Contrato de Arrendamiento de Local de Negocio

November 10, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO En Ayacucho, 04 de Marzo del 2016. REUNIDOS De una parte, como ARRENDADOR, Doña. ISABEL ARCE VILA, mayor de edad, con DNI 08047976, y con domicilio actual en Asoc. Fermín Azparrent Mz U Lote 08. Jesús Nazareno, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho. De otra parte, como ARRENDATARIO, Don DARWIN TONY QUINO CONTRERAS, mayor de edad, con DNI 70658594, y con domicilio actual en Av. Peru 103, interior, Carmen Alto, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho. Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, teniendo según corresponde la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente contrato, lo que llevan a efecto en base a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA: TITULARIDAD.- Que Doña ISABEL ARCE VILA. Es dueña en pleno dominio del inmueble sito en Av. Independencia 101 y Jr. Quinua 347 de esta ciudad, con una superficie de 17 m2 construidos. SEGUNDA: OBJETO.- Don DARWIN TONY QUINO CONTRERAS, arrienda el inmueble descrito en la cláusula primera de este contrato a Doña ISABEL ARCE VILA para local de negocio destinado a FOTOSTATICA Y MULTISERVICIOS. El destino del local no podrá ser alterado sin consentimiento escrito del arrendador, dando lugar a la resolución del contrato en caso de incumplimiento. TERCERA: ESTADO DE USO.- El arrendatario declara recibir el local en el estado de uso y conservación y se compromete a devolverlo en el mismo estado a la finalización de contrato. CUARTA: DURACIÓN.- La duración del arrendamiento será de 6 meses. QUINTA: RENTA Y REVISIONES.- La renta es de S/ 1300 (mil trescientos nuevos soles) por solo el primer mes, y S/ 1400 (mil cuatrocientos nuevos soles) por 4 meses, y el último mes lo cubrirá el monto de la fianza. (S/1300. Mil trescientos nuevos soles). El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo de pago. ** El pago se realizara por adelantado, cada mes Pagándose cada 7 de cada mes. En fecha exacta. SEXTA: FIANZA.- A la firma de este contrato el arrendatario hace entrega al arrendador en concepto de fianza la cantidad de S/. 1300 (mil trescientos nuevos soles), cantidad que

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se abona de inmediato. La fianza que será el monto de pago para el último mes del contrato. . SEPTIMA: SUBARRIENDO Y CESION.- Se prohíbe al arrendatario el subarriendo o cesión del presente contrato. OCTAVA: OBRAS.- El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento escrito del arrendador obras que modifiquen la configuración del local, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad del mismo. NOVENA: GASTOS.- Los gastos de refacción que estén perjudicando al arrendatario serán de cuenta de la parte arrendadora. Los gastos por servicios con que cuente el local arrendado que se individualicen mediante aparatos contadores (agua, luz, gas, teléfono etc.) serán de cuenta del arrendatario. DECIMA: DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES.- Arrendadora y arrendatario fijan como domicilio el que figura respectivamente en el encabezamiento del contrato, todo ello a los efectos de recibir cualquier notificación derivada del de derechos y obligaciones derivados de este contrato. En prueba de aceptación y conformidad de cuanto antecede, y para que así conste, las partes firman el presente contrato por duplicado ejemplar en el lugar y fecha reseñados en el encabezamiento.

“EL ARRENDADOR”

“EL A R R E N D A T A R I O”

____________________________ ISABEL ARCE VILA DNI: 08047976

______________________________________ DARWIN TONY QUINO CONTRERAS DNI: 70658594

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