Contesta Dda Cese Alim. Se Allana

July 8, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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demanda Cese de Alimentos. Alimentos. PRIMER OTROSÍ: EN LO PRINCIPAL:  Contesta demanda Priv Privilileg egio io de Pobr Pobrez eza. a. TE TERC RCER ER OTRO OTROSÍ SÍ:: Fo Form rma a de noti notififica caci ción ón.. CUARTO

OTROSÍ: Patrocinio y poder.

S. J. DE FAMILIA DE SANTIAGO (2°)

ÓSCA ÓS CAR R FA FABI BIÁN ÁN SO SOTO TO CI CID D, chilen chileno, o, solt soltero, ero, tra trabaj bajador ador depe dependi ndient ente, e, cedula de identidad N° 17.184.505-K, domiciliado en Avenida Los Orientales N° 7448,, comuna 7448 comuna de Peñal Peñalolé olén, n, dem demand andado ado en aut autos os sobre Cese de Alimen Alimentos tos,, causa RIT C-5 autos ca cara rattulad ulados os C-5967967-201 20144, aut

“SOTO / SOTO”  a S.S.

respetuosamente digo: Por medio de este acto, y encontrándome dentro del plazo legal en virtud de lo preceptuado en el artículo 58 de la Ley Nº 19.968, vengo en contestar la correspondiente demanda de Cese de Alimentos interpuesta en mi contra por don oliicitando a S.S., la acoja RAÚL RA ÚL DE DEL L CARM CARMEN EN SO SOT TO ES ESCO COB BAR, sol completamente, en virtud de los argumentos que paso a exponer: 1. Es efec efectivo tivo qu que e soy hijo de don RA RAÚL ÚL DEL CA CARMEN RMEN S SOTO OTO ESC ESCOBAR. OBAR. 2. No es efec efectiv tivo o que mi padre hay haya a aportado aportado desde desde siem siempre pre par para a cubri cubrir  r  mis necesidades, necesidades, puesto que siendo yo pequeño, mi madre se vio en la necesidad de solicitar ayuda económica a la Ilustre Municipalidad de Peñalolén para solventar mis gastos más básicos. Recién en el año 2011 20 11 (ca (caus usa a RI RIT T CC-69 698282-20 2011 11), ), te teni nien endo do yo 22 añ años, os, co come menc ncé é a percibir la pensión de alimentos, suma que mi padre depositó muy pocas veces. 3. Es efec efectitivo vo qu que e actu actual alme ment nte e la mo moda dalilida dad d de pago pago es la re rete tenc nció ión n  judicial, a solicitud de esta parte en el cumplimiento de la causa ya

 

indicada. Esto, en razón a que mi padre no paga regularmente la pensión alimenticia. 4. Es efectivo qu que e terminé mis estudi dios os uni nivvers rsiitari rios os y que, en consecuencia, carezco de título para percibir alimentos. 5. Es efec efectitivo vo qu que e me en encu cuen entr tro o tr trab abaj ajan ando do esta establ blem emen ente te y qu que e me encuentro afiliado a la A.F.P. HABITAT S.A.

POR TANTO; en mérito de lo expuesto y lo preceptuado por los artículos 58 de la Ley N° 19.968 de Tribunales de Familia, que señala la forma y plazo para contestar la demanda, y demás normas aplicables a plicables al caso.

A S.S. PIDO, se sirv sirva a tene tenerr po porr cont contes esta tada da dent dentro ro de plaz plazo o lega legall la correspondiente demanda de Cese de Alimentos interpuesta en mi contra por don Raúl del C Carmen armen Soto Escobar Escobar,, y en consecuenc consecuencia, ia, tenga a bien d decretar ecretar el ces cese e de los alimentos decretados en causa RIT C-6982-2011, ante este mismo Tribunal; sin sin pe perj rjui uici cio o de dell pa pago go ínte íntegr gro o de la de deud uda a po porr conc concep epto to de alim alimen ento tos, s, cuyo cuyo cumplimiento se sigue en esa misma causa.

PRIMER  OTROSI: Ruego a S.S. tener presente que por el hecho de encontrarse la presente causa patrocinada por la Fundación de Asistencia Social y Legal de la Familia, Consultorio Peñalolén, gozo de privilegio de pobreza, en conformidad a lo prece pr ecept ptua uado do en el art artíc ícul ulo o 600 600 de dell Có Códi digo go Or Orgá gáni nico co de Tr Trib ibun unal ales es,, lo cu cual al se acreditará en su oportunidad con el correspondiente certificado.

SEGUNDO OTROSI: Sírvase S.S tener presente que en virtud de lo dispuesto por  el artículo 23 de la ley 19.968, vengo en solicitar se me notifiquen las resoluciones que se dicten en autos por medio de correo electrónico, designando al efecto el email [email protected]

 

TERCER OTROSI: Ruego a US. se sirva tener presente que por este acto, vengo en conferir patrocinio a los abogados de la Fundación de Asistencia Social y Legal de la Familia, comuna de Peñalolén, don PEDRO ESCOBAR QUINTANA, cédula nacional nacion al de ident identidad idad número 13.231. 13.231.925-1 925-1 y don MATÍAS GONZÁLEZ SILVA, cédula nacional de identidad número 13.455.638-2; y asimismo vengo en delegar  poder en la postulante en práctica de la Fundación de Asistencia Social y Legal de la Familia, Consultorio Peñalolén, a doña CAROLINA BUSTOS DONOSO, cédula nacional de identidad número 17.793.825-4; todos con domicilio para estos efectos en Calle 17-A, número 931, Villa Naciones Unidas, comuna de Peñalolén, correo electrónico [email protected], [email protected], fono 2793009.

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