Contrato de Arrendamiento Del Estado de Mexico

January 8, 2018 | Author: eyedpato | Category: Renting, Payments, Eviction, Cheque, Property
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL ESTADO DE MEXICO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON EFECTOS A PARTIR DEL ____________________________________ AÑO 201___ QUE CELEBRAN POR UNA PRIMERA PARTE POR SU PROPIO DERECHO EL SEÑOR (A) _______________________________________________________ R.F.C. _______________ (EN LO SUCESIVO EL "ARRENDADOR") Y POR UNA SEGUNDA PARTE, POR SU PROPIO DERECHO, EL SEÑOR (A) __________________________________ R.F.C. ________________ (EN LO SUCESIVO EL “ARRENDATARIO”), SUJETANDOSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: DECLARACIONES I.- Declara el “ARRENDADOR” a).- Ser Propietario del inmueble número exterior ________ número interior ________ de la calle ___________________________________________________ Colonia _____________________________ Código Postal ____________ Municipio __________________ Cta. Predial ____________________ Cta. Agua __________________ ESTADO DE MEXICO, (en lo sucesivo el inmueble). b).- Que el inmueble reúne condiciones de higiene y salubridad acordes con lo señalado en Leyes aplicables. c).- Que desea arrendar al "ARRENDATARIO" el inmueble, en los términos y condiciones que se pactarán en el clausulado del presente contrato.

II.- Declara el “ARRENDATARIO” a) Que cuenta con la capacidad necesaria para tomar en arrendamiento el Inmueble para establecer en éste su casa - habitación. b) Que está conforme con el inmueble, así como el estado de su conservación y las condiciones de higiene y salubridad que guarda el mismo, y que está dispuesto a celebrar el presente Contrato en los términos y condiciones que se pactarán en el clausulado del mismo. En virtud de lo declarado anteriormente por las partes, éstas de común acuerdo pactan las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- RENTA. 1.1 EL “ARRENDATARIO” se obliga a pagar al “ARRENDADOR” por concepto de renta del inmueble la cantidad de $ ____________________( ______________________________________ PESOS 00/100 M.N.) mensuales por mensualidades adelantadas, pagaderas a mas tardar dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al inicio del mes correspondiente, en el domicilio del “ARRENDADOR”, señalado en la clausula Decima Segunda del presente contrato, ó por medio de un depósito bancario, girado a nombre del “ARRENDADOR” en la cuenta No. __________________________ En el Banco _____________________________. La mora en el pago oportuno de la renta por el inmueble causara intereses moratorios a razón del _________% ( _________________) mensual sobre saldos insolutos, intereses moratorios los cuales se causaran a partir del día hábil siguiente al cumplimiento del plazo de 5 (CINCO) días hábiles señalado anteriormente. Independientemente el “ARRENDATARIO” se obliga a pagar la cuota de mantenimiento del condominio horizontal, que asciende a la cantidad de $

_____________________________ ( ___________________________________ PESOS 00/100 M.N.) y que deberá pagar directamente a la Administración en turno del condominio, los cinco primeros días hábiles de cada mes. 1.2 El pago de la renta del inmueble podrá efectuarse por el "ARRENDATARIO" en efectivo o mediante cheque girado a la orden del "ARRENDADOR". En caso de que el pago de la renta se efectúe mediante cheque, el "AR.RENDATARIO" en su carácter de girador del mismo será responsable de la indemnización. a que se refiere el Artículo 193 de la, Ley General de Titulas y Operaciones de Crédito en caso de que el cheque respectivo sea devuelto. 1.3 EL "ARRENDATARIO" no podrá retener la renta por ningún concepto. 1.4 EL "ARRENDATARIO" está obligado a pagar las mensualidades de renta completas, aún cuando ocupe el inmueble durante un lapso menor. 1.5 EL "ARRENDATARIO" podrá comprobar el pago de la renta con las fichas de depósito expedidas y selladas por la Institución Bancaria correspondiente. Dichas fichas serán canjeables por un recibo de renta expedido por el "ARRENDADOR" la obtención por el "ARRENDATARIO" de recibos de renta correspondientes a mensualidades posteriores, no eximirá al "ARRENDATARIO" de la obligación de pagar la renta por el inmueble por cualquier mensualidad previa adeudada que le esté reclamando el "ARRENDADOR". 1.6 EL "ARRENDATARIO" está de acuerdo en que para el caso de desahucio se embarguen bienes de su propiedad, que se encuentren localizados en el inmueble, con el objeto de garantizar cualquier adeudo de renta, intereses moratorias, insolutos o cualquier otra cantidad adeudada por cualquier concepto de conformidad con lo señalado en el presente contrato. SEGUNDA.- DESTINO 2.1 EL "ARRENDADOR" y el "ARRENDATARIO" están de acuerdo en que el inmueble sólo podrá destinarse a casa - habitación del "ARRENDATARIO", su cónyuge y los hijos del "ARRENDATARIO" y en su caso el personal de servicio· domestico contratado' polo el "ARRENDATARIO", excepto para el caso en que el "ARRENDADOR" autorice por escrito al "ARRENDATARIO" a hacer un uso distinto del inmueble. TERCERA.- PLAZO DEL ARRENDAMIENTO; PRORROGA DEL PLAZO. 3.1 El "ARRENDADOR" Y el "ARRENDATARIO" están de acuerdo en que el presente contrato tenga una vigencia forzosa para ambas partes de "DOCE MESES" contados a partir de su fecha.

3.2 El "ARRENDADOR" Y el "ARRENDATARIO" convienen en que el plazo del arrendamiento a que se refiere el párrafo 3.1 precedente, podrá prorrogarse por periodos adicionales de 12 (DOCE) meses cada uno mediante el consentimiento por escrito de las partes. Como este contrato es voluntario, en caso de darse por terminado el ARRENDAMIENTO, se notificará por escrito ya sea por parte del "ARRENDADOR" o por parte del "ARRENDATARIO" con 60 DIAS de anticipación, para que el "ARRENDADOR" tenga la oportunidad de buscar un nuevo inquilino, o en el otro caso para que el "ARRENDATARIO" pueda buscar otra vivienda.

3.3 En caso de prórroga de este contrato de ARRENDAMIENTO se hará un incremento cada año según la inflación del país, ambas partes se pondrán

CUARTA.- DERECHO DEL TANTO. 4.1 El "ARRENDADOR" y el "ARRENDATARIO" están de acuerdo en que en igualdad de condiciones y en caso de que durante la vigencia del presente contrato el "ARRENDADOR" vaya a enajenar el inmueble, otorgue al "ARRENDATA"RIO" el derecho de adquirir el inmueble quedando sujeto todo lo anterior al procedimiento señalado en las disposiciones aplicables contenidas en el Código Civil para el Estado de México. QUINTA.- TRASPASO; DE SUBARRENDAMIENTO 5.1 EL ARRENDATARIO está de acuerdo en que los derechos derivados para éste, del presente contrato excepto por lo que se refiere a las disposiciones aplicables del Código Civil, no podrán cederse o transmitirse sin el consentimiento previo por escrito del “ARRENDADOR”, por lo tanto queda prohibido subarrendar el inmueble. SEXTA.- REFORMAS AL INMUEBLE. 6.1 .EI "ARRENDATARIO" no podrá variar el inmueble de ninguna manera, sin el consentimiento previo y por escrito del "ARRENDADOR", obligándose a devolverlo al "ARRENDADOR" en el estado en que lo haya recibido salvo por el uso y desgaste natural del mismo, en los términos de las disposiciones aplicables del Código Civil, en caso de incumplimiento de lo anterior, el "ARRENDATARIO" pagará al "ARRENDADOR" como pena convencional en lugar de daños y perjuicios, el monto que se requiera, para devolver las cosas al estado que guardaban más otro tanto. SEPTIMA.- SUSTANCIAS PELIGROSAS. 7.1 EL "ARRENDATARIO" entiende y se obliga a no tener sustancias peligrosas corrosivas o inflamables en el inmueble, en caso contrario el "ARRENDATARIO" será responsable ante el "ARRENDADOR" de los daños; y perjuicios que cause con motivo de su incumplimiento, cualquier falta de observancia de lo anterior, se considerara como causa grave de incumplimiento del presente contrato, la cual dará al “ARRENDADOR” el derecho de rescindirlo de inmediato. OCTAVA.- SERVICIOS 8.1 EL “ARRENDATARIO” se obliga a pagar puntualmente y por cantidad suficiente los derechos por servicios de agua, electricidad, teléfono, gas y otros que contrate por su cuenta. NOVENA.- DAÑOS A BIENES DEL ARRENDATARIO 9.1 EL “ARRENDATARIO” entiende que el “ARRENDADOR” no será responsable de los daños que sufran las propiedades del “ARRENDATARIO” localizadas en el inmueble, enunciativa y no limitativamente, muebles, aparatos eléctricos y automóvil. DECIMA.- PAGARE

10.1 Para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de pago derivadas del presente contrato, el “ARRENDATARIO” suscribe y entrega en esta fecha al “ARRENDADOR” doce pagares (PAGARE) por la cantidad de $ ______________________________ ( ____________________________________________ PESOS 00/100 M.N.) cada uno de ellos. 10.2 EL "ARRENDADOR" está de acuerdo en que podrá demandar el pago de los pagarés en caso de que el "ARRENDATARIO" incumpla con cualesquiera de sus obligaciones de pago en los términos y condiciones pactados en el presente contrato. 10.3 EL "ARRENDADOR" se obliga a entregar al "ARRENDATARIO" el pagaré al término del plazo de vigencia inicial del presente contrato o al término de la vigencia de cualesquiera de sus prórrogas o bien, en caso de rescisión del presente contrato por el "ARRENDADOR" siempre y cuando el "ARRENDATARIO" se encuentre al corriente en el pago de cualesquiera cantidades a su cargo adeudadas en los términos del mismo. DECIMA PRIMERA.- FIADOR 11.1 Para seguridad y garantía de todo lo estipulado en el presente contrato, lo firman de mancomun y solidariamente con el ARRENDATARIO el fiador SEÑOR (A) __________________________________ quien se constituye como aval de los pagares suscritos, con motivo de este contrato. DECIMA SEGUNDA.- RESCISION; TERMINACION 12.1 El "ARRENDADOR" podrá rescindir el presente contrato:

a)

b)

En caso de incumplimiento por el "ARRENDATARIO" de las obligaciones que asume bajo el presente contrato. "EL ARRENDATARIO" renuncia al procedimiento de desahucio y se obliga a entregar en forma pacifica el inmueble, y en caso de oposición se obliga a cubrir todos los gastos que se generen con motivo de la tramitación judicial necesaria para la desocupación del inmueble arrendado.

En caso de que el "ARRENDATARIO" se vuelva insolvente, sea declarado en concurso o busque amparo bajo cualesquiera Leyes que brinden protección contra acreedores.

El "ARRENDADOR"' en caso de rescisión del presente contrato de conformidad con lo señalado en el mismo, notificará al "ARRENDATARIO" a desocupar el inmueble a más tardar dentro de los 30 (TREINTA) días siguientes a la fecha en que reciba la notificación por escrito del "ARRENDADOR" , en caso contrario, el "ARRENDATARIO" pagará al "J\RRENDADOR" como pena convencional en lugar de daños y perjuicios, además de la renta del inmueble en vigor una cantidad mensual adicional equivalente al monto de di( "a renta, hasta en tanto no se desocupe el inmueble y lo devuelva al "ARRENDADOR" a satisfacción de ésta y previo recibo por escrito firmado por el "ARRE NDADOR" o su(s) representante (s) legal (es). DECIMA TERCERA.- GARANTIA ADICIONAL 13.1 EL “ARRENDATARIO” como garantía adicional de las obligaciones que asume bajo el presente contrato, entrega la cantidad (DEPOSITO) DE $ ____________________ (____________________________ PESOS 00/100 M.N) la cual le será devuelta por el “ARRENDADOR” al “ARRENDATARIO” dentro de los 30 (TREINTA) días naturales siguientes a la fecha de desocupación del inmueble, siempre que no deba nada por concepto de renta y haya cumplido con todas las obligaciones asumidas bajo el mismo.

DECIMA CUARTA.- INVENTARIO 14.1 Las instalaciones eléctricas, hidráulicas y de gas en el inmueble son parte del mismo, y por lo tanto propiedad del “ARRENDADOR”, cualquier agregado que no pueda ser retirado sin perjuicio del inmueble, quedara a beneficio del mismo, el inmueble actualmente consta de: _______________________________________________________________________________________ El “ARRENDATARIO” mediante su firma de este contrato acusa de recibos de juegos(s) de llave(s) completo de cada una de las puertas y obligándose a devolverlas al “ARRENDADOR” al desocupar el inmueble, el inmueble tiene completas todas las chapas, vidrios y herrajes. DECIMA QUINTA.- MISCELANEOS 15.1 Para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente contrato las partes se someten a los tribunales competentes del municipio de ___________________________, Estado de México, renunciando al fuero de cualesquiera otros que pudieren corresponderles por razón de sus domicilios, presentes o futuros, por cualquier otra causa. 15.2 Para todo lo no expresamente señalado en el presente contrato, el mismo se regirá por las leyes aplicables al arrendamiento del Estado de México. Una vez habiendo sido leído por las partes el presente contrato y estando enteradas de su alcance y fuerza legal, lo firman por duplicado en el municipio de ______________________________, Estado de México, con efectos a partir de la fecha señalada al inicio del mismo.

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____________________________

ARRENDADOR

ARRENDATARIO

_________________________ FIADOR

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