejora mejoras, s, in inst sta ala laci cio one nes s o altera teraci cio ones si sin n el consen sentim imiiento pre rev vio y por escr crit ito o de EL ARRENDADOR . De habe haberr una una aprob aprobaci ación ón,, dicha dichas s mejor mejoras as qu qued edan an a favor favor de dell bien bien inmueble, sin que EL ARRENDADOR tenga que pagar suma alguna por este concepto, ni contraer responsabilidad alguna frente a terceros por tal motivo. EL ARRENDATARIO podrá retirar cualqui retirar cualquiera era de las mejoras mejoras e instalac instalacion iones es que haya introdu introducido cido,, siempre siempre que las mismas sean removibles. Cualquier mejora de carácter permanente quedará para beneficio de EL ARRENDADOR. EL ARRENDADOR, podrá exigir que se devuelva el apartamento arrendado en las condiciones en que se encontraba al momento de firmarse el presente contra con trato to,, salvo salvo el desga desgaste ste norma normall causa causado do por por el uso y el transc transcurs urso o de dell tie tiempo mpo.. Es prohibido cambiar las cerraduras o añadir cualquier bisagras o candados a cualquier puerta.

DÉCIMA DÉCI MA SÉ SÉPT PTIM IMA. A. RE RESO SOLU LUCI CIÓN ÓN UN UNIL ILAT ATER ERAL AL DE DEL L CO CONT NTRA RATO TO: Si Si EL ARRENDATARIO decide unilateralmente rescindir antes de su término el presente contrato o cua cualqu lquier iera a de su sus s prórro prórroga gas, s, debe deberá rá dar dar avi aviso so previo previo con po porr lo menos menos 30 días a El ARRENDADOR   quien  será compensado con un mes de arrendamiento por terminación anticipada, es decir perderá el Depósito en Garantía.

DECIMA DECI MA OCTA OCTAVA. VA. INVENTAR INVENTARIO IO: Se entre entrega ga el ap apart artame amento nto con lín línea ea blanc blanca a y los muebles descriptos en el siguiente anexo.

VER ANEXO No. 1 DÉCIMA NOVENA: El hecho de que una de las partes permita una o varias veces que la otra incumpla sus obligaciones o las cumpla imperfectamente o en forma distinta a la pactada o no insista en el cumpl cum plimi imien ento to exact exacto o de tal tales es oblig obligaci acion ones es o no ejerza ejerzan n op oport ortun uname amente nte lo los s de derec recho hos s contractuales o legales que le correspondan, no se reputarán ni equivaldrá a modificación del presente Contrato, ni optará en ningún caso para que dicha parte, en el futuro insista en el cumplimiento fiel y específico de las obligaciones que corren a cargo de la otra o ejerza los derechos convencionales o legales de que sea titular.

VIGÉSIMA: El presente Contrato se regirá por y será interpretado de conformidad con las leyes de la República de Panamá. Cualquier controversia o conflicto que surja con relación a este Contrato, será sometida a los tribunales de justicia de la República de Panamá. VIGÉSIMA PRIMERA: Las partes entienden y aceptan el contenido de las cláusulas de este Contrato.. Este Contrato Contrato Contrato contiene contiene la totalida totalidad d de los acuerdos acuerdos entre las partes, partes, y ningún ningún acuerdo verbal o escrito anterior o posterior podrá modificar el texto del mismo, salvo por  acuerdo escrito y firmado por ambas partes con las mismas formalidades de este Contrato. Manifiesta Manifies ta EL ARRENDADOR que podrá contratar los servicios de una persona natural o  jurídica para manejar la administración administración de dicho inmueble a lo cual EL ARRENDADOR remitirá remit irá la debida debida notificaci notificación ón a EL ARRENDATARIO a efectos de que se sirva manejar  todos los asuntos relacionados con dicha persona natural o jurídica contratada.

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VIGÉSIMA SEGUNDA: Para los efecto Para efectos s de este este Contra Contrato, to, las notif notifica icacio cione nes s qu que e la las s pa parte rtes s de deba ban n da darse rse se efectuarán a las siguientes direcciones:

POR EL ARRENDADOR: Cel-66724739 Email [email protected]

POR E ARRENDATAR ARRENDATARIO: IO: CEL 6899-0537 - 6899-0537 Email [email protected] La notificación se entenderá por entregada dos (2) días hábiles luego del envío del e-mail. Las notificaciones no se interpretarán como modificaciones a este Contrato. Dando fe de lo anterior, para su efecto se firma el presente CO CONTR NTRATO ATO DE   en dos dos (2) (2) ejemp ejemplar lares es del del mismo mismo tenor, tenor, en la ciuda ciudad d de Panamá, Panamá, ARRENDAMIENTO República de Panamá a los 29 días del mes de octubre de veintidós (2022).

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EL ARRENDADOR  ABDIEL PEREZ CÉDULA

EL ARRENDATA ARRENDATARIO RIO CYRUS BERING GUNTER PASAPORTE C96JHZ1RG

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