Contrato de Compraventa de Mamonaquihua - Guillermo Chanjan

October 13, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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SEÑOR NOTARIO: Sírvase Ud. extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de Compra Venta de Propiedad Inmueble, que celebran de una parte Don: ASUNCION LUNA SATALAYA, peruano, soltero, de ocupación: comer comerciant identifica ident ificado do Banda con DNI 01133154, 011331a54, conen domicilio Sinchiciante; Rocae; N° 359 – La de N° Shilcayo, quien adelanteen se Jr. le denominará EL VENDEDOR ; y de la otra parte Don: LUIS GUIL GU ILLE LERM RMO O CHAN CHANJA JAN N GHIO GHIO, identificado con DNI N° 07258755; con domicilio real sito en: Jr. Cahuide N° 474 – Tarapoto –  San Martin; peruano, de ocupación: abogado, estado civil: divorciado, a quie qu ienn en adel adelan antte se le deno denomi mina nará rá EL COMPRA COMPRADOR  DOR ; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO. - ANTECEDENTES: LA VENDEDORA

 e  ess propietario

del

inmueble

ubicado en el Lote 2 de la Mz. 17 del Centro Poblado: MAMONAQUIHUA, del Distrito de CUÑUMBUQUI, de la Provincia de LAMAS, del Departamento de San Martin; con un área total de 174.00 m2 y cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes: -

Frente : 10.30ml. con Jr. Remigio Cordova. Dere Derech chaa : 17.2 17.20m 0mll con con Jr Jr.. Davi Davi Sa Sanc nche hez. z. Iz Izqu quie ierd rdaa : 17.4 17.45m 5mll con con Lot Lotee 3. 3. Fondo : 9.80ml. con Lote 1

El predio urbano se encuentra inscrito con Código de Predio N° P45031009 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lamas. EL VENDEDOR  declara   declara que dicho predio lo adquirió de sus sus ante anteri rior ores es pr prop opie ieta tari rios os Don: Don: MARI MARINO NO SATALAYA SATALAYA SINARAHUA  y Doña: oña: ELIZABETH REINA TUANAMA, mediante contrato privado de fecha 30 de Diciembre del 2018; suscrito ante la autoridad competente del Juez de Paz de Única  Nominación del Centro Poblado Poblado de Mamonaquihua. SEGUNDO. - TRANSFERENCIA:

Porr el méri Po mérito to de es este te cont contra rato to EL VENDEDOR  da   da en venta real y en enaj ajen enac ació ión per petu tuaa aanterior; fa favo vorr de , elventa, inmueble EL COMPRADOR  descrito ennlaperpe cláusula comprendiéndose en dicha todo

 

lo inherente y accesorio a la propiedad que es materia de compra-venta, como son los servicios, e instalaciones de agua, luz, desagüe, y otras; la fábrica, aire, entradas, salidas, usos y costumbres, servidumbres, y todo cuanto de hecho o por derecho le corresponda a dicho inmueble, sin reserva ni ni lliimitación alguna. TERCERO. - PRECIO:

El precio total de venta por el inmueble antes descrito y pactado de comú co múnn acue acuerd rdoo es de S/. S/. 5,00 5,000. 0.00 00 (Cin (Cinco co Mil Mil So Sole les) s) que que se será ránn cancelados de la siguiente manera: - Por Por conce concept ptoo de inici inicial al de la la venta venta,, la suma suma de S/. S/. 1,000 1,000.0 .000 (Un Mil Soles); dicho pago se efectuará el día 15 de junio del 2021. - El sald saldoo de los los S/. 4,00 4,000. 0.00 00;; será será canc cancel elad adoo una una vez que el título de propiedad se encuentre a nombre de EL COMPRADOR ante los Registros Públicos correspondientes.  declara que el bien inmueble que se vende, EL VENDEDOR  declara se encuentra ocupada por tercera persona; comprometiéndose EL VENDEDOR  a  a gestionar todo proceso administrativo y/o  judicial con el fin de recuperar la posesión de la misma; cediendo El Vendedor al Comprador la posesión del predio  por haberlo enajenado a favor de este último. CUARTO: EQUIVALENCIA DEL PRECIO Y BIEN :

Ambas partes declaran que la venta se realiza AD CORPUS y que existe la más justa y perfecta equivalencia entre el precio pactado y el valor real del inmueble, materia de venta, y que si alguna diferencia hubiere de más o de menos que al momento no se advierte se hacen de ella mutua gracia y recíproca donación, renunciando desde ahora en forma expresa a toda acción o excepción que por error, dolo, u otra causa cualquiera tienda a invalidar este contrato, así como a los plazos  para interponerlas. QUINTO. - SANEAMIENTO DE LEY: EL VENDEDOR  declara   declara que sobre el inmueble que enajena no pesa carga, embargo, medida judicial o extrajudicial, ni gravamen alguno que en cualquier forma afecte o limite el derecho de su libre uso y disposición. En todo caso EL VENDEDOR , se obliga al saneamiento de ley en caso de evicción.

 

SEXTO. - CARGAS DEL INMUEBLE:

El vendedor asume en forma exclusiva cualquier adeudo que estuviere  pendiente de pago respecto a tributos fiscales y/o municipal municipales, es, arbitrios, gabelas, gabela s, consumo de agua y energía energía eléctrica, eléctrica, especialm especialmente ente en lo que se refiere al Impuesto al Valor del Patrimonio Predial, con anterioridad a la fecha de suscripción de la presente minuta. Todos estos conceptos, quee se gene qu generren con con fe fech chaa pos poster terior ior a la suscr uscrip ipci ción ón de dich dichoo documento, serán de encargo exclusivo de LA COMPRADORA SÉPTIMO. - COMPETENCIA: COMPETENCIA:

Los cont Los contra rata tant ntes es se some somete tenn expre expresa same ment ntee a la comp compet eten enci ciaa y la  jurisdicción de los Jueces y Tribunales de la Ciudad de Tarapoto, para el caso improbable de un litigio derivado de cualquier efecto producido como co mo cons consec ecue uenc ncia ia de la cel celebra ebraci ción ón del del pr pres esen ente te cont contrrato, ato, renunciando de este modo a otro posible fuero que en el futuro pudiera invocarse. OCTAVO. - GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES: Todos los gastos que en su oportunidad irrogue la elevación a Escritura Pública Públi ca de la respecti respectiva va minuta minuta de compra-ven compra-venta, ta, tales como derechos nota no tari rial ales es y re regi gist stra rale les, s, se será ránn asum asumid idos os excl exclus usiv ivam amen ente te por por EL COMPRADOR  

Sírvase Ud. Señor Notario, agregar lo que fuera de ley, y enviar los  partes correspondientes al Registro de la Propiedad Inmueble para su correspondiente in inscripción. . Tarapoto; 02 de junio del 2021

 

EL VENDEDOR

EL COMPRADOR  

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