Contrato de Arrendamiento de Camioneta Camion Hd65

September 9, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CONTRATO DE ALQUILER DE VEHICULO Conste por el presente documento el CONTRATO DE ALQUILER DE VEHICULO que celebran de una parte la empresa QUILCATA S.R.L.  con RUC N° 20549974938, representada por por su Gerente General DON RO ROGER GER VALENTIN ANTEZANA RAMOS, identificado con D.N.I. Nº 06922246, con domicilio fiscal en Jr. Huascaran Nro. 458 P.J. La Libertad, Distrito de Comas Provincia y Departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará EL ARRENDADOR y de otra parte la empresa INSEDIR DEL SUR S.A.C. con RUC N° 20539331656 con domicilio legal en la Calle Octavio Muñoz Najar N° 128 Oficina N° 318 del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, representada por su Gerente General DON DENIS FLORES, del identificado conPersonas DNI 41285651, poderes inscritos en laCESAR Partida ARGÜELLES Registral N° 11211443 Registro de Jurídicascon de Arequipa, a quien en adelante se le denominará EL ARRENDATARIO, en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA  –  DEFINICIONES   DEFINICIONES Para efectos del presente presente acuerdo formal, se usarán los términos que a continuación se indican: -

CONTRATO

: Es el presente documento de Alquiler de Vehículo.

-

DIA

: Son los días calendario, efectivamente trabajados.

-

PARTE

: Indistintamente, ARRENDADOR O ARRENDATARIO.

- VEHICULO

:ARRENDATARIO. Es el Vehículo que el ARRENDADOR alquilará al

- FABRICANTE : Es la empresa dueña de la marca del vehículo materia del presente contrato, quien establece a través de su Manual del Fabricante las acciones correctivas y preventivas de dicho equipo.

SEGUNDA  –  ANTECEDENTES   ANTECEDENTES EL ARRENDADOR es una persona jurídica, que tiene como objeto Alquilar vehículos, así como otras actividades conexas; en tanto que EL ARRENDATARIO es una Empresa dedicada a la prestación de servicios múltiples. Que, viene prestando servicios en la Compañía Minera Ares S.A.C. 

TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO Por el presente documento EL ARRENDADOR conviene en alquilar a EL ARRENDATARIO el VEHICULO cuyas características se detallan a continuación, para actividades propias de su tipo. Clase : N2-CAMION Marca : HYUNDAI Modelo : HD65 EURO III Año Fab. : 2012 Nº Placa : C0L-768 Nº Motor : D4DDC510063 Nº Serie : KMFGA17PPCC203472 Forma parte del vehículo descrito anteriormente, los bienes que aparecen en el anexo adjunto al presente.

CUARTA.- CESION DE CONTRATO EL ARRENDATARIO no podrá ceder, asignar, ni transferir a ningún título o parte alguna de este CONTRATO, sin la autorización expresa y escrita de EL ARRENDADOR.

 

  Por medio de la presente, las partes manifiestan que el vehículo será usado dentro del campamento de la Minera Ares S.A.C. –  U.O.  U.O. Arcata QUINTA.- TARIFA 5.1 La tarifa acordada por el alquiler del VEHICULO es de S/. 120.00 Nuevos Soles, por cada día de trabajo efectivo y se establece bajo la modalidad de “máquina seca -no operada”, es decir que los costos de combustible y operador, serán asumidos por el ARRENDATARIO. 5.2 tarifa está en por Nuevos Soles y no incluye a las Ventas, los mismos que La serán asumidos el ARRENDATARIO que Impuesto a la fecha General es del 18%. 5.3 La tarifa de alquiler del VEHICULO cubre:  

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Los implementos de seguridad de los vehículos necesarios para operar. La Supervisión Técnica del CONTRATADO en obra.

   

Los gastos de administración y utilidades del CONTRATADO. C ONTRATADO. SOAT vigente.

     

Mantenimiento preventivo y soporte técnico de los vehículos. Filtros y lubricantes. Seguros contra todo riesgo del vehículo.

5.4 La tarifa por el vehículo alquilado, se mantendrá inalterable durante el periodo de vigencia de éste Contrato. 5.5 Están incluidas en la tarifa del vehículo, los costos de mantenimientos mayores de los componentes cerrados (motor, caja y coronas) conforme a los manuales del respectivo fabricante.

SEXTA. –  PLAZO  PLAZO El plazo del presente CONTRATO es de Cuatro (04) Meses, que se considerarán desde el día 21 de Setiembre del 2013. EL ARRENDATARIO podrá ampliar o reducir el plazo de alquiler del VEHICULO, comunicándole la decisión a EL CONTRATADO mediante mediante Carta Simple con (02) (02) dos días de anticipación. La reducción del plazo no implica el reconocimiento de ningún tipo de compensación por parte del ARRENDATARIO hacia EL ARRENDADOR.

SEPTIMA. –  FORMA  FORMA DE PAGO 7.1 Las Valorizaciones serán mensuales. 7.2 Los Los Partes Diarios deberán hacerse después de cada jornada, jornada, que serán de cargo del arrendatario. 7.3 EL arrendador deberá emitir las Facturas del primero al décimo día del siguiente mes laborado, las mismas que deberán ser presentadas al arrendatario para el pago correspondiente. 7.4 Las facturas deben ser entregadas por el arrendador al administrador del arrendatario en la ciudad de Arequipa. 7.5 Los pagos de las Facturas se realizarán mediante depósitos bancarios en la cuenta que EL ARRENDADOR, previa comunicación señale. Asimismo, las Facturas serán pagadas aproximadamente 15 días después de su presentación. Debiendo comunicar el número de cuenta corriente para realizar la cancelación por el servicio de alquiler.

 

  OCTAVA.  –  SANCIONES   SANCIONES 8.1 EL arrendador está obligado a cumplir las condiciones establecidas en el presente CONTRATO. 8.2 En caso que el VEHICULO no esté operativo por razones mecánicas, EL ARRENDATARIO comunicará este hecho a EL ARRENDADOR, debiendo éste último tomar las medidas para ponerlo en operación dentro de las siguientes 48 horas. 8.3 Si resolver transcurrido éste plazo,por el incumplimiento. VEHICULO permaneciera inoperativo, EL ARRENDATARIO podrá el CONTRATO

NOVENA. –  RESPONSABILIDADES  RESPONSABILIDADES Y OTRAS OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. 9.1 Mantener línea de comunicación telefónica activa diariamente para coordinaciones con EL ARRENDATARIO. 9.2 Nombrar un representante con quien canal canalizar izar las las comunicaciones comunicaciones con EL ARRENDATARIO,, el mismo que se encargará del seguimiento y control del VEHICULO y ARRENDATARIO participará en la elaboración de las Valorizaciones mensuales. 9.4 EL ARRENDADOR no podrá retirar el vehículo del lugar de la Obra sin previo aviso y aprobación del ARRENDATARIO durante el periodo del CONTRATO. En caso de incumplimiento, EL ARRENDATARIO descontará de los pagos pendientes, el valor de los daños y perjuicios debidamente justificados que este hecho genere. 9.5 En caso que el ARRENDADOR quiera reemplazar el VEHICULO por otra unidad; esta debe ser similar en cuanto a modelo, potencia, capacidad, año y ubicación; de lo contrario EL ARRENDATARIO quedará en libertad de reemplazarlo por el que corresponda. 9.6 EL ARRENDADOR, con 03 tres días de anticipación deberá comunicar al ARRENDATARIO, la inspección que hará al vehículo de su propiedad. Todo esto para poder realizar las coordinaciones en la Compañía Minera Ares S.A.C.

DECIMA. –  OBLIGACIONES  OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO. 10.1 Nombrar a un representante para el control control y seguimiento del vehículo contratado. 10.2 Pagar al ARRENDADOR dentro de los plazos establecidos en la cláusula Séptima del presente CONTRATO. 10.3 Comunicar de forma inmediata a EL ARRENDADOR la ocurrencia de incidentes o de accidentes del trabajo. 10.4 Devolver el VEHICULO a EL CONTRATADO en las condiciones en que fue recibido, considerando el desgaste normal por el uso de éste tipo de equipos.

DECIMA SEGUNDA. –  GARANTÍA  GARANTÍA DEL CONTRATO El ARRENDADOR garantiza que: 

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Es plenamente competente y posee la capacidad, conocimiento y experiencia necesaria para el alquiler del VEHICULO de conformidad con los altos estándares existente en la industria para tales actividades y qu quee lo alquilará de acuerdo con lo referidos estándares.   Alquilará el VEHICULO de conformidad con los términos de este CONTRATO.   Cuenta con la calificación, licencias, capacitación y organización financiera adecuados para alquilar el VEHICULO materia del presente Contrato.

 

  DECIMA TERCERA.- SEGUROS 13.1 EL ARRENDADOR está obligado a contratar a su costo y mantener vigentes bajo su responsabilidad las pólizas de seguros que se le indiquen. 13.2 LAS PARTES son responsables por el cumplimiento de todas todas las condiciones condiciones y plazos previstos en dichas pólizas, incluyendo el correspondiente aviso al asegurador en caso de siniestro. EL ARRENDATARIO será el responsable de facilitar todos los documentos solicitados por el asegurador. 13.3 EL ARRENDADOR es responsable de tener vigente durante todo el tiempo que dure el Contrato las Pólizas de Seguros exigidas.

DECIMA CUARTA.- REEMPLAZO EL ARRENDATARIO se reserva al derecho de exigir al ARRENDADOR el reemplazo del VEHICULO si no cumple con el rendimiento esperado. También podrá exigir su remoción, sustituyéndolo por vehículo de otra empresa, sin que esto genere reclamo alguno por parte del ARRENDADOR.

DECIMA QUINTA.- JURIDICCION Cualquier controversia surgida como consecuencia de éste CONTRATO será resuelta mediante negociación directa entre las PARTES. De no llegar a un acuerdo tanto EL ARRENDADOR COMO EL ARRENDATARIO, se someterán a la legislación vigente y de forma expresa a la jurisdicción y competencia los Jueces yyaTribunales delpor Distrito  Judicial de Arequipa, debiendo cursar cualquier de comunicación, sea simple, carta notarial, notificación judicial, etc. en los domicilios especialmente indicados para su validez  y que operan de pleno derecho, renunciando expresamente a cualquier otro domicilio. Sin embargo, siempre bajo las normas predominantes prescritas en el párrafo anterior, las partes podrán variar sus domicilios, comunicándolo a los intervinientes mediante carta notarial dirigida con 10 días de anticipación para que surta efectos jurídicos. En señal de conformidad, las partes suscriben este documento, en Arequipa, a los 17 días del mes de Setiembre del dos mil trece.

EL ARRENDADOR

EL ARRENDATARIO  

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