contaminacion-visual-paisaje.docx

November 8, 2017 | Author: Marcos Chevarria Ferreyra | Category: Advertising, Landscape, Pollution, Paradigm, Philosophical Science
Share Embed Donate


Short Description

Download contaminacion-visual-paisaje.docx...

Description

Tema:

“Contaminación visual del paisaje” Cartelería publicitaria en rutas

INDICE

1. INTRODUCCION 1.1 Descripción del problema 2. MARCO CONCEPTUAL 2.1. Definición del concepto: contaminación visual 2.2. Conceptos básicos. 2.3. Antecedentes. 2.3.1. Legislación existente o marco normativo 3. DEFINICION DEL PROBLEMA 3.1. Fundamentación del problema 3.2. Enunciado 3.3. Preguntas . 4. PLANTEO TENTATIVO DE LA PROPUESTA METODOLOGICA 5. BIBLIOGRAFIA 6. ANEXOS

1

1. INTRODUCCION 1.1. Descripción del problema

El problema paisajístico que se tratará es uno de los muchos tipos de contaminación ya conocidos, menos evidente, llamativo o dañino quizás que otros pero no menos importante especialmente del punto de vista paisajístico. Se le denomina internacionalmente como contaminación visual y al igual que otros tipos de contaminación mas del dominio público, como son las contaminaciones sonora, del aire, del suelo, térmica, etc. es un tipo de daño reconocido. El paisaje constituye un recurso patrimonial público y turísticoeconómico, que debemos preservar. Lo que nos ocupa en este informe es la categoría estética que ha adquirido el cartel en el paisaje urbano y suburbano y como influye en él. A veces daría la impresión de que ya no se lo considera una molestia en el, por ocultamiento o contraste. La cartelería errática afecta el entorno, aunque su número sea reducido en algunas zonas. "Cinco carteles pueden tener un impacto muy grande cuando uno simplemente quiere ver el paisaje". El Arq. Sprechmann aclara que “no ataca a la publicidad, pero estima que ésta debe desarrollarse en base a reglas de juego racionales y urbanísticamente viables. La misma es estudiada internacionalmente y existe legislación que determina sus limites, en nuestro país en forma incipiente; e internacionalmente la misma es una forma de contaminación que llama la atención actualmente de numerosos actores, grupos ecologistas, urbanistas, políticos regionales o nacionales de diferentes países”. (1)

2. MARCO CONCEPTUAL 2.1. Definición del concepto: contaminación visual.

La contaminación visual se refiere al abuso de ciertos elementos “no arquitectónicos” que alteran la estética, la imagen del paisaje tanto rural como urbano, y que generan, a menudo, una sobre estimulación visual agresiva, invasiva y simultánea. Dichos elementos pueden ser carteles, cables, chimeneas, antenas, postes y otros elementos, que no provocan contaminación de por sí; pero mediante la manipulación indiscriminada del hombre (tamaño, orden, distribución) se convierten en agentes contaminantes. Todos estos elementos descriptos influyen negativamente sobre el hombre y el ambiente disminuyendo la calidad de vida. La contaminación visual no es tan sólo un problema de estética, puede afectar tanto a la salud psicofísica como al desenvolvimiento de la conducta humana y a la eficiencia laboral. En última instancia, tiene que ver con nuestra calidad de vida. Una de las definiciones de “Contaminación visual” es: “Cualquier elemento que distorsione la observación del paisaje natural o urbano”.

2.2. Conceptos básicos

La cartelería publicitaria es el agente más notorio por su impacto inmediato, creando una sobre-estimulación en el ser humano mediante la información indiscriminada, y los múltiples mensajes que invaden la mirada. Así el hombre percibe un ambiente caótico y de confusión que lo excita y estimula, provocándole una ansiedad momentánea mientras dura el estímulo.

La simultaneidad de estos estímulos a la que se ven sometidos, por ejemplo, los automovilistas, pueden llegar a transformarse en disparadores de accidentes de tránsito. Dado que pueden llegar a generar distracción, e incluso a imposibilitar la percepción de las señales indicadoras de tránsito. Esta situación, inevitablemente, actúa también en detrimento de los mismos medios de comunicación, mimetizando los diferentes signos y señales a que se somete a los individuos, camuflándose mutuamente y perdiendo fuerza la clara lectura del mensaje. Pero estos agentes también afectan notoriamente al espacio físico.

El espacio público se encuentra desvirtuado e invadido por postes, sostenes de carteles, y la vegetación destruida. Este panorama

es

terriblemente agresivo para el hombre común, imaginemos cuánto lo es para un discapacitado, niño o anciano. Esta situación no sólo atenta contra

la

belleza del espacio público, sino también sobre la lectura poco clara que tienen los individuos del mismo, dificultando la identificación del habitante con su paisaje.

Algunos arquitectos y expertos en publicidad ofrecen una serie de recomendaciones: a) reducción de la cantidad de anuncios: el número excesivo de carteles hace perder el interés por los mismos, lo que tampoco interesa a los publicistas. Por ello, sería conveniente ubicar menos anuncios, más selectivos y adecuados con el medio. Por ejemplo, Atenas retiró desde el año 2000 la mayor parte de los anuncios que colapsaban la ciudad, para ofrecer los turistas que llegaran con motivo de los Juegos Olímpicos de 2004

a una

visión más limpia y atractiva de la misma. b) seguimiento de normas urbanísticas racionales, evitando elementos recargados o agresivos, o jugar con la luz para dar una sensación más liviana al conjunto, (como es el caso de Japón).

El fenómeno, consecuencia de la economía de libre mercado y su feroz competencia, se traslada directamente desde el origen hacia el habitante, produciéndole efectos perturbadores que lo afectan en tres niveles:estético – paisajístico: por degradación de la calidad del entorno, y psico – activo: por sobreestimulación, produciendo estrés por sobrecarga informativa y fatiga cognoscitiva,

Estos carteles producen diversos trastornos: en primer lugar, alteran el paisaje natural y deterioran su imagen. Además, sobre-estimulan a quien los percibe, que se ve sumergido en un mar de anuncios de todo tipo. Y por último, pero lo más importante en cuanto a la seguridad, es que desconcentran la atención de los automovilistas y favorecen la posibilidad de accidentes de tránsito. La lógica indica que esos carteles son puestos para ser leídos por los automovilistas, y su lectura obliga a restarle atención al manejo. El peligro se

multiplica cuando ello ocurre en una vía rápida, sobre todo cuando es en estas arterias, donde debido al alto grado de circulación vehicular, y por lo tanto, de potenciales publicitarios.

consumidores,

tienden

a

proliferar

los

nocivos

anuncios

2.3. Antecedentes2.3.1. Leyes y decretos

En varios países del mundo ya existen leyes o proyectos de Ley sobre este tema; en la Argentina, en la ciudad de Rosario; en Costa Rica, existen leyes bastante estrictas que tiene en cuenta todos los problemas mencionados. Mencionaremos solo algunas, la que se considera mas completa y que valora el paisaje como tal y lo defiende.

a-Ley contra la contaminación visual- San José de COSTA RICA . Dice: Si se sigue permitiendo que en Costa Rica avance la contaminación visual, entonces este país será igualado a tantas otras ciudades que tiene las mismas marcas, los mismos carteles y la misma falta de capacidad para aprovechar los beneficios de una ciudad más limpia, más auténtica y con una mejor calidad de vida para quienes la habitan. Para recuperar la calidad del paisaje afectado y evitar la continua proliferación de rótulos y anuncios en menoscabo del ambiente visual y en detrimento de los valores estéticos que los gobiernos están llamados a preservar, se considera indispensable establecer una normativa más estricta y delegar la administración de la misma a los municipios, que han demostrado ser eficaces en la protección del ambiente. Son estos quienes tienen un interés más directo en la preservación de su ambiente territorial, así como la obligación de atender eficientemente las necesidades y velar por el bienestar de sus habitantes eliminando el impacto visual negativo que ocasionan los referidos rótulos y anuncios.

La problemática de la contaminación visual provocada por la cartelería podría sistematizarse en cuatro aspectos: 1.-cantidad (existen demasiados). 2.-Tamaño (prácticamente no tiene límites). 3.-Ubicación (se encuentran en cualquier lugar que uno mira). 4.-Mensaje (muchas veces es de dudoso buen gusto o inapropiado para el medio en que se encuentra). El estricto control de nuestro ambiente visual resulta

entonces

imprescindible para dar un paso indudable hacia una mejor calidad de vida y la conservación de la autenticidad de los lugares y no es sino la implementación de nuestro derecho a un ambiente sano, contemplado en el artículo 50 de la Constitución Política. En el Art. 2 dice: El Estado costarricense está obligado a desarrollar políticas de preservación de la calidad visual para sus habitantes y a asegurar a todos los habitantes el derecho a circular y habitar en áreas libres de contaminación visual y sonora. En el Art .5. dice: Queda absolutamente prohibido colocar anuncios publicitarios o cualquier tipo de rótulos: a) En postes de alumbrado público, árboles, ríos con zona de protección, jardines de interés público o sitios catalogados como patrimonio natural, salvo los rótulos informativos. b) En monumentos, plazas y demás bienes catalogados como de interés y valor histórico patrimonial. c) En derechos de vía, salvo aquellos autorizados por las autoridades de tránsito correspondientes. d) En edificios, locales comerciales o casa de habitación cuando los rótulos se encuentren colocados perpendicularmente al inmueble. e) En secciones establecidas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes adyacentes a

carreteras

nacionales. f) Frente a ninguna vía se permitirá la instalación de anuncios en edificaciones destinadas a habitación, excepto aquellas que brinden servicios profesionales, ocupaciones domiciliarias o que ofrezcan la venta o alquiler

de

edificios. En estos casos, los rótulos deben colocarse en forma paralela a la fachada. g) En lotes baldíos y casas en zonas residenciales. h) Los que obstruyan la visibilidad de los conductores y la seguridad del tránsito, según las normas establecidas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. i) Los que tengan reflectores que puedan deslumbrar a los conductores. j) Los que tengan luces que despidan rayos o aquellos de iluminación intermitente que afecte a los conductores. k) Los que exhiban la forma de flecha o la forma y diseño similares a los semáforos o señales de tránsito. i) Los que estén situados en tal forma que al proyectar sombras sobre las carreteras puedan constituir una amenaza para la seguridad del tránsito. Las obras con fines propagandísticos, pintura de anuncios, rótulos sobre piedras o árboles y anuncios o vallas en tramos de carreteras escénicas que sean determinadas como una amenaza para el tránsito. m) Los rótulos, anuncios y en general cualquier obra con fines de publicidad, en forma tal que la combinación de los colores, por las dimensiones, por los símbolos o por cualquier otro motivo, puedan confundirse con las señales de tránsito adoptadas en cumplimiento de leyes, de tratados o convenios internacionales, o por disposición interna con el propósito de obtener la mayor seguridad y el mejor uso y funcionamiento de los caminos. n) Los textos de los anuncios que utilicen palabras tales como “Alto”, “Peligro”, “Precaución”, “Pare”, “Cruce”, “Atención” u otras

análogas que

puedan provocar confusión o sobresalto en los conductores de vehículos. o) Los avisos, anuncios y rótulos que prendan de árboles o cualquier tipo de vegetación. (3)

b- PRESUPUESTO NACIONAL PERÍODO 2005-2009-Poder LegislativoCámara de representantes. Acta Nº 33.-30 -09- 2005, dice: En reunión de los representantes del Poder legislativo con el Ministro de Transporte y Obras Públicas, el Ministro de TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS aclara que: -La utilización para publicidad no está admitida en el espacio de influencia de la ruta y, por lo tanto, en la jurisdicción del Ministerio. Esta publicidad debe ubicarse en los predios privados. Existe un esbozo de reglamentación que también se está perfeccionando porque era

muy

desordenada la colocación de cartelería publicitaria. Además, sobre la seguridad en el tránsito se está promoviendo -a nivel de este Parlamento ya se hizo, pero se va a hacer a nivel del Congreso de Intendentes y de distintas autoridades- una iniciativa reguladora, a través de un proyecto de ley separado, de la seguridad en el tránsito y la circulación. Estamos procurando establecer las reglas de juego. En algunos casos se han generado conflictos importantes que amenazan con complicar las rutas más concurridas del país. Vamos a generar las disposiciones que nos permitan actuar sobre este tipo de fenómenos y, desde luego, hacer valer los derechos que tiene el Ministerio sobre esa faja (entre límites de predio privados y las rutas). (4) c- Decreto

Nº 3595-1988-Junta de Maldonado- ORDENANZA DE CARTELES

CAPITULO I- Criterios de Manejo. Art.1º) Los avisos de publicidad o propaganda en sus distintos tipos, son elementos que afectan el ámbito en que se instalan, llenado a ser altamente determinantes del mismo. Cuando se colocan indiscriminadamente, en general, el resultado es caótico y agresivo para los que deben vivir entre ellos. La Intendencia Municipal de Maldonado debe tomar las medidas adecuadas para

que, sin lesionar los derechos de las distintas partes involucradas, se proteja la comunidad de la polución que resulta de la colocación indiscriminada

de

avisos.

CAPITULO 2 – Disposiciones generales. Art.3º) La colocación de avisos de publicidad y propaganda en el Departamento de Maldonado, visibles desde cualquier punto, queda sujeto a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y a las normas reglamentarias que por razones de interés de la comunidad se establecen en los artículos siguientes. Art.4º) El Departamento se considera dividido en las zonas urbanas, suburbanas y rurales, que determina la Ordenanza General de Construcciones. CAPITULO III- DISPOSICIONES REFERENTES AL AREA RURAL Art.5º) En las zonas rurales visibles desde lugares públicos de jurisdicción municipal (como lo son caminos departamentales, parques municipales, etc.) queda prohibida la colocación de avisos de publicidad o propaganda, salvo los carteles que se autorizan en el artículo sexto. En las zonas que están bajo la jurisdicción del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Intendencia Municipal, con la Dirección de Vialidad del mismo, definirá los sitios destacados del paisaje, como cerros, o elevaciones, desembocaduras de ríos y arroyos, entorno de puentes, costas, ámbitos de valores destacados o

monumentales,

donde no se autorizará la colocación de publicidad. Art.18º) Queda prohibido: colocar cualquier tipo de aviso que implique daños o afectación a la forestación o a la propiedad, privada o pública. La utilización de color amarillo cromo o materiales reflejantes de cualquier color. Las luces destellantes o de intensidad o color variables. La colocación de publicidad o propaganda en zonas destacadas del paisaje natural o urbano, como 4102

costaneras, desembocaduras de ríos y arroyos, cerros o elevaciones, entorno de puentes, costas, playas, parques y plazas, ámbitos de valores destacados o monumentales (tanto naturales como construidos o históricos), que definirá la Intendencia Municipal, salvo los casos definidos en el artículo 6to., tamaño no podrá superar los dos metros cuadrados de superficie. Y

cuyo los

murales de cualquier tipo. (5)

d- Decreto Montevideo-Art. D284 - I.M.M. En el Artículo D.284. Publicidad.- Se prohíbe expresamente

la

instalación de cartelería publicitaria en todo el Suelo Rural a excepción de la vinculada al equipamiento público y la que haga referencia a productos del establecimiento en que se instale, debiendo en este último caso, localizarse en las edificaciones de dicho establecimiento y con criterios de protección paisajística. El Plan de Ordenamiento Territorial, Plan Montevideo, comprende todo el territorio departamental, tomándolo en consideración para

su

ordenación integrada, es decir, relacionando los valores y características del medio físico del departamento con su conveniente utilización humana con fines productivos y sociales. (6)

3. DEFINICION DEL PROBLEMA

3.1. Fundamentación Los carteles en las rutas suelen ocultar características del recorrido, como curvas y cruces, incrementando así la probabilidad de

accidentes.

Incluso los árboles, por más ecologista que se pretenda ser, en un mal planeamiento paisajista pueden obstaculizar la visión. El contenido visual de los mensajes publicitarios en rutas y calles también suele ser un importante factor de distracción. Los anuncios tratan de ser cada vez más atractivos y se apela a efectos tales como diseño, color, luz, movimiento, tamaño. A su vez, el contenido intenta cautivar la atención del automovilista evocando emociones profundas o apelando en algunos casos a la desnudez o la violencia. Además de la contaminación del aire, del suelo, de los mares, de los ríos, de derrames de petróleo, de vertidos industriales y de fugas de gases radiactivos, hemos descubierto los peligros de la polución química y bacteriana del aire en los interiores, de los campos electromagnéticos y de

la

contaminación sonora. Ahora además de contaminar la naturaleza, parece que contaminamos nuestro sistema nervioso central a través de la visión. El cerebro humano tiene una determinada capacidad de absorción de datos. Los sentidos son los encargados de transmitir al cerebro toda información que perciben del entorno. Entre ellos, el sentido de la vista es uno de los más complejos y de los que mayor incidencia tiene en la percepción global del entorno y, por lo tanto, en las reacciones psicofísicas del hombre. El ojo es una máquina óptica muy compleja. La retina retiene la imagen durante 1/10 de segundo, como si fuera el cuadro de una película. La información visual retenida en tan corto tiempo tiene una acción directa sobre nuestra capacidad de atención. Cuando una imagen supera el máximo de información que el cerebro puede asimilar (estimado en 4 bits/seg), se produce una especie de “stress” visual, el panorama perceptual se vuelve caótico y la lectura ordenada del

paisaje se hace imposible. Por otro lado, cuando la riqueza de la imagen no alcanza un mínimo de información (alrededor de 0,4 bits/seg), la atención decae y los reflejos se embotan. De este modo podemos definir la complejidad visual como un proceso que oscila entre el desorden y la monotonía perceptual. Si bien se han realizado intentos de cuantificar el grado de complejidad perceptual, el equilibrio sigue siendo cualitativo. (7) De acuerdo a lo expuesto vemos que la contaminación visual urbana es un fenómeno de polución de características singulares, debido a que no se transmite a través de un vector sobre el que se pueda actuar. Por lo tanto, consideramos que el trabajo de las autoridades debe orientarse principalmente hacia su origen, es decir, la descontrolada proliferación de publicidad. Es por ello que se cree que la solución a esta problemática debe basarse, principalmente, en un adecuado marco normativo, y en un eficiente ejercicio del poder de policía y municipalidades, que tienda a proteger a los habitantes y al patrimonio arquitectónico de los indiscriminados ataques de la cultura del consumismo y la competencia por el deprimido mercado local, que se manifiesta en una superposición permanente de anuncios de dudosa legalidad, y en muchos casos, de un igualmente dudoso gusto. No estamos, por supuesto, en contra de la publicidad, pero creemos que ella debe realizarse bajo una adecuada regulación que sirva para prevenir potenciales abusos, y al mismo tiempo sancionar las irregularidades, otorgándole adecuadas facultades y presupuesto al organismo de contralor. Es sin dudas la autoridad municipal la responsable de brindar una solución integral y efectiva a este tipo de problemas, los cuales inciden directamente sobre la población y el paisaje de la ciudad.

Consideramos importante el hecho de que tenga estado parlamentario, que a la vez contempla las nuevas tecnologías publicitarias, brindando una clasificación amplia, que no sólo se adapta perfectamente a los medios publicitarios vigentes, sino que además está abierta a la recepción de nuevas técnicas y contiene limitaciones y prohibiciones precisas que tienden a preservar la integridad de los habitantes y su espacio público. Sin embargo, creemos que para el éxito de cualquier norma tendiente a regular

esta

actividad, la misma debería ser consensuada con todas las partes interesadas (Cámaras de Anunciantes, Sociedad de Arquitectos, Universidad, etc.), (tal como se viene realizando desde hace tiempo en la ciudad de Buenos Aires, donde la problemática de la contaminación visual es aún mayor). Creemos que es fundamental, además de la modernización del marco normativo impulsada por las autoridades municipales, una toma de conciencia por parte de la ciudadanía en general acerca del cuidado del espacio público, y en especial a la dirigencia política en pleno, la que es responsable en gran medida de abusos en materia de publicidad. Es lamentable, y al mismo tiempo paradójico, que sean las campañas electorales una de las principales causas de contaminación visual urbana. En cuanto a la tutela jurídica del derecho a un ambiente sano, no podemos más que coincidir con la doctrina que propugna permitir, una amplia legitimación a todo habitante, sin la necesidad de acreditar un menoscabo patrimonial. Consideramos que es ésta la postura más acorde con la naturaleza del bien jurídico tutelado -el medio ambiente- y la capital importancia que su preservación reviste en la actualidad, tanto para las generaciones presentes como para las futuras.

3.2. Enunciado

La colocación indiscriminada y sin control de cartelería publicitaria a lo largo de las rutas nacionales constituye una gran distorsión en el paisaje, creando problemas de distracción de los conductores automovilísticos, además de generar stress por sobre excitación. En algunos casos la colocación de los mismos delante de un punto de vista paisajístico de considerable

interés,

impide su apreciación. La contaminación visual publicitaria se agrava en tiempos de crisis económica, donde el achicamiento del mercado y la pelea por ganar espacios publicitarios conlleva la proliferación de anuncios ilegales y el abuso de la normativa vigente.

3.3. Preguntas referidas al problema analizado

-¿Cuáles son los factores que inciden en la ubicación de la

carteleria

publicitaria a lo largo de las rutas? -¿En que casos, o sea lugares, se podría permitir la colocación

de

los

mismos? -¿Cuál sería el mecanismo para hacer cumplir la reglamentación existente, y cual el organismo de contralor (en cuanto a tamaño, diseño del mismo, color usado, y ubicación)?

4. PLANTEO TENTATIVO DE LA PROPUESTA METODOLOGICA

El adoptar el paradigma metodológico cuanti-cualitativo me permite observar la realidad (tanto natural como social), y explicar lo que esta ocurriendo respecto al tema o problema detectado, con actitud objetiva. Y también considerando que todo fenómeno social en su naturaleza

es

cualitativo. La investigación cuantitativa se centra en el estudio de las relaciones entre variables cuantificables, mientras que la investigación cualitativa lo hace en contextos estructurales y situacionales. Según Reichardt y Cook el paradigma cuantitativo se caracterizaría por una concepción global asentada en el positivismo lógico, uso del método hipotético deductivo, su carácter particularista orientado a los resultados y la objetividad.

El paradigma

cualitativo asume una postura fenomenológica global, inductiva, estructuralista y subjetiva. Con estos métodos se tratará de percibir las causas en la evaluación del deterioro del paisaje por la presencia de la cartelería publicitaria. El objetivo es determinar la distribución y la magnitud de la influencia de los mismos en la contaminación del paisaje ( 1 cada 100 ms. no afecta la visión del paisaje? o cada 1 km. ? ). En este tipo de Metodología debe aparecer la conección entre: Método, Técnica y Teoría, lo que forma la triangulación, o coalición entre ambas metodologías; puede suceder que los enfoques no se mezclan en un estudio

pero pueden complementarse sus hallazgos entre varios; o en la que se combinan técnicas de ambos tipos en un mismo estudio. El método a usar será el fenomenológico, ya que me permite captar las esencias de los fenómenos observando la experiencia de los sujetos. Tiene interés en conocer la opinión de las personas, y se basa en la experiencia subjetiva como base del conocimiento. La técnica de obtención de datos será por medio de: 1- la observación, en un primer momento hacemos una revisión bibliográfica, viendo los antecedentes del tema, con lo que formamos una reflexión que aparecerá en nuestra observación; no estructurada, donde anotamos en forma libre lo que vamos percibiendo en el paisaje (evidencias observables: proliferación de carteles publicitarios, de gran tamaño, colores usados y ubicación de los mismos). 2- toma de fotos, en este caso obtendremos datos sobre: cantidad de carteles en una distancia planteada como “unidad”, tamaño de los mismos, diseño y tipo de carteles. 3- encuestas a los automovilistas, en los peajes eligiendo al azar, tanto a turistas como a las poblaciones locales. De esta forma obtenemos cifras en cuanto a cantidad de carteles por cuadra; podremos detectar los motivos que hicieron que se llevara adelante esa acción en deterioro del paisaje, o sea la contaminación del mismo en perjuicio de los habitantes. Se detecta en que rutas hay más proliferación de la cartelería publicitaria y los motivos de eso. Con las evidencias observadas se intenta agruparlas por los motivos que llevaron al hombre a esa acción; a las empresas de publicidad no les preocupa

el deterioro o la intervención negativa que hacen en el paisaje. Y las autoridades no controlan como deberían la colocación, ubicación, y tamaño de los mismos.

Podemos concluir en que la contaminación visual no es tan sólo un problema de estética, como vimos puede afectar tanto a la salud psicofísica como al desenvolvimiento de la conducta humana y a la eficiencia laboral. En última instancia, tiene que ver con nuestra calidad de vida. Debe ser considerada definitivamente como un tema ambiental, y se debe legislar en concordancia. Se debe tomar conciencia de que no se trata solamente de intervenir sobre medidas y proporciones de carteles. El estado debe tener una política ambiental global con reglas claras y precisas cuya finalidad sea una mejor calidad de vida para todos. Así como la degradación es voluntaria y producida por el hombre también debe ser controlada y modificada por él.

METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION-MARIA MELBIA COUTO-4112 4112

BIBLIOGRAFIA Arbohain, Claudia y Arq. Lilia Garcén. on line at http://www.arq.chile.cl/contaminación_ visual. htm (7). Boff, Leonardo: "Daños por contaminación ambiental urbana e inmisiones inmateriales – Una tensión entre viejas y nuevas realidades que el derecho debe plantear y resolver", Argentina. Ed. Cook, Thomas D. y Reichardt, Charles S. “Metodos cualitativos y cuantitativos en investigación evaluativa”. Díaz Araujo, María M.: Daño por contaminación ambiental urbana. Polución. Impacto Auditivo, visual y Ambiental, ED – 1997 – IV – Pág. 686 Errandonea, Alfredo. (h) (1985) “Metodología cualitativa versus metodología cuantitativa”.Cuadernos del CLAEH Nº 35.Año 10. García, Fernanda. Tesis sobre “Contaminación visual”. Etulain J. C., Fisch S., López I., Ponce N., (1996). Ensayos Teóricos:” La Ciudad y la Arquitectura. Praxis y Degradación Urbana. El Texto, el Contexto y su Articulación”. (La Plata, Argentina). Premio Anual de Arquitectura, Urbanismo, Investigación y Teoría 1996. C.A.P.B.A. (4) On line at: http://www.cricyt.edu.ar/enciclopedia/terminos/Contaminación visual.htm Semanario Brecha-2001-Entrevista Arq, Sprechmann, T. (1) Wikipedia. Contaminación visual. On line at: http://www.es.wikipedia.org/wiki/contam.visual (2) Decreto 3595.Año 1998. http://www.juntamaldonado.gub.uy/legislación/1988/3595.htm (5) Decreto –Art. D 284-Publicidad-III 5 - I.M.M. on line at: http://www.montevideo.gub.uy/pot/memonorm. (6) Cámara de representantes. Version taquigrafica. 30/09/2005-on line at: http://www.parlamento.gub.uy/distribuidos/htm (4)

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF