Contestacion de Aumento de Pension de Alimentos-1

May 8, 2018 | Author: Maria Mendoza | Category: Lawsuit, Pension, Society, Social Institutions, Ethical Principles
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EXP. N°: 2006- 2013 ESP. LEGAL: Fabián Antonio Gómez Calderón ESCRITO N°: 01 CONTESTO DEMANDA  SEÑORA JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO LETRADO DE TRUJILLO: GUILLERMO

DONAL

identificado con D.N.I. N °

SANDOVAL …….. con

CABALLERO,

domicilio real en

la Av. Túpac Amaru N° 1700, Urbanización Alto  Mochica y con domicilio procesal en la Av. España N°  2124, tercer piso, edificio El Retablo, de esta ciudad, local del Consultorio Jurídico Gratuito de la UNT, en el proceso seguido en mi contra por PATRICIA JOSEFINA

 SORIANO ROJAS , sobre  AUMENTO DE PENSION DE  ALIMENTOS , a Ud. con el debido respeto respeto digo:

I.

PETITORIO: Dentro del plazo de Ley, invocando Tutela Jurisdiccional Efectiva, a efecto de

CONTESTAR LA DEMANDA DE AUMENTO DE PENSION DE ALIMENTOS, interpuesta por doña  PATRICIA JOSEFINA SORIANO ROJAS , a favor de mis menores hijas

MERCEDES ESTHEFANY (11), MARY CARMEN FIORELLA (9) Y MELANIE DAIANA  SANDOVAL SORIANO (5) , , solicitando a su despacho que en su oportunidad oportunidad  sea declarada  INFUNDADA EN TODOS SUS EXTREMOS, en razón de los  siguientes fundamentos fundamentos de hecho y de derecho que que expongo:

II. CONTRADICCIÓN A LOS FUNDAMENTOS DE HECHO EN QUE SE FUNDA LA DEMANDA: II.1.

Respecto al primer punto, ES CIERTO lo que afirma.

II.2.

En cuanto al segundo punto, ES CIERTO, que al transcurrir dicho tiempo mis hijas han crecido y que mi hija menor MELANIE DAIANA SANDOVAL

 SORIANO (5)  ahora va al jardín, pero lo que no es cierto es que yo cuente actualmente con mayor solvencia económica, por lo que me veo imposibilitado de poder aumentar la pensión ya fijada. II.3.

Respecto al tercer punto, ES FALSO, que yo las he desalojado, la señora  se retiró voluntariamente al contraer matrimonio con su actual esposo el señor LUIS GABRIEL HISPA. Y con respecto al Hurto Agravado que la  señora me acusa considero es impertinente, ya que no es materia de este proceso.

II.4.

Respecto al cuarto punto, ES FALSO, que yo maltrato moral y psicológicamente a mis menores hijas, prueba de ello es la buena  relación que llevo con mis menores hijas, y respecto al abandono moral y económico que afirma la señora es también totalmente falso ya que como menciono en el tercer punto yo no las he desalojado y tampoco he dejado de cumplir con mi obligación de pensión alimenticia, prueba de ello adjunto los boucher de depósito al Banco de la Nación que  sirven para demostrar que cumplo con depositar responsablemente todos los meses la pensión de mis tres hijas.

II.5.

Respecto al quinto punto, ES FALSO, ya que mis ingresos no han aumentado conforme lo acredito con la declaración jurada que adjunto.

II.6.

Respecto al sexto punto, ES FALSO, que la señora deba cubrir con gastos de alquiler de casa ya que por haber contraído matrimonio es lógico que su actual esposo es el que se encargue de cubrir gastos de vivienda y gastos propios de la señora PATRICIA JOSEFINA SORIANO

ROJAS, y con respecto a los gastos recreacionales y propios de las edades de mis hijas la señora adjunta boletas de compra en las cuales claramente se aprecia que el comprador es el señor LUIS GABRIEL

HISPA,  esposo de la demandante, donde se muestran consumos de productos innecesarias como cervezas, chiclets, pizzas, etc, , productos comestibles de alto valor pudiendo ser reemplazado por otros de igual

contenido nutricional a menor precio. Además Señora juez advierta usted, que la señora demandante frecuenta hacer sus compras de mercado en centros comerciales, como Tottus, Metro y etc. en donde bien es sabido que el valor de sus productos es elevado, entonces  resulta difícil de creer que se encuentre en estado de abandono económico y moral, además de ello hay que percatarse que la mayoría de boletas que adjunta la señora demandante son ilegibles y a nombre del esposo de la demandante, en donde es él quien paga dichas boletas con su tarjeta de débito. II.7.

Respecto al séptimo punto, ES FALSO, que yo haya realizado dichas transferencias y que yo administre dicho taller de mecánica, tal como lo prueba el informe remitido de dicho taller mecánico que adjunto.

II.8.

Señora juez, no desconozco mi responsabilidad como padre, muy por el contrario, dada mi condición de taxista, tengo que trabajar muy duro para poder depositar responsablemente todos los meses las pensiones de mis hijas y además cubrir mis necesidades básicas ya que si bien es cierto que tengo un trabajo estable de taxista este no es suficiente para poder cubrir con gastos extras a mis necesidades primarias, por lo tanto me veo imposibilitado de poder aumentar la pensión ya fijada a mis menores hijas , por lo que solicitaré que la demanda sea declarada INFUNDADA.

III.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

1. CODIGO CIVIL:  Art. 481.- que establece los criterios para fijar los alimentos.

2. CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES:  Artículo 93.- que señala que es obligación de ambos padres la de prestar los alimentos a sus hijos

3. CÓDIGO PROCESAL CIVIL:

 Artículo 424 y 425.- que señala los requisitos para los escritos de contestación de demandas y anexos.

IV.

MONTO DEL PETITORIO: De acuerdo a los fundamentos de hecho de mi demanda, el monto que ofrezco como pensión alimenticia es de QUINIENTOS CUARENTA NUEVOS SOLES (S/. 540.00),

que está

de acuerdo a mi situación

personal y a mis reales posibilidades económicas como Taxista.

V.

MEDIOS PROBATORIOS:

VI.

 ANEXOS: 1.A. Tasa judicial por Ofrecimiento de pruebas 1.B. Tasa judicial por pago de 2 notificaciones. 1.C. Copia de mi DNI. 1.D. Último Recibo de pago del letrado que suscribe al CALL con el que  se acredita que se encuentra habilitado. 1.E.

PRIMER OTROSI DIGO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo 80º del CPC. OTORGO  las facultades generales de representación contenidas en el artículo 74º del CPC, a todos los Abogados del Consultorio Jurídico Gratuito de la UNT, los que enumero a continuación: 

ESTEBAN DIONICIO, ISABEL NOEMI con CALL Nº 3085.



LUJAN MIÑANO, LUIS ANTONIO, con CALL Nº 081.



 SIGÜENZA SIGÜENZA, ELMER BENITO con CALL Nº 303.



 SANTOS LUZURIAGA, VLADIMIRO con CALL Nº 2347.



VILLANUEVA BACON, PEDRO con CALL Nº 1302.

 SEGUNDO OTROSI DIGO: Que, por convenir a nuestro derecho, en tanto que nos venimos haciendo representar por los abogados del Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad Nacional de Trujillo,  AUTORIZO  a la persona de YHAKELI ESMIR

RODRIGUEZ YSLADO, identificada con DNI Nº 46477967, estudiante practicante de

dicho consultorio, para la revisión del presente expediente así como para acceder a las copias y notificaciones que se emitan con ocasión del mismo,  realizando un mejor control de mi causa, por ser mi derecho.

POR ESTAS RAZONES: Solicito a usted, Señor Juez, tener por contestada la demanda, merituar nuestros argumentos y en su oportunidad declarar la demanda INFUNDADA. Es Justicia. Trujillo, 23 de Setiembre del 2013.

 __________________________________ GUILLERMO DONAL SANDOVAL CABALLERO DNI N° ……….

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